Ley Aquilia
Derecho penal romano. Exposición de juristas. Delito en Roma

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1. LLEI AQUILIA:
Se debería aplicar en los siguientes casos:
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A impúber que causa daño
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Al zapatero que saca el ojo al aprendiz, por la excesiva crueldad del acto, y porque el padre ahora debe conseguir el dinero para la curación y también el dinero que el niño ganaba, por lo que si que puede demandar al zapatero.
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Al responsable de la carga, si esta por ser demasiada hubiera causado daño o muerte al esclavo ajeno, porque dependía de él que no se cargase así, así como si resbalara al cargar demasiado y aplastara al esclavo.
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Al que cabalga al caballo y no puede refrenarlo y por culpa de esto se causa daño
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A la comadrona si da medicina a la mujer enferma y ella muere, siempre que le administre la medicina “con sus propias manos”
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Al que se le acuse de administrar medicina a la fuerza, por persuasión o si la unta con veneno.
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Al que lanza una jabalina por diversión y mata a un esclavo
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Al que lanza jabalinas, aunque esté en un campo autorizado para ello, si las lanza deliberadamente contra un esclavo
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A los que pegan a un esclavo y éste muere, se culparía a todos si no apareciera el que le dio el golpe mortal
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A los que arrojan una viga y matan a un esclavo, son todos responsables
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Al esclavo si mata en lucha o pugilato libre, porque no puede buscar ni la gloria ni el valor
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Al hijo de familia en lucha o pugilato libre, si hiere al que se está rindiendo o si mata a un esclavo en lucha privada.
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Al que golpea levemente a un esclavo herido y éste muere
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Al que precipita a otro por un puente
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Al que estrella a un niño contra una roca
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Al que opera con imperipecia a un esclavo
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Al que opera bien pero abandona la curación
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Al mulero si no puede detener a las mulas ya sea por imperipecia o debilidad y atropellan a un esclavo ajeno
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Al que irrita a un perro y hace que este muerda.
No se debería aplicar en los siguientes casos:
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Al loco, al infante que causan daño, porque no son capaces de discernir la injusticia.
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Al que causa daño a otro porque es empujado, ni al que empuja, porque el que empujó no quería causar daño a un tercero ni el empujado tampoco.
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Al hijo de familia, en lucha o pugilato libre si es en certamen público, porque busca el valor y la gloria.
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Al esclavo en lucha privada si lucha por orden de su dueño
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Al que golpea levemente al esclavo herido y da ocasión a la muerte
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Al que da veneno en vez de medicina
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Al que da una espada a un loco
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A la comadrona que da una medicina a la mujer para que se la tome y la mujer se la toma con “sus propias manos”
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Al que mata de hambre a un esclavo, sólo se le podría demandar por el hecho de no darle de comer, pero no actuaría la Ley Aquilia.
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Al que mata a un esclavo que pasa por un campo donde están tirando jabalinas; porque no debe pasar por ahí.
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Al que asusta al caballo y por ello el jinete es arrojado al río
2. REGLAS O CONCEPTOS GENERALES:
-La Ley Aquilia sólo es aplicable a personas responsables de sus actos,quedan excluidos por tanto los impúbers y los locos.
-Si se provoca un daño a una persona, con demasiada crueldad, que tiene como consecuencia unos gastos, la ley sería aplicable.
-Si por imprudencia de uno se hiciera daño a otro, es aplicable la ley Aquilia, ya que era responsabilidad del primero que no se realizara tal imprudencia.
- La ley Aquilia es aplicable en luchas públicas se aplica la ley Aquilia en varios casos:
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Si el que mata es esclavo, ya que no puede buscar la gloria ni el valor.
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Si el que mata es hijo de familia y mata a quien se está rindiendo.
-La ley Aquilia es aplicable en luchas privadas siempre que los esclavos no sean ordenados por sus dueños.
-Si como consecuencia de un acto de irresponsabilidad se da la muerte a otra persona.
3. MODO DE EXPOSICIÓN DE LOS JURISTAS:
Los juristas basan su modo de exposición en los ejemplos, debaten sobre ellos y cada uno aporta su punto de vista, según el acto y las personas implicadas.
4. EN QUE BASAN SU MODO DE EXPOSICIÓN LOS JURISTAS:
Se basan en su manera de ver como y cuándo debería aplicarse la ley Aquilia, en los supuestos que les son presentados.
5. VENTAJAS E INCOVENIENTES DE ESTE MODO DE EXPOSICIÓN:
Ventajas:
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Se resuelven los conflictos mirando todos los puntos de vista posibles para aplicar justamente la ley
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Es sencillo de entender el porqué se aplica en los casos que ellos nombran y el porqué no.
Inconvenientes:
- Para cada situación nueva que apareciera de conflicto sería necesario revisar todos los puntos de vista posibles por los diferentes juristas ya que no exponen puntos generales
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