Maestro, Especialidad de Educación Primaria


Influencia francesa en la educación española


TEMA 1: INFLUENCIA FRANCESA EN LA EDUCACIÓN ESPAÑOLA DE COMIENZOS DE SIGLO XIX.

I. INTRODUCCIÓN

La Revolución Francesa es el reconocimiento de los derechos humanos Libertad, Igualdad y Fraternidad. Los fundamentos filosóficos y culturales de esta Revolución Francesa son:

  • Racionalismo e Ilustración

  • Empirismo y Sensualismo

  • Enciclopedismo Montaigne, Rousseau, Voltaire,..

Estos tres fundamentos son esenciales para la comprensión de la ´Revolución Francesa. La influencia francesa sobre la historia de la pedagogía comienza en 1790. Esta influencia dio vida al cambio producido en la pedagogía española en los siglos XUIII y XIX.

La influencia francesa en España se llevó a cabo por tres vías:

Vía Teórico-Ideológico-Pedagógico.

Vía Político-Administrativa (Constitucional)

Vía Didáctico-Pedagógico-Social

Vía Teórico-Ideológico

Pedagogos teóricos cuyo pensamiento era conocido en nuestro país, como son: Condorcet, Jovellanos, Condillac y otros como Talleyrand, Daunou,..

Vía Constitucional

Se hacen tres Constituciones en Francia, cuyas fechas son: 1791 - 1793 - 1795

Nuestro sistema educativo actual se fundamenta en el sistema educativo de la Revolución Francesa, que fue el primer paso a la democracia en la Europa Occidental. La R. Francesa de 1793 a 1795 es la Democrática.

La Constitución Española de 1812 (Cádiz) tiene muchas cosas sacadas de la Revolución Francesa. La influencia de las constituciones francesas sobre la Constitución de las Cortes de Cádiz fue muy importante. EL Título IX de la Constitución política de la monarquía española trata de la Instrucción Pública:

* Art. 366 En todos los pueblos de la monarquía se establecerá escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles.

En el artículo de la Constitución Francesa se incluye la moral, y no menciona los catecismos civiles. Mientras que en España se seguía hablando de una religión y de una monarquía, en Francia se hablaba de república porque el contexto histórico es distinto. En España se hablaba de lecciones de religión y monarquía y en Francia se hablaba de república y moral política.

Constitución Informe de Se presenta Dictamen Reglamento de Instrucción

1812 Quintana (1813) en las Cortes 1814 Pública 1821

Carácter positivo político

INFORME QUINTANA (1813)

El Informe de la Junta creada por la Regencia para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de instrucción pública, con fecha de 9 septiembre de 1913 en Cádiz, determina como principios generales de toda enseñanza lo siguiente: “La instrucción pues debe ser universal”

Cuando llevaba la constitución 6 años sin apenas hacer caso, se decidió el Reglamento de 1821 con Fernando VII. Este Reglamento tenía que haber salido antes, Fernando VII tenía dudas sobre la Constitución y en el año 1823 dice NO a la Constitución, y durante el período 1814-1823 hay un período Absolutista.

La Constitución Francesa se basaba en los derechos del hombre Libertad, Igualdad, Seguridad y Propiedad. La propiedad es el derecho de disfrutar y disponer de los bienes del fruto de su trabajo. Seguridad y Propiedad son lo mismo que fraternidad. Los franceses creían en la necesidad de educar al pueblo.

Obras de Condorcet.

Se sitúa en la vía teórico-pedagógica.

  • Memorias sobre Instrucción Pública (1792) 5 memorias

    • Naturaleza y objeto de le instrucción pública

    • De la instrucción común para los niños ( Educación básica)

    • Sobre la instrucción común para los hombres ( Educación de Adultos)

    • Sobre la instrucción relativa a las profesiones (Educación Profesional)

    • Sobre la instrucción relativa a las ciencias, objeto de estas

    La primera memoria es muy importante porque defina lo que es la Instrucción Pública.

  • Informe y Proyecto de Decreto sobre la Instrucción pública (1792)

  • El primer fundamento de la Instrucción Pública es la Igualdad.

    • Dependencia de algo que surge de las desigualdades.

    • Dos conceptos importantes:

    • Igualdad

    • Justicia: Vivir honestamente; no dañar a nadie, Dar a cada uno lo suyo (propiedad)

    La Educación ha de ser obligatoria

    La Educación ha de ser gratuita.

    La Educación ha de ser permanente (implica una educación de adultos, continua)

    La Educación ha de ser gradual:

    • Grado de Instrucción Primaria El niño aprenderá lo que necesitará para desenvolverse en una sociedad civilizada, y sin la cual será un “ser endeble y ciego, esclavo de cuantos le rodean”, “leer con sentido, escribir con claridad y buena ortografía, poseer y practicar las reglas elementales de la aritmética,...

    • Grado de Escuela Secundaria ”Preparar el entendimiento de los discípulos para entrar en el estudio de aquellas ciencias,..” En Condorcet, la segunda enseñanza equivale a los Institutos. Nivel de instrucción para una profesión determinada y como medio para tener acceso a los estudios superiores (O universitarios)

    • Sección de Ciencias, Matemáticas y Física

    • Sección de Ciencias Morales y Políticas

    • Sección de Literatura y Bellas Artes.

    • Grado de enseñanza Superior

    • Institutos

    • Liceos Estudios superiores. Se estudiará lo misma que en los institutos pero se da sección más. Aplicación de las ciencias a las Artes y a los oficios artísticos.

    En la Sociedad Nacional de las Ciencias y las Artes estaban todos los grandes sabios del país “ Dirigir y vigilar los establecimientos de instrucción, para ocuparse en el perfeccionamiento de las ciencias y de las Artes, para recoger, estimular, aplicar, esparcir los descubrimientos útiles.”

    La Educación ha de ser independiente: independencia de cualquier poder político

    La Educación ha de ser integral: Educación que responde a todos los aspectos

    La Educación ha de ser universal: Sea una escuela que pueda extenderse a todos los ciudadanos, cualquiera que sea su procedencia.

    “La sociedad debe al público una instrucción pública, como medio de hacer real la igualdad de los derechos “

    Jovellanos

    Nace en 1744 y muere en 1811. Tres períodos importantes:

    1º Período ( 1768-1778)

    En Sevilla lee a varios autores como Rousseau, Voltaire, Montesquiew, Lock, Asiste a varias tertulias. Son los verdaderos años de influencia francesa en Jovellanos. Comienza a preocuparse por el analfabetismo, pobreza. Se interesaba en dos aspectos:

    - Instrucción pública

    - Reforma de los recursos naturales (agricultura,..)

    2º Período (1790-1798)

    En este segundo período vive en Madrid. Llega a ser un hombrenongrato a la Corte. Después se marchó a Gijón. Estando en Gijón en Noviembre de 1797, lo llaman para ser Ministro. Fue ministro desde noviembre de 1797 hasta agosto de 1798. Fue desterrado a Mallorca.

    3º Período

    Se asentó en el norte de Mallorca. Los frailes lo trataban bien. Se dedicó a la escritura. Le levantan el destierro en 1808

    Las ocho obras de Jovellanos son:

    • 1794 Informe sobre la ley Agraria

    • 1794 Curso de humanidades castellanas

    • 1792 Reglamento literario e institucional del Colegio Imperial de Calatrava, en la ciudad de Salamanca.

    • 1798 Plan para la educación de la nobleza

    • 1802 Memoria sobre educación pública (o Tratado Teórico-práctico de enseñanza). Consta de seis partes que son:

    “Si la Instrucción Pública es el primer origen de la prosperidad de un Estado”

    “ Si el principio de esta Instrucción Pública es la Educación pública”

    “ Cual es el establecimiento más conveniente para dar esta educación pública”

    “Cual es y qué ramas abraza la enseñanza necesaria para difundir y mejorar esta educación”

    “Cómo debe distribuirse esta enseñanza y por quién debe ser comunicada”

    “Qué dotación será necesaria para sostener estos establecimientos y cómo se podrá recaudar”

    • 1809 Bases para la formación de un plan general de Instrucción Pública

    • Cartas sobre educación y Diarios

    DICTAMEN (1814)

    Dictamen y Proyecto de Decreto sobre el arreglo general de la Enseñanza Pública de 7 de marzo de 1814. El Dictamen también es proyecto de decreto, ya tiene su articulado Reglamento 1821.

    La creación de la Universidad Central, tal como se proponía en el Informe de Quintana, y se ordenaba en el Proyecto de Decreto de 1814, art. 55, aparece en el Reglamento en su título VI. “Se establecerá en la capital del Reino una Universidad Central, en que se den estudios con toda la extensión necesaria para el completo conocimiento de las ciencias”. Se instalará en la capital del reino.

    Había razones de orden científico concienciación de nuestro retraso cultural; de orden académico; de orden de estrategias política; de orden económico y de orden pedagógico.

    Había dos universidades: Alcalá de Henares y Salamanca.

    CATECISMOS CIVILES Y POLÍTICOS EN ESPAÑA (1790-1823)

    Los acontecimientos políticos que sacudieron a Europa con epicentro en la Revolución Francesa, cambiaron las estructuras sociales, económicas, políticas y culturales de la sociedad europea, con la intención de crear un “hombre nuevo” y una sociedad igual, justa, libre en la que el pueblo asumiera el protagonismo debido (democracia). Pero ello no sería posible si el Pueblo Llano seguía sumido en la ignorancia y en el analfabetismo y la burguesía seguía al margen de todo el acontecer del orden político.

    Se exigía una instrucción política, que debía iniciarse en la escuela elemental, primaria, para consolidar y contrastar aquellos principios que alumbrarían la nueva estructura social y política de las naciones. Esta exigencia era la realización de unos proyectos revolucionarios, el nacimiento de la libertad. Uno de los instrumentos, en el plano escolar, para la formación civil y política del pueblo fue el de los Catéchismes politiques, sobre cuestiones civiles y políticas.

    La influencia de los catechismes de los años en torno a la Revolución francesa en los catecismos civiles y políticos españoles se refiere en principio a las dos vías antes descritas. La Vía constitucional tiene cierta prevalecía y es la que marcó las diferencias propias de los catecismos españoles.

    Los líderes franceses de la Revolución - desde 1789- se habían ocupado con gran interés en promover este medio didáctico para mejor conocimiento de la ideología revolucionaria. Los catéchismes políticos franceses fueron leídos, imitados, a veces traducidos al pie de la letra, en España a finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX con los primeros brotes del constitucionalismo español. Hay pues dos hechos evidentes:

    • La presencia de los Catéchismes franceses en España

    • La conformación del catecismo político español por la circunstancia histórica y condicionante de la época.

    De modo que la evolución del catecismo español y, por tanto, la determinación de sus momentos diferentes, dependerá del contexto histórico-político, el contenido temático, el grado de influencia francesa, el carácter propiamente didáctico...

    Período de Iniciación (1790 - 1810)

    • Catecismo civil y breve compendio de las obligaciones del español... (1808)

    • Catecismo católico-político... (1808)

    • Catecismo político para la instrucción del pueblo español (1810)

    En ninguno de los tres se habla de constitución

    Período Constitucional (1812 - 1814)

    • Catecismo político arreglado a la Constitución de la Monarquía Española... por D.J.C. (1812)

    • Catecismo liberal y servil, por C.N.S. y V. (1814)

    • Breve Catecismo político-español-constitucional... compuesto por el Sr. Reinoso, presentado por EDDA (1814).

    Aquí ya si se habla de constitución, aparece el nombre de los autores.

    Período de madurez (1820 - 1823)

    • Catecismo político, dedicado al inmortal Quiroga (1820)

    • Catecismo constitucional o Breve compendio... por “Joaquín Clara-Rosa” (Juan Olvarrieta) (1820).

    • Catecismo religioso moral y político por Manuel López Cepero (1821)

    • Catecismo-cristiano-constitucional (1823)

    REGLAMENTO GENERAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA (29 de junio de 1821)

    Este Reglamento es el primer ensayo de ordenación de un sistema educativo liberal en España y testimonio legal del ideario pedagógico del constitucionalismo de las Cortes de Cádiz. Marcó el principio del camino que con los años llegaría al modelo más acabado del liberalismo español en educación “Plan General de Estudios” (1845) -o “Plan Vidal”- y, sobre todo, por la “Ley de Instrucción Pública” (1857) o “Ley Moyano”.

    La concepción liberal asumía la herencia del pensamiento ilustrado, las aportaciones procedentes de otras fuentes tan diversas, como el constitucionalismo político social doceañista, el utilitarismo moral anglosajón, el romanticismo literario y social... y se implicaba en una realidad histórica animada de tensiones y oposiciones entre tradicionalismo y liberalismo, entre afrancesados y reaccionarios, entre liberales moderados y liberadores progresistas, entre la Iglesia y el Estado (expulsión de los jesuitas, supresión de monasterios y conventos, desamortización eclesiástica,..)

    La instrucción, sobre todo la segunda enseñanza, abría con facilidad el acceso a puestos de trabajo de cierta relevancia. En tales circunstancias era prácticamente imposible llevar a cabo cualquier reforma, por mínima que fuese, de la instrucción pública.

    La “Dirección General de Estudios”, tenía según el “Reglamento General de Instrucción Pública” (1821)- art. 101- las siguientes funciones:

    • Primera: “Velar sobre toda la enseñanza pública, y cuidar de que se observen los reglamentos establecidos”

    • Segunda: “Recibir las solicitudes, propuestas y reclamaciones de todos los cuerpos literarios y escuelas de la Monarquía para pasarlas al Gobierno con su informe”

    • Tercera: “Cuidar de la formación de los diferentes planes y reglamentos necesarios para el arreglo de la instrucción pública, valiéndose para ello de las personas y medios que crea conducentes, y oyendo en todo lo perteneciente a la parte científica a la Academia Nacional, antes de presentar los reglamentos al Gobierno para que los pase a la aprobación de las Cortes”

    • Cuarta: “Promover la mejora de los métodos de enseñanza y la formación y publicación de tratados elementales por medio de premios a sus autores”

    • Quinta: “Presentar las alteraciones que puedan convenir en la parte científica de los estudios, siempre a propuesta o con informe de la Academia Nacional”

    • Sexta: “Cuidar de la conservación y aumento de todas las bibliotecas públicas del reino”

    • Séptima: “Dar cuenta anualmente a las Cortes del estado de la enseñanza pública en una memoria, que deberá pasarle por medio del Gobierno”

    • Octava: “ Ejercer todas las demás facultades que se le señalen en su respectivo reglamento”.

    Instalada el 6 de agosto de 1821, la Dirección General de Estudios asumía las funciones de la comisión de instrucción pública y de otras comisiones o juntas, como la ya extinguida junta protectora del Museo de Ciencias Naturales, relacionadas con la enseñanza. En principio, la Dirección se propuso actuar con cierta cautela. La primera enseñanza dependería directamente de los ayuntamientos y diputaciones provinciales por su interés y necesidad. La Dirección General tenía que velar por el arreglo de las escuelas de primeras letras, su metodología, su uniformidad y otros aspectos educativos. Redactó el “Proyecto de Reglamento General de primera enseñanza (1822), que se ha de observar en todas las escuelas de primeras letras de la Monarquía española”. Recogió datos cuantitativos y cualitativos referentes a escuelas, pueblos y provincias, para mostrar el mapa escolar de España; elaboró memorias e informes sobre el estado de la instrucción pública en tosa sus ramas y niveles.

    La finalidad última, como la de cualquier institución de instrucción pública, sería la libertad, la prosperidad y el progreso, y el orden social y moral de la nación. La triple finalidad respondía ya a un ideario educativo liberal de clara genuidad ilustrada: libertad e instrucción. Habría que fomentar las condiciones mejores para los estudios de la recién llegada Universidad Central: la unión íntima de las ciencias y las letras. El currículum de la Universidad Central se organizaba en tres grados con sus disciplinas y cátedras correspondientes:

    • Segunda enseñanza (Cátedras de) gramática castellana y latina, geografía; literatura e historia; matemática puras; física; química; geología; botánica; derecho natural y moral;..

    • Tercera Enseñanza (cátedras de) lengua griega; lengua hebrea; fundamentación de la religión; historia e instituciones de derecho español; Instituciones de derecho civil romano;...

    • Ampliación (cátedras de) cálculo diferencial e integral; astronomía; anatomía; literatura española; historia de España; derecho político;...

    Pero el primer intento de Universidad Central había fracasado debido a la incomodidad, la cierta improvisación organizativa, el mal ambiente social y político de la capital, malestar por parte del profesorado...

    La década absolutista (1823-1833)

    El restablecimiento del poder absoluto de Fernando VII (octubre de 1823) abría una nueva etapa en la historia de España, la de un “neoabsolutismo liberal”, que se cierra con la muerte del rey (1833). Los liberales tuvieron que emigrar a otros países, con preferencia a Inglaterra y a Francia. La Universidad llegó a una situación de grabe deterioro. La vida intelectual y literaria se resistió; los periódicos y otras publicaciones similares se redujeron a la Gaceta y, al Diario de Madrid.

    Así pues la ordenación administrativa de la instrucción pública en los primeros años de la década absolutista, estuvo presidida por el centralismo absolutista, el control del Gobierno mediante la creación de órganos o juntas de inspección:

    • El Plan literario de estudios y arreglo general de las Universidades del Reino (14 de octubre de 1824)

    • El Plan y Reglamento de Escuelas de Primeras Letras (16 de febrero de 1825)

    • Reglamento general de Escuelas de latinidad y Colegios de Humanidad (16 de enero de 1826)

    La década liberal (1834-1843)

    La publicación del Estatuto Real, el 10 de abril de 1834 provocó la escisión en los parlamentos liberales: los partidarios de su doctrina, entre los que estaban sus redactores, hombres de talante moderado; y los que se oponían al Estatuto porque estimaban que no declaraba los derechos elementales del individuo, sus libertades, la desigualdad de todos ante la ley... y que por tanto debería proclamarse una nueva constitución- Del enfrentamiento de estos grupos parlamentarios, a lo largo de estos años (1834-1836) se perfilaban distintas las dos ideologías liberales o sectores del liberalismo español, el Partido Moderado y el Partido Progresista.

    Fue, en definitiva, el cambio democrático y liberal que a mediados de los años treinta tenía lugar en España.

    Plan General de Instrucción Pública (1936) Plan del Duque de Rivas.

    Entre las críticas y los enfrentamientos, salía a la luz el Plan General de Instrucción pública, el 4 de agosto. Si el Reglamento de 1821 fue el primer intento liberal de un sistema educativo en España, el Plan General de 1836 ha de considerarse como el primer sistema liberal de educación en España. Aunque no llegó a aplicarse, consolidaba en su texto unos principios políticos, ideológicos, y pedagógicos, que sentaban doctrina de reforma liberal, por lo que el Plan fue referencia obligada para ulteriores planes o proyectos.

    Fue elaborado por don Antonio Gil de Zárate, don Cristóbal Bordiú y don Vicente Vázquez-Queipo, y rubricado por don Ángel Saavedra, duque de Rivas, ministro de Gobernación.

    No tuvo vigencia alguna, porque la Real Orden de 4 de septiembre de 1836 lo dejó en suspenso “por ser de la instrucción pública, materia que, conforme a la Constitución, correspondía exclusivamente a las Cortes” y éstas se hallaban disueltas.

    El Plan General de Instrucción Pública organizaba la instrucción en tres grados:

    La instrucción primaria pública elemental principios de religión y de moral; lectura; escritura; principios de aritmética; gramática.

    • Instrucción primaria superior mayores nociones de aritmética, geometría; Dibujo; ...

    La instrucción secundaria Asquellos estudios que no alcanza la primaria superior, pero necesarios para completar la educación general.

    • La instrucción secundaria elemental

    • La instrucción secundaria superior

    La tercea enseñanza, los estudios de las Facultades Mayores Jurisprudencia, teología, -Medicina y Cirugía, Farmacia y Veterinaria,..

    Se creaba el Consejo de Instrucción Pública y se extinguía la Dirección General de Estudios, cuyas funciones pasarían a ser del Consejo: Los consejos serían nombados por el gobierno.

    Otros aspectos significativos del Plan fueron: la necesidad de crear una “Escuela Nacional Central de Instrucción primaria”; la restricción de la gratuidad, reservada sólo a los niños pobres; la autorización de las escuelas privadas;..Se notaban ya rasgos suficientes para definir el sistema educativo liberal español: centalización administrativa de la instrucción, sentido “práctico” del currículum o “positividad”, “utilidad social” y capacidad de adaptación a los distintos ámbitos o niveles de la sociedad española; libertad de enseñanza como creación de escuelas privadas y públicas, gratuidad restringida y limitada, preferencia de disciplinas como “ideología”, “moral”, “derecho Natural”...

    Con el nombramiento de un nuevo gabinete (14 de agosto de 1836) presidido por Jose María Calatrava, el Partido Progresista se iniciaba como fuerza política en las tareas de gobierno. Las reformas de los pogresistas estaban inspiradas por el constitucionalismo de 1812-1823, por una mayor autonomía de los gobiernos provinciales y municipales, por el afán de implantar o refozar la libertades,..tales directrices influyeron de cualquier modo en el proceso liberal de democratización de la sociedad española.

    La tendencia a una mayor autonomía municipal y provincial en la instrucción pública reforzaba la idea de una universidad en Madrid, central, que sirviera de espejo y modelo para los demás establecimientos. La Real Oden de 29 de octubre de 1836 autorizaba el raslado de la Universidad Complutense, de Alcalá, a Madrid.

    La década moderada (1844-1854)

    Con la proclamación de la mayoría de edad de Isabel II se iniciaba la década moderada. Con tal espíritu pragmático y realista, los moderados intentaron establecer un orden político y administrativo que configurase un estatus social y económico de la población española, un régimen de gobierno que acompasara el “centalismo” de los moderados- un Estado español moderno, fuerte, actualizado-, y unos servicios públicos realmente eficaces y útiles. Hay una acercamiento a la Iglesia y se le conceden ciertas prerrogativas en materia de censura de libros y de enseñanza.

    La Constitución de 1845 (23 de mayo) redactada por los moderados (Nárvaez, Martínez de la Rosa, Pidal,..)cuyo poder tenía que fundamentarse en el orden y en la autoridad, legítimos, recogía algunos aspectos de la hasta entonces vigente Constitución de 1837 a la vez que insertaba novedades: la soberanía está en las Cortes con el rey; declaración de la unidad religiosas; regulación de los derechos de los españoles; nueva estructua del Senado; menores limitaciones a la libetad del monarca;...

    A lo largo de la década moderada los partidos “progresista” y “democrático” manifestaron en ocasiones sus posturas:

    • Progresistas Tolerancia, Conciliación de los españoles; Moralidad; Respeto a la propiedad y a las personas; Libertad de imprenta; Emancipación de la adminstración provincial y municipal; Sistema electoral.

    • Democráticos Derecho a la instucción primaria gatuita; definía los principios administativos de la instrucción pública: Es universal, obligatoria y gratuita, a cargo de los pueblos. La instrucción secundaria es gratuita, pero no obligatoria. A cargo de las povincias. La instrucción superior es retribuida y está a cargo del Estado. La enseñanza es libre

    Plan General de Estudios (1845) o “Plan Pidal”

    Reforma educativa que Pedro José Pidal,ministro de Gobernación, con la ayuda de don Antonio Gil de Zárate, encargado de la instrucción pública, esbozaban con trazos generales la enseñanza secundaria y superior.

    Las bases o principios fundamentales del Plan de 1845 se hallan recogidos por el propio Gil de Zárate en De la Instrucción Pública en España (1855): secularización de la enseñanza; libertad de enseñanza; gratuidad;centralización administrativa de la instrucción.

    • Secularización Separación de la educación de las manos del clero,como corporación, como clase. Que la enseñanza se acoja en el seno de la sociedad civil.

    • Generalidad Totalidad y univesalidad, porque el interés de la sociedad es general. La enseñanza está para todas las clases sociales.

    • Centralización Nombrtamiento del rector como representante y agente de la autoridad suprema y jefe de toda la instrucción pública en el distrito universitario. Declarar a la Universidad de Madrid la única en que puede recibirse el grado de doctor.

    El Plan Pidal cayó bien a los medios académicos, intelectuales, incluso a ciertos sectores religiosos, aunque su carácter centralizador y su intención secularizadora levantaron recelos y críticas. Las universidades contaron con unas instalaciones mejor dotadas y hubo una mayor preocupación pedagógica por los métodos de enseñanza.

    La Revolución francesa de 1848 (la tercera) trajo a Europa otras revoluciones; y aunque en España no se llegó a tanto, provocó el endurecimiento del gobierno con una “dictadura liberal”. Los progresistas radicalizaon sus actuaciones y se desplazaron hacia la izquierda. Los moderados perdieron paulatinamente su credibilidad política. La Revolución de 1854 acabó con el moderantismo en el poder.

    El “bienio progresista” (1854-1856)

    Durante este bienio destacaron tres hechos de gran relevancia:

    • Elaboración del texto constitucional de 1856, que aprobado por las Cortes no llegó a ser promulgado

    • La Ley de la Desamotización general de 1 de mayo de 1855

    • La Ley general de ferrocarriles de 3 de junio de 1855 y las concesiones ferroviarias consiguientes.

    Los progresisteas unieron a su afán por la instrucción pública su vocación por los saberes útiles, científicos y tecnológicos.

    Proyecto de Ley de Instrucción Pública (1855)

    El Proyecto de Ley de Alonso Martínez ( 19 de diciembe de 1855) aporta nuevos elementos a la reforma liberal del sistema educativo. Recogía la tradicción liberal moderada y reclamaba la gratuidad de la enseñanza primaria, el carácter científico cultural, y a la vez, “preparatorio” de la segunda enseñanza con vistas a la universidad, y un mayor y extenso abanico de salidas profesionales para los jóvenes mediante las carreras especiales.

    Voluntad política, justificable históricamente, de hacer de la instrucción un sevicio, o ministerio, público, cuya organización y administración concernieran a una gestión de carácter civil. Constituiía una novedad importante el número de Facultades. La sepaación de la Facultad de Filosófía (y Literatura) y la Facultad de Ciencias fue un rasgo innovador.

    El bienio modeado (1856-1858)

    Nárvaez en la presidencia del Cogierno el 12 de octubre de 1856, dio paso al “moderantismo” político. Las Cortes constituyentes se clausuraron el 2 de septiembre de 1856 sin procalamarse el nuevo texto de la Constitución.

    La Ley de Instrucción Pública ( 9 de septiembe de 1857) o Ley Moyano

    Claudio Moyano se encargó. Es la primera y la única ley de instrucción pública del reinado de Isabel II. La Lay Moyano resultó se la solución oportuna a la siempre problemática reforma de la enseñanza desde el Informe Quintana y su explicación en el Reglamento de 1821. Fue, pues, el final consecuente de intentos continuos -“poyectos, planes, y reglamentos”- que por una u otra razón no llegaron a realizarse, a pesar de la voluntad política y social de areglar de forma definitiva la instucción pública.

    Fue en fin la consolidación real de un primer sistema educativo liberal y la estabilidad de un modelo que avaló el desarrollo normal de la instrucción en España durante la segunda mitad del siglo XIX y primer tercio del XX. Fue un diseño bien definido -y quizá, el mejor posible para su tiempo- por la estructura material y formal y por la coherencia de contenidos. A esto contribuyó la presencia de consejeros tan expertos como Gil de Zárate (redactor de los textos legales sobre instrucción pública) y por otro la labor del propio ministro Claudio Moyano.

    La Ley estaba dividida en cuatro secciones: (pág.52-53)

  • De los estudios Primera enseñanza dividida en elemental y superior. LA elemental es obligatoria para todos los españoles y gratuita en las escuela públicas a los niños cuyos padres, tutores o encargados no puedan pagarla. Tienen materias comunes para niños y niñas y no comunes. LA Segunda enseñanza comprenderá estudios generales (6 años) y estudios de aplicación a las profesiones industriales. Al terminar este período se obtiene el título de Bachiller en Artes. En el nivel superior están los estudios de las Facultades, las enseñanzas superiores y las enseñanzas profesionales.

  • De los establecimientos de enseñanza Habrá establecimientos públicos y establecimientos privados, costeados por personas particulares, sociedad o corporación. Otros establecimientos dependientes de la Instrucción pública serán las Reales Academinas.

  • Del pofesorado público Todo el que se dedique a la enseñanza ha de ser español y “justificar buena conducta religiosa y moral”. Trato especial ha de tener la Universidad Central: “Las cátedras de la Universidad Central, correspondientes a estudios posteriores al grado de Licenciado que determine el reglamento, podrán proveerse en personas de elevada reputación científica, aunque no pertenezcan al Profesorado” (Art. 238).

  • Del gobierno y admnistación de la Instrucción pública La administación general, central, de la instrucción pública, dependerá del Ministerio de Fomento, Dirección General de Instrucción Pública, y Real consejo de Instrucción Pública, cuyo carácter será de órgano consultivo y, a la vez, de asesoramiento técnico-pedagógico para el gobierno.

  • La Lay Moyano presentaba los siguientes caracteres generales y fundamentales:

  • Tendencia centralizadora de la instrucción

  • Su moderantismo

  • Reconocimiento de los estudios hechos en colegios privados libertad de enseñanza y consolidación de una instrucción privada

  • La incorporación de los estudios técnicos superiores y de las enseñanzas profesionales a la tercera enseñanza

  • Gratuidad para la enseñanza primaria y apra aquellos niños cuyos padres, tutores o encargados no puedan pagarla

  • Rasgos distintivos del sistema educativo liberal en la promoción de profesores; en la de alumnos (varios exámenes),...

  • TEMA 2: LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA (1857-1881)

    I. INTRODUCCIÓN

    La “Unión liberal” originada con la creación de un centro parlamentario, de moderados y progresistas,en una especie de partido de “centro liberal”, intentó superar los antagonismos de unos y oros a partir de las tesis, comunes o consensuadas, del moderantismo libeal y del progresismo. Se constituyó el gobierno “unionista” el 30 de junio de 1858, hasta el 17 de enero de 1863. Desde ese momento hasta la Revolución de 1868, estuvieron en el poder los moderados; los progresistas habían renunciado a gobernar. Al final del sexenio democrático (1868-1874) se proclamó la I República española (1873). Tas ella, la Restauración monárquica de Alfonso XII.

    II. POLÍTICA EDUCATIVA Y AMBIENTE INTELECTUAL

    La política educativa del período que se abre con la Ley Moyano (1857) y se cierra con la liquidación de la segunda “cuestión universitaia” (1881) o desde otra perspectiva, con el final del reinado de Alfonso XII (1885), fue el díficil camino de indecisiones y retrocesos, de la libertad de enseñanza, que no será entendida del mismo modo por moderados o progresistas, por conservadores o liberales, por republicanos o liberales -demócratas...La complejidad de este período se simplifica si se establecen los tramos histórico-educativos que los constituyen:

    Primera etapa de 1858 a 1868

    La libertad de cátedra (libertad de ciencia y de enseñanza) se interpretó con criterios distintos: el gobierno apelaba a la definida por la Ley Moyano; los progresistas y demócratas radicalizaban su postura. Había nedesidad de reformar los estudios de secundaria y organizar la administración de la instrucción pública y pivada. Mayor atención al desarrollo y extensión de las enseñánzas de escuelas especiales de ingeniería, arquitectura, comercio y otros centros de formación profesional. Si para los intelectuales y hombres de ciencia y enseñanza, la libertad de cátedra era lo más importante, para la sociedad burguesa era primordial la preparación técnica-pofesional que permitiera a los jóvenes mantener un “status” socioeconómico digno. Es el plantemaiento de la primera “cuestión universitaria”.

    Surge con la protesta de algunos catedráticos ante esta necesidad de tener que recordarles constantemente el art. 170 de la Ley Moyano: “ El pofesorado no puede enseñar falsedades ni teoría que puedan escandalizar a los alumnos (doctrinas inmorales o que ataquen a la monarquía o a la institución religiosa).

    Segunda etapa de 1868 a 1874

    Es lo que se conoce como el “sexenio revolucionario”.

    El principio de libertad, como postulado político y social y como modo de practicar o vivir la “ciudadanía” fue considerado como derecho primordial del individuo y de la sociedad, en todos sus ámbitos y sectores, entre ellos, el de la enseñanza y la educación.

    La escuela es lugar de instrucción pública y la instrucción es el camino propio hacia el conocimiento de sus derechos y libertades y la facultad para practicarlos, y para cooperar en la creación de un orden social justo y un orden económico de pogreso. En 1873 tiene lugar la primera Republica Española.

    Tercera etapa de 1874 a 1881/1885.

    Transcurren los primeros años de la Restauación de la monarquía (Alfonso XII).La Constitución de 1876, el nacimiento y primeros pasos de la Institución Libre de Enseñanza (ILE), la segunda “cuestión unversitaria”(1875-1881), preocupación por una enseñanza secundaria apropiada a la floreciente clase media...son algunos de los acontecimientos de estos años en el ámbito de la instrucción. La política educativa se turnó entre liberales (1881-1884) y conservadores (1884-1885), arbitró soluciones diferentes en temas como “la libertad de ciencia” -o de cátedra- o la enseñanza pública y la pivada. Enre los liberales y consevadores (Cánovas) mediaba bastante trecho, pero en la práctica escolar y en la administación educativa corriente y cotidiana apenas se notaron diferencias graves.

    El ambiente intelectual era vario y plural a partir de mediados del siglo XIX: la universidad española, ateneos, sociedades cultuales y otros círculos de opinión y debate se vieron enlucidos gracias a cierta libertad y tolerancia académicas que propiciaban la resencia de diferentes escuelas o sistemas filósoficos o científicos:

    El Hegelianismo Se notó en lecturas y en comentarios correspondientes de la obra de Hegel acerca del hombe, la sociedad, el Estado, la Religión, la Historia...

    El Krausismo Daba razones de casi todo lo humano: Filosofía de la historia, de la sociedad y su ideal, de la educación, de la libertad y de la ciencia. La obra de Karl C. Krause idealiza la paticipación del hombe en la realización del ideal de la humanidad. Los principios fundamentales del Krausismo español pueden definirse como racionalismo armónico, liberalismo político y económico, organismo social y revolucionismo y reformismo social

    III. LA INSTITUCIÓN LIBRE DE ENSEÑANZA

    2.1 Origen y primeros años (1876-1881) de la I.L.E.

    Por la “cuestión universitaria” de 1875, y acaso durante su destierro, Francisco Giner de los Ríos, pudo concebir la ideal de la “Institución Libre de Enseñanza”. Las “Bases fundacionales de la Institución” se redactaron el 10 de marzo de 1876. La influencia Krausista estuvo latente en el “primer institucionismo”.

    La ILE abría sus puertas el 29 de octubre de 1876, una vez aprobados los Estatutos el 16 de agosto anterior. La ILE llegaría a ser pronto una comunidad, no sólo pedagógica, de profesores y alumnos, y un símbolo espiritual de su tiempo, que se erigiría con los años en una de las referencias claves de la cultura española durante más de medio siglo.

    Hay que distinguir tes etapas o períodos en el desarrollo de la Institución:

    Etapa de Iniciación (1876-1881)

    Etapa Pedagógica (1882-1907)

    Etapa Científica (1907-1936)

    Etapa de Iniciación (1876-1881)

    Fundación y primeros pasos de la Institución, cuando los Estatutos de la Asociación e Institución se aprueban y autorizan (R.O. de 16 de agosto) hasta 1881, en el que la llegada del gobierno liberal de Sagasta permitió la reinteserción a sus cátedras de los profesores sancionados.

    Esta etapa hace referencia a tres puntos:

    Estatutos de la ILE (aprobados el 16 de agosto de 1876)

    Humanismo pedagógico de la ILE

    Discurso de Fco. Giner de los Rios : Fundador de la ILE.

    Origen de la ILE

    Para hablar de la fundación de la ILE debemos situarnos en el contexto histórico. En 1873 se proclama la I República. Cuando regresa Alfonso XII, que estaban los consevadores en el ministerio de Fomento, el Ministro estableció una carte proclamando la libertad de cátedra pero con dos limitaciones: no atacar a la iglesia católica ni a la monarquía. Esto no cayó bien a algunos catadráticos y fueron despojados de sus cátedras. Uno de estos catedráticos fue Giner de los Ríos. Se le envía a Cádiz (Castillo de Santa Catalina). Aquí debió asumir en su mente la idea de crear en Madrid una Institución libre, que no fuera del Estado. Nace con la intención de no someterse a las leyes del Estado. El origen de la ILE nace en la segunda “cuestión universitaria”.

    Estatutos.

    Son 21 Estatutos. La ILE logra aprobar 21 artículos el 16 de Agosto de 1876. Estos 21 artículos se aprueban en agosto pero la institución abre sus puesrtas el 29 de octubre de 1876.

    * Art. 15 “La ILE es completamente ajena a todo espíritu e interés de comunión religiosa, escuela filosófica o partido político; proclamando tan solo el principio de la libertad e inviolavilidad de la ciencia, y de la consiguiente independencia de su indagación y exposición respecto de cualquier otra autoridad que la de la popia conciencia del pofesor, único responsable de sus doctrinas”.

    . Comentario del artículo 15 Tres partes:

  • Libertad de entidad de la propia ILE como institución que no nace con ningún carácter religioso, filosófico o político. Al margen de cualquier ideología. Independencia y exclusión de lo conflictivo para los hombres. Esto no quiere decir que no tuvieran sus popias ideologías. No dice que no tengas tus propias ideas políticas, religiosas, pero si dice que no se tendrán en cuenta en la unversidad. Sólo el saber, la búsqueda del conocimiento y al verdad.

  • Se refiere a la ciencia. La ciencia a la que se refiere es la ciencia que se investiga y se enseña. La ciencia es la libertad pero también es inviolable. Todo profesor que se precie, sea catedrático o no, investiga y enseña ( indaga y expone).

  • Aparece la conciencia del pofesor como ,unico respnsable. Se habla de una dependencia en la que solo tiene que ver su conciencia y su responsabilidad. No depende de nadie, sólo de su conciencia. Es responsable de lo que indaga y expone.

  • Discurso de Francisco Giner de los Ríos (1880-1881)

    La ILE nace a nivel universitario. Comienza queriendo ser unos estudios pre-universitarios. Al año, 1877, esta institución comienza a ser un fracaso. Su primer fracaso fue intentar ofrecer una cuestión universitaria. La Ile que comienza centrándose en los universitarios, tras su primer fracaso se dedica a bachiller. Se comienza a intensificar los estudios de bachillerato y de primaria. Cuando llega a 1881 ya funciona bien la ILE pero no a nivel universitario.

    En 1882 comienza la verdadera reforma de la pedagogía porque se crea una institución que pate de la ILE: El Mueseo Pedagógico Nacional.

    Vuelve el florecimiento de la ILE or la creación de este Mueseo de la mano de Bartolome Cossío. Pero el verdadero fundador de la ILE fue Giner de los Ríos. EL Discurso tiene un atractivo especial porque es el anticipo, el resumen de lo que pensaba y lo que siguió pensándose que era la educación para pofesores y alumnos.

    Comentario del Discurso (Fotocopia 3)

    Causa eficiente del poceso enseñanza/aprendizaje ¿Quienes lo hacen?

    La causa eficiente de la ILE son los maestros y los alumnos (maestro y discípulos).LA Ile comienza a darle importancia al alumno. El maestro educa y el alumno se educa pero en una educación integal. La verdadera causa eficiente de la educación es el educador y el maestro es lo que se viene llamando “principio operante

    Causa material: contenido: disciplinas, saber humano, ciencia y arte... ¿Qué se enseña?

    La educación será integral y deberá atender no sólo al desarrollo de la inteligencia sino al de todas las facultades humanas, porque el hombre es principio y unidad orgánica que ha de desarrollarse conforme a ésta.

    Causa formal:Metodología ¿Cómo se enseña?

    El método intuitivo mejora cualitativamente la enseñanza. Es el método que eneva la actividad escolar, forka la formación indagadora, y hace de la educación una vivencia personal y propia.Exige del discípulo que piense y reflexione por sí, en la medida de sus fuerzas. Que investigue, que aguya, que cuestione, que intente, que dude. Giner considera la intuición como el único método autorizado en todo linaje de enseñanza no sólo para la infancia. Para el la escuela ha de ser escuela activa donde los escolares piensan, hablan, discuten, se mueven.

    La actividad que realiza el alumno es para llegar por sí mismo a la realidad. El maestro educa, forma y ayuda a esa personalidad, a ese proceso.

    Causa final: fines de la Educación ¿Para qué se enseña?

    El fín de la enseñanza es “la educación, no la mera instrucción”, de modo que la instrucción sólo tiene verdadera razón de ser si coopera a formar hombres.

    Hay maestros que enseñan y forman pero no educan. Aprender para vivir el verdadero fín de la educación es la vida, que tiene un carácter integral.

    Con la llegada de Sagasta y el Patido Liberal al poder en 1881, la segunda “cuestión universitaria” queda liquidada por la “Real Orden de 3 de marzo de 1881”.

    Etapa Pedagógica (1882-1907)

    En estos 25 años la institución recobra ese verdadero sentido pedagógico. El Museo Pedagógico es importante en cuanto a esta innovación. ¿Por qué se le llama época de innovación pedagógica? Porque en estos años aparece la influencia de las Escuelas Nuevas que dan lugar a una nueva forma de hacer las cosas.

  • Principios generales de una reforma educativa Primera Enseñanzas, Segundas Enseñanzas y Universidad.

  • Concepto de universidad en la ILE basado en dos escritos de Giner de los Ríos: La persona Social. Si entendemos el concepto de persona social, entendemos el concepto de universidad

    b) El Museo Pedagógico Nacional (1882). Bartolomé Cossío

    Cuando se creó se llamó Museo Pedagógido de Instrucción Pública y posteriormente, con el Reglamento, se cambió el nombre. ¿Qué era un Museo Pedagógico? Museo en el que se exponían bancos, sillas, libros de texto..de distintas escuelas. Pero había más. Este museo, Bartolomé Cossío se empeñó en que fuera activo, es decir, en el que se diean conferencias, cursos,..

    El Museo Pedagógico daba clase. El catedrático era Bartolomé Cossío.

    En primer lugar se encuentra en la primera sala material científico, aquellos instrumentos como tubos de ensayos. Material didáctico no sólo de las ciencias, sino también de matemáticas. El material científico es aquel material con el que se aprendia ciencias, también había enciclopedias. En una segunda sala se encontraba la biblioteca; la mayoría y grandeza de la biblioteca era de pedagogía. En la tercea sala se encontraba el mobiliario.

    El fín general del museo pedagógico era la reforma cualitativa de la educación, reformar los estudios de todos los niveles excepto universidad. Los fines particulares eran las pomociones de estudios pedagógicos, extensión cultural pedagógica.

    c) Boletín de Institución Libre de Enseñanza (B.I.L.E.) (mazo de 1877-dic. 1936)

    El contenido del Boletín es el siguiente:

    • Trabajos originales, teóricos, experimentales...:pedagógicos, científicos, culturales

    • Recensiones críticas de libros y otros escritos (reseñas)

    • Extractos de lecciones de las distintas ciencias

    • Catalogos de gabinetes de la I.L.E., colecciones

    • Noticias sobre conferencias, actos culturales... de la institución

    • Anuncios varios

    d) Los profesores de la ILE en el Congreso Nacional Pedagógico de Madrid (1882)

    En este congreso aparece en publico por primera vez la ILE. Comezó a tomar cierta fama. Duró 6 sesiones:

    1ª Sesión ¿Cuáles deben ser la organización y condiciones generales de la educación pública?¿Deberá ser gratuita o retribuida, obligatoria o voluntaria?

    2ª Sesión “Carácter, sentido y limites que debe tener la educación primaria en sus diferentes grados, así en las escuelas urbanas como en las rurales, y programas y medios que en unas y otras deben emplearse para obtener una educación integral...

    3ª Sesión “De la intuición en la escuelas primarias, exponiendo cuál deba ser su alcance respecto de la educación. Procedimientos y medios para aplicarla..según las necesidades y los recursos...

    4ª Sesión “Necesidad e importancia de las escuelas de párvulos, exponiendo los métodos principales porque se rigen, y diciendo cuál es más conveniente, y si deben ser maestros o maestras los encargados de dirigirlas, ¿Ha de determinar la escuela de párvulos la unión de los dos sexos..?

    5ª Sesión “Reformas que reclaman nuestras escuelas normales. Instituciones pedagógicas que con ellas deben concurrir a la formación de los maestros de ambos sexos y a elevar la cultura de la mujer..”

    6ª Sesión ¿Qué reformas deben inroducirse en la manera de se del Magisterio pimario como clase, para mejorar sus condiciones materiales y atraer a él pate de la juventud que sigue otras pofesiones?”

    Los pofesores de la ILE que asistieron:

    * Rafael María Labra, Joaquín Costa, Francisco Giner de los Ríos, Jose Caso, Joaquín Sama, Germán Flores, Gumersindo Azcárate, José Lledó, Bartolomé Cossío.

  • La influencia de la ILE en la “extensión universitaria” (1896-1898) (Pág. 117)

  • Afán de la univesidad por llegar al pueblo. Esta primera extensión univesitaria era como lo que se llama hoy Escuela de Abogacia. Antes de 1897 ya se hacía esto durante dos años o tres, pero en Derecho y a oto nivel.

    Origen y antecedentes “University Extensión” de Oxford, Cambridg...Estudiantes que iban a algunos pueblos a ejercer. Esto fue un fracaso. Comienza como extensión universitaria propiamente dicha, hacia 1898, con cursos de unas dos semanas aproximadamente, donde se hablaba de todo (cultura, teatro: La Barraca, Garcia Lorca,..). Los profesores eran de la universidad. Fue un fracaso porque no llegaba a tener los resultados que se pretendían. La intención era la de llevar la universidad al pueblo.

    Destacaron otras extensiones universitarias como las de Sevilla (1899), Oviedo (1898), Valencia ( 1902), Barcelona (1902-1905), Salamanca (1901) . La más importante es la de Oviedo que fue la que comenzó la labor.

    f) Institucionalismo / Regeneracionismo

    Desemboca en el reformismo escolar. Un sentimiento nacional de “inferioridad” -de “degeneración” de lo hispano- encontró remedio en la reacción “regeneracionista” que hablaba de “hispanidad” , de “colonialismo cultural”, de “ceencias y costumbres...”. El regeneracionismo surgía como “conciencia crítica” de una realidad política y social, económica y educativa,moral y religiosa, que parecía perder de pronto su entidad. Pero, al mismo tiempo, nacía un sentimiento de “rehabilitación” por parte de cierta elite intelectual, literatos, políticos interesados en el progreso y promoción de las clases populares y de la burguesía media, que conformaría le “Generación del 98”..con la intención de recobrar el tono y el pulso normales de la vida española recreando nuevos modelos de saber y conducta, de pensar y decir.

    Pueden estimarse testimonio o referencias claves del “regeneracionismo” español involucrados o relacionados, en mayor o menor medida, en lo pedagógico-social los siguientes:

    • Concepción Arenal

    • Joaquín Costa

    • Lucas Mallada

    • Gumersindo de Azcárate

    • Rafael Altamira

    • Ramiro de Maeztu

    • Miguel de Unamuno

    En Reconstitución y europeización de España (1900) Se proponía la búsqueda de nuevos sistemas institucionales para la regeneración española con la mirada puesta en Europa. “La mitad del problema español está en la escuela”; el problema regeneracional de España es pedagógico tanto, o más, que económico y financiero. Con la “euopeidad”, como tendencia de la escuela española se articulaba en conjunción dialéctica lka “españolidad”, relación qwue alcanzó pronto una magnitud tan espl´ñendida como inespeada no sólo en educación,sino también en las artes, en le literatura, en la cienica... de modo que contribuyó a un nuevo florecimiento cultual en la historia española, que se ha denominado “ead de plata”.

    En el “españolismo” se acoplaron las ideas de “tradición”, de “patria”, de “lo castizo”... y el sentimiento de “hispanidad” referido a “lo hispano” en sí y a la comunidad espiitual de España con los países americanos de cultura española.

    La Educación patriótica consiste en que “los niños sientan amor al solar que les vio nacer,que tengan confianza en su valer individual y en el de al raza”.

    La Educación nacional, unificada en todos sus grados y niveles, desde la escuela de párvulos a la universidad, tendría que ser integral si pretendía “regenerar” al pueblo español. La regeneración de un pueblo comienza por las mejores condiciones de vida, calidad de nutrición y de higiene; en una palabra, por su educación física.

    La desilguadad social tenía su primera razón de ser en la mala o escasa alimentación de las clases pobres, y en la falta de educación física, a la que no se prestaba el menor interés en la escuela. Pero el pueblo, el mundo obrero, los adultos, a quienes iba dirigido todo este programa de regeneación nacional,no respondieron de la misma forma y grado ni supieron sacar el povecho esperado. Los arrebatos “populistas” por bien intencionados que sean, no calan lo suficiente: el “populismo” de Costa, encontró siempre, al final, los recelos del pueblo, su natual falta de confianza.

    La reforma de las escuelas era como siempre el objetivo pincipal y determinante al que tendrían que orientarse todos los esfuerzos y afanes de la nueva pedagogía. El principio general del regeneracionismo pedagógico es que el proceso instructivo tiene que ser en realidad proceso educativo. Esto originó un especial interés para la dinámica intrínseca del modelo de institución escolar. El reformismo escolar de las primeras decadas del siglo XX en España fue “lugar de encuentro” de: El institucionalismo educativo de la ILE referido a sus coordenadas, la humanista (de Giner de los Ríos) y la propiamente reformista (de Manuel B. Cossío) a través del Museo Pedagógico Nacional; el científico pedagógico europeo; el movimiento de las escuelas nuevas.

    La escuela graduada fue un signo de evolución cualitativa de la enseñanza pública. Toda esta enseñanza requería buenos maestros para llevarla a cabo, para logar toda su eficacia. LA formación del magisterio debería atender a su formación científica, pedagógica y práctica.

    Etapa Científica (1907-1936)

    El decreto clave es la creación de la Junta de Ampliación de Estudios e Investigaciones científicas (JAE) (Real Decreto de 11 de enero de 1907), que fue el comienzo de una etapa marcada por la promocion de la ciencia y de la investigación en España,mediante la fundación de instituciones docentes, científicas y pedagógicas, de carácer oficial, o “semioficial” a instancias,modos y maneras del saber y hacer de la ILE.

    A la JAE siguieron:

    • Centro de Estudios Históricos para promover las investigaciones científicas de nuestra Historia patria” (Real Decreto de 18 de marzo de 1910).

    • Residencia de estudiantes” (Real Decreto de 6 de mayo de 1910)

    • “Instituto Nacional de Ciencias Físico Naturales (Real Decreto de 27 de mayo de 1910)

    • “Instituto - Escuela de Segunda Enseñanza de Madrid” (Real Decreto de 10 de mayo de 1918

    Si por razón de logros y prefencias la segunda época de la ILE (1881-1907) se anotó como de “innovación pedagógica”, ésta entre 1907 y 1936, por su variedad de intereses y pluralidad de tareas puede considerarse a la vez “institucionalmente científica y cultural”, “de renovación pedagógica”, y de “consolidación definitiva de lo que se ha venido entendiendo como “espiritualidad común” de la ILE.

    Junta para ampliación de estudios (J.A.E.) e investigaciones científicas (1907)

    Eran competencias o funciones de la JAE según el citado R.D. de 1907 las siguientes:

    • Servicio de ampliación de estudios dentro y fuera de España

    • Las delegaciones en Congresos científicos

    • Servicio de información extranjera y relaciones internacionales en materia de enseñanza

    • Fomento de los trabajos de investigación científica

    • La protección de las instituciones educativas en la enseñanza secundaria y superior.

    Hay otro punto que no consta como función pero si como una introducción y que es la Concesión de pensiones. La JAE tendría que hacer las propuestas de “pensión” a favor de profesores y alumnos que iban a realizar estudios en el extranjero; se ocuparía de la publicación de los trabajos científicos de los pensionados para que el pueblo se beneficiase de ellos, “organizando cursos especiales para exponer el resultado de sus estudios, dedicando su experiencia a la mejora de la enseñanza y creando Centros de de Investigación”. En el caso de que los pensionados obtuvieran el certificado de suficiencia por la Junta “podrán tener derecho a ocupar las plazas de Auxiliares numerarios en las Universidades, Institutos y Escuelas especiales dependientes del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes”. Se pretendía abrir “una corriente de comunicación científica y pedagógica con el extranjero” con la finalidad de poner al día nuestro haber científico y académico, así como la metodología investigadora y docente mediante la preparación de intelectuales y estudiosos seleccionados por la “Junta de pensiones”.

    Se constituía el consejo directivo de 21 miembros presidido por don Santiago Ramón y Cajal y era nombrado secretario de la Junta don José Castillejo Duarte.

    Las tareas de la Junta, sus afanes y desvelos, los esfuerzos por mantener un alto nivel en los cursos y trabajos realizados, la supervisión de todo lo que a través de ella se “administraba” por el bien de la Ciencia y educación en España...cumplieron lo estrictamente reglamentado.

    Contexto en 1907 Se distinguían dos etapas, una dominante (Alemania, Inglaterra) y otra pasiva (España, Grecia, Rusia, Fancia). Un eje de dos naciones: Alemania / Inglaterra (Poder/ Burguesía capitalista). Era una Europa dominante en recursos, intelectualidad, técnicas.

    El progreso material está casi siempre unida a un progreso cultural. España era considerada en el extanjero como un país con un alto nivel de analfabetismo y de indiferencia; algunos países iban bien con respecto a España. Se creó en tonces la JAE. Tras la Guerra Civil (1942) se la cambió el nombre a CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas). Era una continuación de la JAE.

    Con lo referente al la función de Servicio de información eductiva, cbe de cir, que la Escuela Nueva estaba influyendo en nuestro país, en nuestras pedagogos y en la ILE. Desde 1882 (2º período), el Museo pedagógico Nacional ejercia gran influencia. Se había despertado el afán por una pedagogía científica y por una metodologia basada en dicha pedagogía cintífica. En 1882 aparecen 9 pofesores de la ILE que presentaron en el Congreso ponencias largas.

    Teníamos dos formas de recibir lo que en el extranjero será la Pedagogía más avanzada:

  • Museo Pedagógico Nacional

  • Congresos

  • Hubo un movimiento sobre la pedagogìa científica, la pedagogía más avanzada. Pero los alumnos que asistían a estas conferencias eran alumnos de escuelas normales (escuales de magisteio). En estos congresos se explicaba:

    • Teoría de la Educación escuelas de magisterio

    • Didácica Metodología

    Todo esto va creando un clima; es necesario que nuestros profesores, pedagogos vayan al extanjero a ver directamente estos métodos. Esto es lo que pretendía la JAE. Ésta deba becas para que los pofesores, tras sus estudios,marcharan al extranjero. El dinero lo pagaba el Estado pero era la ILE la que seleccionaba las personas que iban a marchar. Esto creaba cietos celos en otras instituciones. Nuestra información tenía uina influencia enorme. Pero era una información contrastada porque el pofesor debía hacer un informe sobre todo lo que había aprendido. Te exigian que dijeras en conferencias lo que habías aprendido en el Museo Pedagógico Nacional. Este podía dar clase en universidades e institutos como iterino sobre lo que había aprendido. Esto creaba ciertas quejas.

    Centros de Estudios Históricos (1910)

    Fue creado por el Real Decreto de 18 de marzo de 1910 con el propósito de fomentar los estudios e investigaciones científicas sobre la historia patria. Sive para describir nuestra propia historia. Nuestra historia está en aquellas disciplinas que tengan una aplicación rápida. No es el caso de las Disciplinas de Derecho y Medicina.

    En el Decreto se especificaban las siguientes funciones:

    • Investigar las fuentes, preparando la publicación de edicciones críticas de documentos inéditos o defectuosamente publicados (crónicas, obras literarias, etc.)

    • Organizar misiones científicas, excavaciones y exploraciones para el estudio de monumentos, documentos, dialectos, folklore, instituciones sociales...

    • Iniciar en los métodos de investigación a un corto número de alumnos,haciendo que éstos tomen parte, cuando sea posible, en las tareas anumeradas, para lo cual organizará trabajos especiales de Laboatorio.

    • Comunicarse con los “pensionados” (bacados) que, en el extranjero o dentro de españa, hagan estudios históricos , para prestarles ayuda y recoger al mismo tiempo sus iniciativas y preparar a los que se encuentren en condiciones, para que sigan trabajando a su regreso.

    • Formar una Biblioteca para los estudios Históricos y establecer relaciones y cambio con análogos Centos científicos extranjeros.

    Cuando se crea el Centro de Estudios históricos, la ILE contaba ya con una tradición en el estudio de la historia del arte, del derecho, de la cultura. Las secciones que lo constituyeron fueron: Filología, Arqueología, Ate, Derecho, Historia, Filosofía árabe, Instituciones medievales, Filosofía Contemporánea, Estudios Semíticos, Archivo de Literatura contemporánea, Estudios Hispanoamericanos.

    El presidente era Ramón Menéndez Pidal

    Residencia de Estudiantes (6 de mayo de 1910)

    “Basada en los principios de la libertad, regulada ésta voluntariamente por la influencia de un ideal colectivo, por la que ejercen las generaciones ya formadas sobre las nuevas, por la del prestigio intelectual y moral de los directores y por su convivencia con el escolar”.

    La residencia persigue que habiendo comunicación entre profesores y alumnos, éstos convivan conjuntamente. Para los responsables de la JAE, como institucionistas, no bastaba la sola instrucción o información científica de la juventud; era necesaria, además, la educación, que afecte al carácter, a las costumbres, al trato social, a la tolerancia y respeto mutuos,.. y esto se logra por la convivencia o vida en comunidad. La Residencia de estudiantes pretendió ser desde su creación misma una comunidad escolar y educativa inscrita en la JAE y bajo la dirección de un comité que velase por su ordenamiento institucional y su eficacia.

    Alberto Jiménez Fraud fue su directo desde 1910 hasta 1936. La Residencia logra alcanzar buena fama,nacional e internacional. Reciba la visita de intelctuales, músicos y científicos de altura ( Dalí, Lorca, M;achado, Otega y Gasset). La vida de la Residencia ea grata, con espíritu de trabajo, apacible; su oganización y administración, modélicas. La Residencia Femenina, apartir de 1915, bajo la dirección de María de Maeztu, petendía imitar el modelo de la masculina. Residencia Infantil (1914) y Residencia de niñas (1917).

    Las funciones de la Residencia son:

    • Educación en la convivencia

    • Comunidad escolar y educativa

    • Actividad artística, literaria, cultural, científica.. (publicaciones)

    • Intercambio cultural y científico.

    Instituo Nacional de Ciencias Físico-Naturales (1910)

    Creado por el Real Decreto de 27 de mayo de 19610, nacía como agrupación de varios organismos dependientes de la JAE: “Museo de Ciencias Natuales” (con sus anejos marítimos de Santander, y una estación alpina de Biología), “Museo de Antopología”, “Jardín Botánico”, “Laboatoio de Investigaciones biológicas de Ramón y Cajal”, “Laboratorios de Investigaciones científicas y físicas”. El director del Instituto era Santiago Ramón y Cajal.

    El Instituto se propuso formar personal investigador y ofrecer los medios necesarios para una reparación adecuada pensionando a alumnos y pofesores bien dispuestos para la ciencia, para la ampliación de estudios y fomentando la publicación y comunicación de trabajos científicos.

    Las funciones son:

    • Formación de investigadores personal dedicado a las investigaciones

    • Relación con científicos extranjeros posibilidades de etudiar en el extranjero

    • Utilización común de laboratorios.

    En definitiva, de lo que se tataba era de favorecer el cultivo de las ciencias físico-natuales.

    Instituto-Escuela de Segunda Enseñanza de Madrid (1918)

    Creado por el Real Decreto de 10 de mayo de 1918: “Con los elementos de Profesorado oficial y bajo la inspección y dirección de la JAE, se organizará en Madrid, con el carácter de ensayo pedagógico, un Instituto-Escuela de segunda enseñanza, con residencias anejas para todos o una parte de los alumnos,en el que se aplicarán nuevos métodos de educación y planes de estudios. Se ensayará al mismo tiempo sistemas prácticos para la formación del personal docente, adaptables a nuestro país.”

    Fue muy impotante. Durante muchos años se imitaran concursos previos (concursos de preparatoria); tras estos años hacían el bachilleato. Tras los cursos de preparatoria se hacía una prueba, un ingreso para acceder al bachilleato. Esta prueba, en ocasiones, podía llegar al fracaso del sujeto.

    El Reglamento del “instituto-Escuela” (R.D. de 10 de julio de 1918) odenaba que sus enseñanzas se distribuían en nueve grados, de los cuales, los seis últimos correspondían a los estudios de segunda enseñanza, y los tres primeros a la sección preparatoria.

    El Instituo-Escuela era un ensayo, con el que se proponía experimentar un modelo de segunda enseñanza con el fín de reformar con garantías de éxito este nivel de instrucción; se orientaba a la formación filosófico-pedagógica, metodológica práctica y científica, para los docentes de segunda enseñanza. Tendría la ocasión de demostar realmente lo que la ILE venía predicando desde sus primeros años:

    • Que la segunda enseñanza ha de constituir unidad con la pimaria y continuar el proceso de fomación de ésta, aunque con diferencia de métodos y de grado en los contenidos, como cada edad y cada nivel lo exige.

    • Que el ideal humanista -educar al hombre-es el que ha de inspiar toda la vida escolar

    • Que la formación del maestro ha de ser completa si quiere realizar plenamente su vocación y crear la verdadera elite

    El alumno ingresaba en el Instituo-Escuela a los 8 años de edad y podía terminar sus estudios de bachillerato con 16 cumplidos. Durante la preparatoia cursaba las disciplinas de Religión, Lengua Castellana, Geografía, Historia, Aritmética y Geometría, CC.NN,...actividades depotivas, excursiones, juegos..Los seis grados de secundaria incluína las materias citadas con un mayor nivel de complejidad y de especialización y también el etudio de Psicología, Lógica, Ética, Economía, Física,...

    Los profesores del Instituto-Escuela - de la “Sección Preparatoria”, dirigida por María Maeztu, como de la “Sección de Bachillerato” , dirigida por Luis Santullano- eran elegidos y nombrados por la propia JAE.

    TEMA 3: LA REFORMA EDUCATIVA DE LA II REPÚBLICA ESPAÑOLA

    (1931-1936)

    I. INTRODUCCIÓN

    Los movimientos populares, las reivindicaciones de los sindicatos (CNT y UGT) y los sentimientos autonomistas de catalanes, vascos y gallegos se radicalizaron. La década de los treinta nacía como “circunstancia” adversa y nada propicia a las esperanzas de progreso y bienestar:

    • La crisis económica estructuras arcaicas de la producción y de la industria, textil y siderúrgica; deficitario balance comercial; falta de inversiones de capital...

    • La cuestión agaria siempre a la espera de una reforma que nunca llegaba

    • Las carencias culturales y educativas del pueblo

    • La inseguridad de unas estructuas sociales y políticas que se resquebrajaban a cada paso

    • La cuestión social en los núcleos industriales, mineros y, con mayor gavedad, en el mundo rural...

    Las elecciones municipales del 12 de abril de 1931 dieron triunfo a la coalición repubolicano-socialista. Se proclamaba oficialmente la República el 14 de abril de 1931. Alfonso XII abandona el país. Los socialistas se contentaban con un reforma social paulatina por medio de decretos sobre reforma agraria, cuestiones laborales, instrucción pública, cultura, ejército, Iglesia-Estado, nacionalismos, sistema tributario...

    La transición se afianzaba, pues, con una política de cierta moderación, salvo el brote anticlericalista, nefasto con la quema de conventos. La II República no fue, por tanto,en sus primeros momentos ni la revolución esperada pornlos radicales, ni, con el tiempo, la ejecutora de las reformas necesarias y totales que los verdaderos republicanos propugnaban, acaso porque la república no contó con el número suficiente de republicanos auténticos y sí con demasiados “conversos” y “adherentes”.

    Los objetivos inmediatos de las nuevas Cortes eran la elaboración y sanción de la constitución, las leyes complementarias, la designación del Jefe de Estado. La Constitución de la República española se aprobó el 9 de diciembe de 1931. Alcalá-.Zamora es nombrado pesidente de la República; Manuel Azaña forma gobierno con socialistas y republicanos liberales (Bienio Azañista). Se dictan leyes , órdenes, decretos,...que desarrollen el espiritu de la constitución republicana: la disolución y confiscación de los bienes de la compañía de Jesús (1932) que comportaba el cierre de sus escuelas y casas de espiritualidad. El malestar de laIglesia por el laicismo oficial y por el anticlericalismo de algunos sectores republicanos presentado contra las ódenes religiosas, los problemas “prácticos” de la reforma agraia, la vigencia de los problemas económicos y sociales, la radicalización de los anarquistas,...y otras razones puntuales aceleraron la disolución de las Cortes y la consiguiente convocatoria de elecciones generales para el 19 nov. de 1933, dando la victoria al “Partido Radical” (de Lerroux), a la “Conferedación Española de Derechas Autónomas” (CEDA). Es lo que se conoce como el Bienio radical-cedista -desde 19 de noviembre de 1933 al 14 de diciembre de 1935-y volvieron posturas conservadoras, con brotes reaccionarios.

    Tas la disolución de las segundas Cortes, las nuevas elecciones generales de 16 de febrero de 1936 dieron victoria al Frente Popular integrado por “Izquierda Republicana (Azaña)”.

    Política educativa del “Gobierno Provisional”

    Proclamada la reública el 14 de abril de 1931, el gobierno provisional se dispuso a la tarea de la reforma educativa a través del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes de la mano de su titular, don Marcelino Domingo. Desde el !4 de abril hasta la proclamación de la Constitución republicana (9 de diciembre) gobierna el Gobierno Provisional. Siete decretos:

    Bilingüísmo en las escuelas de Cataluña (29 de abril, de 1931) respetar la lengua materna, sea ella cual fuere: 1º. Que en las esculeas maternales y de párvulos, la enseñanza será exclusivamente en la lengua materna, catalana o castellana; 2º.Que en las escuelas primarias la enseñanza se dará también en lengua materna, sea castellana o catalana, pero que, a patir de los ocho años se enseñará a los alumnos catalanes el conocimiento y práctica de la lengua española; 3º. Que la Univesidad de Barcelona por medio de su Seminario de Pedgogía, junto con los organismos cultuales de la Generalitat, la Inspección y el Patronato escolar de Barcelona oganice cursos de perfeccionamiento con este fin ( que no produzca trastornos pedagógicos en los niños).

    Reorganización del “Consejo de Instrucción Pública” (4 de mayo, 1931)

    No obligatoriedad de la Instrucción religiosa en las esculeas públicas y otros centros dependientes del Ministerio de Instrucción Pública (6 de mayo, 1931) la cuestión educación moral/escuela laica y la libertad religiosa.

    Cultura popular: Creación del “Patronato de Misiones Pedagógicas” (29 de mayo,1931)

    “Consejos” escolares: “Consejos Universitarios de Primera Enseñanza”; “Consejos provinciales...” (9 de junio, 1931)

    • Normas para la preparación del Magisterio primario” (29 de septiembre, 1931). (Plan de 1931).

    Este decreto venía de algún modo a hacer realidad una inquietud republicana: la fomación de un buen pofesorado (una escuela funciona con un buen pofesor)Todo buen profesor debe tener:

    • Preparación científica (cultural) cultura general: en institutos de 2ª enseñanza

    • Preparación pedagógica ( pofesional) formación profesional en Escuelas Normales.

    • Preparación práctica práctica docente en Escuelas Primarias Nacionales.

    Disciplinas que deben estudiar en las Escuelas Normales ( Escuelas públicas, 8 años):

    Filosofía, Psicología, Metodología de la Matemáticas, Pedagogía, Fisiología, Música, Dibujo, Trabajos manuales, Hª de la Pedagogía, Organización escolar, Trabajo de especialización, Metodología de la física.

    Ingreso en la “Inspección de Primera Enseñanza”. La inspección Cental (2 de octubre, 1931) ingreso en el cuerpo de inspectores mediante oposición o por concurso restringido.

    La Constitución de la República Española (1931) y la educación. La Escuela Única.

    El artículo 48 de la Constitución de la República proclamaba:

    “El servicio de la cultura es atribución esencial del Estado y lo prestará mediante instituciones educativas enlazadas por el sistema de la escuela unificada.

    La enseñanza primaria será gratuita y obligatoria.

    Los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial, son funcionarios públicos. La libertad de cátedra queda reconocida y garantizada. (Relación con la 1ª y 2ª cuestión universitaria que tuvo que ver con el origen de la ILE)

    La República legislará en el sentido de facilitar a los españoles económicamente necesidatos el acceso a todos los grados de enseñanza, a fín de que no se hallen condicionados más que por la aptitud y la vocación. (Becas)

    La enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideas de solidaridad humana.

    Se reconoce a las Iglesias el derecho, sujeto a inspección del Estado, de enseñar sus respectivas doctrinas en sus propios establecimientos. (Cuando se habla de Iglesias se refiere no sólo a la católica sino a todas las religiones. Siempre que el Estado lo vigile, tendrán el derecho de enseñar sus doctrinas, en sus propios establecimientos)

    La escuela única debería ofrecer todas las posibilidades de formación y desarrollo a todos los niños, por igual, según sus aptitudes e inclinaciones. La idea de “escuela única” se recibe en la Constitución republicana a partir de una triple vía: junto a la influencia de índole político-constitucional, hay otra de orden histórico-constitucional. Ambas se complementan con una tercera, propiamente pedagógico-ideológico, promovida por quienes desde un plano teórico, o práctico, tenían algo que decir en materia de educación e instrucción pública.

    1. Vía Histórico-teórico-pedagógicas

    Caracteres de la Escuela Unificada Republicana:

    * Art. 48 Constitución Republicana primaria gratuita y obligatoria, laica, democrática y progresista, libertad de cátedra, igual para todos, escuela función del Estado, educación función social, magisterio unificado.

    Autores de la Escuela Unificada españolaÚnica Republicana: L.Luzuriaga; M. Domingo; R. Llopis; F. De los Ríos; D. Barnés; F. Sanz; A. Ballesteros; L. Santullano; L. De Zulueta.

    Antecedentes:

    • I.L.E.

    • Escuela Nueva Europea:

    • Dewey “La escuela y la sociedad”

    • A. Ferriere “La escuela activa”

    • G. Kerchensteiner

    • Escuela Única Alemana

    • Escuela Única Francesa

    • Ecuela Única del Trabajo (URSS) Presenta una línea discontinua porque no se encuentra tan claramente su influencia sobre la Escuela Única española.

    2. Vía Político-Constitucional

    Estas constituciones influyen en la Constitución republicana española (9 diciembre, 1931).

    - La Constitución alemana hablaba de la escuela única, en el artículo Die Einheltsschule. La constitución alemana de Weimer es la que más influye.

    - La Constitución francesa L'Ecole Unique se refiere al art. 48

    - Otras Constituciones: austriaca,...

    Bienio Azañista”: Ministerio de Fernando de los Ríos

    Las urgencias del gobierno provisional en instrucción pública quedaban atrás. Había que hacer un análisis crítico de lo legislado hasta entonces y de la situación de la enseñanza: déficit de escuelas y de institutos de segunda eneñanza, insuficiente presupuesto dedicado a instrucción pública, número de analfabetos, formación y sueldo de los maestros, organización pedagógica de las escuelas,...

    * Supuestos teóricos de su humanismo pedagógico:

    • Política y educación

    • Socialización de la enseñanza: caracteres del humanismo pedagógico de Fernando de los Ríos.

    Fernando de los Ríos sucedía en Instrucción Pública a Marcelino Domingo; un socialista sustituía a un radical socialista. Su socialismo no admitía ni la dictadura del proletariado ni el autoritarismo de cualquier partido político. Su carácter era más socialista que institucionalista. En el fondo fue socialista pero en pedagogía era “humanista”. Fue becado por la JAE y estuvo en Alemania en una escuela con inflkuencia de Kant.

    El sentido social que Fernando que Fernando de los Ríos pretendió dar a toda costa a la refoma de la enseñanza. No hay democracia política cuando la mayoría es “incompetente”; entonces, el gobierno ha de atender a la progresiva formación del pueblo; “la función, pues, de la democracia, consiste en cultivar la totalidad de la comunidad para sacar entre todos, los mejores”, es decir, “crear aristocracias”. La socialización de la enseñanza encajaba con la democratización de la cultua, la elevación del nivel cultural del pueblo, la democracia política,...

    Principios prácticos y realidades:

    • Escolarización: creación de escuelas.

    • Formación de magisterio No basta con la creación de las escuelas, sino que lo que hace falta es la peparación del magisterio. Era necesario preparar buenos maestros. Formación científica y pedagógica, técnica y práctica del Magisterio:

    • Ceación de la Sección de Pedagogía de la Facultad de Flosofía y Letras (Universidad de Madrid). Decreto de 27 de enero, 1932). Art. 1 del Decreto se dice para qué servirán esos estudios pedagógicos. En un principio la Licenciatura de Pedagogía tenía 2 años comunes con la facultad de Filosofía y Letras y después 3 años de especialización ( que es donde se daba Pedagogía). Los estudios de Pedagogía se inauguran con una sección de Pedagogía, servía paa una mayor actualización en nuestro país de esa sección. También servían para tres clases de títulos:

    - Certificado de estudios pedagógicos

    - Licenciatura de Pedagogía servía para ser profesor en escuelas primarias y nacionales, para presentarse a cátedras de escuela de magisterio y para inspector de escuela primaria.

    - Doctorado de Pedagogía solo si ibas a ser profesor en la Universidad

    • Enseñanza de Adultos e instrucción postescolar complementaria (Orden M. de 1.º de diciembe, 1932) (Tanto para adultos como para adultas)

    • Clases complementarias o “escuelas de perfeccionamiento”; ampliación cultural, preparación comercial (mecanografía, taquigafía, contabilidad..), oficios, enseñanzas artísticas, del hogar.

    • Escuelas de párvulos: razones sociales, pedagógicas y esistenciales. Reseña histórica: Montesino, “fröbelismo”, López Catalñán, Pedro de Alcántara García, “escuela montessoriana”, Decroly...

    • las escuelas “montessorianas” de párvulos y la metodología de O. Decroly: Rosa Sensat.

    • Carácter técnico pedagógico de la Inspección dejaba de ser un carácter político para ser una inspección de carácter pedagógico. El inspector se “humaniza” más. No es sólo el que va a inseccionar; el fín de la República era hacer más pedagogos que políticos.

    • “Inspección profesional de Primera Enseñanza” (Decreto de 2 de diciembe., 1932). (Complemento del Decreto de 2 de octubre de 1931).

    - Junta de Inspectores en cada provincia-

    • “Inspección General de Segunda Enseñanza” (Creación por Decreto de 30 de diciembre, 1932)

    Bienio “radical-cedista”: Ministerio de Villalobos

    Después de las elecciones de diciembre de 1933 viene un nuevo gobierno. Los radicales ganan las elecciones.

    Republicanos radicales (Lerraux) + CEDA (Derechas) Bienio Radical - Cedista

    • Orden de 1 de agosto de 1934 Sin efecto el régimen de “coeducación” en las escuelas. La coeducación fue,en efecto, el primer blanco de los ataque por parte de las organizaciones de la derecha. Pero por parte de Federación de Trabajadores de la enseñanza, de la Asociación Nacional del Profesorado,.. no se veían razones técnicas o pedagógicas, ni siquera morales, que aconsejaran derogar la coeducación.

    • Decreto de 23 de julio, 1935 Contra la “gubernamentalización”, supresión de la Inspección Central.

    • Orden de 26 de Noviembe, 1935 contra la “inamovilidad” de los inspectores profesionales en sus destinos locales.

    • Decreto de 29 de agosto, 1934 “Plan de estudios de Bachillerato”. El bachillerato contaba de 7 cursos constituidos en 2 ciclos:

    • Primer ciclo los tres primeros cursos (Grado Elemental)

    • Segundo ciclo:

    - Gado formativo: 4º y 5º cursos

    - Gado científico: 6º y 7º cusos

    - confluencias: El Poyecto de “Ley de Bases de Enseñanza Primaria y Segunda Enseñanza” (1932, de Fernando de los Ríos; la participación del Consejo de Instrucción Pública; y la Inspección de Segunda Enseñanza).

    El primer ciclo era un ciclo cultural, en el que se enseña la “cultura elemental”. El segundo ciclo era como más profesional. De tal forma que se pueden distinguir dos niveles: uno cultural y el otro pofesional.

    2º ciclo Primer grado: Obtenían un certificado con el que podía acceder a las carreras de magisterio (grado medio).

    2º ciclo Segundo grado: Obtenían un título de Bachiller con el que podían acceder a la Universidad o a Tabajar en ciertos puestos de la administración.

    Aunque este plan estaba bien planeado, fracasó. Dejó a un lado un poco el carácter pofesional en las cursos 6º y 7º. Era como un Bachillerato para pasar a la Üniversidad. Esto povocaba un handicap en aquellos alumnos que no podían acceder a la Universidad, bien porque sus padres no podían permitirselo, bien porque no eran suficientemente brillante. De tal forma que aproximadamente el 25% o 30% terminaban 5º y allí se quedaban.

    Asignatura del 2ºº ciclo Lengua española y Literatura, Latín y Griego, Francés, Geografía e Historia, filosofía y Ciencias Sociales, Matemáticas, Ciencias Físico-naturales, Ciencia Naturales, Física y Química, 2º idioma, Dibujo, Educación física.

    • Decreto de 11 de julio, 1935 sobre la creación de la “Junta” o “consejo” de Rectores de las Universidades.

    A partir del Frente Popular (febrero de 1936)

    Las elecciones generales del 16 de febrero de 1936 fueron ganadas por el Frente Popular, alianza de los partidos y organizaciones de la izquierda. El Frente Popular se llama así cuando se unen los de izquierdas. Esta unión era peligrosa porque si los de izquierdas se unen, lo de derechas también y ocurre una guerra. En su programa, el punto ocho, referido a la enseñanza: “La República tiene que considear la enseñanza como atributo indeclinable del Estado,..” El nuevo equipo ministerial estaba integado por: Marcelino Dominogo, ministro de Instrucción Pública; Era de esperar que se volviese a la política educativa del Bienio de Azaña. Las reformas ddurante este período ( de febrero a julio de 1936), se ordenaban en dos clases:

  • Reformas propiamente pedagógicas, de organización escolar:

    • “Certificado de estudios primarios” D. de 14 de marzo Al alumno que acababa estos estudios se le daba este certificado que ante una tasa de analfabetismo tan grande, con este certificado podía trabajar en cualquier lugar.

    • “ Direcciones de escuelas gaduadas” D. de 14 de marzo Grupos escolares dirigidos por una persona que tuviera el título de director de escuelas gaduadas.

    • Resablecimiento del “Patronato escolar de Barcelona” D. de 7 de marzo, creación del “Consejo Municipal de Cultura de Madrid”, y restitución del “Patronato de la Universidad de Barcelona” (D. de 24 de febero) Las autonomías (de Barcelona) querian tener cierta auonomía en la enseñanza y tenían ese patronato porque se había dejado sin vigencia el año anterior. Este punto es dar la vuelta a la independencia de esas instituciones que deseaban ( la independencia). Esa autonomía es mejor que lo que actualmente hay; la autononmía actual es supeior a la que entonces se pedía.

    • Por una escuela mejor O. de 28 de marzo. Ha de tener jardín y taller, ha de ser desenvolvimiento de la personalidad, capacitación. La escuela no debe ser un asilo, ha de ser una escuela de convivencia.

  • Reformas administrativas educativas:

    • Sobre escuelas maternales D. de 21 de marzo

    • Revisión de nombramientos “ilegales” D. de 26 de marzo

    • Reorganización interna del Ministerio de Educación: Dirección General de Bellas Artes (24 de febrero), “Dirección General de Segunda Enseñanza y Enseñanza Superior” (24 de febrero)

    • Restablecimiento de la Inspección Cental de Primera Enseñanza (Decreto de 4 de marzo de 1936).

    TEMA 4: LA EDUCACIÓN ESPAÑOLA DURANTE EL FRANQUISMO

    (1936-1975)

    I. INTRODUCCIÓN

    Períodos del Fanquismo:

    • Período del Nacional-Catolicismo (1936-1952) Todo lo referente a la escuela de esat época marcada por la tendencia de unas teorías católicas (Ibañez Martín).

    • Período del II Franquismo (1952-1970) Aparece el Ministrio de Educación (Ruiz Jiménez)

    • Período del Tardofranquismo (1970-1978) Último años de transición. (Villar Pa)

    PERÍODO DEL NACIONAL-CATOLICISMO (1936-1952)

    La enseñanza en la España “Nacional” en la Guerra Civil (1936-1939)

    La Ley Reguladora de los estudios del Bachillerato (20 de septiembre de 1938) abría la reforma de lo que se llamó entonces Enseñanza Media - y continuó llamándose así hasta la Ley General de Educación (1970), clave y elemento decisivo para la confirmación cultural y pofesional del sistema educativo, tanto más necesario en una circunstancia singular como la que vivía la sociedad española.

    Principios:

    • De un orden antropológico - filosófico : clásico /humanista, religioso/católico, patriótico español. primacía de lo espiitual, tradición y modernidad, y formación de la personalidad sobre un firme fundamento religioso, patriótico y humanístico.

    • De un orden jurídico-didáctico supresión de la enseñanza “libre”. “información superior y unificada del Estado” en el contenido y la técnica de la función docente mediante la inspección general, el exámen de Estado para todos al término de los estudios, disciplina académica bajo la autoridad unipersonal del director en los centros y equiparación formal del estatuto jurídico de todos los alumnos...

    • De carácter pedagógico- didáctico la presencia eminente de la cultura clásica y humanística, un sistema cíclico docente para continuidad de los conocimientos, y la “supresión de los exámenes oficiales intermedios y por asignaturas evitando así una preparación memorística. Duración de 7 cursos.

    Creacción de la Inspección de la Enseñanza - Media:

    “Velará por el cumplimiento de las disposiciones y acuerdos superiores cuidando de que las enseñanzas respondan a los principios inspiradores del Movimiento Nacional...” Los institutos de enseñanza media serán gobernados po un director, correspondiendo la parte administrativa del centro a un secretario. La disciplina académica de profesores y escolares quedaba al cuidado de los directores. Para la aplicación y desarrollo de la Ley en su aspecto técnico docente se constituía la “Comisión asesora de Segunda Enseñanza” integrada en su mayoría po catedráticos de instituto.

    Disciplinas y horas semanales:

    Cuadro de profesores, en el que, cuando menos, haya un Profesor titulado para cada uno de los grupos de las disciplinas fundamentales.

    Enseñanza Universitaria Teminada la guerra, había que emprender con urgencia la reforma de la universidad. La Orden de 25 de abril de 1939 publicaba el “Proyecto de Ley sobre reforma univesitaria” para informar a los claustros y a los doctores y licenciados de sus distritos y recibir de ellos las observaciones o indicaciones que pudieran sugerir sobre las bases de dicho Proyecto.

    Educación y Cultura de la juventud: Organización Juvenil (O.J.) y “Sección Femenina” (S.F. de la F.E.T. y de las J.O.N.S. Los Estatutos de Falange Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional-Sindicalista (FET y de las JONS) de 4 de agosto de 1937 entrañaban la formación física y espiritual de la juventud. “La Organización Juvenil de la FET y de la JONS...inculca en el joven el espíritu nacional-sindicalista, fuerte y unido, y coayuda con la Iglesia en la formación religiosa del niño mediante disciplina y ejercicio físico”. A todo esto se unía el carácter paramilitar de las OJ: emblemas, himnos y canciones, distintivos de mando, instrucción y gimnasia al estilo castrense, saludos,horarios de cuartel,...La “Sección Femenina” de FET y de las JONS, cuyos servicio se “oficializan” con la aprobación de los Estautos por el Decreto de 4 de agosto de 1937, venían realizando su labor desde mediados de 1934 en el seno de Falange poniendo los cimientos para crea un modelo de formación política y educación profesional de la mujer. La guera civil fue ocasión excepcional para demostrar su espíritu de sacrificio y patriótico con los heridos, los enfermos, los necesitados...haciendo de su labor un verdadero “servicio social”. El “Servicio social “ de la mujer se había creado por el Decreto de 7 de octubre de 1937; y se aprobó por el Decreto de 28 de noviembre de 1937. Este servivio ha de servir para aplicar las aptitudes femeninas en alivio de los dolores producidos en la presente lucha. Acaparaban todo lo que puediera referirse a la promoción política y servicio social de la mujer española. El ideal de formación de la mujer Dios, Patria y Hogar. La educación religiosa y la cooperación de la mujer en las actividades parroquiales, la formación política y social a través de “cátedra ambulantes” y la preparación a través de las Escuelas del Hogar para quehaceres domésticos.

    La reforma de la enseñanza y el ideal educativo nacional-católico. Ministerio de Ibáñez Martín (1939-1951)

    La creación del Consejo superior de Investigaciones científicas (D./ley de 24 de noviembre de 1939) asumió las tareas que venían desempeñando la JAE (1907) Su finalidad : fomentar, orientar y coordinar la investigación científica nacional, determinaba sus funciones elaborar una aportación a la cucltura universal; formar un profesorado recto del pensamiento hispánico; insertar a las ciencias en nuestra historia. El Instituto de Pedagogía “San José de Calasanz” fue creado por Decreto de 29 de marzo de 1941; suplía al extinguido Museo Pedagógico Nacional. Se ocuparía del “estudio e investigación de la Pedagogía y su Historia, Metodología, Oganización docente,...

    Consejo Nacional de Educación (Ley de 13 de agosto de 1940)

    Ley de Ordenación Universitaria (29 de julio de 1943) Se proclama la necesidad de una universidad que enseñe, investigue, eduque y forme profesionalmente a sus alumnos, que goce de una autonomía relativa y de una “prudente autonomía financiera” y que acomode sus enseñanzas al dogma, la moral católica y a los puntos pragmáticos del Movimiento. La Iglesia católica y la Falange constituyeron el modelo franquista de universidad.

    Ley de Educación Primaria (17 de julio de 1945) Requería unos principios fundamentales: 1) preparación elemental para los estudios de enseñanza media (bachillerato) y, a la vez, para poder cursar en escuelas pofesionales,a partir de los 15 años de edad. 2) provisión de los mejores recursos pedagógicos y la renovación de los instrumentos educativos, tanto de carácter espiritual como material. 3) respeto a los derechos educativos del niño y familia (doctrina social de la Iglesia) 4) formación continua del maestro.. Reglamento de Escuelas del Magisterio, 1950.

    La enseñanza Media y Profesional. Los Institutos Laborales (1949) La Ley de 16 de julio de 1949 esboza una nueva modalidad de bachillerto : los “Institutos Laborales”. LA enseñanza Media y Profesional es aquella modalidad docente, que además de cumplir con la finalidad general del Bachillerato en orden a la formación humana de los alumnos y a la preparación de los más capacitdos para el acceo a estudios superiores, tiene por especial objeto: a) hacer extensiva la E.Media al mayor número posible de escolares; b) iniciarles en las prácticas de la moderna técnica profesional...Distinción de institutos de bachillerato universitario y de institutos de bachillerato laboral. Los estudios del bachillerato profesional o laboral se programaban para cinco años: estudios comunes ( ciclos de matemáticas, lenguas, geografía e historia,...) y estudios especiales (agrícola y ganadera, industial y minera,marítima y pesquera y modalidad femenina.

    PERÍODO DEL II FRANQUISMO (1952/53-1970)

    Crisis del nacional-catolicismo y presgios de aperturismo. Ministerio de Ruiz Giménez (1951-1956)

    Ley de Ordenación de la Enseñanza Media (26 de febrero de 1953) El cambio formal de los estudios y oganización del bachillerato ( elemental, de cuatro cursos, y superior, de dos , con sus títulos correspondientes, tras sendos exámenes de “reválida”) estableciendo, además un curso “preuniversitario”, para completar la formación de los alumnos que aspirasen al ingreso en la universidad, dejaba atrás, los siete cursos y el “examen de Estado” del valioso Plan del 1938. Se crearon numerosos centros no oficiales. El interés por los aspectos pedagógicos y didácticos de los estudios del bachillerato es patente: la exigencia de una formación pedagógica del profesorado, actualización contínua mediante la Inspección profesional de enseñanza media,..

    La Ley de formación Profesional Industrial (1955) Es la rama de la educación que tiene por finalidad esencial la adecuada preparación del trabajador cualificado en las diversas actividades laborales de la industria. La FPI comprendía los gados de “preaprendizaje” ( conocimientos elementales), de “ aprendizajes” ( formación de aprendices, oficiales y maestros) y “maestría” ( para el perfeccionamiento en determinadas técnicas o profesiones. Esta ley fue el segundo intento serio y coherente de Formación Profesional durante el franquismo -el primero fue la Ley de 1949- para atraer y orientar profesionalmente a una gran masa de población española que reside en sectores industriales, rurales y marítimos.

    Estudio de Universidades Laborales Ya no existen.

    Hacia un cambio social y un modelo tecnocrático. Política educativa del ministerio de Rubio García Mina (1956-1962)

    La Ley de Enseñanzas Técnicas (20 de julio de 1957) Necesidad de organizar los estudios técnicos “dentro de un sistema coordinado y dinámico” y articular, académica y administrativamente, los diferentes grados y especialidades de las enseñanzas técnicas.

    formación de Técnicos e industrialización

    Plan Nacional de Construcciones Escolares (1957) para el cuatrienio (1958/1961)

    Centros de Orientación Pedagógica (Centros de Colaboración) (Oreden Ministerial de 22 de octubre de 1957) y Centro de Documentación y Orientación didáctica deEnseñanza Primaria (DEDOCEP) (Decreto de 25 de Abril de 1958).

    Actualización y formación pedagógica del profesor. Calidad de la enseñanza.

    “Estatuto de Universidades Laborales” (O.M. de Educación y de Trabajo, 12 de julio de 1956). En 1956 Estatutos Docentes: comenzaon a tener atractivo porque fueron elaboradas en un Decreto conjunto de Educación y Trabajo. Dos Ministerios juntos (Ministro de Trabajo y Ministro de Educación) ¿Qué pretenden? a) Formar, educar, adiestrar a la juventud trabajadora en el orden humano pofesional y técnico a través de distintos grados; b) Enriquecer el espíritu y la dignidad social de los trabajadores; c) elevar el nivel cultural, social y de produción; d) facilitar a tavés de un sistema el acceso de los alumnos más capacitados.

    • trabajo, ciencia, educación, sociedad, deportes, extensión cultural...

    • personal docente, alumnos,medios didácticos.

    • Ley de 11 de mayo de 1959 sobre Universidades Laborales

    • Universidades de Tarragona, Sevilla, córdoba, Gijón...

    Educación y I Plan de Desarrollo Económico. Política escolar de Lora Tamayo (1962-1968)

    Enseñanza pimaria: campaña de alfabetización a partir de 1963-1964; construcción de escuelas durante el “I Plan de desarrollo” 1964-1967 y 1968; escolaridad obligatoria hasta los 14 años; enseñanzas especiales; reforma de la ley de 1945 (Ley de 21 de diciembe de 1965)...

    Enseñanzas media y profesional “democratización” de la enseñanza media y prooliferación de Centros.

    Universidades y Enseñanzas Técnicas Ley de 29 de abril de 1964 sobre la reordenación de las Enseñanzas Técnicas; y Ley de 17 de julio de 1965 de modificación de la estructura de las Facultades: Los Departamentos, Profesores Agregados,niveles de dedicación..

    PERÍODO DEL TARDOFRANQUISMO (1970-1978)

    Ley General de Educación (1970) “Ley Villar”

    Introducción:

    Razones de índole pedagógica,administrativas, sociales y sociocultuales justificaban en 1969 la necesidad de la reforma educativa: un sistema educativo anticuado e inadecuado a las necesidades de la sociedad de su tiempo; falta de conexión entre los distintos niveles y grados de la neseñanza; separación y distanciamiento de profesores y alumnos y entre los contenidos temáticos de unos cursos con otros; el ingreso prematuro ( diez años de edad) en la Enseñanza Media General; etc,..

    Descripción estructural de la Ley: De los fines y caracteres generales de la educación: (fines de la educación en pág. 272)

    I. SISTEMA EDUCATIVO

    La Ley General de Educación establece los siguientes niveles educativos:

    • Educación preescolar: objetivo fundmaental, “el desarrollo armónico de la personalidad del niño”. Comprende la etapa de Jardin de Infancia ( 2/3 años) y Párvulos (4/5 años).

    • Educación general básica: su finalidad, “proporcionar una formación integral, fundamentalmente igual para todos y adaptada; primera etapa (6-10 años), segunda etapa (11-13 años)

    • Bachillerato, unificado y polivalente (B.U.P.): “además de continuar la formación humana de los alumnos , intensificará la fomación de éstos en la medida necesaria para prepararlos al acceso a los estudios superiores o a la F.P. de segundo grado y a la vida activa en el seno de la sociedad”. Constará de 3 cursos ( 14-16 años)

    • Educación Universitaria

    • Otras modalidades: F.P.; Educación Permanente de Adultos, Enseñanzas Especializadas, Educación Especial.

    II. CENTROS DOCENTES

    Los Centros Docentes estatales se denominarán:

    • Centros de Educación Preescolar: Jardines de Infancia, Centos de Párvulos o Centros comprensivos de ambas etapas.

    • Centros de Educación General Básica

    • Institutos de Bachillerato

    • Universidades

    • Centros de Formación Profesional

    • Otros Centros estatales serían los de enseñanza a Distancia: UNED; INBAD; CENEBAD

    Los Centros Docentes no estatales (Art. 94.1)

    • Los centros que impartan las enseñanzas de EGB y de FP deberán ser subvencionados, dada la gratuidad de tales estudios

    • Los centros de Bachillerato y de FP (segundo grado) podrán ser libres, habilitados y homologados

    • La creación de universidades no estatales exigirá un mayor número de condiciones y requisitos

    • Colegios Mayores, Colegios Menores, Residencias de Estudiantes,..

    III. EL PROFESORADO

    Titulación mínima para el ingreso y desempeño de funciones del profesorado estatal, la formación pedagógica adecuada, el perfeccionamiento y actualización en los métodos de docencia e investigación..constituyen los temas claves de las disposiciones generales que la ley ordena.

    • Los deberes del educador son (Art. 104 ): (pág. 277)

    • Cumplir las disposiciones sobre la enseñanza.cooperando con las autoridades educativas para logar la mayor...

    • Extemar el cumplimiento de las normas éticas...

    • Aceptar los cargos académicos docentes y de investigación...

    • Asegurar de manera permanenete su propio.....

    • Los derechos del educador:

    • Ejercer funciones de docencia e investigación empleando...

    • Constituir asociaciones que tengan por finalidad...

    • Intervenir en cuanto afecte a la vida...

    • Ejercer por tiempo limitado las funciones...

    IV. ESTATUTO DEL ESTUDIANTE

    Los estudiantes tendrán los siguientes derechos:

    • Elección del Centro más adecuado a sus preferencias....

    • Orientación educativa y profesional a lo largo...

    • Cooperación activa en la obra educativa..

    • Al seguro escolar..

    • Recibir ayudas precisas paa evitar cualquier discriminación basada en simples..

    • Protección jurídica al estudio

    • Construir círculos culturales y deportivos..

    V. ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

    • “Delegaciones Provienciales del Ministerio de Educación y Ciencia”. Descentralización/Unificación administrativa.

    Algunas consideraciones sobre la L.G.E.

    • lo pedagógico y lo jurídico en la Ley

    • la educación, “servicio público”: intervencionismo estatal/ libertad de eneñanza

    • las enseñanzas pofesionales (F.P.), un problema no resuelto

    • el Bachillerato Polivalente (B.U.P.)

    • la reforma pendiente: la Univesidad

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