Economía


Principios de la imposición y los sistemas tributarios fiscales


TEMA 3.- LOS PRINCIPIOS DE LA IMPOSICIÓN Y LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS REALES

3.1.-) FINES DE LOS IMPUESTOS Y PRINCIPIOS IMPOSITIVOS

  • PRINCIPIO DE JUSTICIA los tributos se reparten entre las Economías industriales, de forma que el reparto del total de volúmenes se reparta éticamente.

  • La justicia aspira a regular la distribución interindividual de los impuestos, de forma que sea congruente con un objetivo de 2º novel respecto al de justicia DISTRIBUCIÓN ADECUADA DE LA RENTA Y LA RENTA.

    El concepto de Justicia está vinculado al concepto de distribución adecuada de la Renta y la Riqueza.

    Una imposición es justa si cumple :

  • Generalidad todas las personas con capacidad de pago y tipificaciones por alguna de las razones legales que les obligan, y sin discriminación alguna, deben ser sometidas al gravamen tributario, con las únicas excepciones inexcusables por razones de Política Económica, Social, etc. , o por imperativo de la propia técnica tributaria (normalmente mínimo de subsistencia).

  • Igualdad igualdad entre iguales y desigualdad entre desiguales. No cumpliríamos este Principio de Igualdad si tratásemos por igual a los que son desiguales.

  • Excepción; Impuesto de Sucesiones, pues depende del nivel de relación entre las personas.

  • Principio de Proporcionalidad que el gravamen sea igualmente oneroso en términos relativos, esta relatividad está vinculada a la capacidad de pago.

  • Redistribución está vinculado a la Proporcionalidad, ya que significa alterar la distribución primaria de la Renta para disminuir las tenencias de rentas mediante la progresividad.

  • Viendo las fotocopias (fines de los impuestos), vemos que hay Políticas de Orden Económico y Políticas de Proceso Económico como FIN DE ESTABILIDAD ECONÓMICA DE LA POLÍTICA ECONÓMICA.

  • POLÍTICAS DE ORDEN ECONÓMICO:

  • EVITAR EL DIRIGISMO FISCAL EL Estado debe abstenerse de intervenir en el mercado de forma asistemática y fragmentaria. No puede afectar a sectores parciales de la vida económica.

  • MINIMIZACIÓN DE LA INTERVENCIÓN TRIBUTARIA EN LA ESFERA PRIVADA Y EN ÑA LIBRE DISPONIBILIDAD ECONÓMICA La administración se mete en la vida privada de los contribuyentes. Este Principio nos dice que interviene, pero dentro de los limites de la observancia de los principios presupuestarios y fiscales.

  • EVITAR DISTORSIONES A LA COMPETENCIA Y FAVORECERLA se denomina también “Principio de Neutralidad Fiscal”. Los impuestos no pueden alterar la competencia.

  • PRINCIPIOS RELACIONADOS CON EL PROCESO ECONÓMICO

  • B.1) POLÍTICO PRESUPUESTARIO:

  • Suficiencia ¿Qué relación tiene que haber entre los Ingresos y los Gastos Públicos?: esta relación de suficiencia estará vinculada a lo que se considera deseable o necesario.

  • ¿Qué dimensión temporal tiene en relación con la eficacia?; hay una necesidad de que haya un mínimo de flexibilidad interna en el Sistema Fiscal.

    ¿Este Principio es válido sólo para la Administración del Estado? Este Principio debe afectar a todos los niveles administrativos.

    Este Principio de Suficiencia se podría definir diciendo que exige que la totalidad del Sistema Fiscal de un país, bajo el supuesto de un racional equilibrio financiero vertical, se estructure cuantitativa y cualitativamente, de manera tal que los ingresos tributarios permitan en todo nivel político la cobertura duradera de los gastos que este haya de financiar tributariamente

  • Principio de Capacidad de adaptación o de Incrementación En caso necesario y a corto plazo, el Sistema Tributario (el Estado), pueda cubrir los Gastos , ya sean permanentes o extraordinarios.

  • Este Principio es complementario del anterior, ya que ambos afectan a la capacidad de financiación.

    • EN CUANTO A LA FLEXIBILIDAD :

  • flexibilidad Activa

  • Flexibilidad Pasiva el impuesto es automático. Los efectos que se pretenden conseguir con ese impuesto, se producen sin necesidad de variar la realidad.

  • Favorecer al desarrollo el Sistema Tributario tiene que articularse de forma que ejerza ina fuerza impositiva en las fuerzas del desarrollo.

    • GRUPO DE PRINCIPIOS TÉCNICO-TRIBUTARIOS :

  • Congruencia y Sistematización se debe atender a la consecución de los fines. No deben ser contradictorios entre sí, ni en su consecución ni en su estructura.

  • Transparencia Implica que las normas tributarias deben ser normas inteligibles, claras, precisas. Esta transparencia tiene una doble acepción:

  • Implica la certeza de la Deuda Tributaria individual.

  • La comprensibilidad de la claridad de las Normas Tributarias Generales.

  • Practicabilidad o Factibilidad las Normas Tributarias tienen que ser practicables por los contribuyentes y aplicables por la Administración, exigiéndose:

  • & Personal cualificado de la Administración.

    & Las disposiciones legales del carácter Tributario.

  • Continuidad de las normas la necesidad de una vigencia continuada de la norma. Se pueden hacer modificaciones en cuanto a cuota, cifra, pero tiene que tener una vigencia.

  • Comodidad Necesidad de dar facilidades para cumplir con las obligaciones fiscales, pero que no perjudique a los postulados de Igualdad y Flexibilidad.

  • 3.5.-) LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS ÓPTIMOS Y LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS REALES.

    • SISTEMA TRIBUTARIO ÓPTIMO Es aquel que cumple con todos estos Principios antes enunciados, pero también con otros 2 principios:

  • Principio de Beneficio.

  • Principio de la Capacidad de Pago.

  • Estos 2 Principios, nos remiten a la Equidad.

    Esta Equidad, implica que cada contribuyente aporte su “justa parte” al coste del Gobierno.

    & “Justa Parte se cumple la Equidad cuando se cumplen los Principios de Beneficio y Capacidad de Pago.

    & Principio del Beneficio Un Sistema Tributario es equitativo cuando el ciudadano ha de contribuir a las cargas públicas en función del interés que para él suponga los Gasto Públicos

    La Fórmula adecuada de la imposición que se establezca, dependerá de la Elasticidad de la Demanda de los bienes Públicos respecto a la renta y también la Elasticidad de la Demanda respecto de los bienes públicos, es decir, los Impuestos.

    La Ventaja de este Principio es que presenta una relación entre Ingresos y Gasto Públicos; lo que se pretende es, sin traducir las pautas del comportamiento del mercado en los procedimientos de asignación de recursos en el Gasto Público.

    Inconvenientes :

  • La posible aplicación del mismo es muy restringida por la naturaleza del consumo de bienes de consumo. El consumo es difícilmente indibidualizable (Ejem. de una aplicación fácil: peaje de una autopista).

  • Es poco operativo en el ámbito de los servicios.

  • El poder fijar la cuantía de los impuestos.

  • Tiene muchas limitaciones en su obligación práctica.

  • & Principio de Capacidad de Pago cada contribuyente debe pagar en función de su capacidad para afrontar la carga impositiva.

    Esa capacidad se mide a través de algún índice representativo de la misma: índice de riqueza, renta y gastos, y con independencia de los beneficios que para cada ciudadano se deriven de esos servicios públicos.

    Este Principio hace referencia a la capacidad del ciudadano, pero no hay relación alguna entre el pago de los impuestos y el disfrute de ese servicio que nos prestan al pagar ese impuesto (ejemplo; gente que paga Seguridad Social y se va a un hospital privado).

    Inconveniente: sacrificio de utilidad, satisfacción personal que experimenta el ciudadano al pagar el impuesto.

    La Equidad implica una doble acepción:

  • Horizontal igual con igual.

  • Vertical desiguales se les trata desigualmente.

  • ¿Cómo se diferencian tributariamente las diferentes capacidades de pago?

    El sacrificio aportado debe ser igual para todos.

    ¿Qué es la igualdad de sacrificio? ¿Cómo se interpreta?

    La interpretación de la Igualdad de Sacrificio es triple:

  • Sacrifio Absoluto igual

  • Sacrificio proporcional Igual.

  • Sacrificio marginal Igual.

  • Esto nos lleva al análisis de la Progresividad Impositiva, según la cual, si partimos de un principio de capacidad de pago y de las comparaciones interpersonales de la utilidad, así como del decrecimiento de la utilidad marginal de la renta del lado de la Equidad, podemos clasificar los impuestos de 3 formas:

  • Tipo Marginal > Tipo Medio Cantidad a pagar aumenta en relación a la renta Impuesto Progresivo.

  • Tipo Marginal < Tipo Medio Impuesto Regresivo.

  • Tipo Marginal = tipo Medio Impuesto Proporcional.

  • FIN TEMA 3.-

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    Enviado por:Elena Pastor
    Idioma: castellano
    País: España

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