Economía


Introducción al análisis impositivo


TEMA- 1 Introducción al análisis impositivo Iñigo Hernández Arenaz

1.Los ingresos de las Administraciones Públicas: Clases de ingresos públicos.

Los ingresos de las administraciones Públicas son los impuestos, el cobro de algunos servicios (precios públicos y tasas) , los ingresos patrimoniales, la enajenación de activos, las transferencias, la emisión de dinero o el endeudamiento.

Estas 2 últimas actividades deben ser tratadas a parte en el caso del Estado español, así como en la mayoría de los países pertenecientes a la U.E. En primer lugar, la emisión de dinero no es competencia del gobierno español, sino que ésta ha sido cedida a la Unión Europea. En cuanto al endeudamiento, es una medida muy controlada, ya que desde la firma del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (1997) todos los países miembros de la UE que accediesen a la moneda común se comprometían a sanear sus cuentas con un déficit 0, lo que equivale a no poder hacer uso excesivo del endeudamiento.

Por último señalar que de forma residual, todavía se aplican ciertas contribuciones especiales, consistentes en cantidades pagadas por parte del sujeto pasivo como contraprestación a un beneficio o a un aumento en el valor de sus bienes, provocados indirectamente por la realización de obras públicas o del establecimiento de ciertos servicios públicos.

A pesar de esto, el grueso de los ingresos públicos (90%), provienen del cobro de impuestos.

2.Impuestos: Definición, elementos y clasificación.

Los impuestos son aquellas cantidades que el Sector Público detrae del Sector Privado de forma coactiva (obligando) como medio de contribuir a la financiación general de la actividad pública.

Los impuestos son determinados unilateralmente, sin contrapartida directa y satisfecha de forma pecunaria.

Los elementos básicos del impuesto, son:

  • Hecho impnible: Circunstancia cuya realización originala obligación tributaria de acuerdo a la ley.

  • Sujeto pasivo: Persona física o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de la prestación tributaria.

  • Base imponible: Cuantificación y valoración del hecho imponible. Existirán distintos métodos de cuantificación y distintas “sub-bases” dependiendo del desarrollo legal y normativo de cada impuesto.

  • Tipo de gravamen: Proporción o cantidad que se aplica sobre la base imponible, pudiendo ser fija o variable.

  • Cuota tributaria: Resultado de aplicar el gravamen sobre la base correspondiente.

  • Deuda tributaria: Cuota tributaria descontando las posibles deducciones y añadiendo los posibles recargos.

  • Elementos temporales: Fechas claves del impuesto las cuales so distintas para cada uno de estos. Cabe destacar como unas de las más importantes la fecha en que nace la obligación y la fecha en que se devenga.

En cuanto a la clasificación de los impuestos, cabe hacer dos tipos:

  • Atendiendo a la contrapartida:

    • Impuestos generales: No tienen contrapartida directa (Son la mayoría)

    • Cotizaciones sociales: Tienen contrapartidas con prestaciones futuras.

  • Atendiendo al objeto de aplicación.

    • Impuestos directos: Gravan la obtención o tenencia de riqueza. se pueden dividir en I. sobre renta (IRPF,IS,...) o en I. sobre riqueza (IP,ISD,...).

    • Impuestos indirectos: Gravan la manifestación de riqueza y se pueden dividir en I. sobre el consumo (IVA, I. especiales,...) y en I. sobre importaciones (aaplicados a productos extracomunitarios).

    • Cotizaciones Sociales: Recaudaciones de las administraciones de la S.S., gravando las rentas del trabajo, para la cobertura de prestaciones futuras.

    Para acabar éste punto, señalar que la mayor parte de la recaudación impositiva (un 75%) proviene de las Cotizaciones Sociales, el IRPF y el IVA.

    4.Principios deseables de un buen sistema impositivo.

    Eficiencia económica.

    Un sistema económico será eficiente si no desperdicia recursos, haciendo máximo el bienestar de los individuos. Lo que viene a decir que será eficiente si no se puede reasignar los recursos de forma que algún individuo mejore su situación sin empeorar la de otros (Pareto óptimo). Según el primer teorema fundamental de la economía del bienestar, en ausencia de impuestos y en una situación de competencia perfecta, el equilibrio de mercado lleva a situaciones pareto óptimas.

    Ésto explica que un impuesto que no provoque divergencias en los precios relativos (de bienes y factores) conducirá a una situación eficiente. Los impuestos que cumplen esta propiedad se les denomina neutrales, mientras que a los que no se les denomina distorsionantes. Para que un impuesto sea neutral, el impuesto a de ser independiente de las decisiones de consumo o de las ofertas factoriales y , obviamente, de la renta del consumidor, lo que equivale a decir que el impuesto debe de ser una constante función de una cualidad exógena al contribuyente (impuesto de suma fija o de tanto alzado). Sin embargo, el Sector Público es incapaz de lograr la información suficiente para aplicarlos equitativamente, por lo que se optará por la aplicación de un impuesto de capitación (impuesto de suma fija en el que todos los contribuyentes paga la misma cantidad) o por la búsqueda del “second best” (impuesto que minimiza la pérdida de eficiencia).

    Equidad. (Lo estudiaremos en detalle en el Tema-2)

    Los principios de equidad se pueden dividir en 2 dimensiones:

  • Dimensión horizontal: Exige que el sistema fiscal trate por igual a los que son iguales desde un punto de vista económico, o lo que es lo mismo, que no se produzcan discriminaciones por razones distintas a la económica.

  • Dimensión vertical: Se ocupa de cómo deben ser tratados los contribuyentes con situaciones económicas distintas por el sistema fiscal. Sin embargo, este tratamiento no es universal, por lo que habrá que examinar la concepción de justicia social que se aplique (no es lo mismo la concepción de justicia distributiva para un igualitarista que para un liberal). Para ello, será necesario el analizar las funciones de bienestar social.

  • Sencillez.

    Se dice que un sistema fiscal es sencillo cuando esta compuesto por unos pocos impuestos de base muy amplia. Las ventajas de un sistema fiscal sencillo son:

  • Reduce la presión fiscal indirecta de los individuos. Reduce el coste (monetario o no) en que los contribuyentes incurren para cumplir sus obligaciones tributarias.

  • Reduce el fraude. Un sistema complicado puede crear un rechazo por parte de los contribuyentes.

  • Reduce los costes de gestión. No es necesario la utilización de tantos recursos en el proceso de gestión y recaudación

  • Flexibilidad.

    Un sistema será flexible cuando se adapta automáticamente a las variaciones de renta de la economía. La flexibilidad es una cuestión de grado. Cuando el impuesto no es flexible (impuestos especiales) y los precios están aumentando, el Sector Público tendrá que aumentar los tipos impositivos para que la recaudación real no disminuya para lo que se necesita una acción legislativa con su consecuente proceso lo que equivale a un retardo en el ajuste.

    Los impuestos progresivos sobre la renta suficientemente flexibles como para crecer por encima de los aumentos nominales de renta, juegan un papel de estabilizadores automáticos. Esto se explica, por que la renta disponible (renta menos tributos) crece en una proporción inferior al de la renta bruta suavizando el crecimiento de la renta agregada y con ello regulando la tensión inflacionista. (El razonamiento para disminuciones de renta es el inverso).

    Compromiso entre principios.

    El sistema fiscal ideal será aquel que cumpla simultáneamente los principios de eficiencia económica, equidad (tanto vertical como horizontal), sencillez y flexibilidad. Sin embargo, estos principios están en conflicto entre sí y es imposible lograrlos simultáneamente. Los principales conflictos surgen entre los principios de sencillez y equidad y entre los principios de eficiencia y equidad.

    Por ello habrá que valorar cuidadosamente sobre que principio se pone el énfasis, siendo conscientes de los costes que sobre los demás principios supondrá.




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    Enviado por:Iñigo Hernández
    Idioma: castellano
    País: España

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