Salud


Prevención de Riesgos Laborales


TECNICO SUPERIOR EN PRL

ESPECIALIDAD EN HIGIENE INDUSTRIAL

ÍNDICE

Página

  • ORGANIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA EMPRESARIAL. 5

  • Descripción de la actividad de la empresa.

  • Departamentos que forman la empresa.

  • Cargos directivos y mandos intermedios.

  • Número de trabajadores y grupos profesionales en la empresa.

  • Representación legal de los trabajadores.

  • Composición del Comité de Seguridad y Salud Laboral.

  • DEFINICIÓN DE LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE LA EMPRESA. 19

  • Modelo de Gestión de la Prevención.

  • Implantación del Sistema de Gestión.

  • ESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SALUD. 33

  • Estructura, ubicación, recursos, funciones y responsabilidades.

  • Determinación del Servicio de Vigilancia de la Salud.

  • EVALUACIÓN DE RIESGOS. 36

  • Objetivo de la evaluación de riesgos.

  • Descripción del procedimiento empleado.

  • Clasificación de las actividades de trabajo.

  • Evaluación de riesgos.

  • PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA: PLAN DE PREVENCIÓN. 66

  • Objetivo del informe.

  • Descripción del procedimiento empleado.

  • Accidentes y análisis.

  • 5.2.2. Auditoría del Plan Preventivo.

  • Planificación de la actividad preventiva.

  • Procedimientos del Plan de Prevención: programación de actividades.

  • Información y formación.

  • Vigilancia de la salud.

  • Emergencias.

  • Procedimientos de actuación ante emergencias.

  • Formación del personal designado para emergencias.

  • Simulacros de emergencia.

  • Integración de la actividad preventiva: política preventiva de la empresa. 89

  • 6.1 Política, objetivos y metas.

    6.2 Evaluación de Riesgos.

    6.3 Planificación de la Actividad Preventiva.

    6.4 Memoria anual.

    6.5 Accidentes mayores.

    6.6 Planes de emergencia.

    6.7 Equipos de protección contra incendios.

    6. 7. 1. Sistemas fijos contra incendios.

    6. 7. 2. Equipos de Bombeo .

    6. 7. 3. Instalaciones fijas en edificios y zonas de proceso de las instalaciones.

    6.8 Formación e información.

    6.9 Seguridad en subcontratistas.

    6.10 Visitas de seguridad.

    6.11 EPI´s (Equipos de protección individual).

    6.12 Gestión de las fichas de seguridad.

    6.13 Mediciones de higiene.

    6.14 Accidentes y análisis.

    6.15 Gestión de la Legislación de seguridad y medioambiente.

    6.16 Responsabilidades.

  • ORGANIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA EMPRESARIAL.

  • DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA.

  • PET LA RÁBIDA S.L., es una empresa ubicada en el Polígono Industrial Nuevo Puerto en Palos de la Frontera (Huelva). La empresa empezó a producir PET en el año 2.000 en un proceso de naturaleza continua, producción durante 24 horas/día y 365 días/año.

    PET LA RÁBIDA produce PET en granza destinado fundamentalmente a la posterior manufactura de botellas destinadas a bebidas (agua y bebidas carbónicas).

    Químicamente el PET es un polímero que se obtiene mediante una reacción de policondensación entre el ácido tereftálico y el etilenglicol. Pertenece al grupo de materiales sintéticos denominados poliésteres.

    El PET tiene una temperatura de transición vítrea baja (temperatura a la cual un polímero amorfo se ablanda). Esto ocasiona que los productos fabricados con dicho material no puedan calentarse por encima de dicha temperatura (por ejemplo, las botellas fabricadas con PET no pueden calentarse para su esterilización y posterior reutilización).

    El PET es un plástico de alta calidad que se identifica con el número uno, o las siglas PET, rodeado por tres flechas en el fondo de los envases fabricados con este material, según sistema de identificación SPI.

    PET

    Es un polímero termoplástico lineal, con un alto grado de cristalinidad.

    Como todos los termoplásticos puede ser procesado mediante procesos de extrusión, inyección, inyección y soplado, soplado de preforma y termoconfor-mado. Para evitar el crecimiento excesivo de las esferulitas y lamelas de cristales, este material debe ser rápidamente enfriado, con esto se logra una mayor transparencia, la razón de su transparencia al enfriarse rápido consiste en que los cristales no alcanzan a desarrollarse completamente y su tamaño no interfiere con la trayectoria de la longitud de onda de la luz visible.

    Presenta como características más relevantes:

    • Alta transparencia, aunque admite cargas de colorantes.

    • Alta resistencia al desgaste.

    • Muy buen coeficiente de deslizamiento.

    • Buena resistencia química y térmica.

    • Muy buena barrera a CO2, aceptable barrera a O2 y humedad.

    • Compatible con otros materiales barrera que mejoran en su conjunto la calidad barrera de los envases y por lo tanto permiten su uso en mercados específicos.

    • Aprobado para su uso en productos que deban estar en contacto con productos alimentarios.

    • Viscosidad intrínseca: La VI (Viscosidad Intrínseca) del material es dependiente de la longitud de su cadena polimérica. Entre más larga la cadena polimérica, más rígido es el material y por lo tanto más alta la VI.

    • Ligero.

    • Alto grado de transparencia y brillo, que conserva el sabor y el aroma de los alimentos.

    • Reciclable, aunque tiende a disminuir su viscosidad con la historia térmica*.

    * La historia térmica es un término utilizado en ingeniería de polímeros para designar cuantas veces o qué tanto se ha procesado un polímero.

    Los polímeros no se pueden reciclar igual que un vidrio o un metal (de manera indefinida), sino que existe un límite de reciclaje.

    Mediante un diagrama de flujo, se describe el proceso completo de producción de un envase de PET, desde la materia prima hasta el producto terminado.

    A partir de 1946 se empezó a utilizar industrialmente como fibra y su uso textil ha proseguido hasta el presente. Pero la aplicación que le significó su principal mercado fue en envases rígidos, a partir de 1976. Pudo abrirse camino gracias a su particular aptitud para la fabricación de botellas para bebidas poco sensibles al oxígeno como por ejemplo el agua mineral y los refrescos carbonatados. Desde principios de los años 2000 se utiliza también para el envasado de cerveza.

    PET LA RÁBIDA tiene una filosofía de empresa basada en los siguientes puntos:

    -Respeto a las personas y al medio ambiente.

    -Esfuerzo por la calidad.

    -Tener como objetivo el hacer cada día una empresa más orientada a la competitividad.

    -Integridad y ética en sus actuaciones.

    -Importancia de una permanente actitud de colaboración y de trabajo en equipo.

    -Reconocimiento del trabajo bien hecho consecuencia de una clara apuesta por la profesionalidad.

    -Transparencia y credibilidad en las relaciones con los clientes, socios, proveedores y colaboradores.

    Con respecto a su política de Calidad, PET LA RÁBIDA está comprometida con la mejora continua y se esfuerza por satisfacer las necesidades de sus clientes, suministrándoles productos y servicios de la más alta calidad y valor. Este objetivo se alcanza a través de la aplicación de la Norma ISO 9001:2000.

    PET LA RÁBIDA es un productor de PET consciente de las consecuencias medioambientales y de los riesgos para la seguridad y la salud de sus trabajadores que se desprenden de la actividad que desarrolla, se ha propuesto integrar criterios medioambientales y de prevención de riesgos laborales en su operación.

    Para ello se compromete a:

    - Cumplir con los requisitos legales y exigir dichos requisitos a los contratistas y proveedores, de forma que sus actuaciones no infrinjan su política de seguridad, salud y medio ambiente.

    - Asignar recursos técnicos, humanos y financieros para optimizar los sistemas de gestión ambiental y de prevención de riesgos, e impulsar la mejora continua del comportamiento ambiental, de seguridad y salud en sus instalaciones.

    -Motivar y formar a todos los empleados en materia de medio ambiente, seguridad y salud de manera tal que conozcan los aspectos ambientales y de seguridad significativos así como los impactos relacionados con su trabajo, sus responsabilidades, y los beneficios ambientales, de seguridad y salud que se pueden lograr con un mejor desempeño personal.

    -Prevenir, minimizar y, cuando sea posible, eliminar las causas que puedan provocar perturbaciones que incidan negativamente en el medio ambiente.

    -Integrar en su sistema general de gestión la prevención de riesgos laborales de acuerdo con la legislación vigente.

    Para proporcionar confianza sobre la gestión ambiental, PET LA RÁBIDA opera sus procesos según un sistema de gestión ambiental que se ajusta a los requisitos de la norma UNE-EN ISO 14001:2004 “Sistemas de gestión Medioambiental. Requisitos con orientación para su uso”.

    En PET LA RÁBIDA se opera según un Sistema de Prevención de Riesgos Laborales desarrollado bajo la norma UNE 89100.

  • DEPARTAMENTOS QUE FORMAN LA EMPRESA

  • PET LA RÁBIDA tiene un total de 100 trabajadores fijos que se organizan en torno a los departamentos de: Operaciones, Administración y Recursos Humanos, Mantenimiento y Servicio a Operaciones. Aparte de estos trabajadores fijos, la empresa tiene personal subcontratado para labores de mantenimiento (4 personas), carga de material acabado (7 personas), vigilancia del acceso a las instalaciones (8 personas) y limpieza de áreas comunes (4 personas) y limpieza de planta (2 personas).

    Las actividades de la empresa serán dirigidas por el Director de Planta y un equipo de Responsables que representan todas las funciones de la organización.

    Los miembros del Equipo de Dirección delegan algunas responsabilidades en otros miembros de la plantilla, para el desempeño adecuado de las diferentes operaciones y actividades.

    El Jefe de Servicios a Operaciones actuará como representante de la dirección autorizado por el Director, para mantener y ser responsable del Sistema de Seguridad y Salud sin que esto afecte a sus otras funciones asignadas.

    En ausencia del director de Servicios a Operaciones, el Coordinador de Seguridad, salud, medioambiente y vigilancia actuará como representante de la dirección.

    El organigrama de la organización así como las responsabilidades adscritas a las diferentes funciones se detallan a continuación.

    Todos los departamentos observarán las normas de calidad, seguridad y medioambiente, así como las correspondientes a su puesto y las generales de la empresa.

    Operaciones

    Pertenecen a este departamento los puestos de trabajo que cuyas funciones tienen como objetivo el control y operación de las unidades de Producción. Este grupo de personas elabora polímero y controla su calidad para su venta comercial, opera la planta de procesos y todas las actividades requeridas para el correcto funcionamiento de la misma.

    • 40 Operadores Técnicos de Fabricación.

    • 10 Operadores Técnicos de laboratorio.

    • 1 Coordinador de Permisos de Trabajo.

    • 5 Jefes de Turno.

    • 3 Ingenieros de Proceso.

    • 1 Asistente del Jefe de Operaciones

    • 1 Jefe de Operaciones.

    Administración y Recursos Humanos

    Pertenecen a este departamento aquellos puestos de trabajo cuyas funciones tiene como objetivo la administración, contabilidad, recursos humanos, compra, logística y distribución de producto semielaborado o acabado.

    • 2 Recursos Humanos.

    • 3 Compras y Logística.

    • 2 Informática.

    • 2 Contabilidad.

    • 1 Asistente administrativo de Dirección.

    Mantenimiento

    Pertenecen a este departamento aquellos puestos de trabajo cuyas funciones tienen como objetivo llevar a cabo la gestión de los recursos humanos y materiales encaminados a realizar el montaje, reparación y mantenimiento de los equipos.

    • 12 Operadores Técnicos de Mantenimiento.

    • 1 Apoyo técnico a mantenimiento.

    • 1 Administrativo de Almacén de Repuestos.

    • 1 Jefe de Turno Mecánico y Eléctrico.

    • 1 Coordinador Operaciones/Mantenimiento.

    • 1 Ingeniero Mecánico

    • 1 Ingeniero Eléctrico.

    • 1 Jefe de Mantenimiento.

    Servicio a Operaciones

    Pertenecen a este departamento aquellos puestos de trabajo cuyas funciones están encaminadas a prestar algún tipo de servicio técnico a Operaciones, como pueden ser: seguridad y salud, calidad, laboratorio, control distribuido de procesos y cualquier otro no tipificado en ninguna otra área.

    • 2 Seguridad y Salud.

    • 2 Calidad.

    • 2 Control Distribuido.

    • 2 Laboratorio.

    • 1 Jefe de Servicio a Operaciones.



    1.3. CARGOS DIRECTIVOS Y MANDOS INTERMEDIOS.

    1.3.1. Cargos directivos.

    El equipo de Dirección tiene como misión principal asegurar la correcta gestión de la organización en su conjunto. Sus miembros han de velar por el desarrollo eficaz de los procesos de las áreas bajo su responsabilidad.

    El Director de Planta, como líder de la organización, tiene como principal responsabilidad velar por el correcto funcionamiento de todas las actividades de la planta.

    Las funciones y responsabilidades del equipo de dirección en materia preventiva son:

    • Elaboración, revisión, aprobación e implementación de la Política de Prevención de la empresa.

    • Proveer adecuados recursos, medios e información en todas las áreas de la planta para asegurar que los procesos son dirigidos de acuerdo a los requisitos del Sistema de Seguridad y Salud y la legislación aplicable.

    • Revisar el Sistema de Seguridad y Salud e iniciar actividades para su desarrollo.

    • Mantener y actualizar los objetivos de Seguridad y Salud.

    • Designar las personas para llevar a cabo la prevención garantizando que cuenten con la cualificación necesaria definida por la Ley de prevención de riesgos laborales.

    • Implantación de un plan de emergencia.

    • Análisis estadísticos de la accidentalidad de la empresa.

    • Integración de los programas de vigilancia de la Salud en el programa de Prevención.

    • Vigilancia de que se cumple la normativa de prevención y las instrucciones entregadas a los trabajadores pertenecientes a empresas contratistas y subcontratistas, asegurando previamente de que disponen de la información pertinente.

    • Coordinar los planes y programas de acción preventiva.

    • Determinar las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia.

    • Actuar en situaciones de emergencia estableciendo los planes correspondientes.

    • Establecer las medidas de orden interno necesarias para garantizar en todo momento que el S.G.P.R.L. implantado en la organización satisface sus objetivos.

    • Conservar toda la documentación relativa a prevención de riesgos a disposición de la Autoridad Laboral.

    • Asegurar la difusión, comprensión e implantación de la Política de Prevención de Riesgos Laborales.

    • Garantizar la protección de los trabajadores especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.

    • Proporcionar los recursos necesarios a cada una de las áreas para que puedan llevar a cabo adecuadamente los objetivos de Seguridad.

    • Revisar periódicamente el desempeño de las actividades preventivas para comprobar su efectividad.

    1.3.2. MANDOS INTERMEDIOS

    Las funciones y responsabilidades de los mandos intermedios en materia preventiva son las siguientes:

    • Elaboración e implantación de procedimientos de seguridad.

    • Participar en la detección de riesgos presentes en el área de su competencia.

    • Elección, adquisición y entrega de los EPI´s.

    • Control y vigilancia de que los trabajadores utilicen correctamente los EPIS, respeten los procedimientos y los sistemas de seguridad no sean desactivados.

    • Implantar y controlar las medidas preventivas derivadas de la Evaluación de Riesgos o cualquier otra actuación en la que se hayan detectado riesgos (investigaciones de accidentes, etc.), correspondientes a su área de responsabilidad.

    • Colaborar en la formación e información necesaria a recibir por los trabajadores a su cargo gestionando los recursos necesarios para ello.

    • Asegurar que se cumplen los reconocimientos médicos, adoptando las medidas oportunas (cuadrantes, horarios de trabajo, etc.) para que toda la plantilla acceda a ellos.

    • Llevar la gestión documental de todas las actuaciones que son de su responsabilidad.

    1.4. NÚMERO DE TRABAJADORES Y GRUPOS PROFESIONALES.

    Los trabajadores están organizados en los siguientes Grupos Profesionales y cada uno de ellos tiene las funciones que se detallan más abajo:

    • Directivos.

    • Técnicos Superiores.

    • Técnicos Intermedios o tecnólogos, Jefes Turno.

    • Operadores Técnicos de fabricación, laboratorio o mantenimiento.

    • Apoyo Técnico.

    • Apoyo Administrativo.

    Directivos.

    Los trabajadores pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desenvolvimiento de la empresa.

    Sus funciones están orientadas al establecimiento de políticas de calidad, seguridad y salud y medioambiente para la eficaz utilización de los recursos humanos y/o materiales asumiendo la responsabilidad de alcanzar los objetivos planificados, la toma de decisiones que afecten a aspectos fundamentales de la actividad de la empresa, desempeñando puestos directivos en las distintas áreas.

    Requisitos: Ingeniería Superior con máster en Dirección de empresas, nivel alto de al menos dos idiomas -uno de ellos, inglés-, capacidad de liderazgo, aptitudes de negociación y mando. Conocimiento alto de herramientas informáticas. Experiencia en el puesto de al menos 3 años. Conocimientos de economía, derecho y legislación.

    Técnicos Superiores

    Agrupa a aquellos trabajadores que ejercen funciones de gestión y de desarrollo de un área, y/o aquellos que exigen la aplicación de conocimientos técnicos de alto nivel, para ejercer una determinada actividad, pudiendo tener bajo su responsabilidad la supervisión de otros empleados.

    Requisitos: Ingeniería Superior, Licenciatura o experiencia equivalente de al menos 2 años. Conocimiento alto de herramientas informáticas. Alto nivel de inglés, nivel de autonomía necesario para su área de responsabilidad, aptitudes de negociación y mando.

    Técnicos intermedios o tecnólogos/Jefes de Turno.

    Agrupa a aquellos trabajadores que encontrándose en una posición organizativa funcional intermedia, realizan funciones que exigen de alto conocimiento técnico y/o experiencia, pudiendo tener supervisión sobre otros empleados.

    Requisitos: Ingeniería Técnica o experiencia equivalente de al menos 1 año, conocimientos medios de herramientas informáticas, nivel medio de inglés, nivel de autonomía necesario para su área de responsabilidad, líder natural de su equipo de trabajo promoviendo planes de formación y desarrollo del personal bajo su supervisión.

    Operador Técnico de Fabricación/ Operador Técnico de Laboratorio/ Mantenimiento.

    Agrupa a aquellos trabajadores que realizan labores en la fabricación, operación y control del proceso o realizan el mantenimiento de equipos e instalaciones del mismo.

    Requisitos: Se requiere FPI, FPII o experiencia equivalente de al menos 1 año, conocimientos básicos de herramientas informáticas, nivel medio de autonomía e iniciativa. Liderazgo necesario para formar a otros operadores.

    Apoyo técnico.

    Agrupa a aquellos trabajadores que realizan tareas de apoyo técnico utilizando los procedimientos necesarios para la realización de su cometido, y que requieren distintos niveles de iniciativa, razonamiento, complejidad de la tarea, coordinación y toma de decisiones.

    Requisitos: Ingeniería Técnica o nivel de conocimientos suficientes y necesarios para el desempeño del puesto adquiridos por una probada experiencia profesional de al menos 2 años. Utilización de herramientas informáticas y nivel medio de idiomas. Capacidad de análisis y de resolución de problemas relacionados con sus tareas, así como coordinación de proyectos. Coordina y ejecuta actividades para cumplir planes definidos por otros.

    Apoyo Administrativo.

    Agrupa a aquellos trabajadores que realizan tareas de tipo administrativo, preferentemente en oficinas, utilizando los equipos informáticos, y procedimientos necesarios para la realización de su cometido, y que requieren distintos niveles de iniciativa, razonamiento, complejidad de la tarea, coordinación y toma de decisiones.

    Requisitos: Formación profesional, educación secundaria o experiencia equivalente de al menos 2 años. Nivel medio de conocimientos informáticos así como nivel medio/alto de idiomas en función del puesto. Nivel de iniciativa necesario para el adecuado desempeño de su trabajo. Cooperación y habilidades de trabajo en grupo.

    Responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores, según Art. 29 Ley 31/1995 de PRL:

    Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.

    Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular:

    • Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.

    • Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.

    • No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.

    • Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.

    • Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.

    • Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

    Responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores designados:

    • Promover los comportamientos seguros y la correcta utilización de los equipos de trabajo y protección, y fomentar el interés y cooperación de los trabajadores en la acción preventiva.

    • Promover, en particular, las actuaciones preventivas básicas, tales como el orden, la limpieza, la señalización y el mantenimiento general, y efectuar su

    seguimiento y control.

    • Realizar evaluaciones de riesgos ligados a las instalaciones, equipos de trabajo, herramientas de mano, medios auxiliares, riesgos ligados al almacenamiento y a la movilización mecánica de materiales.

    • Proponer medidas para el control y reducción de l os riesgos, a la vista de los resultados de la evaluación.

    • Realizar las investigaciones de accidentes por los riesgos anteriormente descritos.

    • Vigilar el cumplimiento del programa de control y reducción de riesgos y efectuar personalmente las actividades de control de las condiciones de trabajo que tenga asignadas.

    • Elaborar e implantar el Manual de Autoprotección.

    • Supervisar la labor contratada con el Servicio de Prevención Ajeno.

    • La planificación de la acción preventiva a desarrollar en las situaciones en las que el control o reducción de los riesgos supone la realización de actividades diferentes, que implican la intervención de distintos especialistas.

    • Participar en el proceso de selección de maquinaria y equipos de protección individual para su compra.

    • Evaluar las necesidades para la puesta en conformidad de la maquinaria.

    • Controlar las operaciones de mantenimiento de la maquinaria.

    • Informar a los trabajadores de los riesgos y medidas preventivas asociados a las condiciones de seguridad.

    • Realizar la formación de acogida y la formación específica en aquellos puestos de trabajos cuyos riesgos más importantes estén ligados a las condiciones de seguridad.

    • Revisar y controlar la documentación referente a la Prevención de Riesgos Laborales asegurando su disponibilidad.

    • Otras funciones que la dirección les asigne.

    1.5. REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES.

    El Comité de Empresa de PET LA RÁBIDA, es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores para la defensa de sus intereses. (Art. 63 del Estatuto de los trabajadores).

    En PET La RÁBIDA está constituido por cinco miembros (Art. 66 del Estatuto de los trabajadores) de los cuales tres representan al área de operaciones y dos al de administración.

    El Comité de Empresa tiene las siguientes competencias en materia de Prevención de Riesgos Laborales:

    • Planes de formación profesional de la empresa.

    • Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan.

    • Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa.

    En PET LA RÁBIDA los Delegados de Prevención han sido designados por y entre los representantes del personal siendo 2 el número de delegados elegidos según las normas previstas en función del número de trabajadores (Art. 35 de la Ley 31/1995 de PRL)

    Son competencias de los Delegados de Prevención, según los artículos 33 y 36 Ley de PRL 31/1995:

    • Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.

    • Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

    • Ser consultados por el empresario, con carácter previo a su ejecución, acerca de las decisiones a que se refiere el Art. 33 de la Ley 31/1995 de
      PRL.

      • La planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la elección de los equipos, la determinación y la adecuación de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo.

      • La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo.

      • La designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia.

      • Los procedimientos de información y documentación.

      • El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva.

      • Cualquier otra acción que pueda tener efectos substanciales sobre la seguridad y la salud de los trabajadores.

    • Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

    En el ejercicio de las competencias atribuidas a los Delegados de Prevención, éstos estarán facultados para:

    • Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente de trabajo, así como, a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que realicen en los centros de trabajo para comprobar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas.

    • Tener acceso a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones.

    • Ser informados por el empresario sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores una vez que aquél hubiese tenido conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, aún fuera de su jornada laboral, en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los mismos.

    • Recibir del empresario las informaciones obtenidas por éste procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de protección y prevención en la empresa, así como de los organismos competentes para la seguridad y la salud de los trabajadores.

    • Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, de manera que no se altere el normal desarrollo del proceso productivo.

    • Recabar del empresario la adopción de medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al empresario, así como al Comité de Seguridad y Salud para su discusión en el mismo.

    • Proponer al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de actividades cuando el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.

    1.6. COMPOSICIÓN DEL COMITÉ SE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL.

    El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos y se constituye en todas las empresas que cuenten con 50 o más trabajadores. (Art. 38 Ley 31/1995 de P.R.L.).

    En PET LA RÁBIDA el Comité de Seguridad y Salud está formado por los 2 Delegados de Prevención como representantes de los trabajadores y otros 2 empleados, el Jefe de Servicio a Operaciones y el Coordinador de HSES y Salud como representantes de la empresa.

    En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud participan, con voz pero sin voto, los Delegados Sindicales y el responsable técnico de HSES y Salud de la empresa. El Comité de Seguridad y Salud se reúne trimestralmente y siempre que lo solicita alguna de las representaciones del mismo.

    El Comité de Seguridad y Salud tiene las siguientes competencias según el Art. 39 Ley 31/1995 P.R.L.:

    • Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la prevención de riesgos, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención (Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva) y proyecto y organización de la formación en materia preventiva.

    • Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.

    En el ejercicio de sus competencias, el Comité de Seguridad y Salud está facultado para:

    • Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.

    • Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo son necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención.

    • Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.

    • Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de prevención.

    2. DEFINICIÓN DE LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE LA EMPRESA.

    2.1 MODELO DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN.

    La prevención de riesgos laborales en PET LA RÁBIDA está integrada en su sistema general de gestión, comprendiendo tanto al conjunto de las actividades como a todos sus niveles jerárquicos, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales cuya estructura y contenido se determinan a continuación. (Art. 1 R.D. 39/1997 del Reglamento de los Servicios de Prevención).

    La integración de la prevención en el conjunto de las actividades de la empresa implica que debe proyectarse en los procesos técnicos, en la organización del trabajo y en las condiciones en que éste se preste.

    Su integración en todos los niveles jerárquicos de la empresa implica la atribución a todos ellos, y la asunción por éstos, de la obligación de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad que realicen u ordenen y en todas las decisiones que adopten.

    Los trabajadores y sus representantes contribuyen a la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa y colaboran en la adopción y el cumplimiento de las medidas preventivas a través de la participación y consulta acerca de la implantación y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa, la evaluación de los riesgos y la consiguiente planificación y organización preventiva.

    La empresa designa a los dos trabajadores del Área de Seguridad y Salud para desarrollar la actividad preventiva, el Coordinador de HSES y Salud y el Técnico de Seguridad y Salud.

    La empresa asumirá la actividad preventiva en la especialidad de Seguridad y concertará las restantes ya que no dispone del personal suficiente para realizar todas las actividades preventivas completas ni tiene obligación de constituir un servicio de prevención propio (Art. 14. del RD 39/1997). El Servicio de Prevención Ajeno desarrollará aquellas actuaciones preventivas de carácter complementario que la empresa no puede realizar con sus propios medios.

    Una entidad especializada actuará como servicio de prevención ajeno proporcionando a la empresa el asesoramiento y apoyo necesario en relación a las actividades concertadas de las especialidades de Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología y Medicina del Trabajo y asesorará a la empresa en la especialidad de Seguridad en la evaluación de factores de riesgo, correspondiendo la responsabilidad de su ejecución a la propia empresa. Sin perjuicio de la responsabilidad directa que les corresponde a esta entidad especializada en el desarrollo y ejecución de actividades como la evaluación de riesgos, la vigilancia de la salud u otras concertadas. (Art. 19 del RD 39/1997).

    La entidad contratada como servicio de prevención ajeno proporcionará apoyo

    y asesoramiento (Art. 31.3. Ley 31/1995 P.R.L.) en lo referente a:

    • Diseño, implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales que permita la integración de la prevención en la empresa.

    • Evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley 31/1995 de P.R.L.

    • Planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas y la vigilancia de su eficacia.

    • Formación e información de los trabajadores.

    • Prestación de primeros auxilios y planes de emergencia.

    • Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo.

    El sistema de gestión de prevención de riesgos laborales (SGPRL) de PET LA RÁBIDA está creado para evitar o minimizar los riesgos laborales, mejorar el funcionamiento y la mejora continua de la planta.

    El servicio médico será el encargado de llevar a cabo la vigilancia de la salud en los términos que define la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Dichas medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. (Art. 22 de la Ley 31/1995 P.R.L.).

    La dirección de la planta es responsable de difundir la Política de Seguridad y Salud de PET LA RÁBIDA, para esto ha establecido un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales que es de obligado cumplimiento para cada uno de sus empleados. Por otra parte la participación de los trabajadores, conforme a ley, se efectúa a través de sus representantes, en este caso Delegados de Prevención.

    2.2. IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN.

    Un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales es una ordenación de actividades y procedimientos que hace posible a una empresa un cumplimiento estructurado y sistemático de la legislación vigente.

    La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias, la ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados y el control y la efectividad de dichas medidas constituyen los elementos básicos del nuevo enfoque de la prevención de los riesgos laborales que la Ley 31/1995 plantea.

    En junio de 1996 AENOR, publicó la norma experimental UNE 81900 EX. Prevención de riesgos laborales. Reglas generales para la implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (S.G.P.R.L.).

    Aunque dicha norma no sea obligatoria ha servido a la empresa de guía y ayuda para implantar su Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, según los siguientes apartados.

    2.2.1. POLITICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

    PET LA RÁBIDA tiene como objetivo de su Política en materia de prevención de riesgos laborales la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de sus trabajadores comprometiéndose a cumplir con las políticas de prevención de Riesgos Laborales y la actual legislación vigente en materia de Salud Laboral.

    La dirección de la empresa es responsable de difundir dicha Política de Seguridad para lo que ha establecido un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales que es de obligado cumplimiento para cada uno de sus empleados.

    La dirección se compromete con sus empleados a establecer y mantener al día un cauce de comunicación eficaz en materia de P.R.L. y a apoyar dicha política con recursos económicos y humanos adecuados asegurando la información y la formación de los mismos. Así mismo los responsables del Área de Seguridad y Salud se comprometen, supervisados por el Director de Planta, a planificar, revisar y desarrollar periódicamente dicha política y usará el resultado de auditorías como herramienta para hacer la revisión.

    Conocer la política de prevención implica que:

    • La responsabilidad en la gestión de la prevención de riesgos laborales es tarea de todos los miembros de la empresa.

    • Cumpliremos con las leyes y regulaciones que afectan a la seguridad de los trabajadores.

    • Todos los empleados son responsables de trabajar de forma segura y proteger la seguridad de los demás.

    • Nuestros objetivos en seguridad son la prevención de incidentes, accidentes y lesiones

    • Usaremos diversas vías de protección como son, diseño seguro, prácticas de seguridad en el trabajo, conductas seguras y la utilización de los adecuados controles de ingeniería, operaciones y administración para prevenir los incidentes de seguridad.

    2.2.2. EVALUACIÓN DE RIESGOS.

    La evaluación de riesgos es el punto de partida para llevar a cabo la actividad preventiva en la empresa, y es uno de los instrumentos esenciales para la gestión y la aplicación del plan de prevención de riesgos (Art. 16.2 Ley 31/1995 P.R.L.).

    PET LA RÁBIDA ha realizado una evaluación inicial de los riesgos, que no han podido evitarse, para la seguridad y salud de los trabajadores (dicha evaluación se ha extendido a todos los puestos de trabajo), ha identificado los riesgos inherentes a su actividad productiva y a los equipos de trabajo utilizados. Dicha evaluación queda documentada en los registros de la empresa a disposición de la Autoridad Laboral que lo requiera (Art. 23.1.b. Ley 31/1995 P.R.L.). Dicha evaluación ha sido realizada por el Área de Seguridad y Salud con el asesoramiento del Servicio de Prevención Ajeno.

    Para la prevención, evaluación y control, es decir, para la gestión de los riesgos, es necesario una correcta evaluación inicial de riesgos (que marque un punto de partida o de referencia inicial), y una implantación de las medidas correctoras que surjan como resultado de la evaluación, siguiendo los principios de la acción preventiva listados en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. También es necesario una revisión de la evaluación:

    a) Cuando así lo establezca una disposición especifica

    b) Cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores.

    c) Cuando se hayan comprobado que las actividades de prevención empleadas no han sido las más adecuadas o han sido insuficientes.

    d) Cuando lo acuerden la empresa y los representantes de los trabajadores, teniendo en cuenta el posible deterioro de las instalaciones por el transcurso del tiempo.

    Cualquier riesgo identificado será evaluado. Esta evaluación cubre aspectos como la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos, situaciones ergonómicas, ruidos, riesgos eléctricos, empleados trabajando solos, etc.

    Cuando la evaluación exija la realización de mediciones, análisis o ensayos, se procederá a realizar dichas mediciones según la reglamentación específica de cada riesgo (apartado 2 y 3 del Art. 5 del R.D. 39/1997) y si la normativa no indica o concreta los métodos que deben emplearse, se utilizarán los criterios recogidos en: Normas UNE, Guías del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Normas Internacionales, y en ausencia de los anteriores, guías de otras entidades de reconocido prestigio.

    Dicha evaluación será realizada por los trabajadores designados por la empresa, con la colaboración que se precise de la empresa en toda su línea jerárquica y del Servicio de Prevención Ajeno.

    2.2.3. PLANIFICACIÓN.

    La actuación sobre los riesgos identificados y evaluados comportará el establecimiento de un Planificación de acciones preventivas (Art. 8 del R.D. 39/1997).

    PET LÁ RABIDA dentro de su política de prevención planifica los objetivos anualmente. Así la dirección documenta anualmente sus objetivos tomando como referencia los datos registrados (evaluación de riesgos, informes de auditorías, datos y estadísticas de accidentes, enfermedades profesionales, datos sobre fallos y deficiencias del propio Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, observaciones "in situ", etc) y la legislación vigente para conseguir mejorar las condiciones de trabajo. Estos objetivos serán medibles y alcanzables y se asignarán los medios humanos y materiales necesarios para la consecución de los objetivos propuestos.

    La empresa dispone de un programa anual en el que se incluyen actividades encaminadas a la mejora de la prevención y la salud laboral contemplando: formación, prevención, controles médicos, inspecciones y auditorías, planes anuales y controles de seguridad.

    Cuando los resultados de la evaluación de riesgos pongan de manifiesto situaciones de riesgo, la dirección realizará las actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar dichos riesgos incluyendo en cada actividad el plazo para su realización, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución. (Art. 16.2.b de la Ley 31/1995 P.R.L.).

    Para ello se efectuará la Planificación determinando acciones, responsables de ejecución y plazos.

    La dirección se asegurará de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma.

    2.2.4. MEDIDAS DE PROTECCIÓN.

    La empresa proporcionará a sus trabajadores los equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velará por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios.

    El equipo de protección individual (EPI), protege a un solo trabajador y se aplica sobre el cuerpo del mismo y tiene por objeto proteger al trabajador frente agresiones externas de tipo físico, químico o biológico, y que existieran o se generaran en el desempeño de una actividad laboral determinada.

    Estos equipos de protección individual (EPI´s) se usarán cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan eliminarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. (Art. 17.2. Ley 31/1995 P.R.L.).

    Todos los EPI´s que existan en planta cumplirán la normativa aplicable.

    Los EPI´s se deben utilizar como medidas complementarias a otras pero en ningún caso se pueden sustituir ni por la protección colectiva ni por cualquier otra medida preventiva, que como sabemos su acción es eliminar o reducir el riesgo hasta niveles aceptables. (Art. 15.1 Ley 31/1995 P.R.L.).

    El R.D. 773/1.997 de 30 de mayo, establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de los EPI's.

    El empresario con carácter general está obligado a:

    • Determinar los puestos de trabajo en los que es necesario la utilización de un EPI, y frente a qué tipo de riesgo.

    • Elegir el tipo de EPI, previo análisis y evaluación de los riesgos inevitables o que no hayan podido o disminuirse suficientemente.

    • Asumir el coste total de los equipos, informar y formar a los trabajadores sobre su correcto uso y utilización, así como asegurar su mantenimiento.

    • Velar por su utilización.

    Los trabajadores usuarios serán los encargados de realizar las funciones de: almacenamiento, mantenimiento, limpieza, desinfección de los EPI, siempre bajo el deber de vigilancia del empresario que responderá en caso de imprudencia del trabajador.

    2.2.5. FORMACIÓN, INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN.

    Los trabajadores de PET LA RÁBIDA están informados de los riesgos de seguridad y salud, tanto para aquellos que afecten a la empresa en su conjunto, como a cada tipo de puesto de trabajo o función, detallando las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos y de las medidas adoptadas en caso de emergencias. (Art. 18 y 20. Ley 31/1995 P.R.L.).

    Cada trabajador recibirá una formación teórica/práctica , suficiente y adecuada en materia preventiva tanto en el momento de su contratación, como cuando sea necesario por cambios en las funciones que desempeña, se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo ( Art. 19 Ley 31/1995 P.R.L.) o se ausente durante tres meses por enfermedad o excedencia.

    La formación a la que se refiere el apartado anterior se impartirá, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en otras horas pero con el descuento de las mismas del tiempo invertido en la formación. Esta formación la impartirán los trabajadores designados y podrá ser impartida también por los servicios de prevención ajenos concertados y su coste no recaerá en ningún caso en los trabajadores.

    Dicha formación se centrará específicamente en los riesgos asociados al puesto y a la instalación y por ello la empresa establece planes periódicos de formación, entre los que se incluyen:

    • Formación del trabajador designado.

    • Formación del delegado de prevención.

    • Formación de personal de nuevo ingreso.

    • Formación en materias específicas:

    • Emergencia y evacuación.

    • Incendios.

    • Primeros auxilios.

    • Manipulación de cargas e higiene postural.

    • Otros riesgos específicos identificados.

    El Área de Seguridad y Salud junto con el Área de Recursos Humanos diseñan un plan de formación anual de Prevención de Riesgos Laborales.

    Por otra parte la participación de los trabajadores y consulta, conforme a ley, se efectúa a través de sus representantes, en este caso Delegados de Prevención tal y como contempla el Capítulo V de la Ley 31/1995 de P.R.L.

    Junto a ello, la información y la formación de los trabajadores están dirigidas a un mejor conocimiento de los riesgos y de su forma de prevenirlos. La Ley también establece unas actuaciones preventivas más específicas como: medidas de emergencia, vigilancia de la salud de los trabajadores, medidas particulares para ciertos trabajadores: jóvenes, trabajadoras embarazadas, trabajadores de carácter temporal, etc.

    2.2.6. MEDIDAS DE EMERGENCIA. RIESGO GRAVE E INMINENTE.

    2.2.6.1. Medidas de emergencia.

    El Área de Seguridad y Salud analizará las posibles situaciones de emergencia y adoptará las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, prevención y extinción de incendios, evacuación de trabajadores (esta información la reflejará en un Plan de Emergencia) así como la posible presencia de personas ajenas a la empresa. Dicho área asignará a los trabajadores encargados, que serán debidamente formados, en estas tareas para su puesta en práctica.

    Se realizarán simulacros de rescate, de incendios y de evacuación de todo el personal y éstas actividades serán anuales. Para realizar estas tareas, los trabajadores serán instruidos por el servicio de prevención ajeno a través de cursos de primeros auxilios, extinción de incendios, rescate y evacuación.

    2.2.6.2. Riesgo grave e inminente.

    Si los trabajadores están expuestos a un riesgo grave e inminente, con ocasión de su trabajo, el artículo 21 de la Ley 31/1995 de P.R.L. obliga a los empresarios a: Informar lo antes posible a los trabajadores afectados, sobre la existencia del riesgo y de las medidas preventivas, de forma puntual, clara e inmediata. Adoptar las medidas para que los trabajadores puedan interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo inmediatamente -salvo excepciones- y a facilitar los canales de comunicación con los superiores. Esta ley faculta al trabajador para que pueda adoptar unilateralmente la decisión de interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo cuando considere que la actividad que desarrolla entraña riesgo grave o inminente para su vida o su salud. (Apartado 2, Art. 21 Ley 31/1995 P.R.L.).

    Los representantes legales de los trabajadores en materia de PRL (Delegados de Prevención), por mayoría de sus miembros, tienen la potestad de parar la actividad de los trabajadores afectados por un riesgo grave e inminente si el empresario no ha adoptado o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Igualmente cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social compruebe que la inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales implique, a su juicio, un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores podrá ordenar la paralización inmediata de tales trabajos y tareas.

    2.2.7. VIGILANCIA DE LA SALUD.

    La Dirección de PET LA RÁBIDA vigilará periódicamente el estado de salud de los trabajadores en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia la prestará un servicio de prevención ajeno anualmente realizando prueba médicas como: analíticas, electrocardiogramas, pruebas auditivas y de visión, oscultación y psicomotricidad, etc siempre con el consentimiento del trabajador salvo que sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo para lo que hará falta un informe previo de los Delegados de Prevención, para determinar si el estado de salud del trabajador supone un riesgo para sí mismo, para los demás trabajadores o para terceros o cuando esté establecido en una norma legal o reglamentaria. (Art. 22 Ley 31/1995 P.R.L.).

    La vigilancia de la salud será efectuada por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada que se personará en el centro de trabajo para estos controles periódicos y permanecerá en él de lunes a sábado para la vigilancia diaria. Los datos médicos obtenidos de dicha vigilancia serán confidenciales y sólo se comunicarán al trabajador afectado quedándose a disposición del personal médico sanitario y de las autoridades laborales. Sólo se comunicarán al empresario los datos relativos a la aptitud del trabajador, los que puedan crear una situación de riesgo, o los que evidencien la necesidad de introducir o mejorar las medidas de seguridad y de prevención.

    2.2.8. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.

    La empresa adoptará las medidas necesarias para que el personal subcontratado, que desarrolla actividades laborales en el centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar tal y como está reflejado en el Art. 24 Ley 31/1995 P.R.L.

    Para que todo lo anterior se lleve a efecto, la empresa dará formación en Seguridad y Salud a todos los trabajadores subcontratados antes de entrar en planta y en la medida del desarrollo de la actividad a desarrollar dentro de las instalaciones, informando a todo el personal de la obligatoriedad de cumplir con todas y cada una de las normas, que en cuanto a Seguridad y Salud, estén implantadas en la empresa.

    El Área de Seguridad y Salud en representación de la Dirección vigilará el cumplimiento de las normas de prevención y seguridad por parte del personal subcontratado y la empresa responderá solidariamente con ellos a lo que se refiere el apartado 3 del artículo 24 de La Ley 31/1995 del cumplimiento, durante el período subcontratado, de las obligaciones impuestas por dicha Ley en relación con los trabajadores que aquellos ocupen en los centros de trabajo de la empresa siempre y cuando la infracción se haya producido en el centro de trabajo (Art. 42, apartado 2 de la Ley 31/1995 de P.R.L.).

    2.2.9. CONTROLES ACTIVOS Y REACTIVOS.

    Es importante comprobar que la política de PRL está implantada y que el sistema funciona adecuadamente y esto se hace a través de un control de todas las actuaciones preventivas llevadas a cabo en la empresa.

    Para poder asegurar que la Política en PRL está implantada adecuadamente en la organización, es necesario realizar diferentes tipos de control de las actuaciones preventivas y estos controles son: activos y reactivos.

    Los controles activos son aquellos que permiten comprobar si se han cumplido las actividades y objetivos definidos en el sistema de Gestión de PRL.

    La empresa establece y mantiene al día una serie de procedimientos para comprobar el cumplimiento de dichas actividades y el grado de este cumplimiento, prestando una especial atención a los siguientes elementos:

    • Control de la consecución de los diferentes objetivos establecidos por la Organización (por ejemplo mediante la realización de informes, estadísticas, etc.).

    • Inspección sistemática, por parte por de los supervisores o personal de mantenimiento, de los lugares y locales de trabajo, instalaciones y equipos, para asegurar un funcionamiento correcto de todos ellos. Se realizan programas anuales de Inspección Técnica, mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo para prevenir posibles fallos técnicos en equipo/instalaciones. En función de los resultados de los mismos se hacen programas de parada para reparar/cambiar las deficiencias técnicas.

    • Controles ambientales (como medida de la exposición de trabajadores a sustancias químicas, agentes físicos o biológicos) y vigilancia de la salud de los trabajadores con el fin de comprobar la eficacia de las medidas de control de riesgos y para detectar precozmente signos y síntomas de daños para la salud de los trabajadores.

    • Observación directa sistemática del trabajo, así como la actuación del personal encargado de la supervisión con objeto de comprobar si se cumplen los procedimientos e instrucciones de trabajo, en especial todo aquello que está relacionado con el control de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Ejemplos serían: comprobar que todos los trabajos se realizan con permiso de trabajo seguro, que todas las personas que vayan a realizar trabajos dentro de planta reciben formación en materia preventiva, que la ropa y los equipos usados cumplen con la legislación vigente, que todo los trabajadores usan los EPI's y lo hacen de manera adecuada según el trabajo a realizar, etc.

    Los controles reactivos son útiles para registrar, analizar e investigar fallos en el propio sistema de Gestión de la PRL, tales como accidentes, incidentes y enfermedades laborales.

    Al realizar los controles reactivos se obtiene aquella información que permite analizar e investigar los fallos en el Sistema de Gestión de la PRL que han conducido a la aparición de los incidentes, accidentes y enfermedades laborales, a fin de:

    • Investigar las causas inmediatas y subyacentes.

    • Remitir la información a las personas de la organización con autoridad para iniciar las medidas correctoras que fueran pertinentes, incluyendo, si procede, cambios en la organización de la empresa y en la política de prevención.

    • Remitir información a las autoridades laborales de acuerdo con la legislación vigente.

    • Análisis adecuado de los datos con el fin de identificar las características comunes o las tendencias e iniciar las acciones de mejora.

    Por otra parte están las Inspecciones de Organismos Públicos y las auditorias del Sistema de GPRL.

    La empresa establece y mantiene al día todos los procedimientos necesarios y adecuados para investigar, analizar y registrar los fallos del Sistema de Gestión de PRL, prestando especial atención a los siguientes elementos:

    • Incidentes laborales.

    • Accidentes laborales.

    • Enfermedades laborales.

    • Recomendaciones o requerimientos efectuados por organismos oficiales.

    • Posibles puntos débiles u omisiones en los procedimientos.

    PET LA RÁBIDA tiene un documento (Plan de Autoprotección) que describe la estructura de la organización, responsabilidades, comunicaciones, recursos, integración con agentes externos, etc. respecto a posibles accidentes dentro de la empresa.

    La empresa mantiene labores de supervisión y verificación en las condiciones de trabajo, en la actividad de los trabajadores que pueden ser situaciones potenciales de riesgo como: trabajo en planta, equipos/ instalaciones, sistema de gestión, comprobación y calibración de equipos de protección individual, detectores, etc.

    PET LA RÁBIDA posee un programa anual de prevención de riesgos en el que se establecen criterios de aceptación, se documentan los resultados y se toman acciones si los resultados son desfavorables.

    En cuanto a Salud Laboral y Medicina en el Trabajo:

    PET LA RÁBIDA mantiene medidas y actuaciones encaminadas a prevenir y evitar enfermedades profesionales y disponer de una buena salud laboral en su colectivo.

    El Servicio Medico dispone de un programa de salud laboral y que mantiene registros de salud en los siguientes casos:

    • Exámenes médicos para personal nuevo y para cada empleado, anualmente.

    • Exámenes específicos de las condiciones laborales para aquellos lugares de trabajo con riesgo potencial.

    • Controles de Salud para Maternidad, Trabajadores sensibles a determinados riesgos, trabajadores accidentados, etc.

    2.2.10. DOCUMENTACIÓN Y REGISTROS.

    La empresa elaborará y conservará a disposición de la autoridad laboral la siguiente documentación relativa a las obligaciones que tiene en materia de prevención de riesgos laborales (Art.23 de la Ley 31/1995 P.R.L.):

    • Plan de prevención de riesgos laborales, conforme a lo previsto en el apartado 1 del Artículo 16 de la Ley 31/1995 P.R.L.

    • Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo a) del apartado 2 del Artículo 16 de la Ley 31/1995 P.R.L.

    • Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de prevención a adoptar y, en su caso, material de proteción que deba utilizarse, de conformidad con el párrafo b) del apartado 2 del artículo 16 de la Ley 31/1995 P.R.L.

    • Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores previstos en el artículo 22 de la Ley 3/1995 P.R.L. y conclusiones obtenidas en los términos recogidos en el último párrafo del apartado 4 del artículo 22 citado anteriormente.

    • Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo. En estos casos el empresario realizará, además, la notificación a que se refiere el apartado 3 del artículo 23 de la Ley 31/1995 P.R.L.

    PET LA RÁBIDA tiene implantados cuatro niveles en la documentación.

    1er Nivel: Manual del S.G.P.R.L.

    2º Nivel: Procedimientos del S.G.P.R.L.

    3er Nivel: Instrucciones del S.G.P.R.L.

    4º Nivel: Registros e información del S.G.P.R.L.

    PET LA RÁBIDA tiene implantado, documentado y mantenido un sistema que provee un seguimiento de la documentación dentro de su estructura de documentos referenciando la documentación más apropiada de cada nivel de documentación desde el Manual de Prevención a los Registros de Prevención.

    El Manual de Prevención va a ser una referencia permanente sobre cómo se deben establecer y realizar cada uno de los requisitos del sistema y por otra para plasmar la política de prevención de la empresa, los planes y procesos internos para desarrollar dicha politica y la estructura organizativa que los soporta.

    El Manual del S.G.P.R.L. describe el Sistema de Prevención que opera en PET LA RÁBIDA para la gestión de la prevención de riesgos laborales. El Director de Planta es el responsable de autorizar este documento.

    Los procedimientos del Sistema de Gestión de PRL, describen las distintas actividades que se especifican en el sistema de gestión diciendo para cada uno de ellos, que es lo que hay que hacer, quien es el responsable de hacerlo y que registros hay que guardar y conservar para poder demostrar aquello que se ha realizado.

    Las instrucciones de trabajo son unos documentos adicionales a los procedimientos que van a permitir desarrollar con un mayor detalle algunos aspectos concretos que forman parte de algunos procedimientos, o bien describen con detalle las normas a seguir a la hora de realizar con unas condiciones de seguridad adecuadas una determinada tarea.

    Los registros son los documentos que se usan para plasmar cómo se ha realizado el trabajo, quién lo ha realizado y proporciona una evidencia documentada de que se cumple con las especificaciones de seguridad y salud laboral de forma efectiva.

    PET LA RÁBIDA posee un procedimiento para identificar, archivar, guardar, mantener al día y almacenar durante su tiempo de retención todos los registros del SGPRL.

    Los registros son identificables, son fáciles de consultar y se mantienen en formato papel y/o informático según el tiempo de retención requerido por el S.G.P.R.L.

    Los registros del SGPRL estarán a disposición del organismo competente o de su representante durante un periodo de tiempo convenido, para que puedan ser evaluados.

    Se establece un control y mantenimiento de todos los documentos e información relacionada con el Sistema de G.P.R.L. de forma que se asegure que:

    • Han sido examinados y aprobados por los responsables antes de su primera edición.

    • Puedan identificarse adecuadamente dentro de la organización.

    • Sean examinados periódicamente y revisados cuando sea necesario y tras haberse comprobado su idoneidad, sean aprobados por los responsables antes de ser reeditados. La revisión y aprobación de estos debe ser llevada a cabo por las mismas personas que realizaron la primera revisión inicial.

    • Están disponibles en todos aquellos puntos de la organización necesarios para el correcto funcionamiento del Sistema de Gestión como copias controladas.

    • Se retire sin demora toda aquella documentación obsoleta desde los puntos de edición como los de utilización.

    Los responsables de cada área son los encargados en incorporar los documentos externos que pudieran ser aplicables al Sistema G.R.R.L. en sus respectivas áreas.

    El Manual de G.P.R.L. y todos los documentos asociados se preparan inicialmente como borradores y tras las oportunas revisiones o cambios, se emiten las copias finales, se les asigna un código identificativo y son aprobados o autorizados por los cargos que se definan. Se mantendrán controlados y se distribuirán por el Sistema Centralizado de Documentación.

    Los cambios en los documentos del Sistema de G.P.R.L. son revisados y autorizados por el área/persona que tiene la misión de mantenerlo y autorizarlo.

    El Sistema de Centralizado de la Documentación (Oficina del Área de Calidad) distribuirá, controlará y registrará los documentos.

    El Sistema Centralizado de la Documentación mantiene una copia maestra del Manual de G.P.R.L., Manual de la planta, los procedimientos e instrucciones de seguridad, así como de los documentos del tercer nivel del sistema de documentación. También dispone de listas que contienen las revisiones actualizadas de los documentos en uso y en vigor.

    Los documentos del sistema de G.P.R.L. serán revisados en función de las necesidades operativas.

    2.2.11. AUDITORIA.

    PET LA RÁBIDA establece un programa de auditorías internas con el objetivo de contrastar la eficacia del Sistema de GPRL implantado bajo la norma UNE 89100.

    Los resultados de las mismas se registran y transmiten al responsable del área auditada, de tal forma que de común acuerdo se tomen las acciones correctivas oportunas sobre las discrepancias observadas, planificándolas en el tiempo.

    La implantación y seguimiento de las auditorias internas nos verifica la eficacia de las acciones correctivas tomadas y el personal que las hace es independiente al área auditada. Dicho personal es formado para realizar auditorias con objetividad y eficiencia teniendo como objetivos:

    • Verificar el cumplimiento de la Legislación.

    • Verificar el cumplimiento del Manual y Procedimientos del SGPRL.

    • Evaluar el nivel de gestión de los Riesgos Laborales existentes.

    Para la realización de estas auditorías la empresa dispone de un equipo de auditores interno multidisciplinar al que pertenecen trabajadores de todas las áreas.

    Los resultados de estas auditorías internas forman parte integrante de las actividades de revisión por la Dirección de la empresa.

    La empresa someterá su Sistema de Gestión de Riesgos Laborales a una auditoría externa cada cuatro años, tal y como prescriben los Art. 29 apartado 2 y el Art. 30, apartado 4 del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) y el Art. 30, apartado 6 de la Ley 31/1995 de P.R.L. o cuando así lo requiera la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de la Comunidad Autónoma Andaluza a la vista de los datos de siniestralidad o de otras circunstancias que pongan de manifiesto la necesidad de revisar los resultados de la última auditoría.

    Como la empresa desarrolla actividades preventivas con recursos propios y ajenos deberá someter su sistema de prevención al control de una auditoría externa y tendrá como objeto las actividades preventivas desarrolladas por el empresario con recursos propios y su integración en el sistema general de gestión de la empresa, teniendo en cuenta la incidencia en el sistema la forma mixta de organización y el modo en el que están coordinados los recursos propios y ajenos en el marco del plan de prevención de riesgos laborales (Art. 31 bis R.S.P. R.D. 39/1997).

    3. ESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SALUD.

    3.1. ESTRUCTURA, UBICACIÓN, RECURSOS, FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES.

    Para integrar la prevención en el proceso productivo y las líneas jerárquicas de la Empresa, como establece la normativa vigente, la actividad preventiva debe desarrollarse preferentemente con recursos propios. Por este motivo en PET LA RÁBIDA el Servicio de Prevención Ajeno da apoyo al resto de las modalidades de organización establecidas con recursos propios (trabajadores designados en este caso), ya que aunque se tiene desarrollada la estructura preventiva y se destinan medios y recursos adecuados no son suficientes y por eso la empresa acude a un servicio de prevención ajeno.

    Los trabajadores designados son los responsables en llevar a cabo la prevención, con las responsabilidades que define la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

    Estos trabajadores designados están integrados dentro del Área de Seguridad con un número de miembros igual a 2, un Coordinador de HSES y Salud perteneciente al grupo profesional de Técnico Superior y un Técnico de HSES y Salud perteneciente al grupo profesional de Tecnólogo y poseen la cualificación de Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales y están capacitados para realizar las funciones de nivel superior referidas en el Art. 37 del R.S.P. (R.D. 39/1997)

    Los trabajadores designados (Área de Seguridad) tienen independencia técnica y por tanto no pueden sufrir ningún perjuicio derivado de sus actividades de protección y prevención. Y para garantizar esta independencia, se disponen de las mismas garantías que el Estatuto de los Trabajadores otorga a los representantes de los trabajadores. Como contrapartida deben guardar sigilo profesional sobre la información a la que tienen acceso como consecuencia del desempeño de sus funciones. (Art. 30 Ley 31/1995 P.R.L.).

    Los trabajadores designados el tiempo necesario, ya que tienen dedicación exclusiva, para la realización de sus funciones. También los dota de los medios necesarios para el desarrollo adecuado de estas funciones: área de trabajo, instalaciones, equipos de medición y ensayo, etc.

    El Servicio de Prevención Ajeno será responsable de coordinar la prevención el las especialidades Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología y Medicina del Trabajo y la propia empresa coordinará la prevención en la especialidad de Seguridad y Salud.

    En la empresa concurren distintos recursos preventivos (trabajadores designados y miembros de Servicios de Prevención Ajenos) y éstos colaborarán entre sí en virtud del Art. 32 bis de la Ley 31/1995.

    El Área de Seguridad y Salud actúa en funciones relativas al diseño preventivo de los puestos de trabajo, la identificación y evaluación de riesgos, planes de prevención y planes de formación de los trabajadores.

    3.2. DETERMINACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DE LA SALUD .

    El SPA (Servicio de Prevención Ajeno) contratado por la empresa pose los medios humanos y materiales necesarios para realizar sus funciones:

    • Diseño, implantación y aplicación del plan de prevención permitiendo la integración de la prevención en la empresa.

    • Evaluación de factores de riesgo.

    • Planificación de la actividad preventiva.

    • Información y formación de los trabajadores.

    • Primeros auxilios y planes de emergencia.

    • Vigilancia de la salud.

    El Servicio Médico será responsable de velar por la salud de los trabajadores usando los medios y colaborando con los departamentos y entidades correspondientes. Cumplirá los requisitos de confidencialidad de los datos médicos personales establecidos en la normativa sanitaria aplicable.

    El Servicio Médico tiene como funciones principales:

    • Reconocimientos médicos periódicos para detectar posibles alteraciones debidas a los riesgos a los que se está expuesto durante el trabajo.

    • Promoción de la salud informando de temas sanitarios de interés.

    • Cursos de formación en salud.

    • Vigilancia especial a trabajadores especialmente sensibles.

    • Primeros auxilios mediante la asistencia rápida y eficaz que condiciona la evolución de la enfermedad.

    • Medicina asistencial tanto de accidentes como de enfermedades. Se llevará por parte del Servicio Médico un registro de las asistencias diarias.

    • Recuperación tras tratamientos médicos: rehabilitación.

    Se realizarán exámenes de salud específicos relativos a los riesgos inherentes al trabajo.

    Tipos de exámenes de salud:

    • Inicial al trabajo.

    • Periódicos.

    • Por modificación de las condiciones de trabajo.

    • Por reincorporación del trabajador tras una ausencia prolongada por motivos de salud.

    La atención de los accidentes de trabajo está asegurada con la Mutua de Accidentes de Trabajo, tanto en lo referente al tratamiento inmediato como a la posible rehabilitación del accidentado si fuera necesaria. Por otro lado será la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales la responsable legal de la asistencia médica a los empleados afectados por una enfermedad profesional o derivada del trabajo.

    Una vez el trabajador se ha incorporado a la empresa la evaluación de la salud inicial es obligatoria en empresas con riesgo de enfermedades profesionales (Art. 196, Normas específicas para enfermedades profesionales, de la Ley General Seguridad Social).

    Dicho artículo, en su apartado 1, 2 y 3 refleja que:

    1. Todas las empresas que hayan de cubrir puestos de trabajo con riesgo de enfermedades profesionales están obligadas a practicar un reconocimiento médico previo a la admisión de los trabajadores que hayan de ocupar aquéllos y a realizar los reconocimientos periódicos que para cada tipo de enfermedad se establezcan en las normas que, al efecto, dictará el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

    2. Los reconocimientos serán a cargo de la empresa y tendrán el carácter de obligatorios para el trabajador, a quien abonará aquélla, si a ello hubiera lugar, los gastos de desplazamiento y la totalidad del salario que por tal causa pueda dejar de percibir.

    3. Las indicadas empresas no podrán contratar trabajadores que en el reconocimiento médico no hayan sido calificados como aptos para desempeñar los puestos de trabajo de las mismas de que se trate. Igual prohibición se establece respecto a la continuación del trabajador en su puesto de trabajo cuando no se mantenga la declaración de aptitud en los reconocimientos sucesivos.

    4. EVALUACIÓN DE RIESGOS.

    4.1. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS.

    La evaluación de riesgos laborales es uno de los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de prevención en la empresa, junto con la planificación de la actividad preventiva (apartado 2 del Art. 16 Ley 31/1995 de P.R.L., transcripción de la Directiva Marco 89/391/CEE).

    La evaluación de riesgos es una de las técnicas analíticas activas (técnica que actúa antes de que se produzca el accidente) que trata de identificar los peligros existentes en los distintos puestos de trabajo, tareas y actividades de la empresa con objeto de poner las medidas adecuadas para que los accidentes no se materialicen.

    La evaluación de riesgos laborales queda definida en el artículo 3 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención como el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

    El artículo 16 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en relación a la evaluación de riesgos establece la obligatoriedad de realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores teniendo en cuenta, con carácter general la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajos existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Una evaluación igual deberá hacer el empresario con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo.

    La evaluación inicial tendrá en cuenta aquellas otras actuaciones que deban desarrollarse de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo.

    La evaluación de riesgos comporta la existencia de dos partes diferenciadas: el análisis de riesgos y la valoración de los mismos. El análisis de riesgos supone la identificación de los peligros asociados a las distintas actividades desarrolladas por el trabajador y la estimación del riesgo supone tener que valorar la probabilidad y las consecuencias de que se materialice el riesgo. La valoración del riesgo se hace de manera posterior al análisis, y con el orden de magnitud que se ha obtenido para cada riesgo se emite un juicio sobre la tolerabilidad o no del mismo hablándose en caso de ser un riesgo controlado de la finalización de la evaluación de dicho riesgo. Cualquier cambio significativo en el proceso conducirá de forma inexorable a una revisión de dicha evaluación, por lo que se trata de un proceso continuo y vivo en el seno de la empresa acorde con el apartado a del párrafo 2 del artículo 16 de la Ley 31/1995 P.R.L.

    En caso de que la evaluación del riesgo resultase no tolerable la empresa pondrá las medidas necesarias para controlarlo reduciéndolo por modificaciones en el proceso, producto o máquina. PET LA RÁBIDA, verificará periódicamente las medidas de control tomadas en caso de riesgos no tolerables. Al conjunto de evaluación de riesgo y control del riesgo la denominaremos Gestión del Riesgo.

    En el diagrama de flujo se observan todos los pasos que va a seguir PET LA RÁBIDA para gestionar los riesgos encontrados en el proceso productivo.

    'Prevenci�n de Riesgos Laborales'

  • DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO EMPLEADO.

  • Para evaluar los riesgos asociados al trabajo realizado en PET LA RÁBIDA, la empresa se ciñe al Art. 5 del Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el R.S.P.

    A partir de la información obtenida sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos de trabajo existentes en la empresa y sobre el estado de salud de los trabajadores, se procederá a la determinación de los elementos peligrosos y a la identificación de los trabajadores expuestos a los mismos, valorando a continuación el riesgo existente en función de criterios objetivos de valoración, según los conocimientos técnicos existentes, o consensuados con los trabajadores, de manera que se pueda llegar a una conclusión sobre la necesidad de evitar o de controlar y reducir el riesgo. El procedimiento de evaluación usado proporcionará confianza sobre su resultado y en caso de duda se adoptarán las medidas preventivas más favorables, desde el punto de vista de prevención.

    La evaluación incluirá la realización de mediciones, análisis o ensayos necesarios salvo que con la directa apreciación de un profesional acreditado sea suficiente para tener una conclusión sin tener que realizar dichas pruebas. En cualquier caso, si existiese normativa específica de aplicación, el procedimiento de evaluación deberá ajustarse a las condiciones concretas establecidas en la misma.

    Si la evaluación exije la realización de mediciones, análisis o ensayos y la normativa no indique o concrete los métodos que deban emplearse, o cuando los criterios de evaluación contemplados en dicha normativa deban ser interpretados o precisados a la luz de otros criterios de carácter técnico, utilizaremos, en caso de que existan, los métodos o criterios recogidos en:

    • Normas UNE.

    • Guías del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, del Instituto Nacional de Silicosis y Consumo, así como de Instituciones competentes de las Comunidades Autónomas.

    • Normas Internacionales.

    • En ausencia de los anteriores, guías de otras entidades de reconocido prestigio en la materia u otros métodos o criterios profesionales descritos documentalmente que cumplan lo establecido en el párrafo del apartado 2 del Artículo 5 del R.D. 39/1997 del R.S.P. y proporcionen un nivel de confianza equivalente.

    A la hora de efectuar una evaluación de riesgos nos podemos encontrar con alguna de las siguientes alternativas:

    • Riesgos para los que existe una Legislación específica.

    • Riesgos para los que no existiendo una Legislación específica, si existen Normas Internacionales, europeas, nacionales o de Organismos Oficiales u otras Entidades de reconocido prestigio.

    • Riesgos que precisan métodos de evaluación especiales.

    • Riesgos de carácter general.

    - Evaluación de riesgos para los que existe una Legislación específica:

    Muchos de los peligros que se pueden presentar en un puesto de trabajo derivan de las propias instalaciones y equipos, tal es el caso del peligro de explosión de aparatos a presión, el derivado de las instalaciones eléctricas, etc. Para muchos de ellos se ha desarrollado una Legislación específica, bien nacional, autonómica o local, que regula las características que se deben cumplir.

    Los citados Reglamentos regulan una serie de características de obligado cumplimiento, tales como la autorización para la puesta en servicio, las revisiones periódicas, las inspecciones, así como las características que han de reunir los instaladores autorizados.

    El cumplimiento de dichas legislaciones supone que los riesgos derivados de dichas instalaciones o equipos, están controlados, por lo que no se considera necesario el realizar una evaluación, sino que se debe asegurar que se cumplen estrictamente todos los requisitos que recoge la legislación.

    Existen también otras legislaciones que regulan estrictamente el procedimiento de evaluación y control de determinados riesgos.


    - Evaluación de riesgos para los que no existiendo una Legislación específica, sí existen normas, guías, etc:

    En muchas ocasiones nos encontramos que para la evaluación de riesgos existen Normas (nacionales o internacionales) o guías técnicas (de Organismos Oficiales o Entidades oficiales de reconocido prestigio), que establecen el procedimiento de evaluación e incluso en algunos casos, los niveles máximos de exposición recomendados.

    - Evaluación de riesgos que precisan métodos de evaluación especiales:

    Existen actividades que pueden ser origen de grandes y graves accidentes debido a explosiones, incendios, escapes, etc, lo que ha motivado el desarrollo de métodos específicos de análisis, fundamentalmente en la industria química, y que son recogidos como exigencia en determinadas legislaciones.

    Algunos de estos métodos se basan en análisis probabilísticos de riesgos, y se utilizan también para el análisis de los sistemas de seguridad en máquinas y distintos procesos industriales.

    - Evaluación de riesgos de carácter general:

    Permite evaluar aquellos riesgos de peligros a los que no son aplicables las anteriores metodologías. El método parte de una clasificación de las actividades del trabajo, requiriendo posteriormente toda la información que sea necesaria en cada actividad. Luego se procede al análisis de riesgos, identificando peligros y estimando riesgos para luego proceder a valorarlos para determinar si son o no son tolerables y finalmente controlar los riesgos haciendo posteriormente un seguimiento de las actividades preventivas impuestas en caso de que fuese necesario.

    En PET LA RÁBIDA la mayoría de los riesgos se evaluarán mediante el método general que se describe a continuación.

    1.- Clasificación de las actividades de trabajo: es el primer paso a la evaluación de riesgos y consiste en preparar una lista de actividades de trabajo agrupadas de forma racional y manejable.

    A continuación, se obtendrá para cada una de las actividades el máximo de información posible.

    2.- Identificación de peligros: consiste identificar los peligros que pueden actuar sobre cada uno de los trabajadores en cada una de las actividades. Para llevar a cabo la identificación habrá que preguntarse:

    ¿Existe una fuente de daño?
    ¿Qué o qué puede ser dañado?
    ¿Cómo puede ocurrir el daño?

    Para identificar dichos peligros es útil el categorizarlos en distintas formas, como por ejemplo por temas, mecánicos, eléctricos, incendios, explosiones, radiaciones, sustancias, etc.

    3.- Estimación del riesgo: para cada uno de los peligros identificados se deberá estimar el riesgo, determinando la Severidad del daño (Consecuencias) y la Probabilidad de que ocurra el daño.

    Para determinar la Severidad del daño, deberá de considerarse lo siguiente:

    - Partes del cuerpo que se verían afectadas.
    - Naturaleza del daño, graduándolo desde ligeramente dañino a extremadamente dañino.

    Como ejemplos de la Severidad se tiene:

    a) Ligeramente dañino: Daños superficiales, como cortes y pequeñas magulladuras, irritaciones de ojos por polvo. Molestias e irritación, como dolor de cabeza, etc.
    b) Dañino: Laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores. Sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos, enfermedades que conducen a incapacidad menor.
    c) Extremadamente dañino: Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales. Cáncer y otras enfermedades.

    En cuanto a la Probabilidad de que ocurra el daño, se puede graduar desde baja a alta según el siguiente criterio:

    a) Probabilidad Alta: El daño ocurrirá siempre o casi siempre.
    b) Probabilidad Media: El daño ocurrirá en algunas ocasiones.
    c) Probabilidad Baja: El daño ocurrirá raras veces.

    A la hora de establecer la Probabilidad del Daño, se deberá considerar si las medidas de control ya implantadas son adecuadas, los requisitos legales, etc.

    Además se deberá considerar lo siguiente:

    - Trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Frecuencia de la exposición al peligro.

    - Fallos en el servicio, por ejemplo; electricidad y agua.
    - Fallos en los componentes de las instalaciones y de las máquinas, sí como en los dispositivos de protección.
    - Exposición a elementos.
    - Protección de EPI´s y tiempo de utilización de los mismos.
    - Actos inseguros de las personas, tanto errores involuntarios como violaciones intencionadas.

    Finalmente el cuadro siguiente permite estimar los Niveles de Riesgo de acuerdo con su Probabilidad estimada y sus Consecuencias esperadas.

    CONSECUENCIAS

    LIGERAMENTE DAÑINO

    DAÑINO

    EXTREMADAMENTE DAÑINO

    PROBABILIDAD

    BAJA

    RIESGO TRIVIAL

    RIESGO TOLERABLE

    RIESGO MODERADO

    MEDIA

    RIESGO TOLERABLE

    RIESGO MODERADO

    RIESGO IMPORTANTE

    ALTA

    RIESGO MODERADO

    RIESGO IMPORTANTE

    RIESGO INTOLERABLE

    4.- Valoración del riesgo: La anterior tabla nos permite determinar los niveles de riesgo, formando la base para decidir si se requiere mejorar los controles existentes o implantar unos nuevos, así como determinar en el tiempo las actuaciones.

    Para poder tomar una decisión, se deberá contar con un criterio, estableciendo este método, el siguiente:

    Riesgo

    Acción y temporización.

    Trivial (T)

    No se requiere acción específica. No se necesita guardar documentación.

    Tolerable (TO)

    No se necesita mejorar la acción preventiva, sin embargo se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control.

    Moderado (M)

    Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, pero debe de determinarse y limitarse las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un período de tiempo determinado. Cuando el riesgo moderado esta asociado con consecuencias extremadamente dañinas, se precisará una acción posterior para establecer, con más precisión, la probabilidad de daño como base para determinar la necesidad de mejora de las medidas de control.

    Importante (I)

    No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para reducir el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo inferior al de los riesgos moderados.

    Intolerable (IN)

    No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo.

    5.- Plan de control del riesgo: si al hacer la evaluación de riesgos necesitamos aplicar un control sobre el mismo, tendremos que planificar la implantación de las medidas de control necesarias. El método de control que tomaremos se basará en los siguientes principios: combatir los riesgos en origen, adaptar el trabajo a la persona, tendremos en cuenta la evolución técnica, sustituiremos lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, adoptaremos las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual y daremos instrucciones a los trabajadores para que realicen el trabajo de manera que controlen los riesgos inherentes al mismo.

    6.- Revisión del plan: el plan de actuación para el control de riesgos será revisado teniendo en cuenta lo siguiente:

    - Si los nuevos sistemas de control de riesgos conducirán a niveles de riesgo aceptables.
    - Si los nuevos sistemas de control han generado nuevos peligros.
    - La opinión de los trabajadores sobre la necesidad y la operatividad de las nuevas mediadas de control.

    La evaluación de riesgos es un proceso continuo por lo que se revisará de manera continua y se modificará en caso necesario. Dicha evaluación se revisará si cambian las condiciones de trabajo y con esto varían los peligros y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. (Art. 16 Ley 31/1995 de P.R.L.).

    La Ficha de Evaluación de Riesgos se corresponde con la propuesta en el método ERL, con la diferencia de la inclusión de una columna destinada a una reseña no exhaustiva de los factores de riesgo asociados.

    La Ficha de Medidas Preventivas, se corresponde con la similar expuesta en el método ERL.

    La presente evaluación inicial de riesgos, contiene la totalidad de los riesgos encontrados en la empresa, que han sido evaluados siguiendo la metodología editada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, bajo

    el título de EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES (ERL), siguiendo lo que se denomina en ella "evaluación general de riesgos".

    No obstante, dentro de los riesgos incluidos, cabe indicar que dicha valoración consiste en una valoración preliminar, para los riesgos higiénicos, en el caso de que se considerase necesaria la realización de mediciones, lo que se indicaría en la presente, y que sería objeto de una evaluación de riesgos específica, realizada, bien siguiendo los criterios incluidos en la legislación vigente, en caso de que existan referencias a la metodología a emplear en su realización y/o a los criterios de referencia a emplear, o bien , en caso contrario, siguiendo lo indicado en lo referente a metodología de evaluación y/o a los criterios de referencia a emplear.

    Así mismo, para riesgos contemplados en la legislación vigente sobre seguridad industrial, no se ha realizado propiamente la evaluación de los riesgos, sino que se han establecido los mecanismos para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicha legislación.

    4.3. CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE TRABAJO.

    Se realizará la evaluación de los 5 puestos de trabajo siguientes, en PET LA RÁBIDA:

    • Operador Técnico de Fabricación del área de Servicios, en campo.

    • Operador Técnico de Fabricación, panel de Fase Sólida.

    • Apoyo técnico a Laboratorio.

    • Apoyo Administrativo Calidad.

    • Jefe de Recursos Humanos.

    Para cada puesto de los 5 elegidos analizaremos los siguientes apartados:

    1.- Las funciones y responsabilidades que se desempeñan en cada puesto de

    trabajo, así como las tareas a realizar, su duración y frecuencia.

    2.- Lugares en los cada uno de los 5 trabajadores realiza el trabajo.

    3.- Formación que tiene el trabajador sobre la ejecución de las tareas y los posibles peligros a que puede estar sometiéndose.

    4.- Instalaciones, máquinas y equipos que utiliza.

    5.- Tamaño, peso, forma de los materiales y productos que de manera manual pueda manipular o cargar, así como la distancia y altura a la que los debe trasladar.

    6.- Máquinas movidas a motor que pueda utilizar.

    7.- Energías que se puedan utilizar en el lugar de trabajo y en las máquinas que

    deben manejarse en los 5 puestos de trabajo (electricidad, aire comprimido, etc.)

    8.- Requisitos de la legislación vigente sobre la forma de realizar el trabajo, si

    existieran.

    9.- Medidas de control existentes y si hay datos recopilados sobre accidentes e

    incidentes.

    OPERADOR DE CAMPO DE SERVICIOS AUXILIARES

    El operador de campo de Servicios Auxiliares realiza su trabajo en la planta baja del edificio de producción y en las zonas colindantes en las que hay equipos de generación y/o distribución de los Servicios Auxiliares a las demás áreas de producción (parque de tanques, aire de Instrumentos, torre de refrigeración, zona de carga/descarga de PTA/IPA). El acceso a los distintos suministros requiere el uso de escaleras de gato, tramos de escaleras fijas con barandillas y recorridos por los racks de tuberías que poseen líneas de vida. La carga/descarga de contenedores de PTA/IPA no requiere que el operador suba a nivel superior del suelo.

    El trabajo se realiza al aire libre y/o en almacén de materias primas. El puesto requiere de una formación específica en manejo de carretillas elevadoras, en arranque/paro de equipos eléctricos, manejo de tuberías y equipos presurizados, manejo de herramientas manuales para apertura/cierre de válvulas y los peligros asociados a esta actividad.

    Los materiales a manejar pueden ser relativamente pesados, aunque su

    transporte y elevación se realizarán mediante medios auxiliares y maquinaria

    específica como traspaletas eléctricas, polipastos manual y automático.

    En el puesto se utiliza la energía eléctrica para alimentar los equipos del área, así como aire comprimido y vapor de calentamiento.

    No hay requisitos especiales de legislación para la realización de las tareas de este puesto de trabajo.

    No existe información acumulada de accidentes o incidentes anteriores, al no haberse producido hasta la fecha.

    Su jornada laboral es de 12 h en turnos rotativos de mañanas y noches dispuestos aís: 4 mañanas - 6 días de descanso - 4 noches - 6 días de descanso, en horario de 7:30 h a 19:30 h para las mañanas y 19:30 h a 7:30 h para las noches.

    Las tareas a realizador por el operador se relacionan a continuación:

    • Patrullas por el área, a las que se accede por escaleras con barandilla o escaleras de gato con protección frente a caídas.

    • Descarga de contenedores de PTA/IPA al sistema, realizando dicho trabajo a nivel del suelo.

    • Cambios de bombas, según lo requiera el proceso de producción, de productos como: EG, agua y condensado de vapor.

    • Limpieza de rejillas de succión de las bombas de la Torre de Refrigeración, haciendo uso de un equipo elevador de las mismas.

    • Uso de mangueras de agua/aire/vapor para labores de limpieza o trasvase de productos entre tanques o depósitos. Normalmente el contenido de dichos depósitos es EG.

    • Fleje y apilamiento de palets con bidones de residuos contaminados con EG o materiales con hidrocarburos.

    • Apertura y cierre de las distintas válvulas de proceso que contienen productos como: EG, agua, vapor, nitrógeno, aire, PTA, IPA, aceite térmico, gas natural y gas residual. Utiliza para ello llaves válvulas para minimizar el esfuerzo. En las válvulas de difícil acceso usará arnés de seguridad y en caso de que la zona tenga línea de vida, la usará.

    • Cambio de filtros que contienen EG con vapores orgánicos de algunos aditivos como tóner, antimonio o IPA.

    • Movimiento de sacas con polvo de PTA /IPA y de bidones con EG o aceite térmico, mediante el uso de carretillas.

    • Toma de muestras de EG, usará pantalla facial para evitar salpicaduras.

    • Detección de derrames/fugas de productos dentro del área como PTA y EG y su recogida con absorbente y posterior envasado en bidones.

    • Utilización de los distintos procedimientos existentes para la realización de las distintas tareas que son de su responsabilidad, observando en todo momento las medidas de seguridad especificadas en los mismos.

    • Realización de patrullas de seguridad (duchas y lavaojos).

    • Uso de equipos informáticos para el archivo, la impresión y el rellenado de los procedimientos y patrullas de su área.

    • Uso de pantallas de datos, impresora, etiquetadora, taladradora, grapadora.

    Para todas estas tareas el operador de servicios auxiliares ha recibido formación centrada específicamente en el puesto de trabajo y en la función a realizar, además de trabajar con listas de chequeo en los que se le indican el modo de operación y las medidas de seguridad a tomar, en base al artículo 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales que obliga al empresario a garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñen o se introduzcan cambios en los equipos de trabajo.

    OPERADOR TÉCNICO DE FABRICACIÓN DE PANEL DE FASE SÓLIDA.

    El trabajo del operador de panel de Fase Sólida consiste en mantener las condiciones del proceso de fabricación del área dentro de los límites de control establecidos. Así como resolver las incidencias que tengan lugar durante el proceso de fabricación de éste área.

    El operador de panel de fase sólida de PET LA RÁBIDA realiza su trabajo en el edificio de producción dentro de una zona acondicionada para ello (sala de control ). Está situada en una entreplanta entre la primera y la segunda planta, a la que se accede mediante escaleras fijas con barandillas. En la sala de control se trabaja con iluminación artificial y no dispone de ventanas al exterior.

    El puesto requiere de una formación específica sobre control distribuído y

    operación del panel de control y los peligros asociados a esta actividad.

    En sus tareas no se contempla el uso de maquinaria o equipos distintos de los utilizados por personal administrativo, es decir, ordenadores personales, PVD, fotocopiadoras, etc.

    Los materiales a manejar normalmente son de carácter liviano, no debiendo transportar ni elevar cargas pesadas, salvo en ocasiones puntuales.

    No se utilizan máquinas movidas a motor en este puesto de trabajo.

    En el puesto se utiliza la energía eléctrica para alimentar equipos de oficina y

    consolas de datos.

    No hay requisitos especiales de legislación para la realización de las tareas de este puesto de trabajo.

    No existe información acumulada de accidentes o incidentes anteriores, al no haberse producido hasta la fecha.

    Su jornada laboral es de 12 h en turnos rotativos de mañanas y noches dispuestos como sigue: 4 mañanas - 6 días de descanso - 4 noches - 6 días de descanso, en horario de 7:30 h a 19:30 h para las mañanas y 19:30 h a 7:30 h para las noches.

    Dentro de las labores a realizar por el operador de panel de fase sólida se encuentran:

    • La sala de control se sitúa en la primera plante del edificio de producción. El acceso a la sala de control se realiza por escaleras con barandilla.

    • Realización de patrullas de inspección recorriendo diversas pantallas de ordenador que representan el estado del proceso.

    • Vigilancia y control del proceso mediante seguimiento en las pantallas de ordenador de las distintas alarmas, parámetros, interlocks y controles del proceso.

    • Utilización de los distintos procedimientos existentes para la realización de las distintas tareas que son su responsabilidad.

    • Archivar, imprimir, rellenar y fotocopiar los procedimientos y patrullas utilizados.

    • Ponerse en comunicación con el operador de fase sólida para realizar en campo las tareas necesarias para el control del proceso: cambio de bombas, cambio de soplantes, regulaciones de flujos, arranque/paro de equipos, etc. Realiza las instrucciones que le envíe el Jefe de Turno.

    APOYO TÉCNICO A LABORATORIO.

    El trabajo del Apoyo técnico de Laboratorio consiste en realizar la supervisión de los Operadores del área de laboratorio, comprobar el buen funcionamiento de los equipos del laboratorio para que los resultados que se den a Operaciones sean fiables.

    El trabajo se realiza bajo luz artificial en el despacho habilitado dentro del edificio del laboratorio y con luz artificial en el laboratorio aunque hay ventanas al exterior.

    El puesto requiere de una formación específica sobre realización de ensayos, uso de equipos de análisis y manejo de reactivos químicos y los peligros asociados a esta actividad.

    En sus tareas se contempla el uso de equipos específicos de análisis, así como los utilizados por personal administrativo, es decir, ordenadores personales, PVD, fotocopiadoras, etc.

    Los materiales a manejar normalmente son de carácter liviano, no debiendo transportar ni elevar cargas pesadas, salvo en ocasiones puntuales.

    En el puesto se utiliza la energía eléctrica para alimentar los equipos de análisis y ofimáticos.

    No hay requisitos especiales de legislación para la realización de las tareas de

    este puesto de trabajo.

    No existe información acumulada de accidentes o incidentes anteriores, al no haberse producido hasta la fecha.

    Las tareas que realiza son las siguientes:

    • Comprobación del buen funcionamiento de los equipos mediante le calibración de los mismos.

    • Cambio de piezas interiores de algunos equipos (cromatógrafos, equipos de valoración, etc). Algunos de los equipos están a alta temperatura.

    • Realización de algunos ensayos químicos cuando haya que hacer ajustes en las tablas de calibración de los mismos.

    • Mantener reuniones con el responsable del laboratorio para informarle de las incidencias en equipos y/o ensayos.

    • Cambio de botellas de gases, de manera esporádica.

    • Utilización de equipos informáticos para la gestión del trabajo, de tipo administrativo o de tipo técnico (equipos de muestreo).

    • Redacción de procedimientos de trabajo.

    Los ensayos que realiza el apoyo técnico de laboratorio se realizan bajo procedimientos documentados con las medidas de seguridad necesarias detalladas en los mismos. Uso de guantes, mandiles, pantalla facial, manguitos para los antebrazos, gafas de seguridad, etc.

    Los productos químicos que se usan para poder realizar los ensayos son los siguientes:

    • Nitrógeno líquido.

    • Metóxido sódico, Diclorometano, Mezcla Ortocresol- Diclorometano e Isopropanol/Agua.

    • Hidróxido Potásico, BSTFA, Piridina y n-propanol.

    El Apoyo Técnico de Laboratorio desarrolla su actividad en el edificio de Laboratorio, que es independiente y que se sitúa junto al edificio de Producción.

    La jornada laboral es de 8 h. de lunes a viernes en jornada continua de 08:00 a 16:30 , con un descanso de 30 minutos para almorzar en la cocina habilitada para ello en el edificio de oficinas, a escasos metros del edificio de laboratorio. El trabajo desarrollado se realiza sentado más de 4 horas al día y de pie en caso de realización del trabajo no administrativo.

    APOYO ADMINISTRATIVO ÁREA DE CALIDAD

    El apoyo administrativo de PET LA RÁBIDA desarrolla su labor profesional en un edificio independiente y alejado del edificio de producción.

    El trabajo en su mayoría se desarrolla en un despacho con iluminación artificial, aunque existen ventanas al exterior, en el edificio de oficinas.

    El puesto requiere de una formación específica sobre la política de calidad, seguridad y medio ambiente de la empresa. Los peligros a los que está sometido son los propios de un puesto administrativo.

    En sus tareas no se contempla el uso de maquinaria o equipos distintos de los utilizados por el personal administrativo, es decir, ordenadores personales, PVD, fotocopiadoras, etc.

    Los materiales a manejar normalmente son de carácter liviano, no debiendo transportar ni elevar cargas pesadas, salvo en ocasiones puntuales.

    No se utilizan máquinas movidas a motor en este puesto de trabajo.

    En el puesto se utiliza la energía eléctrica para alimentar equipos de oficina.

    No hay requisitos especiales de legislación para la realización de las tareas de este puesto de trabajo.

    No existe información acumulada de accidentes o incidentes anteriores, al no haberse producido hasta la fecha.

    La jornada laboral es de 8 h. de lunes a viernes en jornada partida de 9:00h a 14:00h y de 15:00h a 18:00h.

    El trabajo que desarrolla se describe a continuación:

    • Utilización de equipos informáticos para redactar e imprimir la documentación de calidad, seguridad y medioambiente.

    • Fotocopiar documentación relacionada con sus responsabilidades.

    • Archivar documentación en papel.

    • Plastificar la documentación correspondiente.

    • Archivar las copias controladas de la documentación de calidad en la sala de control del edificio de producción al que se accede por escaleras con barandilla.

    JEFE DE RECURSOS HUMANOS

    El jefe de Recursos Humanos de PET LA RÁBIDA desarrolla su labor profesional en un edificio independiente y alejado del edificio de producción con visitas esporádicas al edificio de producción. Para el acceso al edificio de oficinas no es necesario el uso de escaleras.

    El trabajo en su mayoría se desarrolla en despacho con iluminación artificial, aunque existen ventanas al exterior.

    El puesto requiere de una formación específica acorde con el cargo de supervisión que realiza.

    Los peligros a los que está sometido son los de un puesto administrativo además de los inherentes a las visitas al edificio de producción en las que accede a las mismas a través de escaleras con barandillas.

    En sus tareas no se contempla el uso de maquinaria o equipos distintos de los utilizados por el personal administrativo, es decir, ordenadores personales, PVD, fotocopiadoras, etc.

    Los materiales a manejar son de carácter liviano, no debiendo transportar ni elevar cargas pesadas.

    No se utilizan máquinas movidas a motor en este puesto de trabajo.

    En el puesto se utiliza la energía eléctrica para alimentar equipos de oficina.

    No hay requisitos especiales de legislación para la realización de las tareas de este puesto de trabajo.

    No existe información acumulada de accidentes o incidentes anteriores, al no haberse producido hasta la fecha.

    La jornada laboral es de 8 h. de lunes a viernes en jornada partida de 9:00h a 14:00h y de 15:00h a 18:00h.

    Su trabajo se describe a continuación:

    • Utilización de equipos informáticos para la gestión del departamento.

    • Fotocopiar y archivar documentación en papel.

    • Mantener reuniones con el personal para informar de novedades, tanto en el edificio de oficinas como en el de producción.

    • El acceso al edificio de producción se realiza mediante escaleras con barandilla.

    4.4. EVALUACIÓN DE RIESGOS DE LOS CINCO PUESTOS ELEGIDOS.

    Se seguirá el método general de evaluación de riesgos ( la metodología editada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, bajo el título de EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES siguiendo lo que se denomina en ella "evaluación general de riesgos" ) para los peligros a los que no se le puedan aplicar las metodologías recogidas en el apartado 4.2. de ésta memoria.

    Para realizar la evaluación de riesgos por el método general se analizarán los riesgos de cada puesto y posteriormente se valorarán los mismos.

    Para analizar los riesgos identificaremos los peligros asociados a las tareas desarrolladas en cada puesto y estimaremos el riesgo en función de la probabilidad y las consecuencias de que se materialice el riesgo.

    Para valorar los riegos determinaremos si son o no tolerables para controlarlos si no son tolerables. Se el riesgo es tolerable se tratará de un riesgo controlado y se habrá finalizado la evaluación de dicho riesgo. Por último se presentarán las medidas preventivas oportunas en función de las evaluaciones realizadas y habrá que realizar un seguimiento posterior de las actividades preventivas impuestas.

    La Ficha de Evaluación de Riesgos se corresponde con la propuesta en el método ERL, con la diferencia de la inclusión de una columna destinada a una reseña de los factores de riesgo asociados.

    4.4.1. Identificación de los peligros.

    Los peligros que se han identificado durante las visitas a los lugares de trabajo de los 5 puestos a evaluar han sido:

    PELIGRO IDENTIFICADO

    1

    Caída de personas al mismo nivel.

    2

    Caída de persona en un mismo nivel durante el desplazamiento por el lugar de trabajo.

    3

    Caída de personas a distinto nivel por ascenso y descenso por escaleras de gato.

    4

    Caída de personas a distinto nivel en circulación por escaleras fijas.

    5

    Caída de personas a distinto nivel por el uso de escaleras manuales.

    6

    Caída de objetos durante la manipulación manual de cargas

    7

    Caída de objetos desprendidos procedentes de niveles superiores de altura.

    8

    Pisadas de objetos en el suelo en las inmediaciones del lugar de trabajo.

    9

    Golpes contra equipos, líneas de tuberías, etc.

    10

    Golpes, cortes y/o amputaciones durante el trabajo por máquinas o herramientas manuales

    11

    Estrés térmico

    12

    Choque contra objetos inmóviles..

    13

    Atrapamiento por o entre objetos

    14

    Atrapamiento por maquinaria

    15

    Atrapamiento por vuelco de la carretilla o traspaleta manual.

    16

    Proyección de fragmentos al trabajar con herramientas manuales.

    17

    Sobreesfuerzo durante la manipulación de cargas manuales.

    18

    Contactos con superficies de equipos o productos químicos calientes.

    19

    Contactos eléctricos como usuarios de las instalaciones y equipos de trabajo

    20

    Inhalación, contacto o ingestión de EG por fugas o derrames.

    21

    Inhalación, contacto o ingestión de PTA por fugas o derrames.

    22

    Inhalación, contacto o ingestión de DEG por fugas o derrames.

    23

    Inhalación, contacto o ingestión de IPA por fugas o derrames.

    24

    Inhalación, contacto o ingestión de Therminol 66 por fugas o derrames.

    25

    Inhalación, contacto o ingestión de Dowtherm por fugas o derrames.

    26

    Inhalación, contacto o ingestión de Nitrógeno por fugas o derrames.

    27

    Inhalación, contacto o ingestión de Vapor por fugas o derrames.

    28

    Explosión o deflagración

    29

    Incendio.

    30

    Accidentes in itinere

    31

    Exposición a temperaturas extremas por trabajo a la intemperie

    32

    Enfermedad profesional producida por agentes químicos

    33

    Enfermedad profesional producida por agentes físicos (ruído)

    34

    Exposición a vapores orgánicos de EG, DEG, CHDM, Dowtherm, Therminol A

    35

    Exposición a contaminantes químicos

    36

    Ruido durante la realización de trabajos en planta

    37

    Ruido durante la utilización de la carretilla.

    38

    Vibración en la conducción de la carretilla

    39

    Fatiga postural

    40

    Carga de trabajo físico: carga postural de pie

    41

    Exposición a radiofrecuencias al comunicar con el panel mediante la radio

    42

    Exposición a radiaciones ionizantes: RX´s durante ensayo de laboratorio

    43

    Exposición a radiaciones ionizantes: infrarrojos durante ensayo de laboratorio

    44

    Trastornos muscoesqueléticos.

    45

    Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD)

    46

    Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

    47

    Insatisfacción, disconfort o fatiga.

    48

    Caída de objetos por desplome de repisas, archivos y similares.

    49

    Golpes contra mobiliario y equipamiento

    50

    Golpes o cortes con tijeras, grapadoras, etc

    51

    Atrapamientos por destructoras de papel, impresoras o fotocopiadoras

    52

    Contacto con superficies calientes en el uso de plastificadoras

    53

    Incendio por presencia de productos combustibles como el papel

    54

    Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras

    55

    Accidente por causa no codificada

    Para cada uno de los 5 puestos a evaluar se ha elaborado una tabla con los peligros identificados, la legislación aplicable en cada puesto y el método de evaluación empleado:

    • Operador Técnico de Fabricación del área de Servicios, en campo.

    • Operador Técnico de Fabricación, panel de Fase Sólida.

    • Apoyo técnico a Laboratorio.

    • Apoyo Administrativo Calidad.

    • Jefe de Recursos Humanos.

    • PUESTO DE TRABAJO: Operador Técnico de Fabricación del área de Servicios, en campo

      PELIGRO IDENTIFICADO

      LEGISLACIÓN APLICABLE

      EVALUACIÓN SEGÚN

      1

      Caída de personas al mismo nivel.

      R.D 486/1997

      Método General

      2

      Caída de persona en un mismo nivel durante el desplazamiento por el lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      3

      Caída de personas a distinto nivel por ascenso y descenso por escaleras de gato.

      R.D 486/1997

      Método General

      4

      Caída de personas a distinto nivel en circulación por escaleras fijas.

      R.D 486/1997

      Método General

      5

      Caída de personas a distinto nivel por el uso de escaleras manuales.

      R.D 486/1997

      Método General

      6

      Caída de objetos durante la manipulación manual de cargas

      R.D 486/1997

      Método General

      7

      Caída de objetos desprendidos procedentes de niveles superiores de altura.

      R.D 486/1997

      Método General

      8

      Pisadas de objetos en el suelo en las inmediaciones del lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      9

      Golpes contra equipos, líneas de tuberías, etc.

      R.D 486/1997

      Método General

      10

      Golpes, cortes y/o amputaciones durante el trabajo por máquinas o herramientas manuales

      R.D. 1435/1992

      R.D. 56/1995

      R.D. 1215/1997

      Método General

      11

      Estrés térmico

      R.D. 486/1997

      NTP 279: Ambiente térmico y deshidratación

      Medición. UNE EN ISO 7730/2006

      12

      Choque contra objetos inmóviles..

      R.D 486/1997

      Método General

      13

      Atrapamiento por o entre objetos

      R.D 486/1997

      Método General

      14

      Atrapamiento por maquinaria

      R.D. 1215/1997

      Método General

      15

      Atrapamiento por vuelco de la carretilla o traspaleta manual.

      R.D. 1215/1997

      NTP 319: Traspaletas manuales

      Método General

      16

      Proyección de fragmentos al trabajar con herramientas manuales.

      ---------------------

      Método General

      17

      Sobreesfuerzo durante la manipulación de cargas manuales.

      R.D 487/1997

      Método General

      18

      Contactos con superficies de equipos o productos químicos calientes.

      R.D. 1215/1997

      Método General

      19

      Contactos eléctricos como usuarios de las instalaciones y equipos de trabajo

      R.D. 842/2002 R.E.B.T

      Cumplimiento R.E.B.T.

      20

      Inhalación, contacto o ingestión de EG por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      21

      Inhalación, contacto o ingestión de PTA por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      22

      Inhalación, contacto o ingestión de DEG por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      23

      Inhalación, contacto o ingestión de IPA por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      24

      Inhalación, contacto o ingestión de Therminol 66 por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      25

      Inhalación, contacto o ingestión de Dowtherm por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      26

      Inhalación, contacto o ingestión de Nitrógeno por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      27

      Inhalación, contacto o ingestión de Vapor por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      28

      Explosión o deflagración

      R.D. 1942/1993

      Método General

      29

      Incendio.

      R.D. 1942/1993

      Método General

      30

      Accidentes in itinere

      Código de circulación

      Método General

      31

      Exposición a temperaturas extremas por trabajo a la intemperie.

      REAL DECRETO 486/1997

      Medición

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      REAL DECRETO 1299/2006

      Medición

      33

      Enfermedad profesional producida por agentes físicos (ruído)

      REAL DECRETO 1299/2006

      Medición

      34

      Exposición a vapores orgánicos de EG, DEG, CHDM, Dowtherm, Therminol A

      R.D. 374/2001

      Norma UNE EN 689

      Verificación niveles

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      R.D. 374/2001

      Norma UNE EN 689

      Verificación niveles

      NTP 749

      36

      Ruido durante la realización de trabajos en planta.

      R.D. 1316/1989

      Verificación de niveles

      37

      Ruido durante la utilización de la carretilla.

      R.D. 1316/1989

      Verificación niveles

      38

      Vibración en la conducción de la carretilla

      DIRECTIVA 2002/44/CE

      REAL DECRETO 56/1995

      NORMA ISO 2631-1:1997

      39

      Fatiga postural

      REAL DECRETO 486/1997

      NTP 177: Carga física de trabajo.

      NTP 601: Evaluación condiciones de trabajo: carga postural.

      41

      Exposición a radiofrecuencias al comunicar con el panel mediante la radio.

      REAL DECRETO 1066/2001

      Medición

      NTP 234, NTP 522, NTP 523

      44

      Trastornos muscoesqueléticos.

      R.D 487/1997

      Método General

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      REAL DECRETO 488/1997

      Método general

      Cumplimiento

      RD 488/1997. NTP 232. P.V.D.: fatiga postural.

      47

      Insatisfacción, disconfort o fatiga.

      R.D 486/1997

      Método General

      50

      Golpes o cortes con tijeras, grapadoras, etc

      R.D 486/1997

      Método General

      51

      Atrapamientos por destructoras de papel, impresoras o fotocopiadoras.

      R.D 487/1997

      Método General

      53

      Incendio por presencia de productos combustibles como el papel

      R.D 1942/1993

      Método General

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      REAL DECRETO 1215/1997 y R.D 1435/1992

      Método general

      55

      Accidente por causa no codificada

      ------------------------

      Método General

      PUESTO DE TRABAJO: Operador Técnico de Fabricación, panel de Fase Sólida.

      PELIGRO IDENTIFICADO

      LEGISLACIÓN APLICABLE

      EVALUACIÓN SEGÚN

      1

      Caída de personas al mismo nivel.

      R.D 486/1997

      Método General

      2

      Caída de persona en un mismo nivel durante el desplazamiento por el lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      4

      Caída de personas a distinto nivel en circulación por escaleras fijas.

      R.D 486/1997

      Método General

      6

      Caída de objetos durante la manipulación manual de cargas

      R.D 486/1997

      Método General

      7

      Caída de objetos desprendidos procedentes de niveles superiores de altura.

      R.D 486/1997

      Método General

      8

      Pisadas de objetos en el suelo en las inmediaciones del lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      12

      Choque contra objetos inmóviles..

      R.D 486/1997

      Método General

      13

      Atrapamiento por o entre objetos

      R.D 486/1997

      Método General

      17

      Sobreesfuerzo durante la manipulación de cargas manuales.

      R.D 487/1997

      Método General

      19

      Contactos eléctricos como usuarios de las instalaciones y equipos de trabajo

      R.D. 842/2002 R.E.B.T

      Cumplimiento R.E.B.T.

      28

      Explosión o deflagración

      R.D. 1942/1993

      Método General

      29

      Incendio.

      R.D. 1942/1993

      Método General

      30

      Accidentes in itinere

      Código de circulación

      Método General

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      REAL DECRETO 1299/2006

      Medición

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      R.D. 374/2001

      Norma UNE EN 689

      Verificación niveles

      NTP 749

      39

      Fatiga postural

      REAL DECRETO 486/1997

      NTP 177: Carga física de trabajo.

      NTP 601: Evaluación condiciones de trabajo: carga postural.

      41

      Exposición a radiofrecuencias al comunicar con el panel mediante la radio.

      REAL DECRETO 1066/2001

      Medición

      NTP 234, NTP 522, NTP 523

      44

      Trastornos muscoesqueléticos.

      R.D 487/1997

      Método General

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      REAL DECRETO 488/1997

      Método general

      Cumplimiento

      RD 488/1997. NTP 232. P.V.D.: fatiga postural.

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      REAL DECRETO 486/1997 Anexo IV

      Medición

      47

      Insatisfacción, disconfort o fatiga.

      R.D 486/1997

      Método General

      48

      Caída de objetos por desplome de repisas, archivos y similares.

      R.D 486/1997

      Método General

      49

      Golpes contra mobiliario y equipamiento

      R.D 486/1997

      Método General

      50

      Golpes o cortes con tijeras, grapadoras, etc

      R.D 486/1997

      Método General

      51

      Atrapamientos por destructoras de papel, impresoras o fotocopiadoras.

      R.D 487/1997

      Método General

      53

      Incendio por presencia de productos combustibles como el papel

      R.D 1942/1993

      Método General

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      REAL DECRETO 1215/1997 y R.D 1435/1992

      Método general

      55

      Accidente por causa no codificada

      ------------------------

      Método General

      PUESTO DE TRABAJO: Apoyo técnico a Laboratorio.

      PELIGRO IDENTIFICADO

      LEGISLACIÓN APLICABLE

      EVALUACIÓN SEGÚN

      1

      Caída de personas al mismo nivel.

      R.D 486/1997

      Método General

      2

      Caída de persona en un mismo nivel durante el desplazamiento por el lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      4

      Caída de personas a distinto nivel en circulación por escaleras fijas.

      R.D 486/1997

      Método General

      5

      Caída de personas a distinto nivel por el uso de escaleras manuales.

      R.D 486/1997

      Método General

      6

      Caída de objetos durante la manipulación manual de cargas

      R.D 486/1997

      Método General

      7

      Caída de objetos desprendidos procedentes de niveles superiores de altura.

      R.D 486/1997

      Método General

      8

      Pisadas de objetos en el suelo en las inmediaciones del lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      10

      Golpes, cortes y/o amputaciones durante el trabajo por máquinas o herramientas manuales

      R.D. 1435/1992

      R.D. 56/1995

      R.D. 1215/1997

      Método General

      12

      Choque contra objetos inmóviles..

      R.D 486/1997

      Método General

      13

      Atrapamiento por o entre objetos

      R.D 486/1997

      Método General

      14

      Atrapamiento por maquinaria

      R.D. 1215/1997

      Método General

      16

      Proyección de fragmentos al trabajar con herramientas manuales.

      ---------------------

      Método General

      17

      Sobreesfuerzo durante la manipulación de cargas manuales.

      R.D 487/1997

      Método General

      18

      Contactos con superficies de equipos o productos químicos calientes.

      R.D. 1215/1997

      Método General

      19

      Contactos eléctricos como usuarios de las instalaciones y equipos de trabajo

      R.D. 842/2002 R.E.B.T

      Cumplimiento R.E.B.T.

      20

      Inhalación, contacto o ingestión de EG por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      21

      Inhalación, contacto o ingestión de PTA por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      22

      Inhalación, contacto o ingestión de DEG por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      23

      Inhalación, contacto o ingestión de IPA por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      24

      Inhalación, contacto o ingestión de Therminol 66 por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      25

      Inhalación, contacto o ingestión de Dowtherm por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      26

      Inhalación, contacto o ingestión de Nitrógeno por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      27

      Inhalación, contacto o ingestión de Vapor por fugas o derrames.

      Norma UNE EN 689

      Medición

      28

      Explosión o deflagración

      R.D. 1942/1993

      Método General

      29

      Incendio.

      R.D. 1942/1993

      Método General

      30

      Accidentes in itinere

      Código de circulación

      Método General

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      REAL DECRETO 1299/2006

      Medición

      34

      Exposición a vapores orgánicos de EG, DEG, CHDM, Dowtherm, Therminol A

      R.D. 374/2001

      Norma UNE EN 689

      Verificación niveles

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      R.D. 374/2001

      Norma UNE EN 689

      Verificación niveles

      NTP 749

      39

      Fatiga postural

      REAL DECRETO 486/1997

      NTP 177: Carga física de trabajo.

      NTP 601: Evaluación condiciones de trabajo: carga postural.

      42

      Exposición a radiaciones ionizantes: RX´s durante ensayo de laboratorio e

      REAL DECRETO 783/2001

      NTP 614: Radiaciones ionizantes: normas de protección

      Medición

      43

      Exposición a radiaciones ionizantes: infrarrojos durante ensayo de laboratorio

      TLV ACGIH

      Generalitat Valenciana. TLVs

      Medición

      44

      Trastornos muscoesqueléticos.

      R.D 487/1997

      Método General

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      REAL DECRETO 488/1997

      Método general

      Cumplimiento

      RD 488/1997. NTP 232. P.V.D.: fatiga postural.Método general

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      REAL DECRETO 486/1997 Anexo IV

      Medición

      47

      Insatisfacción, disconfort o fatiga.

      R.D 486/1997

      Método General

      48

      Caída de objetos por desplome de repisas, archivos y similares.

      R.D 486/1997

      Método General

      49

      Golpes contra mobiliario y equipamiento

      R.D 486/1997

      Método General

      50

      Golpes o cortes con tijeras, grapadoras, etc

      R.D 486/1997

      Método General

      51

      Atrapamientos por destructoras de papel, impresoras o fotocopiadoras.

      R.D 487/1997

      Método General

      52

      Contacto con superficies calientes en el uso de plastificadoras.

      R.D 1435/1992

      Método General

      53

      Incendio por presencia de productos combustibles como el papel

      R.D 1942/1993

      Método General

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      REAL DECRETO 1215/1997 y R.D 1435/1992

      Método general

      55

      Accidente por causa no codificada

      ------------------------

      Método General

      PUESTO DE TRABAJO: Apoyo Administrativo Calidad.

      PELIGRO IDENTIFICADO

      LEGISLACIÓN APLICABLE

      EVALUACIÓN SEGÚN

      1

      Caída de personas al mismo nivel.

      R.D 486/1997

      Método General

      2

      Caída de persona en un mismo nivel durante el desplazamiento por el lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      4

      Caída de personas a distinto nivel en circulación por escaleras fijas.

      R.D 486/1997

      Método General

      6

      Caída de objetos durante la manipulación manual de cargas

      R.D 486/1997

      Método General

      8

      Pisadas de objetos en el suelo en las inmediaciones del lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      12

      Choque contra objetos inmóviles..

      R.D 486/1997

      Método General

      17

      Sobreesfuerzo durante la manipulación de cargas manuales.

      R.D 487/1997

      Método General

      19

      Contactos eléctricos como usuarios de las instalaciones y equipos de trabajo

      R.D. 842/2002 R.E.B.T

      Cumplimiento R.E.B.T.

      28

      Explosión o deflagración

      R.D. 1942/1993

      Método General

      29

      Incendio.

      R.D. 1942/1993

      Método General

      30

      Accidentes in itinere

      Código de circulación

      Método General

      39

      Fatiga postural

      REAL DECRETO 486/1997

      NTP 177: Carga física de trabajo.

      NTP 601: Evaluación condiciones de trabajo: carga postural.

      44

      Trastornos muscoesqueléticos.

      R.D 487/1997

      Método General

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      REAL DECRETO 488/1997

      Método general

      Cumplimiento

      RD 488/1997. NTP 232. P.V.D.: fatiga postural.

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      REAL DECRETO 486/1997 Anexo IV

      Medición

      47

      Insatisfacción, disconfort o fatiga.

      R.D 486/1997

      Método General

      48

      Caída de objetos por desplome de repisas, archivos y similares.

      R.D 486/1997

      Método General

      49

      Golpes contra mobiliario y equipamiento

      R.D 486/1997

      Método General

      50

      Golpes o cortes con tijeras, grapadoras, etc

      R.D 486/1997

      Método General

      51

      Atrapamientos por destructoras de papel, impresoras o fotocopiadoras.

      R.D 487/1997

      Método General

      52

      Contacto con superficies calientes en el uso de plastificadoras.

      R.D 1435/1992

      Método General

      53

      Incendio por presencia de productos combustibles como el papel

      R.D 1942/1993

      Método General

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      REAL DECRETO 1215/1997 y R.D 1435/1992

      Método general

      55

      Accidente por causa no codificada

      ------------------------

      Método General

      PUESTO DE TRABAJO: Jefe de Recursos Humanos.

      PELIGRO IDENTIFICADO

      LEGISLACIÓN APLICABLE

      EVALUACIÓN SEGÚN

      1

      Caída de personas al mismo nivel.

      R.D 486/1997

      Método General

      2

      Caída de persona en un mismo nivel durante el desplazamiento por el lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      4

      Caída de personas a distinto nivel en circulación por escaleras fijas.

      R.D 486/1997

      Método General

      7

      Caída de objetos desprendidos procedentes de niveles superiores de altura.

      R.D 486/1997

      Método General

      8

      Pisadas de objetos en el suelo en las inmediaciones del lugar de trabajo.

      R.D 486/1997

      Método General

      9

      Golpes contra equipos, líneas de tuberías, etc.

      R.D 486/1997

      Método General

      12

      Choque contra objetos inmóviles..

      R.D 486/1997

      Método General

      19

      Contactos eléctricos como usuarios de las instalaciones y equipos de trabajo

      R.D. 842/2002 R.E.B.T

      Cumplimiento R.E.B.T.

      28

      Explosión o deflagración

      R.D. 1942/1993

      Método General

      29

      Incendio.

      R.D. 1942/1993

      Método General

      30

      Accidentes in itinere

      Código de circulación

      ----------------

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      REAL DECRETO 1299/2006

      Medición

      39

      Fatiga postural

      REAL DECRETO 486/1997

      NTP 177: Carga física de trabajo.

      NTP 601: Evaluación condiciones de trabajo: carga postural.

      44

      Trastornos muscoesqueléticos.

      R.D 487/1997

      Método General

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      REAL DECRETO 488/1997

      Método general

      Cumplimiento

      RD 488/1997. NTP 232. P.V.D.: fatiga postural.

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      REAL DECRETO 486/1997 Anexo IV

      Medición

      47

      Insatisfacción, disconfort o fatiga.

      R.D 486/1997

      Método General

      48

      Caída de objetos por desplome de repisas, archivos y similares.

      R.D 486/1997

      Método General

      49

      Golpes contra mobiliario y equipamiento

      R.D 486/1997

      Método General

      50

      Golpes o cortes con tijeras, grapadoras, etc

      R.D 486/1997

      Método General

      51

      Atrapamientos por destructoras de papel, impresoras o fotocopiadoras.

      R.D 487/1997

      Método General

      52

      Contacto con superficies calientes en el uso de plastificadoras.

      R.D 1435/1992

      Método General

      53

      Incendio por presencia de productos combustibles como el papel

      R.D 1942/1993

      Método General

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      REAL DECRETO 1215/1997 y R.D 1435/1992

      Método general

      55

      Accidente por causa no codificada

      ------------------------

      Método general

      4.4.2. Estimación del riesgo.

      Una vez que hemos identificado los riesgos de cada puesto de trabajo, evaluaremos sólo aquellos que pertenecen a la especialidad de Higiene bien por el método general explicado en los epígrafes anteriores o cumpliendo la reglamentación específica, normas o guías en caso de que existiesen.

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTACIÓN/NORMA O GUÍA

      PUESTO EVALUADO: Operador Técnico de Fabricación del área de Servicios, en campo

      Peligro identificado

      Resultado

      11

      Estrés térmico

      TOLERABLE

      18

      Contactos con superficies de equipos o productos químicos calientes.

      TOLERABLE

      20

      Inhalación, contacto o ingestión de EG por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      21

      Inhalación, contacto o ingestión de PTA por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      22

      Inhalación, contacto o ingestión de DEG por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      23

      Inhalación, contacto o ingestión de IPA por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      24

      Inhalación, contacto o ingestión de Therminol 66 por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      25

      Inhalación, contacto o ingestión de Dowtherm por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      26

      Inhalación, contacto o ingestión de Nitrógeno por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      27

      Inhalación, contacto o ingestión de Vapor por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      31

      Exposición a temperaturas extremas por trabajo a la intemperie.

      TOLERABLE

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      TOLERABLE

      33

      Enfermedad profesional producida por agentes físicos (ruído)

      TOLERABLE

      34

      Exposición a vapores orgánicos de EG, DEG, CHDM, Dowtherm, Therminol A

      TOLERABLE

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      TOLERABLE

      36

      Ruido durante la realización de trabajos en planta.

      TOLERABLE

      37

      Ruido durante la utilización de la carretilla.

      TOLERABLE

      38

      Vibración en la conducción de la carretilla

      TOLERABLE

      41

      Exposición a radiofrecuencias al comunicar con el panel mediante la radio.

      TOLERABLE

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR EL MÉTODO GENERAL

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTACIÓN/NORMA O GUÍA

      PUESTO EVALUADO: Operador Técnico de Fabricación, panel de Fase Sólida.

      Peligro identificado

      Resultado

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      TOLERABLE

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      TOLERABLE

      41

      Exposición a radiofrecuencias al comunicar con el operador de campo mediante la radio.

      TOLERABLE

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Dentro de límites - Trivial

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR EL MÉTODO GENERAL

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTACIÓN/NORMA O GUÍA

      PUESTO EVALUADO: Apoyo técnico a Laboratorio.

      Peligro identificado

      Resultado

      18

      Contactos con superficies de equipos o productos químicos calientes.

      TOLERABLE

      20

      Inhalación, contacto o ingestión de EG por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      21

      Inhalación, contacto o ingestión de PTA por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      22

      Inhalación, contacto o ingestión de DEG por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      23

      Inhalación, contacto o ingestión de IPA por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      24

      Inhalación, contacto o ingestión de Therminol 66 por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      25

      Inhalación, contacto o ingestión de Dowtherm por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      26

      Inhalación, contacto o ingestión de Nitrógeno por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      27

      Inhalación, contacto o ingestión de Vapor por fugas o derrames.

      TOLERABLE

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      TOLERABLE

      34

      Exposición a vapores orgánicos de EG, DEG, CHDM, Dowtherm, Therminol A

      TOLERABLE

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      TOLERABLE

      42

      Exposición a radiaciones ionizantes: RX´s durante ensayo de laboratorio e

      TOLERABLE

      43

      Exposición a radiaciones ionizantes: infrarrojos durante ensayo de laboratorio

      TOLERABLE

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Dentro de límites - Trivial

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR EL MÉTODO GENERAL

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTACIÓN/NORMA O GUÍA

      PUESTO EVALUADO: Apoyo Administrativo Calidad.

      Peligro identificado

      Resultado

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      TOLERABLE

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Dentro de límites - Trivial

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR EL MÉTODO GENERAL

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTACIÓN/NORMA O GUÍA

      PUESTO EVALUADO: Jefe de Recursos Humanos.

      Peligro identificado

      Resultado

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      TOLERABLE

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Dentro de límites - Trivial

      EVALUACIÓN DE RIESGOS POR EL MÉTODO GENERAL

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Probabilidad- Baja Consecuencias LD - Tolerable

      LD: ligeramente dañino.

      4.4.3. Valoración del riesgo.

      Pasamos a analizar las causas de los riesgos y estableceremos las medidas preventivas.

      PUESTO DE TRABAJO: Operador Técnico de Fabricación del área de Servicios, en campo

      Causas de los riesgos

      Medidas prevención/protección

      11

      Estrés térmico.

      Usar los EPI´s recomendados. Tomarse el descanso necesario cuando haya sofoco. Tomar bebidas isotónicas para no deshidratarse en los lugares o tareas con alta temperatura.

      18

      Contactos con superficies de equipos o productos químicos calientes.

      Conocer por parte del personal expuesto a este riesgo la ubicación exacta de la fuente lavaojos y duchas de seguridad más próxima. Extremar las precauciones durante la toma de muestras calientes empleando herramientas adecuadas para la manipulación de piezas calientes. Hacer uso de protección adecuada (EPI´s) a cada caso. De igual forma extremar la precauciones ante la presencia de vapor de agua usando guantes, trajes de protección térmica, pantallas de protección, etc No tocas aquellas superficies calientes que se encuentren desprotegidas sin calorifugado.

      20

      Inhalación, contacto o ingestión de EG por fugas o derrames.

      Respetar la señalización que indican las protecciones personales (mascarilla, guantes, pantalla, gafas, etc) necesarias para la manipulación, transporte o fuga de los diferentes productos químicos. Los productos químicos deben estar perfectamente etiquetados y se debe disponer de la ficha de datos de seguridad de los mismos. Usar elementos auxiliares para realizar trasvases de líquidos.

      No oler los productos químicos, ni inhalar sus vapores. Cuando sea necesario se utilizarán mascarilla con filtros adecuados.

      21

      Inhalación, contacto o ingestión de PTA por fugas o derrames.

      22

      Inhalación, contacto o ingestión de DEG por fugas o derrames.

      23

      Inhalación, contacto o ingestión de IPA por fugas o derrames.

      24

      Inhalación, contacto o ingestión de Therminol 66 por fugas o derrames.

      25

      Inhalación, contacto o ingestión de Dowtherm por fugas o derrames.

      26

      Inhalación, contacto o ingestión de Nitrógeno por fugas o derrames.

      27

      Inhalación, contacto o ingestión de Vapor por fugas o derrames.

      31

      Exposición a temperaturas extremas por trabajo a la intemperie.

      Los trabajos a la intemperie se llevarán a cabo empleando la ropa de trabajo apropiada y los medios de protección necesarios. En ambientes calurosos se usarán prendas ligeras y transpirables (siempre que esto no sea incompatible con la protección frente a otros riegos); los trabajadores se hidratarán adecuadamente; la carga de trabajo se adecuará a las circunstancias y en caso necesario se realizarán pausas periódicas. En ambientes fríos se utilizará ropa adecuada para protegerse del frío e impermeable para protegerse de la lluvia.

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      Usar los EPI´s recomendados en la toma de muestras así como las medidas preventivas durante la recogida de derrames de productos químicos. Hacerse revisiones periódicas médicas.

      33

      Enfermedad profesional producida por agentes físicos (ruído)

      Usar los EPI´s recomendados en las zonas en las que el ruído sea no tolerable. Hacerse exámenes médicos específicos.

      34

      Exposición a vapores orgánicos de EG, DEG, CHDM, Dowtherm, Therminol A

      Durante la exposición a este tipo de producto químico se empleará el equipo de protección respiratorio frente a vapores orgánicos. Seguir las recomendaciones marcadas en la Fichas de Datos de Seguridad de dicho productos.

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      Al manipular cualquier producto químico extremar las precauciones, evitando el vertido libre. Mantener los bidones cerrados y bien etiquetados. Usar siempre las EPI´s adecuadas al trabajo a desarrollar.

      36

      Ruido durante la realización de trabajos en planta.

      Empleo de protección auditiva (tapones, auriculares, etc) durante la realización de trabajos.

      37

      Ruido durante la utilización de la carretilla.

      Carretillas elevadores conforme con el RD 1215/1997 sobre equipos de trabajo, de manera que dispongan de las protecciones o dispositivos adecuados para limitar la generación y propagación del ruido. Las carretillas se mantendrán en un correcto estado de conservación con el objeto de minimizar la generación de ruido durante su funcionamiento. Se empleará protección auditiva en la operaciones que generen exposición a ruido. Si se detecta alguna anomalía al respecto se comunicará para que sea subsanada.

      38

      Vibración en la conducción de la carretilla

      Carretillas elevadores conforme con el RD 1215/1997 sobre equipos de trabajo, de manera que dispongan de las protecciones o dispositivos adecuados para limitar la generación y propagación de las vibraciones. Las carretillas se mantendrán en un correcto estado de conservación con el objeto de minimizar la generación de vibraciones durante su funcionamiento. Si se detecta alguna anomalía al respecto se comunicará para que sea subsanada.

      41

      Exposición a radiofrecuencias al comunicar con el panel mediante la radio.

      Llevar la radio en la zona corporal recomendada por el fabricante y el departamento de seguridad . Mantener en buenas condiciones de mantenimiento la radio.

      PUESTO DE TRABAJO: Operador Técnico de Fabricación, panel de Fase Sólida

      Causas de los riesgos

      Medidas prevención/protección

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      Usar los EPI´s recomendados al hacer los ensayos químicos. Hacerse revisiones periódicas médicas.

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      Hacerse revisiones periódicas médicas.

      41

      Exposición a radiofrecuencias al comunicar con el operador de campo mediante la radio.

      Mantener en buenas condiciones de mantenimiento la radio.

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Se regulará la inclinación, la altura y la distancia de la pantalla al usuario hasta conseguir una adecuada visión. Se ajustará el brillo y el contraste y se evitarán brillos molestos. Se dejará

      espacio suficiente delante del teclado del ordenador para que las manos puedan reposar sobre la mesa. Se ajustará la altura del teclado a las necesidades del usuario. En caso necesario, se

      dispondrá un atril (portadocumentos) regulable y estable y de un reposapiés. Se establecerán pausas breves y frecuentes. La mesa contará con dimensiones adecuadas para colocar con

      holgura los elementos de trabajo. Dispondrá de suficiente espacio debajo de la mesa para alojar las extremidades inferiores y para permitir los cambios de postura. Se utilizarán sillas dotadas de

      cinco apoyos, con asientos ajustables en altura y respaldos regulables en altura e inclinación. Las ventanas dispondrán de dispositivos cobertores adecuados y regulables que permitan la

      atenuación de la luz.

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Iluminación adecuada

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Usar la fotocopiadora como aconseja el fabricante. No manipular el interior de la fotocopiadora. Hacer las fotocopias con la tapa bajada.

      PUESTO DE TRABAJO: Apoyo técnico a Laboratorio.

      Causas de los riesgos

      Medidas prevención/protección

      18

      Contactos con superficies de equipos o productos químicos calientes.

      Conocer por parte del personal expuesto a este riesgo la ubicación exacta de la fuente lavaojos y duchas de seguridad más próxima.

      20

      Inhalación, contacto o ingestión de EG por fugas o derrames.

      Respetar la señalización que indican las protecciones personales (mascarilla, guantes, pantalla, gafas, etc) necesarias para la manipulación, transporte o fuga de los diferentes productos químicos. Los productos químicos deben estar perfectamente etiquetados y se debe disponer de la ficha de datos de seguridad de los mismos. Usar elementos auxiliares para realizar trasvases de líquidos.

      No oler los productos químicos, ni inhalar sus vapores. Cuando sea necesario se utilizarán mascarilla con filtros adecuados. Utilizar vitrinas de extracción cuando los productos a manipular sean tóxicos, irritantes y corrosivos. No meter dentro de las campanas extractoras la cabeza. Mantener siempre las mamparas de las campanas en su posición más baja.

      21

      Inhalación, contacto o ingestión de PTA por fugas o derrames.

      22

      Inhalación, contacto o ingestión de DEG por fugas o derrames.

      23

      Inhalación, contacto o ingestión de IPA por fugas o derrames.

      24

      Inhalación, contacto o ingestión de Therminol 66 por fugas o derrames.

      25

      Inhalación, contacto o ingestión de Dowtherm por fugas o derrames.

      26

      Inhalación, contacto o ingestión de Nitrógeno por fugas o derrames.

      27

      Inhalación, contacto o ingestión de Vapor por fugas o derrames.

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      Hacerse revisiones periódicas médicas.

      34

      Exposición a vapores orgánicos de EG, DEG, CHDM, Dowtherm, Therminol A

      Durante la exposición a este tipo de producto químico se empleará el equipo de protección respiratorio frente a vapores orgánicos. Seguir las recomendaciones marcadas en la Fichas de Datos de Seguridad de dicho productos.

      35

      Exposición a contaminantes químicos

      Al manipular cualquier producto químico extremar las precauciones, evitando el vertido libre. Mantener los bidones cerrados y bien etiquetados. Usar siempre las EPI´s adecuadas al trabajo a desarrollar.

      42

      Exposición a radiaciones ionizantes: RX´s durante ensayo de laboratorio e

      Los trabajadores expuestos a RX,s recibirán formación adecuada previa en materia de protección radiológica. Se les informará de las medidas de protección y precauciones a tomar durante el régimen normal de trabajo. Se efectuarán reconocimientos médicos periódicos. Se identificará y delimitará la zona en la que se realiza el ensayo de Rx, según la normativa vigente.

      43

      Exposición a radiaciones ionizantes: infrarrojos durante ensayo de laboratorio

      Recibir formación adecuada para el uso del equipo. Se efectuarán controles médicos periódicos.

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Se regulará la inclinación, la altura y la distancia de la pantalla al usuario hasta conseguir una adecuada visión. Se ajustará el brillo y el contraste y se evitarán brillos molestos. Se dejará

      espacio suficiente delante del teclado del ordenador para que las manos puedan reposar sobre la mesa. Se ajustará la altura del teclado a las necesidades del usuario. En caso necesario, se

      dispondrá un atril (portadocumentos) regulable y estable y de un reposapiés. Se establecerán pausas breves y frecuentes. La mesa contará con dimensiones adecuadas para colocar con

      holgura los elementos de trabajo. Dispondrá de suficiente espacio debajo de la mesa para alojar las extremidades inferiores y para permitir los cambios de postura. Se utilizarán sillas dotadas de

      cinco apoyos, con asientos ajustables en altura y respaldos regulables en altura e inclinación. Las ventanas dispondrán de dispositivos cobertores adecuados y regulables que permitan la

      atenuación de la luz.

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Iluminación adecuada

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Usar la fotocopiadora como aconseja el fabricante. No manipular el interior de la fotocopiadora. Hacer las fotocopias con la tapa bajada.

      PUESTO DE TRABAJO: Apoyo Administrativo Calidad

      Causas de los riesgos

      Medidas prevención/protección

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      Hacerse revisiones periódicas médicas.

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Se regulará la inclinación, la altura y la distancia de la pantalla al usuario hasta conseguir una adecuada visión. Se ajustará el brillo y el contraste y se evitarán brillos molestos. Se dejará

      espacio suficiente delante del teclado del ordenador para que las manos puedan reposar sobre la mesa. Se ajustará la altura del teclado a las necesidades del usuario. En caso necesario, se

      dispondrá un atril (portadocumentos) regulable y estable y de un reposapiés. Se establecerán pausas breves y frecuentes. La mesa contará con dimensiones adecuadas para colocar con

      holgura los elementos de trabajo. Dispondrá de suficiente espacio debajo de la mesa para alojar las extremidades inferiores y para permitir los cambios de postura. Se utilizarán sillas dotadas de

      cinco apoyos, con asientos ajustables en altura y respaldos regulables en altura e inclinación. Las ventanas dispondrán de dispositivos cobertores adecuados y regulables que permitan la

      atenuación de la luz.

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Iluminación adecuada.

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Usar la fotocopiadora como aconseja el fabricante. No manipular el interior de la fotocopiadora. Hacer las fotocopias con la tapa bajada.

      PUESTO DE TRABAJO: Jefe de Recursos Humanos

      Causas de los riesgos

      Medidas prevención/protección

      32

      Enfermedad profesional producida por agentes químicos.

      Hacerse revisiones periódicas médicas.

      45

      Uso de pantalla de visualización de datos ( PVD).

      Se regulará la inclinación, la altura y la distancia de la pantalla al usuario hasta conseguir una adecuada visión. Se ajustará el brillo y el contraste y se evitarán brillos molestos. Se dejará

      espacio suficiente delante del teclado del ordenador para que las manos puedan reposar sobre la mesa. Se ajustará la altura del teclado a las necesidades del usuario. En caso necesario, se

      dispondrá un atril (portadocumentos) regulable y estable y de un reposapiés. Se establecerán pausas breves y frecuentes. La mesa contará con dimensiones adecuadas para colocar con

      holgura los elementos de trabajo. Dispondrá de suficiente espacio debajo de la mesa para alojar las extremidades inferiores y para permitir los cambios de postura. Se utilizarán sillas dotadas de

      cinco apoyos, con asientos ajustables en altura y respaldos regulables en altura e inclinación. Las ventanas dispondrán de dispositivos cobertores adecuados y regulables que permitan la

      atenuación de la luz.

      46

      Pérdida de agudeza visual o fatiga ocular por la iluminación artificial

      Iluminación adecuada

      54

      Exposición a radiaciones ultravioletas en el uso de las fotocopiadoras.

      Usar la fotocopiadora como aconseja el fabricante. No manipular el interior de la fotocopiadora. Hacer las fotocopias con la tapa bajada.

      5. Planificación de la acción preventiva: Plan de prevención.

      5.1. Objetivo del informe.

      Planificación de la actividad preventiva, en su sentido más amplio, es todo aquel conjunto de acciones o actuaciones que se dirigen a la eliminación, reducción o control de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, presentes en los puestos de trabajo o en el medio ambiente de trabajo.

      La planificación de la actividad preventiva y la evaluación de riesgos son los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención en la empresa. Como los resultados de la evaluación de riesgos han puesto de manifiesto situaciones de riesgo, la dirección realizará todas aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos. Dichas actividades serán objeto de planificación por la dirección de PET LA RÁBIDA, incluyendo para cada actividad preventiva el plazo para llevarla a cabo, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución. (Apartado 2 del Art. 16 Ley 31/1995 de P.R.L., transcripción de la Directiva Marco 89/391/CEE).

      La planificación de la actividad preventiva incluirá los medios humanos y materiales necesarios, así como la asignación de los recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos. Dentro de esta planificación estarán integradas las medidas de emergencia y la vigilancia de la salud previstas en los artículos 20 y 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como la información y la formación de los trabajadores en materia preventiva y la coordinación de todos estos aspectos. (Art. 9 del R.S.P. Real Decreto 39/1997).

      5.2. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO EMPLEADO.

      El Plan de prevención de riesgos laborales es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de prevención de riesgos laborales (Art. 2.1. R.S.P.).

      El Plan de prevención de riesgos laborales debe ser aprobado por la dirección de la empresa, asumido por toda la estructura organizativa y conocido por todos los trabajadores. Dicho Plan se reflejará en un documento que se conservará a disposición de la autoridad laboral (Art. 23 Ley 31/1995 de P.R.L.), de las autoridades sanitarias y de los representantes de los trabajadores e incluirá, los siguientes elementos:

      • La identificación de la empresa, de su actividad productiva, el número y características de los centros de trabajo y el número de trabajadores y sus características con relevancia en la prevención de riesgos laborales.

      • La estructura organizativa de la empresa, identificando las funciones y responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerárquicos y los respectivos cauces de comunicación entre ellos, en relación con la prevención de riesgos laborales.

      • La organización de la producción en cuanto a la identificación de los distintos procesos técnicos y las prácticas y los procedimientos organizativos existentes en la empresa, en relación con la prevención de riesgos laborales.

      • La organización de la prevención en la empresa, indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes.

      • La política, los objetivos y metas que en materia preventiva pretende alcanzar la empresa, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos de los que va a disponer al efecto.

      La dirección se asegurará de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma.

      PET LÁ RABIDA dentro de su política de prevención planifica los objetivos anualmente. Así la dirección documenta anualmente sus objetivos tomando como referencia los datos registrados (evaluación de riesgos, informes de auditorías, datos y estadísticas de accidentes, enfermedades profesionales, datos sobre fallos y deficiencias del propio Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, observaciones "in situ", etc) y la legislación vigente para conseguir mejorar las condiciones de trabajo. Estos objetivos serán medibles y alcanzables y se asignarán los medios humanos y materiales necesarios para la consecución de los objetivos propuestos.

      Todos estos objetivos serán definidos para conseguir metas específicas, medibles y alcanzables. Para ello la dirección asignará responsabilidades, plazos y recursos.

      PET LA RÁBIDA dispone de un programa anual en el que se incluyen actividades encaminadas a la mejora de la prevención y la salud laboral, destacando las siguientes:

      • Formación

      • Prevención

      • Controles Médicos

      • Inspecciones y Auditorias

      • Planes Anuales

      • Controles de Seguridad

      Para ello se efectuará la planificación determinando acciones, responsables de ejecución y plazos. Se establecerán fases y prioridades para el desarrollo de las distintas actividades preventivas en función de la magnitud de los riesgos y del número de trabajadores expuestos a los mismos, así como su seguimiento y control periódico. (Art. 9 del R.S.P. Real Decreto 39/1997).

      PET LA RÁBIDA elaborará a finales de cada año una memoria anual donde se recogerán todas las actividades desarrolladas en materia de prevención en el año en curso, analizando si los objetivos de la planificación de la prevención han sido cubiertos. Del mismo modo se analizarán todos los incidentes y accidentes acaecidos, elaborando los informes estadísticos necesarios para el análisis de la información cara a una mejora de la política preventiva. Se recopilarán todas las visitas de seguridad, inspecciones, auditorías, etc., con el fin de elaborar un nuevo calendario de la planificación preventiva y establecer las bases para el siguiente año en materia de prevención.

      5.2.1. Accidentes y análisis.

      El aprendizaje de incidentes ocurridos en las operaciones de la planta es un medio altamente efectivo de mejorar dichas operaciones y de prevenir daños físicos a las personas, daños a las propiedades, perdidas al negocio u otros posibles eventos indeseables.

      Una aproximación estructurada al análisis de incidentes, tal como el análisis de Causa Raíz (RCA), proporciona un medio eficiente de focalizar los recursos de la compañía en la extracción de aprendizajes de los incidentes ocurridos así como a la prevención de los mismos.

      La metodología implantada en PET LA RÁBIDA es el modelo registrado por Failsafe-Network, consistente en la recolección de evidencias, obtención de conclusiones en base a las evidencias físicas y humanas, determinación de causas latentes y propuesta de plan de acciones recomendadas.

      Una de las claves del éxito de una investigación RCA es la inmediata recolección de evidencias. Para ello se deberá proceder a la toma de fotografías, piezas afectadas, registros documentales y entrevistas a las personas involucradas sin dilación tras el incidente.

      De forma resumida los pasos o fases para realizar un RCA son:

      • Describir el incidente ocurrido (que ocurrió, cuándo, dónde, quién estuvo involucrado, cuál fue el impacto del incidente)

      • Recolectar evidencias,

      • Recolectar evidencias físicas (realizar fotografías, piezas dañadas, etc.)

      • Recolectar evidencias humanas (entrevistas a personas implicadas)

      • Recolectar evidencias documentales (permisos de trabajo, datos técnicos equipo implicado, libros de turno, procedimientos, etc.)

      • Listar la secuencia de eventos de manera cronológica

      • Describir conclusiones sobre causas físicas y humanas

      • Definir causas latentes

      • El momento en el que se tomo una decisión inapropiada que dio lugar a la causa humana. Describir la situación con el mayor detalle posible, de forma que el lector pueda ponerse en el lugar de la persona que tomó la decisión

      • Proceso de "filtrado": Describir el proceso de pensamiento de la persona que tomo la decisión inapropiada. Qué estaba pensando cuando tomó esa decisión.

      • Describir en que manera la forma de trabajar en nuestra organización ha contribuido al proceso de filtrado anterior (causas latentes)

      • Dibujar/escribir el árbol raíz del incidente

      • Describir las acciones recomendadas por el investigador/equipo de investigación

      Se deben documentar los datos, resultados y recomendaciones de las investigaciones, y esto debe incluir al menos:

      • Fecha y hora del incidente

      • Fecha y hora del comienzo de la investigación del incidente

      • Descripción del incidente

      • Causas del incidente

      • Factores que contribuyeron al incidente

      Todas las recomendaciones, acciones correctoras y acciones preventivas resultantes de la investigación, incluyendo fechas previstas de cierre de cada acción.

      5.2.2. Auditoría del Plan Preventivo.

      Es necesario realizar actividades de seguimiento y control del Plan preventivo para comprobar la eficacia del mismo y adoptar las medidas pertinentes para su mejora continua.

      A tal fin están las revisiones por la Dirección o auditorías, las cuales podrán son internas y externas. Las primeras son imprescindibles para optimizar las actuaciones preventivas y las realizarán auditores internos -trabajadores de PET LA RÁBIDA con formación pero no relacionados directamente con el departamento de Seguridad y Salud-, las segundas exigibles reglamentariamente conforme a lo establecido en el artículo 29.2 del RSP, "Las empresas que no hubieran concertado el servicio de prevención con una entidad especializada deberán someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa. Dicha auditoría deberá ser repetida cada cinco años, o cuando así lo requiera la Autoridad Laboral".

      5.3. PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA.

      Para cada uno de los cinco puestos evaluados, vamos a reflejar la planificación preventiva que PET LA RÁBIDA realizará:

      • Operador Técnico de Fabricación del área de Servicios, en campo.

      • Operador Técnico de Fabricación, panel de Fase Sólida.

      • Apoyo técnico a Laboratorio.

      • Apoyo Administrativo Calidad.

      • Jefe de Recursos Humanos.


      PLAN DE ACCION PREVENTIVA

      R-07/1

      EMPRESA: PET LA RÁBIDA

      DEPARTAMENTO: OPERACIONES

      SECCIÓN: SERVICIOS.

      PUESTO DE TRABAJO: OPERADOR DE CAMPO

      NIVEL RIESGO

      ACCIÓN CORRECTORA

      COSTE ECONÓMICO

      RESPONSABLE

      FECHA PROPUESTA

      FECHA/FIRMA REALIZACIÓN

      TO

      11

      Estudiar la viabilidad de mantener en zonas de descanso bebidas isotónicas durante todo el año para el puesto de campo de servicios.

      700 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      TO

      18

      Re-evaluación higiénica para verificar los niveles térmicos de los nuevos equipos y nuevos productos químicos. Formación.

      450 euros

      Depart. Seguridad

      29/1/2009

      TO

      20

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      21

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      22

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      23

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      24

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      25

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      26

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      27

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      31

      EPI´S. Ropa de trabajo en perfectas condiciones. Cambio anual de ésta, diferenciando entre ropa verano/invierno.

      6600 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      TO

      32

      Evaluación sanitaria para verificar la incidencia de los agentes químicos en el operador.

      1200 euros

      Servicio Médico

      29/5/2009

      TO

      33

      Evaluación sanitaria para verificar el nivel auditivo del operador.

      400 euros

      Servicio Médico

      29/5/2009

      TO

      34

      Re-evaluación higiénica para verificar mantenimiento de niveles de vapores orgánicos. Formación

      400 euros

      Depart. Seguridad

      2/3/2009

      TO

      35

      Re-evaluación higiénica para verificar mantenimiento de niveles de contaminantes químicos. Formación

      600 euros

      Depart. Seguridad

      2/3/2009

      TO

      36

      Re-evaluación higiénica para verificar mantenimiento de niveles de ruido. Formación

      450 euros

      Depart. Seguridad

      2/3/2009

      TO

      37

      Epi´s. Mantenimiento periódico de carretillas.

      300 euros

      Jefe de Mantenimiento

      19/11/2009

      TO

      38

      Epi´s. Mantenimiento periódico de carretillas.

      300 euros

      Jefe de Mantenimiento

      19/11/2009

      TO

      41

      Mantenimiento periódico de radios.

      200 euros

      Jefe de Mantenimiento

      16/04/2009

      TO

      45

      Uso y mantenimiento adecuado de las pantallas de visualización de datos. Formación vía correo electrónico

      0 euros

      Depart. Seguridad y Servicio Médico

      12/1/2009

      TO

      54

      Uso y mantenimiento adecuado de las fotocopiadoras. Formación vía correo electrónico.

      0 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009


      PLAN DE ACCION PREVENTIVA

      R-07/1

      EMPRESA: PET LA RÁBIDA

      DEPARTAMENTO: OPERACIONES

      SECCIÓN: SÓLIDOS

      PUESTO DE TRABAJO: OPERADOR DE PANEL

      NIVEL RIESGO

      ACCIÓN CORRECTORA

      COSTE ECONÓMICO

      RESPONSABLE

      FECHA PROPUESTA

      FECHA/FIRMA REALIZACIÓN

      TO

      32

      Evaluación sanitaria para verificar la incidencia de los agentes químicos en el operador.

      2200 euros

      Servicio Médico

      29/5/2009

      TO

      35

      Re-evaluación higiénica para verificar mantenimiento de niveles de contaminantes químicos. Formación

      200 euros

      Depart. Seguridad

      2/3/2009

      TO

      41

      Mantenimiento periódico de radios.

      200 euros

      Jefe de Mantenimiento

      Mantenimiento periódico de radios.

      TO

      45

      Uso y mantenimiento adecuado de las pantallas de visualización de datos. Formación vía correo electrónico

      0 euros

      Depart. Seguridad y Servicio Médico

      12/1/2009

      TO

      46

      Re-evaluación higiénica de los niveles de iluminación en el panel.

      60 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      TO

      54

      Uso y mantenimiento adecuado de las fotocopiadoras. Formación vía correo electrónico.

      0 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      PLAN DE ACCION PREVENTIVA

      R-07/1

      EMPRESA: PET LA RÁBIDA

      DEPARTAMENTO: OPERACIONES

      SECCIÓN: LABORATORIO

      PUESTO DE TRABAJO: APOYO TÉCNICO

      NIVEL RIESGO

      ACCIÓN CORRECTORA

      COSTE ECONÓMICO

      RESPONSABLE

      FECHA PROPUESTA

      FECHA/FIRMA REALIZACIÓN

      TO

      18

      Re-evaluación higiénica para verificar los niveles térmicos de los nuevos equipos y nuevos productos químicos. Formación.

      80 euros

      Depart. Seguridad

      4/2/2009

      TO

      20

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      21

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      22

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      23

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      24

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      25

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      26

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      27

      Estudiar viabilidad de pantalla de protección y mascarillas en tareas con riesgo de fugas o derrames

      0 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      32

      Evaluación sanitaria para verificar la incidencia de los agentes químicos en el trabajador.

      100 euros

      Servicio Médico

      29/5/2009

      TO

      34

      Re-evaluación higiénica para verificar mantenimiento de niveles de vapores orgánicos. Formación.

      80 euros

      Depart. Seguridad

      2/3/2009

      TO

      35

      Re-evaluación higiénica para verificar mantenimiento de niveles de contaminantes químicos. Formación

      100 euros

      Depart. Seguridad

      2/3/2009

      TO

      42

      Uso y mantenimiento del equipo de Rx´s. Formación.

      80 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      43

      Uso y mantenimiento de equipos de laboratorio. Formación.

      80 euros

      Depart. Seguridad

      16/2/2009

      TO

      45

      Uso y mantenimiento adecuado de las pantallas de visualización de datos. Formación vía correo electrónico

      0 euros

      Depart. Seguridad y Servicio Médico

      12/1/2009

      TO

      46

      Re-evaluación higiénica de los niveles de iluminación en el puesto de trabajo.

      60 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      TO

      54

      Uso y mantenimiento adecuado de las fotocopiadoras. Formación vía correo electrónico.

      0 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      PLAN DE ACCION PREVENTIVA

      R-07/1

      EMPRESA: PET LA RÁBIDA

      DEPARTAMENTO: OPERACIONES

      SECCIÓN: CALIDAD

      PUESTO DE TRABAJO: APOYO ADMINISTRATIVO

      NIVEL RIESGO

      ACCIÓN CORRECTORA

      COSTE ECONÓMICO

      RESPONSABLE

      FECHA PROPUESTA

      FECHA/FIRMA REALIZACIÓN

      TO

      32

      Evaluación sanitaria para verificar la incidencia de los agentes químicos en el trabajador.

      100 euros

      Servicio Médico

      29/5/2009

      TO

      45

      Uso y mantenimiento adecuado de las pantallas de visualización de datos. Formación vía correo electrónico

      0 euros

      Depart. Seguridad y Servicio Médico

      12/1/2009

      TO

      46

      Re-evaluación higiénica de los niveles de iluminación en el puesto de trabajo.

      60 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      TO

      54

      Uso y mantenimiento adecuado de las fotocopiadoras. Formación vía correo electrónico.

      0 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      PLAN DE ACCION PREVENTIVA

      R-07/1

      EMPRESA: PET LA RÁBIDA

      DEPARTAMENTO: RECURSOS HUMANOS

      SECCIÓN: RECURSOS HUMANOS

      PUESTO DE TRABAJO: JEFE RR.HH.

      NIVEL RIESGO

      ACCIÓN CORRECTORA

      COSTE ECONÓMICO

      RESPONSABLE

      FECHA PROPUESTA

      FECHA/FIRMA REALIZACIÓN

      TO

      32

      Evaluación sanitaria para verificar la incidencia de los agentes químicos en el trabajador.

      100 euros

      Servicio Médico

      29/5/2009

      TO

      45

      Uso y mantenimiento adecuado de las pantallas de visualización de datos. Formación vía correo electrónico

      0 euros

      Depart. Seguridad y Servicio Médico

      12/1/2009

      TO

      46

      Re-evaluación higiénica de los niveles de iluminación en el puesto de trabajo.

      60 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      TO

      54

      Uso y mantenimiento adecuado de las fotocopiadoras. Formación vía correo electrónico.

      0 euros

      Depart. Seguridad

      12/1/2009

      El Departamento de Seguridad será el responsable de que se realice la re-evaluación higiénica aunque será un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) el encargado revisarla y/o realizarla si la empresa no dispone de equipos para realizarla. El Servicio de Prevención Ajeno cuenta con las instalaciones y los recursos materiales y humanos que le permiten desarrollar adecuadamente la actividad preventiva que ha concertado con la empresa.

      Como complemento de las actividades preventivas, se programarán una serie de actividades destinadas a la medición de algunos parámetros que por su exposición a los mismos puedan afectar a la salud de los trabajadores. Entre ellos podemos destacar la medición de ruido en planta y la medición de la concentración de vapores orgánicos en el laboratorio y en puntos de venteo de equipos en planta.


      'Prevenci�n de Riesgos Laborales'

      Dinámica del sistema preventivo para su mejora continua.

      Una vez planificadas las distintas actividades preventivas se someterán a auditoría las mismas con el objeto de detectar si el plan está siguiendo el proceso según fecha y para detectar nuevas necesidades, de esta forma se asegura la mejora continua del sistema, en el diagrama se muestra la dinámica del sistema preventivo.

      La planificación de la actividad preventiva, incluídas las medidas de protección y de prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse forma parte de la documentación que PET LA RÁBIDA mantendrá a disposición de la autoridad laboral tal y como aparece en el art. 23 de la Ley 31/1995 de P.R.L.

      Como documentos específicos básicos dentro de la planificación de la actividad preventiva, según figura en la NTP 484: documentación del sistema de prevención de riesgos laborales (I), PET LA RÁBIDA elaborará, conservará y mantendrá los siguientes:

      • Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse (art. 16 LPRL).

      • Manual de prevención y procedimientos de las actividades preventivas, incluyendo el plan de formación.

      • Auditorías del sistema de prevención.

      Con el fin de realizar un seguimiento y registro del cumplimiento de las actividades preventivas, así como el cumplimiento de la legislación vigente en materia de prevención, se deberán generar y mantener los siguientes documentos o registros:

      • Proyectos de instalaciones y equipos y las correspondientes autorizaciones reglamentarias (Reglamentos de Seguridad Industrial afectados y RD 486/1997).

      • Manuales de instrucciones de máquinas y equipos de trabajo suministrados por los fabricantes (RD 1435/1992).

      • Registros industriales y certificados de inspección de Organismos de control autorizados, en instalaciones y equipos sometidos a reglamentación de Seguridad Industrial.

      • Declaraciones de conformidad de equipos sometidos a directivas específicas.

      • Declaraciones CE de conformidad de máquinas y equipos de trabajo (RD 1435/1992 y RD 56/ 1995).

      • Registro de revisiones y comprobaciones de determinados equipos de trabajo (art. 4 RD 1215/ 1997).

      • Fichas de datos de seguridad de sustancias y preparados peligrosos (RD 363/1995 y RD 255/ 2003).

      • Declaraciones de conformidad CE de EPI (RD 1407/1992).

      • Folletos informativos de EPI (RD 1407/1992).

      • Justificantes de entrega de los equipos a los trabajadores.

      • Justificantes de información y formación a los trabajadores en el manejo de equipos.

      • Certificados de cualificación de las personas con funciones preventivas en la empresa (Capítulo VI del Reglamento de Servicios de Prevención).

      • Justificantes de formación de los trabajadores contratados a Empresas de Trabajo Temporal (RD 216/1999).

      • Justificantes de acciones formativas específicas en materia de Prevención de Riesgos Laborales recibidas por los trabajadores tanto propios como ajenos y acreditación de la formación recibida por dichos trabajadores para poder ocupar un puesto de trabajo o tarea con riesgos.

      • Registros de la información suministrada a los trabajadores sobre los riesgos generales y específicos a los que están expuestos.

      • Actas de reuniones de trabajo en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

      • Procedimientos para la información y formación de los trabajadores en prevención de riesgos laborales, así como para el control de su eficacia.

      • Resultado de los controles de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores (art. 23 LPRL).

      • Registro de revisiones de determinados equipos de trabajo (art. 4 RD 1215/1997).

      • Certificados de inspección de Organismos de control autorizados para los equipos sometidos a reglamentación oficial.

      • Programa de mantenimiento preventivo de instalaciones, máquinas y equipos.

      • Programa de revisiones de orden y limpieza y condiciones generales de los lugares de trabajo y procedimiento de actuación.

      • Programa de observaciones de trabajo y procedimiento de actuación.

      • Documentación sobre la práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores y conclusiones en términos de aptitud obtenidas de los mismos (art. 23 LPRL).

      • Relación de todas las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo (art. 23.1 e) LPRL.

      • Memoria y programación anual de la actividad sanitaria del servicio de prevención (art. 15.5 del Reglamento de Servicios de Prevención).

      • Consulta a los representantes de los trabajadores sobre el plan de reconocimientos médicos (art. 18 LPRL).

      • Comunicación a los trabajadores afectados de los resultados de los reconocimientos médicos (art. 22 LPRL).

      • Informe de los representantes de los trabajadores por el que se exceptúan de su carácter voluntario ciertos controles del estado de la salud (art. 22 LPRL).

      • Acreditación del personal sanitario (art. 22 LPRL).

      • Garantía de protección de datos de carácter personal relativos a la vigilancia de la salud.

      • Solicitud de inscripción del fichero de vigilancia de la salud en el registro general de protección de datos.

      • Listado de puestos de trabajo que, en virtud de una posible repercusión sobre la salud de terceros, requieran, para su desempeño, unas condiciones mínimas por parte del trabajador que vaya a desempeñarlo.

      • Evaluación de riesgos (art. 16 LPRL).

      • Acreditación de aptitudes, cualificaciones e información de riesgos de trabajadores de empresas de trabajo temporal.

      • Análisis de puestos de trabajo y elaboración de perfiles profesionales requeridos para los mismos.

      • Certificados médicos de aptitud.

      • Procedimiento de contratación de personal.

      • Información facilitada a las contratas o subcontratas que puedan verse afectadas sobre los riesgos graves o muy graves existentes en el centro de trabajo, medidas preventivas a adoptar y medidas de emergencia a aplicar e instrucciones para dichas situaciones (art. 24 LPRL desarrollado por el RD 171/2004).

      • Información recabada de las contratas o subcontratas sobre los riesgos y las medidas preventivas a adoptar y planificación preventiva (art. 14 y 24 LPRL desarrollado por el RD 171/2004).

      • Evaluaciones de riesgos realizadas por las contratas (art. 16 LPRL).

      • Información de los riesgos graves o muy graves que puedan generar las empresas concurrentes.

      • Plan de Emergencia (art. 23 LPRL).

      • Instrucciones en el manejo de equipos y medios de lucha contra incendios y otras intervenciones previsibles en el Plan de Emergencia.

      • Normas de actuación en primeros auxilios y registro de curas practicadas.

      • Carteles o tarjetas personalizadas con informaciones básicas: teléfonos de emergencias y normas de actuación.

      • Modelos oficiales de notificación de accidentes. Copias de las notificaciones remitidas a la autoridad laboral de los daños para la salud de los trabajadores producidos con motivo del desarrollo de su trabajo (art.23 LPRL y Orden TAS/2926/2002).

      • Relación de accidentes y enfermedades profesionales con incapacidad laboral superior a un día (art. 23 LPRL).

      • Resultados de las investigaciones de accidentes realizadas (art. 16.3 LPRL). Medidas preventivas aplicadas.

      • Índices estadísticos de siniestralidad (de frecuencia, de gravedad, de duración media, etc.) y su evolución.

      • Procedimiento documental de investigación de accidentes aplicado a los accidentes acontecidos.

      5.4. PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN: PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES.

      El plan de acción preventiva de los cinco puestos de trabajo elegidos, elaborado en las tablas del apartado anterior, refleja las distintas acciones correctoras para minimizar los riesgos laborales encontrados en la evaluación de riesgos previa a dicha planificación. Dicha programación ha sido realizada para el período de un año.

      Las actividades preventivas reseñadas en las distintas tablas de los cinco puestos evaluados van encaminadas a informar de los riesgos laborales a los trabajadores afectados, a formar a los mismos y/o vigilar su salud con la intención de que sean subsanados o minimizados los riesgos que han sido la causa de la implantación de las mismas.

      5.4.1. INFORMACIÓN Y FORMACIÓN

      El empresario en cumplimiento de su deber de protección, deberá garantizar que cada trabajador recibirá una formación teórica/práctica, suficiente y adecuada en materia preventiva tanto en el momento de su contratación, como cuando sea necesario por cambios en las funciones que desempeña, se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo ( Art. 19 Ley 31/1995 P.R.L.) o se ausente durante tres meses por enfermedad o excedencia.

      PET LA RÁBIDA imparte la formación a los trabajadores en función del puesto que ocupa y de las tareas a realizar y en relación con los riesgos a que pueda estar expuesto. El departamento de seguridad Informará de las medidas de prevención y protección a tomar cuando su seguridad y salud queden expuestas, esta formación será actualizada cuando sea necesario adoptar nuevas medidas preventivas debida a la realización de nuevas tareas o cambio de equipos.

      Los trabajadores de PET LA RÁBIDA están informados de los riesgos de seguridad y salud, tanto para aquellos que afecten a la empresa en su conjunto, como a cada tipo de puesto de trabajo o función, detallando las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos y de las medidas adoptadas en caso de emergencias. (Art. 18 y 20. Ley 31/1995 P.R.L.).

      Los trabajadores recibirán la información necesaria basándose en la evaluación de riesgos efectuada, tanto de las medidas de protección como de prevención a adoptar en cada uno de los puestos de trabajo, mediante la entrega de la llamada "Ficha informativa sobre riesgos existentes en el puesto de trabajo". Dicha entrega quedará registrada mediante la firma del "certificado de entrega de información" correspondiente.

      La formación en prevención de riesgos ayuda a que los trabajadores adquieran destrezas, hábitos y actitudes positivas, así como medida de corrección de actitudes negativas con lo que en definitiva se consigue la implantación de una cultura prevencionista en la empresa que posibilita la mejora de la calidad del trabajo.

      Todo el personal que reciba equipos de protección personal, será informado del propósito para el cual se les proporcionan, de los riesgos de los que protege el equipo en cuestión, del empleo y ajuste correcto del equipo y del mantenimiento en buenas condiciones operativas del mismo.

      Toda esta información será facilitada directamente por los miembros del departamento de Seguridad y Salud o a través de los representantes de los trabajadores.

      La formación es considerada como una actividad de prevención muy importante, existiendo un plan general de formación teórico-práctico para cada puesto de trabajo, con distintos niveles de certificación.

      Este plan incluye desde una formación básica del proceso, hasta la formación específica de un puesto en concreto donde se estudian todos los procedimientos de trabajo aplicables a este puesto, tanto del punto de vista teórico como práctico.

      Otra parte fundamental en la formación de cada puesto de trabajo es la referente al sistema de seguridad, salud y medio ambiente aplicable a dicho puesto donde se estudian temas tanto generales como específicos de seguridad y salud: por ejemplo control de sustancias químicas, respuesta ante una emergencia, control del ruido, equipos de protección personal, control de trabajos en altura.

      De acuerdo con la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales, y en concreto el articulo 3º del Real Decreto 773/1997, en PET LA RÁBIDA se determinan los puestos de trabajo en los que debe recurrirse a protección individual y precisar, para cada uno de estos puestos, el riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecerse protección, las partes del cuerpo a proteger y el tipo de equipo o equipos de protección individual que deberán utilizarse. Como norma general, en planta de proceso, se requiere el uso de gafas de seguridad con pantallas laterales, casco de protección y zapatos de seguridad.

      En cada curso de formación realizado se cumplimentará por parte del trabajador el certificado de recepción del curso según se figura abajo en el “recibí formación”.

      El Área de Seguridad y Salud junto con el Área de Recursos Humanos diseñan un plan de formación anual de Prevención de Riesgos Laborales que contempla formación en: planes de emergencia, equipos de protección contra incendios, seguridad en planta, EPI´s, primeros auxilios. Por cada empleado y año se programa un total de 20 horas en materia de prevención de riesgos.

      La participación de los trabajadores y consulta, conforme a ley, se efectúa a través de sus representantes, en este caso Delegados de Prevención tal y como contempla el Capítulo V de la Ley 31/1995 de P.R.L.

      En cuanto a la formación, esta será impartida a los trabajadores dentro de su jornada laboral. Se realizará un plan de formación para el período en cuestión, estudiando las necesidades de cada puesto de trabajo. La formación prevista para los cinco puestos en materia preventiva es la que aparece en los planes de acción preventiva del apartado anterior y la que se cita abajo:

      • Curso de primeros auxilios, que se imparte de forma anual a todo el personal, por los miembros del servicio de prevención contratado (servicio médico).

      • Curso de prevención de accidentes in itinere, con el fin de concienciar al trabajador a la hora de realizar sus desplazamientos al trabajo, sobre todo por carretera, del cumplimiento estricto de la normativa de tráfico, seguridad vial y de las medidas de seguridad en el automóvil. Se impartirá por una empresa de formación externa, a través del SPA.

      • Curso de equipos de protección personal, con información actualizada de los nuevos EPI's y refresco de los ya entregados a los trabajadores que los usen. Se impartirá por el departamento de Seguridad y Salud.

      • Curso PVD, para prevenir las consecuencias negativas para la salud derivadas del uso de pantallas de visualización de datos. Se impartirá por una empresa de formación externa, a través del SPA, vía correo electrónico.

      RECIBÍ FORMACIÓN

      EMPRESA:

      CURSO:

      INSTRUCTOR: FECHA:

      TRABAJADOR

      FIRMA

      RECIBÍ DE INFORMACIÓN

      R-08/5

      EMPRESA:

      Pág: 1 de 1

      (PUESTO DE TRABAJO/DPTO./SECCIÓN)

      En cumplimiento de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. núm. 269, de 10 de noviembre), artículo 18, sobre información, consulta y participación de los trabajadores, se les proporciona a los trabajadores, la siguiente información en materia de seguridad y salud en el trabajo:

      INFORMACIÓN SOBRE:

      TRABAJADOR

      FECHA

      FIRMA

      5.4.2. VIGILANCIA DE LA SALUD

      El empresario garantiza a los trabajadores la vigilacia periódioca de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, es una obligación del empresario recogida en el art. 22 de la Ley 31/1995 de P.R.L.

      Esta vigilancia la prestará un servicio de prevención ajeno y lo realizará anualmente a través de pruebas médicas como: analíticas, electrocardiogramas, pruebas auditivas y de visión, oscultación y psicomotricidad, etc. siempre con el consentimiento del trabajador salvo que sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo para lo que hará falta un informe previo de los Delegados de Prevención, para determinar si el estado de salud del trabajador supone un riesgo para sí mismo, para los demás trabajadores o para terceros o cuando esté establecido en una norma legal o reglamentaria. (Art. 22 Ley 31/1995 P.R.L.).

      La vigilancia de la salud será efectuada por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada que se personará en el centro de trabajo para estos controles periódicos y permanecerá en él de lunes a sábado para la vigilancia diaria.

      Con respecto al apartado de vigilancia de la salud, PET LA RÁBIDA, realizará siguientes actividades preventivas:

      • Reconocimientos médicos periódicos y específicos para cada uno de los puestos de trabajo, para detectar cualquier tipo de alteración derivada de los riesgos a los que están expuestos los trabajadores.

      • Promoción de la Salud, con el fin de informar a los trabajadores sobre temas sanitarios de interés para así mejorar sus hábitos de salud.

      • Prevención de enfermedades infecciosas, como el tétanos o la gripe, entre otras, fomentando campañas de vacunación entre los empleados.

      • Cursos de formación en temas sanitarios de interés.

      • Atención especial a los trabajadores especialmente sensibles, evitando que los mismos estén expuestos a condiciones de trabajo para las que son especialmente sensibles.

      • Formación en asistencia de primeros auxilios a todo el personal, así como disponer de los medios humanos y materiales adecuados para realizar dicha asistencia, a través del personal del Servicio Médico.

      • Medicina asistencial, por parte del Servicio Médico, para accidentes y enfermedades. Se realizará por parte del personal del Servicio Médico un registro diario de las asistencias realizadas a los empleados.

      • Servicio de rehabilitación, facilitado a través de la Mutua de Accidentes de Trabajo.

      Las características de la vigilancia de la salud que se llevará a cabo en la empresa son:

      • El empresario garantizará a sus trabajadores la vigilancia periódica de su salud, restringiendo el alcance de la misma a los riesgos inherentes al trabajo.

      • Vigilancia de la salud en función de los riesgos a los que está sometido el trabajador en el lugar de trabajo.

      • Con voluntariedad condicionada: la LPRL configura la vigilancia de la salud como un derecho del trabajador y una obligación del empresario, enunciando como regla general la voluntariedad de la misma. Es más, el consentimiento del trabajador no deberá ser a una vigilancia genérica sino que se basará en el conocimiento por parte del mismo del contenido y alcance de la vigilancia de la salud.

      • La información médica derivada de la vigilancia de la salud de cada trabajador estará disponible para el propio trabajador, los servicios médicos responsables de su salud y la autoridad sanitaria. Ningún empresario podrá tener conocimiento del contenido concreto de las pruebas médicas o de su resultado sin el consentimiento expreso y fehaciente del trabajador. Al empresario y a las otras personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención se les deberán facilitar las conclusiones de dicho reconocimiento en los términos de:

        • Aptitud o adecuación del trabajador a su puesto de trabajo o función.

        • Necesidad de introducir o de mejorar las medidas de protección o de prevención.

      • La vigilancia de la salud se prolongará más allá de la finalización de la relación laboral en aquellos casos en los que los efectos sobre los trabajadores así lo aconsejen.

      • La ley no especifica ni define las medidas o instrumentos de vigilancia de la salud, pero sí establece una preferencia para aquellas que causen las menores molestias al trabajador, encomendando a la Administración Sanitaria el establecimiento de las pautas y protocolos de actuación en esta materia. Este encargo se concreta en el Reglamento de los Servicios de Prevención que dispone que sea el Ministerio de Sanidad y Consumo el que establezca la periodicidad y contenido de la vigilancia de la salud específica.

      • Los resultados de los controles del estado de salud de los trabajadores deberán estar documentados, así como las conclusiones de los mismos (Art. 23 de la Ley 31/1995 de P.R.L.)

      • El coste económico de cualquier medida relativa a la seguridad y salud en el trabajo, y por tanto el derivado de la vigilancia de la salud, no recaerá sobre el trabajador (Art. 14 de la Ley 31/1995 de P.R.L.). Una consecuencia de lo anterior es la realización de los reconocimientos médicos dentro de la jornada laboral o el descuento del tiempo invertido de la misma.

      5.4.3. EMERGENCIAS.

      En PET LA RÁBIDA se han analizado las posibles situaciones de emergencia y se han adoptado medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de trabajadores para garantizar la seguridad en las actividades, operaciones e instalaciones. El personal tanto contratado como ajeno estará formado en las medidas y en los procesos de actuación en caso de emergencia. Existe personal designado para realizar las tareas de emergencia con formación específica en cada materia, y dispone del material adecuado para hacerles frente. (Art. 20 Ley 31/1995 de P.R.L.).

      La empresa tiene organizadas las relaciones necesarias con servicios externos en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios para garantizar la rapidez y eficacia en los casos en los que se presente dicha emergencia.

      Todo ello queda recogido en el Plan de Autoprotección. A continuación se describen las actuaciones en materia preventiva a realizar por la empresa para situaciones de emergencia.

      Dentro del Plan de Autoprotección de PET LA RÁBIDA, existe el documento que forma parte del Plan de Autoprotección denominado "Manual de actuación en emergencias", en el que, partiendo de la identificación del riesgo de la planta y teniendo en cuenta la estructura organizativa y los medios de autoprotección de la misma, se definen las pautas de actuación y organizan los medios a movilizar para hacer frente a las posibles situaciones de emergencia en la instalación.

      5. 4. 3. 1. Procedimientos de actuación ante emergencias.

      Debido a la variada tipología de accidentes que pueden ocurrir en la planta, se desarrollan los procedimientos generales de actuación ante emergencias. Habría que distinguir entre procedimientos referidos a fugas de productos inflamables o tóxicos (sin incendio), incendios y explosiones, además de contemplar la actuación ante situaciones de emergencia especiales.

      Estos procedimientos se detallan en los Procedimientos de Actuación ante Emergencias, en los cuales se indica, para cada tipo de emergencia:

      • Procedimiento a seguir por la persona que detecta una emergencia.

      • Acciones a emprender por los Equipos de Intervención.

      Al objeto de facilitar la adecuada actuación de todas las personas presentes en las instalaciones durante una emergencia, se han elaborado Fichas Personales de Actuación ante Emergencia, tanto para los mandos y miembros de los equipos y servicios de emergencia, como para el personal de la planta sin misión específica en la emergencia, personal de contratas y visitantes. Cada una de estas fichas recoge las actuaciones principales a seguir mientras se encuentre activada la emergencia.

      5. 4. 3. 2. Formación del personal designado para emergencias.

      Para ser operativo en todas las situaciones de emergencias, la difusión selectiva de la información de la actuación en caso de emergencias debe alcanzar a toda la plantilla de PET LA RÁBIDA, personal de contratas y personal de nuevo ingreso. Dicha información se haya recogida en el Plan de Autoprotección.

      Los trabajadores recibirán una formación específica sobre la actuación en caso de emergencias. La formación que el personal reciba en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (características y riesgos de las sustancias, procedimientos específicos de trabajo en las instalaciones, prácticas de trabajo seguras, empleo de prendas de protección personal, etc.) será complementaria, pero nunca sustitutiva, de una formación específica de actuación en caso de emergencia.

      Para ello, el contenido del Plan de Autoprotección debe ser conocido por todo el personal en la extensión adecuada a sus misiones asignadas en el mismo. Así, pueden distinguirse los siguientes niveles de conocimiento del Plan:

      • Formación general, que deberá ser recibida por todo el personal, tengan o no asignadas misiones específicas en la emergencia. El contenido de este programa de formación debe incluir:

          • Estructura básica del Plan.

          • Procedimiento general de actuación para todos los empleados.

          • Puntos de reunión.

          • Evacuación y refugio. Condiciones y forma de actuación.

          • Comunicaciones de alarma (notificación y avisos generales).

      • Formación específica, que se impartirá a todo el personal que tenga asignada alguna misión específica en la emergencia, que incluirá:

          • Activación del Plan. Organización de la emergencia en los diversos casos posibles. Ubicación de los Centros de Control de la Emergencia.

          • Fichas personales de actuación.

          • Uso de material contra incendios, de contención y prendas de autoprotección (según corresponda).

          • Uso de los medios de intercomunicación.

      • Formación específica de los Equipos de Intervención: Los Equipos de Intervención recibirán, además de la formación como personal de PET LA RÁBIDA, una formación específica de lucha y supresión de emergencias. Esta incluirá:

      • Formación teórica: El contenido de este programa de formación incluirá, al menos:

      • Teoría del fuego. Generalidades.

      • Riesgo químico. Prendas de protección personal.

      • Agentes extintores: su utilización en base a un mayor rendimiento. Descripción. Ventajas e inconvenientes.

      • Equipos portátiles y sistemas fijos: ventajas e inconvenientes.

      • Medios móviles (manuales) de extinción: generalidades. Equipos auxiliares para agua y espumas (mangueras, racores, lanzas, monitores, etc.).

      • Sistema de detección y alarma.

      • Redes contra incendios. Sistemas fijos secos y húmedos.

      • Derrames y fugas (personal de operaciones y del servicio de operaciones): Confinamiento de vertidos. Supresión de fugas.

      • Uso y limitaciones de los equipos de protección respiratoria.

      • Primeros auxilios.

        • Formación práctica: El contenido de este programa de formación incluirá, al menos:

        • Ejercicios prácticos de extinción empleando extintores.

        • Ejercicios prácticos de extinción empleando agua pulverizada.

        • Ejercicios diversos de manejo de equipos auxiliares (lanzas, hidrantes, mangueras, etc.).

          • Personal de nuevo ingreso: El personal de nuevo ingreso además de recibir la formación general que corresponda a seguridad y salud en el trabajo, con lo que respecta al plan de emergencias, debe recibir formación general, formación específica o formación específica para Equipos de Intervención en función del puesto que vaya a desempeñar. Esta formación debe ser recibida antes de comenzar sus actividades en las instalaciones de PET LA RÁBIDA.

          • Contratas: El personal de contratas debe recibir, antes de comenzar los trabajos en las instalaciones, una formación que incluya información general de los riesgos existentes en las instalaciones, así como información sobre cómo actuar en caso de emergencia en la planta. Esta formación debe permitir que el personal de la contrata tenga un conocimiento general de las instalaciones y formas de actuación con el objeto de que:

          • Conozcan los riesgos a que puedan estar sometidos.

          • Conozcan los riesgos que sus trabajos puedan introducir en las instalaciones.

          • Sepan cómo actuar en caso de que se produzca una emergencia durante su estancia en las instalaciones.

          El contenido de este programa de formación debe incluir:

        • Descripción de la planta.

        • Sustancias presentes, riesgo de incendio y riesgo químico.

        • Reglamentación general de Seguridad en las instalaciones y procedimientos específicos que les afecten.

        • Evacuación y refugio, puntos de reunión y forma de actuación.

        • Comunicaciones de alarma (notificación y avisos generales).

        • Normas generales a seguir en caso de emergencia (situación de vehículos y grúas).

        • 5. 4. 3. 3. Simulacros de emergencia.

          La formación del personal requiere, además de cursos de formación, la realización de ejercicios y simulacros prácticos de activación del Plan de Autoprotección y actuación en la emergencia.

          La realización de un simulacro de emergencia, en tanto que escenifica lo más fielmente posible una situación real de emergencia, constituye una herramienta esencial para:

          • Familiarizar al personal con tareas propias de autoprotección o evacuación, y aumentar la confianza.

          • Aumentar el nivel de coordinación entre el personal.

          • Identificar deficiencias en los recursos disponibles (humanos y materiales).

          • Detectar errores y posibles mejoras en el Plan.

          Dado que la realización de simulacros es una actividad compleja que requiere movilización de numerosos recursos, es aconsejable:

          • Realizar previamente ejercicios parciales (de activación del Plan y emergencias locales).

          • Planificar previamente cada actividad en campo, realizando, incluso, simulaciones en sesiones de trabajo.

          • Ir aumentando, progresivamente, la complejidad (en cuanto a volumen de recursos humanos y materiales a movilizar) de los ejercicios y simulacros.

          La frecuencia anual de realización de ejercicios y simulacros de emergencia será de 2 simulacros por turno al año de forma que se ejerciten:

          • Activación del Plan.

          • Emergencias locales simuladas.

          • Simulacro de Emergencias Nivel 2 ó 3.

          6. INTEGRACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA: POLITICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

          La Dirección de PET LA RÁBIDA mantiene el principio de integración de la acción preventiva en el seno de la gestión organizativa de la empresa, para lo cual se compromete a cumplir con las políticas de prevención de riesgos laborales de la compañía, así como con la actual legislación vigente en materia de Seguridad y Salud Laboral. (Art. 1.1. R.S.P).

          La meta de la política de prevención de la empresa es estar de forma constante con el compromiso el progreso continuo sobre todas las operaciones de la planta en materia de gestión de la prevención. (Art. 14 Ley 31/1995 L.P.R.L.).

          El primer punto clave a desarrollar previo a toda planificación preventiva es la definición de la política en prevención de riesgos laborales de la empresa.

          La política preventiva es un proceso que se concreta en el documento mediante el cual la organización expresa formalmente las directrices y objetivos generales relativos a la prevención de riesgos laborales, determinando las funciones y responsabilidades en este campo.

          Dicha política está aprobada por la Dirección, ya que ésta es la forma de demostrar su compromiso con los temas preventivos y además es la manera de que la política tenga el refrendo adecuado ante los trabajadores. En PET LA RÁBIDA se ha contado con la participación de los trabajadores (o de sus representantes) en la elaboración de esta política, ya que a fin de cuentas son ellos los destinatarios de la misma y sin su colaboración, aportaciones y apoyo, ésta no puede llegar a buen término.

          La política preventiva se inicia a través de una declaración formal de principios y compromisos sobre los que asentar lo que la empresa pretende ser y hacer en materia de prevención de riesgos laborales. Son esencialmente los valores sobre los que cimentar el sistema preventivo.

          Tal declaración se establece por escrito y de forma clara y sencilla, divulgándose a todos los miembros de la organización.

          Pero la política no debe quedarse en una mera declaración de principios, el interés ha de demostrarse con hechos fehacientes, que evidencien de manera continuada la importancia que la dirección de la empresa da a la Prevención.

          La dirección se asegura de la comprensión, implantación y mantenimiento de la política de prevención definiendo y documentando sus principios básicos. Se ha comprometido con el mejoramiento continuo de la seguridad y salud laboral en sus procesos y personal. Esto se consigue mediante nuestro proceso de gestión de la prevención de riesgos laborales, un proceso dirigido hacia el trabajador y su entorno para establecer el control de nuestro Sistema de GPRL y su mejora continúa.

          La Política de Prevención de Riesgos Laborales de PET LA RÁBIDA es la que se detalla a continuación:

          6.1. Política, objetivos y metas.

          La Dirección de PET LA RÁBIDA mantiene el principio de integración de la acción preventiva en el seno de la gestión organizativa de la empresa, para lo cual se compromete a cumplir con las políticas de prevención de riesgos laborales de la compañía, así como con la actual legislación vigente en materia de Seguridad y Salud Laboral.

          La meta de la política de prevención de PET LA RÁBIDA es el progreso continuo sobre todas las operaciones de la planta en materia de gestión de la prevención. Para ello proveerá los recursos necesarios para garantizar la participación y la información de todos los trabajadores, así como el derecho de los mismos a ser consultados en materia de prevención. Por otro lado, la empresa proporcionará la formación teórica y práctica necesaria a los trabajadores en base a los riesgos a los que pudieran estar expuestos en su puesto de trabajo.

          La dirección se asegura de la comprensión, implantación y mantenimiento de la política de prevención definiendo y documentando sus principios básicos e implantando las responsabilidades de prevención y salud laboral.

          La responsabilidad de la gestión de la prevención alcanza a todos los niveles de la empresa. Todos los empleados tienen un papel y participan en la mejora de las condiciones de trabajo, cada uno de la manera más adecuada, para garantizar la seguridad y salud de todos los trabajadores.

          6.2. Evaluación de Riesgos.

          La planta de producción de PET LA RÁBIDA es una planta química, lo que implica una serie de riesgos a la hora de operar y trabajar en las instalaciones. Estos riesgos que son necesarios prevenir, evaluar y controlar, se generan en diferentes ambientes de trabajo y actúan sobre diferentes tipos de personal interno y externo tales como oficina, operaciones, mantenimiento, contratas y visitas.

          Para la prevención, evaluación y control, es decir, para la gestión de los riesgos, es necesario una correcta evaluación inicial de riesgos (que marque un punto de partida o de referencia inicial), y una implantación de las medidas correctoras que surjan como resultado de la evaluación, siguiendo los principios de la acción preventiva listados en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

          Pero esta evaluación no será definitiva, sino que también es necesario efectuar una revisión de la evaluación en los siguientes supuestos:

          • Cuando así lo establezca una disposición especifica.

          • Cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores.

          • Cuando se hayan comprobado que las actividades de prevención empleadas no han sido las mas adecuadas o han sido insuficientes.

          • Cuando lo acuerden la empresa y los representantes de los trabajadores, teniendo en cuenta el posible deterioro de las instalaciones por el transcurso del tiempo.

          • Cuando se produzcan cambios o modificaciones en los puestos de trabajo, se adquieran nuevos equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, o se produzca la incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido lo haga especialmente sensible a las condiciones del puesto.

          6.3. Planificación de la Actividad Preventiva.

          PET LA RÁBIDA desarrolla su política de seguridad como queda descrita en su manual de planta y planifica sus objetivos de prevención anualmente efectuando seguimientos.

          La dirección de PET LA RÁBIDA documenta anualmente sus objetivos tomando como referencia los datos registrados, la legislación vigente, las normas internas de la compañía y otros para conseguir mejorar las condiciones de trabajo con consenso de todas las partes de la planta.

          Todos estos objetivos serán definidos para conseguir metas específicas, medibles y alcanzables. Para ello la dirección asignará responsabilidades, plazos y recursos.

          PET LA RÁBIDA dispone de un programa anual en el que se incluyen actividades encaminadas a la mejora de la prevención y la salud laboral, destacando las siguientes:

          • Formación

          • Prevención

          • Controles Médicos

          • Inspecciones y Auditorias

          • Planes Anuales

          • Controles de Seguridad

          6.4. Memoria anual.

          PET LA RÁBIDA elaborará a finales de cada año una memoria anual donde se recogerán todas las actividades desarrolladas en materia de prevención en el año en curso, analizando si los objetivos de la planificación de la prevención han sido cubiertos. Del mismo modo se analizarán todos los incidentes y accidentes acaecidos, elaborando los informes estadísticos necesarios para el análisis de la información cara a una mejora de la política preventiva. Se recopilarán todas las visitas de seguridad, inspecciones, auditorías, etc., con el fin de elaborar un nuevo calendario de la planificación preventiva y establecer las bases para el siguiente año en materia de prevención.

          6.5. Accidentes mayores.

          Dentro de la clasificación de accidentes, nos podemos encontrar con 3 categorías, de las cuales la categoría 3 es la de mayor gravedad. Los accidentes de categoría 3 son aquellos en los que como consecuencia de hechos acontecidos inesperadamente se prevea que tengan como consecuencia posibles víctimas y daños materiales graves o alteraciones importantes del medio ambiente en zonas extensas, en el exterior de la instalación. Este tipo de accidente está siempre relacionado al nivel de emergencia más alto, el nivel 3, donde se encuadran aquéllas emergencias en las cuales se superan los medios de autoprotección en la planta, haciendo necesaria la intervención de medios exteriores de lucha y/o evacuación.

          En estas situaciones de emergencia, ante la incidencia que sobre el exterior pueda tener el accidente, se da aviso al Centro de Coordinación de Emergencias, desde donde se coordina la actuación de los servicios de intervención, sanitarios y logísticos contemplados en el Plan de Emergencias Químicas de Cádiz.

          Los incidentes más graves que pueden provocar esta situación extrema de emergencia son:

          • Gran incendio incontrolable, que afecta a las áreas de proceso y/o almacenamiento.

          • Fuga de gas tóxico.

          • Gran escape de líquido inflamable, que afecta al exterior de la instalación.

          6.6. Planes de emergencia.

          Dentro del Plan de Autoprotección de PET LA RÁBIDA, existe el documento que forma parte del Plan de Autoprotección denominado "Manual de actuación en emergencias", en el que, partiendo de la identificación del riesgo de la planta y teniendo en cuenta la estructura organizativa y los medios de autoprotección de la misma, se definen las pautas de actuación y organizan los medios a movilizar para hacer frente a las posibles situaciones de emergencia en la instalación.

          6.7. Equipos de protección contra incendios.

          6. 7. 1. Sistemas fijos contra incendios

          Para el transporte del agua contra incendios a las diversas instalaciones de PET LA RÁBIDA existe una red enterrada de tuberías en toda la planta. Dicha red parte de la sala de bombas y forma un doble anillo en las áreas de proceso para garantizar el abastecimiento por lo menos desde dos caminos.

          A la red se conectan:

          • Instalaciones fijas (secas y húmedas)

          • Red de hidrantes (10)

          • Columnas húmedas con conectores para mangueras

          El equipo auxiliar contra incendios se encuentra en 8 armarios de dotación para hidrantes; cada uno de ellos contiene:

          • 2 tramos de manguera de 15 m, de ø70 mm.

          • 2 tramos de manguera de 15 m, de ø45 mm.

          • 1 llave de accionamiento de hidrante.

          • 1 lanza ø70 de triple efecto, racorada.

          • 3 lanzas ø45 de triple efecto, racoradas.

          • 1 adaptador Barcelona de 45 a 70.

          Asimismo, en las columnas húmedas del área de proceso, junto a cada conector de manguera (CM) existe un armario de dotación (AD) con la siguiente dotación:

          • 1 manguera de 45.

          • 1 lanza de 45.

          • 1 adaptador Barcelona de 45 a 70.

          6. 7. 2. Equipos de Bombeo

          La sala de bombas contiene los sistemas de impulsión para el agua contra incendios de la planta.

          El sistema de bombas está compuesto por un grupo principal, formado por dos motobombas diesel, y un grupo auxiliar de presurización, constituido por una electrobomba jockey.

          6. 7. 3. Instalaciones fijas en edificios y zonas de proceso de las instalaciones

          • Bocas de incendio equipadas (BIE): Se dispone de 8 BIE.

          • Sistema INERGEN: En las salas eléctricas la extinción automática es por gas INERGEN. Este gas al dispararse en un recinto cerrado, disminuye la concentración de oxígeno a niveles sofocantes para el fuego pero permiten la respiración humana.

          • Extintores: Se disponen de más de 100 extintores distribuidos por toda la Planta, de los cuales parte son de CO2 y el resto de polvo químico, de 6, 9, 12, 25 y 50 kg.

          • Otros: Material diverso en almacén de seguridad.

          6.8. Formación e información.

          La información y la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales son derechos fundamentales de los trabajadores.

          En lo referente a la información, los trabajadores han de ser informados directamente o través de sus representantes sobre los riesgos a los que están expuestos y sobre las medidas y actividades de prevención y protección (por ejemplo, el plan de emergencia y evacuación y las normas generales de seguridad del centro de trabajo). Pero la información ha de ser bidireccional, también los trabajadores tienen el deber de informar de inmediato a su superior jerárquico y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.

          Cabe señalar que la información sobre la política preventiva de la empresa y en general sobre todos los temas que atañen a las condiciones de trabajo del personal debe ser realizada de forma transparente, evitando posibles tergiversaciones, para llegar a todos de la manera más directa posible.

          En cuanto a la formación, se deberá garantizar que todo el personal de la empresa reciba una formación suficiente en materia preventiva dentro de su jornada laboral, tanto en el momento de su contratación, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, esto independientemente de la modalidad o duración de su contrato. Con la formación se pretende desarrollar las capacidades y aptitudes de los trabajadores para la correcta ejecución de las tareas que les son encomendadas.

          La información y formación adecuadas harán que el trabajador sea consciente de los riesgos que corre en la ejecución de su trabajo y conozca las medidas preventivas dispuestas, así como su correcta utilización y/o ejecución.

          6.9. Seguridad en subcontratistas.

          De acuerdo con las condiciones generales de los contratistas, todos aquellos que desarrollen un trabajo en PET LA RÁBIDA, deben comprometerse previamente a tomar las precauciones necesarias para proteger la salud y reducir los riesgos contra las personas y las instalaciones, además de cumplir la normativa vigente, procedimientos de construcción y otros reglamentos relativos a la prevención o información sobre accidentes.

          Todos los contratistas deben recibir orientación sobre seguridad. Es responsabilidad de la persona de contacto del contratista de PET LA RÁBIDA el iniciar la orientación sobre seguridad y salud de dicho contratista. La orientación la impartirá una persona designada para ello por PET LA RÁBIDA. Esta orientación tiene validez para los contratistas por un período de 12 meses, siempre y cuando no haya ningún cambio en la información durante este periodo.

          6.10. Visitas de seguridad.

          Como parte de la actividad preventiva en PET LA RÁBIDA, se programará un número determinado de visitas de seguridad al año que, de manera aleatoria y sin previo aviso, se efectuarán el las zonas de la planta que el personal de prevención estime convenientes, con el fin de detectar posibles situaciones de riesgo, condiciones inseguras o procedimientos de trabajo inadecuados.

          6.11. EPI´s (Equipos de protección individual)

          Las protecciones personales se deben utilizar cuando se verifica la insuficiencia de los sistemas de prevención y tras agotar las posibilidades de implantación de los sistemas de protección colectiva o como complemento de ésta; por ello, son la última barrera entre el individuo y el riesgo.

          Estas deben ser adecuadas al riesgo que protegen, no generar nuevos riesgos, no dificultar el trabajo, ser cómodas, adaptadas a cada persona, y que se puedan quitar y poner fácilmente.

          Los empleados deben usar los equipos de protección personal provistos por la empresa y su utilización es obligatoria en los puestos de trabajo donde resultan preceptivas, siendo su uso siempre individual.

          Los empleados deben recibir información y entrenamiento adecuado sobre:

          • El propósito para el cual se les provee de un equipo de protección personal determinado.

          • Los riesgos de los que protege el equipo en cuestión

          • El empleo y ajuste correcto del equipo

          • Mantenimiento en buenas condiciones operativas del equipo de protección personal

          Todos los equipos de Seguridad, cumplirán la legislación española, en cuanto a normas de comercialización de Equipos de protección individual R.D. 1407/1992 y disposiciones mínimas de Seguridad y Salud, relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, R.D. 773/1.997.

          6.12. Gestión de las fichas de seguridad.

          La información sobre la peligrosidad de los productos químicos, ya sean sustancias o preparados (mezcla de dos o más sustancias), es imprescindible para conocer el riesgo que su manipulación presenta y en consecuencia adoptar los métodos de trabajo adecuados para la protección de la salud y el medio ambiente. En este tema, las fichas de seguridad de los productos químicos constituyen una herramienta fundamental que aporta información no solamente sobre la peligrosidad de los productos sino sobre aspectos tales como la gestión de residuos, primeros auxilios o datos fisicoquímicos de gran ayuda en la manipulación de los mismos.

          Con objeto de disponer de la información necesaria para evaluar los riesgos de los productos químicos, y así poder establecer los medios de protección que se estimen necesarios, se dispondrá de fichas de seguridad de todos los productos químicos clasificados como peligrosos que se empleen en PET LA RÁBIDA.

          Para ello, cuando se gestione la compra de un producto nuevo, el departamento de compras solicitará la ficha de seguridad, que deberá ser entregada con anterioridad a la entrega del producto preferentemente y sino en el momento de la misma. Una vez el departamento de compras disponga de ella, la pasará al departamento de Seguridad para que la evalúe.

          En el caso de productos de fabricación (intermedios o finales), será el departamento de desarrollo quien gestione la obtención de las fichas de seguridad de dicho producto.

          Se dispone también de fichas de seguridad resumidas a partir de las fichas de seguridad originales que incluyen información sobre nombre de sustancia, identificación y clasificación de riesgos, primeros auxilios, medidas contra incendios, equipos de protección personal y medidas en caso de vertido accidental.

          Hay distribuidos juegos de las fichas de seguridad de los productos químicos empleados en PET LA RÁBIDA, a disposición de cualquier persona para su consulta.

          6.13. Mediciones de higiene.

          Como complemento de las actividades preventivas, se programarán una serie de actividades destinadas a la medición de algunos parámetros que por su exposición a los mismos puedan afectar a la salud de los trabajadores. Entre ellos podemos destacar la medición de ruido en planta y la medición de la concentración de vapores orgánicos en el laboratorio y en puntos de venteo de equipos en planta.

          6.14. Accidentes y análisis.

          El aprendizaje de incidentes ocurridos en las operaciones de la planta es un medio altamente efectivo de mejorar dichas operaciones y de prevenir daños físicos a las personas, daños a las propiedades, perdidas al negocio u otros posibles eventos indeseables.

          Una aproximación estructurada al análisis de incidentes, tal como el análisis de Causa Raíz (RCA), proporciona un medio eficiente de focalizar los recursos de la compañía en la extracción de aprendizajes de los incidentes ocurridos así como a la prevención de los mismos.

          La metodología implantada en PET LA RÁBIDA es el modelo registrado por Failsafe-Network, consistente en la recolección de evidencias, obtención de conclusiones en base a las evidencias físicas y humanas, determinación de causas latentes y propuesta de plan de acciones recomendadas.

          Una de las claves del éxito de una investigación RCA es la inmediata recolección de evidencias. Para ello se deberá proceder a la toma de fotografías, piezas afectadas, registros documentales y entrevistas a las personas involucradas sin dilación tras el incidente.

          De forma resumida los pasos o fases para realizar un RCA son:

          • Describir el incidente ocurrido (que ocurrió, cuándo, dónde, quién estuvo involucrado, cuál fue el impacto del incidente)

          • Recolectar evidencias,

          • Recolectar evidencias físicas (realizar fotografías, piezas dañadas, etc.)

          • Recolectar evidencias humanas (entrevistas a personas implicadas)

          • Recolectar evidencias documentales (permisos de trabajo, datos técnicos equipo implicado, libros de turno, procedimientos, etc.)

          • Listar la secuencia de eventos de manera cronológica

          • Describir conclusiones sobre causas físicas y humanas

          • Definir causas latentes

          • El momento en el que se tomo una decisión inapropiada que dio lugar a la causa humana. Describir la situación con el mayor detalle posible, de forma que el lector pueda ponerse en el lugar de la persona que tomó la decisión

          • Proceso de "filtrado": Describir el proceso de pensamiento de la persona que tomo la decisión inapropiada. Qué estaba pensando cuando tomó esa decisión.

          • Describir en que manera la forma de trabajar en nuestra organización ha contribuido al proceso de filtrado anterior (causas latentes)

          • Dibujar/escribir el árbol raíz del incidente

          • Describir las acciones recomendadas por el investigador/equipo de investigación

          Se deben documentar los datos, resultados y recomendaciones de las investigaciones, y esto debe incluir al menos:

          • Fecha y hora del incidente

          • Fecha y hora del comienzo de la investigación del incidente

          • Descripción del incidente

          • Causas del incidente

          • Factores que contribuyeron al incidente

          • Todas las recomendaciones, acciones correctoras y acciones preventivas resultantes de la investigación, incluyendo fechas previstas de cierre de cada acción.

          6.15. Gestión de la Legislación de seguridad y medioambiente.

          El departamento de Seguridad, Salud y Medio Ambiente de PET LA RÁBIDA será el encargado de velar por el cumplimiento de la Legislación vigente en materia de seguridad y medioambiente.

          6.16. Responsabilidades.

          Las responsabilidades en materia de prevención están desarrolladas en el apartado 1.4 de esta memoria en el que se hizo mención a las responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores, según Art. 29 Ley 31/1995 de PRL y a las responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores designados.

          9/99

          10/99

          Director de Planta

          Organigrama de PET LA RÁBIDA S.L.

          Apoyo Técnico

          Jefe de Operaciones

          Coordinador

          Operaciones/Mantenimiento

          Asistente Adm. Dirección

          Control Distribuído

          Tecnólogo DCS

          Apoyo Técnico DCS

          Laboratorio

          Tecnólogo de Laboratorio

          Apoyo Técnico de Laboratorio

          Calidad

          Tecnólogo de Calidad

          Apoyo Adm. Calidad

          Seguridad y Salud

          Coordinador HSES y Salud

          Técnico HSES y Salud

          Informática

          Tecnólogo Informática

          Apoyo Adm. Informática

          Contabilidad

          Tecnólogo Contabilidad

          Apoyo Adm. Contabilidad

          Compras y Logística

          Jefe de Compras y Logística

          Apoyo Adm. Compras

          Apoyo Adm. Logística

          Adm. de almacén

          de repuestos

          Apoyo técnico

          a Mantenimiento

          Operadores técnicos

          de mantenimiento

          Jefe de turno

          Mecánico y Eléctrico

          Ingeniero Eléctrico

          Coordinador Permisos

          de trabajo

          Operadores técnicos de fabricación

          Operadores técnicos de laboratorio

          Jefes de turno

          de Operaciones

          Servicio a Operaciones

          Jefe de Servicio a

          Operaciones

          Recursos Humanos

          Jefe de RRHH

          Apoyo Adm. RRHH

          Ingeniero Mecánico

          Mantenimiento

          Jefe de Mantenimiento

          Ingenieros de procesos

          Administración y

          Recursos Humanos

          Operaciones

          Jefe de Operaciones

          sobre

          Organización del trabajo

          Características del trabajo

          Complejidad del trabajo

          Materias primas

          Equipos de trabajo

          Estado de salud trabajadores

          Valoración de los riesgos existentes

          Identificación de los trabajadores expuestos a los diversos elementos peligrosos

          Determinación de los elementos peligrosos

          Obtención de información




    Descargar
    Enviado por:Rita
    Idioma: castellano
    País: España

    Te va a interesar