Historia


Un tribunal con historia: La inquisición


UN TRIBUNAL CON HISTORIA

La inquisición española es, el tema de la historia de España que más páginas ha generado entre los historiadores.

Pervivió porque sirvió a intereses determinados y no siempre del mismo signo: empezó siendo un tribunal político y, luego, se vinculó más a la Iglesia; persiguió judeoconversos, moriscos, protestantes y brujas y, ya en el siglo XVIII, a masones y librepensadores.

1. ORÍGENES Y NATURALEZA DE LA INQUISICIÓN

La inquisición toma su nombre de un procedimiento penal específico: la inquisito, que se caracterizaba por la formulación de una acusación por iniciativa directa de la autoridad, sin necesidad de delaciones o acusaciones de testigos.

En 1184 se empieza a aplicar la pena de fuego para los herejes; en 1199 se añaden otras penas como confiscación de bines.

1.1 La inquisición medieval

Donde más éxito tendría la Inquisición sería en el sur de Francia, aunque con resistencias, como lo demuestra el asesinato de Guillermo Arnaud, inquisidor de Toulouse.

En 1242 el nuevo Concilio de Tarragona, reunido por el arzobispo Pedro Albat, establecía la organización de la Inquisición bajo la jurisdicción de los obispos, y el dominio de los dominicanos. La penetración de la herejía en Italia supuso la introducción de inquisidores. En Viterbo donde en 1273 llegaron a ejecutarse más de 200 herejes en un día.

En el siglo XIV hay tribunales inquisitoriales en Bohemia, Polonia, Portugal, Bosnia y Alemania. Sólo los reinos latinos de Oriente, Gran Bretaña, Castilla y Escandinavia carecían de tribunales inquisitoriales. Progresivamente se multiplica la burocracia inquisitorial y de las herejías medievales se pasó a juzgar otros delitos: blasfemia, bigamia y brujería. En 1438 se descubren aquelarres en los Alpes, con lo que la caza de brujas se desata incrementándose la actividad de la Inquisición.

En la Corona de Aragón el tribunal inquisitorial venía funcionando desde sus inicios.

1.2 La nueva institución inquisitorial

En la Edad Moderna con la monarquía de los Reyes Católicos y la unión de la Corona de Castilla y de Aragón, se produjo un cambio radical. Los monarcas instaron al Papa para que dotara de una Inquisición nueva a la Corona de Castilla, en 1478 el Papa Sixto IV concedió a los Reyes Católicos el poder de nombrar dos o tres obispos o sacerdotes (de más de 40 años) para ser inquisidores en las ciudades de sus reinos. En ese año fueron nombrados los primeros inquisidores, que se instalan en Sevilla. El primer auto de fe se celebra en la capital Andaluza.

1.3 Diferenciación entre Inquisición medieval y moderna

La persecución de los judíos obedecía esencialmente a móviles religiosos y políticos.

La Inquisición no llegó a procesar ni al 5% de los 600.000 conversos que había en España a finales del siglo XV.

La diferencia entre la Inquisición medieval y la moderna fue la función política.

En Francia, no hubo Inquisición moderna. Portugal no la tuvo hasta 1547. Italia, contó con sus tribunales también tarde, a finales del siglo XVI.

El Papa creó por su parte, una Inquisición propia en Roma, en 1542. Es curioso que únicamente esta Inquisición ha sobrevivido hasta la actualidad, pero con un nombre distinto, ahora se la conoce como la Congregación para la doctrina de la fe.

2. LA ESTRUCTURA DEL SANTO OFICIO

Dos principios básicos de la estructura del Santo Oficio son, la centralización a través del Inquisidor General y el Consejo de la Suprema, y la “política de la presencia”, es decir, el control directo de la amplísima base territorial a través de los tribunales de distrito.

2.1El aparato central: los Inquisidores Generales y la Suprema

En primer lugar se encontraba el Inquisidor General nombrado por el rey y ratificado por el Papa. El primer Inquisidor General fue Tomás de Torquemanda.

El Inquisidor General presidía El Consejo de la Suprema y General Inquisición. Las relaciones entre el Inquisidor y la Suprema nunca se regularon adecuadamente, pero, en la práctica, el Inquisidor General y el Consejo no tuvieron fricciones y los criterios de aquél se impusieron normalmente a los miembros de la Suprema, salvo algún caso excepcional de enfrentamiento.

La inserción del Consejo de la Inquisición en el sistema político de Consejos de la monarquía española fue total en el orden de preeminencia jerárquica entre los diversos Consejos, el de la Inquisición ocupaba el tercer lugar. El Consejo de la Suprema se inspiró en su estructura en el de Castilla.

La Suprema se erigió en el organismo coordinador de las líneas de acción de los tribunales de distrito en un intento de controlar la actuación de los inquisidores locales, en los primeros años de la Inquisición se mostraron extraordinariamente autónomos en sus resoluciones.

El Consejo juzgaba las apelaciones de causas, arbitraba las situaciones de votos discordantes en los procesos más importantes, se ocupaba de los delitos comprendidos por funcionarios del Santo Oficio, etc.

Los miembros del Consejo eran nombrados por el rey. Su número nunca superó a diez personas y era el Inquisidor General el que les otorgaba el título.

Las reuniones del Consejo se hicieron en la Corte, luego se reunían en la posada del obispo de Jaén, más tarde, la Suprema compraría las casas de don Rodrigo Calderón para habilitarlas como sede estable del Consejo y de sus archivos.

Las sesiones de la suprema tenían lugar dotas las mañanas de los días no feriados durante tres horas por la mañana, y los martes, jueves y sábados se reunían dos horas por la tarde.

2.2 Los tribunales de distrito

La centralización del aparato inquisitorial hizo necesaria una estructura administrativa que garantizara su presencia constante para la solución de los problemas planteados en la geografía abarcado. Lo primero que hubo que hacer fue dividir esa geografía en distritos que permitieran ejercer un mayor control.

En la evolución territorial de la Inquisición se pueden distinguir tres etapas: la primera (1478-1495) son los años de proliferación de tribunales. La segunda (1495-1510) se caracteriza por una crisis económica que produjo la tendencia a disminuir el número de tribunales. La tercera (1510-1574) muestra signos de recuperación y de retorno a la configuración de los distritos clásicos propios de la primera etapa.

El Santo Oficio, en los primeros años, se extendió por la península Ibérica, excepto por Galicia, Navarra y Granada. Hay que destacar la abundancia de los tribunales en la Inquisición española, que tenía 23 tribunales. Los distritos se delimitaron de acuerdo con las circunscripciones religiosas, organizándose unos límites variables y creándose tribunales itinerantes.

La crisis económica, ligada principalmente a la expulsión de los judíos, implicó la reducción de gastos que trajo consigo la disminución del número de los tribunales. Seis tribunales son reducidos a uno correspondiente al distrito de Valladolid, el tribunal de Jerez fue absorbido por el de Sevilla, etc; entonces los dieciséis tribunales existentes hasta ahora quedaron reducidos a siete en el año 1507.

En 1510 se restablece el tribunal de Cuenca; se crea el de Navarra y el obispado de Calahorra pasó a depender del tribunal de Navarra. Además, en 1569 se crearon los tribunales de Lima y Méjico y en 1610 el de Cartagena de Indias.

2.3 Principales cargos inquisitoriales

Con el análisis de los primeros cargos inquisitoriales, podremos aproximarnos al funcionamiento del Santo Oficio:

El procurador fiscal era el que elaboraba las denuncias y acusaba e interrogaba a los testigos, en definitiva, el movilizador del proceso, al convertir las delaciones en acusaciones.

El asesor; este cargo no duró mucho, pero fue fundamental en los orígenes de la Inquisición como consejero de inquisidores no especialistas en el mundo de las herejías. El este cargo desapareció pronto porque sus funciones fueron absorbidas por la creación de los cargos de consultores y calificadores, que eran funcionarios no retribuidos.

Los consultores procedían en su mayoría de la Audiencia y eran los encargados de matizar la responsabilidad de los acusados precisando alguna cuestión de la casuística procesal.

Los calificadores, en su mayoría eran teólogos y catedráticos de prestigio, eran los encargados de emitir su veredicto respecto a la presunta peligrosidad de una determinada expresión verbal o texto. A finales del siglo XVI y principios del siglo XVII, se denota una irrupción de los jesuitas entre los calificadores sustituyendo a franciscanos y dominicos.

Los secretarios solían ser tres: el notario de secuestros, el del secreto y el escribano genera.

El notario de secuestros, era el encargado de registrar las propiedades embargadas hasta que se decidiera su confiscación.

El del secreto, era el que anotaba las declaraciones de los testigos y los procesados.

El escribano general, era el que venía a ser el secretario del tribunal destinado a registrar en actas las sentencias, autos de fe y demás burocracia procesal.

El número de estos notarios fue creciendo, sobre todo el del notario del secreto, que aumentó de una a tres personas.

El alguacil era el oficial ejecutivo, destinado a detener a los denunciados y perseguir a los fugitivos, también tenía que cuidar de su encarcelamiento y comida. Su competencia fue un tanto menoscabada con la figura del carcelero, lo que originó una considerable y progresiva reducción de su salario.

El nuncio desarrollaba la función de trasladar las diferentes comunicaciones desde la ciudad principal a los distintos lugares del distrito.

El alcalde era el carcelero.

El médico; oficio desempeñado por los catedráicos más prestigiosos de la Universidad

El familiar era un servidor del Santo Tribunal que ayudaba a los funcionarios de la Inquisición, participando en una persecución o arresto; y que dotaba de un aparato de espionaje a la Inquisición. Disponían de privilegios jurisdiccionales, fiscales y de otras prerrogativas.

En general, el ejercicio de los cargos inquisitoriales fue de larga duración, normalmente hasta la muerte de los individuos que lo desempeñaban. No hubo especialización, siendo frecuente una reconversión profesional en función de la promoción social.

El comportamiento de los funcionarios de la Inquisición fue con frecuencia corrompido e irregular.

La corrupción fue corriente en el seno de una Inquisición que defendió el buen nombre de sus funcionarios, aceptando raramente las acusaciones presentadas contra los mismos.

3. LOS PROCEDIMIENTOS

La Inquisición fue un tribunal que funcionó de acuerdo a un derecho regulado en textos. En la base de este derecho estaba el derecho común (normas y técnicas derivadas del derecho romano y de la práctica de disposiciones). En un segundo nivel, el procedimiento inquisitorial estaba regido por textos específicos del derecho canónico. Estas normas aplicables a todas las Inquisiciones dieron lugar a normas específicas, las instrucciones.

3.1 Las denuncias

El punto de partida que abría la fase instructiva del proceso eran comportamientos, gestos o frases del acusado o, la acusación que formalizaba el tribunal. A través del edicto de fe se imponía la obligación de denunciar al Santo Oficio sospechas de herejía en un plazo pequeño de tiempo.

Pero, la respuesta fue casi siempre silenciosa, por lo que se recurrió al edicto de anatemas, que se leía ocho días después del edicto anterior, en el que se amenazaba con graves sanciones a aquellos que no delataran a las personas que sabían que eran herejes. La denuncia implicaba el arresto preventivo del denunciado, aunque en ocasiones el fiscal rechazaba los cargos por la fragilidad de las denuncias.

Los testigos tenían que ser cristianos, mayores de 14 años, tener plenas facultades mentales, ser lo suficiente ricos para no poder sobornar, no ser enemigos del acusado, ni parientes próximos. Hubo reticencias hacia testimonios de mujeres; los testimonios femeninos no permitían condenar a pena ordinaria.

Los testimonios debían ser concordantes.

La confesión del culpable era el testimonio más seguro y su valor era siempre superior al del testigo. La confesión debía ser verosímil, sin contradicciones. La no confesión, mantenida bajo tortura, creaba una presunción favorable hacia el acusado. Sólo se producía la sentencia del juez cuando existía la “probanza plena”; ésta se deducía de la acumulación de pruebas, de la concordancia de los testigos o de la confesión.

El denunciante es convocado para hacer una declaración formal. Los inquisidores hacen un examen informal de la denuncia. Los hechos reprochados a la persona denunciada son calificados por expertos que dicen si deben ser considerados o no como heréticos. La calmosa es el momento en el que el procurador fiscal asume formalmente el papel del acusador.

Después de la acusación formal se produce el voto del sumario por parte de los inquisidores, reforzados por los consultores en los casos difíciles.

El arresto y un primer inventario de bienes son efectuados por el alguacil, el notario de secuestros y un representante del receptor. El prisionero es detenido en “risiones secretas”. Los presos eran cuidados según sus recursos económicos.

3.2 El proceso

En la primera audiencia el acusado confesaba su estado civil, profesión y residencia en un interrogatorio para saber su nivel cultural.

En la acusación fiscal, el procurador presentaba los cargos contra el acusado. Después era nombrado el abogado defensor; normalmente era uno de los otros dos letrados del tribunal. Tras la respuesta a la acusación, el procurador fiscal y acusado demandaban presentación de pruebas. Los testimonios eran ratificados por los testigos, y después se le leían al acusado. Tras esto, el acusado respondía de pie a cada declaración. Para probar su buena fe, el acusado podía utilizar dos tácticas: aportar abonos (encontrar testimonios favorables) o suministrar tachas (tachar a los testigos de la acusación demostrando que no son fiables). El acusado podía citar nombres, presentando los motivos de su enemistad. Los testigos citados son interrogados, conforme a las informaciones del acusado. El voto definitivo era emitido colegialmente por los inquisidores. La sentencia tenía que ser unánime, si no, el informe era devuelto al Consejo.

3.3 Las penas

Había tres clases de penas: las penas espirituales, corporales y financieras. Antes de 1530, las condenas a muerte eran muy numerosas.

La culminación del proceso era el auto de fe, que consistía básicamente en un acto solemne con MIA, sermón y lectura de las sentencias, fue haciéndose más barroco, con gran asistencia de público. Autos de fe espectaculares fueron los de la Plaza Mayor de Madrid.

La confiscación de bienes se aplicaba a todos lo penalizados con la relajación o la reconciliación.

La relajación al brazo secular (condena a muerte) se imponía en los casos de reincidencia, o cuando el reo estaba convencido de la herejía y se manifestaba negativo y pertinaz.

Las penitencias eran gravosas: obligación de llevar sambenito ( era un traje penitencial usado en la Inquisición medieval y adoptado por la española. Era un traje amarillo con una o dos cruces diagonales pintadas sobre él, siendo condenados los penitentes a llevarlo como señal de infamia por un período indefinido, que podía durar toda la vida), azotes, destierro, galeras durante tres años, confiscación de bienes, etc.

El sambenito era un traje penitencial usado en la Inquisición medieval y adoptado por la española. Era un traje amarillo con una o dos cruces diagonales pintadas sobre él, siendo condenados los penitentes a llevarlo como señal de infamia por un período indefinido, que podía durar toda la vida. Los que habían de ser relajados en un auto de fe, tenían que llevar un sambenito negro en el cual habían pintado llamas y demonios.

Las galeras constituían una forma económica de castigo.

La llamada prisión perpetua, donde eran encarcelados, fue bastante más suave que las “prisiones secretas” donde los presos eran custodiados durante su proceso.

La Inquisición aplicó la tortura tanto o menos que los tribunales ordinarios.

La tortura judicial, destinada a hacer confesar al acusado su delito, era practicada cuando se tenían indicios de culpabilidad pero no pleno convencimiento. Se practicaba, siguiendo reglas estrictas, técnicas y frecuencia. No se utilizaba más que en los casos de herejía formal, como judaísmo. El acusado ratificaba declaraciones bajo tortura (al menos 24 horas).

Las víctimas eran procesadas para que confesaran lo que supieran de los delitos de los Demás. En Toledo, entre 1575 y 1610, fueron torturados un 32% de los profesados. Se requería que estuvieran en la sesión de tortura los inquisidores, un obispo y un secretario. Los tres tormentos principales fueron: la garrocha, la toca y el potro.

La garrocha consistía en colgar al ser por las muñecas de una polea en el techo, con pesos sujetos a los pies. Era tensar y dislocar brazos y piernas.

La toca era más complicada. La víctima era atada sobre un bastidor, la forzaban a abrir la boca y se le metía una toca o paño por la boca hasta la garganta para obligarle a tragar agua, vertida lentamente de un jarro.

El potro, fue el más común. Suponía ser atado fuertemente a un bastidor con cuerdas pasadas entorno al cuerpo y las extremidades, y que eran controladas por el verdugo que las iba apretando mediante vueltas dadas a sus extremos. Con cada vuelta las cuerdas mordían la carne atravesándola.

No había edad límite ni para las victimas, ni para la tortura. La mecánica procesal del Santo Oficio siguió pautas del procedimiento criminal, con algunas particularidades propias, que hacen a los procesos inquisitoriales penosos desde la perspectiva actual:

  • El principio inquisitivo que parecía dirigirse a comprobar una especie de evidente culpabilidad de todo aquél contra el que pudieran haber algunos indicios de conducta delictiva.

  • El secreto, por el que el procesado ignoraba por lo menos inicialmente la naturaleza de la acusación y la identidad del que aportaba testimonios.

  • El arbitrio judicial, el margen de arbitrariedad es mayor en la Inquisición que en los demás tribunales.

  • La confiscación de bienes desde el mismo momento del inicio del proceso .

  • la inhabilitación para el ejercicio de determinados cargos públicas que afectaba no sólo al procesado, sino también a sus descendientes

  • 4. LAS VÍCTIMAS DE LA INQUISICIÓN

    El total de procesados a los largo de la historia de la Inquisición no superó a 150.000 personas.

    El principal objeto de atención inquisitorial fueron las peculiaridades culturales judeo-moriscas. En segundo lugar, se atacó la “tentación de pensar” en sus diferentes formas de escribir, hablar, leer, etc. Se reprimió la “tentación de sentir”, los pecados sexuales que siempre fueron juzgados por el Santo Oficio.

    4.1 Los períodos de actividad represiva

    La actividad represiva de la Inquisición puede dividirse en cuatro períodos:

  • 1480-1530. Etapa de intensa represión dirigida hacia los judaizantes.

  • 1530-1620. Etapa de actividad represiva enfocada hacia los moriscos.

  • 1620-1720. Reducción de la actividad de los tribunales.

  • 1720-1820. El judaísmo desaparece después de 1740 y la Inquisición se concentra en problemas ideológicos y residuales.

  • Los procesados y la naturaleza de los delitos

  • Precisión en la cifras de procesados por la Inquisición, la podemos aportar para los años 1550-1700.

    Para estos años se han realizado 49.092 procesados.

    La identidad de los procesados depende del delito y del ámbito sociológico del Tribunal.

    La sociología de los procesados la conocemos bien gracias al investigador francés Dedieu. En el siglo XVI el predominio de las clases medias (artesanado con un 42% y comercio-finanzas con un 20 %) y los campesinos (un 30%) es muy claro. El clero fue aumentando en el siglo XVIII (40%). La nobleza (4%),y la administración tuvieron escasa relevancia entre los procesados. Respecto a la distribución por sexos, sólo en el judaísmo se observa un relativo equilibrio. La más alta presencia femenina se encuadra en el delito de brujería; la presencia de mujeres entre los procesados se irá reduciendo.

    Los delitos

    La Inquisición considera los delitos más graves el judaísmo. El 21;1% de los judeoconversos de Toledo, fueron condenados a muerte, el 50,4% reconciliados y el 15% abjurados con penitencias espirituales inferiores. Los protestantes; un 10,8% fueron condenados a muerte, un 35,8 reconciliados y un 26% abjurados con penitencias escasas.

    Ahora, analizaremos los delitos más castigados por la Inquisición:

    Judaísmo; fue la fijación de la Inquisición . La mitad de los judeoconversos antes de 1530 fueron condenados a muerte.

    El judaísmo a mediados del siglo XVI estaba prácticamente extinguido. La anexión de Portugal supuso la proyección de judaizantes portugueses hacia España. La tregua de 16105 con un pago de 6 millones de ducados frenó la persecución.

    Moriscos; la hostilidad contra los moriscos fue acentuándose a lo largo del siglo XVI. La politización del problema morisco implica la intervención de la Inquisición.

    La Inquisición concentró la represión contra los moriscos en Granada, Valencia, y Zaragoza. La dispersión de los moriscos granadinos obligó a la Inquisición a un control severo de los moriscos en toda España. El examen de los moriscos procesados por la Inquisición pone en evidencia su singular arrogancia y firmeza en defensa de su religión contraponiéndola a la cristiana.

    Delitos Ideológicos; la Inquisición persiguió la tentación de pensar en todas sus vertientes. Se proyectó hacia todo intento de discrepancia respecto a la ortodoxia católica. Tras los primeros años del reinado de Carlos V, se impuso la convicción de que Erasmo era la pendiente que conducía a Lutero.

    Tras los autos de fe de Valladolid y Sevilla, el Erasmo es identificado con el luteranismo y perseguido con saña. La vigilancia de los mercaderes extranjeros, la caza de libros sospechosos, demuestran la evidencia de un férreo control que, impidió la penetración de la herejía luterana en España.

    Lo que continuó, fue el miedo a la cultura impresa, al libro. Desde 1497 los Inquisidores habían demostrado su preocupación ante los libros en “hebraico” y las Biblias en romance. En 1500 Cisneos llevó a cabo una quema de libros árabes. En 1559 la Inquisición publica su primer Índice de libros prohibidos.

    La censura

    De todas ramas de la cultura fue la literatura la que más atención represiva mereció, por el número de lectores.

    Los autores españoles prohibidos figuran en los Índices inquisitoriales, y suman un total de 82.

    La Celestina no resultó afectada por la censura en el siglo XVI, se expurgó en 1632, y se prohibió en 1790. De Quevedo fueron prohibidas varias obras.

    Duros fueron los Índices del siglo XVI que contenían algunas obras de la literatura clásica.

    Respecto a la ciencia, la censura inquisitorial no fue muy agresiva. Las obras de los grandes científicos europeos más que prohibidas fueron expurgadas.

    En el Índice de 1747 se incluye la obra de Bayle y a los largo de la segunda mitad del siglo XVIII se prohíben varias obras de Montesquieu, Voltaire, Diderot y la Enciclopedia francesa.

    De la conciencia de la represión ideológica ejercida por la Inquisición hay testimonios de Luis Vives.

    Otros delitos

    La Inquisición persiguió toda una serie de pecados de carácter sexual o esotérico. Se penalizó la afirmación de que no era pecado la relación carnal de soltero y soltera.

    La Inquisición consideró como delitos sexuales la bigamia y los casos de sodomía y bestialismo.

    También se reprimieron las supersticiones de la cultura popular. La brujería, fe escasa; sus manifestaciones más expresivas las encontramos en Galicia y el País Vasco.

    La represión de las manifestaciones supersticiosas por parte de la Inquisición fue bastante suave. La caza de brujas en España fue siempre menor que en los demás países europeos (Francia, Inglaterra) donde hubo terribles matanzas de brujas.

    Sólo en los primeros años del siglo XVII se produjo una oleada de persecución de brujas en Zugarramurdi.

    Las brujas apelaban al demonio para adivinar el porvenir, o cumplir un deseo. El Santo Oficio hacía respecto a las palabras de la invocación: si eran de mandato, no había herejía, si eran suplicantes, sospechaban que fuera una adoración.

    Al margen de las invocaciones, los delitos más frecuentes eran: el uso de filtros, sortilegios y bebidas amatorias para conseguir el amor de un hombre o mujer, o maleficios.

  • LA ECONOMÍA INQUISITORIAL

  • Muchos historiadores han destacado que la Inquisición persiguió a los judeoconversos para hacerse con la hacienda de ellos mismos.

    La Inquisición, en su momento, suscitó una imagen pública de avidez económica.

  • Las principales fuentes de ingresos

  • Tres fuentes fundamentales de ingresos inquisitoriales se pueden distinguir :

    Los extraídos directamente de las víctimas, en forma de confiscación de bienes, a través de composiciones, licencias, habilitaciones y quitamiento de hábitos; los provenientes de la inversión inquisitorial, los procedentes de canonjías y otros privilegios.

    Los problemas que suscitaron estos tipos de ingresos motivaron múltiples matizaciones restrictivas.

    Las penitencias tenían la ventaja sobre las confiscaciones de una mayor agilidad administrativa y rapidez en el cobro.

    Las finanzas inquisitoriales se basaban en las confiscaciones de bienes y diversos ingresos obtenidos de la redención de las penas aplicadas a los procesados. Los primeros en sufrir las confiscaciones fueron los conversos.

    El problema de las dispensas de los sambenitos, u otras vejaciones y rehabilitaciones, previo pago de una cantidad determinada originó serias fricciones entre la Corona española y los Sumos Pontífices. El dinero ingresado por este motivo fue absolutamente desigual en todo momento. Normalmente eran los penitenciados los que ofrecían una cantidad de acuerdo con sus posibilidades.

  • La confiscación de bienes

  • Los inventarios, eran realizados por el notario de secuestros, y pasaban a disposición del receptor, por lo que, podemos imaginar las sumas sustraídas de este modo por la Inquisición.

    Los bienes confiscados tenían un doble destino: eran capllevados por amigos o parientes de los procesados o puestos a pública subasta. El primer procedimiento consistía en que los fiadores entregaban una fianza económica a cambio de la retención de bienes.

    Este fue el sistema más utilizado.

    Desde el principio, la Inquisición tuvo que hacer frente a dos problemas: quejas de las mujeres de los procesados para recuperar las dotes aportadas a sus maridos y la abundante serie de deudas censales de la que solían ser acreedores muchos de los judíos procesados en los primeros años.

    A la picaresca de los procesados, ya sea ocultando el dote cuando era la mujer procesada o reclamándola cuando el procesado era el marido, la Inquisición respondió con una estrategia. Se apropió de la dote de la mujer, justificándose con un argumento característico, que acallaba automáticamente toda impugnación.

    Más complejas eran las deudas y censales. Los libros de cuentas de los procesados fueron examinados rigurosamente remontándose años atrás en la busca insaciable de títulos de duda.

    La mayoría de los procesados eran acreedores, poseedores de títulos de duda.

    La confiscación de bienes fue el componente básico de los ingresos. Algunos ejemplos de bienes confiscados podían ser:

    La casa familiar, bienes muebles, títulos de deuda, dote aportada por la mujer, lana almacenada, etc.

  • Otros ingresos fundamentales

  • La Inquisición buscó la adquisición de una infraestructura sólida de ingresos, a través de inversiones en censos y alquileres urbanos.

    Las inversiones en censos y alquileres urbanos se fueron incrementando a los largo del siglo XVI.

    Sin embargo, no se desviaron ingresos de la Inquisición hacia arcas de la Corona. Lo que parece claro es que la vinculación de las crisis financieras de la institución con la evolución de la producción agraria, ya que las rentas de la Inquisición dependían de diezmos.

  • Los gastos del Santo Oficio

  • Los gastos de la Inquisición se agrupan en tres apartados: los gastos de personal, los gastos de ejercicio de la actividad inquisitorial y los gastos empresariales.

    Los salarios constituyeron la mayor partida de gastos de la maquinaria inquisitorial. La reivindicación salarial fue una constante queja de los oficiales de la Inquisición por la inflación. Una forma de incrementar los salarios se llevó a cabo mediante las “ayudas de costa”

    Los gastos de ejercicio de la actividad inquisitorial fueron también notables. La compra de materiales (carbón, papel, ropa, tinta, etc) o el montaje de un auto de fe.

    En los primeros años de la actividad inquisitorial el balance económico del Santo Oficio debió ser positivo. La Inquisición fue rentable.

    6. DECADENCIA Y SUPRESIÓN DEFINITIVA DE LA INQUISICIÓN

    A lo largo del siglo XVIII la Inquisición se debilita. El Consejo tenía conciencia de la pérdida de influencia en la sociedad.

    La monarquía había dejado de prestar su apoyo hasta el punto de que los reyes decidían sobre la Inquisición al margen del Inquisidor General y del Consejo General. No obstante, la actividad inquisitorial continuó, 125 autos de fea lo largo de la primera mitad lo demuestran, con un total de 111 quemados, 117 en efigie y 1.235 reconciliados o penitentes.

    6.1 Las críticas a la Inquisición

    Las críticas de los ilustrados a la Inquisición mezclaron los argumentos regalistas y los ideológicos.

    En 1798, el francés Grégoire, obispo de Blois, escribió al Inquisidor General precisando los abusos históricos del Tribunal y acababa proponiendo a Godoy la supresión del Santo Oficio. A finales de 1808, Napoleón suprimió la Inquisición.

    La guerra de la Independencia generó una explosión nacionalista que se enfrentó abiertamente a toda ideología liberal.

    Auque la Inquisición estaba suprimida legalmente, siguió funcionando desde Cádiz hasta que las Cortes de 1812, reabrieron el debate entre liberales y reaccionarios ante el Santo Oficio.

    En la discusión de las Cortes de Cádiz sobre la Inquisición, se produjeron los viejos argumentos integristas y liberales.

    Los diputados liberales acabaron imponiendo su criterio de que la Inquisición era incompatible con la Constitución. La nueva supresión legal de la Inquisición fue poco duradera.

    Tras una nueva supresión durante el Trienio liberal y su restablecimiento en 1823, la Inquisición sería definitivamente abolida por el Real Decreto del 15 de julio de 1834 firmado por la reina María Cristina. La Inquisición pasó así del debate político a la historia.

    7.OPINIÓN PERSONAL

    Hay que reconocer que la justicia tenía métodos muy crueles, como las condenas a muerte y las torturas tan dolorosas, como la de la garrocha y otras más.

    Además, no pueden hacernos olvidar que las víctimas de la Inquisición no sólo fueron los procesados por ella, sino todos los que vivieron bajo la amenaza de sus garras, que podían atraparte cualquier día, y torturarte para que confieses si sabes algo de tus amigos, enemigos, vecinos o familiares.

    Así mismo, se podría decir que uno de los diez mandamientos es: ama al prójimo como a ti mismo. Y los Inquisidores, de religión católica, “les entraba por un oído y les salía por el otro”, ya que, torturaban al prójimo como su fuera un muñeco de trapo. Otro mandamiento es: no robarás, y una de las razones porque la Inquisición persiguió a los judíos fue para apoderarse de su hacienda. Otro mandamiento es: no matarás, y lo único que hacían era quemar a gente en hogueras .

    También hay que decir, que desde el punto de vista cultural, la Inquisición fue negativa, porque prohibió obras de teatro y novelas como La Celestina, y otras muchas que se han perdido y sólo sabemos que existieron por los Índices de los libros prohibidos.

    Yo pienso que la Inquisición fue un Tribunal, que podría haber actuado de policía, pero que no lo hizo, se “descontroló” y empezó a torturar a gente. Así pues, la Inquisición forma parte de la historia de España, no como algo positivo, porque la violencia nunca es positiva, sino como algo trágico, que creo que todos recordaran como la masacre del pueblo español por el clero, ya que en los Autos de fe y las torturas siempre había un representante del clero; además, la Inquisición sobre todo penalizaba el ser de otra religión.




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    Enviado por:LMA
    Idioma: castellano
    País: España

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