Relaciones Laborales y Recursos Humanos
Administración de la Seguridad Industrial y la Higiene en el Trabajo
INDICE
3. OBJETIVO DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL: 3
5. IMPORTANCIA DE LA DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL: 3
6. RAMAS DE LA HIGIENE INDUSTRIAL 4
7. CAMPO DE ACCION DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL. 4
8. VENTAJAS DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL 5
9. REPERCUSIONES NEGATIVAS DE LA FALTA DE SEGURIDAD E HIGIENE 6
SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL 6
2.3. LA CONDICIÓN MECÁNICA O FÍSICA INSEGURA: 7
2.6. EL FACTOR PERSONAL INSEGURO: 7
3. IMPORTANCIA DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL: 8
3.2. CONDICIONES DE TRABAJO: 8
3.3. COSTO DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL: 8
4. ORGANIZACION DE LA SEGURIDAD INDUSTRIA: 9
4.1.1. Organización de Línea (Tipo A) 9
4.1.2. Director de seguridad (Tipo B) 9
4.1.3. Comisiones de seguridad (Tipo C) 9
6. EQUIPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL: 10
6.1. PROTECCIÓN DE LA CABEZA: 10
6.2. PROTECCIÓN DE LA CARA Y OJOS: 10
6.3. EQUIPOS DE RESPIRACIÓN: 11
6.4. PROTECCIÓN DE LAS MANOS, PIES Y PIERNAS: 11
7. PROGRAMAS DE SALUD Y SEGURIDAD: 11
8. CONTROL Y ANÁLISIS DE LA CAUSALIDAD DE LOS ACCIDENTES: 12
8.1. RIESGOS POR LA ACTIVIDAD DE TRABAJO: 12
9. DESCONOCIMIENTO DE LOS PELIGROS: 13
LEGISLACION DE SEGURIDAD INDUSTRIASL 14
1. CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIBIA: 14
2. PROTAGONISTAS INSTITUCIONALES DE LA POLITICA LABORAL: 14
3. LINEAMIENTOS DE LA POLITICA INSTITUCIONAL LABORAL D.S. 29894-DOE: 15
4. ANÁLISIS DE LOS CAPÍTULOS REFERIDOS AL RÉGIMEN LABORAL: 15
UNIDAD I
SEGURIDAD INDUSTRIA
Desde el origen mismo de la especie humana y debido a la necesidad innata de proveerse de alimentos y medios de subsistencia, surge el trabajo y en consecuencia la existencia de accidentes y enfermedades producto de la actividad laboral.
Los primeros vestigios de la preocupación por el bienestar de los trabajadores en el medio laboral, los encontramos en el año 400 A.C. cuando Hipócrates, conocido como el padre de la medicina, realizo las primeras observaciones sobre enfermedades laborales de que se tenga noticia. Otros científicos e investigadores en los siglos posteriores efectuaron valiosos estudios relacionados con las condiciones de trabajo, las características de los medios ambientes de trabajo y las enfermedades que aquejaban a los trabajadores y sus familias
Aproximadamente 500 años más tarde Plinio “El Viejo”, un médico romano. Hizo referencia a los peligros inherentes en el manejo del zinc y del azufre y propuso lo que pueden haber sido el primer equipo de protección respiratoria, fabricado con vejigas de animales, que se colocaban sobre la boca y nariz para impedir la inhalación de polvos.
Fue en 1473 cuando Ulrich Ellembog escribió su libro sobre las enfermedades relacionadas con el ambiente de trabajo y como prevenirlos, he hizo renacer el interés de esta área.
En 1556 fue publicado el libro más completo en la descripción de los riesgos asociados con las actividades de minería, su autor “Georgious Agrícola“, en el que se hacen sugerencias para mejorar la ventilación en las minas y fabricar máscaras, que protejan efectivamente a los mineros; se discuten ampliamente los accidentes en las minas y sus causas; describe los defectos del “pie de trinchera “; el cual es una enfermedad debida a la exposición de los pies por largo tiempo a la humedad a las minas; también trata de silicosis; enfermedad producida en los pulmones y causada por la inhalación de polvos de silicio o cuarzo.
Durante ese siglo el doctor Paracelso, observo durante cinco años a los trabajadores de una planta de fundición y publicó sus observaciones, este libro reforzó el interés en el estudio sobre la toxicidad del mercurio y otros metales.
Fue hasta el siglo XVII cuando Bernardino Ramazzini inició la práctica de lo que actualmente se conoce como medicina del trabajo, al escribir de manera sistemática y ordenada las enfermedades relacionadas con los diferentes oficios que se desarrollaban en aquella época.
Ramazzini siempre pugnó porque el ejercicio de la medicina del trabajo se llevara a cabo en los lugares de trabajo y no en el consultorio médico.
Más tarde con el inicio de la revolución industrial en Europa, los procesos y ambientes de trabajo se transformaron radicalmente, la principal característica de este periodo fue el inicio del uso de máquinas con el objetivo de aumentar la velocidad con que se desarrollaba el trabajo y mediante este método, incrementar también la productividad y las ganancias.
Desde luego estos cambios repercutieron en la salud y bienestar de los trabajadores, en la mayoría de los casos de manera negativa; los accidentes de trabajo incrementaron su incidencia y aparecieron enfermedades profesionales hasta entonces desconocidas creadas por los nuevos agentes agresores utilizados durante los procesos de trabajos.
A partir de esos años y a causa de las causas múltiples propuestas y revueltas de los obreros contra semejantes condiciones de trabajo, se fue formando una conciencia internacional referente a la conveniencia de cuidar la salud de los trabajadores por dos motivos fundamentales, el primero consiste en el derecho de todo ser humano tiene de trabajar y vivir en el mejor nivel posible; y en segundo lugar por factores económicos ya que es aceptable que la productividad está estrechamente ligada a la salud de los trabajadores.
En los últimos treinta años, la salud en los trabajadores y las medidas para la disminución de los accidentes se ha desarrollado aceptablemente en la mayoría de los países industrializados, sin que esto quiera decir que han resuelto todos sus problemas al respecto, pero han avanzado de manera trascendente en aspectos como la implantación del servicio de salud en el trabajo y en las empresas, la formación de recursos humanos dedicados a esta área del conocimiento, la promulgación de leyes y normas para regir de modo más justo el desempeño del trabajo.
Ante este panorama, adquieren mayor valor las acciones individuales, colectivas, institucionales, nacionales o internacionales que se efectúan con un afán real de colaborar en las mejoras de las condiciones de higiene y seguridad industrial.
Charles Trackrak escribió un libro sobre riesgos en diversas industrias, pero la más importante fue la que declaró “cada patrón es responsable de la salud y seguridad de sus trabajadores”.
A fin siglo XVII y principios del XIX en Inglaterra, el gobierno comenzó a preocuparse por las condiciones laborales, esto a raíz de un incendio en Londonderry, Irlanda, en un barrio de talleres de confección de ropa y el cual costo más de 600 vidas, el parlamento ingles nombro una comisión investigadora, para evaluar la seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Las personas que actúan en el campo de la prevención de los riesgos en el trabajo, con frecuencia se desalientan porque no encuentran el eco necesario a sus esfuerzos y muchas veces es preciso poner el incentivo de una mayor producción para que se adopten medidas de seguridad en los centros de trabajo, como si los mandatos de la ley fuesen solo reglas de cortesía industrial y no de necesidades para proteger la mayor riqueza, que son sus trabajadores.
Es necesario estimular y recetar con recursos de administración para que se implanten los más eficientes medios de producción en el trabajo, pero hay que pensar al mismo tiempo, que una administración laboral verdaderamente responsable, tiene la obligación de tomar, en primer término, las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores.
En esencia, el aspecto central de la seguridad e higiene del trabajo reside en la protección de la vida y la salud del trabajador, el ambiente de la familia y el desarrollo de la comunidad.
En segundo término, si bien es muy importante por sus repercusiones económicas y sociales, debemos colocar las consideraciones sobre pérdidas materiales y mermas en la producción, inevitablemente que acarrean también los accidentes y la insalubridad en el trabajo.
Estas pérdidas económicas son cuantiosas y perjudican no solo al empresario directamente afectado, si no que repercuten sobre el crecimiento de la vida productiva del país. De ahí que la prevención en el trabajo interese a la colectividad ya que toda la sociedad ve mermada su capacidad económica y padece indirectamente las consecuencias de la inseguridad industrial. El crecimiento económico de nuestro país ha llevado a la industria a una
Es salvaguardar la vida y preservar la Seguridad Industrial salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas tanto a que les proporcionen las condiciones para el trabajo, como a capacitarlos y adiestrarlos para que se eviten, dentro de lo posible, las enfermedades y los accidentes laborales. De ahí que, la seguridad y la higiene industrial, es el conjunto de conocimientos científicos y tecnológicos destinados a localizar, evaluar, controlar y prevenir las causas de los riesgos en el trabajo a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con el motivo de su actividad laboral. Por tanto es importante establecer que la seguridad y la higiene son instrumentos de prevención de los riesgos y deben considerarse sinónimos por poseer la misma naturaleza y finalidad. Por tanto, se establece la necesidad imperiosa de desarrollar la capacidad y el adiestramiento para optimizar la Seguridad y la Higiene en los centros de trabajo, a fin de que, dentro de lo posible y lo razonable, se puedan localizar, evaluar, controlar y prevenir los riesgos laborales.
Hasta el momento hemos relacionado a la seguridad industrial únicamente con el trabajo, pero podemos deducir que sus alcances son muchos más amplios.
Si en el trabajo nos acostumbrarnos a prevenir riesgos, a acatar disposiciones tendientes a protegernos y sobre todo a descubrir condiciones inseguras, estas actitudes y aptitudes, cultivadas y desarrolladas pueden ser útiles en cualquier otro lugar donde nos encontremos
En resumen en cualquier actividad que desarrollemos, se presentó la oportunidad de aplicar principios de seguridad que iremos conociendo conforme se desarrolla nuestro curso. En el veremos que los accidentes no son causales sino causados.
La falta de Seguridad Industrial puede afectar a:
Hombres.- Generalmente estos accidentes aparecen señalados en algún informe, cuando las personas resultan lesionadas y dan un punto de partida para la labor de prevención.
Material.- Por lo general no se reportan y son difíciles de descubrir porque los trabajadores así como los supervisores, tienden a desatenderlos o a ocultarnos.
Maquinaria.- Rara vez estos accidentes limitan sus daños a la maquina; suelen ser muy graves y costosos y por lo general comprenden todos los factores aquí.
Equipo.- Este aparececomprendido en accidentes que afectan a cosas tales como grúas transportadoras, vagonetas, edificios, equipos auxiliares, etc.
Tiempo.- La pérdida de tiempo es una consecuencia que está siempre presente en todos los accidentes, aunque no haya daño para ninguno de los otros factores. Muchas veces sus únicos indicios son atascamientos en las labores, disminuciones en la producción y tiempo excesivo de paro en las maquinas.
Con frecuencia las personas que actúan en el campo de la prevención de los riesgos en el trabajo, se desalientan porque no encuentran el eco necesario a sus esfuerzos muchas veces es preciso poner el incentivo de una mayor producción para que se adopten medidas de seguridad en los centros de trabajo, como si los mandatos de la ley fuesen malas reglas de cortesía industrial y no de necesidades para proteger la mayor riqueza, que son sus trabajadores
Ciertamente es necesario estimular y recetar con los recursos de la administración para que se implanten los más eficientes medios de producción en el trabajo pero hay que pensar, al mismo tiempo, que una administración laboral verdaderamente responsable, tiene la obligación de tomar, en primer término, las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores.
En esencia, el aspecto central de la seguridad e higiene del trabajo reside en la protección de la vida y la salud del trabajador, el ambiente de la familia y el desarrollo de la comunidad.
Solo en segundo término, si bien muy importantes por sus repercusiones económicas y sociales, debemos colocar las consideraciones sobre pérdidas materiales y quebrantos en la producción, inevitablemente que acarrean también los accidentes y la insalubridad en el trabajo.
Estas pérdidas económicas son cuantiosas y perjudican no solo al empresario directamente afectado, si no que repercuten sobre el crecimiento de la vida productiva del país.
De ahí que la prevención en el trabajo interese a la colectividad ya que toda la sociedad ve mermada su capacidad económica y padece indirectamente las consecuencias de la inseguridad industrial.
El acelerado crecimiento económico de Bolivia ha llevado a la industria a una constante y más frecuente necesidad de modernización de equipos y procedimientos tecnológicos. Pero, a su vez, esta mayor complejidad industrial trae como consecuencia varios riesgos para los trabajadores, que aumentan la probabilidad de contingencias que pueden causar lamentables y hasta irreparables daños al obrero, a su familia, a la empresa y a la comunidad.
Todo esto indica que, no obstante las prevenciones de la ley se requieren un fuerte impulso y una acción coordinada para desarrollar la seguridad e higiene industrial en Bolivia. La promoción de políticas preventivas, sobre todo, permitirá superar los riesgos de las nuevas condiciones de la industria Boliviana y mejorar en general las condiciones de todas clases que se dan en los ambientes de trabajo.
Se han creado nuevas industrias, que conllevan nuevos procesos, y por añadidura las ramas de la Higiene Industrial aplicables, también se han extendido, como son:
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La seguridad industrial
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La medicina del trabajo
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La ergonomía
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La higiene general
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El control ambiental
Siendo las ramas auxiliares de la higiene industrial:
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La Física.
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La psicología.
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La Química.
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La Toxicología.
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La Biología.
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La Anatomía.
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La Sociología.
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La Fisiología.
La higiene y Seguridad Industrial, trata sobre los procedimientos para identificar, evaluar y controlar los agentes nocivos y factores de riesgo, presentes en el medio ambiente laboral y que, bajo ciertas circunstancias, son capaces de alterar la integridad física y/o psíquica del ser humano; ya que éstos procedimientos son reglamentados legalmente, considerando que la ley protege al trabajador desde su hogar para trasladarse a su centro de trabajo, su acción recae en la vida cotidiana del trabajador, pues también existen riesgos tanto en el hogar como en todos los servicios públicos.
Por consiguiente, hace uso de:
• La medicina del Trabajo, disciplina afín, cuya principal función es la de vigilar la salud de los trabajadores, valiéndose de elementos clínicos y Epidemiológicos.
• La Ergonomía, se dedica a procurar la implementación de lugares de trabajo, diseñadas de tal manera que se adapten a las características anatómicas, fisiológicas y psicológicas de las personas que laboren en ese sitio.
• La Psicología Laboral, se ocupa de lograr una óptima adaptación del hombre a su puesto de trabajo y asimismo, estudiar las demandas psicológicas y cargas mentales que el trabajo produce al trabajador.
• La Ingeniería, La Arquitectura, La Física, La Química, La Biología, La Medicina, estudian los efectos negativos del trabajo sobre las personas y la forma de evitarlos; tienen que ampliar su campo de acción con un tratamiento ergonómico, del estudio del trabajo, de forma que no solo se intervenga para corregir situaciones peligrosas, sino que además, se estudien nuevos métodos de trabajo que favorezcan el desarrollo integral de los trabajadores en general.
• La Psicología, se encarga de prevenir los daños a la salud causados por tareas monótonas y repetitivas, y por la propia organización del trabajo cuando ésta no toma en cuenta al trabajador como humano que es.
• La Administración del trabajo, disciplina clave para el buen funcionamiento de cualquier centro de trabajo, ya que son de su responsabilidad las políticas generales y la organización del trabajo.
Resumiendo, se puede decir que el campo de acción comprende entre otros, ámbitos los siguientes: las condiciones materiales del ejercicio del trabajo, esfuerzo, fatiga, temperatura, ventilación, presencia de agentes contaminantes, el interés de la propia tarea, monotonía, el carácter competitivo de la tarea, las estimulaciones, la tensión y cargas mentales, las oportunidades de aprender algo nuevo y adquirir una calificación mayor, ser promocionado, duración de la jornada; grado de exposición a los agentes contaminantes, el rotar turnos, grado de flexibilidad y carácter de los supervisores y todo lo que se pueda concebir que corresponda al ambiente laboral.
El implementar y llevar a efecto programas de Seguridad e Higiene para lograr un ambiente seguro en el área de trabajo y que los trabajadores trabajen seguramente y con tranquilidad, es parte integral de la responsabilidad total de todos, ya que haciendo conciencia, a todos acarrearía beneficios.
La implementación de programas de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo se justifica por el solo hecho de prevenir los riesgos laborales que puedan causar daños al trabajador, ya que de ninguna manera debe considerarse humano el querer obtener una máxima producción a costa de lesiones o muertes, mientras más peligrosa es una operación, mayor debe ser el cuidado y las precauciones que se observen al efectuarla; prevención de accidentes y producción eficiente van de la mano; la producción es mayor y de mejor calidad cuando los accidentes son prevé- nidos; un óptimo resultado en seguridad resultará de la misma administración efectiva que produce artículos de calidad, dentro de los límites de tiempo establecidos.
Beneficios.- La reducción de los riesgos laborales automáticamente disminuirá los costos de operación y aumentaría las ganancias (pues en la aplicación efectiva de los programas, está el objetivo primordial, el de obtener ganancias).Controlar las observaciones y las causas de pérdidas de tiempo relacionadas con la interrupción del trabajo efectivo; aumentar el tiempo disponible para producir, evitando la repetición del accidente y reducir el costo de las lesiones, incendios, daños a la propiedad, y crear un mejor ambiente laboral.
De los efectos negativos que el trabajo puede tener para la salud del trabajador, los accidentes son los indicadores inmediatos y más evidentes de las malas condiciones del lugar de trabajo, y dada su gravedad, la lucha contra ellos es el primer paso de toda actividad preventiva; Los altos costos que genera, no son las únicas consecuencias negativas; el Seguro Social, no resucita a los muertos; no puede devolver los órganos perdidos que cause una incapacidad laboral permanente. Además los sufrimientos físicos y morales que padece el trabajador y su familia, los riesgos, reducen temporalmente o definitivamente la posibilidad de trabajar, siendo un freno para el desarrollo personal del individuo como ser transformador, ya que le priva total o parcialmente de poderse realizar como miembro activo de la sociedad. Las pérdidas son generalmente los costos directos y son fácilmente cuantificables, ya que involucran el costo de los equipos, edificios y materiales; además existen los costos, tales como: pago de indemnización, perdida de la producción, del mercado, entrenar a personal de reemplazo, etc. En forma más general, de los costos indirectos podemos ejemplificar: sanciones, partes de repuesto obsoletas, recuperación, labores de rescate, acciones correctivas, pérdida de eficiencia, primas de seguro, desmoralización, pérdida de mercado, pérdida de imagen y prestigio.
UNIDAD II
SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL
Accidente es cualquier acontecimiento inesperado o imprevisto que interrumpe o interfiere el proceso ordenado de la actividad de que se trate; por otro lado el ACCIDENTE DE TRABAJO es un daño corporal del trabajador debido a una causa exterior sobrevenida por razón del trabajo o con ocasión del mismo.
Es el objeto o sustancia más estrechamente relacionado con la lesión, y que, en general podía haber sido protegido o corregido en forma satisfactoria. Los agentes son Máquinas: tornos, punzadoras, taladros, pulidoras, estampadoras o cortadoras; Generadores de movimiento: compresoras, ventiladores y sopladoras; Elevadores de pasajeros o carga: Eléctricos, vapor, hidráulicos o manuales; Aparatos de izar: grúas y dragas; Transportes de banda: de rollo y de cadena; Calderas y recipientes sujetos a presión: calentadores , condensadores y tuberías de alta presión; Vehículos: de motor, tracción animal, ferrocarriles, barcos, aviones; Animales: domésticos, insectos, serpientes, otros; Aparatos de transmisión de fuerza mecánica o eléctricos; Herramientas manuales: hachas, cortador, cincel, navaja; Sustancias químicas: explosivos, vapores, emanaciones, sustancias corrosivas, hierbas venenosas; Sustancias inflamables; Polvos explosivos orgánicos o inorgánicos; Radiaciones y sustancias radioactivas; Superficies de trabajo como rampas, caminos, estantes, escaleras; y, Agentes diversos como escaleras de mano, aberturas en el piso, ventanas y otros.
Es aquella que se encuentra más estrechamente relacionada con la lesión. Por ejemplo de un taladro las partes del agente serían el mandril, broca, polea y los engranajes.
Es aquella parte en el agente que bien pudo haber sido protegida para evitar el accidente. Estas condiciones generalmente se agrupan como sigue:
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Agentes protegidos en forma deficiente o no protegidos.
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Agentes defectuosos: Ásperos, resbaladizos, agudos o de materiales de baja calidad.
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Arreglos o procedimientos peligrosos en el agente sobre él o su alrededor como almacenamiento inseguro, congestionamiento o sobrecarga.
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Iluminación inadecuada: luz insuficiente o destellos.
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Ventilación inadecuada: renovación insuficiente del aire o aire impuro.
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Ropa o vestimenta insegura: falta de guantes, delantales, zapatos, respiradores o defectos en ellos. Condiciones mecánicas o materiales inseguros.
Es la forma de como se establece el contacto entre la persona lesionada y el objeto o sustancia o la exposición o el movimiento de la persona lesionada, que da por resultado la lesión. Los tipos de accidente se clasifican de la siguiente manera:
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Colisión: Se refiere a los contactos con los objetos agudos o ásperos que dan por resultado cortaduras, desgarramiento o piquetes por golpear ciertos objetos, arrodillarse o caer sobre ellos.
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Contusión: Objetos que caen, vuelan, se deslizan o se mueven para crear un accidente. Caída de un nivel a otro.
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Resbalar o hacer esfuerzo excesivo que genera dislocamientos.
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Quemaduras, escaldaduras o congelamiento por exponerse a temperaturas extremas
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Inhalación de sustancias químicas.
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Contacto con la corriente eléctrica.
Es la violación de un procedimiento comúnmente aceptado como seguro lo que provoca determinado tipo de accidentes. Por ejemplo: Realizar, una operación sin estar autorizado para ello, no obtener la autorización necesaria; realizar una operación o trabajar a velocidades inseguras, demasiada lentitud o rapidez haciendo que no funcionen los dispositivos de seguridad; empleo de equipo inseguro; adoptar una posición o una postura insegura; trabajar sobre equipo en movimiento o sobre equipo peligroso; distraer, molestar o sorprender; no usar prendas seguras para la protección personal.
Es la característica mental o física que permite un determinado acto riesgoso. Por ejemplo: Actitud impropia (hacer caso omiso de las instrucciones o no comprender las mismas); Falta de conocimientos o de habilidad (inexperiencia) y Defectos físicos (oído, vista, fatiga).
La importancia de la Seguridad Industrial es la de reducir las lesiones en los campos laborales por medio de la prevención o concientización de los empleados y empleadores.
Dando les capacitación, cursos de prevención e información en señalizaciones y zonas de riesgo.
A menudo, se presta menos atención a los problemas de salud laboral que a los de seguridad laboral, porque generalmente es más difícil resolver aquellos. Cuando se aborda la cuestión de salud, también se aborda la seguridad porque por definición, un lugar de trabajo saludable es también un lugar de trabajo seguro, en cambio puede que no sea cierto a la inversa, pues un lugar de trabajo considerado seguro no es necesariamente también un lugar de trabajo saludable, pero lo importante es que hay que abordar en todos los lugares de trabajo los problemas de salud y de seguridad.
Las malas condiciones de trabajo también pueden afectar al entorno en que viven los trabajadores; es decir, que los riesgos laborales pueden tener consecuencias nocivas en los trabajadores, entorno físico del lugar de trabajo, sus familias y otras personas de la comunidad, por ejemplo, el empleo de plaguicidas en el trabajo agrícola produce que los trabajadores y sus familias estén expuestos a productos químicos tóxicos. Conocemos que el trabajador pasa 8 horas o más al día en el lugar de trabajo (industria, oficina, taller industrial, laboratorio, etc.) por lo tanto el entorno laboral debe ser seguro y sano, evitando estar sometido a diferentes riesgos para la salud como los ruidos, tóxicos, bacterias, estrés o los peligros ergonómicos como las posiciones incómodas.
Costo directo para el Trabajador:
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Padecimiento de la lesión o enfermedad.
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Pérdida de ingresos.
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Posible pérdida de su empleo.
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Costos que acarrea la atención médica.
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Costo indirecto más evidente es el padecimiento humano de la familia.
Costo directo para el Empleador:
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Tener que pagar un trabajo no realizado, pago por tratamiento médico.
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Indemnizaciones, reparación de máquinas o equipos dañados.
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Disminución temporal de la producción y calidad de trabajo.
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Consecuencias negativas en lo moral de otros trabajadores.
Costos indirectos para el Empleador:
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Hay que sustituir al trabajador lesionado o enfermo.
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Formar un nuevo trabajador: Lleva tiempo para que produzca al ritmo del anterior.
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Las malas condiciones sanitarias y de seguridad en el lugar de trabajo pueden influir negativamente en la imagen pública de la empresa.
La organización de la seguridad industrial es el arreglo concebido, definido y ordenado en el propósito de atraer y conservar el esfuerzo combinado de todo el personal de una empresa industrial en la tarea de evitar accidentes.
La tarea del tipo A estriba especialmente en el hecho de que concentra en el jefe de cada uno de los departamentos toda la responsabilidad por el trabajo de seguridad que se efectúe en el mismo. El jefe de departamento tiene la obligación de incorporar la seguridad en todas y cada una de las actividades cotidianas de su departamento.
El director de seguridad debe tener en cuenta que el trabajo que desempeña es de servicio y que no Puede asumir indebidamente una autoridad que corresponda a miembros de personal directivo. Su efectividad se hallará en proporción directa a:
- Su facultad para ganarse la confianza y respeto de todos los supervisores y líderes.
- El grado de responsabilidad que les haya asignado el líder principal.
Cada comisión debe estar formada por personas autorizadas en la rama de actividades a que se dedique aquella, por ejemplo una comisión principal o directriz debe incluir jefes tan importantes como el maestro mecánico y el gerente de operaciones. Una comisión de trabajadores debe estar integrada por personas conocidas por sus compañeros y merecedoras de su respeto. Entre los miembros de la comisión debe hallarse el máximo de conocimientos de métodos, prácticas y condiciones que se usen en la planta, en la empresa o en el grupo representado.
Podemos clasificar las señales de seguridad en:
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Advertencia de Peligro; Materiales inflamables, materiales explosivos, materias tóxicas, materias corrosivas, materias radioactivas, cargas suspendidas, vehículos de manutención riesgo eléctrico, peligro en general, radiación láser, materias comburentes, radiaciones no ionizantes, campo magnético intenso, riesgo de tropezar, caída a distinto nivel, riesgo biológico, materias nocivas o irritantes.
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Prohibición: Prohibido fumar, Prohibido fumar y encender fuego, Prohibido pasar a los peatones, Prohibido apagar con agua, agua no potable, entrada prohibida a personas no autorizadas, no tocar, prohibido a los vehículos de manutención.
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Obligación: Protección obligatoria de la vista, protección obligatoria de la cabeza, protección obligatoria del oído, Protección obligatoria de las vías respiratorias, protección obligatoria de los pies, Protección obligatoria de las manos, protección obligatoria del cuerpo, protección obligatoria de la cara, protección individual obligatoria contra caídas, vía obligatoria para peatones, Obligación general acompañada si procede, de una señal adicional.
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Lucha contra incendios: Manguera para incendios, Escalera de mano, extintor, direcciones que deben seguirse, teléfono contra incendios.
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Salvamento o socorro: Vía o salida de socorro, direcciones que deben seguirse, primeros auxilios, camilla, ducha de seguridad, lavado de ojos, teléfonos de salvamento.
COLOR | SIGNIFICADO |
Rojo | Peligro - Alarma y Prohibición |
Amarillo | Advertencia - Precaución |
Azul | Obligación |
Verde | Salvamento - Auxilio y Seguridad |
Los EPI NO eliminan el riesgo y solo sirven para minimizar las consecuencias, por lo que debe utilizarse siempre que haya situaciones de riesgo. El equipo de protección personal puede clasificarse convenientemente en la siguiente forma:
CASCO DURO | PROTECCION DEL CABELLO | PROTECTORES AURICULARES |
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Caperuzas o capuchas | Gafas | Máscaras | Cascos de soldador. |
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APARATOS PARA RESPIRAR OXIGENO O AIRE | RESPIRADORES DE FRASCO Y DE CARTUCHO | RESPIRADORES DE FILTRO |
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GUANTES Y PROTECTORES DE CUERO | ZAPATOS DE SEGURIDAD | PROTECTORES DE LOS PIES. |
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MANDILES Y GUARDAPOLVOS | OVEROLES |
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Enseñanza y Adiestramiento: La enseñanza de seguridad es el proceso de aumentar los conocimientos acerca de la seguridad, con el objeto de desarrollar la conciencia de la importancia que tiene la eliminación de accidentes y una actitud vigilante y alerta que permite reconocer y corregir condiciones y prácticas que pueden ocasionar lesiones. El adiestramiento en la seguridad es el proceso de desarrollar la aptitud en el empleo de métodos seguros de trabajo y en la aplicación de prácticas seguras durante el desempeño de las labores.
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Inspección de Establecimientos: En atención a que abundan en las empresas industriales riesgos corregibles y a que la colocación de guardas en todos ellos significaban gastos muy fuertes y estorbos en la producción el único medio práctico de resolver el problema es el programa de seguridad por etapas mediante la inspección de los establecimientos. Normalmente una inspección verifica: El resguardo de las máquinas, Orden y limpieza de la planta, Estado de las herramientas, Iluminación, Estado de pisos escaleras y pasillos, Providencias para llegar con seguridad hasta el equipo, determinar si son satisfactorias las condiciones de los servicios de higiene y comodidad personal, y las facilidades para salir del local.
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Análisis de la seguridad de las tareas: El propósito de este análisis es, a) El descubrimiento de los riesgos materiales existentes b) Descubrimiento y eliminación de actos peligrosos o arriesgados, o protección de movimientos y posiciones. c) Determinación de los requisitos necesarios para la ejecución segura del trabajo tales como buen estado físico, facilidad de movimientos, aptitudes especiales, etc. d) Determinación del equipo y las herramientas necesarias para realizar el trabajo con seguridad. e) Establecimiento de normas necesarias para la seguridad, incluyendo la instrucción y adiestramiento de los obreros.
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Distribución de la Planta: Las condiciones que indican la falta de preparación en una planta se pueden identificar por los siguientes puntos: a) Cantidades demasiado grandes de productos en proceso b) Exceso de materiales en determinados puntos y carencia en otros lugares c) Congestiona miento del tránsito d) Insuficiente espacio para trabajar en torno de las máquinas e) Espacio insuficiente para almacenar materiales f) Localización inadecuada de lugares importantes tales como ventanas, depósitos de herramientas, baños, etc. g) Acumulación innecesaria de basura y desperdicios h) Procedimientos en los que no se sigue el orden lógico. Para tener una distribución de planta adecuada se deben tomar en cuenta los siguientes principios: a) Espacio adecuado b) Acceso seguro c) Conservación segura d) Aire y Luz adecuados e) Servicios adecuados f) Espacio suficiente para ampliaciones.
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Orden y Limpieza: El buen Gobierno de una planta se refleja en la limpieza y el orden, un lugar se encuentra ordenado cuando no hay en las cosas innecesarias, y cuando aquellas que son necesarias están en el lugar que les corresponde. Son índices de buen gobierno de una planta industrial los pisos libres de grasa y de aceite, corredores y pasillos debidamente marcados, ventanas limpias, maquinaria y equipos ordenados, iluminación adecuada, y en la zona de trabajo ningún desperdicio, material o basura en forma excesiva. En los lugares donde encontramos estas condiciones la frecuencia de accidentes es baja.
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Manejo de Materiales: En casi todas las industrias, el manejo de materiales, artículos y equipos constituye la fuente principal de lesiones. Debe estudiarse toda clase de material y de artículo que se maneja en la planta o en torno de ella, y es preciso tomar en consideración el peso y la índole del material o artículo, si su descarga va a hacer desde vagones o camiones, cómo se va almacenar, los medios de manejo mientras se encuentran en proceso, la forma como se le prepara para ser empacada, también debe estudiarse el manejo de materiales y equipo ya que en ocasiones esta labor implica considerable riesgo.
Estos pueden clasificarse de la siguiente forma:
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Riesgos Químicos.
- Explosivos
- Corrosivos
- Líquidos Inflamables
- Compuestos químicos tóxicos
- Materiales oxidantes
- Gases Peligrosos
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Partículas en el aire.
- Polvos
- Nieblas
- Humos
- Aerosoles
- Gases
- Vapores
- Rocíos
- Irritantes
- Tóxicos
- Cancerígenos
- Asfixiantes
- Alérgicos
- Productores de Dermatosis
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Riesgos Físicos
- Ruido
- Vibración
- Temperaturas extremas
- Iluminación
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Rutas de entrada:
- Inhalación
- Absorción
- Ingestión
- Inyección
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Radiación
- Infrarroja
- Ultravioleta - Micro ondas
- Láser
Riesgos Biológicos
- Bacterias
- Hongos
- Virus
- Parásitos
- Micro organismos
- Plagas
- Plantas
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Riesgos Ergonómicos
- Levantamiento inapropiado
- Posiciones incomodas
- Movimiento repetitivo inadecuado
- Herramientas inadecuadas
- Condiciones visuales deficientes.
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Colocación: Colocar a nuevos trabajadores al azar constituye una causa fundamental de gran número de lesiones, se debe insistir en el cumplimiento de requisitos mínimos para la colocación de empleados en determinados puestos.
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Adiestramiento: La gente aprende a hacer las cosas antes que nada haciéndolas, así al obrero se debe decirle lo que debe hacer, mostrarle cómo debe hacerlo, dejarlo que lo haga, corregirlo hasta que lo haga bien y vigilarlo para cerciorarse de que lo sigue haciendo bien.
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Educación: Es misión de cada empresa determinar cuáles son los métodos y procesos más adecuados a sus actividades y priorizar una campaña de educación y propaganda en forma semejante a una campaña publicitaria.
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Educación: Es misión de cada empresa determinar cuáles son los métodos y procesos más adecuados a sus actividades y priorizar una campaña de educación y propaganda en forma semejante a una campaña publicitaria.
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Participación de los trabajadores: Cuando los programas de seguridad parten desde los trabajadores su cumplimiento será creciente.
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Medidas Correctivas: Se debe dar la retroalimentación para ir mejorando constantemente las medidas de seguridad.
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Negligencia del Empleador: Teniendo conocimiento de las normas de seguridad, las evade y simplemente las ignora para ahorrar costos. También se puede considerar negligencia al cumplimiento parcial de algunas normas.
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Negligencia del Trabajador: Cuando este aun teniendo los equipos e implementos necesarios, y teniendo los conocimientos de las normas de seguridad, incumple las mismas, para hacer las actividades más rápido, o menor costo, o con intencionalidad de infringir estas normas.
UNIDAD III
LEGISLACION DE SEGURIDAD INDUSTRIASL
La constitución política del Estado establece en su artículo 46, núm. I:
“Toda persona tiene derecho: Al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio que le asegure para y su familia una existencia digna. A una fuente laboral estable en condiciones equitativas y satisfactorias”.
II El Estado debe proteger el ejercicio del trabajo en todas sus formas. Se prohíbe toda forma de trabajo forzoso u otro modo análogo de explotación que obligue a una persona a realizar labores sin su consentimiento y justa retribución.
MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y PREVICION SOCIAL
DIRECCION GENERAL DE SEVICIO CIVIL
DIRECCION GENERAL DE PREVICION SOCIAL
DIRECCION GENERL DE COOPERATIVAS
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS SINDICALES
DIRECCION GENERAL DE EMPLEO
DIRECCION GENERAL DE TRABAJO
MINISTERIO DE EMPLEO SERVICIO CIVIL Y COOPERATIVAS
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVICION SOCIAL
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Garantizar el ejercicio de derechos laborales y el trabajo digno en todas sus formas.
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Diseñar, proponer y coordinar políticas laborales de empleo y previsión social.
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Garantizar la inserción y estabilidad laboral.
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Priorizar políticas de protección de sectores vulnerables.
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Erradicar el trabajo forzoso.
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Resolver conflictos laborales.
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Regular las relaciones laborales.
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Formular y ejecutar políticas relacionadas con el servicio civil y el sector cooperativo.
CAPITULO QUINTO
DERECHOS SOCIALES Y ECONÓMICOS
SECCIÓN III
DERECHO AL TRABAJO Y AL EMPLEO
Art. 47.
I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo.
II. Las trabajadoras y trabajadores de pequeñas unidades productivas urbanas o rurales, por cuenta propia, y gremialistas en general, gozarán por parte del Estado de un régimen de protección especial, mediante una política de intercambio comercial equitativo y de precios justos para sus productos, así como la asignación preferente de recursos económicos financieros para incentivar su protección.
III. El Estado protegerá, fomentará y fortalecerá las formas comunitarias de producción.
Art. 48.
I. Las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio.
II. Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo principios de protección de las trabajadoras y trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador.
III. Los derechos y beneficios reconocidos a favor de las trabajadoras y trabajadores no pueden reunirse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.
III. Los derechos y beneficios reconocidos a favor de las trabajadoras y trabajadores no pueden reunirse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.
V. El Estado promoverá la incorporación de las mujeres al trabajo y garantizará la misma remuneración que a los hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el ámbito público como en el privado.
VI. Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad. VII. El Estado garantizará la incorporación de las jóvenes y los jóvenes en el sistema productivo, de acuerdo con su capacitación y formación.
Art. 49.
I. Se reconoce el derecho a la negociación colectiva.
II. La Ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales; reincorporación; descansos remunerados y feriados; cómputo de antigüedad, jornada laboral, horas extra, recargo nocturno, domiciliares, aguinaldos, bonos, primas u otros sistemas de participación en las utilidades de la empresa; indemnizaciones y desahucios; maternidad laboral; capacitación y formación profesional; capacitación y formación profesional, y otros derechos sociales.
III. El Estado protegerá la estabilidad laboral. Se prohíbe el despido injustificado y toda forma de acoso laboral. La Ley determinará las sanciones correspondientes.
Art. 50.
El Estado mediante tribunales y organismos administrativos especializados, resolverá todos los conflictos emergentes de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores, incluidos los de la seguridad industrial y de los de la seguridad social.
Art. 51.
I. Todas las trabajadoras y trabajadores tienen derecho a organizarse en sindicatos de acuerdo con la ley.
II. El Estado respetará los principios sindicales de unidad, democracia sindical, solidaridad e internacionalismo.
III. Se reconoce y garantiza la sindicalización como medio de defensa, representación, asistencia, educación y cultura de las trabajadoras y trabajadores del campo y de la ciudad.
IV. El Estado respetará la independencia ideológica y organizativa de los sindicatos. Los sindicatos gozarán de personalidad jurídica por el solo hecho de organizarse y ser reconocidos por sus entidades matrices.
VI. Las dirigentes y los dirigentes sindicales gozan de fuero sindical, no se les despedirá hasta un año después de la finalización de su gestión y no se les disminuirán sus derechos sociales, ni se le someterá a persecución ni privación de libertad por actos realizados en el cumplimiento de su labor sindical.
VII. Las trabajadoras y los trabajadores por cuenta propia tiene el derecho a organizarse para la defensa de sus intereses.
Art. 52.
I. Se reconoce y garantiza el derecho a la libre asociación empresarial.
II. El Estado garantizará el reconocimiento de la personalidad jurídica de las asociaciones empresariales, así como las formas democráticas organizativas empresariales, de acuerdo con sus propios estatutos.
III. El Estado reconoce las instituciones de capacitación de las organizaciones empresariales,
IV. El patrimonio de las organizaciones empresariales, tangible e intangible, es inviolable e inembargable.
Art. 53.
Se garantiza el derecho a la huelga como el ejercicio de la facultad legal de las trabajadoras y los trabajadores de suspender labores para la defensa de sus derechos, de acuerdo con la ley.
Art. 54.
I. Es obligación del Estado establecer políticas de empleo que eviten la desocupación y la subocupación, con la finalidad de crear, mantener y generar condiciones que garanticen a las trabajadoras y los trabajadores posibilidades de ocupación laboral digna y de remuneración justa.
II. Es deber del Estado y de la sociedad la protección y defensa del aparato industrial y de los servicios estatales.
III. Las trabajadoras y trabajadores, en defensa de sus fuentes de trabajo y en resguardo del interés social podrán, de acuerdo con la ley, reactivar y reorganizar empresas en proceso de quiebra, concurso o liquidación, cerradas o abandonadas de forma injustificada, y conformarán empresas comunitarias o sociales. El Estado podrá coadyuvar a la acción de las trabajadoras y trabajadores.
Art. 55.
El sistema cooperativo se sustenta en los principios de solidaridad, igualdad, reciprocidad, equidad en la distribución, finalidad social, y no lucro de sus asociados. El estado fomentará y regulará la organización de cooperativas mediante la Ley.
LEY GENERAL DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR
Libro Primero
DE LA GESTION EN MATERIA DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR
TITULO I
DE LAS NORMAS GENERALES
CAPITULO I
OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Art. 1.- (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto:
1) Garantizar las condiciones adecuadas de salud higiene, seguridad y bienestar en el trabajo;
2) Lograr un ambiente de trabajo desprovisto de riesgo para la salud psico-física de los trabajadores;
3) Proteger a las personas y el medio ambiente en general, contra los riesgos que directa o indirectamente afectan a la salud, la seguridad y el equilibrio ecológico.
Art. 3º.- (CAMPO DE APLICACION). La presente Ley es aplicable a toda actividad en que se ocupe uno o más trabajadores por cuenta de un empleador, persiga o no fines de lucro; será aplicable, asimismo, a las siguientes actividades:
1) Las desempeñadas por cuenta del Estado: Gobierno Central, Gobierno Local; Instituciones descentralizadas y autónomas, Empresas y Servicios públicos; y, en general, todas aquellas entidades públicas o mixtas existentes o por crearse;
2) Las ejecutadas por entidades cooperativas y otras formas de organización social como los “Sindicatos de Producción”;
3) Las desempeñadas por alumnos de un establecimiento de enseñanza o formación profesional, bajo contrato de aprendizaje o práctica educacional;
4) Las que se ejecuten en prisiones o penitenciarías, establecimientos correccionales, de rehabilitación y readaptación ocupacional o social.
Quedan excepcionadas:
1. Las realizadas por las Fuerzas Armadas y los Organismos de Seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones específicas;
2. Las efectuadas en el domicilio del trabajador;
3. Las efectuadas por la familia del empleador en el domicilio de éste.
TITULO II
DE LAS OBLIGACIONES DE EMPLEADORES, DE TRABAJADORES y DEL EMPLEO DE MUJERES y MENORES DE EDAD
Artº 5.- (OBLIGACIONES DE EMPLEADORES Y TMBAJADORES). Los empleadores y trabajadores comprendidos en el campo de la aplicación de la presente Ley, tienen la obligación de cumplir las normas establecidas en ella, así como los reglamentos y otras disposiciones inherentes.
CAPITULO I
DE LAS OBUGACIONES DE EMPLEADORES
Art. 6.- (OBLIGACION DE EMPLEADORES). Son obligaciones de empleadores:
1) Cumplir las Leyes y Reglamentos relativos a la Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar; reconociendo que su observancia constituye parte indivisible en su actividad empresarial;
3) Constituir las edificaciones con estructuras sólidas y en condiciones sanitarias, ambientales y de seguridad adecuadas;
4) Mantener en buen estado de conservación, utilización y funcionamiento, las estructuras físicas, las maquinarias, instalaciones y útiles de trabajo;
5) Controlar que las máquinas, equipos, herramientas, accesorios y otros en uso o por adquirirse, reúnan las especificaciones mínimas de seguridad;
8) Instalar los equipos necesarios para asegurar la renovación del aire, la alimentación de gases, vapores y demás contaminantes producidos, con objeto de proporcionar al trabajador ya la población circundante, un ambiente saludable;
CAPITULO II
DEL CONSEJO NACIONAL DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR
Art. 11º (Constitución del Consejo Nacional). El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar estará constituido por:
- El Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral;
- El representante del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.
- El representante del Ministerio de Minería y Metalurgia;
- El Director General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral;
- El Director Ejecutivo del Instituto Boliviano de Seguridad Social;
- El representante de la Central Obrera Boliviana;
- El representante de la Confederación de Empresarios Privados.
Art. 15º (Funciones del Consejo Nacional). El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
1) Formular las políticas en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar, planificar, dirigir, coordinar y regular las acciones consiguientes;
5) Fortalecer los organismos encargados de la ejecución de medidas de higiene, seguridad ocupacional y bienestar y proponer la creación de otros en su caso;
8) Favorecer al adiestramiento y capacitación de los recursos humanos en la materia, a efecto de satisfacer las necesidades del país en coordinación con las universidades, institutos públicos y privados;
10) Promover y coordinar todas las acciones relativas a la prevención de los riesgos profesionales, y las referentes a la rehabilitación integral de los trabajadores;
12) Participar en la suscripción de acuerdos y convenios en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar con otros países u organismos internacionales;
14) Velar por la jerarquización del personal técnico de la materia;
16) Promover medidas para que los proyectos industriales contemplen inversiones destinadas a la prevención de riesgos;
Art. 16º (Creación de Comisiones Sectoriales). El consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, creará comisiones sectoriales con el objeto de desarrollar políticas y acciones para cada sector laboral.
Art. 18º (Oficinas Departamentales). En las jurisdicciones departamentales se crearán y organizarán oficinas especializadas en higiene, seguridad ocupacional y bienestar.
CAPITULO III
DE LA DIRECCION GENERAL DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR Y SUS ATRIBUCIONES
Art. 19º (Funciones de la Dirección General). La Dirección General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, aparte de sus específicas funciones, se encargará de:
1) Cumplir y hacer cumplir las normas de la presente Ley;
4) Programar y ejecutar labores educativas y de divulgación sobre higiene, seguridad ocupacional y bienestar a diferentes niveles en coordinación con otros organismos afines;
6) Controlar que todo proyecto y programa de instalación y localización de industrias y actividades económicas en general, estén acompañadas de inversiones mínimas establecidas sobre prevención de riesgos, infraestructura social y física que permitan el asentamiento de los trabajadores y sus familias de acuerdo a las peculiaridades regionales del país;
7) Propiciar la creación de la infraestructura en higiene, seguridad ocupacional y bienestar en los centros de trabajo ya existentes, asistirlos en su organización y asesorarlos en sus problemas inherentes;
10) Requerir y obtener de los empleadores, Cajas de Seguro Social y otras fuentes, información sobre enfermedades y accidentes de trabajo;
11) Evaluar en base a la estadística, las acciones y programas en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar que se desarrollen en los centros de trabajo;
12) Realizar inspecciones en los centros de trabajo conforme a las normas que se determinen.
16) Intervenir en todo finiquito por accidente de trabajo, enfermedad profesional, de salarios por incapacidad y demás beneficios sociales emergentes de riesgos profesionales.
CAPITULO IV
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL Y SUS ATRIBUCIONES
Art. 20º (Funciones del I.N.S.O.). El Instituto Nacional de Salud Ocupacional cumplirá las siguientes funciones:
2) Realizar investigaciones y evaluaciones sobre los riesgos del trabajo, así como sobre problemas específicos de salud ocupacional;
3) Ejecutar exámenes médicos preocupaciones y ocupacionales sistemáticos y obligatorios para todos los trabajadores, coordinando labores con entidades relacionadas con la higiene y seguridad ocupacional;
4) Proporcionar asesoramiento técnico en salud ocupacional a las empresas y entidades públicas y privadas;
CAPITULO XII
PROTECCION DE LA SALUD. ABASTECIMIENTO DE AGUA
Art. 344º Cuando los trabajos se desarrollen en ambiente de calor intenso por períodos considerables, el empleador debe suministrar tabletas de sal de acuerdo a prescripción médica.
Art. 351º Los trabajadores deben ser instruidos sobre los movimientos y esfuerzos que ejecuten a fin de prevenir lesiones por sobre esfuerzo o fatiga.
CAPITULO XII
DE LAS ROPAS DE TRABAJO Y PROTECCION PERSONAL. DEFINICION DE ROPAS DE TRABAJO
Art. 372º Las ropas de trabajo deben conformarse a normas respecto a diseño, talla, ajuste, mantenimiento, confección, resistencia del material, al uso, al fuego, a la degradación por el tiempo, con el objeto de que no se conviertan en riesgos inminentes de seguridad.
Art. 374º Son todos los aditamentos o substitutos de la Ropa de Trabajo cuya función es estrictamente de protección a la persona contra uno o más riesgos de un trabajo específico, ejemplo, máscara, lentes, guantes, cascos protectores de oído, botas o zapatos de seguridad, etc.
Art. 376º El suministro y uso de equipo de protección personal debe regirse estrictamente a las normas nacionales y las reglamentaciones específicas, para asegurar que el equipo sea adecuado para proteger positivamente contra el riesgo específico para el que se lo usa.
Art. 377º Los trabajadores expuestos a objetos que caigan o salten (objetos volantes) y a golpes en la cabeza, deben usar cascos de seguridad.
Art. 378º Todos los trabajadores que ejecuten cualquier operación que puede poner en peligro sus ojos, dispondrán de protección apropiada para la vista.
Art. 379º Los trabajadores expuestos a ruidos intensos y prolongados deben estar dotados de protectores auditivos adecuados.
CAPITULO XV
DE LA SEÑALIZACION
Art. 407º La señalización es parte fundamental de la seguridad y por tanto es la instalación obligatoria en todo centro de trabajo, sin que medien atenuantes de ninguna clase, como el analfabetismo.
BIBLIOGRAFIA
Blake, R. P. (s.f.). Seguridad Industrial.
Blake, R. P. (s.f.). Seguridad Industrial.
Conalep. (s.f.). Apuntes de seguridad e higien.
Estado Plurinacional de Bolivia. (2011). Nueva Constitucion Politica del Estado. La Paz - Bolivia: U.P.S.
Gonzáles, J. L. (s.f.). Seguridad, Higiene y Control Ambiental. Mc Graw Hill.
Grimaldi, J. (s.f.). Seguridad Industrial.
Republica de Bolivia. (1979). Decreto Ley Nº 16998. La Paz - Bolivia.
Vera, J. Á. (s.f.). Administración de Operaciones.
ANEXOS
CUESTIONARIO
1. ¿Cuál es el objetivo de la Seguridad Industrian?
R. Es salvaguardar la vida y preservar la Seguridad Industrial salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas tanto a que les proporcionen las condiciones para el trabajo, como a capacitarlos y adiestrarlos para que se eviten, dentro de lo posible, las enfermedades y los accidentes laborales.
2. ¿Las señales de seguridad industrial se clasifican en:…Advertencia de peligro, prohibición, obligación, lucha contra incendios, salvamento de socorro...
3. ¿Qué es un accidente laboral?
R. Accidente es cualquier acontecimiento inesperado o imprevisto que interrumpe o interfiere el proceso ordenado de la actividad de que se trate; por otro lado el ACCIDENTE DE TRABAJO es un daño corporal del trabajador debido a una causa exterior sobrevenida por razón del trabajo o con ocasión del mismo.
4. ¿Sita las clases de accidentes más comunes?
R. - Colisión – Contusión – Resbalar – Quemaduras – Inhalación – Contacto
5. ¿Cuál es la importancia de la Seguridad Industrial?
R. La importancia de la Seguridad Industrial es la de reducir las lesiones en los campos laborales por medio de la prevención o concientización de los empleados y empleadores.
6. ¿Qué es un riesgo biológico?
R. es la exposición a bacterias, hongos, virus, y micro organismos, que nos pueden causar el desequilibrio físico y mental.
7. ¿En el art. 47 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia que establece?
R. Que toda persona tiene derecho al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional.
VOCABULARIO
Reciprocidad: Correspondencia mutua de una persona o cosa, con otra.
Tangible: Que se puede tocar.
Intangible: Que no debe o no puede tocarse.
Sinónimo: Dícese de los vocablos y expresiones que tiene una misma o muy parecida significación.
Colectivo: Formado por varias personas o cosas.
Actitud: Postura de cuerpo humano, disposición de ánimo.
Aptitud: Calidad que hace que un objeto sea apto para cierto fin.
Factor: Empleado que en las estaciones de ferrocarriles cuida de la recepción.
Indicio: Fenómeno que permite conocer o inferir la existencia de otro no percibido.
Incentivo: Que no mueve o excita a desear o hacer una cosa
Mermar: Bajar o disminuir una cosa o una parte.
Contingencia: Posibilidad de que una cosa suceda o no suceda.
Ergonomía: Estudio de datos biológicos y tecnológicos aplicados a problemas de mutua adaptación entre el hombre y la máquina.
Monotonía: Uniformidad, igualdad de tono en el que habla, en la voz, música, etc.
Optimo: De bueno, sumamente bueno.
Nocivo: Daño, perjudicial.
Concebido:
Evadir: Evitar un daño o peligro inminente.
Indivisible: Que no puede ser dividido.
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