Como se mencionó el IVA Crédito Fiscal (en adelante IVA C.F.) es el derecho, establecido por ley, para deducir del Débito Fiscal (en adelante IVA D.F.) el IVA soportado en la adquisición de bienes o utilización de servicios. Por lo mismo el IVA C.F. se contabiliza como un activo, es decir, se carga por las facturas recibidas por compras o utilización de servicios, además por las notas de débito recibidas, por ejemplo por pago de intereses o reajustes de precios. Ejemplos:
Se compran $ 100.000 (valor neto) de mercaderías según factura Nº100 al contado.
1
fecha
Mercaderías
100.000
IVA C.F.
19.000
Caja
119.000
Compra según factura Nº100.
Se recibe factura Nº2345 por consumo de electricidad por un valor bruto de $236.000, se cancela con cheque.
1
fecha
Servicios Básicos
200.000
IVA C.F.
38.000
Banco
238.000
Pago de factura Nº2345.
Se recibe nota de débito del proveedor Nº908 por cobro de intereses. Valor bruto $ 590.000, se cancela al contado.
1
fecha
Intereses Pagados
500.000
IVA C.F.
95.000
Caja
595.000
Por nota de débito recibida Nº908.
Las Notas de Crédito disminuyen los IVA C.F. ya que ellas se utilizan para documentar descuentos recibidos, devoluciones de compras o para anular una factura previamente emitida por el proveedor. Ejemplos:
Proveedor nos envía nota de crédito Nº567 por descuento otorgado. Valor bruto $ 118.000, monto que se acuerda rebajar de la deuda que la empresa mantiene con los proveedores.
1
fecha
Proveedores
119.000
Descuentos Recibidos
100.000
IVA C.F.
19.000
Por nota de crédito recibida Nº567.
Se devuelve al proveedor mercaderías compradas por un valor neto de $600.000. Proveedor nos envía dinero en efectivo por el monto de la devolución y nota de crédito Nº1908.
1
fecha
Caja
714.000
Mercaderías
600.000
IVA C.F.
114.000
Por nota de crédito recibida Nº1908.
Suponga que se recibe nota de crédito Nº2155 para anular la compra contabilizada en el ejemplo Nº1.
1
fecha
Caja
119.000
Mercaderías
100.000
IVA C.F.
19.000
Por nota de crédito Nº2155 recibida que anula compra según factura Nº100.
Cabe recordar que si bien es cierto, la empresa puede efectuar compras con boletas (gastos menores, insumos, etc.), no es posible utilizar (reconocer) el IVA C.F. contenida en ellas ya que no cumple con el requisito establecido por ley que señala que el IVA debe venir recargado de manera SEPARADA.
Si se han efectuado su contabilización no diferencia el IVA C.F. involucrado. Ejemplo:
Se compran tres resmas de papel según boleta Nº8909 por $ 6.520 a Librería Atlántico, se cancela al contado.
1
fecha
Gastos Oficina
6.520
Caja
6.520
Compra según boleta Nº8909.
Como se observa no se separa el IVA C.F. pues viene incluido en el monto total (valor bruto) de la boleta. En estos casos se señala “que se perdió” el derecho al IVA C.F. De ahí que todas las compras o servicios que utilizan las empresas los soliciten documentados con facturas.
Finalmente, el saldo que arroje la cuenta IVA C.F. del mes corresponderá al monto a rebajar del respectivo saldo de la cuenta IVA D.F. por el mismo período, al terminar el mes se deben ajustar las cuentas, pudiendo producirse las siguientes situaciones:
Si IVA C.F. > IVA D.F. se produce un remanente de Crédito Fiscal
Si IVA C.F. < IVA D.F. la diferencia debe cancelarse al Fisco.
Si IVA C.F. = IVA D.F. ambas cuentan se saldan entre sí.
DÉBITO FISCAL
Este se contabiliza como un pasivo que proviene del registro de facturas emitidas por ventas o prestación de servicios, ventas con boletas, notas de débito emitidas (intereses, reajustes de precios) y menos las posibles notas de crédito emitidas a los clientes (descuentos, devoluciones, anulación de facturas), ejemplos:
Se venden $ 150.000 de mercaderías en $ 200.000 (valor neto) según factura Nº001 al contado.
1
fecha
Caja
238.000
Mercaderías
150.000
Utilidad en ventas
50.000
IVA D.F.
38.000
Venta según factura Nº001.
Se emita nota de débito Nº234 al cliente por intereses por pago fuera de plazo convenido. Valor bruto $ 59.500. Cliente cancela al contado.
1
fecha
Caja
59.000
Intereses Percibidos
50.000
IVA D.F.
9.500
Nota de débito emitida Nº234.
Cliente devuelve el 50% de la venta (ejemplo 8). Se emite nota de crédito Nº23 y, se restituye en efectivo al cliente.
1
fecha
Mercaderías
75.000
Utilidad en ventas
25.000
IVA D.F.
19.000
Caja
119.000
Nota de crédito Nº23 que anula 50% de la venta efectuada según factura Nº001.
Se emite nota de crédito Nº24 a cliente correspondiente a descuento por pago anticipado por un valor bruto de $ 35.400. Se considera a cuenta de las futuras compras del cliente.
1
fecha
Descuentos Otorgados
30.000
IVA D.F.
5.700
Anticipo de Clientes
35.700
Por nota de crédito emitida Nº24.
Una vez acumulados todos los valores (en las respectivas cuentas IVA C.F. e IVA D.F.), se procede a cerrar contablemente las cuentas, para ello se abona la cuenta IVA C.F. y se carga la cuenta IVA D.F. del mes, llevándose la diferencia (si es que existe) a Remanente de C.F. o IVA por Pagar según sea el caso. En teoría este asiento va a final del mes respectivo, y coincide con la información que se declara (informa) al Fisco durante los doce primeros días del mes siguiente (forma tradicional) o, en un plazo mayor de declaración si esta se efectúa a través de internet.
Valor Neto: Valor que aún no incluye el IVA.
Valor Bruto: Valor con IVA incluido, por lo tanto debe descontársele dividiendo el valor por 1,19.