Economía y Empresa


Acuerdo de Complementación Económica entre Bolivia y MERCOSUR (Mercado Común del Sur)


TESINA TITULADA: ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA (ACE) ENTRE BOLIVIA Y EL MERCOSUR

CONTENIDO

CAPÍTULO I INTRODUCTORIO

1.1. INTRODUCCIÓN

  • TEMA OBJETO DE ESTUDIO

  • PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

  • OBJETIVOS

  • OBJETIVOS GENERALES

  • 1.4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

    1.5. MARCO METODOLÓGICO

  • MARCO TEÓRICO

  • MARCO CONCEPTUAL

  • HIPÓTESIS CAUSAL

  • CAPÍTULO II ANTECEDENTES HISTORICOS DEL PROBLEMA

    CAPÍTULOIII TÉRMINOS DE CONVENIO ENTRE BOLIVIA Y

    EL MERCOSUR

    CAPÍTULO IV BALANZA COMERCIAL ENTRE BOLIVIA Y EL

    MERCOSUR

    CAPÍTULO V RELACIÓN DE LAS VARIABLES CAUSALES CON

    EL PROBLEMA Y CONCLUSIONES

  • BENEFICIOS Y AMENZAS ALCANZADOS POR EL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA ENTRE BOLIVIA Y EL MERCOSUR

  • CONCLUSIONES

  • BIBLIOGRAFÍA

  • CAPÍTULO I

    INTRODUCTORIO

    1.1 INTRODUCCIÓN

    En el presente trabajo se combinarán dos métodos de investigación que son el Keynesiano y el enfoque de mercado. Puesto que vamos a relacionar principalmente el intercambio comercial que existe entre Bolivia y el MERCOSUR, por lo cual veremos el ingreso-gasto que tiene el país, como también analizaremos la demanda y oferta que el mismo realiza.

    Las zonas francas juegan un papel determinante en la economía nacional, ya que son una fuente importante de generación de divisas para el país..

    Siendo el sector externo tan importante para el país, quisiera investigar bien el acuerdo de complementación económica que se firmará entre Bolivia y el MERCOSUR.

    Tomando como base lo dicho anteriormente, me he propuesto realizar dicha investigación, más bien, para concienciarnos como bolivianos si este acuerdo nos es favorable como país, analizando fundamentalmente dos causales principales como son los términos de Convenio entre Bolivia y el MERCOSUR, la Balanza Comercial, y para si ver cuáles son los beneficios y amenazas par Bolivia del mencionado acuerdo comercial.

    1.2. TEMA OBJETO DE ESTUDIO

    Nuestro tema objeto de estudio es analizar si el acuerdo de complementación económica (ACE) entre Bolivia y el MERCOSUR es positivo o negativo para la economía nacional.

  • PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

  • No hay duda que cuando un país tiene un saldo de balanza comercial positivo, todos ganamos, puesto que existe crecimiento económico, se expande la producción la cuál crece paralelamente con la variable empleo, ganamos más divisas, y en sí mejora la economía. Sin embargo si el caso es contrario, es decir con una balanza deficitaria, nos volvemos cada vez más débiles económicamente, poniendo en riesgo nuestra industria nacional, y perdiendo cada más recursos financieros y productivos.

    ¿Se dan las condiciones para formar una zona de libre comercio con el MERCOSUR de tal manera que nuestro país se beneficie?

  • OBJETIVOS

  • 1.4.1. OBJETIVOS GENERALES

    El objetivo general es mostrar que mediante el acuerdo de complementación económica ha sido o no favorable para Bolivia.

    1.4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

    • Determinar los objetivos y alcances del acuerdo

    • Analizar la Balanza Comercial entre Bolivia y el MERCOSUR, durante el periodo 1990 - SEM I 2004.

    • Constatar los Beneficios y Amenazas alcanzados por el país al entrar en dicho acuerdo.

  • MARCO METODOLÓGICO

  • 1.5.1. MODALIDAD

    Trabajo individual

    1.5.2. TIPO DE INVESTIGACIÓN

    Exploratoria y analítica

    1.5.3. FUENTE DE INFORMACIÓN

    La información de este trabajo fue obtenida mediante

    • Libros

    • Internet

    • Informes y Revistas

  • MARCO TEÓRICO

  • 1.6.1 LIBERALISMO

    Es un orden de ideas o conjunto de principios y doctrinas que suponen a la razón individual absolutamente libre. El liberalismo político y filosófico del s. XVIII tuvo sus derivaciones en el campo de la economía. En Francia, los fisiócratas echaron los cimientos teóricos del liberalismo económico, haciéndose célebre desde entonces el conocido principio del laissez faire, laissez passer -"dejad hacer, dejad pasar"- atribuido a Gournay, y que implica la total prescindencia del estado en la actividad económica de los individuos. En Inglaterra halló expresión en las doctrinas enunciadas por Adam Smith y los llamados "clásicos".

    El liberalismo como sistema económico es una orientación ideológica que propugna la libertad de la vida económica, o sea, el libre juego de las fuerzas económicas, basándose en que la eficaz colaboración y el equilibrio de estas fuerzas presupone su libertad de movimiento. En economía, liberalismo es entonces sinónimo de libre concurrencia y ausencia de restricciones y regulaciones por parte del estado.

    Las bases teóricas del liberalismo económico pueden sintetizarse así:

  • la sociedad está regida por leyes naturales universales permanentes;

  • la esfera económica está regida únicamente por el interés personal, y la competencia de los esfuerzos individuales asegura el triunfo de los más hábiles y mejores;

  • el destino humano se realiza por la libre acción individual. El estado debe limitarse a lograr la seguridad interna y la defensa del país, pues en los demás problemas, cuando fomenta, entorpece, y cuando reglamenta, desorganiza.

  • Los clásicos consideraron en cierto modo la libre concurrencia como el estado natural de la vida económica y como una ley prescripta a los hombres por la naturaleza, que no podía ser alterada. En verdad, la libre concurrencia se basa supuestos, tales como la plena movilidad de los factores de la producción y la existencia de un tipo de estructura de mercado denominada competencia perfecta.

    1.6.2 BARRERAS ARANCELARIAS Y NO ARANCELARIAS

    Una de las partes centrales de este marco regulador del comercio de bienes es el programa de desgravación arancelaria, mediante el cual se plantea la eliminación progresiva de los aranceles sobre bienes originarios, de acuerdo con unas listas de desgravación.

    El arancel de partida con que se inicia el programa de desgravación en Bolivia y el MERCOSUR es progresivo en un período de 10 años

    Los programas vigentes de devolución de aranceles (draw back) serán modificados el primero de enero del año 2001, para el comercio entre los países miembros. Una vez modificado el draw back, cada país establecerá un procedimiento que evite una doble tributación en el caso de los bienes que aún paguen impuestos en el área de libre comercio.

    1.6.3 DUMPING

    Es la venta de un producto por debajo de su precio normal e inclusive por debajo de su costo unitario de producción dentro del mercado nacional y con mayor frecuencia para la exportación. El dumping se aplica para dar salida a los stocks en épocas de sobre abundancia para desbancar a otros competidores del mercados, y también para alcanzar niveles de producción que le permitan reducir su costos.

  • BALANZA COMERCIAL

  • Recoge la expresión de los pagos de exportación (X) e importación (M) de bienes y servicios, entre un país y el resto del mundo durante un periodo determinado, normalmente un año.

  • INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA

  • La inversión extranjera directa se define con los aportes del exterior, provenientes de personas jurídicas naturales o extranjeras, al capital de una empresa, en moneda libremente convertible o en bienes físicos o tangibles, tales como plantas, maquinarias nuevas y/o reacondicionadas, equipos, repuestos, partes, materias primas y productos intermedios

  • INDUSTRIALIZACION

  • Son todos aquellos procesos de transformación de los productos de refinación, incluyendo la petroquímica, en la cual también se utilizan hidrocarburos en su estado natural.

  • MARCO CONCEPTUAL

  • OBJETIVOS Y ALCANCES DEL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA.

  • Mediante el Acuerdo de Complementación Económica, suscrito entre los países miembros del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay) y Bolivia (ACE Nº 36), nuestro país pasa a ser socio de este bloque regional estableciendo la conformación de una Zona de Libre Comercio en un plazo de 10 años.

    El programa de liberación consiste en desgravaciones progresivas y automáticas anuales sobre los gravámenes vigentes para terceros países. Se espera que el año 2006 el 80% del comercio goce de una liberación total, es decir 100% de preferencia arancelaria en las exportaciones e importaciones con esos cuatro países, por lo que este año virtualmente tendríamos conformada una Zona de Libre Comercio.

    Desde el año 2001 las preferencias para los productos comprendidos en el “Régimen General” (mayor parte del universo arancelario) cuenta con preferencia del 50% sobre el gravamen arancelario vigente en los países parte.

    Cabe señalar además que este acuerdo tiene la principal misión de fortalecer el proceso de integración de América Latina, a fin de alcanzar los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo 1980, mediante la concertación de acuerdos abiertos a la participación de los demás países miembros de la ALADI. Puesto que la conformación de áreas de libre comercio en América Latina constituye un medio relevante para aproximar los esquemas de integración existentes, además de ser una etapa fundamental para el proceso de integración y el establecimiento de un área de libre comercio hemisférica;

    En el acuerdo que firmaron Bolivia y el MERCOSUR en su artículo 1º señala los siguientes objetivos:

    - Establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios, y la plena utilización de los factores productivos;

    - Formar un área de libre comercio entre las Partes Contratantes en un plazo máximo de 10 años, mediante la expansión y diversificación del intercambio comercial y la eliminación de las restricciones arancelarias y de las no-arancelarias que afectan el comercio recíproco;

    - Promover el desarrollo y la utilización de la infraestructura física con especial énfasis en la progresiva liberación de las comunicaciones y del transporte fluvial y terrestre y en la facilitación de la navegación por la Hidrovía Paraná - Paraguay, Puerto Cáceres - Puerto Nueva Palmira.

    - Establecer un marco normativo para la promoción y la protección de las inversiones.

    - Promover la complementación y cooperación económica, energética, científica y tecnológica.

    - Promover consultas, cuando corresponda, en las negociaciones comerciales que se efectúen con terceros países y bloques de países extrarregionales.

  • HIPÓTESIS CAUSAL

  • “El acuerdo de complementación económica de Bolivia con el MERCOSUR, afecta negativamente a la actividad económica del país, partiendo de una comparación en la capacidad industrial que tiene Bolivia en relación a los países integrantes del MERCOSUR”

    CAPÍTULO II

    ANTECEDENTES HISTORICOS DEL PROBLEMA

    2.1. ANTECEDENTES

    El MERCOSUR (Mercado Común del Sur) fue creado el 26 de marzo de 1991 en Asunción y entró en vigencia el 29 de noviembre de ese año. Los países que conforman este bloque regional económico son los países de Argentina, Paraguay, Brasil y Uruguay.

    El relacionamiento de Bolivia con el MERCOSUR, a nivel presidencial, se remonta a junio de 1992, oportunidad en la que se suscribió el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná.

    La presencia boliviana en las reuniones presidenciales del MERCOSUR es continua y semestral desde la Séptima Cumbre celebrada en 1994 en la República Argentina. En diciembre de 1995 Bolivia se constituyó en el primer país latinoamericano suscriptor del Acuerdo de Complementación Económica con el bloque regional MERCOSUR

    Los acuerdos de Libre Comercio entre el MERCOSUR y Bolivia como país asociado se firmaron en junio de 1996 y entraron en vigencia a partir del 28 de febrero de 1997. Luego de Bolivia, le siguió Chile, ambos países se encuentran calidad de asociados del MERCOSUR, llegando a tener una población total de 320 millones de habitantes.

    Los cuatro Estados Partes que conforman el MERCOSUR comparten una comunión de valores que encuentra expresión en sus sociedades democráticas, pluralistas, defensoras de las libertades fundamentales, de los derechos humanos, de la protección del medio ambiente y del desarrollo sustentable, así como su compromiso con la consolidación de la democracia, la seguridad jurídica, el combate a la pobreza y el desarrollo económico y social en equidad.

    Con esa base fundamental de coincidencias, los socios buscaron la ampliación de las dimensiones de los respectivos mercados nacionales, a través de la integración, lo cual constituye una condición fundamental para acelerar sus procesos de desarrollo económico con justicia social.

    Así, el objetivo primordial del Tratado de Asunción es la integración de los cuatro Estados Partes, a través de la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos, el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común, la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales y la armonización de legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.

    En la Cumbre de Presidentes de Ouro Preto, de diciembre de 1994, se aprobó un Protocolo Adicional al Tratado de Asunción el Protocolo de Ouro Preto  por el que se establece la estructura institucional del MERCOSUR y se lo dota de personalidad jurídica internacional.

    En Ouro Preto se puso fin al período de transición y se adoptaron los instrumentos fundamentales de política comercial común que rigen la zona de libre comercio y la unión aduanera que caracterizan hoy al MERCOSUR, encabezados por el Arancel Externo Común.

    Así, los Estados Partes iniciaron una nueva etapa de consolidación y profundización? donde la zona de libre comercio y la unión aduanera constituyen pasos intermedios para alcanzar un mercado único que genere un mayor crecimiento de sus economías, aprovechando el efecto multiplicador de la especialización, las economías de escala y el mayor poder negociador del bloque .  

    En este contexto, los cuatro Estados Partes del MERCOSUR, junto a Bolivia y Chile. Han constituido el "Mecanismo de Consulta y Concertación Política" en el que se consensúan posiciones comunes en materias de alcance regional que superan lo estrictamente económico y comercial.

    Así, en ocasión de la X Reunión del Consejo del Mercado Común (San Luis, 25 de Junio de1996), se suscribió la “Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR”, así como el Protocolo de Adhesión de Bolivia y Chile a dicha Declaración, instrumento que traduce la plena vigencia de las instituciones democráticas, condición indispensable para la existencia y el desarrollo del MERCOSUR.

    En esa misma oportunidad se suscribió una Declaración de los Presidentes de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile, reafirmando su respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía sobre la cuestión de las Islas Malvinas.

    Asimismo, en dicha ocasión se suscribió la “Declaración Política del MERCOSUR, Bolivia y Chile como zona de Paz" a través de la cual los seis países manifiestan que la paz constituye un elemento esencial para la continuidad y el desarrollo del proceso de integración regional. En ese sentido, los seis gobiernos acuerdan, entre otros puntos, fortalecer los mecanismos de consulta y cooperación sobre temas de seguridad y defensa existentes entre sus países y promover su progresiva articulación y realizar esfuerzos conjuntos en los foros pertinentes para avanzar en la consolidación de acuerdos internacionales orientados a lograr el objetivo del desarme nuclear y la no proliferación en todos sus aspectos.


     

    CAPÍTULO III

    TÉRMINOS DE CONVENIO ENTRE BOLIVIA Y EL MERCOSUR

  • TÉRMINOS DE CONVENIO: ACUERDO COMERCIAL BOLIVIA - MERCOSUR

  • Como primer análisis de la variable causal, estudiaremos detalladamente el l acuerdo comercial firmado entre Bolivia y el MERCOSUR, la cual fue realizada ante La Secretaria General de ALADI, se establecieron los siguientes términos de convenio:

    - Programa de Liberación de Aranceles

    Las Partes Contratantes conformarán una Zona de Libre Comercio en un plazo de 10 años a través de un Programa de Liberación Comercial, que se aplicará a los productos originarios y procedentes de los territorios de las Partes Contratantes. Dicho Programa consistirá en desgravaciones progresivas y automáticas aplicables sobre los gravámenes vigentes para terceros países en el momento de despacho a plaza de las mercaderías.

    Este Acuerdo incorpora las preferencias arancelarias negociadas con anterioridad entre las Partes Signatarias en los Acuerdos Parciales o Regionales en el marco de la ALADI, en la forma como se refleja en el Programa de Liberación Comercial.

    Para tales efectos, se acuerda: aplicar el comercio recíproco, a partir del 28 de febrero de 1997

    La Comisión Administradora podrá acelerar el Programa de Liberación Comercial previsto en este Título, para cualquier producto o grupo de productos, que de común acuerdo las Partes Contratantes convengan.

    El MERCOSUR podría considerar, para algunos casos particulares, mantener en favor de Bolivia la preferencia del Patrimonio Histórico para productos incluidos en el Régimen de Adecuación.

    Se entenderá por "gravámenes" los derechos aduaneros y cualquier otro tributo de efecto equivalente, sean de carácter fiscal, monetario, cambiario o de cualquier naturaleza, que incidan sobre las importaciones. No están comprendidos en este concepto las tasas y recargos análogos cuando sean equivalentes al costo de los servicios prestados.

    Las Partes Signatarias no podrán establecer otros gravámenes y cargas de efectos equivalentes distintos de los derechos aduaneros, que los vigentes a la fecha de suscripción del presente Acuerdo y que constan en Notas Complementarias al presente.

    Ninguna Parte Contratante impondrá ni mantendrá restricciones no arancelarias a la importación o a la exportación de productos de su territorio al de la otra Parte Contratante, ya sean aplicadas mediante contingentes, licencias o por medio de otras medidas, salvo lo dispuesto en los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio.

    Las Partes Contratantes intercambiarán, en el momento de la firma del presente Acuerdo, los aranceles vigentes y se mantendrán informadas, a través de los organismos nacionales competentes, sobre las eventuales modificaciones subsiguientes y remitirán copia de las mismas a la Secretaria General de la ALADI para su información con las respectivas consideraciones:

  • Aplicar en el comercio recíproco, a partir del 1º de enero de 1997, los siguientes márgenes de preferencias a todos los productos no incluidos en las listas que integran los Anexos 1 al 7.

  • Fecha

    Porcentaje
    de Desgravación

    1/1/97

    30

    1/1/98

    35

    1/1/99

    40

    1/1/2000

    45

    1/1/2001

    50

    1/1/2002

    60

    1/1/2003

    70

    1/1/2004

    80

    1/1/2005

    90

    1/1/2006

    100

  • Los productos que figuran en el Anexo-1 tendrán el siguiente cronograma de desgravación:

  • Fecha

    Porcentaje
    de Desgravación

    1/1/97

    50

    1/1/98

    50

    1/1/99

    50

    1/1/2000

    50

    1/1/2001

    50

    1/1/2002

    60

    1/1/2003

    70

    1/1/2004

    80

    1/1/2005

    90

    1/1/2006

    100

  • Los productos incluidos en el Anexo-2 gozarán de los márgenes de preferencia que en cada caso se indican, los que evolucionarán de acuerdo con el siguiente cronograma:

  • Fecha

    Márgenes
    de Preferencia (%)

    1/1/97

    30 - 50 - 60 - 70 - 80

    1/1/98

    35 - 55 - 64 - 73 - 82

    1/1/99

    40 - 60 - 68 - 76 - 84

    1/1/2000

    45 - 65 - 72 - 79 - 86

    1/1/2001

    50 -70 - 76 - 82 - 88

    1/1/2002

    60 - 75 - 80 - 85 - 90

    1/1/2003

    70 - 80 - 84 - 88 - 92

    1/1/2004

    80 - 85 - 88 - 91 - 94

    1/1/2005

    90 - 90 - 92 - 94 - 96

    1/1/2006

    100 - 100 -100 - 100 - 100

  • Los productos incluidos en el  Anexo-3 estarán sujetos a un ritmo de desgravación especial conforme al siguiente cronograma que concluye en un plazo de 10 años, y tendrán un margen de preferencia inicial del 15%.

  • Fecha

    Margen
    de Preferencia (%)

    1/1/97

    15

    1/1/98

    15

    1/1/99

    15

    1/1/2000

    20

    1/1/2001

    25

    1/1/2002

    30

    1/1/2003

    40

    1/1/2004

    60

    1/1/2005

    80

    1/1/2006

    100

  • Los productos incluidos en el Anexo-4 estarán sujetos al siguiente ritmo de desgravación, y tendrán un margen de preferencia inicial del 10%, concluyendo la desgravación al décimo año.

  • Fecha

    Porcentaje
    de Desgravación

    1/1/97

    10

    1/1/98

    10

    1/1/99

    10

    1/1/2000

    10

    1/1/2001

    10

    1/1/2002

    20

    1/1/2003

    40

    1/1/2004

    60

    1/1/2005

    80

    1/1/2006

    100

  • Los productos incluidos en el Anexo-5 se desgravarán a partir del año noveno en forma progresiva y automática de modo de alcanzar una preferencia del 100 % en el plazo de 15 años, contados desde el inicio del Programa de Liberación Comercial que comienza en el año 1997.

  • Fecha

    Porcentaje
    de Desgravación

    1/1/2005

    10

    1/1/2006

    20

    1/1/2007

    30

    1/1/2008

    40

    1/1/2009

    60

    1/1/2010

    80

    1/1/2011

    100

  • Los productos incluídos en el Anexo-6 se desgravarán a partir del año noveno en forma progresiva y automática de modo de alcanzar una preferencia del 100% en el plazo de 18 años, contados desde el inicio del Programa de Liberación Comercial que comienza en el año 1997.

  • Fecha

    Porcentaje
    de Desgravación

    1/1/2005

    10

    1/1/2006

    10

    1/1/2007

    10

    1/1/2008

    10

    1/1/2009

    20

    1/1/2010

    30

    1/1/2011

    40

    1/1/2012

    60

    1/1/2013

    80

    1/1/2014

    100

  • Los productos incluidos en el Anexo-7 tendrán un margen de preferencia inicial del 100% desde el inicio de la vigencia del Acuerdo.

  • Los anexos del 1 al 7 están estipulados en el acuerdo de complementación económica Nº 36, el cual menciona una extensa lista de productos y debido a este factor citaré algunos ejemplos que tienen preferencia en los acuerdos bilaterales inmersos en dichos anexos:

    - Trozos de carne bovina fresca, refrigerada o deshuesada.

    - Despojos comestible de carne bovina, porcina, caprina, caballar y asnal

    - Mantequilla y demás productos lácteos

    - Cebollas, ajos, puerros, y demás.

    - Azúcar de caña, remolacha y sacarosa

    - Manufactura de cuero natural

    - Productos minerales y energéticos.

    - trigo - Frutas

    - Hígado - Tuercas

    - Almidón - Combustibles

    - Aceite en bruto - Congeladores

    - Materiales textiles - Cosechadoras

    - Cerveza de Malta - Cereales

    - Sardinas - Soja y sus productos derivados

    - Galletas - Aceite de Girasol

    - Pan de especies - Productos vegetales

    - Cigarrillos - Plastificados

    - Champúes - Plastificados

    - Bebidas alcohólicas - Insecticidas

    - Jugos - Detergentes

    -Tratamiento en Materia de Tributos Internos

    En materia de impuestos, tasas u otros tributos internos, los productos originarios del territorio de una Parte Signataria gozarán, en el territorio de la otra Parte Signataria, de un tratamiento no menos favorable que el aplicable a productos nacionales en circunstancias similares.


    - Prácticas Desleales del Comercio Internacional -Dumping y Subsidios- y

    Prácticas Restrictivas de la Competencia

    En la aplicación de medidas destinadas a contrarrestar las distorsiones en la competencia generadas por prácticas de dumping y subsidios, las Partes Contratantes se basarán en los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio en estas materias.

    En el caso de que una de las Partes Signatarias de una Parte Contratante aplique medidas anti-dumping o compensatorias sobre las importaciones procedentes de terceros países, dará conocimiento de ellas a la otra Parte Contratante, para la evaluación y seguimiento de las importaciones en su mercado de los productos objeto de la medida, a través de los organismos nacionales competentes.

    Las Partes Contratantes promoverán las acciones que resulten necesarias para disponer, a la brevedad posible, de un esquema normativo basado en disposiciones y prácticas internacionalmente aceptadas, que constituya el marco adecuado para disciplinar eventuales prácticas que restrinjan la competencia.

    -Incentivos a las Exportaciones

    En relación con los incentivos a las exportaciones, las Partes Contratantes se basarán en los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio.

    Los productos, que incorporen en su fabricación insumos importados temporariamente o bajo régimen de draw-back, no se beneficiarán del Programa de Liberación Comercial establecido en el presente Acuerdo a partir del 1º de enero del año 2002.

    La Comisión Administradora analizará los productos que, con carácter excepcional, podrán beneficiarse de este Régimen por un plazo adicional de dos años.

    -Valoración Aduanera

    El Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, de la Organización Mundial del Comercio, regulará el Régimen de Valoración Aduanera aplicado por las Partes Contratantes en su comercio recíproco.


    -Normas y Reglamentos Técnicos, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y Otras Medidas Conexas

    Las Partes Contratantes no adoptarán, mantendrán ni aplicarán medidas de normalización, evaluación de la conformidad, disposiciones metrológicas, normas o medidas sanitarias, fitosanitarias o ambientales y reglamentos técnicos, que impliquen crear obstáculos innecesarios al comercio.

    A estos efectos, las Partes Contratantes se regirán por el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio.

    Las Partes Contratantes, cuando estimen necesario, establecerán pautas y criterios coordinados para la compatibilización de las normas y reglamentos técnicos, medidas sanitarias y fitosanitarias y otras medidas conexas. Convienen, igualmente, realizar esfuerzos para identificar las áreas productivas en las cuales sea posible la compatibilización de procedimientos de inspección, control y evaluación de conformidad, que permitan el reconocimiento mutuo de los resultados de estos procedimientos.

    -Complementación e Intercambio por Sectores Productivos

    Las Partes Contratantes, promoverán la complementación y la integración industrial, comercial y tecnológica, con la finalidad de lograr el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles, incrementar el comercio entre las Partes Contratantes y posibilitar la exportación a terceros mercados de bienes producidos en sus territorios.

    Las Partes Contratantes estimularán las inversiones conjuntas que permitan desarrollar actividades productivas de bienes y servicios, sea mediante la constitución de empresas multinacionales, contratos de "joint ventures" u otras modalidades.

    Las acciones para promover una progresiva complementación económica entre las Partes Contratantes serán llevadas a cabo a través de Acuerdos empresariales entre empresas tanto públicas como privadas, de producción de bienes y de prestación de servicios.

    Los Acuerdos empresariales estarán orientados al desarrollo de nuevas actividades específicas en los territorios de la Partes Contratantes, así como a la complementación, integración y/o racionalización de actividades existentes y abarcarán el intercambio de bienes, servicios, tecnología y la asociación de capitales.

    Los Acuerdos empresariales deben estar referidos preferentemente a aquellas actividades de producción de bienes y servicios que reúnan todas o algunas de las siguientes características:

  • Actividades vinculadas al comercio exterior de las Partes Contratantes que requieran modalidades específicas de cooperación entre agentes económicos de las mismas, para asegurar su viabilidad;

  • Actividades que, por su naturaleza o característica de desarrollo, requieran un enfoque más específico o casuístico; y

  • Actividades relacionadas a la defensa y preservación del medio ambiente.

  • -Promoción e Intercambio de Información Comercial

    Las Partes Contratantes se apoyarán en los programas y tareas de difusión y promoción comercial, facilitando la actividad de misiones oficiales y privadas, la organización de ferias y exposiciones, la realización de seminarios informativos, los estudios de mercado y otras acciones tendientes al mejor aprovechamiento del Programa de Liberación Comercial y de las oportunidades que brinden los procedimientos que acuerden en materia comercial.


    -Integración Física

    Las Partes Contratantes, reconociendo la importancia del proceso de integración física como instrumento imprescindible para la creación de un espacio económico ampliado, se comprometen a facilitar el tránsito de personas y la circulación de bienes, promover el comercio entre las Partes Contratantes y en dirección a terceros mercados, mediante el establecimiento y la plena operatividad de vinculaciones terrestres, fluviales, marítimas y aéreas.

    A tal fin, las Partes Signatarias negociarán un Protocolo Adicional de Integración Física, el cual contemplará el tema de interconexiones viales, en el contexto más amplio del establecimiento, con terceras partes, de corredores bioceánicos.

    -Cooperación Científica y Tecnológica

    Las Partes Contratantes buscarán facilitar y apoyar formas de colaboración e iniciativas conjuntas en materia de ciencia y tecnología, así como proyectos conjuntos de investigación.

    Para tales efectos, podrán acordar programas de asistencia técnica recíproca, destinados a elevar los niveles de productividad de los referidos sectores, obtener el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles y estimular el mejoramiento de su capacidad competitiva, tanto en los mercados de la región como internacionales.

    La mencionada asistencia técnica se desarrollará entre las instituciones nacionales competentes, mediante programas de relevamiento de las mismas.

    Tanto Bolivia como el MERCOSUR promoverán el intercambio de tecnología en las áreas agropecuaria, industrial, de normas técnicas y en materia de sanidad animal y vegetal y otras, consideradas de interés mutuo.


    -Administración y Evaluación del Acuerdo

    La administración y evaluación del presente Acuerdo estará a cargo de una Comisión Administradora integrada por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por una Parte Contratante, y una Comisión Nacional presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia, a través de la Secretaría Nacional de Relaciones Económicas Internacionales, por la otra Parte Contratante.

    La Comisión Administradora tendrá las siguientes atribuciones:

  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones del presente Acuerdo y sus Protocolos Adicionales.

  • Determinar en cada caso las modalidades y plazos en que se llevarán a cabo las negociaciones destinadas a la realización de los objetivos del presente Acuerdo, pudiendo constituir grupos de trabajo para tal fin.

  • Evaluar periódicamente los avances del Programa de Liberación Comercial y el funcionamiento general del presente Acuerdo, debiendo presentar anualmente a las Partes Contratantes un informe al respecto, así como sobre el cumplimiento de los objetivos generales del acuerdo.

  • Negociar y acordar los entendimientos intergubernamentales que sean requeridos para poner en práctica los Acuerdos empresariales previstos en el Título XVIII.

  • Promover y organizar, en coordinación y con el apoyo de los organismos regionales e internacionales, la realización de encuentros empresariales, ruedas de negocios y otras actividades similares, destinadas a facilitar la identificación de sectores que podrían ser objeto de Acuerdos empresariales.

  • Evaluar el desarrollo de los Acuerdos empresariales.

  • Realizar el seguimiento de la aplicación de las disciplinas comerciales acordadas entre las Partes Contratantes, tales como régimen de origen, cláusulas de salvaguardia, defensa de la competencia y prácticas desleales del comercio.

  • Establecer, cuando corresponda, procedimientos para la aplicación de las disciplinas comerciales contempladas en el presente Acuerdo y proponer a las Partes Contratantes eventuales modificaciones a tales disciplinas.

  • Revisar el Programa de Liberación Comercial en los casos en que una de las Partes Contratantes modifique substancialmente en forma selectiva y/o generalizada, sus aranceles generales afectando significativamente a la otra Parte Contratante.

  • Intercambiar información sobre las negociaciones que las Partes Contratantes realicen con terceros países para formalizar Acuerdos no previstos en el Tratado de Montevideo de 1980.

  • Cumplir con las demás tareas que se encomiendan a la Comisión Administradora en virtud de las disposiciones del presente Acuerdo, sus Protocolos Adicionales y otros Instrumentos firmados en su ámbito, o bien por las Partes Contratantes.

  • Modificar las Normas de Origen y establecer o modificar requisitos específicos.

  • Establecer los procedimientos operativos a que deberán ajustarse las reexportaciones de mercancías originarias de las Partes Contratantes.

  • -Del Comité Asesor Empresarial

    A fin de promover y estimular una activa participación de los sectores empresariales en las tareas referentes a la aplicación del presente Acuerdo, se instituye el Comité Asesor Empresarial, que estará integrado por representantes de las organizaciones empresariales de cúpula de las Partes Signatarias.

    Este Comité tendrá carácter de órgano consultivo de la Comisión Administradora.

    -Vigencia

    El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del 28 de febrero de 1997 y tendrá duración indefinida.

    -Denuncia

    La Parte Contratante que desee denunciar el presente Acuerdo deberá comunicar su decisión a las demás Partes Contratantes con 60 días de anticipación al depósito del respectivo instrumento de denuncia en la Secretaría General de la ALADI.

    A partir de la formalización de la denuncia cesarán, para la Parte Contratante denunciante, los derechos adquiridos y las obligaciones contraídas en virtud del presente Acuerdo, manteniéndose las referentes al Programa de Liberación Comercial, la no aplicación de medidas no arancelarias y otros aspectos que las Partes Contratantes, junto con la Parte denunciante, acuerden dentro de los 60 días posteriores a la formalización de la denuncia. Estos derechos y obligaciones continuarán en vigor por un período de dos años a partir de la fecha de depósito del respectivo instrumento de denuncia, salvo que las Partes Contratantes acuerden un plazo distinto.

    El cese de obligaciones respecto de los compromisos adoptados en materia de inversiones, obras de infraestructura, integración energética y otros que se convenga, se regirán por lo establecido en Protocolos acordados en estas materias.

    CAPÍTULO IV

    BALANZA COMERCIAL ENTRE BOLIVIA Y EL MERCOSUR

    4.1. BALANZA COMERCIAL ENTRE BOLIVIA Y EL MERCOSUR

    Como una variable causal del problema fundamental de este trabajo, si es conveniente formar una zona de libre comercio con el MERCOSUR, hemos tomado a la balanza comercial, la cual nos muestra lo que oferta y demanda de cada país, lo que ingresa y sale. Bajo un enfoque de mercado y Keynesiano la demanda (gasto) del país esta representada por las importaciones y la oferta (ingreso) que realiza el país esta representada por la oferta.

    A continuación se presentará la relación de comercio internacional que ha tenido Bolivia con el MERCOSUR durante el periodo 1990 al primer semestre del 2004, dicha información fue obtenida por del Banco Central de Bolivia y del Instituto Nacional de Estadística.

    Expresado en Millones USD

    (1990 - 1995)

    1990

    1991

    1992

    1993

    1994

    1995

    Exportaciones

    MERCOSUR

    318,7

    300,5

    166,1

    145,8

    185,6

    158,7

    Argentina

    236,4

    259

    151,8

    121,9

    145

    133,6

    Brasil

    78

    37,8

    12

    21

    34,9

    20,3

    Paraguay

    1,1

    1,8

    1

    1,4

    1

    3

    Uruguay

    3,2

    1,9

    1,4

    1,5

    4,8

    1,9

    Importaciones

    MERCOSUR

    198,2

    259,9

    266,6

    269,9

    301,4

    308,9

    Argentina

    73,7

    111

    100,7

    114,7

    117,5

    127,5

    Brasil

    118,1

    142,2

    161,7

    149,9

    178,6

    175,2

    Paraguay

    5,2

    3,5

    1,3

    2,7

    1,5

    1,3

    Uruguay

    1,3

    3,2

    2,9

    2,7

    3,8

    4,8

    Balanza Comercial

    MERCOSUR

    120,5

    40,6

    -100,5

    -124,1

    -115,8

    -150,2

    Argentina

    162,8

    148

    51,1

    7,2

    27,5

    6,1

    Brasil

    -40,1

    -104,3

    -149,7

    -128,9

    -143,7

    -155

    Paraguay

    -4,1

    -1,8

    -0,3

    1,3

    -0,5

    1,6

    Uruguay

    2

    -1,3

    -1,5

    -1,1

    0,9

    -2,9

    Expresado en Millones USD

    (1996 - 2000)

    1996

    1997

    1998

    1999

    2000

    Exportaciones

    MERCOSUR

    188,8

    224,7

    223,9

    200,5

    299,2

    Argentina

    142,9

    183

    141,8

    79,1

    61,2

    Brasil

    35,4

    37,4

    30,1

    41,3

    166,5

    Paraguay

    1,6

    1,6

    1,9

    2,1

    2,2

    Uruguay

    8,5

    2,8

    50,1

    78,0

    69,2

    Importaciones

    MERCOSUR

    324,3

    490,7

    522

    523,3

    632,6

    Argentina

    136,6

    257,5

    254

    243,8

    317,2

    Brasil

    181,6

    225,3

    258,8

    269,0

    284,4

    Paraguay

    1,1

    2,9

    2,1

    3,0

    27,1

    Uruguay

    4,9

    5

    7,3

    7,5

    3,9

    Balanza Comercial

    MERCOSUR

    -135,5

    -266

    -298,1

    -322,8

    -333,4

    Argentina

    6,3

    -74,5

    -112,2

    -164,7

    -256,0

    Brasil

    -146,2

    -187,9

    -228,7

    -227,7

    -117,9

    Paraguay

    0,8

    -1,4

    -0,1

    -0,9

    -24,9

    Uruguay

    3,6

    -2,3

    42,9

    70,5

    65,3

    Expresado en millones de USD

    (2001 - I SEM 2004)

    2001

    2002

    2003

    I SEM 2004

    Exportaciones

    MERCOSUR

    379,7

    364,3

    555,1

    366,8

    Argentina

    67,3

    27,7

    55,8

    55,0

    Brasil

    298,3

    332,7

    494,9

    306,9

    Paraguay

    4,7

    2,7

    3,5

    4,1

    Uruguay

    9,4

    1,1

    0,9

    0,7

    Importaciones

    MERCOSUR

    593,0

    723,0

    645,5

    362,5

    Argentina

    289,1

    308,5

    281,4

    125,3

    Brasil

    277,3

    392,5

    343,4

    225,8

    Paraguay

    22,9

    18,1

    16,7

    9,5

    Uruguay

    3,6

    3,9

    3,9

    1,9

    Balanza Comercial

    MERCOSUR

    -213,3

    -358,7

    -90.4

    4,3

    Argentina

    -221,8

    -280,8

    -225,6

    -70,3

    Brasil

    21,0

    -59,8

    151,6

    81,1

    Paraguay

    -18,2

    -15,4

    -13,3

    -5,4

    Uruguay

    5,8

    -2,8

    -3,0

    -1,2

    Entre los años 1992 y el 2001 las exportaciones bolivianas hacia MERCOSUR han crecido con una tasa promedio anual de 9.26 por ciento, pasando de 166 millones de dólares en 1992 a casi 555 millones en el 2003. Su comportamiento es oscilante con tendencia creciente hasta el año 1999. A partir del año 2000 Bolivia empieza a registrar mayores valores alcanzando su cifra record en el año 2003, no obstante que este año presenta una buena perspectiva

    Por su parte, durante el mismo periodo, las importaciones han crecido con una tasa acumulativa promedio anual de 9 por ciento pasando de 267 millones de dólares en el año 1992 a 645.5millones de dólares en el año 2003.

    .

    La balanza comercial es deficitaria en los once últimos años; muestra una tendencia negativa hasta el año 1999, pero a partir del año 2001 ésta muestra una recuperación explicada por el aumento de sus exportaciones, cuyo crecimiento notable se debe fundamentalmente el gas, que es explotado, comercializado y distribuido por las empresas capitalizadas.

    En el análisis de la Balanza Comercial, podemos centrarnos en tres puntos, el primero que es periodo 1990 - 1991 Bolivia tenía un superávit comercial, luego a finales de 1991 entre en vigencia el convenio MERCOSUR, entre los cuatro países (Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay), lo cuál fortalece competitivamente a dichos países, y nuestra Balanza se vuelve deficitaria, a partir de febrero de 1997, fecha en la cuál Bolivia entra en calidad de asociado, la situación empeora y la breche importaciones y exportaciones, se hacen más grande, el 2003 y el 2004 se recupera por la venta de grandes volúmenes de gas al Brasil y Argentina principalmente.

    CAPÍTULO V

    RELACIÓN DE LAS VARIABLES CAUSALES CON EL PROBLEMA Y CONCLUSIONES

  • BENEFICIOS Y AMENZAS ALCANZADOS POR EL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA ENTRE BOLIVIA Y EL MERCOSUR

  • La apertura externa de la economía boliviana asumida como parte del modelo económico seguido por el país desde 1985, se convirtió en uno de los fundamentos del mismo, no solo en las exportaciones e importaciones de bienes y servicios, sino también en otras variables relacionadas con el sector externo y la balanza de pago, como la inversión directa extranjera, las transacciones financieras privadas y públicas, además del nivel de reserva.

    La modalidad de apertura externa también dio un lugar a cambio de patrón o estrategia de inserción internacional del país, en un contexto económico mundial globalizado y regionalizado, que viene exigiendo a los sistemas económicos nacionales y a las instituciones, entre las que se encuentre el Estado, para obtener altos niveles de competitividad, productividad y eficiencia para obtener ganancias netas en el comercio exterior.

    El desarrollo productivo de Bolivia después de casi 20 años de vigencia del modelo no ha sido suficiente para generar una oferta competitiva, con capacidad de acceso creciente a los mercados externos y posicionamiento seguido en los mismos.

    En realidad los beneficios que ha tenido Bolivia con este acuerdo es muy poco y solo beneficia a ciertos sectores como la industria del gas, pero que no iguala el valor nominal de las importaciones de bienes de capital, bienes intermedios y finalmente bienes finales de consumo, por lo que se diría que Bolivia ha sido un importador neto del MERCOSUR, este déficit se debe a una limitación productiva que tiene el país en cuanto a volumen, número, contenido de valor y grado de transformación de sus productos , pero resulta también de cierta impertinencia del ACE en cuanto a preferencias recibidas o bien incapacidad de aprovechar las mismas

    Es debido a esta corriente negativa para la economía boliviana ante el MERCOSUR que el Banco Central tiene que depreciar constantemente el tipo de cambio para fomentar y los exportadores y no entrar en medidas restrictivas que están prohíbas por el acuerdo. Además que existe una persistente demanda de Divisas (fruto de las un saldo negativo en las exportaciones) lo que lleva a disminuir las Reservas Internacionales netas que posee el mismo BCB.

    Entre todas las amenazas más graves que existen de este acuerdo, es la magnitud realmente pequeña en los valores de exportación, a excepción del gas, que continuará generando grados altos de vulnerabilidad para la economía nacional en todas sus variables macroeconómicas.

    5.2 CONCLUSIONES

    • En la hipótesis planteada inicialmente, la cuál señala que este acuerdo no favorecía a Bolivia, pudimos comprobarla puesto que la oferta que hace nuestro país en términos de exportaciones es bastante pobre en cuanto la demanda que realiza (importaciones), todo esto bajo un enfoque de mercado, y de acuerdo también con el método Keynesiano se puede observa que el gasto es mayor que el ingreso, es decir que la producción nacional no equivale al consumo que realiza nuestro país, porque existe una gran importaciones de bienes y servicios que se demandan internamente proveniente del MERCOSUR. El acuerdo de complementación económica con el MERCOSUR, no nos favorece ya que tenemos desde 1992 una balanza comercial deficitaria y que sin duda alguna se volvió más deficitaria desde la fecha que se entro en vigencia el convenio.

    • Si bien es cierto que las exportaciones hacia el MERCOSUR han aumentado a favor de Bolivia, este es un resultado mentiroso, porque la causa del incremento en las exportaciones es producto de la venta del Gas a Brasil y Argentina, beneficiándose las empresas transnacionales y con una miseria a los bolivianos.

    • Es necesario reconocer que debemos realizar convenios de libre comercio con otros países que están en una situación similar en cuanto a la capacidad y grado de industrialización, para poder competir con igual ventajas, y de esta manera fortalecer nuestra industria nacional, como también es necesario cambiar los términos de convenios y aquellos acuerdos, como el estudiado en este caso, que en todo caso le hace daño a la economía nacional. Respecto a este acuerdo que tenemos con el MERCOSUR, se sugiere realizar un estudio minucioso respecto de aquellas industrias nacionales que se encuentran mayormente afectadas por dicho acuerdo y cambiar los términos de convenio, para que así una industria no este cada vez más debilitada y por ende no cierren empresas importantes en nuestro país que significaría un aumento del desempleo.

    • El aporte que hace nuestro trabajo a la teoría económica, esta ligado principalmente al comercio exterior, en el cual pretendo mostrar que convenios que no logran un crecimiento de las industrias y economías de ambas partes no es un buen negocio, porque unos ganan y otros pierden, no existe una distribución equitativa de los ingresos y riquezas, siendo en este caso nuestro país un perdedor, que pierde reservas, pierde recursos, debilita su producción nacional, aumenta al desempleo y tiene un efecto negativo en nuestra economía.

    BIBLIOGRAFÍA

    - Informe Estadístico 1990 - 1995

    Instituto Boliviano de Comercio Exterior

    Av. Velarde Nº 131

    Santa Cruz - Bolivia

    - Informe Estadístico 1996 - 2001

    Instituto Boliviano de Comercio Exterior

    Av. Velarde Nº 131

    Santa Cruz - Bolivia

    - Acuerdo de Complementación Económica Nº 36 (Bolivia - MERCOSUR)

    Instituto Boliviano de Comercio Exterior - CADEX

    Av. Velarde Nº 131

    Santa Cruz - Bolivia

    - Informe Estadístico 2001 - 2004

    Banco Central de Bolivia

    www.bcb.gov.bo




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    Enviado por:Róger Alejandro Banegas Rivero
    Idioma: castellano
    País: Bolivia

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