Historia


Historia de la UE (Unión Europea)


INTRODUCCIÓN

En el panteón de la mitología griega, Europa era una princesa, hija de un rey fenicio. Un día, mientras ella y sus amigas jugueteaban en la playa, Zeus, el dios supremo de los antiguos griegos, la vio y se enamoró inmediatamente de ella. Para conseguir seducirla, Zeus tomó la forma de un toro amable y pacífico. Europa, confiada, comenzó a acariciar toro y se sentó sobre su lomo. Ese era el momento que Zeus estaba esperando. Repentinamente,  se levantó y galopó hacia el mar, llevándose consigo a Europa. El toro Zeus no paró de nadar hasta llegar a Creta. Una vez en la isla mediterránea, Zeus asumió de nuevo forma humana  y tuvo tres hijos con Europa, uno de ellos, Minos, rey de Creta y "dux Europaeus".

La palabra pasó a significar Grecia Continental y desde el año 500 ad C. Su significado era toda la tierra al norte del Mediterráneo.

El análisis más extendido de esta palabra se considera como una composición de las palabras griegas eurys (“ancho”) y ops (“rostro”), pero se trata sin duda de una etimología incierta. Otros lingüistas piensan que viene de la palabra semítica ereb, que significa “ponerse el sol” (occidente). Desde una perspectiva asiática o medio-oriental, el sol se pone efectivamente en Europa, la tierra al oeste.

'Historia de la Unión Europea'

HISTORIA

Los comienzos: guerra y paz

Durante siglos Europa fue escenario de guerras frecuentes y sangrientas. Entre 1870 y 1945 Francia y Alemania se enfrentaron tres veces, con enormes pérdidas de vidas. Varios líderes europeos llegaron a la conclusión de que la única forma de asegurar una paz duradera entre sus países era unirlos económica y políticamente.

Así, en 1950, en un discurso inspirado por Jean Monnet, el Ministro de Asuntos Exteriores francés, Robert Schuman, propuso integrar las industrias del carbón y el acero de Europa Occidental. El resultado de ello surgió en 1951 bajo la forma de Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), con seis miembros: Bélgica, Alemania Occidental, Luxemburgo, Francia, Italia y los Países Bajos. El poder de toma de decisiones sobre estos sectores se puso en manos de un órgano independiente y supranacional llamado "Alta Autoridad", cuyo primer presidente fue Jean Monnet.

De tres comunidades a la Unión Europea

La CECA tuvo tal éxito que en el plazo de unos años estos mismos seis países decidieron avanzar e integrar otros sectores de sus economías. En 1957 firmaron los Tratados de Roma por los que se crearon la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) y la Comunidad Económica Europea (CEE). Los Estados miembros querían así eliminar las barreras comerciales entre ellos y crear un "mercado común".

En 1967 se fusionaron las instituciones de las tres Comunidades Europeas. A partir de entonces sólo existió una única Comisión y un único Consejo de Ministros, así como el Parlamento Europeo.

Al principio los miembros del Parlamento Europeo eran elegidos por los parlamentos nacionales pero en 1979 se celebraron las primeras elecciones directas que permitieron a los ciudadanos de los Estados miembros votar por su candidato favorito. Desde entonces se han celebrado elecciones directas cada cinco años.

El Tratado de Maastricht (1992) introdujo nuevas formas de cooperación entre los gobiernos de los Estados miembros, por ejemplo en defensa y en justicia e interior. Al añadir esta cooperación intergubernamental al sistema "comunitario" existente, el Tratado de Maastricht creó la Unión Europea (UE).

La integración significa políticas comunes

La integración económica y política entre los Estados miembros de la Unión Europea significa Que estos países tienen que tomar decisiones conjuntas sobre muchos asuntos por lo que han desarrollado políticas comunes en una gama muy amplia de campos, desde la agricultura a la cultura, desde el consumo a la competencia, desde el medio ambiente y la energía al transporte y el comercio.

En los primeros tiempos la atención se centraba en una política comercial común para el carbón y el acero y en una política agrícola común. Con los años se añadieron otras políticas, en función de las necesidades. Algunos objetivos políticos clave han variado habida cuenta de las circunstancias cambiantes. Por ejemplo, el objetivo de la política agrícola ya no es producir tantos alimentos como sea posible desde el punto de vista económico sino apoyar métodos de cultivo que produzcan comida sana y de alta calidad y protejan el medio ambiente. La necesidad de protección del medio ambiente se tiene en cuenta ahora en todas las políticas de la UE.

Las relaciones de la Unión con el resto del mundo también son importantes y la UE negocia importantes acuerdos comerciales y de ayuda con otros países y desarrolla una Política Exterior y de Seguridad Común. 

El mercado único: prohibición de barreras

Tuvo que pasar algún tiempo antes de que los Estados miembros eliminaran todos los obstáculos al comercio entre ellos y para que el "mercado común" se convirtiera en un mercado único y auténtico en el que las mercancías, los servicios, las personas y el capital pudieran moverse libremente. El mercado único se completó formalmente a finales de 1992 aunque todavía queda trabajo pendiente en algunos ámbitos, como la creación de un mercado auténticamente único de servicios financieros.

Durante los años 90 se hizo más fácil para la gente desplazarse por Europa pues los controles de pasaportes y aduaneros se suprimieron en la mayor parte de las fronteras internas de la UE. Una consecuencia es una mayor movilidad para los ciudadanos de la UE; desde 1987, por ejemplo, más de 1 millón de jóvenes europeos han realizado estudios en el extranjero con el apoyo de la UE.

La moneda única: el euro en su bolsillo

En 1992 la UE decidió embarcarse en una unión económica y monetaria (UEM) que supondría la introducción de una moneda europea única gestionada por un Banco Central Europeo. La moneda única (el euro) se hizo una realidad el 1 de enero del 2002, cuando los billetes y monedas reemplazaron a las monedas nacionales en 12 de los 15 países de la Unión (Bélgica, Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia).

La familia crece

La UE ha crecido en tamaño mediante sucesivas oleadas de adhesiones. Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido se unieron en 1973, seguidos por Grecia en 1981, España y Portugal en 1986 y Austria, Finlandia y Suecia en 1995. La Unión Europea acoge a diez nuevos países en 2004: Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa. Bulgaria y Rumania esperan unirse en 2007 y Croacia y Turquía comienzan las negociaciones de adhesión en 2005. Para garantizar que la UE ampliada pueda continuar funcionando eficazmente, es preciso simplificar el sistema de toma de decisiones. Por ello, el Tratado de Niza, que entró en vigor el 1 de febrero del 2003, fija nuevas normas sobre el tamaño de las instituciones de la UE y su forma de trabajo. En 2006, será reemplazado por la nueva Constitución de la UE, si todos los países la aprueban.

CRONOLOGIA

La Unión Europea año a año

El ministro de Asuntos Exteriores de Francia, Robert Schuman, hace público (9 de mayo) un proyecto -la «Declaración Schuman»- para unificar las producciones de carbón y de acero de los países europeos occidentales, empezando por Francia y Alemania.

1951 Puesta en funcionamiento por el Tratado de París (18 de abril) de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), primera institución de carácter supranacional en el camino de la integración europea, formada por Francia, la República Federal de Alemania, Italia, Bélgica, Holanda y Luxemburgo.

1957 Los Seis Estados de la CECA crean por los Tratados de Roma (25 de marzo) la Comunidad Económica Europea (CEE) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA o EURATOM). Ha nacido la 'Europa de los seis'.

1961 Irlanda, Dinamarca y el Reino Unido presentan (31 de julio y 9 de agosto, respectivamente) la solicitud de adhesión a las Comunidades Europeas.
Las Comunidades Europeas y Grecia firman el Tratado de Asociación (suspendido durante los años de la dictadura de los coroneles).

1962 Noruega presenta la solicitud de adhesión a las Comunidades Europeas (30 de abril).

1963 El General De Gaulle anuncia en una conferencia de prensa el veto a la ampliación de las Comunidades: primer veto a Gran Bretaña (14 de enero).
Firma del Tratado de Cooperación Franco-Alemán (22 de enero).
Las Comunidades Europeas y Turquía firman el Tratado de Asociación (14 de septiembre; en vigor en diciembre de 1964).

1965 Firma del Tratado de Fusión. Nacen las 'Comunidades Europeas'.

1967 Gran Bretaña, Dinamarca e Irlanda presentan de nuevo sus candidaturas para ingresar en las Comunidades Europeas (10 y 11 de mayo); y también Noruega (julio).
El general De Gaulle veta de nuevo (27 de noviembre) la ampliación de las Comunidades: segundo veto a Gran Bretaña.

1969 Cumbre de La Haya (1 y 2 de diciembre) de los jefes de Estado y de Gobierno de las Comunidades Europeas para completar el Mercado Común e impulsar el proceso de integración de los Seis y dar el visto bueno a la ampliación de las Comunidades ( 'Tríptico de La Haya').

1971 Entrada en vigor del Tratado de Asociación entre Malta y las Comunidades Europeas (abril).

1972 Los gobiernos de Gran Bretaña (una vez superados los vetos franceses de 1963 y 1967), Dinamarca, Irlanda y Noruega firman sus respectivos Tratados de Adhesión a las Comunidades Europeas (22 de enero)

1973 Gran Bretaña, Irlanda y Dinamarca se convierten en socios de las Comunidades Europeas (1 de enero), la 'Europa de los seis' se convierte en la 'Europa de los nueve'. La adhesión de Noruega no se confirmó ante el rechazo en referéndum de su incorporación a las Comunidades.
Entrada en vigor del Tratado de Asociación entre Chipre y las Comunidades Europeas (junio).
Los jefes de Estado y de Gobierno de las Comunidades Europeas hacen pública una «Declaración sobre la Identidad Europea» (14 de diciembre).

1975 En el referéndum celebrado el 5 de junio, los británicos deciden mantenerse en las Comunidades Europeas.
Presentación (12 de junio) de la solicitud de adhesión a las Comunidades Europeas por parte de Grecia.

1977 Portugal (28 de marzo) y España (28 de julio) presentan las solicitudes de adhesión a las Comunidades Europeas.

1979

Firma por parte de Grecia del acta de adhesión a las Comunidades Europeas (28 de mayo).

1980 La actuación del presidente francés, Giscard d'Estaing, que condiciona la nueva ampliación de las Comunidades Europeas a la solución de los problemas agrícolas y financieros, frena -el llamado "parón" Giscard del 17 de julio- las negociaciones para la incorporación de España y Portugal.

1981 Con la integración (1 de enero) de Grecia en las Comunidades Europeas se pone en marcha el segundo gran proceso de ampliación de la comunidad, en este caso al Sur. El primer paso será está 'Europa de los diez'

1985 El Consejo Europeo de Bruselas (29 y 30 de marzo) da su acuerdo para la integración de Portugal y España en las Comunidades Europeas.
Firma de los Tratados de Adhesión a las Comunidades Europeas de Portugal y España (12 de junio).

1986 Cierre de la ampliación al Sur de las Comunidades Europeas con la integración de España y Portugal (enero): es la 'Europa de los doce'.

1987 Los gobiernos de los Doce firman (febrero) el Acta Única Europea, que reforma los Tratados de París y Roma: nace la 'Comunidad Europea'. Se adoptan la bandera azul tachonada con 12 estrellas -símbolo de la perfección- y la 'Oda a la Alegría' como símbolos oficiales de la Comunidad.
Turquía solicita formalmente (14 de abril) su adhesión a las Comunidades Europeas.

1988 Las Comunidades Europeas firman (septiembre) un «Acuerdo de Cooperación y Comercio» con Hungría. En diciembre se concede a este país la Cláusula de 'Nación más Favorecida'.

1989 Las Comunidades Europeas acuerdan (enero) la «Aplicación del Sistema de Preferencias Generalizadas» a Hungría y Polonia.
Las Comunidades Europeas y Checoslovaquia llegan a un acuerdo sobre el comercio de productos industriales (abril).
Austria presenta su candidatura de adhesión a las Comunidades Europeas (17 de julio).
Caída del Muro de Berlín (9 de noviembre).
Las Comunidades Europeas firman (septiembre) un «Acuerdo de Comercio y Cooperación» con Polonia. En diciembre se concede a este país la Cláusula de 'Nación más Favorecida'.
Las Comunidades Europeas ponen en marcha el Programa PHARE: «Polonia-Hungría: Ayuda a la Reconstrucción Económica» (8 de diciembre).

1990 Las Comunidades Europeas conceden a Bulgaria y Checoslovaquia la Cláusula de 'Nación más Favorecida' (enero).
Las Comunidades Europeas firman (mayo) un «Acuerdo de Comercio y Cooperación» con Bulgaria.
Constitución (mayo) del «Banco Europeo para la Reconstrucción y Desarrollo» de Europa del Este (BERD).
La Conferencia 2+4 (Estados Unidos, Unión Soviética, Reino Unido y Francia, por una parte; y la República Federal de Alemania y la República Democrática de Alemania, por otra) establece el Tratado de Moscú que devuelve a Alemania su plena soberanía (12 de septiembre).
Chipre y Malta presentan sus solicitudes de adhesión a las Comunidades Europeas (3 de julio y 16 de julio). Reunificación de Alemania (3 de octubre), cumpliéndose los pronósticos del canciller germano-occidental, Helmut Kohl, del 23 de octubre de 1989: «La unidad alemana sólo podrá realizarse si progresa la unidad de Europa». Una vez conseguida aquélla, Kohl pronunciará las siguientes palabras (3 de septiembre de 1992): «La unidad alemana y la construcción europea son las dos caras de una misma moneda: la culminación de la amistad franco-alemana".
Las Comunidades Europeas firman (octubre) un «Acuerdo de Comercio y Cooperación» con Checoslovaquia.

1991 Las Comunidades Europeas acuerdan (enero) la «Aplicación del Sistema de Preferencias Generalizadas» a Bulgaria y Checoslovaquia.
Polonia, Hungría y Checoslovaquia, los países del denominado «Grupo de Visegrado», establecen un «Acuerdo de Librecambio Centroeuropeo» (enero).
Las Comunidades Europeas conceden a Rumania la Cláusula de 'Nación más Favorecida' (mayo). En diciembre se firma con este país un «Acuerdo de Comercio y Cooperación».
Comienza la primera fase del conflicto yugoslavo: guerra en Eslovenia (junio).
Las Comunidades Europeas reconocen la independencia de Estonia, Letonia y Lituania (27 de agosto).
Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas deja de existir (8 de diciembre):
Comunidades Europeas firman (diciembre) acuerdos de asociación con Polonia, Hungría (en vigor en febrero de 1994) y Checoslovaquia (refrendado por la República Checa y Eslovaquia en 1993, y en vigor en febrero de 1995).

1992 Los países comunitarios reconocen la independencia de Eslovenia y Croacia (16 de enero), y el 6 de abril, la de Bosnia-Herzegovina.
Firma por parte de los Doce (7 de febrero) del Tratado de Maastricht que da origen a la Unión Europea.
La Confederación Suiza presenta su solicitud de adhesión a las Comunidades Europeas (26 de mayo).

1993 Las Comunidades firman (febrero y marzo) acuerdos de asociación con Rumania y Bulgaria (en vigor en febrero de 1995) y, posteriormente, con Eslovenia, Estonia, Letonia y Lituania.
Comienzan las negociaciones (1 de febrero) para la adhesión a la Unión Europea de Austria, Finlandia y Suecia, y con Noruega (5 de abril): ampliación con rumbo al Centro y Norte de Europa.

1994 Hungría presenta oficialmente el 31 de marzo su candidatura de integración en la Unión Europea, y el 5 de abril lo hace Polonia.
Cumbre Europea de Essen en la que participan como invitados: Suecia, Finlandia, Austria (socios de pleno derecho desde enero de 1995); Polonia, Hungría, la República Checa, Eslovaquia, Rumania y Bulgaria (antiguos países del Este asociados o con solicitud de adhesión presentada a la Unión Europea)
La Unión Europea ofrece a los países de Mercosur (Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay) el establecimiento de una zona común de libre comercio.

1995 Incorporación a la Unión Europea de Austria, Finlandia y Suecia (1 de enero). El nacimiento de la 'Europa de los quince' prepara la ampliación hacia el centro y el este de Europa.
Se celebra en París (20 y 21 de marzo) la Conferencia para la Estabilidad en Europa con el objetivo de facilitar la aproximación de los países de la Europa Central y Oriental a la Unión Europea.
Las Comunidades firman (junio) acuerdos de asociación con Estonia, Letonia y Lituania (en vigor en febrero de 1998).
La Comisión de las Comunidades Europeas aprueba el Libro Blanco (mayo).
Rumania presenta (22 de junio) su candidatura de adhesión a la Unión Europea; después lo hacen Eslovaquia (27 de junio), Letonia (13 de octubre), Estonia (24 de noviembre), Lituania (8 de diciembre) y Bulgaria (14 de diciembre).
Durante el Consejo Europeo de Cannes (26 y 27 de junio), los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea se reúnen con sus homónimos de los nueve países asociados de la antigua Europa del Este (los seis de la Europa Central y Oriental y los tres Estados Bálticos), además de Malta y Chipre.

1996 La República Checa presenta el 17 de enero su candidatura de adhesión a la Unión Europea.
Las Comunidades firman (junio) acuerdo de asociación con Eslovenia (en vigor en febrero de 1998). Inmediatamente (día 10) se presenta también su candidatura de adhesión.

1997 La Comisión Europea presenta la «Agenda 2000».
Firma (2 de octubre) de lo acordado en el Consejo Europeo de Ámsterdam (junio) que reforma el Tratado de Unión Europea.
Consejo Europeo en Luxemburgo (12 y 13 de diciembre): conforme a lo planteado en la cumbre de Ámsterdam, los Quince acuerdan iniciar las negociaciones para una nueva ampliación de la Unión Europea, la ampliación al Este.

1998 Reunión en Londres de la primera Conferencia Europea entre la Unión Europea y los países de la Europa Central y Oriental (12 de marzo).
En función de lo establecido en el Consejo Europeo de Luxemburgo, comienza la primera etapa de negociaciones (31 de marzo) con los países del Este: Polonia, Hungría, República Checa, Eslovenia y Estonia; a ellos se suma Chipre (Rumania, Bulgaria, Eslovaquia, Letonia y Lituania quedan para la segunda etapa).

1999 El Consejo Europeo (marzo) establece las pautas económicas para el periodo 2000-2006, con la inclusión de los fondos y gastos para la adhesión.
El Consejo Europeo de Helsinki (diciembre) anuncia la inclusión, a partir de enero de 2000, de los otros cinco países de la antigua Europa del Este de la «segunda etapa», es decir, Rumania, Bulgaria, Eslovaquia, Letonia y Lituania, además de Malta, en las negociaciones para el proceso de ampliación de la Unión Europea. Turquía pasa a ser considerado «Estado candidato» a la integración.

2000 El Consejo Europeo de Niza (diciembre) aprueba las modificaciones necesarias en los Tratados para facilitar la adhesión de los países candidatos.

2001 El día 26 de febrero se firma el Tratado de Niza.
El Consejo Europeo de Gotemburgo (junio) confirma el compromiso de la Unión con el proceso de ampliación en marcha con la esperanza de cerrar en 2002 la primera etapa de las negociaciones para la ampliación al Este.
El día 15 de diciembre, el Consejo Europeo aprueba la llamada 'Declaración de Laeken' (Europa en una Encrucijada).

2002 En enero comienza a circular la nueva moneda común: el euro.
El Consejo Europeo (diciembre) anuncia el cierre de la primera etapa de las negociaciones de ampliación al Este con la futura incorporación año 2004) de diez países: Hungría, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania, Malta y Chipre; Bulgaria y Rumania quedan para un segundo momento (año 2007).

2003 El Parlamento Europeo aprueba por una abrumadora mayoría los Tratados de Adhesión a la Unión Europea de los diez países candidatos (9 de abril).
En junio termina su trabajo la Convención para el futuro de Europa.  El llamado 'Proyecto Constitucional para Europa' es presentado al Consejo Europeo en Salónica.
Fracaso de la Conferencia Intergubernamental que se desarrolla en las últimas semanas del año en Roma. La aprobación del 'Proyecto Constitucional' queda aplazada.

2004 Estonia, Lituania, Letonia, Polonia, Hungría, la República Checa, Eslovaquia, Eslovenia, Malta y Chipre ingresan en la Unión Europea: ha nacido la 'Europa de los veinticinco'. 10 y 13 de junio Sextas elecciones europeas

2005 Se toma la decisión de iniciar las conversaciones sobre la adhesión con Croacia y Turquía, si se cumplen determinadas condiciones. Firma en Luxemburgo de los Tratados de adhesión con Bulgaria y Rumania.

2007 Fecha prevista por el Consejo Europeo de Copenhague de 20002 para la adhesión de Bulgaria y Rumania a la Unión Europea.

ORGANIZACIÓN.

La toma de decisiones en la UE se divide entre las instituciones europeas supranacionales y los gobiernos de los estados miembros. Los tres principales órganos de la UE son la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros (compuesto este último por ministros de cada uno de los gobiernos de los estados miembros). El Tribunal Europeo de Justicia actúa como árbitro final en asuntos legales o disputas entre instituciones de la UE, o entre éstas y los estados miembros.

Instituciones:

• Parlamento Europeo

• Consejo de la Unión Europea

- Presidencia

• Comisión Europea

• Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

• Tribunal de Cuentas Europeo

• Defensor del Pueblo Europeo

• El Supervisor Europeo de Protección de Datos

Órganos financieros

• Banco Central Europeo

• Banco Europeo de Inversiones

- Fondo Europeo de Inversiones

Órganos consultivos

• Comité Económico y Social Europeo

• Comité de las Regiones

Órganos interinstitucionales

• Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas

• Oficina europea de selección de personal

• Escuela Europea de Administración

Organismos descentralizados de la Unión Europea (Agencias)

• Agencias comunitarias

• Política exterior y de seguridad común

• Cooperación policial y judicial en materia penal

• Agencias ejecutivas

ÓRGANOS.

La Comisión Europea: La Comisión Europea es el brazo ejecutivo de la UE. Elabora normas y las presenta al Consejo de Ministros. La Comisión Europea también representa a la UE en las relaciones económicas con otros países u organizaciones internacionales. La función administrativa de la Comisión afecta a los fondos y programas de la UE y al reparto de ayudas a otros países.

Consejo de Ministros: Principal cuerpo legislativo de la UE, está formado por los ministros de los gobiernos de los estados miembros y auxiliado por el Comité de Representantes Permanentes (o embajadores) de cada Estado miembro.

Consejo de Europeo: El país que asume la presidencia del Consejo de Ministros convoca reuniones de los jefes de Estado o de gobierno de los países miembros por lo menos una vez cada seis meses. Esta cumbre recibe el nombre de Consejo Europeo. Tales reuniones tienen un carácter regular desde 1975. El Consejo Europeo se convirtió en parte oficial de la estructura de la CE en 1987.

Parlamento Europeo: El Parlamento Europeo es el único órgano de la UE cuyos miembros son elegidos directamente por los ciudadanos de los estados miembros. En un principio sólo órgano consultivo, sus competencias aumentaron tras la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea. Se reúne en Estrasburgo (Francia), aunque la mayor parte del trabajo de sus comisiones se realiza en Bruselas (Bélgica) y su Secretaría está ubicada en Luxemburgo. Sus actuales 732 escaños se asignan en función de la población de cada Estado miembro.

Los distintos comités del Parlamento Europeo revisan la legislación propuesta por la Comisión Europea. Estos comités proponen enmiendas a las leyes antes de presentarlas al Consejo de Ministros. El Parlamento puede vetar una propuesta después de haber llegado al Consejo de Ministros si está en desacuerdo con la posición de éste. También interviene en la preparación del presupuesto de la UE, y puede rechazarlo si no se llega a un acuerdo dentro del Consejo.

Comités: Una vez que el Tratado de la Unión Europea incrementó el poder político del Consejo Europeo, otros órganos asumieron un papel consultivo similar al que antes tuvo el Parlamento. El Comité Económico y Social es uno de ellos. Sus miembros son nombrados cada cuatro años por el Consejo de Ministros para representar a empresarios, trabajadores y otros grupos de interés. El Comité tiene estrictamente una función asesora, pero el Consejo de Ministros y la Comisión Europea están obligados a consultarlo en muchas decisiones legislativas. Otro grupo importante es el Comité de las Regiones, creado por el Tratado de la Unión Europea para acercar la UE a los ciudadanos y permitir que se expresen las autoridades regionales y locales. Carece de poder legislativo, pero tiene que ser consultado sobre temas relacionados con cuestiones económicas y sociales.

Tribunal Europeo de Justicia: El árbitro final de todas las materias legales de la UE es el Tribunal Europeo de Justicia. Los jueces que lo integran, al menos uno por cada Estado miembro, son elegidos para un periodo de seis años. El Tribunal media en las disputas entre los gobiernos de los estados miembros y las instituciones europeas, y entre las instituciones europeas entre sí, así como en las apelaciones contra fallos y decisiones de la UE. Los tribunales de los estados miembros remiten a menudo al Tribunal Europeo de Justicia casos relativos a puntos poco claros de la legislación de la UE. El Tribunal emite fallos de cumplimiento obligatorio que ayudan a los tribunales nacionales a la hora de dictar sentencia. Los fallos del Tribunal Europeo de Justicia sientan precedentes legales y se convierten en parte de la jurisprudencia de cada Estado miembro.

El Comité Económico y Social europeo representa a la sociedad civil, los patronos y los empleados. El Comité de las Regiones representa a las autoridades regionales y locales. El Banco Europeo de Inversiones financia proyectos de inversión de la UE y ayuda a las pequeñas empresas a través del Fondo Europeo de Inversiones. El Banco Central Europeos responsable de la política monetaria europea. El Defensor del Pueblo europeo investiga las denuncias de los ciudadanos sobre la mala gestión de las instituciones y organismos de la UE. El Supervisor Europeo de Protección de Datos protege la intimidad de los datos personales de los ciudadanos. El Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas publica información sobre la UE. La Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas contrata al personal de las instituciones de la UE y otros organismos. La misión de la Escuela Europea de Administración es ofrecer formación en áreas concretas para el personal de la UE.

Países de la UE


Alemania


Austria


Bélgica


Chipre


España


Eslovaquia


Eslovenia


Estonia


Finlandia


Francia


Grecia


Hungría


Irlanda


Italia


Letonia


Lituania


Luxemburgo


Malta


Países Bajos


Polonia


Portugal


Reino Unido


República Checa


Suecia

Países candidatos


Antigua República
Yugoslava de
Macedonia


Bulgaria


Croacia


Rumania


Turquía

Otros países de Europa


Albania


Andorra


Bielorrusia


Bosnia y Herzegovina


Islandia


Liechtenstein


Moldavia


Mónaco


Montenegro


Noruega


Rusia


San Marino


Serbia


Suiza


Ucrania


Vaticano

SIMBOLOS.

Esta es la bandera europea. Es el símbolo no sólo de la Unión Europea sino también de la unidad e identidad de Europa en un sentido más amplio. El círculo de estrellas doradas representa la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa.

El número de estrellas no tiene nada que ver con el número de Estados miembros. Hay doce estrellas porque el número doce es tradicionalmente el símbolo de la perfección, lo completo y la unidad. Por lo tanto la bandera no cambia con las ampliaciones de la UE.

La historia de la bandera se remonta a 1955. En aquella época la Unión Europea existía solamente bajo la forma de Comunidad Europea del Carbón y del Acero y estaba formada por seis Estados miembros. Pero un organismo distinto con mayor número de miembros - El Consejo de Europa se había creado varios años antes para defender los derechos humanos y promover la cultura europea.

El Consejo de Europa estaba buscando un símbolo para su propio uso. Después de muchas discusiones se adoptó el actual diseño (círculo de doce estrellas doradas sobre fondo azul). En distintas tradiciones doce es un número simbólico que representa la integridad aunque también es, por supuesto, el número de meses del año y el número de horas que aparecen en la cara del reloj. El círculo es, entre otras cosas, un símbolo de unidad.

El Consejo de Europa animó a otras instituciones europeas a adoptar la misma bandera y el Parlamento Europeo la aceptó en 1983. Finalmente, en 1985, la bandera fue adoptada por los Jefes de Estado y Gobierno de la UE como emblema oficial de la Unión Europea (que en ese momento se llamaba Comunidades Europeas).

Todas las instituciones europeas la utilizan desde 1986.
La bandera europea es el único emblema de la Comisión Europea, el órgano ejecutivo de la UE. Otras instituciones y organismos de la UE utilizan, además, un emblema propio.

Es no sólo el himno de la Unión Europea sino también de Europa en un sentido más amplio. La melodía procede de la Novena Sinfonía, compuesta en 1823 por Ludwig van Beethoven.

Para el último movimiento de esta sinfonía, Beethoven puso música a la "Oda a la alegría", escrita en 1785 por Friedrich von Schiller. El poema expresa la idealista visión de Schiller, visión compartida por Beethoven, del género humano como hermanos.

En 1972, el Consejo de Europa (el mismo organismo que designó la bandera europea) adoptó el tema de la "Oda a la alegría" de Beethoven como su himno. Se pidió al conocido director Herbert von Karajan que compusiera tres arreglos instrumentales: para piano solo, para instrumentos de viento y para orquesta sinfónica. Sin palabras, en el lenguaje universal de la música, este himno expresa los ideales de libertad, de paz y de solidaridad que representa Europa.

En 1985 fue adoptado por los jefes de Estado y de Gobierno de la UE como himno oficial de la Unión Europea. No pretende reemplazar los himnos nacionales de los Estados miembros sino celebrar los valores que todos ellos comparten y su unidad en la diversidad.

El euro es la moneda de curso legal para más de 300 millones de personas en Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y Portugal. El símbolo del euro es €.

El euro se utiliza también en Andorra, Ciudad del Vaticano, Mónaco y San Marino, en Kosovo y Montenegro en los Balcanes Occidentales, y, por supuesto, en Azores, Canarias, Guayana Francesa, Guadalupe, Madeira, Martinica, Mayotte, Reunión y San Pedro y Miquelón, pues forman parte de países de la Unión Europea donde se usa el euro.

Los billetes de euro son idénticos en todos los países, pero cada uno de ellos acuña sus propias monedas, con una cara común y otra que exhibe un emblema nacional distintivo. Ciudad del Vaticano, Mónaco y San Marino han acuñado también sus propias monedas de euro. Todos los billetes y todas las monedas valen para pagar en cualquier parte de la zona euro.

Por el momento, Dinamarca, el Reino Unido y Suecia no utilizan la moneda única. Los diez Estados miembros que pasaron a formar parte de la UE en 2004 se han comprometido a adoptar el euro, pero ninguno de ellos estará listo para su adopción al menos hasta 2007.

El 9 de mayo se ha convertido en el símbolo europeo (Día de Europa) que, junto con la bandera, el himno, el lema (“Unida en la diversidad”) y la moneda única (el euro) identifican la entidad política de la Unión Europea... En el Día de Europa se celebran actividades y festejos que acercan a Europa a sus ciudadanos y hermanan a los distintos pueblos de la Unión.

LA CONSTITUCIÓN EUROPEA

Una constitución es un texto que contiene las disposiciones fundamentales de un estado o de un conjunto de estados. En dichas disposiciones figura la respuesta a varias preguntas. ¿Cómo funcionan las instituciones? ¿Cuál es el reparto de poderes? ¿Qué medios pueden utilizarse para aplicar las políticas? ¿Qué valores se defienden? ¿Cuáles son los derechos fundamentales de los ciudadanos?

En realidad, la constitución europea es a la vez un tratado sujeto a las reglas del derecho internacional y una constitución, pues contiene elementos de naturaleza constitucional.

La constitución europea ha sido elaborada de forma transparente y democrática por una convención europea en la que 72 de los 105 participantes habían sido elegidos por sufragio universal directo. Además, este ejercicio culmina con un proceso de ratificación por parte de los parlamentos nacionales, también elegidos por sufragio universal directo, de los 25 estados miembros de la unión europea, o mediante un referéndum.

La constitución europea es una etapa importante de la «construcción» europea. Ha sido redactada con el fin de responder a los desafíos que plantea una Europa ampliada: una Europa de 25 estados miembros y 450 millones de habitantes (más en el futuro), una Europa democrática, transparente, eficaz y al servicio de los europeos.

La constitución europea sustituye por un texto único los principales tratados europeos existentes.

La constitución europea no sustituye a las constituciones que existen en la mayoría de los países europeos sino que coexiste con ellas, por su propia razón de ser, su propia autonomía. La constitución europea define el marco en que puede actuar la unión europea. Europa cuenta también con un sistema institucional distinto (parlamento europeo, consejo de ministros, comisión Europea, tribunal de justicia de la unión europea, etc.). Por último, la

Constitución europea se aplica en todo el territorio europeo.

La garantía del respeto de determinados valores comunes y de un modelo europeo de sociedad

El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el estado de derecho y los derechos humanos. Una sociedad caracterizada por el pluralismo, la ausencia de discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre hombres y mujeres.

Sólo los estados que respetan estos valores pueden adherirse a la unión europea. Asimismo, pueden tomarse medidas contra los estados miembros que no respeten estos mismos valores.

La libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales, así como la libertad de establecimiento. La ausencia de discriminación por razón de la nacionalidad.

La constitución europea se divide en cuatro partes. En la primera de ellas se definen los valores, objetivos, competencias, procedimientos de toma de decisiones e instituciones de la unión europea; también aborda los símbolos, la ciudadanía, la vida democrática y las finanzas de la unión. En la segunda parte figura la «carta de los derechos fundamentales». En la tercera, se describen las políticas y las acciones internas y externas así como el funcionamiento de la unión europea. En la cuarta parte se estipulan las disposiciones finales, entre las que se encuentran los procedimientos de adopción y de revisión de la constitución.

A partir de ahora, un país podrá abandonar la unión europea si así lo desea. Toda persona que ostente la nacionalidad de un estado miembro posee la ciudadanía de la unión.

Esta ciudadanía se añade a la ciudadanía nacional, sin sustituirla y confiere derechos complementarios: derecho a circular y residir libremente en todo el territorio de la unión, derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones al parlamento europeo y en las elecciones municipales en el estado de residencia, derecho a la protección consular y diplomática en terceros países, derecho a formular peticiones al parlamento europeo así como a recurrir al defensor del pueblo europeo, derecho a dirigirse a las instituciones y a los organismos consultivos europeos en la lengua propia y a recibir una contestación en esa misma lengua.

La carta garantiza el respeto de la dignidad humana, del derecho a la vida, la prohibición de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes, el derecho a la libertad y a la seguridad, el respeto de la vida privada y familiar, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de expresión y de información, el derecho a la educación, la libertad de empresa, el derecho a la propiedad, la igualdad ante la ley, el respeto de la diversidad cultural, religiosa y lingüística, la igualdad entre hombres y mujeres, la integración de las personas discapacitadas, el derecho a la tutela judicial y a un juez imparcial, la presunción de inocencia y los derechos de la defensa, etc.

La carta forma parte integrante de la constitución. Se aplica a las instituciones europeas y a los estados miembros cuando ponen en práctica el derecho comunitario. No sólo contempla los derechos civiles y políticos incluidos en el convenio europeo de derechos humanos de 1950, sino también otros ámbitos como son los derechos sociales de los trabajadores, la protección del medio ambiente o el derecho a una buena administración. Más solidaridad en caso de que un estado miembro sea víctima de un ataque terrorista o de una catástrofe natural o de origen humano, la unión y sus estados miembros actuarán de forma solidaria —con medios militares, si es necesario— para prestarle ayuda. Una mejora de la vida democrática de la unión en lo relativo a nuevas disposiciones para las instituciones europeas, se establece la consulta a la sociedad civil, la transparencia y la apertura del proceso de toma de decisiones o de acceso a documentos.

Se instaura un derecho de iniciativa popular que consiste en la obligatoriedad de que la comisión presente una propuesta en un determinado sentido si, como mínimo, un millón de europeos procedentes de un determinado número de estados miembros así lo solicitan.

La paz y el bienestar, la libertad, la seguridad y la justicia. Un mercado interior importante y la libre competencia. Un desarrollo sostenible que integre los aspectos económicos, sociales y medioambientales. El progreso científico y técnico. La justicia y la protección social. La protección de los derechos de los niños. La cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los estados miembros. La diversidad cultural y lingüística. La conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo.

«No coaligamos estados, sino que unimos hombres.» [Jean monnet, 30 de abril de 1952]

La constitución clarifica las competencias de la unión europea clasificándolas y enumerándolas. Indica en qué ámbitos la unión europea es la única que puede actuar (competencias exclusivas), en cuáles pueden actuar tanto la Unión europea como los estados miembros (competencias compartidas), y en cuáles sólo puede actuar de forma accesoria y sin posibilidad de armonización (acciones de apoyo, coordinación o complementación).

La unión también tiene competencias en materia de coordinación de las políticas económicas y de empleo de los estados miembros, así como con respecto a la política exterior y de seguridad común, lo que comprende una política de defensa común.

Competencias exclusivas

  • Unión aduanera

  • Competencia (en el mercado interior)

  • Política monetaria para los estados que han adoptado el euro

  • Conservación de los recursos biológicos marinos

  • Política comercial común

Competencias compartidas

  • Mercado interior

  • Determinados aspectos de la política social

  • Cohesión económica, social y territorial

  • Agricultura y pesca

  • Protección del medio ambiente

  • Protección del consumidor

  • Transporte

  • Redes transeuropeas

  • Energía

  • Espacio de libertad, seguridad y justicia

  • Determinados aspectos de la salud pública

  • Determinados aspectos de la investigación, el desarrollo tecnológico y el espacio

  • Determinados aspectos de la cooperación para el desarrollo y la ayuda humanitaria

  • Acciones de apoyo, coordinación o complementación

  • Protección de la salud humana

  • Industria

  • Cultura

  • Turismo

  • Educación, juventud, deporte y formación profesional

  • Protección civil

  • Cooperación administrativa

Principio de atribución de competencias

«La unión sólo puede actuar dentro de los límites de las competencias que le atribuyen los estados miembros en la constitución, y tiene como objeto lograr los objetivos que ella misma establece.»

Principio de subsidiariedad

«En aquellos ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la unión intervendrá únicamente en la medida en que los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por parte de los estados miembros bien en el ámbito central, bien en el ámbito regional o local, sino que puedan conseguirse de una forma más eficaz gracias a la dimensión o los efectos de la acción contemplada en el ámbito de la unión.»

Principio de proporcionalidad

«La unión sólo podrá intervenir si la acción pretendida no excede de aquello que resulte necesario para alcanzar los objetivos de la constitución.»

Control por el tribunal de justicia

Estos tres principios están sometidos al control del tribunal de justicia, ante el cual pueden ser objeto de recurso.

La constitución refuerza la aplicación de los dos principios mencionados con anterioridad: a partir de ahora, los parlamentos nacionales tendrán la posibilidad de estudiar si las propuestas de la comisión respetan el principio de subsidiariedad. Asimismo, es posible que ello conduzca a la revisión posterior por parte de la comisión.

Saber cuál es el papel que corresponde a cada institución y en qué ámbitos no son las únicas cuestiones importantes. También lo es saber cómo actúa la unión y cuáles son sus instrumentos. Anteriormente existían decenas de tipos de actos.

La constitución limita a seis los instrumentos que la unión puede utilizar.

En lo sucesivo, tanto las sesiones del parlamento europeo como las del consejo de ministros en que se examine y adopte una propuesta legislativa deberán ser sesiones públicas (transparencia de los trabajos).

  • Ley europea

  • Ley marco europea

  • Reglamento europeo

  • Decisión europea

  • Recomendación

  • Dictamen

  • Actos legislativos

  • Actos no legislativos

  • Puntos de vista

  • Propuesta de la comisión, adoptada por el parlamento

  • Consejo de ministros

  • Comisión o consejo de ministros (reglamentos delegados o actos de ejecución)

  • Comisión o Consejo de ministros,

  • Banco central, etc.

Una constitución para Europa

La constitución consagra varios símbolos de la unión europea. Los símbolos son importantes ya que permiten una mayor identificación de los europeos con Europa.

La bandera europea es el símbolo de la unión europea, así como de la unidad y la identidad de Europa en el sentido más amplio. El círculo de estrellas doradas representa la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa. El número de estrellas no está vinculado al número de estados miembros. Las estrellas son doce porque esta cifra es, tradicionalmente, símbolo de perfección, plenitud y unidad. Por tanto, la bandera permanecerá inalterada, independientemente de las futuras ampliaciones de la unión europea.

El himno de la unión está tomado de la novena sinfonía de ludwig van beethoven, compuesta en 1823. En el último movimiento de esta sinfonía, beethoven musicalizó el «himno a la alegría», escrito en 1785 por friedrich von schiller. Dicho poema expresa la visión idealista que schiller tenía de la humanidad, una visión fraternal de todos los hombres, que también compartía beethoven.

La constitución europea garantiza a los ciudadanos europeos un espacio único de «libertad, seguridad y justicia», que significa lo siguiente:

Ausencia de controles en las fronteras interiores de la unión europea un ciudadano europeo puede circular libremente en un gran número de países europeos (miembros del espacio shengen), sin ser controlado ni tener que enseñar su pasaporte.

Refuerzo de los controles en las fronteras exteriores de la unión europea esta medida se aplica en las fronteras con terceros países (por ejemplo, entre España y Marruecos o entre Polonia y Ucrania), así como en los puertos y aeropuertos internacionales de todos los estados miembros (por ejemplo, a la llegada de buques procedentes de Sudamérica al puerto de Rótterdam o de aviones procedentes de Asia al aeropuerto de Budapest). Se concreta mediante la implantación progresiva de una política común de visados y otros permisos de residencia de corta duración, en disposiciones relativas a los controles a los que se someterá a aquellas personas que crucen las fronteras exteriores e incluso con un sistema integrado de gestión de fronteras exteriores.

Esta política común se basa sobre todo en el establecimiento de un estatuto uniforme de asilo válido en toda la unión europea, en procedimientos comunes para conceder o retirar dicho estatuto y en la asociación y la cooperación con terceros países para gestionar los flujos de personas que solicitan el asilo. Esta política debe ajustarse a la convención de ginebra sobre refugiados.

Esta política común está destinada a garantizar la gestión eficaz de los flujos migratorios y el trato equitativo de los nacionales de terceros países que estén en situación de residencia regular. Se propone igualmente reforzar la lucha contra la inmigración ilegal y la trata de seres humanos (en particular, de mujeres y niños). Por otra parte, favorece la integración de los nacionales de terceros países que estén en situación de residencia regular. La unión europea podrá celebrar acuerdos con terceros países para facilitar la readmisión, en los países de origen o de procedencia de los extranjeros que estén en situación de residencia ilegal.

Refuerzo de la cooperación judicial en materia civil

Esta medida se basa en el principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales y su ejecución, en la cooperación para la obtención de pruebas y en un mejor acceso a la justicia.

Refuerzo de la cooperación policial y judicial en materia penal

Esta medida se centra, en particular, en la mejora de la lucha contra el terrorismo, la explotación sexual de mujeres y niños, el tráfico de drogas, el blanqueo de dinero, la corrupción o la delincuencia organizada.

La existencia de una fiscalía europea permitirá combatir de una forma más eficaz la delincuencia internacional. Refuerzo y mejor control de europol. Las policías europeas cooperan en una estructura llamada europol. El ámbito de actuación de europol podrá ampliarse, por ejemplo, a las investigaciones o actividades operativas conjuntas. Además, europol está sujeta al control del parlamento europeo, de los parlamentos nacionales y del tribunal de justicia.

«Una política regional basada en la solidaridad y al servicio del ciudadano»

La unión europea es una de las zonas de actividad económica más prósperas del mundo. En su territorio se registran, sin embargo, enormes disparidades, no sólo entre sus estados miembros, sino también, y sobre todo, entre sus 250 regiones aproximadamente. En otras palabras, dependiendo del lugar donde vivan, los europeos no tendrán los mismos medios, ni las mismas oportunidades de superar con éxito los retos que plantea la globalización. Esto es lo que desea corregir la política de cohesión europea a pesar de que el acceso al empleo, la competitividad de las empresas y la inversión en tecnología son responsabilidad, en primer lugar, de los agentes económicos y de las autoridades nacionales y regionales. La política regional, que no ha cesado de evolucionar desde 1989, es la concretización de la solidaridad europea. Gracias a ella, una parte de las contribuciones de los estados miembros de la unión al presupuesto europeo se transfiere a las regiones y a las categorías sociales desfavorecidas. Para el período 2000-2006, estas transferencias ascenderán a 213 000 millones de euros, es decir un tercio del presupuesto comunitario. Esta importante suma sirve principalmente para ayudar a las regiones desfavorecidas a recuperarse de su retraso en materia de desarrollo. El resto del mencionado presupuesto se utiliza para financiar la reconversión económica y social de determinadas zonas con dificultades, la modernización de los sistemas de formación y la promoción del empleo, sin olvidar aquellas iniciativas más específicas de la unión Europea en favor de la cooperación entre las regiones, el desarrollo sostenible de las ciudades y barrios en crisis, el desarrollo rural o la lucha contra las discriminaciones.

Quien decide sobre el uso que se le ha de atribuir a los fondos de la política de cohesión no es «Bruselas». Las regiones o los estados evalúan de manera precisa y sobre el terreno las necesidades. La ejecución de medidas se realiza, pues, de forma descentralizada. Sin embargo, el marco general para la utilización de los fondos se define a escala europea y está sujeto a condiciones estrictas, por ejemplo un desarrollo respetuoso del medio ambiente y que favorezca la igualdad de oportunidades. Por consiguiente, el papel de la unión europea no se limita simplemente a «aportar dinero». Su política de cohesión permite aplicar in situ las prioridades definidas a escala de la unión de modo que ésta sea a la vez solidaria y competitiva (empleo, desarrollo sostenible, sociedad de la información, investigación, servicios de interés económico general, etc.). La política de cohesión es, pues, el complemento indispensable del gran mercado europeo y de la unión económica y monetaria.

Sin embargo, no se debe perder de vista un elemento decisivo: cualquiera que sea el tipo de intervención, las ayudas europeas no sustituyen a las ayudas nacionales sino que las complementan. De lo que se trata es de dar un «respaldo europeo» a proyectos de calidad que, de otro modo, serían irrealizables.

Consolida la política regional europea, una política basada en la solidaridad y en la proximidad al ciudadano. Fomenta la «cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los estados miembros», que en lo sucesivo serán unos de los objetivos fundamentales de la unión europea. Ello supone, sobre todo, que, contrariamente a lo que sucedía anteriormente, todas las regiones desfavorecidas o en dificultades pueden beneficiarse de la solidaridad de los estados miembros y, en particular, de las ayudas europeas.

«Protección del medio ambiente en beneficio de las generaciones actuales y futuras»

La constitución europea refuerza las posibilidades de proteger el medio ambiente.

Sitúa el principio del desarrollo sostenible en el centro del proyecto europeo. Este principio fue ratificado en la primera «cumbre de la Tierra», organizada por la organización de las naciones unidas en río de Janeiro, en 1992. Tiene por objeto «responder a las necesidades de las generaciones actuales sin comprometer la posibilidad de que las generaciones futuras satisfagan las suyas». A este respecto, Europa se propone obrar en pro de un «crecimiento económico equilibrado», una «economía social de mercado» y un «nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente».

Consagra como derecho fundamental la obligación de integrar la dimensión medioambiental en todas las políticas europeas.

Instaura una solidaridad entre la unión europea y aquel estado miembro que se vea afectado por una catástrofe natural o de origen humano.

Permite que los europeos y las asociaciones representativas (como las organizaciones no gubernamentales activas en la protección del medio ambiente) den su opinión, dialoguen y sean consultados sobre las políticas europeas (en particular, la política de medio ambiente).

El nuevo derecho de iniciativa popular (un millón de ciudadanos como mínimo) puede obligar a la comisión europea a formular una propuesta en relación con una cuestión de carácter medioambiental.

Fomenta la eficacia energética y el ahorro de energía, así como el desarrollo de energías nuevas y renovables.

ÍNDICE.

Páginas.

Introducción 2.

Historia 2.

  • Los comienzos: guerra y paz 2.

  • De tres comunidades a la Unión Europea 3.

  • La integración significa políticas comunes 3.

  • El mercado único: prohibición de barreras 4.

  • La moneda única: el euro en su bolsillo 4.

  • La familia crece 4.

Cronología 4.

  • Unión Europea año a año 4.

Organización 8.

Órganos 9.

Países de la Unión 11.

Países Candidatos 11.

Otros Países de Europa 11.

Símbolos 12.

La Constitución Europea 13.

CARMEN Mª GONZÁLEZ RUBIERA




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Enviado por:Kokinaw
Idioma: castellano
País: España

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