Gestión Administrativa
Modalidades de contratos
Tema 2. Modalidades de contratos
1. Concepto de contrato
_Acuerdo entre el empresario y el trabajador. El trabajador presta un servicio al empresario a cambio de una retribución.
2. Elementos del contrato
_Tiene que cumplir una forma determinada y constar de unos elementos esenciales para que tenga validez. Además debe registrarse en la oficina del INEM.
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El consentimiento: representa la concurrencia de voluntades entre ambas partes, la manifestación de la voluntad libre y sin engaño o fraude de la firma del contrato.
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El objetivo del contrato: hace referencia a las obligaciones de las partes y establece qué prestaciones se van a llevar a cabo.
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La causa del contrato: es la razón real por la que se pacta la fuerza del trabajo a cambio de un salario.
3. Características y formalización
QUIEN PUEDE CELEBRAR UN CONTRATO DE TRABAJO |
_Mayores de edad _Extranjeros de acuerdo con la legislación aplicable _Menores de edad emancipados legalmente _ Menores con 16 y 17 años: - Emancipados - Con autorización de padre, madre o tutor. |
_Como norma general, los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas deberán constar siempre por escrito. No obstante, hay que indicar que la legislación establece excepciones, en las que el contrato tiene que hacerse de forma escrita:
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En prácticas y para la formación.
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A tiempo parcial.
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Fijos-discontinuos y de relevo.
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Trabajo a domicilio.
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Por obra o servicio determinado.
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Trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.
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Siempre y cuando lo exija una disposición legal.
4. Contenidos mínimos del contrato
_El contrato de trabajo, que tiene que ser firmado por ambas partes y registrado en la oficina del INEM en el plazo máximo de diez días, debe contener los siguientes contenidos mínimos:
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Tipo de contrato.
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Fecha de comienzo y fin, si es el caso.
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Categoría profesional a la que pertenece el contratado.
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Jornada laboral: duración y distribución.
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Periodo de prueba, si cabe.
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Domicilio social de la empresa o del empresario.
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Centro de trabajo.
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Retribución.
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Distribución de las vacaciones.
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Plazo de preaviso en caso de rescindir la relación laboral.
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Convenio colectivo aplicable al sector.
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Fecha y lugar de la firma
5. Obligaciones de la empresa
_El derecho a información del trabajador implica una serie de obligaciones para la empresa: comunicar a la oficina de empleo las prórrogas de los contratos, cualquier variación de datos, etc.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA EN RELACIÓN AL CONTRATO | ||
Con los representantes de los trabajadores. | Con el servicio público de empleo. | |
Copia básica del contrato de trabajo. |
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Cuatro ejemplares del contrato:
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6. Tipos de contratos
MODALIDADES DE CONTRATO | |||||
Indefinidos | Temporales | A tiempo parcial | Especiales | ||
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7. Contratos indefinidos
_Se trata de aquellos contratos que carecen de ficha de finalización. En determinadas circunstancias generan bonificaciones.
_Los tres tipos de contrato indefinido que debes conocer son:
Tipo | Características | ||
Contrato indefinido | Es el contrato de trabajo ordinario. No da derecho a bonificaciones. | ||
Contrato de fomento de la contratación indefinida | Da lugar a bonificaciones que van desde 500 a 3200 euros dependiendo del colectivo inicialmente contratado. | ||
Contrato indefinido fijo-discontinuo | Para trabajos fijos-discontinuos que no se repiten en fechas. Siempre por escrito según el modelo oficial. Debe contener: duración estimada de la actividad, forma y orden de llamamiento al trabajador y jornada laboral estimada con una distribución horaria. Está bonificado si se suscribe con alguna de las personas del colectivo que entra en el plan de fomento. |
8. Contratos formativos
En practicas | Para la formación | ||||
Requisitos | Titulación oficial obtenida en los últimos cuatro años o seis, si es un discapacitado. |
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Duración | Mínimo de seis meses y máximo de dos años. | ||||
Jornada | A tiempo completo o parcial. | A tiempo completo. El 15%, como mínimo, destinado a formación teórica. | |||
Retribución | Como mínimo, el 60% del salario fijado por convenio para un trabajador que desempeña las mismas funciones durante el primer año y el 75% durante el segundo año. | El salario mínimo interprofesional (SMI), como mínimo. |
9. Contratos temporales
Contratos temporales | ||||
Eventual por circunstancias de la producción | Por obra o servicio determinado | Interinidad | Sustitución de la edad de jubilación | Relevo |
Objeto | Forma | Duración | |||||
Eventual por circunstancias de la producción | |||||||
Responder a las exigencias del mercado. |
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A la finalización del contrato, se tiene derecho a una indemnización mínima de ocho días de salario por año trabajado. | |||||||
Por obra o servicio determinado | |||||||
Realizar una obra o servicio determinado dentro de la actividad empresarial. |
| La necesaria para llevar a cabo la obra o servicio. | |||||
Si se realiza por tiempo inferior a un año, no hay necesidad, salvo pacto, de preaviso de la finalización del contrato. | |||||||
Interinidad | |||||||
Sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo. |
| Durante el tiempo que persiste el derecho a reserva del puesto del trabajador sustituido. | |||||
No hay necesidad, salvo pacto, de preaviso de la finalización del contrato. |
Objeto | Forma | Duración | |||
Sustitución por anticipación a la edad de jubilación | |||||
Contratar a trabajadores desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad de jubilación de sesenta y cinco a sesenta y cuatro años. | Por escrito y constando el nombre del trabajador que se sustituye. | Mínimo un año. | |||
La empresa puede realizar cualquier tipo de contrato con este fin, excepto el de tiempo parcial y el eventual por circunstancias de la producción. Dependiendo de la modalidad escogida, genera derecho a la indemnización de ocho días de salario por año prestado. | |||||
Contrato de relevo | |||||
- El derecho a pensión está condicionado a que el trabajador por cuenta ajena tenga al menos sesenta años y reúna las condiciones exigidas. | -Jornada completa o parcial.
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El puesto de trabajo del relevista puede ser el mismo que el del sustituido o uno similar. Al finalizar el contrato el trabajador tiene derecho a la indemnización de los ocho días. |
10. Contratos a tiempo parcial
_Se trata de los contratos de trabajo que se suscriben durante un número de horas al día, a la
semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
Duración | Forma |
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Contratos a tiempo parcial | ||||
Para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto | Por obra o servicio determinado |
| Relevo | En prácticas |
12. Modalidades especiales de contratos
Contrato de trabajo en grupo | Contrato a domicilio | ||
Características |
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Forma | Verbal o escrito. | Por escrito. Tiene que constar el lugar donde se prestan los servicios. | |
Duración | Por tiempo indefinido o determinado. |
DURACIÓN DEL CONTRATO DE PUESTA A DISPOSICIÓN | ||||
Por eventualidades en el mercado (circunstancias de la producción) | Para cubrir un puesto de trabajo (por selección o promoción) |
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12 meses | 3 meses | Mientras subsista la causa que lo motiva. |
CONTRATO DE TRABAJO | |||||
Concepto | Formalización | Periodo de prueba | |||
Elementos
| Escrito
| Por escrito | |||
Capacidad para contratar del empresario |
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TIPOS DE CONTRATOS | |||||
Indefinidos
| Duración determinada - Eventual por circunstancias de la producción - Por obra o servicio - Interinidad - Sustitución por anticipación de la jubilación - Relevo | A tiempo parcial | Formativos
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4 ejemplares del contrato - El original para la empresa - Una copia para el interesado - Una copia para el INEM - Una copia básica para los representantes de los trabajadores |
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Enviado por: | Litxa |
Idioma: | castellano |
País: | España |