Economía y Empresa


La cuenta del resto del mundo


XIV. La cuenta del resto del mundo

(Cuenta de transacciones exteriores)

A. Introducción

  • En el Sistema, las cuentas relativas a los sectores institucionales residentes presentan diversas facetas de la actividad económica, es decir, la producción, generación, distribución y redistribución del ingreso, el consumo y la acumulación. Las cuentas correspondientes recogen las transacciones que tienen lugar entre los sectores institucionales residentes de la economía total y las transacciones con las unidades no residentes que componen el resto del mundo. De manera análoga, los balances del Sistema registran los stocks de activos y pasivos que los sectores institucionales residentes tienen unos con otros y los que tienen frente al resto del mundo.

  • El Sistema es cerrado en el sentido de que se contabilizan los dos extremos de toda transacción, es decir, cada transacción figura como un "empleo" o salida de una parte del Sistema y como un "recurso" o entrada en otra parte. Los stocks de activos durante un período contable varían como consecuencia de estas transacciones y de los otros flujos, es decir, las otras variaciones del volumen, como las expropiaciones sin indemnización o las pérdidas por catástrofes, y las ganancias o pérdidas por tenencia.

  • En el Sistema, los sujetos de las transacciones y los tenedores de activos y pasivos son las unidades institucionales residentes de una economía dada. Para que el Sistema sea cerrado ha de haber un segmento que recoja los flujos que no se reflejan como "empleos" o "recursos" de dos unidades residentes, sino solamente de una. Ese segmento recibe en el Sistema el nombre de "el resto del mundo". La cuenta del resto del mundo, siguiendo la estructura contable general con sólo ligeras variantes, comprende las categorías de cuentas necesarias para captar toda la gama de transacciones que tienen lugar entre la economía total y el resto del mundo (véase el cuadro 4.1). Concretamente, son las siguientes:

  • la cuenta de bienes y servicios con el exterior;

  • la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior;

  • (c) las cuentas de acumulación con el exterior, consistentes en

    (i) la cuenta de capital, que registra las transacciones que conllevan transferencias de capital y adquisiciones menos disposiciones de activos no financieros no producidos;

    (ii) la cuenta financiera, que registra las transacciones de activos financieros y pasivos;

    (iii) la cuenta de otras variaciones del volumen de activos, que registra las expropiaciones sin indemnización, etc.; y

  • la cuenta de revalorización, que registra las ganancias y pérdidas por tenencia (las cuentas (iii) y (iv) reflejan las variaciones -flujos- de los activos y pasivos con el exterior no atribuibles a transacciones); y

  • (d) la cuenta de activos y pasivos con el exterior, que presenta los balances de apertura y cierre y las variaciones de valor de esos activos y pasivos entre los balances de apertura y cierre.

    Tabla 14.1. Cuenta V: Cuenta del resto del mundo (cuenta de transacciones exteriores)

    V.I: Cuenta de bienes y servicios con el exterior

    Empleos

    Recursos

    P.6 Exportaciones de bienes y

    Servicios

    P.7 Importaciones de bienes y

    servicios

    P.61 Exportaciones de bienes

    P.71 Importaciones de bienes

    P.62 Exportaciones de servicios

    P.72 Importaciones de servicios

    B.11 Saldo de bienes y servicios con el

    exterior

    V.II: Cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior

    Empleos

    Recursos

    B.11 Saldo de bienes y servicios con

    el exterior

    D.1 Remuneración de los asalariados

    D.1 Remuneración de los asalariados

    D.2-D.3 Impuestos menos subvenciones

    sobre la producción y las

    importaciones

    D.2-D.3 Impuestos menos subvenciones

    sobre la producción y las

    importaciones

    D.4 Renta de la propiedad

    D.4 Renta de la propiedad

    D.5 Impuestos corrientes sobre el

    ingreso, la riqueza, etc.

    D.5 Impuestos corrientes sobre el

    ingreso, la riqueza, etc.

    D.6 Contribuciones y prestaciones

    sociales

    D.6 Contribuciones y prestaciones

    sociales

    D.7 Otras transferencias corrientes

    D.7 Otras transferencias corrientes

    D.8 Ajuste por la variación de la

    participación neta de los hogares

    en fondos de pensiones

    D.8 Ajuste por la variación de la

    participación neta de los hogares

    en fondos de pensiones

    B.12 Saldo corriente con el exterior

    Tabla 14.1. Cuenta V: Cuenta del resto del mundo (cuenta de transacciones exteriores) (continuación)

    V.III: Cuentas de acumulación con el exterior

    V.III.1: Cuenta de capital

    Variaciones de activos

    Variaciones de pasivos y del valor neto

    K.2 Adquisiciones menos disposiciones

    de activos no financieros no

    producidos

    B.12 Saldo corriente con el exterior

    D.9 Transferencias de capital, por

    cobrar (+)

    D.9 Transferencias de capital, por

    pagar (-)

    B.10.1 Variaciones del valor neto

    debidas al ahorro y a las

    transferencias de capital 1,2

    B.9 Préstamo neto (+) /

    Endeudamiento neto (-)

    1 Las "Variaciones del valor neto debidas al ahorro y a las transferencias de capital" no es un saldo contable, sino que corresponde al total del lado derecho de la cuenta de capital.

    2 Las "Variaciones del valor neto debidas al ahorro y a las transferencias de capital" del resto del mundo se refieren a las variaciones del valor neto debidas al saldo corriente con el exterior y a las transferencias de capital.

    Tabla 14.1. Cuenta V: Cuenta del resto del mundo (cuenta de transacciones exteriores) (continuación)

    V.III.2: Cuenta financiera

    Variaciones de activos

    Variaciones de pasivos y del valor neto

    F Adquisición neta de activos

    financieros

    F Emisión neta de pasivos

    F.1 Oro monetario y DEG

    F.2 Dinero legal y depósitos

    F.2 Dinero legal y depósitos1

    F.3 Valores distintos de acciones

    F.3 Valores distintos de acciones

    F.4 Préstamos2

    F.4 Préstamos2

    F.5 Acciones y otras participaciones de

    capital2

    F.5 Acciones y otras participaciones de

    capital2

    F.6 Reservas técnicas de seguros

    F.6 Reservas técnicas de seguros

    F.7 Otras cuentas por cobrar2

    F.7 Otras cuentas por pagar2

    B.9 Préstamo neto (+) / Endeudamiento

    neto (-)

    1 Las siguientes partidas de memorándum se relacionan con los elementos de la categoría F.2 "Dinero legal y depósitos".

    m11 expresados en moneda nacional

    m12 expresados en moneda extranjera

    m21 pasivos de las instituciones residentes

    m22 pasivos del resto del mundo

    2 Partida de memorándum: F.m. Inversión extranjera directa.

    Tabla 14.1. Cuenta V: Cuenta del resto del mundo (cuenta de transacciones exteriores) (continuación)

    V.III.3.1: Cuenta de otras variaciones del volumen de activos

    Variaciones de activos

    Variaciones de pasivos y del valor neto

    AN Activos no financieros

    AF Pasivos

    K.8 Expropiaciones sin indemnización

    K.7 Pérdidas por catástrofes

    K.12 Cambios de clasificaciones y

    estructura

    K.8 Expropiaciones sin indemnización

    K.10 Otras variaciones del volumen de

    activos financieros y pasivos

    n.c.p.

    AF Activos financieros

    K.12 Cambios de clasificaciones y

    estructura

    K.7 Pérdidas por catástrofes

    K.8 Expropiaciones sin indemnización

    K.10 Otras variaciones del volumen

    de activos financieros y pasivos

    n.c.p.

    K.12 Cambios de clasificaciones y

    estructura

    B.10.2 Variaciones del valor neto

    debidas a otras variaciones del

    volumen de activos

    Tabla 14.1. Cuenta V: Cuenta del resto del mundo (cuenta de transacciones exteriores) (continuación)

    V.III.3.2: Cuenta de revalorización

    Variaciones de activos

    Variaciones de pasivos y del valor neto

    AF Activos financieros

    AF Pasivos

    K.11 Ganancias (+) / pérdidas (-)

    por tenencia nominales

    K.11 Ganancias (+) / pérdidas (-) por

    tenencia nominales

    K.11.1 Ganancias (+) / pérdidas (-)

    por tenencia neutrales

    K.11.1 Ganancias (+) / pérdidas (-)

    por tenencia neutrales

    K.11.2 Ganancias (+) / pérdidas (-) por tenencia reales

    K.11.2 Ganancias (+) / pérdidas (-)

    por tenencia reales

    B.10.3 Variaciones del valor neto

    debidas a ganancias / pérdidas

    por tenencia nominales

    B.10.31 Variaciones del valor neto

    debidas a ganancias /

    pérdidas por tenencia

    neutrales

    B.10.32 Variaciones del valor neto

    debidas a ganancias /

    pérdidas por tenencia reales

    V.IV: Cuenta de activos y pasivos con el exterior

    V.IV.1: Balance de apertura

    Activos

    Pasivos y valor neto

    AN Activos no financieros

    AF Pasivos

    AN.2 Activos no producidos

    AF Activos financieros

    B.90 Valor neto

    Tabla 14.1. Cuenta V: Cuenta del resto del mundo (cuenta de transacciones exteriores) (continuación)

    V.IV.2: Variaciones del balance

    Activos

    Pasivos y valor neto

    Variaciones totales de activos

    Variaciones totales de pasivos

    AN Activos no financieros

    AF Pasivos

    AN.2 Activos no producidos

    AF Activos financieros

    B.10 Variaciones del valor neto, total

    V.IV.3: Balance de cierre

    Activos

    Pasivos y valor neto

    AN Activos no financieros

    AF Pasivos

    AN.2 Activos no producidos

    AF Activos financieros

    B.90 Valor neto

  • La cobertura completa de las partidas enumeradas en cada una de las cuentas anteriores, junto con los correspondientes saldos contables, se presenta en las secciones siguientes de este capítulo. Debe advertirse que la cuenta del resto del mundo se ofrece desde el punto de vista del resto del mundo, por lo que un recurso para el resto del mundo es un empleo para la economía total, y viceversa. Si un saldo contable es positivo, esto quiere decir que existe superávit del resto del mundo y un déficit de la economía total, y viceversa si el saldo contable es negativo.

  • En cierto sentido, la cuenta del resto del mundo tiene un carácter único por no estar ligada a ningún tipo específico de actividad económica, como la producción, el consumo, la formación de capital, etc. Al contrario, todas las transacciones entre unidades institucionales residentes y unidades no residentes con respecto a todos los tipos de actividad económica se recogen bajo la etiqueta general de cuenta del resto del mundo.

  • Los flujos relacionados con la renta de la propiedad que figuran en las cuentas de distribución primaria del ingreso de los sectores institucionales residentes contienen elementos de rentas de la propiedad a cobrar (a pagar) por el resto del mundo que se reflejan en la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior. En la cuenta de generación del ingreso de los sectores residentes, la partida "remuneración de los asalariados" incluye la remuneración por pagar a los asalariados no residentes, que también se registra en la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior en el lado de los recursos. De manera análoga, las transacciones de la cuenta financiera de los sectores residentes contienen transacciones de instrumentos financieros frente a no residentes que tienen sus asientos de contrapartida en la cuenta financiera que forma parte de las cuentas de acumulación con el exterior. Desde esta perspectiva, los diversos componentes de la cuenta del resto del mundo son, en efecto, complementarios de la secuencia de cuentas de los sectores institucionales residentes.

  • B. Residencia

  • Los sectores y subsectores de una economía constan de dos tipos principales de unidades institucionales residentes de la economía: (a) los hogares, que comprenden los individuos que los componen, y (b) las entidades jurídicas y sociales, como las sociedades y cuasisociedades (por ejemplo, las sucursales de inversores extranjeros directos), las instituciones sin fines de lucro (ISFL) y el gobierno de esa economía. La residencia es un atributo importante de una unidad institucional, en particular en lo que se refiere a la cuenta del resto del mundo que registra las transacciones entre residentes y no residentes. La condición de residencia de los productores determina los límites de la producción interna y afecta a la medida del producto interno bruto (PIB) y a muchos flujos importantes del Sistema. El concepto y cobertura de la residencia son aquí idénticos a los del Manual de la Balanza de Pagos del Fondo Monetario Internacional (FMI).

  • El concepto de residencia que se utiliza en el Sistema no se basa en la nacionalidad o en criterios jurídicos (aunque puede ser semejante a los conceptos de residencia que se usan en muchos países para el control de cambios o con fines impositivos o de otro tipo). Además, las fronteras de un país reconocidas a efectos políticos no siempre son apropiadas a efectos económicos, por lo que es necesario introducir el concepto de "territorio económico" de un país como el área geográfica pertinente a la que se aplica el concepto de residencia. Se dice entonces que una unidad institucional es una unidad residente cuando tiene un centro de interés económico en el territorio económico del país en cuestión. Las explicaciones que se ofrecen a continuación tratan de aclarar el significado de "territorio económico" y de "centro de interés económico".

  • 1. El territorio económico de un país

  • El territorio económico de un país consiste en el territorio geográfico administrado por un gobierno dentro del cual circulan libremente personas, bienes y capital. En el caso de países marítimos, incluye las islas pertenecientes al país considerado que estén sujetas exactamente a las mismas autoridades fiscales y monetarias que el territorio continental, por lo que bienes y personas pueden circular libremente a, y desde, dichas islas sin ninguna clase de formalidades aduaneras o de inmigración. El territorio económico de un país incluye: (a) el espacio aéreo, las aguas territoriales y la plataforma continental situada bajo aguas internacionales sobre las que el país disfruta de derechos exclusivos o sobre las que tiene o declara tener jurisdicción en materia de pesca o de explotación de combustibles o minerales situados por debajo del lecho marino; (b) los enclaves territoriales en el resto del mundo (territorios claramente delimitados, situados en otros países y que son utilizados por el gobierno que es propietario de los mismos o que los tiene en alquiler para fines diplomáticos, militares, científicos o de otro tipo - embajadas, consulados, bases militares, estaciones científicas, oficinas de información o inmigración, organizaciones de ayuda, etc. - con el acuerdo político formal del gobierno del país en que se hallan situados físicamente). Los bienes o personas pueden circular libremente entre un país y sus enclaves territoriales en el extranjero, pero están sujetos al control del gobierno del país en que se hallan localizados si salen fuera del enclave; y (c) las zonas francas o depósitos aduaneros o fábricas administradas por empresas extraterritoriales bajo control aduanero (éstas forman parte del territorio económico del país en que se hallan localizadas físicamente).

  • El territorio económico de una organización internacional (véase el Capítulo IV), consiste en el enclave o enclaves territoriales sobre los que tiene jurisdicción; éstos comprenden las superficies de tierras y terrenos o las estructuras claramente delimitadas que son propiedad de la organización internacional, o que ésta tiene alquiladas, y que se utilizan para los fines por los que se creó la citada organización, con el consentimiento formal del país o países en los que se hallan físicamente localizados el enclave o enclaves.

  • Se deduce que el territorio económico de un país no incluye los enclaves territoriales utilizados por gobiernos extranjeros u organizaciones internacionales que se hallan físicamente localizados dentro de las fronteras geográficas de ese país.

  • 2. Centro de interés económico

  • Se dice que una unidad institucional tiene un centro de interés económico en un país cuando existe alguna localización - vivienda, lugar de producción u otras instalaciones - dentro del territorio económico de ese país en el cual o desde el cual realiza y tiene previsto seguir realizando actividades y transacciones económicas a una escala significativa, sea indefinidamente, sea durante un plazo definido pero prolongado de tiempo. No es preciso que la localización sea fija, siempre que se mantenga dentro del territorio económico.

  • En la mayoría de los casos, es razonable suponer que una unidad institucional tiene un centro de interés económico en un país si ya ha realizado en él actividades y transacciones económicas a una escala significativa durante un año o más, o bien tiene la intención de hacerlo. La realización de actividades y transacciones económicas durante un período de un año implica normalmente la existencia de un centro de interés, pero la elección de cualquier período concreto de tiempo es un tanto arbitraria, por lo que ha de hacerse hincapié en que se sugiere un año sólo a modo de directriz y no como una regla inflexible.

  • La propiedad de tierras y terrenos y estructuras dentro del territorio económico de un país se considera suficiente por sí sola para entender que el propietario tiene un centro de interés económico en dicho país. Es obvio que las tierras, terrenos y los edificios solo pueden utilizarse para la producción en el país en que se hallan localizados, y sus propietarios, en su condición de tales, están sujetos a las leyes y regulaciones de ese país. Sin embargo, puede suceder que un propietario sea residente de otro país y no tenga en el país en que posee tierras, terrenos o edificios otro interés económico que esas mismas tierras, terrenos o edificios; en ese caso, el propietario se trata como si transfiriese su propiedad a una unidad institucional ficticia, la cual es efectivamente residente en el país. La unidad ficticia se trata en si misma como si el propietario efectivo no residente la poseyera y controlara en su totalidad, de la misma manera que una cuasisociedad es propiedad y está controlada por su propietario. De esta manera, se considera que los inquilinos de los terrenos o edificios pagan las correspondientes rentas de las tierras y los alquileres a la unidad residente ficticia, que a su vez hace una transferencia de renta de la propiedad al propietario efectivo no residente.

  • 3. La residencia de los hogares y de los individuos

  • Un hogar tiene un centro de interés económico cuando mantiene dentro de un país una vivienda o un conjunto de viviendas que los miembros del hogar consideran y utilizan como su residencia principal. Todos los individuos que pertenecen al mismo hogar han de ser residentes del mismo país. Si un miembro de un hogar existente no se considerase ya como residente del país en que ese hogar es residente, dejaría de ser miembro de dicho hogar.

  • Un miembro de un hogar residente que abandona el territorio económico para retornar al mismo hogar después de un período limitado de tiempo (es decir, menos de un año), continúa siendo residente aun cuando dicho individuo viaje frecuentemente fuera del territorio económico. El centro de interés económico del individuo sigue siendo la economía en la que el hogar es residente. De estos individuos, se tratan como residentes las categorías siguientes:

  • los viajeros o visitantes; es decir, individuos que abandonan el territorio económico durante menos de un año por motivos recreativos, de negocios, salud, educativos (véase el párrafo 14.20 más adelante), religiosos u otros;

  • los individuos que trabajan todo el tiempo, o parte de él, en un territorio económico diferente de aquel en que es residente el hogar al que pertenecen;

  • (i) los trabajadores ocupados parte del año en otro país, en algunos casos en respuesta a la demanda estacional de mano de obra, y que después retornan a sus hogares;

    (ii) los trabajadores fronterizos que cruzan diariamente la frontera, o con una regularidad menor (por ejemplo, cada semana), para trabajar en un país vecino;

    (iii) el personal de organizaciones internacionales que trabaja en el enclave de esas organizaciones;

    (iv) el personal contratado localmente de las embajadas, consulados, bases militares extranjeras, etc.;

  • las dotaciones de buques, aeronaves u otro equipo móvil que operan total o parcialmente fuera del territorio económico.

  • La circunstancia que normalmente da lugar a que un individuo deje de ser residente es que viva o trabaje de manera continuada durante un año o más en un país extranjero. Si dicho individuo regresa a su hogar originario con muy poca frecuencia y para visitas cortas de tiempo y crea un nuevo hogar o se une a un hogar en el país en que trabaja, ya no puede ser tratado como miembro del hogar originario. La mayor parte del consumo individual tiene lugar en el país en que vive o trabaja, y es claro que el individuo tiene allí un centro de interés económico.

  • Incluso cuando un individuo continúa siendo legalmente empleado y remunerado por una empresa que es residente de su país de origen, ese individuo debe ser considerado un residente del país donde está asignado si trabaja de manera continua en ese país durante un período igual o superior a un año. Según se explica más adelante, en esas circunstancias la persona ha de ser tratada, o bien como empleada por una cuasisociedad que pertenece a la empresa y que es residente del país en que se desarrolla el trabajo, o bien como empleada por un agente extranjero. Con esta última situación se pretende incluir al personal de asistencia técnica que trabaja en un país extranjero con un contrato o en una misión de un año o más. El personal de asistencia técnica en misiones de largo plazo debe ser tratado como residente del país en que trabaja, y considerarse empleado por el gobierno de ese país en nombre del gobierno u organización internacional que financia realmente el trabajo. En tal caso, debe imputarse una transferencia de fondos del gobierno u organización internacional que efectivamente proporciona el empleo al gobierno del país donde está asignado para cubrir los costos de sus salarios y otras asignaciones.

  • La situación del personal militar y de los funcionarios civiles, incluidos los diplomáticos, que un gobierno emplea en sus propios enclaves en el exterior es diferente. Estos enclaves -bases militares, embajadas y otros análogos- forman parte del territorio económico del gobierno que proporciona el empleo, y el personal vive y trabaja frecuentemente dentro de los mismos. Por tanto, los asalariados a los que el gobierno traslada para que trabajen en esos enclaves continúan teniendo un centro de interés económico en su país de origen, por larga que sea su permanencia como trabajadores en los enclaves. Continúan siendo residentes de su país de origen incluso si viven en viviendas situadas fuera de los enclaves.

  • Los estudiantes deben ser tratados como residentes de su país de origen por prolongado que sea el período de tiempo que pasan estudiando en el extranjero, siempre que continúen formando parte de un hogar en dicho país. En esas circunstancias, su centro de interés económico permanece en su país de origen más bien que en aquél en que estudian. Los pacientes médicos en el extranjero se consideran residentes de su país de origen aun cuando su estancia sea igual o superior a un año, siempre que continúen formando parte de un hogar en su país.

  • En cuanto al tratamiento de los individuos que tienen varias residencias internacionales en las que permanecen durante breves períodos de tiempo en un año dado (por ejemplo, tres meses en cada uno de cuatro países), el centro de interés económico de esos individuos es con frecuencia "internacional", no de una economía concreta. Deben tenerse en cuenta factores como la situación impositiva, la ciudadanía (puede ser doble), etc., pero el Sistema no recomienda un tratamiento específico. Se deja a la discreción de las economías afectadas; el tratamiento debe coordinarse, si es posible, con el fin de facilitar la comparabilidad internacional.

  • 4. La residencia de las sociedades y cuasisociedades

  • Se dice que las sociedades y cuasisociedades tienen un centro de interés económico y son unidades residentes de un país (territorio económico) cuando realizan una producción significativa de bienes o servicios en dicho país o son propietarios de tierras, terrenos o edificios localizados en el mismo. Han de mantener al menos un establecimiento de producción en el citado país con la intención de tenerlo en funcionamiento de manera indefinida o durante un período prolongado de tiempo - se sugiere como directriz un año o más, pero debe aplicarse flexiblemente -, junto con otras consideraciones que se detallan en el párrafo 14.23. (Véase una descripción detallada de las sociedades, cuasisociedades y otras unidades institucionales en el Capítulo IV).

  • Atribución de la producción

  • La producción realizada por el personal (y la planta y el equipo) de una unidad residente fuera de su territorio económico debe tratarse como parte de la producción del país en el cual se realiza y la unidad debe considerarse como residente (sucursal o filial) de ese país si cumple los requisitos señalados anteriormente en el párrafo 14.22. Esa unidad mantiene normalmente un conjunto completo y separado de cuentas relativas a las actividades locales (es decir, estados de resultados, balances, transacciones con la empresa matriz), paga impuestos sobre el ingreso al país donde realiza sus actividades, tiene una importante presencia física, recibe fondos para su trabajo, por su propia cuenta etc. Las consideraciones anteriores también se aplican al caso particular de la actividad de construcción realizada en el extranjero por un productor residente. Si no se dan las citadas condiciones, la actividad debe clasificarse como una exportación de servicios por la empresa residente. La producción puede generar esa clase de exportación sólo si se clasifica como producción interna (realizada por un residente, aun cuando el proceso físico tenga lugar fuera del territorio económico). Merece un comentario especial el caso de la construcción relativa a grandes proyectos específicos -puentes, represas, centrales eléctricas, etc.- que suele requerir varios años para completar los trabajos y que es realizada y administrada por unidades no residentes a través de una oficina local no constituida en sociedad. En la mayoría de los casos, esa oficina local cumplirá los criterios requeridos para que su producción se trate como la de una unidad residente y forme parte de la producción de la economía donde está ubicada (como si fuera una sucursal o una filial), en lugar de ser una exportación de servicios a esa economía (puede encontrarse una descripción y tratamiento más detallado de los proyectos de instalación en los párrafos 14.100 a 14.103).

  • Las unidades "extraterritoriales" dedicadas a procesos de fabricación (incluyendo el montaje de componentes fabricados en otra parte) son residentes de la economía en que se hallan localizadas. Esta norma se aplica con independencia de la localización en "zonas" especiales exentas de aduanas u otras regulaciones o concesiones, y se aplica también a las actividades no manufactureras (por ejemplo, empresas comerciales y financieras), incluyendo las denominadas unidades de propósitos especiales.

  • Unidades que operan con equipo móvil

  • Los principios relativos a la determinación de las unidades residentes son aplicables asimismo a las unidades que utilizan equipo móvil, como buques, aeronaves, torres y plataformas de perforación, material ferroviario rodante, etc. y que operan fuera del territorio económico en el que son residentes, sea (a) en aguas o espacios aéreos internacionales, sea (b) en otras economías. En el primer caso (a), esas actividades deben atribuirse a la economía de residencia del operador (lo mismo se aplica si la actividad tiene lugar en más de una economía durante menos de un año). En el segundo caso (b), la unidad es residente de la economía en que tiene lugar la actividad (producción), siempre que el operador la contabilice por separado y así lo reconozcan las autoridades fiscales o administrativas de esa economía. En otro caso, la actividad puede atribuirse al país de residencia del operador original. Si las operaciones las realiza una unidad de manera regular y continuada en dos o más países - como la operación de una red de ferrocarriles -, se considera que la unidad tiene un centro de interés económico en cada país y por tanto unidades residentes separadas en cada uno de ellos, sujetas a los requisitos establecidos en (b). En los casos en que existe arrendamiento de equipo móvil de una unidad a otra durante un período prolongado o indefinido de tiempo se considera que el arrendatario es el operador y se atribuyen las actividades al país en que éste es residente.

  • En el caso particular de buques con bandera de conveniencia suele resultar difícil determinar la residencia de la unidad operadora, dada la complejidad de los acuerdos relativos a la propiedad, al modo de operación y al fletamento de esos buques y al hecho de que el país de registro es en la mayoría de los casos diferente del país de residencia del operador (o propietario). No obstante, la actividad de navegación se atribuye, en principio, al país de residencia de la unidad operadora. Si esa unidad, por motivos impositivos u otros, crea una sucursal (inversión directa) en otro país para administrar la actividad, ésta se atribuye al residente (sucursal) de ese país.

  • Hay ciertos casos excepcionales en los que puede ser difícil determinar la residencia de una unidad que opera con equipo móvil, porque se trata de una sociedad que, en virtud de una legislación especial, ha sido autorizada a establecerse por dos o más gobiernos que actúan conjuntamente y que se registra en cada uno de los países en cuestión. Hay dos maneras posibles de tratar esas unidades. Una consiste en asignar todas las transacciones a cada uno de los países considerados en proporción o bien a las sumas de capital financiero que han aportado o bien a su participación en el capital social de la sociedad. Otra posibilidad es tratar a la sociedad como residente del país en que tiene su oficina central y a las instalaciones de dicha sociedad en los demás países como sucursales extranjeras (empresas de inversión directa, véase el párrafo 14.152 más adelante), las cuales son residentes del país en que se hallan localizadas. En conjunto, resulta preferible el primer método; no obstante, ambas formas de tratar esas sociedades son consistentes con los principios generales tanto del Sistema como del Manual de Balanza de Pagos y, la elección entre ellas puede hacerse atendiendo a motivos de conveniencia estadística, teniendo en cuenta el correspondiente tratamiento dado por los países copartícipes.

  • En el caso de los agentes, una transacción debe atribuirse a la economía del operador principal en cuyo nombre se realiza y no a la economía del agente que representa o que actúa en nombre de ese principal. Sin embargo, los servicios prestados por el agente al operador principal que representa deben atribuirse a la economía de la que el agente es residente.

  • 5. La residencia de las instituciones sin fines de lucro

  • Una ISFL es residente del país o territorio económico en que tiene un centro de interés económico, que coincide en la mayoría de los casos con el país bajo cuyas leyes y normas administrativas fue creada y en el que se reconoce y registra oficialmente su existencia como entidad jurídica o social. En la práctica, la residencia de la gran mayoría de las ISFL puede determinarse sin ambigüedad. Sin embargo, cuando una ISFL se dedica a obras benéficas o asistenciales a escala internacional, es necesario especificar la residencia de cualquier sucursal que mantenga en los distintos países para prestar servicios asistenciales. Si una ISFL mantiene una sucursal o una unidad durante un año o más en un país determinado, esa sucursal o unidad debe considerarse una ISFL residente de ese país, financiada en su mayor parte o en su totalidad por medio de transferencias del exterior.

  • 6. Gobierno General

  • Los organismos del gobierno general que son residentes de una economía comprenden todos los departamentos, establecimientos y órganos de sus gobiernos central, estatales y locales situados en su territorio y las embajadas, consulados, establecimientos militares y otras entidades de los gobiernos localizadas en otras partes. (Una descripción detallada del gobierno general puede encontrarse en los párrafos 4.113 a 4.130 del Capítulo IV).

  • Las embajadas, consulados, establecimientos militares y otras entidades de un gobierno general extranjero han de considerarse extraterritoriales por la economía en la que se hallan localizadas físicamente. La construcción de embajadas, estructuras y otras obras en los enclaves extraterritoriales realizada por productores residentes de la economía en que se hallan localizados los enclaves forma parte de la producción y las exportaciones de esa economía. Los sueldos y salarios pagados al personal contratado localmente por establecimientos diplomáticos, militares y otros establecimientos extranjeros, son pagos efectuados a residentes de la economía en que se hallan localizados los hogares a los que pertenece dicho personal.

  • Las organizaciones internacionales (véanse los párrafos 4.164 y 4.165 del Capítulo IV) no se consideran residentes de ninguna economía nacional, incluida aquélla en que se hallan localizadas o desde la que dirigen sus asuntos; se tratan como extraterritoriales por esa economía. (Sin embargo, los fondos de pensiones administrados por esas organizaciones se tratan como residentes de la economía en la que se halla localizada la organización.) Los asalariados de esos organismos son, no obstante, residentes de una economía nacional, concretamente de la economía en la que esperan fijar su domicilio durante un año o más. En la mayoría de los casos, dicha economía será aquella en la que se halla localizada la unidad internacional en cuestión, o aquella otra en la que los asalariados prestan asistencia técnica o llevan a cabo otras actividades por cuenta de la organización internacional. De lo anterior se deduce que los sueldos y salarios pagados por las organizaciones internacionales a sus propios asalariados son pagos a residentes de la economía en la que esos asalariados (están destinados por un año o más). (En el párrafo 14.18 pueden encontrarse detalles sobre el personal de asistencia técnica.)

  • En cambio, las sociedades o cuasisociedades que son de propiedad conjunta de dos o más gobiernos no se tratan como organismos internacionales, sino que, al igual que otras sociedades, son consideradas residentes de las economías en cuyo territorio operan.

  • 7. Bancos centrales regionales

  • Un banco central regional es una institución financiera internacional que actúa como un banco central común para un grupo de países miembros. Ese banco tiene su oficina central en un país y mantiene oficinas nacionales en cada uno de los países miembros. Cada oficina nacional actúa como el banco central para ese país y debe ser tratada como una unidad institucional separada de la oficina central de la institución. Cada oficina nacional es residente del país en que se halla localizada. Los activos financieros y pasivos del banco central regional deben asignarse a las oficinas nacionales en proporción a los derechos que tengan sobre sus activos colectivos.

  • C. Reglas contables generales

    1. Valoración

  • Los precios de mercado corrientes son la base de la valoración de la cuenta del resto del mundo para las transacciones (flujos) de bienes y servicios, de distribución y redistribución del ingreso, de activos y pasivos financieros y para los stocks de activos y pasivos (véanse los párrafos 3.70 a 3.72 del Capítulo III). Por tanto, las transacciones han de valorarse a los precios efectivos acordados por los sujetos de las transacciones, mientras que los stocks de activos y pasivos han de valorarse a los precios corrientes en el momento al que se refiere el balance. (Más adelante se ofrecen ejemplos en los que puede resultar difícil la aplicación de esta regla.)

  • Bienes

  • Las exportaciones e importaciones de bienes deben registrarse por el valor de mercado de los bienes en el punto de valoración uniforme (la frontera aduanera de la economía que los exporta), es decir, al valor franco a bordo (f.o.b.) en esa frontera. Ese valor incluye el de los bienes y el de los correspondientes servicios de distribución hasta ese punto, incluido el costo de la carga a un transportista para el transporte hacia adelante, cuando es apropiado.

  • Conceptualmente, el precio f.o.b. puede considerarse como el precio de comprador que pagaría un importador que se hace cargo de los bienes después de haber sido cargados, en su propio medio de transporte o en otro, en la frontera del exportador y después del pago de cualquier impuesto sobre las exportaciones o del ingreso de cualquier devolución de impuestos. Este método de valoración determina implícitamente la frontera entre las exportaciones de bienes y las exportaciones de servicios en el Sistema y en las estadísticas de la balanza de pagos. Los costos del transporte de los bienes exportados hasta la frontera deben tratarse de la misma manera que otros costos de producción y, por tanto, forman parte integrante de los gastos de entrega de los bienes en el lugar requerido. En general, el precio de comprador de un bien es una medida que incluye el valor del bien en una localización concreta, y que trata los gastos de transporte de la misma manera que otros costos de producción. Por consiguiente, si el transporte hasta la frontera lo realiza de forma efectiva un residente distinto del productor o fabricante, los costos de transporte han de sumarse al precio recibido por el productor e incluirse en el valor de los bienes exportados. En principio, el transporte debe tratarse como un insumo intermedio del proceso de producción completo que se termina cuando los bienes exportados se entregan en el lugar requerido. Incluso cuando el transporte hasta la frontera del país exportador sea realizado efectivamente por el importador u otro no residente, los costos deben a pesar de eso incluirse en el valor de los bienes exportados. Aunque el importador pueda transportar sus propios bienes y que, por tanto, no efectúe transacción alguna con extranjeros en relación con esta actividad, es necesario reconocer los costos de transporte imputando una compra de servicios de transporte por el exportador e incrementando de forma correlativa el precio efectivamente recibido por el exportador. De esta manera, el precio f.o.b. imputado que se registra para los bienes, menos las importaciones de servicios de transporte imputados será igual al precio real recibido por el exportador, por lo que el saldo entre exportaciones e importaciones de bienes y servicios es el mismo se haga o no la imputación. No obstante, resulta generalmente conveniente que el precio f.o.b. no resulte afectado por la forma en que se organiza o se paga el transporte hasta la frontera del país exportador.

  • En el Sistema, tanto las importaciones como las exportaciones de bienes se valoran a precios f.o.b.; en otras palabras, las importaciones han de valorarse también en la frontera aduanera del país exportador. Al valorar de la misma manera las exportaciones y las importaciones, se promueve la coherencia en el registro de los flujos comerciales a nivel mundial y permite presentar correctamente la balanza comercial de bienes. La utilización de valores f.o.b. para las importaciones implica que los costos del transporte de las importaciones de bienes después de abandonar la frontera del país exportador han de ser tratados como importaciones de servicios cuando el transporte lo realizan transportistas no residentes. Cuando los bienes son transportados desde la frontera por transportistas residentes no hay importación de servicios, ya que no se efectúan transacciones con no residentes.

  • En la práctica, los importadores pueden hacerse cargo de los bienes que importan en el lugar que consideren conveniente, que no siempre coincidirá con el punto en que se valoran las exportaciones e importaciones a los efectos de su registro en las cuentas del Sistema. Los importadores no tienen necesidad de hacerse cargo de los bienes en una frontera; pueden hacerlo dentro del propio país, o posiblemente dentro del país exportador e incluso en un tercer país. Además, los costos de transporte, junto con los costos de almacenamiento, carga y seguro, así como del movimiento de los bienes, pueden recaer inicialmente, en todo o en parte sobre el exportador sobre el importador, o bien sobre algún tercero. Por consiguiente, existen muchas maneras diferentes de organizar el comercio internacional de bienes, por lo que las transacciones que tienen lugar efectivamente entre residentes y no residentes pueden requerir a veces una reordenación o manipulación para adaptarlas al formato requerido por el Sistema.

  • En el caso de la mayor parte de las exportaciones, se puede obtener el precio f.o.b. con una precisión razonable a partir de los precios o valores registrados en la documentación aduanera presentada en la frontera, o de otra documentación análoga presentada en otras agencias administrativas. En cambio, en el caso de las importaciones, la documentación aduanera u otros registros administrativos suelen ofrecer información sobre el precio c.i.f. (costo, seguro, flete) antes que sobre el precio f.o.b. Conceptualmente, el precio c.i.f. puede considerarse como el precio de comprador que pagaría un importador que se hace cargo del bien en su propia frontera, antes de pagar cualquier derecho de importación u otro impuesto cobrado en frontera. La diferencia entre el precio c.i.f. y el f.o.b. representa los costos de transporte, junto con los cargos del seguro entre la frontera aduanera del país exportador y la del país importador. Esa diferencia varía según el país de origen de las exportaciones y puede ser muy considerable cuando existe cierta distancia entre el país exportador y el importador. En la práctica, suele ser difícil convertir precios registrados c.i.f. a precios estimados f.o.b. para determinadas importaciones o para ciertas categorías de las mismas, por lo que frecuentemente solo pueden hacerse ajustes globales para grandes grupos de importaciones e incluso para el total de las importaciones. Las estimaciones de los costos de transporte y seguro (véanse más adelante los servicios) entre las fronteras de los países exportador e importador pueden realizarse conociendo el costo medio de los fletes, las tasas del seguro, las distancias medias recorridas, etc. para grandes grupos de exportaciones. Las encuestas por muestreo de las facturas comerciales también proporcionan información sobre las relaciones c.i.f./f.o.b., que pueden utilizarse para estimar el ajuste global necesario para la valoración c.i.f. de las importaciones (véase la Guía de Elaboración de la Balanza de Pagos, FMI).

  • Por tanto, mientras que en el Sistema el total de las importaciones de bienes debe registrarse f.o.b., en la práctica no es seguro que se pueda disponer de la desagregación de las importaciones, por tipo de bien o por país de origen, valoradas f.o.b. Esto puede resultar más fácil para unos países que para otros, aunque a muchos países les será difícil, cuando no imposible, ofrecer cifras detalladas de las importaciones valoradas f.o.b. Por este motivo, a los efectos del Sistema basta registrar las importaciones totales f.o.b., junto con el valor de los costos asociados de transporte, incluidos en los servicios.

  • En los cuadros de insumo producto del Sistema, incluidos los cuadros que presentan la oferta y utilización de los bienes y servicios a un nivel detallado, puede que únicamente sea posible mostrar cifras pormenorizadas de las importaciones c.i.f. Sin embargo, en esos cuadros pueden obtenerse ciertas ventajas analíticas de la valoración c.i.f. de las importaciones. Los cuadros de insumo producto y los cuadros de oferta y utilización contienen también la información sobre los gastos de transporte y seguro que se necesita para pasar de la suma de las importaciones detalladas de bienes valoradas c.i.f. al total de las importaciones de bienes valoradas f.o.b. En esos cuadro se hace un ajuste global c.i.f./f.o.b. de las importaciones.

  • Hay circunstancias en las que puede ser difícil determinar los precios adecuados de las importaciones y exportaciones de bienes, como sucede en los casos de trueque de bienes, en las transacciones entre empresas afiliadas (en las que se suelen aplicar "precios de transferencia"), o en los de bienes transferidos en virtud de un contrato de arrendamiento financiero en el que no tiene lugar un cambio legal de la propiedad. En esas circunstancias puede que sea necesario elaborar medidas aproximadas. Por ejemplo, un trueque de mercancías entre dos partes debe valorarse a los precios básicos que se habrían recibido si se hubieran vendido. Sin embargo, este enfoque ha de limitarse a las transacciones a las que se puede aplicar fácilmente. Asimismo, en el caso de intercambios de bienes entre empresas afiliadas, la sustitución de un valor de mercado imputado o ficticio en lugar de un precio de transferencia efectivo debe constituir una excepción más que una regla, debido a las dificultades tanto conceptuales como prácticas que conlleva. En cualquier caso, si se comprueba que ciertos precios de transferencia se hallan tan alejados de los de transacciones análogas que distorsionan significativamente la medida, deben ser sustituidos, si es posible, por precios de mercado equivalentes o, en otro caso, deben identificarse por separado a efectos analíticos (véase Manual de Balanza de Pagos).

  • Servicios

  • Las exportaciones e importaciones de servicios han de valorarse a los precios reales acordados, con las limitaciones mencionadas anteriormente. Dos componentes específicos de los servicios merecen una mención especial en relación con la valoración: los servicios de seguros y los servicios financieros. Los servicios internacionales de seguros se valoran por el importe de los cargos del servicio y no por las primas totales ganadas. Además, en la cuenta de bienes y servicios con el exterior, las estimaciones de los cargos del servicio de seguros se calculan, por convención y como consecuencia de las limitaciones de datos, ignorando las rentas derivadas de la inversión de las reservas técnicas. En cuanto a los servicios financieros internacionales, además de las comisiones y honorarios explícitos, están los "servicios de intermediación financiera medidos indirectamente", obtenidos y valorados de acuerdo con la diferencia entre las rentas de la propiedad recibidas de los préstamos o de los títulos de deuda y los intereses pagados por los depósitos (véase más adelante las exportaciones e importaciones de bienes y servicios).

  • Ingresos primarios

  • Los pagos y cobros de ingresos primarios se valoran a los precios corrientes en el mercado. En cuanto a las rentas de inversión, se excluyen las ganancias y pérdidas por tenencia puesto que no se consideran parte de las mismas, sino que forman parte más bien del valor de las inversiones incluidas entre las revalorizaciones en las cuentas de otras variaciones de activos. Cualquier ingreso en especie incluido en la remuneración de los asalariados se valora a precios de comprador cuando los bienes y servicios en cuestión los compra el empleador, y a precios básicos cuando es éste quien los produce.

  • Transferencias

  • Un tipo de transacción que por definición es no comercial y que, por tanto, no tiene precio de mercado es la provisión de valores económicos en forma de transferencias. En cuanto a los recursos transferidos sin un quid pro quo por el gobierno, las ISFL o los individuos de una economía a unidades no residentes, deben reflejarse los mismos valores en las cuentas de transacciones exteriores del beneficiario y del donante de los mismos. Esos recursos deben valorarse a los precios básicos que se hubieran percibido de haberse vendido. Tales imputaciones puede que no aproximen en todos los casos la base de valoración deseada, porque a menudo los valores de estas transacciones, tal como los considera el donante, pueden ser muy diferentes de los que el beneficiario está dispuesto a imputar. Por consiguiente, se sugiere como regla práctica que los valores asignados por el donante se utilicen como base de registro.

  • Partidas financieras (Véase también el Capítulo XI)

  • Las variaciones de los activos financieros deben registrarse en la cuenta financiera con el exterior a los precios a los que se adquieren o se disponen los activos. En cuanto a los instrumentos financieros negociados en un mercado organizado, cuando el comprador y el vendedor operan entre sí a través de un agente, el precio establecido en el mercado - que en cualquier caso será probablemente el registrado en las estadísticas - será el adecuado a los efectos de la cuenta del resto del mundo. En cambio, para los instrumentos financieros no negociados en el mercado, el precio pertinente puede no ser tan evidente. De hecho, los activos líquidos, es decir el dinero legal y los depósitos transferibles que pueden exigirse a la vista por su valor nominal, tienen un solo valor a todos los efectos, por lo cual ese valor puede considerarse el precio efectivo de mercado. El precio de mercado que ha de atribuirse a los instrumentos financieros no negociables, constituidos principalmente por los préstamos en sus diferentes formas, es su valor nominal. Sin embargo, si se crea un mercado secundario de esos instrumentos y se convierten en negociables -generalmente, como sucede en el caso de préstamos a países con una pesada carga de deuda con importantes descuentos del valor nominal-, el precio de ese mercado es el que debe registrarse en las transacciones de los citados préstamos. La valoración de los instrumentos financieros en la cuenta financiera con el exterior debe excluir cualquier gasto, honorario, comisión o ingreso por el servicio, los cuales se registran en el componente apropiado de la cuenta de bienes y servicios con el exterior.

  • Stocks de activos y pasivos (Véanse también el Capítulo XIII y la sección G.2 de este capítulo.)

  • En principio, todos los stocks de activos y pasivos con el exterior que constituyen el balance con el exterior, o la posición de inversión internacional, de un país deben medirse a los valores de mercado corrientes en la fecha pertinente, es decir, al comienzo o al final del período de referencia. Este concepto supone que esos stocks se revalorizan continuamente (regularmente) a precios corrientes; por ejemplo, por referencia a los precios efectivos de mercado de activos financieros como las acciones y los bonos, o por referencia a los balances de las empresas en el caso de la inversión directa.

  • En cuanto a los instrumentos financieros (por ejemplo, las acciones y otros títulos de participación de capital distintos de las acciones, etc.) incluidos en la categoría de inversión directa (véanse los párrafos 359 a 361 en el Manual de Balanza de Pagos) se reconoce que, en la práctica, se utilizan generalmente los valores contables de los balances de las empresas de inversión directa (o de los inversores directos) para determinar el valor de los stocks de inversión directa. Esos valores de balance se ajustarán al principio contable si se definen sobre la base del valor de mercado corriente. Si se basan en los costos históricos o en una revalorización provisional pero no corriente, puede que no se ajusten al principio y, por tanto, quizá haya que estimar o aproximar los precios de mercado (véase el párrafo 14.158 más adelante). Sin embargo, como los valores de balance de las empresas constituyen con frecuencia la única base de valoración disponible en la mayoría de los países, el Manual de Balanza de Pagos recomienda utilizarlos para determinar el valor del stock de la inversión directa de economías individuales y para efectuar comparaciones internacionales, agregando que sería deseable recopilar y disponer de esos datos sobre la base del valor de mercado corriente. En los casos en que las acciones de las empresas de inversión directa se cotizan en bolsas de valores, las cotizaciones deben utilizarse como el valor de mercado de las acciones de dichas empresas.

  • La inversión en otros títulos de participación de capital, en títulos de deuda y en instrumentos derivados financieros, ha de registrarse a los valores de mercado corrientes en la fecha de referencia adecuada (véanse los detalles en el Capítulo XIII).

  • Los instrumentos financieros que no son fácilmente transferibles entre los sujetos de las transacciones - por ejemplo, los préstamos, los depósitos y las diversas cuentas por cobrar y por pagar - han de registrarse por su valor nominal (igual que sucede con el dinero). En los últimos años, los préstamos a algunos países fuertemente endeudados han estado sujetos a considerables descuentos cotizados en mercados secundarios que han surgido para la negociación de esa clase de deuda, lo que ha suscitado dudas sobre la valoración de dichos préstamos. Las cotizaciones en el mercado secundario deben ser en principio la base de valoración tanto de las transacciones como de los stocks de activos y pasivos. Sin embargo, la base de valoración de estos últimos por parte del deudor es el valor nominal, es decir, el monto del principal que el deudor está obligado contractualmente a reembolsar al acreedor cuando venza el préstamo, lo que constituye una desviación del principio del precio de mercado. En este caso particular, la desviación se halla ligada a las restricciones contractuales que se aplican a esos préstamos, que prohíben al deudor recomprar los préstamos en los mercados secundarios a no ser que se eliminen las citadas restricciones (estas limitaciones no se aplican normalmente a los bonos u otros valores). El empleo del valor de mercado por parte del acreedor y del valor nominal por parte del deudor da lugar a una asimetría entre las posiciones deudora y acreedora. Para salvar esa asimetría los acreedores deberán proporcionar, siempre que sea posible, datos complementarios sobre los valores nominales de los préstamos descontados y los deudores sobre el valor de mercado, de la manera siguiente:

  • intercambio de dichos préstamos por participaciones (es decir, operación de pase (swap) deuda/participación), en cuyo caso se registran dos transacciones en las cuentas financieras, una en préstamos y otra en acciones y otras participaciones de capital valoradas al (menor) valor de la participación obtenida, tratándose como una ganancia/pérdida por tenencia la diferencia entre el valor nominal del préstamo y el (menor) valor de la participación obtenida;

  • condonación de los préstamos, en virtud de la cual una transferencia de capital compensa la reducción del pasivo del deudor y se reduce la posición en el lado de los pasivos;

  • reprogramación del préstamo, en virtud de la cual un nuevo acuerdo sustituye de hecho al préstamo antiguo, siendo el valor nominal del nuevo préstamo la base de valoración y registrándose una ganancia/pérdida por tenencia si el nuevo valor nominal es menor que el antiguo; o

  • cancelación unilateral del préstamo por el acreedor, que se registra en la cuenta de otras variaciones del volumen de activos.

  • El oro monetario y los derechos especiales de giro (DEG) emitidos por el FMI son activos financieros que no tienen pasivos financieros pendientes. El oro monetario se valora por su precio vigente en el mercado, y los DEG han de valorarse a los tipos de mercado calculados por el FMI.

  • 2. Momento del registro

  • El principio general que rige el momento del registro de las transacciones en el Sistema (incluido el resto del mundo) es el de la contabilidad base devengado, es decir, el momento en que se crea, transforma, intercambia, transfiere o extingue valor económico. Se considera que los derechos y los pasivos surgen cuando hay un cambio de propiedad, sea jurídico, sea de control o posesión (cambio físico o económico), por ejemplo, los bienes entregados en virtud de contratos de arrendamiento financiero y ciertas transacciones entre empresas matrices y sus sucursales o filiales. Un intercambio de recursos que comporta un cambio de propiedad exige el registro de los dos lados de la transacción en la cuenta del resto del mundo. De acuerdo con el sistema de partida doble, debe hacerse en principio un registro simultáneo de los dos lados de la transacción; en primer lugar, la provisión de un recurso acompañada por la adquisición de un derecho financiero frente al receptor del recurso y, posteriormente, la extinción del derecho mediante la provisión de otro recurso.

  • El momento del cambio de propiedad puede no coincidir con las distintas etapas del proceso transaccional -es decir, el momento del contrato o compromiso (fecha del contrato), el momento de la provisión de los bienes o servicios y la adquisición de un derecho a recibir un pago (fecha de transferencia), o el momento de liquidar ese derecho (fecha de pago). En la práctica, cuando el cambio de propiedad no es obvio, se considera que tiene lugar en (o se aproxima mediante) el momento en que las partes que intervienen en la transacción la registran en sus libros o cuentas. Sin embargo, es posible que no se logre registrar de forma simultánea los dos lados de la transacción porque los asientos pueden obtenerse independientemente de fuentes y registros contables diferentes, y porque las convenciones en cuanto al momento del registro pueden diferir para los participantes en la transacción (véase más adelante).

  • Bienes

  • De acuerdo con los principios generales adoptados en el Sistema, las exportaciones e importaciones de bienes deben registrarse en el momento en que la propiedad de los bienes en cuestión pasa de un residente a un no residente, o viceversa. Este principio es suficiente para determinar la cobertura del comercio internacional de bienes, sin embargo en la práctica existen ciertas excepciones a este principio que se especifican más adelante, al menos cuando la propiedad se interpreta en sentido jurídico estricto. En cualquier caso, es útil indicar cómo la cobertura del comercio internacional de bienes entre unidades residentes y no residentes se relaciona con el comercio internacional en el sentido de movimientos efectivos de bienes entre países. Cuando la propiedad de un bien se intercambia entre un residente y un no residente hay una fuerte presunción de que el bien cruzará las fronteras de los países considerados poco antes o poco después de haber tenido lugar el cambio de propiedad, pero no ocurre así con todas las exportaciones e importaciones. Al contrario, muchos bienes cruzan las fronteras sin que haya tenido lugar un cambio de propiedad, por lo que no se cuentan como exportaciones o importaciones. Es, pues, útil especificar con cierto detalle las diferencias de cobertura de los flujos.

  • En la mayoría de los países, las estadísticas de comercio internacional de bienes se basan fundamentalmente en la documentación aduanera presentada en el momento en que los bienes son despachados en la frontera. Esto constituye un motivo adicional para aclarar las diferencias entre la cobertura de las exportaciones e importaciones tal como se definen en el Sistema y los movimientos físicos efectivos de bienes entre países. Sin embargo, debe advertirse que cuando los países pertenecen a una zona de libre comercio, de unión aduanera o de mercado común, la mayor parte de los bienes puede cruzar las fronteras entre los diferentes países miembros sin ningún tipo de despachos de aduana o documentación en la frontera, por lo que puede que se tenga que recurrir a métodos de registro de las exportaciones e importaciones totalmente diferentes. Es posible que sea necesaria alguna clase de documentación a efectos aduaneros o fiscales, especialmente cuando funciona un sistema de IVA, y puede que esa documentación tenga que presentarse a una oficina central situada en el interior del país en lugar de hacerlo en la frontera. Alternativamente, o además, puede recurrirse a encuestas directas entre los exportadores o importadores o a registros de transacciones en moneda extranjera. No debe suponerse, por tanto, que la documentación presentada en frontera constituye invariablemente la fuente principal de datos sobre las exportaciones o importaciones.

  • Excepciones al principio del cambio de propiedad

  • Antes de señalar las diferencias entre las exportaciones e importaciones tal como se registran en las cuentas y los movimientos físicos de los bienes a través de las fronteras, es necesario especificar las excepciones que introduce el propio Sistema al principio del cambio de propiedad cuando éste se interpreta en sentido jurídico estricto. Hay cuatro tipos principales de excepciones.

  • La primera excepción se refiere a los bienes que son objeto de arrendamiento financiero. El Sistema imputa un cambio de propiedad del arrendador al arrendatario cuando se acuerda un arrendamiento financiero, aun cuando legalmente el bien arrendado siga siendo propiedad del arrendador, al menos hasta la terminación del contrato, momento en que la propiedad legal del bien se suele transferir al arrendatario. La razón en que se fundamenta la imputación de un cambio de propiedad es que, en la práctica, el arrendatario asume todos los derechos, riesgos y responsabilidades de la propiedad, por lo que desde el punto de vista económico el arrendatario puede considerarse como el propietario de hecho. El arrendamiento financiero es esencialmente un método para financiar la compra imputada del bien por el arrendatario, que puede utilizarse en lugar de recurrir a un préstamo con esa misma finalidad. Por ello, en el Sistema se imputa un cambio de propiedad al comienzo del arrendamiento y este tratamiento se adopta en todo el Sistema y no simplemente para el arrendamiento internacional. Cuando se exporta (o se importa) un bien en virtud de un arrendamiento financiero, la suma registrada como exportación o importación debe basarse en el precio de comprador que el arrendador ha pagado por el bien y no en el valor acumulado de los alquileres pagados. La transacción debe registrarse cuando el arrendatario toma posesión del bien (el momento del comienzo del arrendamiento), aunque el momento en que el bien cruza la frontera se puede utilizar como una aproximación del mismo si ello es necesario. Este tratamiento requiere que se registre a la vez un préstamo del arrendador al arrendatario en la cuenta financiera.

  • La segunda excepción al principio del cambio de propiedad se refiere a los bienes enviados por una empresa a una sucursal o filial de la que es propietaria en un país extranjero, o a una afiliada extranjera que pertenece al mismo grupo de empresas que el exportador. Legalmente, la propiedad de los bienes puede permanecer invariable en tales circunstancias, pero se imputa un cambio de propiedad de hecho entre la empresa exportadora y la sucursal o filial extranjera siempre que los bienes se intercambien entre empresas afiliadas. La justificación de este tratamiento es semejante a la del arrendamiento financiero; a saber, desde el punto de vista económico, los derechos y responsabilidades de la propiedad los ejercita efectivamente la empresa que recibe los bienes. El momento del registro es aquel en que se anotan los asientos en los libros o cuentas de la empresa considerada.

  • La tercera excepción se refiere al caso en que puede que se haya producido un cambio de propiedad, pero éste es ignorado en las cuentas. La excepción se refiere a los comerciantes o negociantes de mercancías que compran mercancías u otros bienes a no residentes para volver a venderlos a no residentes dentro del mismo período contable, sin que dichas mercancías entren realmente en la economía en que los comerciantes son residentes. La diferencia entre los ingresos y las ventas de esos comerciantes se trata como la medida del valor de los servicios que prestan y se registra en las exportaciones o importaciones de servicios. En cambio, si los bienes no se revenden dentro del mismo período contable, las compras han de registrarse como importaciones de bienes que se mantienen temporalmente en existencias; cuando se venden en el extranjero en un período posterior, deben tratarse como importaciones negativas.

  • La cuarta y última excepción al principio del cambio de propiedad se refiere a los bienes que se envían al exterior para su procesamiento. En general, el principio adoptado en el Sistema es que los bienes enviados al exterior temporalmente y sin que tenga lugar un cambio de propiedad entre unidades residentes y no residentes no se contabilizan como exportaciones o importaciones. Los bienes enviados temporalmente al extranjero deben considerarse como bienes que retornan más o menos en la misma situación en que se enviaron, exceptuando quizá los trabajos de mantenimiento, servicios o reparaciones de rutina realizados en ellos. Sin embargo, estas condiciones no se satisfacen cuando una empresa se compromete o contrata con otra empresa la realización de ciertos procesos de fabricación en los bienes mientras se hallan en el extranjero. En este caso, la empresa puede enviar materiales o bienes semiprocesados al exterior, que se convierten en insumos de los procesos de producción del fabricante extranjero, y a continuación recibir de vuelta los productos de esos procesos, pagando al fabricante una tarifa por la producción realizada. En tales circunstancias, los bienes originariamente enviados al exterior pierden su identidad al ser transformados o incorporados a otros bienes; análogamente, los bienes recibidos de vuelta son sustancialmente bienes nuevos producidos en el exterior. Los bienes recibidos de vuelta pueden ser clasificados de manera totalmente diferente por las autoridades aduaneras, o por las estadísticas del comercio internacional, que los bienes enviados originalmente. En estas circunstancias, el Sistema exige que los bienes enviados al exterior se registren como exportaciones, aun cuando no se vendan a un no residente, y que los bienes recibidos de vuelta se registren como importaciones, aun cuando no sean comprados a un no residente.

  • El tratamiento del procesamiento plantea esencialmente dos cuestiones: si ciertos flujos han de registrarse en términos brutos o netos y si esos flujos han de clasificarse como bienes o como servicios. Si los bienes se excluyen de las exportaciones o importaciones porque no ha habido cambio de propiedad, es necesario identificar y registrar por separado como importación de un servicio el pago que la empresa hace al productor extranjero por el valor que éste ha añadido por su procesamiento. En cambio, si los flujos se registran en términos brutos, como lo exige el Sistema, la diferencia entre el valor de las importaciones y el de las exportaciones debe ser igual al pago hecho por el servicio prestado por el fabricante extranjero. El saldo entre las exportaciones e importaciones totales de bienes y servicios es el mismo en ambos casos, y la diferencia consiste en que el saldo figure como una importación neta de bienes o como una importación neta de servicios.

  • Cuando se envían bienes temporalmente al exterior para retornar en la misma forma en que fueron enviados, sin que tenga lugar un cambio de propiedad, el hecho de que salgan de la economía no repercute en la economía interna y, por tanto, puede ignorarse en las cuentas. Sin embargo, cuando los bienes que retornan son diferentes en su forma de los que se enviaron, cambian la oferta y la disponibilidad de los bienes o recursos dentro de la economía que envió los bienes al exterior para su procesamiento, por lo que no puede ignorarse la exportación e importación de los bienes en cuestión. Otra consideración pertinente es que, en los registros de los flujos del comercio internacional, suele ser difícil separar los bienes enviados al exterior para su procesamiento y aquellos que retornan después de ser transformados, de otros movimientos de bienes, por lo que el tratamiento bruto exigido por el Sistema es normalmente más fácil de implementar en la práctica. No obstante, cuando los bienes destinados para su procesamiento en el exterior y que retornan después de ser transformados se pueden identificar de forma efectiva en las estadísticas de comercio exterior, se recomienda presentarlos por separado en las exportaciones e importaciones de la cuenta de bienes y servicios con el exterior del Sistema. Cuando los bienes enviados al exterior para su procesamiento en un período contable no se reimportan hasta un período contable posterior, es necesario anotar un derecho financiero (pasivo) de contrapartida en las cuentas financieras de los países implicados.

  • Cuando los bienes retornan después de experimentar un procesamiento muy pequeño en el exterior, como el almacenamiento o el empaquetado, se puede aducir que debe adoptarse el tratamiento neto ya que la transformación es insignificante, por lo que es preferible registrar el pequeño monto del valor agregado en el exterior como importación de un servicio. Sin embargo, es difícil ofrecer criterios objetivos sobre lo que constituye un monto significativo de procesamiento que permitan diferenciar unos procesos de otros. Por ello, se sugiere que los bienes deben tratarse como transformados cuando los bienes procedentes del exterior tienen que clasificarse en un grupo diferente (nivel de tres dígitos) de la Clasificación Central de Productos (CPC) al de los bienes enviados y procesados en el exterior. En cambio, cuando los bienes retornados pertenecen al mismo grupo de la CPC que los enviados al exterior, no deben incluirse en las exportaciones e importaciones de bienes, considerándose el procesamiento como una actividad de servicios.

  • Momento de registro en relación con los movimientos físicos de los bienes

  • Por varias razones los flujos de bienes que abandonan y entran en un país dentro de un período contable dado no son idénticos a las exportaciones e importaciones que han de registrarse en las cuentas. Uno de los motivos por los que pueden diferir es simplemente que el momento en que cambia, o se considera que cambia, la propiedad de un bien de un residente a un no residente, o viceversa, no suele ser el mismo momento en que el bien es transportado de un país a otro. El transporte puede preceder, o retrasarse, al cambio de propiedad en varios períodos de tiempo. Además, como transcurre un lapso de tiempo entre el momento en que un bien deja un país y el momento en que llega al otro, es imposible que el cambio de propiedad coincida con el momento de partida y el de llegada. Si se utiliza el momento en que el bien cruza la frontera como aproximación del momento en que cambia la propiedad, es probable que se creen discrepancias entre los valores de las exportaciones e importaciones y los de otras partidas de las cuentas nacionales, como las ventas, las compras y las variaciones de existencias, tal como las presentan los productores. Esas discrepancias son inevitables si las estadísticas de movimiento físico de los bienes a través de las fronteras son la fuente principal de datos para estimar las exportaciones e importaciones. Las discrepancias de esta clase debidas a diferencias del momento del registro tienden a ser relativamente más importantes cuanto más breve es el período contable, y pueden ser una fuente significativa de error en las cuentas trimestrales, especialmente en países cuyo comercio exterior es grande en relación con la producción interna. Cuando las estimaciones de las exportaciones e importaciones se basan en encuestas directas a los productores, la incidencia de esas discrepancias puede ser menor.

  • Otro problema consiste en que los exportadores e importadores de bienes puede que no perciban el cambio de propiedad en el mismo momento. Cuando hay un contrato de venta en firme, el exportador puede registrar el cambio de propiedad en sus cuentas como ocurrido cuando se despachan los bienes, mientras que el importador puede no reconocer cambio alguno de propiedad hasta la firma y aceptación de los pertinentes documentos de importación (generalmente, en el momento en que el importador toma posesión de los bienes). Aunque es posible que esas diferencias no introduzcan discrepancias entre los registros de las diferentes partidas dentro de las cuentas nacionales de cada uno de los países afectados, pueden sin embargo introducir asimetrías en el registro de los flujos del comercio internacional a nivel mundial.

  • La necesidad de ajustar el momento del registro de las estadísticas de comercio exterior surge probablemente de la falla de esas mismas estadísticas a la hora de reflejar de forma correcta y en todos los casos los movimientos físicos, a pesar de que algunos defectos sistemáticos de esa clase puede que no causen errores apreciables a no ser que el valor del comercio cambie fuertemente de un período a otro. Esa necesidad surge, por ejemplo, cuando los que confeccionan las cuentas del comercio cierran las estadísticas de cada mes antes de haber tabulado todas las declaraciones aduaneras, dejando un residuo para el mes siguiente. Cuando las prácticas de este tipo dan lugar a distorsiones, deben estimarse los montos correspondientes y aplicarse los ajustes del momento de registros adecuados.

  • Cuando un viaje de larga duración forma parte del proceso de importación o exportación, el cambio de propiedad de los bienes puede tener lugar en momentos muy diferentes de aquel en que esos bienes se registran en las estadísticas de comercio exterior. Si el volumen o el valor unitario del comercio varía sustancialmente desde el comienzo al final del período de referencia, la posible diferencia de uno o dos meses entre el envío y la recepción de los bienes, por un lado, y el cambio de propiedad, por otro, puede ser una fuente de error para los estados contables de un país determinado y de asimetrías entre los países que han intervenido. No se ha establecido una base empírica que permita presumir que la propiedad cambia normalmente al comienzo o al final de un viaje; es preciso realizar encuestas, de carácter muestral quizás, para averiguar prácticas, específicas y, en principio, deberán aplicarse ajustes del momento de registro para corregir las estadísticas de comercio exterior de aquellas clases de bienes para los que se ha encontrado que el cambio de propiedad ocurre en un momento distinto de aquel en que son registrados en las estadísticas de comercio exterior.

  • Los bienes en consignación, es decir, los bienes destinados a la venta que todavía no han sido efectivamente vendidos en el momento en que cruzan la frontera, deben incluirse en principio entre las mercaderías sólo en el momento en que cambia la propiedad. No obstante, esos bienes se registran a menudo en el momento en que cruzan la frontera, suponiendo que ha tenido lugar un cambio de propiedad o confiando en que ese cambio ocurrirá muy pronto. Si se sigue ese tratamiento pero no hay cambio de propiedad, a continuación los bienes deberán registrarse de nuevo como una deducción de las exportaciones e importaciones.

  • Servicios

  • El momento en que ha de registrarse la exportación o importación de un servicio es aquel en que se presta (se suministra o se recibe), que coincide generalmente con el momento en que se produce el servicio. En algunos casos (por ejemplo, los fletes y seguros, los servicios portuarios, etc.), puede haber pagos anticipados o diferidos de esos servicios, al igual que puede ocurrir con el comercio de bienes. En tal caso, deben anotarse unos asientos en las cuentas apropiadas, según se explica más adelante en el párrafo 14.75. En cuanto al procesamiento y las reparaciones que se han excluido de los bienes, el valor agregado ha de registrarse como servicios en el momento en que fueron prestados.

  • Ingresos primarios

  • La renta en forma de intereses ha de registrarse según el principio de base devengado, es decir, como si se devengara de manera continua a lo largo del tiempo sobre el monto del principal pendiente (véase el Capítulo VII, párrafos 7.94 a 7.111). Si los intereses no se pagan de manera efectiva, es preciso anotar un asiento en la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior, junto con otro de compensación en la cuenta financiera por el crédito originado por la falta de pago, es decir, un aumento de los pasivos.

  • Los dividendos han de registrarse en el momento en que son pagaderos. Las utilidades reinvertidas de la inversión extranjera directa han de registrarse en el período en que se ganan. Las utilidades distribuidas (remitidas) de sucursales y otras empresas no constituidas en sociedad, es decir, los retiros de las rentas de las cuasisociedades, han de registrarse en el momento en que se transfieren. Como explicación de esta diferencia en el momento del registro entre las utilidades formalmente distribuidas y las otras utilidades, debe advertirse que las utilidades reinvertidas representan la renta neta devengada durante un período dado. En cambio, las utilidades remitidas de las sucursales son distribuciones discrecionales que pueden hacerse en cualquier momento - incluso en un período en que se registra una pérdida neta - y, por tanto, no son atribuibles a las ganancias de un período concreto. Para determinar el período en que se han ganado las citadas utilidades reinvertidas o en el que otras rentas de inversión llegan a ser pagaderas, puede ser provechoso remitirse a los balances, a los informes anuales y a documentos similares del inversor directo o de la empresa.

  • Transferencias

  • Los diferentes impuestos, multas, etc. y otros componentes de las transferencias que una parte impone a otra, han de registrarse en el momento en que tienen lugar las transacciones u otros flujos que dan lugar a la obligación de pagar. En algunos casos, los impuestos sobre el ingreso pueden registrarse en un período posterior. Otras transferencias han de registrarse en el momento en que cambian de propiedad los recursos (por ejemplo, bienes, servicios, instrumentos financieros) de los que ellas son complementarias.

  • Transacciones financieras

  • Se considera que las transacciones exteriores de instrumentos financieros tienen lugar cuando tanto el acreedor como el deudor anotan el derecho y el pasivo, respectivamente, en sus libros (véase el Capítulo XI). Puede especificarse de forma efectiva una fecha (la "fecha de valor") con el fin de asegurar que el momento del registro coincide en los libros de ambas partes. Si no puede fijarse una fecha precisa, la fecha en que el acreedor recibe el pago (u otro derecho financiero) resulta decisiva. Los giros contra préstamos han de registrarse en las cuentas cuando tiene lugar efectivamente el desembolso; los reembolsos de préstamos se registran cuando vence su pago. En el caso de reembolsos vencidos, tiene que registrarse un asiento para el reembolso de la obligación contractual en cuestión como si se hubiera realizado y otro para (a) su sustitución por un nuevo pasivo a corto plazo (para pago inmediato), o (b) su sustitución por un nuevo préstamo, si está reprogramando o se está acordando una financiación especial asociada con dificultades de la balanza de pagos de una economía.

  • El registro del comercio de bienes y de otras transacciones exteriores corrientes según el principio del cambio de propiedad exige que las diferencias relativas al momento del registro entre el flujo de bienes, servicios e ingresos y el correspondiente flujo de pagos den lugar a los derechos y pasivos consiguientes; es decir, los pagos hechos con anticipación al cambio de propiedad (pagos anticipados o progresivos) constituyen un derecho sobre el perceptor de los mismos; los pagos posteriores al cambio de propiedad (pagos diferidos) constituyen una extinción de un pasivo contraído en el momento del cambio de propiedad. En otras palabras, cuando la contrapartida de un asiento en la cuenta financiera es no financiera, el momento del registro de los derechos financieros ha de alinearse con el momento del registro, en las demás cuentas del SCN, de las transacciones que generan el derecho financiero. Por ejemplo, cuando las exportaciones de bienes o servicios dan lugar a un crédito comercial, debe registrarse un asiento en la cuenta financiera en el momento en que se hace el asiento en el componente pertinente de la cuenta de bienes y servicios con el exterior.

  • El momento del registro de los stocks de activos y pasivos financieros con el exterior (la posición de la inversión internacional) es aquel al que se refiere la cuenta, normalmente el comienzo o el final del período contable.

  • 3. Conversión y unidad de cuenta

  • La elaboración de la cuenta del resto del mundo se complica por el hecho de que los valores de las transacciones relativas a los recursos e instrumentos financieros y de los componentes de los stocks de activos y pasivos financieros con el exterior pueden expresarse inicialmente en una gran variedad de monedas o en otras medidas estándar de valor, como los DEG o la unidad de cuenta europea (ECU). La conversión de estos valores a una unidad de cuenta de referencia (normalmente la moneda nacional del país compilador) es un requisito para la elaboración de estados contables nacionales consistentes y analíticamente significativos.

  • De acuerdo con los principios sobre el momento del registro y la valoración, tanto del Sistema como del Manual de Balanza de Pagos, el tipo de cambio apropiado a utilizar para la conversión de la moneda empleada en la transacción a una unidad de cuenta es el tipo de mercado vigente en la fecha de la operación o, si no se dispone del mismo, el tipo promedio del período más breve que se puede aplicar. Debe utilizarse el punto medio entre los tipos comprador y vendedor con el fin de excluir cualquier costo del servicio, esto es, la diferencia entre el punto medio y los mencionados tipos.

  • Para la conversión de datos sobre stocks de activos y pasivos financieros con el exterior ha de utilizarse el tipo de cambio de mercado vigente en la fecha a la cual se refiere el balance, es decir, el punto medio entre el tipo comprador y vendedor al contado.

  • Tipos de cambio oficiales múltiples

  • En un régimen oficial de tipos de cambio múltiples, es decir, cuando se pueden aplicar dos o más tipos de cambio a categorías diferentes de transacciones, favoreciendo algunas y desalentando otras, esos tipos incorporan elementos análogos a los de los impuestos o subvenciones. Por ello, dado que los tipos múltiples influyen en la realización y valoración de las transacciones que se expresan en moneda nacional, el producto neto devengado implícitamente a las autoridades como consecuencia de esas transacciones ha de calcularse en el Sistema como impuestos y subvenciones implícitos. El monto de los impuestos o subvenciones implícitos puede calcularse, para cada transacción, como la diferencia entre el valor de la transacción convertida a moneda nacional al tipo de cambio efectivo aplicable y el valor de la transacción convertida a un "tipo unitario", calculándose éste como un promedio ponderado de todos los tipos oficiales utilizados para las transacciones exteriores. En el Sistema, las transacciones exteriores se registran utilizando el tipo efectivo aplicable a transacciones específicas. Sin embargo, los impuestos/subvenciones implícitos figuran como ajustes globales en la cuenta del resto del mundo, con asientos de contrapartida bajo transferencias corrientes y de capital en las cuentas del banco central o del gobierno (Puede encontrarse una explicación detallada de los tipos de cambio múltiples, incluyendo el tratamiento contable completo en el Sistema, en el Capítulo XIX, Anexo A).

  • El "tipo unitario" se aproxima a un tipo oficial único que existiría de no haber tipos múltiples. No obstante, como este tipo único que se calcula puede no aproximarse a ningún tipo de equilibrio o de mercado, los impuestos/subvenciones/transferencias implícitos calculados pueden no reflejar en su totalidad el impacto de un sistema de tipos múltiples.

  • Por lo que se refiere a la conversión de los stocks de activos y pasivos financieros con el exterior en un sistema oficial de tipos múltiples, ha de usarse el tipo de cambio efectivo aplicable a activos o pasivos específicos.

  • Tipos del mercado negro o paralelo

  • Hasta este punto de la exposición de los tipos de cambio múltiples no se ha hecho mención de los tipos (no oficiales) del mercado paralelo o negro, que no deben ignorarse en el contexto de un régimen de tipos múltiples y que pueden ser tratados de diferentes maneras. Por ejemplo, si existe un tipo oficial y un tipo del mercado paralelo, los dos deben manejarse por separado, convirtiéndose las transacciones a sus respectivos tipos de cambio. Si existen tipos oficiales múltiples junto con un tipo paralelo, ambos deben tratarse como mercados distintos en cualquier cálculo de un tipo unitario. Es decir, los tipos oficiales múltiples -que conllevan impuestos y subvenciones oficiales implícitos- deben utilizarse para calcular un tipo promedio ponderado que pueda servir de base para estimar el componente impuestos o subvenciones de los diferentes tipos oficiales. Generalmente, las transacciones realizadas al tipo paralelo deben convertirse a ese tipo por separado. En los mercados paralelos no existen impuestos/subvenciones implícitos implicados, dado que esos mercados no forman parte del régimen oficial de tipos de cambio. Sin embargo, en algunos casos los mercados paralelos pueden considerarse integrados de forma efectiva en el régimen oficial de tipos de cambio. Así ocurre cuando la mayor parte o la totalidad de las transacciones del mercado paralelo cuentan con la anuencia de las autoridades, y/o cuando las autoridades intervienen activamente en el mercado para influir en el tipo paralelo. En este caso, el cálculo del tipo unitario debe incluir tanto los tipos del mercado oficial como los del mercado paralelo. Si las autoridades permiten únicamente un número limitado de transacciones del mercado paralelo, el tipo paralelo no debe incluirse en el cálculo del tipo unitario.

  • Para la conversión debe calcularse el punto medio entre los tipos de compra y de venta en el mercado paralelo (por separado de los tipos oficiales), tal como se recomienda para los tipos oficiales, con el fin de excluir el costo de cualquier servicio. Los ingresos obtenidos de la comercialización de monedas entre los mercados oficial y paralelo han de tratarse como ganancias por tenencia, excepto cuando los ingresos se devengan a las autoridades monetarias como consecuencia de esas transacciones entre mercados paralelos autorizados y mercados oficiales (véase el párrafo 35 del Capítulo XIX, Anexo A).

  • D. La cuenta de bienes y servicios con el exterior y la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior

  • La cuenta de bienes y servicios con el exterior tiene, en el lado de los recursos, los flujos "importaciones de bienes" e "importaciones de servicios", que representan conjuntamente los bienes y servicios adquiridos por la economía total, y a la inversa, en el lado de los empleos tiene los bienes y servicios suministrados por la economía total al resto del mundo (representados por los flujos "exportaciones de bienes" y "exportaciones de servicios"). Estos flujos tienen sus asientos contables de contrapartida en la cuenta de bienes y servicios. La cuenta de bienes y servicios con el exterior tiene un saldo contable denominado "saldo de bienes y servicios con el exterior". Si éste es positivo, representa un superávit de las transacciones de bienes y servicios para el resto del mundo y, a la inversa, un déficit para la economía total, y viceversa si el saldo es negativo.

  • La cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior comprende, en el lado de los recursos, como partidas a cobrar por el resto del mundo (a pagar por la economía total), y en el lado de los empleos, como partidas a pagar por el resto del mundo (a cobrar por la economía total): (a) la remuneración de los asalariados, (b) la renta de la propiedad (incluyendo las utilidades reinvertidas de la inversión extranjera directa), (c) los impuestos menos subvenciones sobre la producción y las importaciones, (d) los impuestos corrientes sobre el ingreso, la riqueza, etc, (e) las contribuciones y prestaciones sociales, y (f) otras transferencias corrientes. Las partidas (a) a (c) se reflejan en la cuenta de distribución primaria del ingreso y las partidas (d) a (f) en la cuenta de distribución secundaria del ingreso de los respectivos sectores residentes, así como en las correspondientes cuentas de la economía total.

  • Las transacciones de las partidas (a) a (f), junto con el saldo de bienes y servicios con el exterior, dan lugar al saldo contable de "saldo corriente con el exterior". Cuando este saldo es positivo significa un superávit del resto del mundo en cuanto a las transacciones corrientes efectuadas con la economía total (un déficit de la economía total), mientras que un saldo negativo expresa un déficit del resto del mundo con respecto a esas mismas transacciones corrientes (un superávit de la economía total). Como las partidas (a) a (f) figuran en las cuentas de distribución primaria y secundaria del ingreso de los distintos sectores institucionales y de la nación en su conjunto, afectan respectivamente a las medidas que se obtienen del ingreso primario y del ingreso nacional y a las del ingreso disponible y del ahorro de los sectores y de la nación.

  • 1. La cuenta de bienes y servicios con el exterior

  • Las exportaciones de bienes y servicios consisten en ventas, trueques, regalos o donaciones, de bienes y servicios de los residentes a los no residentes, mientras que las importaciones consisten en compras, trueques o la percepción de regalos o donaciones, de bienes y servicios por los residentes de los no residentes. El tratamiento de las exportaciones e importaciones en el Sistema es en general idéntico al que se aplica en las cuentas de la balanza de pagos tal como se describen en el Manual de Balanza de Pagos, que puede consultarse para conocer con mayor detalle los puntos que se tratan aquí.

  • Las transacciones internacionales de servicios difieren en muchos aspectos de las de bienes. Tal como se explica en el Capítulo VI, la producción y entrega de un servicio constituyen normalmente una sola operación, que se realiza por mutuo acuerdo entre productor y consumidor y que requiere algún tipo de contacto previo entre ellos. Por esto, la organización del comercio internacional de servicios es muy diferente a la del comercio de bienes. Los bienes suelen producirse antes de que se realice cualquier contrato de venta y pueden ser transportados a considerables distancias de su lugar de producción original para venderse mucho tiempo después de haberse producido, mientras que los servicios típicamente son suministrados directamente por el productor al usuario cuando son producidos. Por tanto, el comercio internacional de servicios no sólo es de índole diferente al comercio de bienes, sino que además puede tener diferentes implicancias para el análisis económico y la formulación de la política económica. Por este motivo y también por la creciente importancia del comercio internacional de servicios, las exportaciones e importaciones de bienes y servicios se consideran y clasifican por separado.

  • Sin embargo, la frontera entre ellos no siempre está clara en la práctica, ya que una sola transacción puede incluir a veces elementos de ambos. Por ejemplo, en la cuenta de bienes y servicios con el exterior del Sistema, las exportaciones e importaciones de bienes se valoran f.o.b. -es decir, incluidos los costos de transporte y seguro hasta la frontera del país exportador -, aun cuando en otros contextos, como los cuadros de insumo-producto, los costos de transporte y seguro pueden presentarse por separado del precio de productor o del precio básico de un bien cuando sale de las instalaciones de su productor. Al contrario, otras transacciones que implican una combinación de bienes y servicios, como el gasto de los viajeros extranjeros en el mercado interno, puede que todas ellas tengan que registrarse como servicios de la cuenta del resto del mundo.

  • Bienes

  • Además de las discrepancias motivadas por el hecho de que los movimientos físicos de los bienes a través de las fronteras pueden no coincidir con los momentos en que tienen lugar los cambios de propiedad, las cuales se han mencionado anteriormente, hay también diferencias de cobertura entre las exportaciones e importaciones de bienes tal como se registran en el Sistema y los flujos de bienes que cruzan las fronteras.

  • Ejemplos de bienes que pueden venderse como exportaciones o comprarse como importaciones sin cruzar la frontera del país

  • Equipo de transporte u otro equipo móvil no ligado a una localización fija que, por tanto, no necesariamente cruza las fronteras del país exportador o importador como consecuencia de su venta (compra) por un residente a (de) un no residente;

  • Bienes producidos por unidades residentes que operan en aguas internacionales -petróleo, gas natural, productos pesqueros, recuperación marítima, etc.- que se venden directamente a no residentes en países extranjeros;

  • Bienes consumidos en instalaciones extraterritoriales propiedad de residentes, buques o aeronaves que operan en aguas o espacio aéreo internacionales que son comprados a no residentes en países extranjeros;

  • Bienes perdidos o destruidos después de cambiar de propiedad pero antes de haber cruzado la frontera del país exportador o importador.

  • Ejemplos de bienes que pueden cruzar fronteras, pero que se excluyen de las exportaciones o importaciones

  • Bienes en tránsito a través de un país;

  • Equipo de transporte u otras clases de equipo móvil que salen o entran en un país sin que tenga lugar un cambio de propiedad; por ejemplo, equipo de construcción utilizado para la instalación o la realización de obras en el exterior;

  • Equipo y otros bienes enviados al exterior para menor procesamiento, mantenimiento o reparación (los bienes procesados y transformados en bienes diferentes se incluyen en las exportaciones o importaciones -véanse los párrafos anteriores 14.61 a 14.64-, así como el valor de las reparaciones de activos fijos, por ejemplo buques, que se envían al exterior para grandes reparaciones, renovación o recomposición);

  • Otros bienes que salen o entran en un país temporalmente, retornando generalmente en su estado primitivo y sin que haya cambio de propiedad; pueden citarse varios ejemplos: bienes enviados al exterior únicamente con fines de exposición; equipo para orquestas, materiales teatrales, etc. mientras dura la gira por el extranjero; bienes en consignación que se devuelven por no materializarse las ventas previstas; bienes enviados en virtud de un contrato de arrendamiento operativo; animales enviados al exterior para carreras, exposiciones u otros espectáculos, o para fines reproductivos;

  • Bienes enviados a (o recibidos de) las embajadas, bases militares u otros enclaves de un país situados geográficamente dentro de las fronteras nacionales de otro país;

  • Bienes en consignación perdidos o destruidos después de cruzar la frontera pero antes de producirse el cambio de propiedad.

  • A veces, se cuestiona la clasificación de ciertos ítems físicos como bienes, casi siempre porque puede concedérseles un trato excepcional en las normas aduaneras o en las declaraciones comerciales. Los ejemplos de este tipo que se citan a continuación deben incluirse entre los bienes: oro mercancía (es decir, oro no monetario), plata en barras, diamantes y otros metales y piedras preciosas; billetes y monedas que no están en circulación y los valores no emitidos, todos los cuales deben valorarse como mercancías y no por su valor nominal; electricidad, gas y agua; ganado conducido a través de las fronteras; paquetes postales; exportaciones e importaciones del gobierno (distintas de aquellas que se realizan entre organismos y personal del propio gobierno), incluidos los bienes financiados por donaciones y préstamos; bienes transferidos a, o de, la propiedad de un organismo de existencias reguladoras; efectos y enseres de los migrantes; bienes de contrabando, descubiertos o no por los servicios aduaneros, y otros envíos no registrados, como los regalos y los que tienen un valor inferior a un mínimo establecido.

  • Hay ciertos ítems físicos que se consideran activos financieros y que no deben incluirse entre los bienes, entre ellos pueden citarse los ejemplos siguientes:

  • las evidencias de créditos financieros se tratan como activos financieros, aun cuando tengan una forma material y sean móviles. Ejemplos de esos bienes son los billetes y las monedas en circulación y los valores emitidos;

  • el oro monetario se trata como un activo financiero, por lo que las transferencias de oro monetario entre autoridades de diferentes países se reflejan en la cuenta financiera;

  • los activos no financieros pertenecientes a una empresa, como tierras y terrenos, estructuras, equipo y existencias, se consideran activos financieros del propietario de dicha empresa cuando éste no es residente de la economía en que opera la empresa. Un cambio de propiedad de estos activos que resulta de la adquisición de una empresa existente se trata, por lo tanto, como una transacción financiera y no se incluye entre los bienes, excepto en la medida en que ese cambio de propiedad venga acompañado efectivamente por un movimiento físico de los bienes.

  • Servicios

  • La exportación (o importación) de un servicio exige alguna forma de contacto entre un productor residente y un consumidor no residente en el momento en que la producción tiene lugar de forma efectiva. En el caso del transporte, el contacto entre el productor y el consumidor se hace posible por la propia movilidad del equipo de transporte. En cuanto a otros tipos de servicios, incluidos los servicios informativos, el contacto puede establecerse mediante enlaces de telecomunicaciones de uno u otro tipo. Sin embargo, la producción de la mayoría de los servicios, tanto los servicios de productor como los de consumidor, exige que uno y otro lleguen a estar juntos de alguna manera y en una localización conveniente; este es el caso de una amplia gama de servicios, como la mayoría de los servicios empresariales y financieros, de salud, enseñanza, recreativos, esparcimiento, etc. A nivel internacional, el productor puede tener que viajar al país del consumidor, o viceversa. La movilidad de los productores de servicios ha mejorado notablemente con la frecuencia y rapidez de los transportes aéreos, mientras que los enlaces de telecomunicaciones permiten que el personal que está en el exterior continúe disponiendo de los recursos y conocimientos del personal de expertos de las sedes principales.

  • Por ejemplo, es frecuente que los productores de servicios empresariales, como los servicios de consultoría u otros de asesoramiento, envíen equipos de expertos a trabajar en una misión en el exterior como consecuencia de contratos específicos negociados con no residentes. Según se ha explicado anteriormente en los párrafos 14.22 y 14.23, esas unidades de producción que operan en el exterior se consideran parte integrante de la sociedad matriz a la que pertenecen, siempre que el volumen de la producción que realizan en el exterior no sea suficientemente grande y que el período de tiempo que dura la producción sea tan corto que la unidad no pueda ser tratada razonablemente como si tuviera un centro de interés económico en el país considerado. Cuando una unidad productiva que opera en el exterior establece una importante presencia física en un país extranjero comprando o alquilando instalaciones de empresa, adquiriendo equipo de capital, reclutando personal local, etc., con la intención de dedicarse a la producción durante un período prolongado de tiempo (una directriz en este sentido es un año o más, aplicada flexiblemente), la unidad productiva en cuestión ha de ser tratada como una sucursal extranjera, es decir, como una cuasisociedad residente en el país en que opera. En esas circunstancias, la producción de la sucursal se cuenta como parte del PIB del país en que se halla localizada, por lo que no puede tratarse como una exportación de un servicio de la sociedad matriz que la posee y controla.

  • El criterio de residencia que se acaba de esbozar y que se ha descrito con detalle anteriormente en este mismo capítulo (véase párrafo 14.23), se aplica igualmente a todas las sociedades, tanto si se dedican a la producción de bienes como si se dedican a la producción de servicios. Sin embargo, la cuestión tiene una relevancia especial para los productores de servicios porque el establecimiento de una sucursal extranjera (o una filial) que preste los servicios directamente a los residentes de un país extranjero, puede ser la única vía mediante la que una unidad dedicada a la producción de servicios puede ampliar sus ventas a los no residentes. Una sociedad que crea una sucursal extranjera con esta finalidad puede considerarse a sí misma como si continuase con la "exportación" de servicios, aun cuando la sucursal tenga carácter permanente o indefinido. Sin embargo, esa sucursal se clasifica en el Sistema como una cuasisociedad residente del país en que opera, por lo que puede haber una diferencia importante entre la forma en que las exportaciones e importaciones de servicios se registran en el Sistema -y en la balanza de pagos- y la forma en que pueden por si mismas percibirlas algunas sociedades. Las sociedades pueden no reconocer ningún umbral más allá del cual la producción se clasifique como contribución al PIB del país en que se halla localizada la sucursal, en lugar de hacerlo al PIB del país en que se halla localizada la sociedad matriz.

  • Desde el punto de vista de las cuentas nacionales, la cuestión central no es tanto la definición exacta o la cobertura de las exportaciones o importaciones, como la definición y cobertura del PIB mismo. Cuando una sucursal está produciendo servicios de manera permanente dentro de un país, el valor agregado ha de considerarse parte del PIB de ese país, no del país de residencia de la sociedad matriz.

  • Los servicios que forman parte de las exportaciones e importaciones de servicios tienen que haberse obtenido como productos de procesos de producción. No incluyen ingresos que a veces se describen como pagos por "servicios" prestados en el curso de la producción. Los pagos de remuneración de los asalariados de residentes a no residentes, o viceversa, son flujos internacionales de ingresos primarios. Esos pagos tienen lugar, por ejemplo, en el caso de los trabajadores estacionales o fronterizos que trabajan en un país diferente de aquel en que son residentes. Análogamente, los flujos de renta de la propiedad, como los intereses y dividendos, entre residentes y no residentes se excluyen del comercio internacional de servicios.

  • La cobertura de las exportaciones e importaciones de servicios corresponde en general a los tipos de servicios descritos en las secciones 6 a 9 de la CPC. Sin embargo, mientras que la CPC trata todas las reparaciones y el procesamiento como actividades de servicios, el Sistema no hace lo mismo, según ya se ha señalado. Dado que la CPC ofrece una lista completa de las otras clases de servicios que pueden intervenir en el comercio internacional, y que el Manual de Balanza de Pagos describe una lista de los componentes estándar de esos servicios, no se considera necesario ofrecer aquí todos esos detalles. No obstante, es conveniente indicar cómo se tratan en el Sistema algunas de las clases más importantes del comercio de servicios.

  • Construcción

  • El tratamiento de la construcción internacional plantea las mismas cuestiones que las examinadas anteriormente, en los párrafos 14.95 a 14.98, en relación con los servicios de consultoría de empresa y otros. A menudo se adjudican a sociedades no residentes contratos para la construcción de grandes proyectos, como puentes, centrales eléctricas o represas. Cuando a una sociedad de construcción del país A se le adjudica un contrato en el país B, dicha sociedad está obligada a crear en el país B una oficina local desde la que se administra y realiza la construcción, de manera parecida a como una sociedad que exporta servicios puede tener abierta una sucursal en el exterior. Aunque la oficina local es posible que no tenga personalidad jurídica independiente, a estos efectos puede ser tratada sin embargo como una cuasisociedad. El principal argumento en contra de este tratamiento es que la oficina local se crea para el tiempo que dura un proyecto específico y se desmantela una vez concluido. Por tanto, no puede interpretarse como prueba de un interés económico duradero de la sociedad en el país B.

  • Si la oficina local no se trata como una cuasisociedad, las consecuencias son que el emplazamiento de la obra de construcción ha de considerarse como un enclave del país A dentro del país B, semejante al de una embajada o base militar mantenida por el país A. En tal caso el valor agregado dentro del enclave puede tratarse como parte del PIB del país A y el valor de la producción final obtenida, es decir, la represa o el puente, se trata como una exportación del país A al país B. De acuerdo con los principios generales aplicados a la medida de la producción de la actividad construcción, la represa o el puente pueden ser tratados como terminados y entregados al cliente por etapas. Si bien esta solución tiene alguna ventaja, tiene el grave inconveniente de que el valor agregado generado por un gran proyecto de construcción, como la construcción de una represa o un puente que puede durar varios años, no se atribuye al país en que efectivamente tiene lugar la actividad. Esto parece especialmente anómalo cuando la mayor parte de la mano de obra y los materiales empleados en el proyecto son probablemente provistos localmente, a la vez que el proyecto en sí es probable que tenga un importante impacto en los ingresos y los gastos de la localidad. Por este motivo, el Sistema recomienda que deben crearse cuasisociedades para importantes proyectos de construcción que duren un año o más (sujetas a la consideraciones señaladas en el párrafo 14.23), aun cuando la unidad de construcción no tenga un interés económico duradero en el país.

  • La consecuencia de crear una cuasisociedad para un proyecto de construcción realizado en el país B, según el ejemplo citado, es que las únicas exportaciones que se registran del país A al país B son los bienes y servicios suministrados por el país A que se incorporan en la estructura final; por ejemplo, los planes topográficos preparados en el país A o las turbinas u otro equipo hidroeléctrico fabricado en el país A que se instalan en la represa del país B. A pesar de que puede que no tenga lugar un cambio de propiedad jurídica cuando la sociedad de construcción matriz del país A envía equipo para su propia obra de construcción localizada en el país B, el Sistema imputa un cambio de propiedad de los suministros de bienes a las sucursales o filiales en el exterior que no se devuelven. El proyecto puede generar además importantes flujos internacionales de ingreso, incluida la remuneración de los asalariados, así como beneficios y flujos financieros, pero éstos no son exportaciones o importaciones de bienes y servicios.

  • Instalación

  • La instalación de equipo es una actividad que tiene mucho en común con la construcción. Sin embargo, dado que la instalación de una cantidad específica de equipo en el exterior es evidentemente un proyecto de duración limitada que, en sí, no indica ningún interés económico duradero en el país en que tiene lugar, no es pertinente crear una cuasisociedad en relación con esa actividad, aun cuando su terminación vaya a durar más de un año. Por esta razón, la instalación de equipo en el exterior se trata siempre como una exportación de un servicio, tanto en el Sistema como en el Manual de Balanza de Pagos. En la práctica, si el valor de los costos de instalación, al igual que sucede con el de los costos de transporte, se incluye en el valor global del equipo exportado, es posible que no pueda registrase siempre por separado.

  • Transporte

  • Los servicios de transporte comprenden todos los modos de transporte -marítimo, aéreo y otros, incluidos el transporte terrestre, fluvial, espacial o por tubería- realizados por los residentes de una economía para los de otra y destinados al movimiento de bienes (flete) o de pasajeros, junto con los correspondientes servicios auxiliares y de apoyo. La mayor parte de los servicios de transporte los prestan generalmente sociedades mediante sus servicios de medios de transporte y equipos análogos. Se plantean una serie de cuestiones, como las relativas a la residencia de esas unidades u operadores, ya que el transportista puede operar fuera del territorio económico en que la sociedad es residente, sea en aguas internacionales, en el espacio aéreo o en otra, u otras, economías. (La residencia de las sociedades se comenta en la sección B.4, de la que tienen un interés particular en este contexto los párrafos 14.25 a 14.27).

  • Transporte de bienes

  • Según se ha señalado anteriormente, en el Sistema la frontera entre el comercio de bienes y el de servicios queda fijada implícitamente mediante la valoración f.o.b. de la exportaciones e importaciones en la frontera del país exportador (véanse los párrafos 14.36 a 14.40). Este método de valoración determina asimismo el tratamiento del transporte de bienes. Es necesario distinguir entre el transporte dentro del país exportador hasta su frontera, es decir, el punto en que se valoran f.o.b. los bienes, y el transporte más allá de ese punto, es decir, el transporte entre la frontera del país exportador y la del importador y el transporte dentro del país importador hasta el lugar de destino final de los bienes.

  • Los costos de transporte hasta la frontera aduanera del país exportador deben incorporarse al precio f.o.b. de los bienes en ese punto. Sin embargo, los servicios de transporte no deben contabilizarse dos veces, por lo que cuando son prestados por el exportador o por otro residente del país exportador, no deben registrarse también como exportaciones de servicios. Pero cuando el importador (u otro residente del país del importador) se hace cargo del transporte de los bienes desde la fábrica del productor extranjero hasta la frontera del país del exportador, esos costos de transporte han de sumarse al precio recibido por el productor extranjero para obtener el precio f.o.b. Este procedimiento exige una imputación compensatoria mediante la cual se considera que el productor extranjero adquiere esos servicios del importador o de otro residente del país del importador; en otro caso, se estarían sobrevalorando las ganancias extranjeras del exportador.

  • El transporte más allá de la frontera aduanera del país exportador, sea fuera o sea dentro del país importador, debe registrarse como importaciones de servicios cuando se presta por un transportista que no es residente del país importador. Cuando las importaciones de bienes se registran inicialmente c.i.f. en lugar de f.o.b., lo primero que ha de hacerse para obtener el precio f.o.b. es restar del precio c.i.f. los costos de transporte entre las fronteras aduaneras de los países exportador e importador. Esos servicios de transporte deben registrarse a continuación como importaciones de servicios cuando son prestados por un no residente, según se explicó anteriormente.

  • El transporte realizado por transportistas residentes de bienes propiedad de no residentes que no entran como importaciones en el país del transportista residente, se registra como exportaciones de servicios. En cambio, el transporte en el interior de un país, realizado por transportistas no residentes, de bienes propiedad de residentes que no salen de ese país como exportaciones, se registra como importaciones de servicios.

  • Transporte de pasajeros

  • Las exportaciones comprenden el transporte internacional de no residentes por transportistas residentes, mientras que las importaciones comprenden el transporte internacional de residentes por transportistas no residentes. Estos servicios incluyen asimismo el transporte de residentes dentro de su propio país por transportistas no residentes. En los cuadros de oferta y utilización, los servicios que los transportistas residentes prestan en el interior de su propio país a pasajeros no residentes no se registran entre los servicios de transporte, sino bajo las partidas globales "compras directas en el mercado interno por no residentes" y "compras directas en el exterior por residentes", como partidas de ajuste. En el transporte de pasajeros se incluyen las comidas, bebidas u otros bienes suministrados a los pasajeros durante el viaje cuando las tarifas de viaje cubren el costo de estos ítems y se proporcionan sin cargo adicional. Cualquier servicio adicional prestado a los pasajeros, como el transporte del exceso de equipaje o de vehículos u otros efectos pertenecientes a los pasajeros y que son transportados con ellos en el mismo tren, buque o aeronave, etc., se incluyen igualmente en el transporte de pasajeros.

  • Turismo

  • El rubro "turismo" no se refiere a un tipo particular de servicio, motivo por el que no se identifica en la CPC. Las exportaciones de turismo (ingresos) comprenden las compras de todas las clases de bienes y servicios hechas por los no residentes que visitan un país por motivos empresariales o personales, durante un período inferior al año. Hay una excepción a la regla de un año para los estudiantes y pacientes médicos, que se tratan como no residentes incluso cuando su estancia se prolonga más de un año. Los gastos en salud y enseñanza deben registrarse por separado, siempre que sea posible. Las importaciones de turismo (pagos) comprenden todas las compras de bienes y servicios hechas por los residentes mientras viajan por el exterior por motivos empresariales o personales (véase en el párrafo 14.109 la referencia al ajuste en los cuadros de oferta y utilización).

  • Los gastos en turismo, así como los servicios de pasajeros, han de desagregarse para distinguir los gastos hechos por quienes realizan viajes de negocios, que son pagados o reembolsados por sus empleadores, de los gastos efectuados por los hogares. Los gastos de los viajeros por motivos de negocios forman parte del consumo intermedio de los productores, mientras que los gastos de otros viajeros en excursiones personales forman parte de los gastos de los hogares en consumo final. Para calcular el gasto en consumo final de los hogares residentes a partir del gasto realizado por todos los hogares, tanto residentes como no residentes, dentro del mercado interno, es necesario sumar las compras directas en el exterior efectuadas por los residentes y restar las compras directas en el mercado interno efectuadas por los no residentes (véase el Capítulo XV).

  • Seguros

  • Las exportaciones de servicios de seguros comprenden la prestación de servicios de seguros a no residentes por empresas de seguros residentes, mientras que las importaciones abarcan la prestación de servicios de seguros a residentes por empresas de seguros no residentes. El tratamiento del costo del seguro de los bienes que están en proceso de ser exportados e importados ha de ser consistente con los principios de valoración adoptados para las exportaciones e importaciones de bienes, y han de aplicarse las mismas convenciones que para el transporte de bienes en esas circunstancias. Las citadas convenciones pueden resumirse de la manera siguiente: el seguro de los bienes objeto de comercio internacional desde la fábrica del exportador, o desde el almacén general, hasta la frontera del país del exportador ha de incluirse en el valor f.o.b. de los bienes exportados. Si este seguro lo paga el importador utilizando una empresa residente en su país, se considera que el exportador adquiere el seguro y que simultáneamente recupera su costo en el precio f.o.b. registrado en las cuentas. Los servicios de seguros de los bienes una vez que han traspasado la frontera del país exportador se registran como importaciones de servicios de seguros por el país importador cuando el seguro lo presta un no residente de este último país. Si el seguro lo presta una empresa residente en el país del importador, no debe registrarse en la cuenta de intercambios exteriores de bienes y servicios, teniendo en cuenta que las importaciones, lo mismo que las exportaciones, se registran f.o.b. y no c.i.f.

  • Los servicios internacionales de seguros han de estimarse o valorarse por el monto del cargo del servicio incluido en el total de las primas ganadas, no por el total de las propias primas. En principio, la medida de las transacciones de servicios internacionales de seguros es coherente con la de los servicios de seguros para los sectores residentes. Sin embargo, en la práctica, tanto el Sistema como el Manual de Balanza de Pagos permiten que se ignoren los flujos residentes/no residentes asociados con las rentas de la inversión de las reservas técnicas a causa de los problemas que presenta su estimación, particularmente en relación con las importaciones. Por tanto, en el caso de los bienes, el cargo del servicio de seguros para los emisores residentes que prestan servicios de seguro a no residentes (exportación) es la diferencia entre las primas ganadas y las indemnizaciones a pagar por los bienes perdidos o destruidos en tránsito. El cargo del servicio para los emisores no residentes que prestan servicios a residentes (importación) puede estimarse aplicando la proporción entre los cargos estimados del servicio y las primas totales por exportaciones de servicios de seguro, a las primas totales pagadas a los emisores no residentes. La proporción debe basarse en un período que oscile entre el medio y largo plazo. Con respecto a otros tipos de seguro directo, el cargo del servicio de los aseguradores no residentes que prestan servicios a residentes puede estimarse aplicando la proporción entre los cargos estimados del servicio y las primas totales correspondientes a aseguradores residentes. También en este caso, la proporción debe basarse en un período que oscile entre el medio y largo plazo. En cuanto a los seguros no de vida, las primas totales menos el cargo estimado del servicio y las indemnizaciones por pagar deben registrarse en las transferencias corrientes. En el caso del seguro de vida, las primas menos el cargo del servicio y las indemnizaciones por pagar han de registrarse en la cuenta financiera, en las reservas técnicas de seguros. En lo que se refiere al reaseguro, las exportaciones de servicios se estiman, en principio, como el saldo de todos los flujos que tienen lugar entre reaseguradores residentes y aseguradores no residentes. Las importaciones se estiman, en principio, como el saldo de todos los flujos entre aseguradores residentes y reaseguradores no residentes.

  • Derechos de licencias

  • Los derechos de licencia comprenden los ingresos (exportaciones) y pagos (importaciones) de los residentes y no residentes asociados con la utilización autorizada de activos intangibles no financieros no producidos y de derechos de propiedad, tales como patentes, derechos de autor, marcas registradas, procesos industriales, franquicias, etc., y con la utilización, mediante convenios de licencia, de originales o prototipos producidos, tales como manuscritos, películas, etc.

  • Servicios financieros

  • Los servicios financieros son servicios de intermediación financiera y auxiliares (excepto los de las empresas de seguros y las cajas de pensiones) que tienen lugar entre residentes y no residentes. Se incluyen los honorarios por servicios de intermediación, como los asociados con las cartas de crédito, aceptaciones bancarias, líneas de crédito, arrendamiento financiero, transacciones en moneda extranjera, etc.; las comisiones y otros honorarios relacionados con las transacciones de valores - corretaje, colocación de emisiones, suscripciones, rescates, contratos de operaciones de pase, opciones y otros instrumentos de cobertura de riesgos, etc. -; las comisiones de los corredores de mercados de futuros; y los servicios relacionados con la administración de activos, de valores y otros intercambios del mercado financiero, etc. Los costos del servicio por las compras de recursos del FMI se incluyen entre los pagos de servicios financieros de la economía, lo mismo que los (análogos a una comisión de compromiso de fondos) asociados con los saldos no girados de los acuerdos de derecho de giro (stand-by) o de los acuerdos aprobados en virtud del servicio ampliado del FMI. Además de las comisiones y honorarios explícitos citados anteriormente, están los servicios de intermediación financiera medidos indirectamente (SIFMI), que reflejan servicios que no se cargan explícitamente, pero cuyos valores se estiman a partir de la diferencia entre las rentas de la propiedad recibidas por los intermediarios financieros por la inversión de los fondos tomados en préstamo y los intereses que ellos mismos pagan por esos fondos (véase el Capítulo VI). Los SIFMI pueden o no asignarse a los diferentes usuarios de esos servicios, incluidos tanto los no residentes como los residentes, según sean las prácticas de cada país. La forma en que las exportaciones e importaciones de SIFMI pueden tratarse en las cuentas cuando esos servicios se asignan efectivamente a los diferentes usuarios se explica en el Anexo III al final de este manual.

  • 2. La cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior

  • Según se señala en el párrafo 14.86, esta cuenta comprende, en el lado de los recursos, como partidas a cobrar por el resto del mundo (a pagar por la economía total), y en el lado de los empleos, como partidas a pagar por el resto del mundo (a cobrar por la economía total), las siguientes: (a) la remuneración de los asalariados; (b) la renta de la propiedad (incluidas las utilidades reinvertidas de la inversión extranjera directa); (c) los impuestos menos subvenciones sobre la producción y las importaciones; (d) los impuestos corrientes sobre el ingreso, la riqueza, etc.; (e) las contribuciones y prestaciones sociales, y (f) otras transferencias corrientes. Las partidas (a) a (c) constituyen el componente exterior de la cuenta de distribución primaria del ingreso, mientras que las partidas (d) a (f) (todas las transferencias corrientes) constituyen el componente exterior de la cuenta de distribución secundaria del ingreso. Los ingresos procedentes del alquiler de activos tangibles e intangibles se excluyen de los ingresos primarios y se clasifican como alquileres, en los servicios. Los contratos de arrendamiento financiero se toman como una evidencia de que ha tenido lugar un cambio de hecho de la propiedad, y parte de los pagos por el arrendamiento se consideran intereses de un activo financiero.

  • Remuneración de los asalariados

  • En el Capítulo VII se ofrece una descripción completa de la remuneración de los asalariados. En la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior, la remuneración de los asalariados comprende los sueldos, salarios y otra remuneración, en dinero o en especie, ganados por los individuos en una economía distinta de aquella en que son residentes, por el trabajo realizado para (y pagado por) un residente de dicha economía. Se incluyen las contribuciones pagadas por los empleadores en nombre de los asalariados a los sistemas de seguridad social o a los sistemas privados de seguro o a los fondos de pensiones - incluidas las contribuciones imputadas a los sistemas de pensiones no basados en fondos especiales - para asegurar prestaciones a los asalariados. En este contexto, los asalariados incluyen a los trabajadores temporales u otros trabajadores de corto plazo (menos de un año) y a los trabajadores fronterizos (con un centro de interés económico en sus propias economías). En el caso del personal local (del país de acogida) de los enclaves extraterritoriales, como las embajadas, consulados, bases, etc., la remuneración recibida por el personal local es remuneración pagada por un no residente a un residente.

  • La remuneración pagada a los asalariados por organizaciones internacionales (que son también enclaves extraterritoriales) constituye un pago efectuado por un no residente a un residente, (a) si los asalariados son residentes de la economía donde están ubicadas esas organizaciones, o (b) si los asalariados proceden de otras economías pero están empleados durante un período igual o superior a un año y por tanto se tratan como residentes de la economía donde están ubicadas las citadas organizaciones. En el caso de asalariados procedentes de otras economías que son empleados durante menos de un año, no tienen lugar pagos a residentes. (Sobre el tratamiento del personal de asistencia técnica que trabaja en misiones de duración igual o superior a un año, véase el párrafo 14.18).

  • Los gastos personales de los trabajadores no residentes de la economía en la que se hallan empleados, incluidos los que trabajan en proyectos de instalación, han de registrarse en las compras directas en el mercado interno por no residentes, y los impuestos, las contribuciones a los sistemas de seguros sociales, etc. pagados en esa economía han de registrarse como pagos de transferencias corrientes. Se recomienda el registro bruto de la remuneración y de los gastos, a pesar de que en la práctica esto puede que no siempre sea posible.

  • La distinción entre los individuos cuyos ingresos han de clasificarse como "remuneración de los asalariados" (personas que son no residentes de la economía en la que trabajan) y los emigrantes (personas que se han convertido en residentes de esa economía en virtud de que tienen previsto vivir allí durante un año o más) es muy difícil de establecer en la práctica. Las transacciones entre la economía cuyas cuentas se están elaborando y el resto del mundo que son el resultado de las actividades de un individuo, se equilibran tanto si ese individuo se considera residente como si se considera no residente. No obstante, debe hacerse un esfuerzo para distinguir entre trabajadores extranjeros y emigrantes siempre que sea posible, ya que la falta de uniformidad en el tratamiento estadístico de los mismos individuos en las cuentas de las dos economías afectadas, puede plantear problemas de comparabilidad entre las cuentas de transacciones exteriores o entre los estados de balanzas de pagos de esas economías.

  • Impuestos menos subvenciones sobre la producción y las importaciones

  • En el Capítulo VII se ofrece una descripción de los distintos tipos de impuestos sobre la producción y las importaciones y de las subvenciones, que incluye los vínculos con las clasificaciones de impuestos del FMI y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y las referencias a los impuestos y las subvenciones que resultan de los tipos de cambio múltiples. (En la sección C.3 de este Capítulo se presenta una exposición más detallada de estos últimos, junto con las directrices para su conversión.)

  • Renta de la propiedad

  • La renta de la propiedad comprende la renta que se deriva de la propiedad de activos financieros externos por una entidad residente. Los tipos más comunes de esa renta son los intereses y dividendos. (La renta de la propiedad se describe pormenorizadamente en el Capítulo VII). Los intereses, incluidos los descuentos obtenidos en lugar de los intereses, comprenden las rentas de los préstamos y títulos de deuda, es decir, de los derechos financieros como los depósitos bancarios, efectos, bonos, pagarés y anticipos comerciales. También se incluyen los flujos de intereses netos derivados de operaciones de pase de tipo de interés. Los dividendos, incluidos los dividendos en acciones, son las utilidades que se distribuyen con respecto a las acciones y otras formas de participación en el capital de las sociedades públicas y privadas.

  • Entre otros tipos de rentas de la propiedad, figuran las utilidades de las sucursales y de las otras empresas de inversión extranjera directa no constituidas en sociedad (véanse los párrafos 14.152 a 14.154 más adelante), y la parte atribuida al inversor directo en las utilidades de las empresas de inversión extranjera directa constituidas en sociedad que no se distribuyen formalmente, es decir, las utilidades distintas de los dividendos o de los retiros de la renta de las cuasisociedades. La parte de esas utilidades reinvertidas que se atribuye al inversor directo es proporcional a su participación en el capital social de la empresa. Otro tipo de renta de la propiedad es la que se atribuye a los titulares de pólizas de seguros, tal como se describe en el Capítulo VII, párrafos 7.126 a 7.127.

  • Transferencias corrientes

  • En la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes del exterior y en la cuenta de distribución secundaria del ingreso se distinguen tres tipos principales de transferencias corrientes: (a) impuestos corrientes sobre el ingreso, la riqueza, etc.; (b) contribuciones y prestaciones sociales, y (c) otras transferencias corrientes. (En el Capítulo VIII se ofrece una descripción completa de estas transferencias). Resulta suficiente advertir aquí que muchos de los impuestos incluidos en (a) han de pagarse regularmente cada período fiscal (al contrario de los impuestos sobre el capital, que se recaudan de forma infrecuente), mientras otros incluyen los impuestos sobre transacciones internacionales como las compras o ventas de moneda extranjera, viajes, etc.; que (b) comprende las transferencias corrientes en forma de contribuciones hechas a los sistemas de seguros sociales organizados por unidades gubernamentales (sistemas de seguridad social) o por empleadores públicos o privados, y las transferencias en forma de prestaciones sociales, por ejemplo, pensiones; y que (c) consiste en otras transferencias corrientes diversas entre el gobierno general y gobiernos extranjeros, etc. Antes de calcular el saldo corriente con el exterior puede que se tenga que calcular una partida de ajuste por la variación de la participación neta de los hogares en los fondos de pensiones (véase el Capítulo IX, párrafos 9.14 a 9.16). El ajuste refleja el resultado neto de la variación de la participación neta de los hogares residentes en fondos de pensiones no residentes (pasivo del resto del mundo) en el lado de los empleos, y de la variación de la participación neta de los hogares no residentes en fondos de pensiones residentes (activo financiero del resto del mundo) en el lado de los recursos.

  • E. Las cuentas de acumulación con el exterior

  • Hay dos pares de cuentas de acumulación con el exterior: en primer lugar, la cuenta de capital y la cuenta financiera, que juntas comprenden la "cuenta de capital y financiera" de la balanza de pagos tal como se expone en el Manual de Balanza de Pagos; y en segundo lugar, las cuentas de otras variaciones de activos, que incluyen dos clases de variaciones de los activos, pasivos y valor neto (las cuentas de otras variaciones de activos se examinan con detalle para el conjunto del Sistema en el Capítulo XII) entre los balances de apertura y de cierre, las cuales no reflejan transacciones como se registran en la cuenta de capital y en la cuenta financiera. La primera clase, reflejada en la cuenta de otras variaciones del volumen de activos, comprende los cambios resultantes de factores que modifican el volumen de los activos poseídos en el exterior por residentes, por ejemplo, expropiaciones sin indemnización, reconocimiento por un acreedor que un préstamo a un no residente es no cobrable etc. La segunda clase, reflejada en la cuenta de revalorización, comprende las ganancias y pérdidas por tenencia sobre activos financieros externos como consecuencia de variaciones de los precios y los tipos de cambio.

  • 1. La cuenta de capital

  • La cuenta de capital comprende, en el lado de las variaciones de pasivos, las transferencias de capital por cobrar y por pagar, y en el lado de las variaciones de activos, las adquisiciones menos las disposiciones de activos no financieros no producidos, entre no residentes (el resto del mundo) y residentes (la economía total). Las adquisiciones y disposiciones de bienes durables de productor, como la maquinaria y equipo, sean nuevos o usados, se registran en las importaciones y exportaciones de bienes. Por consiguiente, no hay asientos en la cuenta de capital del exterior que correspondan a las adquisiciones y disposiciones de activos fijos registradas en las cuentas de capital de las unidades o sectores residentes. Las transferencias de capital se estudian con todo detalle en el Capítulo X. Resulta suficiente advertir aquí que esas transferencias pueden ser en especie o en dinero. Las primeras consisten en la transferencia de la propiedad de un activo fijo tangible o intangible o en la cancelación de un derecho financiero por mutuo acuerdo entre un acreedor y un deudor (condonación de deuda); las segundas exigen (o se espera de ellas) que el beneficiario utilice el dinero transferido en la adquisición de un activo o activos. Por tanto, la característica esencial de una transferencia de capital consiste en que implica la disposición o adquisición de activos por una o ambas partes de la transacción y en que da lugar a variaciones del valor neto de una o ambas partes. En el Sistema, una transferencia debe clasificarse como transferencia de capital por ambas partes aun cuando implique la adquisición o disposición de un activo o activos únicamente por una de ellas. (El momento del registro y los aspectos de la valoración de las transferencias de capital, junto con una descripción de ejemplos específicos, tales como los impuestos sobre el capital, donaciones para inversión, condonación de deuda, etc., se tratan en el Capítulo X).

  • Las adquisiciones menos disposiciones de activos no financieros no producidos figuran en el lado de las variaciones de activos de la cuenta y registran las variaciones del valor de esos activos que tienen lugar como consecuencia de transacciones de no residentes con residentes. Las adquisiciones menos disposiciones registradas en la cuenta de capital comprenden el valor total de tales activos adquiridos por el resto del mundo durante el período contable, menos el valor total de esos activos que se han dispuesto. En la cuenta de capital con el exterior, esta partida no comprende las tierras y terrenos de un territorio económico dado, ya que por convención todos los propietarios o compradores de tierras y terrenos han de ser unidades institucionales residentes. Si un no residente es propietario o compra tierras o terrenos, se crea una unidad residente ficticia que se considera propietaria de los mismos, y a la vez se considera que el no residente ha adquirido un derecho financiero frente a la unidad residente ficticia. Por tanto, todas las transacciones de tierras y terrenos dentro de un territorio económico dado se considera que tienen lugar entre unidades residentes. Sin embargo, puede haber casos poco frecuentes en los que se traspasan terrenos de un territorio económico a otro, por ejemplo, la compra de terrenos por una embajada extranjera. Esos terrenos se localizan entonces en el territorio económico del país de dicha embajada y ya no forman parte del territorio económico del país en que se hallan ubicados. Lo mismo se puede decir en cuanto a una embajada extranjera que venda terrenos. En estos casos ha de registrarse una operación de terrenos entre residentes y no residentes. Además, se registran en esta cuenta las adquisiciones menos las disposiciones de activos intangibles no financieros, incluidos los derechos patentados, los arrendamientos y otros contratos transferibles y los fondos de comercio adquiridos (para su descripción y definiciones véase el Capítulo X).

  • 2. Variaciones del valor neto y del préstamo neto o del endeudamiento neto

  • El total del lado derecho de la cuenta de capital refleja las variaciones del valor neto (del resto del mundo) debidas al saldo corriente con el exterior y a las transferencias de capital. Representa los recursos positivos o negativos disponibles para la acumulación de activos por el resto del mundo frente a la economía. Cuando se combina con las adquisiciones menos las disposiciones de activos no financieros no producidos del lado izquierdo de la cuenta, el resultado es un saldo contable denominado préstamo neto (si hay superávit) o endeudamiento neto (si hay déficit) del resto del mundo.

  • 3. La cuenta financiera

  • La cuenta financiera es la segunda de las cuentas de acumulación con el exterior y sigue a la cuenta de capital en la estructura contable. Registra todas las transacciones de activos financieros entre el resto del mundo y las unidades residentes. En el lado de los activos, se registran las adquisiciones menos las disposiciones de activos financieros efectuadas por los no residentes a los residentes; en el lado de los pasivos, se registran las emisiones de pasivos, menos los reembolsos, contraídos por los no residentes con los residentes. El saldo contable de la cuenta financiera, préstamo neto/endeudamiento neto, es decir, la adquisición neta de activos financieros menos la emisión neta de pasivos, es igual al saldo contable de la cuenta de capital (para una descripción completa de la cuenta financiera en el Sistema véase el Capítulo XI).

  • Todas las transacciones exteriores, salvo las transferencias en especie, conllevan un asiento en la cuenta financiera, tanto si son transacciones de cuenta corriente como si están asociadas únicamente con un intercambio de activos financieros o con la creación de activos y la compensación de pasivos. Todas estas transacciones implican un cambio jurídico o efectivo de propiedad.

  • Activos financieros

  • Aunque en el Capítulo XI figura una amplia descripción de los activos financieros que es aplicable en su totalidad a la cuenta financiera con el exterior, se examinan aquí las partidas que tienen una importancia particular para la cuenta con el exterior. En particular, conviene advertir que aunque el oro monetario y los DEG del FMI se incluyen entre los activos financieros externos, no tienen pasivos de contrapartida en tanto que no representan derechos frente a otras unidades. Asimismo, en lo que se refiere a las participaciones de capital de las sociedades, el pasivo no representa un valor de rescate fijo. Además, para ciertos derivados financieros, como las opciones, los pasivos se atribuyen por convención al emisor.

  • Para determinar qué activos financieros constituyen créditos o pasivos frente a no residentes, el acreedor y el deudor (o los sujetos de las transacciones) han de ser residentes de economías diferentes. La unidad en que se expresa el crédito o el pasivo -sea la moneda nacional, una moneda extranjera o una unidad como el DEG- carece de importancia. Además, los activos han de representar derechos efectivos jurídicamente reconocidos. La autorización, compromiso o ampliación de una línea de crédito no utilizada o el hecho de contraer en una obligación contingente no crean esa clase de derecho, y la pignoración o afectación de un activo (como en un fondo de amortización) no extingue un derecho o altera la propiedad del activo. A pesar de que los activos y pasivos contingentes se excluyen de las partidas financieras, según se ha señalado anteriormente, las opciones e instrumentos financieros derivados relacionados se incluyen entre los activos y transacciones financieras cuando son negociables y tienen un valor corriente de mercado (véase el Capítulo XI).

  • Por convención, la propiedad de algunos activos no financieros se transforma en propiedad de activos financieros, es decir, de derechos. Pueden señalarse tres casos concretos:

  • los activos inmuebles, como las tierras y terrenos y las estructuras (excepto cuando los terrenos y las estructuras son propiedad de entidades gubernamentales extranjeras y, por tanto, no forman parte del territorio económico), se consideran siempre propiedad de residentes del territorio económico en que se hallan localizados. Por consiguiente, cuando el propietario de esos activos es un no residente, se considera que esa entidad tiene un derecho financiero frente a una entidad residente que se configura como si fuera el propietario;

  • una empresa no constituida en sociedad que opera en una economía diferente de aquella en que reside su propietario se considera como una entidad separada; esa entidad es un residente de la economía en la que opera y no de la economía de su propietario. Todos los activos, tanto no financieros como financieros, atribuidos a esa empresa han de considerarse activos financieros externos para el propietario de la empresa;

  • Todos los bienes transferidos en virtud de un contrato de arrendamiento financiero se supone que han cambiado de propiedad. Este cambio de propiedad se financia mediante un crédito financiero, es decir, un activo para el arrendador y un pasivo para el arrendatario. El activo financiero debe clasificarse como un préstamo.

  • Transacciones seleccionadas de activos financieros

  • Las transacciones de oro monetario entre residentes y no residentes, es decir, las transacciones entre las autoridades y sus contrapartes de otras economías, o con organizaciones monetarias internacionales, se registran en el lado izquierdo (variaciones de activos) de la cuenta financiera. Una compra por el resto del mundo se registra como un asiento positivo y una venta por el resto del mundo como un asiento negativo. (Las transacciones de oro no monetario entre residentes y no residentes se registran como exportaciones o importaciones de bienes.) El oro monetario, lo mismo que los DEG es un activo que no tiene un pasivo financiero pendiente (véase más adelante el párrafo 14.135).

  • Las transacciones de DEG, activos internacionales de reserva creados por el FMI para complementar otros activos de reserva de los tenedores oficiales, también se registran en el lado izquierdo (variaciones de activos) de la cuenta financiera. Las variaciones de las tenencias de DEG en poder de las autoridades pueden deberse: (a) a transacciones que comportan pagos o ingresos de DEG a/del FMI, otros participantes en el Departamento de DEG del FMI, u otros tenedores designados por el FMI; o (b) a la asignación o cancelación. Las transacciones como las enumeradas anteriormente en (a) se incluyen en la cuenta financiera, mientras que las asignaciones/cancelaciones no se registran en la cuenta financiera, sino que se incluyen más bien en la cuenta de otras variaciones del volumen de activos.

  • Los créditos comerciales son una subpartida de "otras cuentas por cobrar/por pagar" y reflejan el crédito comercial para bienes y servicios otorgado directamente (no los préstamos para financiar el crédito comercial que se clasifican en "préstamos") y los anticipos para trabajos en curso. Esos créditos de los proveedores pueden medirse por la diferencia entre los asientos correspondientes a los bienes y servicios registrados en la fecha del cambio de propiedad y los asientos por los pagos relacionados con esas transacciones.

  • La utilización de créditos FMI y de préstamos del FMI es un componente de los "préstamos" y comprende los giros frente al Fondo que tiene el país que elabora las cuentas (excepto el "tramo de reserva", es decir, un depósito de reserva en el Fondo). Se incluyen las compras y los préstamos bajo acuerdos de derecho de giro, los acuerdos ampliados y otros de ajuste estructural, junto con los préstamos del Fondo Fiduciario. Una reducción de las tenencias del Fondo de la moneda del país que elabora las cuentas que sea superior a la cuota del país en el Fondo menos su posición del tramo de reserva, refleja un reembolso de la utilización del crédito del Fondo. Los derechos frente al Fondo que son un componente de las reservas internacionales y que no se ponen de manifiesto mediante préstamos deben registrarse en "otros depósitos".

  • Las transacciones de activos financieros y pasivos relacionadas con la inversión extranjera directa, tanto con la inversión que entra en un país como con la que sale del mismo, han de registrarse en las clasificaciones apropiadas, es decir, la participación en el capital social en la partida "acciones y otras participaciones de capital", y los préstamos y otras transacciones entre compañías en "otras cuentas por cobrar/por pagar". Las operaciones anteriores deben registrarse asimismo por separado, como una partida de memorándum.

  • Las utilidades reinvertidas de las empresas de inversión extranjera directa (véase en el párrafo 14.152 la definición de estas empresas) que son en todo o en parte propiedad de no residentes (las sucursales no constituidas en sociedad, las filiales y, en su caso, las vinculadas, tal y como se han definido), se registran en la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior como renta de la propiedad pagada a la sociedad matriz o al inversor directo, y en la cuenta financiera como reinvertidas en la empresa, incrementándose así la participación neta en la misma.

  • 4. Cuentas de otras variaciones de activos

  • Estas dos cuentas fueron descritas en el párrafo 14.125. Los párrafos que siguen a continuación se refieren a cada una de ellas por separado.

  • Cuenta de otras variaciones del volumen de activos

  • En el lado izquierdo de la cuenta se registran las variaciones de los activos del resto del mundo, y en el lado derecho las variaciones de los pasivos, que no se deben a transacciones entre residentes y no residentes como se registran en la cuenta con el exterior precedente. Una de las clases de asientos contables que figura en el lado izquierdo se refiere a los activos no financieros. Puede haber casos de expropiaciones sin indemnización de activos intangibles no financieros, por ejemplo, la expropiación de patentes, de programas de informática o de otros originales propiedad de no residentes. En cuanto a los activos tangibles, puede haber casos de expropiaciones sin indemnización asociadas con anexiones territoriales. En lo que se refiere a los activos financieros, puede haber asientos contables para diversas expropiaciones sin indemnización, otras variaciones del volumen de activos financieros y pasivos n.c.p. (por ejemplo, cancelación de deudas incobrables), y para los cambios de clasificaciones y estructura. Un ejemplo de estas últimas pueden ser las variaciones resultantes de la fusión de una sociedad no residente en la que un residente es propietario de acciones y sobre la que tiene créditos (préstamos), con otra sociedad no residente, es decir, cuando el residente recibe acciones en la nueva sociedad por un importe igual a las acciones más los préstamos que tiene sobre la sociedad original. En el lado derecho de las cuentas (variaciones de pasivos), hay asientos para las expropiaciones sin indemnización, para las otras variaciones del volumen de los activos financieros y pasivos n.c.p. (por ejemplo, la contrapartida de la cancelación de una deuda incobrable por el acreedor en el lado izquierdo) y para los cambios de clasificaciones y estructura (véase el ejemplo anterior).

  • Las clases de variaciones del volumen de activos mencionadas anteriormente, tal como se presentan en el lado izquierdo (variaciones de activos del resto del mundo) y en el lado derecho (variaciones de pasivos del resto del mundo) de la cuenta, dan lugar al saldo contable "variaciones del valor neto debidas a otras variaciones del volumen de activos".

  • Cuenta de revalorización

  • La cuenta de revalorización se describe en el Capítulo XII para el Sistema en su conjunto. Resulta suficiente resumir aquí los aspectos de la cuenta que se refieren en particular a los activos financieros y pasivos con el exterior. Mientras que la cuenta de revalorización del Sistema registra las ganancias/pérdidas por tenencia devengadas a los propietarios de los activos financieros y no financieros y pasivos durante el período contable de referencia, la cuenta de revalorización con el exterior se aplica únicamente a los activos financieros y pasivos.

  • En primer lugar, la cuenta muestra las ganancias/pérdidas por tenencia nominales, con un desglose posterior en dos componentes: ganancias/pérdidas por tenencia neutrales y ganancias/pérdidas por tenencia reales. (En otras partes se utiliza a veces la expresión "ganancias de capital" en lugar de ganancias por tenencia, pero en el Sistema se usa esta última expresión.) Las ganancias/pérdidas por tenencia nominales son el valor devengado a los acreedores y deudores no residentes como consecuencia de un cambio del valor monetario de sus activos/pasivos durante el tiempo en que los retienen, desde el comienzo hasta el final del período contable. El cambio del valor monetario del activo puede reflejarse en una variación de su precio (en moneda nacional) y/o en una variación del tipo de cambio pertinente. En cuanto al último, el valor de las ganancias por tenencia nominales devengadas en un período puede calcularse por la diferencia entre los valores del balance de apertura y de cierre, menos el valor de las transacciones u otras variaciones del volumen que tienen lugar durante el período. Para este cálculo, las transacciones de activos externos han de convertirse a moneda nacional utilizando el tipo de cambio vigente en el momento de la transacción, es decir, el punto medio entre los tipos de compra y de venta, mientras que los valores del balance de apertura y de cierre han de convertirse utilizando los tipos de cambio vigentes en las fechas en que se elaboran los balances.

  • El componente ganancia por tenencia neutral se define como el valor de la ganancias por tenencia requerido para mantener el poder de compra del activo -expresado en moneda nacional- durante el período de tiempo de referencia, es decir, la ganancia por tenencia necesaria para mantener el ritmo de variación del nivel general de precios. El componente ganancia/pérdida por tenencia real es el valor -expresado en moneda nacional- del activo resultante de la diferencia entre la ganancia/pérdida por tenencia nominal y la neutral. Las ganancias (pérdidas) por tenencia reales de los acreedores de una economía pueden no ser iguales a las pérdidas (ganancias) por tenencia reales de los deudores de otra economía con respecto al mismo activo, si difiere la tasa de variación del nivel general de precios en las dos economías.

  • El saldo contable de la cuenta de revalorización del exterior recibe el nombre de "variaciones del valor neto debidas a ganancias/pérdidas por tenencia nominales", que representa la diferencia entre la suma de las ganancias/pérdidas por tenencia devengadas por los activos financieros propiedad de no residentes y la suma de las ganancias/pérdidas por tenencia devengadas por sus pasivos. (Una ganancia - pérdida - por tenencia puede reflejar una revalorización positiva - negativa - de un activo o una revalorización negativa - positiva - de un pasivo). El saldo contable se divide en dos componentes, las ganancias/pérdidas por tenencia neutrales, que reflejan variaciones del valor neto debidas a cambios del nivel general de precios, y las ganancias/pérdidas por tenencia reales, debidas a variaciones de los precios relativos (incluidos los efectos de la variación de los tipos de cambio sobre las conversiones a moneda nacional).

  • F. Relación entre las cuentas de transacciones corrientes y de acumulación con el exterior y las cuentas de la balanza de pagos

  • Aun cuando en el Anexo III al final de este manual se presenta una conciliación detallada de las cuentas de la balanza de pagos, tal como se reflejan en el Manual de Balanza de Pagos, y las cuentas de transacciones y de acumulación con el exterior que establece el Sistema, parece conveniente ofrecer aquí un breve resumen de la relación entre ambos esquemas. En primer lugar, debe advertirse que la integración de las cuentas de la balanza de pagos en el Sistema se refuerza por el hecho de que prácticamente en todos los países se elaboran en primer lugar los datos de la balanza de pagos y posteriormente se incorporan a las cuentas nacionales. Existe una concordancia virtualmente completa entre los conceptos de la balanza de pagos tal como se definen en el Manual de Balanza de Pagos y la cuenta del resto del mundo del Sistema en cuanto a los conceptos de residencia, valoración y momento del registro de las transacciones, procedimientos de conversión de las monedas, cobertura de las transacciones internacionales de bienes, servicios, ingresos primarios y transferencias corrientes, cobertura de las transferencias de capital y cobertura de las transacciones de activos financieros y pasivos con el exterior.

  • En las cuentas de la balanza de pagos, la cuenta corriente contiene los flujos reflejados en la cuenta de bienes y servicios con el exterior más los de la cuenta de ingresos primarios y transferencias corrientes con el exterior, ambas del Sistema. La cuenta de capital de la balanza de pagos es idéntica a la cuenta del Sistema del mismo nombre que forma parte de las cuentas de acumulación con el exterior, y la cuenta financiera de ambos sistemas tiene sustancialmente la misma cobertura (véanse los párrafos anteriores 14.126 a 14.133). Solamente existen diferencias en el grado de detalle (reflejado en el Anexo III de este manual), en el tratamiento de una partida específica y en la clasificación de las partidas financieras.

  • Por lo que se refiere a la partida específica mencionada anteriormente, los servicios de intermediación financiera medidos indirectamente (SIFMI) se incluyen en la cuenta de bienes y servicios con el exterior para reflejar servicios que no se cobran explícitamente, pero no figuran entre las importaciones y exportaciones de servicios en las cuentas de la balanza de pagos. No obstante, se incluyen en estas últimas cuentas, aunque de forma no distinguible, en la partida "renta de inversión, intereses".

  • En relación con la clasificación de las partidas financieras cabe indicar que, mientras en el Sistema la base primaria de la clasificación de los activos financieros es el tipo de instrumento, tal como se refleja en las siete grandes categorías, en las cuentas de la balanza de pagos la base primaria de clasificación es la función, es decir, la inversión (extranjera) directa, la inversión de cartera, el otro capital y los activos de reserva. Dentro de esas áreas funcionales, el siguiente nivel de desglose es por tipo de instrumento, que comprende las siete grandes categorías de las transacciones de activos financieros y pasivos clasificadas en el Sistema. Sin embargo, la categoría "valores distintos de acciones" del Sistema se subdivide en las cuentas de la balanza de pagos, en bonos y pagarés, instrumentos del mercado de dinero e instrumentos derivados financieros. Además, los dos componentes de las reservas técnicas de seguros en el Sistema - la participación neta de los hogares en las reservas de los seguros de vida y en los fondos de pensiones, y el pago anticipado de primas y reservas contra indemnizaciones pendientes- se incluyen en las cuentas de la balanza de pagos, aunque de forma no distinguible en otros activos en la partida "otra inversión".

  • La "inversión extranjera directa" figura como una partida de memorándum en la clasificación de transacciones de activos financieros y pasivos del Capítulo XI. Sin embargo, según se ha advertido, la inversión directa es una de las categorías funcionales más importante de las cuentas de la balanza de pagos, como lo es la "inversión de cartera". El concepto de inversión directa del Manual de Balanza de Pagos (coherente con el de Definición Detallada de la Inversión Extranjera Directa, segunda edición, OCDE) refleja el objetivo de una unidad institucional residente (inversor directo), que obtiene un interés duradero en una empresa de otra economía, junto con una influencia significativa que se pone de manifiesto mediante su intervención efectiva en la administración de la misma (inversión directa).

  • Una empresa de inversión directa se define como una empresa constituida, o no, en sociedad en la que un inversor residente en otra economía es propietario del 10 por ciento o más de las acciones ordinarias o de derecho a voto (en una empresa constituida en sociedad) o el equivalente (en una empresa no constituida en sociedad). Las empresas de inversión directa comprenden las entidades que se identifican como filiales (el inversor posee más del 50 por ciento), vinculadas (el inversor posee el 50 por ciento o menos) y sucursales (empresas no constituidas en sociedad de propiedad total o conjunta) que son propiedad directa o indirectamente del inversor. En el Sistema, las empresas de control extranjero incluyen las filiales de inversión directa y las sucursales, pero las vinculadas pueden incluirse o excluirse según los países, de acuerdo con su evaluación cualitativa del control extranjero (la mayoría de las empresas de inversión directa son de hecho sucursales o filiales propiedad, en su totalidad o mayoritariamente, de no residentes o en las que un único inversor directo o un grupo posee una clara mayoría de votos). Conviene advertir que en algunos casos una empresa pública puede ser una empresa de inversión directa, pero no una empresa de control extranjero.

  • Los beneficios que los inversores directos esperan obtener de su influencia en la gestión son diferentes de los previstos por los inversores de cartera, los cuales no pueden influir de forma significativa en las operaciones de las empresas. Desde el punto de vista de los inversores directos, las empresas constituyen frecuentemente unidades de una operación multinacional, cuya rentabilidad global depende de las ventajas que el inversor obtenga al desplegar los diversos recursos disponibles en unidades localizadas en economías diferentes. Con ello, los inversores directos se hallan en una posición que les permite obtener beneficios, además de la renta de la propiedad que pueden devengar sobre el capital que invierten, por ejemplo, la oportunidad de percibir honorarios de administración y otras clases de ingreso. Esos beneficios extraordinarios se derivan probablemente de la asociación de los inversores con las empresas durante un período considerable de tiempo. En cambio, a los inversores de cartera les preocupa sobre todo la seguridad de su capital, la probabilidad de una apreciación de su valor y el rendimiento que genera. Evalúan las perspectivas por separado para cada unidad independiente en la que pueden invertir y a menudo mueven su capital al cambiar esas perspectivas, que pueden ser afectadas por las evoluciones a corto plazo en los mercados financieros.

  • En el Sistema el concepto de sociedad residente de control extranjero se halla ligado al concepto de empresas de inversión extranjera de la balanza de pagos, en el sentido de que el primero es un componente del segundo (véanse las definiciones en el párrafo 14.152 anterior). Mientras que la principal característica distintiva de la inversión directa en la balanza de pagos es la influencia significativa o la intervención efectiva en la gestión, en el Sistema la característica de las empresas de control extranjero es el control.

  • La categoría funcional "activos de reserva" de las cuentas de la balanza de pagos es un importante elemento analítico de ese sistema, según se señala en el Manual de Balanza de Pagos, pero no tiene contrapartida como tal en el Sistema. Los activos de reserva son activos externos fácilmente disponibles, y controlados, por las autoridades, para la financiación directa de los desequilibrios de pagos y para la regulación indirecta de la magnitud de esos desequilibrios mediante diversas acciones (por ejemplo, la intervención en el mercado de cambios). Las transacciones de los componentes de los activos de reserva - oro monetario, DEG, posición de reserva en el FMI, activos en divisas (moneda, depósitos y valores) y otros derechos - se incluyen en el Sistema sin hacer distinción de las transacciones de esos activos financieros.

  • G. La cuenta de activos y pasivos con el exterior

  • Esta cuenta completa la sucesión de las cuentas con el exterior y refleja el nivel y la composición de los stocks de activos financieros y pasivos con el exterior de la economía que resultan de las cuentas de transacciones y las cuentas de acumulación con el exterior. En contraste con los balances de las unidades y sectores institucionales residentes, que incluyen activos no financieros, la cuenta de activos y pasivos con el exterior consta exclusivamente de activos financieros y pasivos. Los balances de apertura y de cierre son equivalentes a la posición de inversión internacional, en las fechas respectivas, tal como se define en el Manual de Balanza de Pagos, mientras que las variaciones del balance son equivalentes a las variaciones de la posición. Conviene señalar que la cuenta de activos y pasivos con el exterior debe incluir, en el lado de los activos, el resultado neto acumulado de todas las transacciones de oro monetario (ventas/compras) y DEG. Además, debe advertirse que el resultado neto o las cifras del lado de los activos (punto de vista del resto del mundo), puede ser negativo si el saldo de las transacciones acumuladas refleja ventas netas por el resto del mundo. Los derechos netos de una economía frente al resto del mundo, o posición de inversión internacional neta, cuando se suman a los stocks de activos no financieros de la economía constituyen el valor neto de la economía total.

  • 1. Estructura de la cuenta

  • Los activos financieros y pasivos incluidos en la cuenta son los mismos que los de la cuenta financiera. Los valores de los activos financieros y pasivos del balance se refieren a un momento particular del tiempo. El Sistema exige que los balances se confeccionen al comienzo y al final del período contable, que normalmente es un año, y requiere asimismo una contabilización completa de las variaciones de valor de los activos financieros y pasivos entre los balances de apertura y de cierre. Esas variaciones de valor pueden deberse a transacciones, a variaciones del volumen de activos, y/o a ganancias y pérdidas por tenencia nominales, según se ha comentado. El resultado neto de las variaciones de valor son las variaciones del valor neto, es decir, las variaciones de los activos menos las variaciones de los pasivos, que se reflejan en el saldo contable valor neto del balance de cierre.

  • 2. Valoración

  • En principio, todos los activos financieros y pasivos con el exterior deben registrarse a sus valores de mercado corrientes en el momento al que se refiere el balance. En algunos casos, quizá hayan de estimarse o aproximarse los valores de mercado. La base de valoración de los activos financieros/pasivos en el balance se estudia con detalle en los párrafos 14.48 a 14.52 de la sección C.1. de este capítulo y en el Capítulo XIII. Conviene repetir aquí que los activos y pasivos expresados en moneda extranjera han de convertirse a moneda nacional al tipo de cambio de mercado vigente en la fecha a la que refiere el balance, utilizando el punto medio entre el tipo de compra y de venta al contado. La conversión en un sistema de tipos múltiples se estudia en la sección C.3 de este Capítulo.

  • 3. Inversión extranjera directa

  • Los activos financieros y pasivos asociados con la inversión extranjera directa - tanto la inversión que entra en un país como la que sale del mismo - han de registrarse en los activos financieros pertinentes enumerados en la clasificación, es decir, en las acciones y otras participaciones de capital (incluidas las utilidades reinvertidas), en los préstamos y en otras cuentas por cobrar/por pagar. Estos asientos relacionados con la inversión directa han de registrarse asimismo por separado como una partida de memorándum.

  • 4. Deuda externa y balance

  • Los derechos financieros netos de una economía frente al resto del mundo, es decir, los activos financieros menos los pasivos con el exterior, sirven con frecuencia para caracterizar una economía como "acreedora neta" o "deudora neta". Este calificativo no es una descripción precisa de la posición neta con el exterior de la economía. Es más interesante considerar como deuda únicamente a los componentes que no entrañan participación de capital en el balance exterior, es decir, a todos los pasivos registrados distintos de las acciones y otras participaciones de capital. Este enfoque concuerda en general con el "núcleo" de la definición de deuda externa que se da en La deuda externa: Definición, cobertura estadística y metodología (1988), estudio conjunto del FMI, Banco Mundial, OCDE y Banco de Pagos Internacionales.

  • En particular para los países con problemas de deuda externa la identificación de los sectores deudores y acreedores con respecto al resto del mundo y los sectores internos de contrapartida es analíticamente importante. Los cuadros tridimensionales que ofrece el Sistema muestran los vínculos entre los sectores deudores y acreedores, tales como las fuentes de financiación exteriores, etc., y pueden complementarse o reordenarse para identificar partidas como la reorganización de la deuda, los atrasos de intereses y la amortización, etc. En este aspecto, el Manual de Balanza de Pagos ofrece procedimientos de registro específicos de las partidas citadas y de otras partidas sobre "financiamiento excepcional" en las cuentas internacionales.




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    Idioma: castellano
    País: México

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