Relaciones Laborales y Recursos Humanos


Gestión de Recursos Humanos en Colombia


Universidad Nacional Experimental Del Táchira

Departamento De Ingeniería Industrial

Administración De Personal (4153T)

San Cristóbal - Edo. Táchira.

Evolución de la Gestión de Recursos Humanos en Colombia en los últimos 10 años

.

San Cristóbal, 29 De Octubre De 2006

INTRODUCCIÓN

Se ha hecho tan cotidiano hablar del capital humano y de su importancia, que quienes no han tenido contacto aún con la realidad organizacional pueden suponer que Recursos Humanos es un elemento fundamental en las empresas, cuya estructura y funcionamiento están íntimamente ligados al negocio generando aportes, pues, sin duda, no existe empresa sin empleados y viceversa, y sólo a través de una administración congruente, actualizada y estratégica es posible lograr mantener un equilibrio que favorezca a ambas partes.

Es un hecho que no en todas las empresas la unidad de Recursos Humanos posee la importancia que merece, aún suele vérsele como un "mal necesario",un proceso obligatorio ,en el cual se delega el cumplimiento de la normativa legal y el pago puntual de las obligaciones salariales,sin que ello signifique el menosprecio de su importancia,y a veces se le ve como un apéndice de la unidad de finanzas o tesorería

Pero esto no es nuevo, Recursos Humanos ha sido observada por décadas como una unidad que genera gastos, debido a que ha imperado una visión básica de su contenido, basada principalmente en las erogaciones que ésta genera, representadas en los sueldos, gastos médicos asociados a la selección (cuando estos se practican), adiestramiento, actividades culturales o deportivas, entre otras. A simple vista pareciera no advertirse el impacto financiero que la unidad de Recursos Humanos tiene bajo su responsabilidad y ello facilita minimizarla a tareas netamente operativas o simplemente obviarla.

Recursos Humanos, en conjunto, es vital para las organizaciones, como cualquier otra unidad, y esto se debe a que es la responsable de captar, desarrollar y mantener el talento que hace posible mercadear o producir los bienes y servicios, tiene una alta incidencia en la sociedad, mantiene viva y activa a la empresa, pero más allá de lo anterior, también es un ente capaz de producir ingresos y generar utilidades. Lo cual nos lleva a hacernos una pregunta:

¿Colombia esta preparada para ser una empresa del Siglo 21, en cuanto a Gestión De Recursos Humanos Se Refiere?

Es capaz de:

  • Manejarse por equipos humanos de alto rendimiento, que hacen uso de las nuevas tecnologías para mejorar los resultados de la empresa y al mismo tiempo de su calidad de vida.

  • Gerenciar el Conocimiento para asegurar su adecuada transmisión, mantenimiento y mejora con los recursos humanos actuales y futuros.

  • Dejar de ver la capacitación como un gasto para pasar a considerar la misma como una inversión.

  • Hacer participe al personal de las utilidades generadas, y como premio al trabajo en equipo.

  • Hacer partícipe al personal en lo atinente a la planificación, coordinación y organizaciones de sus labores.

  • Hacer prevalecer el trabajo en equipo de la organización como un todo, en contra de las actitudes individualistas y heroicas.

Estos son los aspectos que se estudiaran en este trabajo para poder así conocer de forma certera la evolución de la gestión de recursos humanos en Colombia.

GESTIÓN HUMANA EN COLOMBIA


El respeto por el ser humano se ha convertido en una de las partes más importantes dentro de la organización. Por eso, se refleja la importancia de la función de los departamentos de recursos humanos; incluso, se está rompiendo con la idea de que el departamento de relaciones humanos o gestión humana sirva simplemente en los procesos de contratación del personal.


Los recursos humanos en Colombia iniciaron en los años 50 con los llamados Departamentos de Relaciones Industriales, centrados en el manejo de las relaciones obrero patronales y sus aspectos sindicales.


Posteriormente, ante el auge de la psicología industrial emerge el profesional de esta disciplina, quien mediante el manejo de técnicas de selección y la extensión que hace de los conocimientos de su profesión a otros aspectos relacionados con la administración del personal, se convierte en el perfil deseado para que desempeñe nuevas funciones en la dirección de recursos humanos.


Profesionales en la administración y economía, ingenieros industriales, contadores, abogados y sicólogos han ido incorporándose en las labores de administración de personal dentro de lo que las empresas han llamado Departamentos de Recursos Humanos.

Hay diversidad de conceptos y criterios en el empresario colombiano sobre la asignación de las funciones, responsabilidades y alcances del área de Recursos Humanos.


Para algunos, ésta no pasa de ser una oficina que hace trámites de enganche, contratación y administración del personal por el pago de la nómina, la imposición de sanciones y despido, entre otros.


En consecuencia, esta función la podría hacer cualquier persona que entienda de procedimientos, que para este efecto exige el código laboral.

Mientras que para otras personas, la función de los recursos humanos va mucho más allá. A los procesos anteriores se le adiciona otros más rigurosos, con perfiles de cargo, actividades de capacitación y bienestar del empleado.


Pero hay un tercer nivel en empresas grandes que tienen la visión más amplia y establecen otras funciones adicionales relacionadas con higiene y seguridad, evaluación de desempeño, estudios salariales, planes y beneficios y manejo de relaciones con el sindicato.

OBJETIVOS DEL LA GESTIÓN HUMANA EN COLOMBIA

  • Adquisición de personal calificado. Las compensaciones deben ser suficientemente altas para atraer solicitantes.

  • Retener empleados actuales. Cuando los niveles de compensación no son competitivos, la tasa de rotación aumenta.

  • Garantizar la igualdad. La igualdad interna se refiere a que el pago guarde relación con el valor relativo de los puestos; la igualdad externa significa compensaciones análogas a las de otras organizaciones.

  • Alentar el desempeño adecuado. El pago debe reforzar el cumplimiento adecuado de las responsabilidades.

  • Controlar costos. Un programa racional de compensaciones contribuye a que la organización obtenga y retenga el personal adecuado a los más bajos costos.

  • Cumplir con las disposiciones legales.

  • Mejorar la eficiencia administrativa. Al cumplir con los otros objetivos, el departamento de personal alcanza su eficiencia administrativa.

VISIÓN COLOMBIANA DE LA GESTIÓN HUMANA

Administración de Talento Humana centrada en:

  • Gestión del Talento Humano, es poner a las personas adecuadas en el momento adecuado.

  • La cultura organizacional, es decir las actitudes, valores, normas, costumbres de un grupo de empleados, hace la diferencia en un negocio, y por lo tanto, es posible manipularla con el objetivo de atraer a cierta clase de perfiles de personas, con habilidades diferentes, de acuerdo a la necesidad de la industria. Para lo anterior, es vital gente con una actitud adecuada, personas realmente apasionadas por lo que hacen y dispuestas a dejar huella.

  • La planeación de la fuerza laboral, el desarrollo y entrenamiento, el plan de sucesión y el reclutamiento, son procesos que deben ser llevados a cabo con excelencia. . El 50% de altos ejecutivos, dice no haber aportado nada al negocio en sus dos primeros años de trabajo, lo cual deja ver la gran dificultad del departamento de Recursos Humanos para evaluar el talento humano no sólo en la dirección de habilidades y experiencia, sino también en la dirección de actitudes y expectativas.

  • Panorama General de la Gestión de Recursos Humanos en Colombia

    Contratación

    LEGISLACIÓN LABORAL:

    El régimen laboral colombiano está recogido en el Código Sustantivo del Trabajo y las leyes posteriores que lo desarrollan. La Ley n.º 50 de 1990 modificó este Código, eliminando las restricciones en materia de contratación laboral y permitiendo una mayor flexibilidad en el régimen de trabajo. El propósito inmediato de la reforma era el de promover la inversión de carácter privado e incentivar la generación de empleo a través de una mayor flexibilidad de la contratación laboral. En términos generales, el régimen laboral colombiano es muy flexible en los aspectos relacionados con las formas contractuales, en la estipulación de las jornadas laborales, en los pagos salariales y en la terminación del contrato de trabajo. Se divide en dos grandes bloques: el régimen laboral individual, que reglamenta las relaciones entre el empleador y cada trabajador; y el régimen laboral colectivo, que regula las relaciones entre el empleador y los trabajadores reunidos en sindicato.
        Los empleados extranjeros tienen los mismos derechos que los colombianos.

    - RÉGIMEN INDIVIDUAL

    1.- Contrato de trabajo. La legislación laboral consagra los derechos y las garantías mínimas del trabajador, que no pueden ser desconocidos por las partes. Por esta razón, al celebrar el contrato de trabajo no se pueden pactar estipulaciones en sentido contrario, ni el trabajador puede renunciar a sus derechos y prestaciones establecidos por la ley.

    Modalidades de contratación. El contrato puede ser verbal o escrito, aunque se recomienda que se celebre por escrito. Atendiendo a su duración puede ser:

    • Contrato a término fijo. Tiene lugar cuando las partes pactan de antemano su duración, que no puede ser superior a tres años; carece de un término mínimo de duración. Puede ser renovado indefinidamente, pero tanto su duración inicial como sus prórrogas deben constar por escrito. Si treinta días antes del cumplimiento del término del contrato ninguna de las partes avisa por escrito a la otra de su intención de no prorrogarlo, se entiende renovado por un término igual al inicialmente pactado. Si el término del contrato es inferior a un año, sólo podrá prorrogarse hasta por tres períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un año.

    • Contrato a término indefinido. No tiene una duración predeterminada por las partes o por la naturaleza del trabajo que se contrata. Cuando un contrato se celebra de forma verbal, se entiende que es a término indefinido.

    • Contrato por duración de obra. La duración está determinada por el tiempo requerido para ejecutar una obra o actividad contratada.

    • Contrato accidental o transitorio. Se utiliza para ejecutar trabajos ocasionales, accidentales o transitorios, distintos de las actividades normales del empleador. Su término de duración no puede ser inferior a un mes.

    2.- Período de prueba. El período de prueba es la etapa inicial del contrato de trabajo y tiene por objeto permitir al empleador evaluar la aptitud del trabajador y al trabajador evaluar las condiciones del trabajo; no puede exceder de dos meses y debe constar por escrito. Durante la vigencia del mismo cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin preaviso y sin la obligación de indemnizar a la otra.

    3.- Terminación del contrato. El contrato de trabajo puede terminar por las siguientes causas:

    • muerte del trabajador,

    • expiración del plazo pactado,

    • terminación de la obra o labor contratada,

    • liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento,

    • suspensión de actividades por parte del empleador por más de 120 días,

    • mutuo acuerdo,

    • sentencia ejecutoria,

    • por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la suspensión de contrato;

    • renuncia del trabajador. El trabajador puede terminar el contrato unilateralmente, dando preaviso a su empleador en un plazo no inferior a treinta días; en el caso de que el trabajador incumpla el plazo, el empleador podrá descontar el preaviso de las prestaciones sociales que se liquiden al trabajador en el momento de su retiro;

    • por justa causa, invocada por el trabajador o su empleador, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.º del Código Sustantivo del Trabajo.

       Cuando el empleador termina el contrato sin causa justa deberá indemnizar al trabajador con dinero. Las indemnizaciones se deben realizar de acuerdo con los parámetros establecidos en la siguiente tabla:

    Tipo de contrato

    Indemnización

    Contratos a término fijo

    Por el tiempo que falte hasta la expiración

    Contratos por duración de mano de obra o labor

    Por el tiempo restante para la terminación de la obra o labor, con 15 días como mínimo

    Trabajadores con menos de 1 año de servicio continuo

    45 días

    Trabajadores con más de 1 año y menos de 5 años de servicio continuo

    45 días y 15 más por año subsiguiente al primero y proporcionalmente por fracción

    Trabajadores con más de 5 años y menos de 10 años de servicio continuo

    45 días y 20 más por año subsiguiente al primero y proporcionalmente por fracción.

    Trabajadores con más de 10 años de servicio continuo

    45 días y 40 más por año subsiguiente al primero y proporcionalmente por fracción

    -  RÉGIMEN COLECTIVO

        En Colombia se ampara el derecho de asociación, el cual garantiza a los empleadores, a los trabajadores y a todo el que ejerza una actividad independiente el derecho a asociarse libremente.

    1.-Sindicatos. Para constituirse y subsistir, todo sindicato de trabajadores necesita un número mínimo de 25 afiliados y todo sindicato patronal un mínimo de 5 patrones independientes.

    2.-Negociación de conflictos colectivos. La negociación de conflictos colectivos consta de unas etapas bien definidas por la ley correspondiente: se inicia con la presentación del pliego de peticiones y se sigue con la negociación privada durante 20 días, prorrogables por otros 20 más; si hay acuerdo, se suscribe la Convención Colectiva (trabajadores sindicalizados) o el Pacto Colectivo (trabajadores no sindicalizados); si no, los trabajadores pueden optar por declararse en huelga o acudir a un Tribunal de Arbitraje, que el cual estará constituido por tres miembros: uno designado por los trabajadores, otro por el empleador y el tercero por estos dos.
        Una huelga puede tener un término máximo de 60 días, cumplido el cual se debe acudir al Tribunal de Arbitraje. El laudo arbitral emitido pone fin al conflicto, es de obligatorio cumplimiento y tiene una vigencia de dos años.

    - CONTRATACIÓN DE EXTRANJEROS

        Las empresas colombianas y extranjeras que tengan a su servicio un número mínimo de diez empleados, pueden contratar trabajadores extranjeros dentro de los siguientes límites: hasta el 10% de su personal ordinario puede ser extranjero; y, hasta el 20% del personal especializado, calificado, directivo o de confianza puede ser extranjero. Para contratar más personal extranjero del permitido, el empleador debe obtener autorización de la Subdirección de Relaciones Individuales del Ministerio de Relaciones Exteriores.


        Los ciudadanos extranjeros contratados laboralmente para prestar sus servicios en Colombia deben solicitar una visa temporal ordinaria en la categoría trabajador-contratado, la cual se otorga al extranjero que quiera establecerse en Colombia de forma no definitiva para realizar una actividad laboral en virtud de un contrato de trabajo o de prestación de servicios. Su vigencia es de dos años, renovable por períodos iguales, previa presentación de la prorroga del contrato o de uno nuevo. Ésta caduca si el extranjero se ausenta del país durante más de 90 días. Para su expedición el solicitante debe presentar los siguientes documentos:

    • solicitud de visa;

    • pasaporte vigente;

    • original y copia del contrato de trabajo o nota de la entidad comercial o industrial especificando el cargo que ocupará;

    • nota de la empresa contratante en la cual se compromete a sufragar los gastos de regreso al país de origen;

    • certificado de existencia y representación legal o personalidad jurídica de la empresa contratante, con una antelación no mayor a tres meses; en algunos casos especiales, los balances que demuestren la solvencia económica;

    • certificación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la que conste que con la incorporación del extranjero se respeta la proporcionalidad entre trabajadores nacionales y extranjeros prevista en la legislación laboral vigente; y,

    • acreditación de la experiencia o idoneidad, título profesional, matrícula y/o tarjeta profesional, cuando la legislación vigente lo exija.

     

    - RÉGIMEN MIGRATORIO

        En Colombia existen dos clases de visas: las temporales y las de residentes.

    * Visa de residente. Se otorga a los extranjeros que deseen establecerse de manera permanente en el país; tiene una vigencia indefinida y permite múltiples entradas. La visa de residente puede ser de cinco clases:

    • Residente-inversionista. Podrán solicitar esta visa las personas que deseen establecerse en Colombia y realicen una inversión superior a 200.000 dólares. El inversor debe llevar con su solicitud de visa, el registro de la inversión ante el Banco de la República y el pasaporte o documento de viaje vigente.

    • Residente-pensionado.

    • Residente-familiar de nacional colombiano.

    • Residente-calificado: colombianos de nacimiento o adopción que hubiesen renunciado a la nacionalidad colombiana; o inmigrantes que hayan sido titulares de visa de inmigrante durante más de cinco años consecutivos.

    • Residente-refugiado o asilado.   

    * Visa temporal.

    1. Temporal-preferencial.

    • Temporal-servicios. Se expide al extranjero que ingrese en el país en calidad de experto en desarrollo de tratados o acuerdos internacionales de cooperación técnica o científica, programas de asistencia o cooperación técnica o a miembros del personal administrativo y técnico de una misión diplomática, consular u organismo internacional intergubernamental o que vengan al país a desarrollar actividades consideradas por el Ministerio de Relaciones Exteriores como esenciales o prioritarias para el desarrollo de la nación. Se expide hasta por dos años y puede renovarse por períodos iguales.

    • Temporal-diplomática. Se otorga a los agentes diplomáticos, funcionarios consulares y demás titulares de pasaporte diplomático. Tiene vigencia hasta por dos años, renovable por períodos iguales.

    • Temporal-oficial. Se otorga a los extranjeros titulares de un pasaporte oficial o similar que vengan en desempeño de una misión oficial. Su vigencia es de un año, renovable por períodos iguales.

    2. Temporal-cortesía. Podrá concederse a los extranjeros en razón de su especial prestancia intelectual, profesional, cultural, académica, científica, política, empresarial, comercial o social y a quienes ingresen en virtud de intercambios, programas o actividades relacionadas con estas áreas. Se expide por el tiempo que dure la actividad a desarrollar sin superar el término de un año.

    3. Temporal-negocios. Se expide a empresarios, comerciantes, industriales y ejecutivos que deseen ingresar al país con fines de negocios. Su vigencia es hasta de tres años renovables y puede ser utilizada para múltiples ingresos, con una permanencia máxima de seis meses por cada ingreso.

    4. Temporal-asistencia técnica. Se otorga al extranjero que desee ingresar en el país para prestar un servicio técnico a entidades públicas o privadas; esta visa tiene una vigencia de hasta un año. El solicitante debe presentar una nota de la entidad mediante la cual se obliga a sufragar todos los gastos de regreso al país de origen o al último lugar de residencia del extranjero.

    5. Temporal-socio. Se otorga, hasta por el término de un año, al extranjero que haya constituido un establecimiento de comercio o haga parte o constituya una sociedad, estando amparado por una visa que lo permita. El solicitante debe demostrar la existencia de la sociedad.

    6. Temporal-visitante entrevista. Se otorga hasta por un término de 45 días al extranjero que pretenda ingresar en el país para participar en un proceso de selección de personal de entidades establecidas en Colombia. El extranjero seleccionado debe solicitar la visa correspondiente.

    7. Temporal-visitante técnico. Se otorga al extranjero que pretenda ingresar en el país para prestar servicios técnicos urgentes a entidades públicas o privadas. La entidad contratante debe justificar la urgencia del servicio requerido. Esta visa tiene una vigencia de 45 días, por lo que si la entidad requiere de los servicios del técnico extranjero por un término mayor, debe solicitar una visa temporal ordinaria de asistencia técnica.

    * Obligaciones del extranjero. Los titulares de visas de residente, de inmigrante o temporal cuya vigencia sea superior a seis meses tienen la obligación de inscribirse en el Registro de Extranjeros del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) dentro de los 30 días siguientes a su ingreso al país. Si la visa se expidió en el país, la inscripción deberá cumplirse dentro de los 30 días siguientes a su expedición.
        En todos los casos, el extranjero debe solicitar y obtener una cédula de extranjería, para lo cual los extranjeros amparados por una visa temporal ordinaria de trabajador o contrato o por una ordinaria de asistencia técnica deberán presentar la garantía constituida por el contratante a favor del DAS que ampare los gastos de regreso a su país de origen o a su último lugar de residencia al término del contrato o la prestación del servicio. El extranjero debe informar al DAS cualquier cambio de residencia, domicilio o actividad dentro de los 30 días siguientes al cambio.

    * Obligaciones de la empresa contratante. Todo empleador de un trabajador extranjero debe exigirle que presente su cédula de extranjería y debe informar al DAS acerca de la vinculación del trabajador dentro de los 30 días siguientes a la iniciación de las labores. Asimismo, debe comunicar por escrito a esta entidad dentro de los 30 días siguientes a la fecha de terminación de contrato de trabajo la desvinculación del ciudadano extranjero.


        La empresa contratante debe constituir una garantía a favor del DAS para amparar los gastos de regreso del extranjero contratado a su país de origen o a su último lugar de residencia al término del contrato, que puede consistir en una fianza, depósito bancario o póliza de cumplimiento.

    JORNADAS DE TRABAJO SEGÚN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA

    JORNADA LABORAL FLEXIBLE.

    El empleador y el trabajador pueden acordar temporal o indefinidamente la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana.

    . El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En este, el número de horas de trabajo diario podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá se de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria de 6 a.m. a 10 p.m.

    TRABAJO ORDINARIO Y NOCTURNO.

    El artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo dispone:

    Art. 160.- Trabajo ordinario y nocturno

    1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.).

    2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m.).

    TRABAJO DOMINICAL Y FESTIVO. ARTICULO 26.

    El artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 29 de la Ley 50 de 1990 quedará así:

  • El trabajo en domingo y festivos, se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75 %) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

  • Si con el domingo coincide otro día de descanso remunerado solo tendrá derecho el trabajador, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior.

  • Se exceptúa el caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el artículo 20 literal c) de la ley 50 de 1990.

  • SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES COLOMBIANOS:

    El sistema de protección social se constituye como el conjunto de Políticas públicas orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, especialmente de los más desprotegidos. Para obtener como mínimo el derecho a: la salud, la pensión y al trabajo.

    El objeto fundamental, en el área de las pensiones, es crear un sistema viable que garantice unos ingresos aceptables a los presentes y futuros pensionados.

    En salud, los programas están enfocados a permitir que los colombianos puedan acceder en condiciones de calidad y oportunidad, a los servicios básicos.

    El sistema debe crear las condiciones para que los trabajadores puedan asumir las nuevas formas de trabajo, organización y jornada laboral y simultáneamente se socialicen los riesgos que implican los cambios económicos y sociales. Para esto, el sistema debe asegurar nuevas destrezas a sus ciudadanos para que puedan afrontar una economía dinámica según la demanda del nuevo mercado de trabajo bajo un panorama razonable de crecimiento económico.

    Creación del Fondo de Protección Social. Créase el Fondo de Protección Social, como una cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, o a la entidad que haga sus veces, cuyo objeto será la financiación de programas sociales que el Gobierno Nacional defina como prioritarios y aquellos programas y proyectos estructurados para la obtención de la paz.

    1.- RÉGIMEN DE SUBSIDIO AL EMPLEO PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

    Como mecanismo de intervención en la economía para buscar el pleno empleo, créase el subsidio temporal de empleo administrado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como mecanismo contra cíclico y de fortalecimiento del mercado laboral dirigido a las pequeñas y medianas empresas, que generen puestos de trabajo a jefes cabeza de hogar desempleados. Este beneficio sólo se otorgará a la empresa por los trabajadores adicionales que devenguen un salario mínimo legal vigente, hasta el tope por empresa que defina el Gobierno Nacional.

    El Gobierno Nacional, previo concepto del CONPES, definirá la aplicación de este programa teniendo en cuenta los ciclos económicos, y señalará las regiones y los sectores a los cuales se deberá otorgar este subsidio, así como los requisitos que deben cumplir las Pequeñas y Medianas Empresas que estén pagando todos los aportes a seguridad social de sus trabajadores y los trabajadores adicionales para acceder al programa, incluyendo el porcentaje de estos que la empresa contrate amparados por el subsidio, los instrumentos de reintegro de los recursos cuando no se cumplan los requisitos para acceder al subsidio, y la duración del mismo, teniendo en cuenta en todo caso los recursos disponibles y los asignados en la ley 715 de 2001 para estos efectos.

    En ningún caso el otorgamiento de este subsidio generará responsabilidad a cargo del Estado frente a los trabajadores por el pago oportuno de salarios, prestaciones sociales y aportes, los cuales en todo caso son responsabilidad de los respectivos empleadores.

    2.- RÉGIMEN DEL SUBSIDIO FAMILIAR EN DINERO.

    Tienen derecho al subsidio familiar en dinero los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes S.M.L.M.V., siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios mínimos legales mensuales vigentes S.M.L.M.V.

    Cuando el trabajador preste sus servicios a mas de un empleador, se tendrá en cuenta para efectos del cómputo anterior, el tiempo laborado para todos ellos y lo pagará la Caja de Compensación Familiar a la que está afiliado el empleador de quien el trabajador reciba mayor remuneración mensual. Si las remuneraciones fueren iguales, el trabajador tendrá la opción de escoger la Caja de Compensación.

    En todo caso el trabajador no podrá recibir doble subsidio.

    El trabajador beneficiario tendrá derecho a recibir el subsidio familiar en dinero durante el periodo de vacaciones anuales y en los días de descanso o permiso remunerado de ley, convencionales o contractuales; periodos de incapacidad por motivo de enfermedad no profesional, maternidad, accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

    3.- RÉGIMEN DE PROTECCIÓN AL DESEMPLEADO

    SUBSIDIO AL DESEMPLEO.Como mecanismo de intervención para eventos críticos que presenten los ciclos económicos, créase el subsidio temporal al desempleo administrado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el cual se otorgará en las épocas que señale el Gobierno Nacional, previo concepto del CONPES.

    El Gobierno Nacional reglamentará los requisitos de selección y el número de beneficiarios, monto y duración del subsidio, y las condiciones que deben tenerse para acceder y conservar el derecho al subsidio, teniendo en cuenta los recursos presupuestales disponibles, así como lo referente a los convenios de cooperación o interadministrativos necesarios para la ejecución del programa.

    4.- RÉGIMEN ESPECIAL DE APORTES PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO.RÉGIMEN ESPECIAL DE APORTES AL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, AL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Y A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR.

    Estarán excluidos del pago de los correspondientes aportes al Régimen del Subsidio Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, los empleadores que vinculen trabajadores adicionales a los que tenían en promedio en el año 2002, con las siguientes características o condiciones, siempre que éstos no devenguen más de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes:

    1. Personas que hayan sido vinculadas para prestar un servicio a las empresas desde los lugares donde se encontraren privados de la libertad o fueren vinculadas, mediante contrato de trabajo sin solución de continuidad, después de haber recobrado su libertad.

    2. Personas con disminución de su capacidad laboral superior al veinticinco por ciento (25%) debidamente calificada por la entidad competente.

    3. Reinsertados de grupos al margen de la ley, debidamente certificados por la entidad competente.

    4. Personas entre los 16 y los 25 años y trabajadores mayores de 50 años.

    5. Jefes cabeza de hogar según la definición de que trata la presente ley.

    5.- REGIMEN ESPECIAL DE APORTES PARA ESTUDIANTES.

    Los estudiantes menores de 25 años y mayores de 16 años con jornada de estudio diaria no inferior a cuatro (4) horas, que a su vez trabajen en jornadas hasta de cuatro (4) horas diarias o jornadas flexibles de veinticuatro (24) horas semanales, sin exceder la jornada diaria de seis (6) horas, se regirán por las siguientes normas.

    A. Estarán excluidos de los aportes al ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar, siempre que no representen mas del diez (10 %) por ciento del valor de la nómina de la respectiva empresa.

    b. Sus empleadores deberán efectuar los aportes para Pensiones, salud y riesgos profesionales, en las proporciones y porcentajes establecidos en las leyes que rigen el Sistema de Seguridad Social, y su base de cotización será como mínimo un (1) salario mínimo mensual legal vigente S.M.M.L.V.

    5.- REGIMEN DE CONTRIBUCIONES AL SISTEMA DE SALUD PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES.

    Será facultad del Gobierno Nacional diseñar un régimen de estímulos para los trabajadores independientes, con el objeto de promover su afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud, respetando el principio de equilibrio financiero entre los beneficios concedidos y los recursos recaudados y las normas Constitucionales en materia de derechos fundamentales, sin perjuicio de la aplicación de las normas sobre control a la evasión.

    SISTEMAS DE REMUNERACIÓN.

    Existen dos sistemas para establecer la remuneración y los beneficios de los trabajadores:

    1. Ordinaria. Es la remuneración ordinaria, en dinero o especie, por un trabajo habitual más todo aquello que recibe como contraprestación por horas extras, comisiones y remuneración por trabajo en día de descanso obligatorio. Deben además pagarse las primas legales, cesantías, intereses de cesantías y vacaciones.

    2. Salario integral. Es una opción en la cual la suma pactada de común acuerdo por las partes incluye las remuneraciones extraordinarias y las prestaciones sociales, con excepción de las vacaciones. Sólo pueden acceder los trabajadores que devenguen una suma equivalente a diez o más salarios mínimos mensuales, más un factor prestacional a cargo del empleador del 30% de dicha cuantía.


        El salario mínimo es establecido por la ley para los trabajadores que laboren la jornada legal de 48 horas semanales. El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario, pero respetando siempre el mínimo legal o el fijado en las convenciones colectivas y fallos arbítrales. En el año 1997 el salario mínimo mensual era de 172.005 pesos (unos 170 dólares).


        Para los empleadores la ventaja de pactar salario integral es que no deben pagar al empleado ninguna suma adicional al salario, puesto que se considera que el 30% de factor prestacional cubre por adelantado todos los beneficios laborales.

     

    VACACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL.

    • El trabajador tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas por cada año de servicio o a su equivalente proporcional por el tiempo trabajado. En ciertos casos, las vacaciones pueden ser compensadas con dinero.

    • Las contribuciones a la seguridad social son de un 13,5% del salario mensual del trabajador, del cual tres cuartas partes deben ser pagadas por el empleador y el resto por el trabajador. Si éste devenga un salario igual o superior a cuatro salarios mínimos debe cubrir un 1% adicional. Estos pagos cubren la invalidez, la vejez y la muerte.

    EL SISTEMA DE PENSIONES TIENE UNA ESTRUCTURA DUAL EN COLOMBIA:

    Instituto de Seguros Sociales (ISS). Esta entidad cubre la pensión después de completar mil semanas de cotización y una edad mínima de retiro, que para los hombres es de 60 años y para las mujeres de 55.

    Fondos privados de pensiones. En este sistema no se exige una edad mínima de retiro, sino que se ahorre una suma determinada de dinero que garantice que el trabajador pueda gozar de una pensión equivalente al 110% del salario mínimo legal mensual vigente.

      Adicionalmente, los empleados deben pagar a las cajas de compensación familiar una suma equivalente al 9% de la nómina. También debe pagarse el 12% del salario mensual del trabajador por concepto de salud: el 8% a cargo del empleador y el resto lo cubre el trabajador.

    Los sistemas de pensiones tradicionales de Colombia son mecanismos de reparto en los que los trabajadores de las generaciones corrientes cubren las pensiones de los trabajadores de generaciones anteriores, ahora jubilados, con el compromiso implícito de que, cuando lleguen a la jubilación, los trabajadores del futuro pagarán por ellos. Pero este mecanismo no impone los mismos costos a todas las generaciones. Debido al momento demográfico en que fueron introducidos y a su baja cobertura inicial, los sistemas de reparto ofrecen actualmente beneficios que no podrán ser sostenidos en el futuro con las bajas contribuciones actuales.

    Las generaciones de hoy no están aportando al nivel de los beneficios a que se están haciendo acreedoras. Por consiguiente, con el sistema actual de reparto, la actual generación de trabajadores se convertirá en una carga muy elevada para las generaciones futuras. Los países que gozan de la oportunidad demográfica deben aprovecharla para pagar por sus pensiones generando los ahorros que permitan cubrir esos gastos en el futuro. De lo contrario sus pensiones exigirán mayores cargas y menos posibilidad de consumo de las generaciones futuras.

    A pesar de su potencial redistributivo, los sistemas de reparto simple no han operado como mecanismos efectivos de distribución del ingreso hacia los pobres. Las reducidas obligaciones iniciales han permitido que los grupos de trabajadores más favorecidos reciban condiciones generosas de jubilación, lo que a su vez ha limitado la posibilidad de ampliación de la cobertura del sistema. Los nuevos sistemas de pensiones podrán buscar la universalización de una protección mínima con base en recursos generales del presupuesto, y la generación de los ahorros individuales con base en un régimen de capitalización administrado por el sector privado y estrictamente vigilado por el Estado, como ya existe en varios países de la región.

    Aunque en Colombia la actividad de los fondos aún está en sus comienzos, se espera que su participación creciente llegue a ser una proporción importante del producto interno bruto en el año 2007.

    PRESTACIONES SOCIALES PARA EL SISTEMA ORDINARIO DE REMUNERACIÓN.

    Son conceptos adicionales que el empleador debe pagar a sus trabajadores en forma adicional al salario, para atender necesidades o cubrir los riesgos originados durante el desarrollo de su actividad.

    1. Prima de servicio. Las empresas de carácter permanente deben pagar a sus trabajadores la suma equivalente a 15 días de salario por cada semestre de trabajo o la parte proporcional por cada período de trabajo superior a tres meses. El derecho al pago de prima de servicio se pierde cuando el empleador despide al trabajador por justa causa. Los empleadores no establecidos como empresa no están obligados a pagar esta prestación.

    2. Auxilio de cesantía. Es el pago que el empleador hace al trabajador al terminar el contrato de trabajo; tiene como finalidad brindar al trabajador un medio de subsistencia al término de la relación laboral. Constituye un mes de salario por cada año de servicio o la parte proporcional por cada fracción de tiempo trabajado.


        El sistema de liquidación anual y definitiva de la cesantía que se aplica a los trabajadores vinculados a partir del primero de enero de 1991 es el siguiente: el empleador liquida el 31 de diciembre de cada año el valor de la cesantía devengada por el trabajador en dicho año; el valor liquidado debe ser consignado al trabajador en el fondo de cesantías que éste escoja a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.


        El salario base para liquidar la cesantía es el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre y cuando no haya variado en los tres últimos meses; de lo contrario, se promedia lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo servido si el tiempo fuere menor a un año.

    3. Intereses de cesantía. Consiste en un interés del 12% anual sobre la cesantía liquidada anualmente. Este pago se realiza directamente al trabajador.

    4. Calzado y ropa de trabajo. Todo empleador que ocupe habitualmente por lo menos un trabajador permanente debe proporcionar un par de zapatos y un vestido de trabajo a aquellos trabajadores que devenguen una suma mensual equivalente a dos salarios mínimos o menos. Esta prestación debe ser suministrada al trabajador cada cuatro meses.

    5. Subsidio de transporte. Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales tienen derecho a un auxilio de transporte fijado por el Gobierno. En 1997 el auxilio equivalía a 17.250 pesos (unos 17 dólares).

    6. Licencia de maternidad. Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de doce semanas remuneradas en la época del parto con el salario que devengue en el momento de iniciarse el descanso. Estas garantías son extensivas para la madre adoptante del menor de siete años de edad, asimilando la fecha del parto a la de la entrega oficial del menor que se adopta. Dicha licencia se extiende al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente.


        La trabajadora puede reducir su licencia a once semanas y ceder una a su esposo o compañero permanente para obtener compañía en el momento del parto y en el tiempo posterior a éste. La trabajadora que durante el embarazo sufra un aborto o parto prematuro tiene derecho a una licencia de dos a cuatro semanas remuneradas con el salario que devengaba en el momento de iniciarse el descanso. Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia.

    7. Subsidio familiar. Todas las empresas deben inscribirse en una Caja de Compensación Familiar. Esta inscripción otorga al trabajador el derecho a obtener servicios de salud, capacitación y recreación, así como subsidios en efectivo para sus hijos menores de edad


        El empleador debe pagar, dentro de los diez primeros días de cada mes, una suma equivalente al 9% del monto de su respectiva nómina a aquella caja de compensación que haya seleccionado; de este porcentaje, el 2% se destina al Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), el 3% al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y el 4% al subsidio familiar.

    Capacitación

    Con preocupación muchas empresas se preguntan hoy en Colombia: ¿Cómo van a afrontar la competencia derivada de la apertura económica? Una valiosa técnica para poder responder exitosamente a esa pregunta es la gerencia estratégica. Hay que administrar las oportunidades coyunturales para que las variaciones en el mercado, la falta de conocimientos y los adelantos tecnológicos no se conviertan en amenazas a nuestra empresa y por ende la puedan desaparecer.

    Los nuevos requerimientos de calificación estarían, por otro lado, llevando a las empresas a aumentar los esfuerzos empleados en la capacitación de su mano de obra. Según los dados de una encuesta realizada por el ACRIP en el 2004, esto habría ocurrido en aproximadamente el 50% de la muestra

    Presentando los siguientes porcentajes de capacitación:

    • Mayor capacitación a gerentes y Supervisores 70%

    • Mayor capacitación a trabajadores de producción y oficina 72%

    • Contratación de personal técnico calificado 44%

    El gobierno apua el desarrollo de los colombianos por medio del decreto 1567 DE 1998 creando el Se crea sistema nacional de capacitación, con el propósito común de generar en las entidades y en los empleados del Estado una mayor capacidad de aprendizaje y de acción, en función de lograr la eficiencia y la eficacia de la administración. El cual establece que;

    • El Gobierno Nacional, mediante el Plan Nacional de Formación y Capacitación, orientará la formulación de los planes institucionales que deben elaborar las entidades públicas. El Plan tiene por objeto formular la política en la materia, señalar las prioridades que deberán atender las entidades públicas y establecer los mecanismos de coordinación, de cooperación, de asesoría, de seguimiento y de control necesarios.

    • Cada entidad contará para la capacitación con los recursos previstos en el presupuesto, así como con sus propios recursos físicos y humanos, los cuales debe administrar con eficiencia y transparencia, estableciendo mecanismos que permitan compartirlos con otros organismos para optimizar su impacto.

    Criterios de selección

    El primer elemento importante de una política de recursos humanos decidida a enfrentar los problemas relativos a la calificación y a las capacidades de la mano de obra en cada realidad productiva, es la determinación de criterios de selección del personal. Según la literatura, la tendencia que debería acompañar la diseminación de los nuevos paradigmas productivos sería, con referencia a este aspecto, el aumento de

    Las exigencias de escolaridad de la mano de obra, que, a su vez, estaría relacionada con mayores requerimientos relativos a sus competencias básicas e intelectuales. Esta tendencia se ha evidenciado en una serie de investigaciones realizadas en la Región. Los diversos sectores de la economía colombiana le dan especial importancia a los siguientes criterios de selección con los siguientes resultados basados en una encuesta hecha a diferentes industrias en el año 2005:

    • Experiencia previa en trabajo similar 46%

    • Nivel educacional 34%

    • Calificación técnica específica 52%

    • Disposición para aprender nuevas calificaciones 26%

    • Capacidad para trabajar en grupo 26%

    • Habilidades motrices 12%

    • Disposición para identificarse con los valores de la empresa 40%

    Evaluaciones de desempeño

    Las evaluaciones de puestos son procedimientos sistemáticos para determinar el valor relativo de cada puesto. Tiene en cuenta las responsabilidades, habilidades, esfuerzos y las condiciones de trabajo. El objetivo de la evaluación de puestos es decidir el nivel de los salarios.

    Debido a que la evaluación es subjetiva, la lleva a cabo personal con capacitación especial, que recibe el nombre de analista de puestos o de especialista en compensaciones. Cuando se emplea un grupo de gerentes o especialistas, el grupo recibe el nombre de Comité de valuación de puestos.

    Los sistemas más comunes son:

    Jerarquización de puestos: es el método más sencillo (y menos preciso) para llevar a cabo una valuación de puestos. Los especialistas verifican la información procedente del análisis de puestos. Cada puesto se integra en una escala subjetiva, de acuerdo con su importancia relativa en comparación con los otros. Estas son jerarquizaciones globales, aunque es posible también que los evaluadores consideren el grado de responsabilidad, capacitación, esfuerzo y condiciones de trabajo que conlleva la función. Estas jerarquizaciones no establecen diferencias entre los puestos. Las escalas de compensación que se basan en jerarquizaciones amplias garantizan que los puestos más importantes sean mejor pagados, pero debido a la falta de precisión, los niveles de pago resultantes pueden ser distorsionados.

    Graduación de puestos: la graduación o clasificación de puestos es un método algo más completo, aunque tampoco muy preciso. Consiste en asignar a cada puesto un grado. La descripción que más se acerque a la descripción de puesto determina la graduación o clasificación. Garantiza que los empleados más importantes recibirán una compensación más alta, pero la falta de precisión también puede conducir a distorsiones.

    Comparación de factores: este método requiere que el Comité de evaluación de puestos compare los componentes esenciales de cada puesto. Los componentes esenciales son los factores comunes a todos los puestos en evaluación, por ejemplo: el grado de responsabilidad, capacitación, esfuerzo mental, esfuerzo físico y condiciones laborales. Cada uno de estos factores se compara (uno a uno) respecto al mismo factor en otros puestos. Esta evaluación permite que el comité determine la importancia relativa de cada puesto. Se basa en los siguientes pasos:

    • Paso 1: identificación de los factores esenciales. Decidir qué factores son significativos y comunes para una amplia gama de puestos.

    • Paso 2: determinación de los puestos esenciales. Son los que se encuentran comúnmente, tanto en la organización como en el mercado de trabajo. Los puestos esenciales se seleccionan porque es más sencillo identificar la tasa de mercado para ellos. Es ideal que estos puestos sean considerados clave por los empleados y que cada uno comprenda una amplia variedad de factores importantes que deben evaluarse.

    • Paso 3: adscripción de salarios para puestos esenciales. Se concede un valor monetario a cada componente básico de cada puesto. La proporción salarial concedida a los factores de cada puesto dependerá de la importancia de cada factor.

    • Paso 4: ubicación de los puestos esenciales en una tabla de comparación de factores. La información se transfiera a una tabla de comparación de factores, de acuerdo con la compensación salarial adscripta a cada factor esencial, se colocan los puestos básicos que sirvieron para el estudio.

    • Paso 5: evaluación de otros puestos. Una vez que se registran los puestos básicos y la asignación de salarios para cada uno de sus factores esenciales, se puede proceder a la evaluación de otros puestos, sirviéndose de los puestos típicos como indicadores.

    Sistema de puntos: es el más empleado para la evaluación de puestos. En vez de utilizar niveles saláriales, utiliza puntos. Sus resultados son más precisos, porque permite manejar con mayor detalle los factores esenciales. Pasos:

    • Paso 1: determinación de los factores esenciales. Puede desarrollarse con los mismos factores del método de comparación, pero generalmente profundiza más el análisis pues descompone estos elementos en subfactores.

    • Paso 2: determinación de los niveles de los factores. Dado que el nivel de responsabilidad puede variar de uno a otro puesto, el sistema de puntos crea varios niveles asociados con cada factor. Estos niveles ayudan a los analistas a fijar compensaciones para diferentes grados de responsabilidad y otros factores esenciales.

    • Paso 3: adjudicación de puntos a cada subfactor. Con los factores esenciales listados y los diferentes niveles colocados como encabezados, se obtiene un sistema matricial de puntuación. El comité asigna puntos, en forma subjetiva a cada subfactor. Esta adjudicación de puntos permite que el comité conceda puntuaciones muy exactas a cada elemento del puesto.

    • Paso 4: adjudicación de puntos a los niveles. Ya asignados los puntos a cada elemento del puesto del nivel IV, los analistas conceden puntos en cada nivel diferente, para resaltar la importancia de cada uno.

    • Paso 5: desarrollo del manual de evaluación. El manual incluye una explicación por escrito de cada elemento del puesto. También define qué se espera, en términos de desempeño de los cuatro niveles de cada subfactor. Esta información es necesaria para asignar puntos a los puestos de acuerdo con su nivel.

    • Paso 6: aplicación del sistema de puntuación. Cuando se encuentran listos el manual y la matriz de puntuación, se puede determinar el valor relativo de cada puesto. Este proceso es subjetivo. Requiere que el especialista en sueldos y salarios compare las descripciones de puesto en el manual de evaluación, para cada subfactor. El punto de coincidencia entre la descripción de puestos y la descripción del manual permite fijar el nivel y los puntos de los subfactores de cada puesto. Se suman los puntos de cada subfactor para identificar el número total de puntos del puesto. Después de obtener la puntuación total para cada puesto, se establecen las jerarquías relativas. Al igual que con los otros métodos, estos resultados deben ser verificados por los gerentes de departamento, para asegurarse de que las puntuaciones y los niveles saláriales establecidos son adecuados.

    (1997-2006)

    EVOLUCIÓN DE LA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

    EN COLOMBIA EN LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS:

    1997 - 1998:

    Sueldos Y Beneficios:

    • Para el año 1997 el salario mínimo era de 172005 pesos mensuales unos 170 dólares.

    • En la séptima sesión ordinaria de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales realizada en el mes de diciembre de 1997, se fijó de manera concertada el monto del salario mínimo legal vigente diario para el año de 1998 en la suma de seis mil setecientos noventa y cuatro pesos con veinte centavos ($6.794.20) moneda corriente.

    Principales Leyes Y Decretos:

    • Ley 361 de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones”.

    1999 - 2000:

    Sueldos Y Beneficios:

    • a partir del 1 de enero de 1999 el salario mínimo legal diario, para los trabajadores de los sectores urbano y rural, se estableció en la suma de siete mil ochocientos ochenta y dos pesos ($7.882) moneda corriente, lo que representa un aumento del 13,8% con respecto al año anterior.

    Algunos beneficios laborales y mecanismos para el desarrollo integral de todos los trabajadores del sector público establecidos en este periodo de tiempo son:

    • Tendrán derecho a beneficiarse de los programas de bienestar social todos los empleados de la entidad y sus familias.

    • La prestación de las actividades, intervenciones y procedimientos definidos en el Plan de Atención Básica en Salud será financiado con recursos del situado fiscal destinados al fomento de la salud y prevención de la enfermedad.

    • Atención en accidentes de tránsito y eventos catastróficos.

    • Las personas con discapacidad pueden recibir la pensión de sus padres en caso de fallecimiento.

    • los trabajadores tanto del sector publico como privado tendrán derecho a ingresar el Fondo Nacional de Ahorro quien administrará de manera eficiente las cesantías y contribuirá a la solución del problema de vivienda y de educación de los afiliados, con el fin de mejorar su calidad de vida, convirtiéndose en una alternativa de capitalización social.

    Políticas De Selección, Capacitación Y Retención:

    • Planes de Formación y Capacitación formulados por el Departamento Administrativo de la Función Pública en coordinación con la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.

    • Programas de mejoramiento continúo de las entidades en las áreas de gestión, en particular en las de recursos humanos, financieros, materiales, físicos y tecnológicos, así como el desempeño de las funciones de planeación, organización, dirección y control.

    • Estímulos a los servidores públicos. El Gobierno Nacional otorgará anualmente estímulos a los servidores públicos que se distingan por su eficiencia, creatividad y mérito en el ejercicio de sus funciones.

    • Se crea sistema nacional de capacitación, con el propósito común de generar en las entidades y en los empleados del Estado una mayor capacidad de aprendizaje y de acción, en función de lograr la eficiencia y la eficacia de la administración.

    • Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo de la creatividad, la identidad, la participación y la seguridad laboral de los empleados de la entidad.

    • Otorgar becas y comisiones de estudio.

    • Participación libre en concursos de ascenso, limitado solo por las condiciones y requerimientos exigidos.

    • La selección de personal será de competencia de cada entidad, bajo las directrices y la vigilancia de las Comisiones del Servicio Civil, y la asesoría del Departamento Administrativo de la Función Pública.

    Principales Leyes Y Decretos

    • Ley 581 de 2000. “Ley de Cuotas” la cual conmina a todas las ramas y órganos del poder público a tener por lo menos una tercera parte de mujeres en sus niveles directivos.

    • Ley 549 de 1999. creación de un fondo de pensiones y cesantías para los organismos descentralizados

    • LEY 515 DE 1999 “Por medio de la cual se aprueba el "Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión de Empleo", adoptada por la 58a. Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo”.

    • Ley 489 1998:“La presente ley regula el ejercicio de la función administrativa, determina la estructura y define los principios y reglas básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública”.

    • DECRETO 1567 DE 1998 Por el cual se crean el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado.”

    • LEY 443 DE 1998 “Esta ley presenta la carrera administrativa que es un sistema técnico de administración de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer igualdad de oportunidades para el acceso al servicio público, la capacitación, la estabilidad en los empleos y la posibilidad de ascenso.”

    2001- 2002:

    Políticas De Selección, Capacitación Y Retención:

    • Manejo de la planeación estratégica

    • Se reconoce la importancia del balance entre vida y trabajo.

    • Incorporación de planes suplementarios de salud.

    • Manejo de los asuntos individuales de cada empleado.

    • Liderazgo de iniciativas de cambio organizacional.

    • Desarrollo de las actividades utilizando equipos que estén orientados al alto desempeño (Trabajo en equipo).

    • Ha ganado importancia el uso de Internet como fuente de reclutamiento.

    Principales Leyes Y Decretos:

    • Ley número 789 del 27 de diciembre de 2002, por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social, creando un sistema viable que garantice unos ingresos aceptables a los presentes y futuros pensionados. En salud, los programas están enfocados a permitir que los colombianos puedan acceder en condiciones de calidad y oportunidad, a los servicios básicos. Creación del Fondo de Protección Social.

    • Ley 762 de julio de 2002, por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

    • Ley 712 De 2001, normas legales relacionadas con el contrato de trabajo y sus consecuencias mediatas e inmediatas.

    2003-2004:

    Sueldos Y Beneficios:

    • El salario mínimo legal en el año 2003 fue de $ 332.000 pesos mensuales, que corresponde aproximadamente a US112, 2 dólares.

    • El Régimen laboral En el 2003 el l Gobierno sancionó la Reforma Laboral que trae modificaciones como la extensión de la jornada laboral y permite la creación del subsidio al empleo y al desempleo. También contempla cambios en la tabla de indemnizaciones por despido injustificado y en el contrato de aprendizaje.En lo que se refiere a la primera aspecto, se fijó un período de transición, es decir que no aplicará para los trabajadores que están enganchados a partir de abril, mientras que para los nuevos será de aplicación inmediata.A través de esta medida se pretende reducir el impacto que pueda tener la entrada en vigencia de esta iniciativa e igualmente da un lapso de tiempo para que empresarios y trabajadores se pongan de acuerdo sobre las nuevas reglas del juego. Dicho elemento es el que ha sido bautizado por el Ejecutivo como la “flexibilización laboral”.}

    • Subsidio Al Empleo Y Desempleo En cuanto a los incentivos dentro del nuevo régimen se contempla la creación de un subsidio al empleo y al desempleo.El primero consiste una ayuda económica a las pequeñas y medianas empresas que generen puestos de trabajo para jefes cabeza de hogar desempleados.Este subsidio de $100 mil mensuales será entregado directamente al empleador y tendrán prioridad en la asignación de los recursos las zonas rurales, zonas con problemas de desplazamiento y conflicto armado. Con el subsidio al empleo, el Gobierno estima que se beneficiará anualmente a 220 mil jefes de hogar desempleados, que tendrán la oportunidad de vincularse al mercado laboral.Respecto a los dineros para ello, se financiarán con recursos del presupuesto nacional, créditos externos y transferencias de la Nación a los departamentos.

    Principales Leyes Y Decretos:

    • Ley 797 de enero 29 de 2003, trata de la pensión de vejez, por invalidez y muerte “Régimen General De Pensiones”

    • ley numero 909 del 23 de3 septiembre de 2004 “ por lo cual se expiden normas que regulen el empleo publico, la carrera administrativa, gerencia publica y se dictan otras disposiciones”, iniciando así una nueva etapa.

    2006- 2005:}

    Sueldos Y Beneficios:

    • El sueldo mínimo legal en Colombia para el año 2005 fue de 381500 pesos con un aumento del 7% del sueldo para el 2006 alcanzando los 408014 pesos mensuales en cuanto a personal no calificado se refiere (no incluyen las prestaciones sociales obligatorias de la ley laboral).A continuación se presenta un grafico que ilustra el promedio salarial en las organizaciones colombianas según los cargos en las mismas.

    Mostrándonos que a medida que un empleado escala en la organización obtiene mejores beneficios económicos.

    • El subsidio de transporte para el 2005 fue de 44500 con un aumento del 7.19% para el 2006. Así como también proporciona medios de transporte, como arrendamiento de vehículo y cheques de gasolina para aquellos cargos que por su labor requieren desplazarse, asignando montos que bajo un criterio de racionalidad no generen enriquecimiento patrimonial ni se destinen por parte del usuario a aspectos diferentes de la necesidad de desplazamiento.

    • Se evidencia una tendencia a otorgar pagos (Bonos) por desempeño

    • Aporte voluntario a Fondo de Pensiones (Como aporte empresarial) con tope el 30% del ingreso total laboral p tributario del año, incluidos los aportes obligatorios.

    • Cheques canjeables de alimentación (canasta y restaurante) para quienes devengan un ingreso hasta de 15 salarios mínimos.

    • Plan educativo (modalidades de pago a establecimientos o gastos de capacitación exclusivamente del funcionario para su plan de carrera): éste puede cubrir también a los hijos del trabajador.

    • Planes de salud como medicina prepagada y póliza de hospitalización y cirugía, como pagos indirectos.

    • Crédito de empresa con destinación a vivienda, vehículo o consumo, otorgado a una tasa preferencial e incluso hipotética.

    • Seguros de vida y accidentes personales para los empleados y de automóvil sólo para vehículos de empleados que lo utilicen como herramienta de trabajo.

    Políticas De Selección, Capacitación Y Retención:

    • Elaboración de perfiles de cada cargo que requiere la organización, con los requisitos en materia de capacitación, personalidad y cultura.

    • Evaluaciones semestrales de las habilidades de los empleados y cuales puede desarrollar a futuro (no muy explotado).

    • Trabajo en equipo.

      • capacitación del personal en aspectos tales cómo: Las técnicas de resolución de problemas y toma de decisiones.

      • Herramientas de gestión.

    Principales Leyes Y Decretos:

    • Ley 1010 de 23 de enero de 2006, por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo. La presente ley tiene por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.

    • Decreto 2020 de 2006, “Por medio del cual se organiza el Sistema de Calidad de Formación para el Trabajo”, mediante el cual se define el sistema de certificación, las instituciones y programas objeto de certificación, instituciones certificadoras y demás disposiciones al respecto. En pro de la formación, ampliación de cobertura para que un mayor número de colombianos cuente con las competencias requeridas por un mercado laboral cada día más exigente y globalizado.

    • Ley 995 de 2005. "Por medio de la cual se reconoce la compensación en dinero de las vacaciones a los trabajadores del sector privado y a los empleados y trabajadores de la administración pública en sus diferentes órdenes y niveles"

    • Ley 990 de 2005. La cual habla de las organizaciones sindicales y de pensionados la por la cual se modifica el literal c) del artículo 5° de la Ley 278 de 1996.

    • Ley 962 de 2005. "Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos".

    IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA

     

    En general la misión de la empresa a través de estos casi 30 años, ha sido la de prestar un servicio eficiente, ético y profesional, basándose en la buena formación y experiencia de sus trabajadores. De esta manera poderle brindar a las empresas y entidades con las cuales establece contratos una alta confiabilidad en los servicios de auditoria financiera, siendo consientes de la responsabilidad que adquieren, antes que pensar en lo lucrativo del negocio. Tanto es así, que el cumplimiento de la misión ha llevado a la empresa ha ganarse la confianza de entidades de alto renombre tanto publicas, como privadas. Los mas importantes bienes y servicios en los cuales AMEZQUITA se ha especializado son la revisoría fiscal, la auditoria externa y la consultoría.

    En la actualidad la empresa labora en oficinas ubicadas en la Cl. 37 # 22-23 de la ciudad de Santa fe de Bogotá, las cuales laboran desde 1968, pero su registro de matricula mercantil aparece por primera vez el 24 de Mayo de 1972, constituyéndose como una sociedad limitada, que en el día de hoy cuenta con unos activos de $ 2.105.604.000.k.o. aproximadamente.

    En líneas generales la empresa actualmente cuenta con 110 empleados, distribuidos en personal administrativo, supervisores y auditores, encontrándose 40, 15 y 53 respectivamente.

    AMEZQUITA & CIA se desarrolla en un sector el cual ha evolucionado de manera impresionante en los últimos 10 años con la aparición de las diferentes corrientes organizacionales de las empresas, que hizo necesario el manejo de grandes capitales , dentro de los parámetros de la mejor productividad para alcanzar una posición ventajosa competitivamente . Es así como podemos hablar de un sector que en al año de 1968, en la prestación de servicios de auditoria reportaba apenas unas 5 empresas más o menos importantes, mientras que en la actualidad cuenta con cerca de 100 firmas nacionales e internacionales, de las cuales encontramos firmas como la PRICE WATERHOUSE, AUDISIS, IBERAUDIT, AUREA y AUDITAR como los mas fuertes competidores de AMEZQUITA & CIA.

    BREVE RESEÑA HISTÓRICA

     

    La empresa Amézquita & Cía., remonta sus orígenes al año de 1.968, donde cuatro (4) personas ( Juan José Amézquita, Pedro H. Reyes, Héctor del Río Neira y Héctor Galindo ; el primero de ellos director de la Escuela Nacional de Comercio, la cual se transformaría tiempo después en la 1a. facultad de contaduría pública del país, además ex-director de la carrera de contaduría de la Universidad Nacional de Colombia ) aportan el capital inicial el cual se aproxima a un monto de $10000 (precio corriente).

    En sus inicios el personal total de la empresa lo componían los cuatro (4) socios, una secretaria y un mensajero, los cuales gracias a la disciplina, honestidad y eficiencia del ente durante estos casi treinta (30) años, han crecido para convertirse hoy en un centro de trabajo para 110 personas aproximadamente.

    Acerca de los servicios prestados por la empresa no han variado mucho, pues si en la antigüedad prestaban servicios de revisoría fiscal, auditoria externa y consultorías, en la actualidad también lo realizan complementados con auditorias de sistemas y gestión ; servicios implantados en los últimos siete años, como consecuencia del crecimiento de su número de clientes (actualmente podemos nombrar algunos a nivel general como : Banco Popular, Banco del Estado, BCH, Empresas Públicas de Medellín, Empresas Varias de Medellín, Central Hidroeléctrica de Caldas, Fiduciaria del Estado, fiduciaria Popular, Fiduciaria superior).

    ANÁLISIS: Podemos observar que uno de los puntos más importantes para el crecimiento vertiginoso de la empresa durante los últimos años, es la positiva imagen que ha ido adquiriendo la firma en su sector económico, fruto de la eficiencia total de su trabajo; lo que le ha hecho acreedora a distintos y poderosos clientes que confían en la calidad de sus servicios, y promueven y alimentan su crecimiento.

    UBICACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE PERSONAL

     

    El departamento de personal de la compañía está conformado básicamente por dos personas, las cuales son: un contador y su respectiva secretaria, en este momento cargos ocupados por el Contador Germán Díaz e Irma Duarte cuya antigüedad en la empresa se remontan a 12 y 26 años respectivamente.

    El organigrama de la compañía es relativamente poco diversificado y convencional, debido a que el trabajo realizado por el ente es básicamente ejecutado por un grupo de personas organizados en gerente, supervisor y auditores del respectivo trabajo, cliente o "proyecto”; además hay que notar que en su gran mayoría la empresa está compuesta por contadores públicos, y personal de servicios generales.

    Observamos de esta manera, que el "departamento" de personal, no se puede definir como un departamento, sino como una oficina de dos personas, que hacen parte de la administración general de la empresa (en staff, pues no dependen, ni dirigen a ningún otro departamento, sino simplemente brindan una ayuda al trabajo realizado con el personal y otras funciones, a la administración general ), además, cabe resaltar, que paralelo de manejar, curva salarial y nómina, no cumplen funciones como reclutamiento y selección de personal, descripción del cargo y evaluación del desempeño ; puntos importantes de cualquier departamento de recursos humanos, pues estas funciones son realizados en la mayor parte por la junta de socios, con una pequeña asesoría del "dpto." de personal.

     

    ANÁLISIS: Como podemos ver, el departamento de personal no se puede definir como un departamento, sino como una oficina de personal, que cumple alguna de las funciones pertinentes de dicha división, siendo complementada por la Junta de Socios que desarrolla las demás actividades. Consideramos, que lo realmente importante no es la distribución de las funciones (aunque, sería óptimo que todas estuviesen concentradas en un solo lugar), sino lo relevante es la óptima realización de las mismas.

    EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

     

    Los objetivos de la oficina de personal de la empresa en estudio son los mismos que se puede fijar un departamento de personal en cualquier entidad; son estos propósitos comunes los que sugieren que se le considere a este staff de la compañía como un departamento de personal establecido como tal. El objetivo principal del departamento es la manipulación del personal dentro de la empresa y como objetivos específicos perseguidos podemos enumerar entre otros:

     

    • Reclutar y seleccionar el personal que sepa desarrollarse de acuerdo a los fines de la compañía, en cada uno de los diferentes cargos.

    • Entrenamiento continuo del personal dependiendo de las actividades que desempeñen.

    • Cumplir a cabalidad con la gestión de nómina en todos sus aspectos.

    • Estudiar los posibles ascensos, promociones y premios a las personas que según las políticas de la empresa reúnan los requisitos.

    • Controlar y evaluar el desempeño de los empleados de acuerdo a los objetivos trazados para un período de tiempo determinado.

    El departamento no posee subsistemas como tal establecidos dentro del mismo, lo único que se puede aseverar al respecto consiste en que la junta de socios se encarga directamente de algunas funciones del departamento dando la aprobación o desaprobación final a los conceptos emitidos por este de acuerdo a los informes periódicos que este debe constituir respecto a diferentes aspectos.

    En cuanto a las políticas de personal vigentes en el momento no se encuentran en un manual específico, para ello, sin embargo, de acuerdo a la entrevista con el gerente y jefe de personal se pueden deducir las siguientes:

    • La edad y el género de los aspirantes a ingresar a la compañía no es un factor relevante en la decisión de selección.

    • Las universidades de las cuales la compañía prefiere egresados son la Universidad Nacional, Pontificia Javeriana y Externado de Colombia.

    • Debido a que varios de los socios son profesores de universidades como las anteriormente nombradas el departamento les informa sobre las vacantes encontradas y estos sugieren candidatos que en la mayoría de los casos luego de efectuarles las respectivas pruebas para el cargo es seleccionada inmediatamente sin ningún tipo de competencia, es decir, no se recluta a ningún otro candidato.

    • La experiencia solicitada para el cargo depende de la responsabilidad de este y de los conocimientos requerido por el mismo. No se exige un número de años de experiencia específico cuando hay una vacante.

    • Si el empleado posee 5, 10 o 15 años de trabajar en la empresa se le realiza un reconocimiento especial y significativo.

     

    Estas son solo algunas de las políticas que maneja la compañía respecto al personal, sin embargo existen muchas más que se aplican implícitamente y que no se recordaron en la reunión.

    La compañía hace rotación de personal de acuerdo solo en los casos de:

     

    • Petición del empleado de trabajar en un sector diferente al que actualmente se ocupa.

    • Solicitud del cliente por inconformidad con cualquier aspecto respecto al desempeño del grupo de trabajo asignado.

    La rotación responde a estos dos motivos principalmente debido a que la compañía evidencia la importancia de que el personal pueda experimentar en ambos sectores de la economía el real y el financiero y así incrementar sus conocimientos, dominio y disposición de personal entrenado para cualquier cliente. Respecto al segundo motivo se puede afirmar que las solicitudes del cliente son atendidas a cabalidad para satisfacer las necesidades del mismo y así ofrecer un mejor servicio manteniendo de esta manera los clientes actuales y por medio de la difusión de estos a sus conocidos aumentarla la cantidad continuamente.

    Respecto al grado de ausentismo evidenciado en la compañía se puede decir que los empleados de planta son controlados permanentemente en cuanto al cumplimiento de sus horarios de trabajo, pero se encuentra una grave dificultad respecto al control de los auditores que trabajan en el campo debido a la

    independencia que sugiere su cargo, por esto mismo no se tiene un registro de sus horarios estricto, de allí se desprende la gran necesidad de que el personal seleccionado posea un alto grado de honradez y ética para que la empresa pueda depositar su confianza total en él. El único instrumento de control utilizado hasta el momento para controlarlos es una llamada telefónica en una hora indeterminada, sin embargo este mecanismo no se aplica frecuentemente y por lo tanto no se lleva un registro continuo de estos resultados. Por todo esto no existe en la empresa un índice de ausentismo conocido.

    ANÁLISIS: Como podemos observar, el departamento de personal no es un gran ente, el cual se estratifique de manera estratégica, sino es una oficina que ayudada de la Junta de Socios realiza las funciones pertinentes al personal y su desempeño. Consideramos muy importante la función desarrollada por esta oficina, pues a pesar de no poseer subsistemas controla todo lo pertinente al personal de un ente de la naturaleza de Amézquita & Cía. Auditores Asociados

    RECLUTAMIENTO DE PERSONAL

    Toda organización se relaciona con su medio externo, y es la vinculación del factor humano a ella lo que constituye un factor esencial para el desarrollo de la empresa.

    Es por ello que a través del reclutamiento de personal se hace necesario el conocimiento del perfil que requiere la organización y los requerimientos que deben estar en capacidad de desempeñar o desarrollar dentro del medio empresarial, para poder tener una potencial mano de obra que vean identificados sus intereses con los de la compañía.

    Debido a que Amézquita y Asociados es una empresa de auditoria en la cual el perfil del candidato debe tener un amplio grado de responsabilidad, las fuentes de reclutamiento tienen que brindar cierto grado de apoyo o recomendación en base a dicho factor personal del empleado, pero muy importante para el desarrollo de su trabajo dentro de la organización. Variables como el rendimiento, los costos y el tiempo que indicaría la fuente de reclutamiento a pesar de tener importancia en toda organización se ven relegadas por el hecho de que es a través del método que pueda brindar un mayor acercamiento al perfil requerido que se debe desarrollar el reclutamiento.

    En Amézquita el proceso de reclutamiento se hace en forma muy exclusiva debido al perfil antes mencionado; en alguna época la compañía desarrollaba dicho proceso a través de anuncios en periódicos o de convocatorias en las Universidades con cierto tiempo de anticipación, pero los resultados no fueron los más satisfactorios, debido a que luego de capacitados los estudiantes, otras empresas dedicadas a brindar consultorías y en su mayoría multinacionales se llevaban el personal capacitado.

    Por dicho motivo, la compañía en este momento esta desarrollando su proceso de reclutamiento y captación de personal externo para cargos como auditores exclusivamente, los cuales no requieren igual capacitación que gerentes o supervisores; en la actualidad los auditores nuevos son reclutados a través de recomendaciones hechas expresamente por personal de la misma compañía, que a la par desempeñan labor de profesores en Universidades de la Ciudad o afines, en donde están en contacto con un sin número de potenciales candidatos y pueden llegar a conocer más a fondo cuales llenan los requisitos para un perfil de empleado de la empresa con mayor exactitud y cuales tienen el potencial requerido para la labor de auditores.

    Para los cargos de más experiencia como supervisores y gerentes, se tienen predilección por personas de la misma empresa en donde se les brinde un ascenso luego de cierta experiencia en la misma, sabiendo de antemano que ya conocen las políticas de la empresa a la perfección y no se requeriría de tanta capacitación como para una persona externa que no conociese el desarrollo de la firma.

    ANÁLISIS: En general podemos concluir que Amézquita posee una gran herramienta de reclutamiento que son sus mismos integrantes y que para la razón y el objeto social de la compañía es el mejor o por lo menos uno de los más eficaces métodos de reclutamiento que le ayuda a captar un gran mercado potencial de fuerza laboral, pero dicha fuente no es de igual modo aplicable a empresas de otra razón u objeto social.

    SELECCIÓN DE PERSONAL

     

    La selección de personal es aquel proceso que determina cuales dentro de los posibles solicitantes de empleo son los que cumplen de la mejor manera los requerimientos de la organización, por lo general dicho proceso es responsabilidad del departamento de personal.

    El responsable de la selección debe obtener la información necesaria para determinar y evaluar cada una de las alternativas hasta obtener la mejor decisión; además se deben considerar otros factores tales como conocer las especificaciones del puesto, grado de selectividad al contratar y reconocer en el aspirante sus destrezas y habilidades para poder llegar a realizar distintas labores al interior de la organización.

    Se debe lograr también que las políticas y criterios usados en la organización para el proceso de selección sean lo mas acertadas y equitativas de manera tal que sea un proceso acorde a los requerimientos de la empresa y que provea para ella misma elementos útiles para su buen funcionamiento.

    Proceso de selección: El proceso de selección empieza desde el momento en que se presentan las vacantes en una organización debido a transferencias, promociones, retiros o simplemente por aumento autorizado del personal. Las vacantes pueden ser ocupadas muchas veces por los mismos empleados de la organización.

    El primer paso dentro de la selección de personal es generalmente la entrevista; este mecanismo es usado para aclarar y verificar los datos que vienen en la solicitud, obtener mayor información de lo que el individuo quiere y busca hacer, cuales son sus expectativas.

    La mayoría de las compañías requieren que los aspirantes diligencien formatos de solicitud dado que son un mecanismo que permiten obtener variedad de información en cuanto al solicitante.

    Además de obtener información y antecedentes de los posibles candidatos, las organizaciones tienen en cuenta que la persona posea un estado de salud tal que pudiese cumplir adecuadamente con su labor, de ahí que muchas veces el candidato es sometido a un examen médico para detectar posibles limitantes e impedimentos para el ejercicio de su labor.

    A continuación lo que se hace es verificar la información que ha sido suministrada sea acorde a la realidad y así poder realizar selecciones preliminares y finales.

    Para cada uno de los procesos anteriores son diversos los métodos o enfoque que se usan para obtener información, básicamente lo importante es que el mecanismo que se esté usando cumpla con las expectativas de la organización, es decir, sea aplicado de la manera correcta y resulte eficaz en la selección del personal que la empresa necesita. Además de ser realizado por una persona o departamento que posea unas políticas claras y objetivas para dicho proceso.

    En el caso de Amezquita y asociados S.A la selección se realiza de la siguiente forma, la persona hace la solicitud de empleo, según las necesidades de dicha empresa, entonces se realiza un examen de la hoja de vida de dicho aspirante, luego es sometido a una entrevista a cargo de uno de los jefes de la firma y también es sometido a test de conocimientos y de aptitud que pretenden medir las destrezas del aspirante en los campos que la organización crea convenientes. Luego es decisión de la Junta de Socios la elección o no de dicho aspirante.

    En este caso no hay un psicólogo (anteriormente lo había), que generalmente son las personas que llevan a cabo dicho proceso, tampoco se realizan entrevistas de carácter grupal por disposición de la misma organización.

    Si se considera que el aspirante cumple con los requerimientos de la organización en ese momento se le hace saber el deseo que tiene la organización de contar con sus servicios y se entra en la fase de definir los términos del contrato referentes a la remuneración y duración, aspectos ya conocidos.

    ANÁLISIS: Como criticamos, que la selección de personal no se hace por personas con el título de especializadas en la materia, realzamos el hecho de que si se realiza (dicho proceso) por personas idóneas como es la Junta de socios, la cual ha adquirido una enorme experiencia en todo lo relacionado con los procesos nombrados, reconociendo la calidad del personal, fruto de la detallada selección realizada.

    DESCRIPCIÓN Y ANÁLISIS DE CARGOS

     

    En la cualquier empresa es muy importante el que sus empleados estén realmente satisfechos con su trabajo y aún más que ello, que cada empleado este ubicado verdaderamente en el lugar para el cual es esta calificado o en el cual pueda desarrollar casi plenamente su potencial. En una empresa como Amézquita debido a la misma estructura de su organización, muchas veces el trabajo de las personas pasa desapercibido, pero es en la medida en que cada trabajador se sienta identificado con su labor, que desempeñará de una forma más eficiente este.

    Muchas veces no es suficiente el haber estudiado contaduría o administración para llegara ser auditores o gerentes, es mucho más profundo el análisis que se debe realizar para poder llegar a ubicar a cada miembro de la empresa en el puesto a su medida.

    Luego de un proceso concienzudo de reclutamiento y selección de personal la fuerza laboral entra a trabajar directamente a la empresa, pero es la descripción de cargos la llamada a definir cual debe ser el perfil para cada labor dentro de la compañía, ya que las labores de gerentes, supervisores o auditores no son nunca las mismas y por ende la información que la descripción suministre a los procesos de reclutamiento y selección serán básicos para el soporte de la organización.

    El enfoque que tiene la empresa en cuanto a la descripción de cargos se ve más conectado con las relaciones humanas que con el tipo clásico, ya que en Amézquita cada trabajo tiene cierto grado de autonomía y se le permite al trabajador seguir por su propio camino, siempre y cuando los fines últimos de su trabajo se lleven a cabo.

    Esto se ve apoyado con el hecho de que las labores se cumplen fuera de las instalaciones y el control es más humanístico que mecánico con respecto al cumplimiento de objetivos de los trabajadores.

    El criterio utilizado para el análisis de cargos es más social e intelectual que físico debido a la misma dimensión del trabajo, ya que los conocimientos para auditores son de gran importancia, al igual que las relaciones sociales de los gerentes, mientras que en ningún momento se llegará a necesitar de la fuerza en ninguno de los cargos manejados dentro de Amézquita.Los Auditores por ejemplo son aquellos encargados de llevar a cabo la parte de consultoría de cada una de las empresas que solicitan a Amézquita su colaboración en tal sentido tanto para consultorías en sistemas como de gestión, de ellos depende directamente la imagen de la empresa ya que son los que llevan contacto directo con el cliente.

    Los supervisores por su parte son los encargados de controlar la labor realizada por los auditores y permanecer constantemente en la empresa que realizó el contrato para verificar la labor desempeñada en las consultorías.

    Los gerentes por otra parte son los que planean, seleccionan y distribuyen el personal dependiendo la empresa y labor a realizar en cada contrato. Los gerentes son los que a su vez controlan y supervisan periódicamente, en las instalaciones físicas del cliente, a sus subordinados (supervisores y auditores).

    Dichas labores a realizar por cada cargo son definidas por la junta de socios a través del análisis de la experiencia propia como auditores y de los requerimientos que ellos observan se exigen dentro de la organización.

    ANALISIS: En conclusión podemos mencionar que si por un lado a Amézquita se le facilita desarrollar su labor de descripción de cargos a través de las relaciones humanas y de la observación, lo verdaderamente importante en las empresas de hoy es el poder tener a sus empleados en el empleo justo según sus conocimientos e interés sociales, para desarrollar en forma armónica el desempeño personal y en general de la compañía.

    EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

     

    La evaluación del desempeño ocurre exista o no un programa formal de evaluación al interior de la organización, las personas están permanentemente observando la forma en que cada uno de los empleados desempeñan su labor y por tanto se forman impresiones acerca de la realización de dicho trabajo. Aunque en el común de las personas no se considere así, los programas de evaluación del desempeño lo que buscan es mejorar el desempeño de una persona en un cargo determinado y de ninguna manera como se cree generar conflictos o dar motivos para eventuales despidos.

    El fracaso o éxito de la evaluación del desempeño depende en gran medida de las bases sobre las cuales se fundamente. La mayoría de evaluaciones se da de manera casual y no establecida, aunque también están aquellos que cuentan con un sistema de objetivos bien claros y un sistema bien organizado para alcanzarlos.

    Pasos en un programa de evaluación del desempeño.

  • Formular los requisitos de desempeño. En otras palabras, determinar lo bien que se espera que el empleado desempeñe sus obligaciones.

  • Discutir los requisitos de desempeño con el empleado y ajustarlos según sea necesario.

  • Observar lo que esta haciendo el subordinado.

  • Evaluar el desempeño comparado con sus requisitos

  • Discutir la evaluación realizada con el empleado.

  • Tomar la decisión adecuada.

  •  

    Se debe tener muy en claro la base sobre la que se compara a los individuos, o sea los estándares de trabajo. Sin embargo actualmente lo que se hace es evaluar el desempeño respecto a unos objetivos establecidos en un período anterior.

    Cuando no es posible alcanzar mejoras en el desempeño de un individuo se aplican entonces acciones de naturaleza correctiva. El grado en el cual el programa de organización beneficie a la organización dependerá del grado de objetividad con que se realice la evaluación del desempeño y que la realización de dicho proceso no ayude a crear conflictos laborales, sino a mejorar por medio de enseñanza y práctica el ejercicio de las funciones en los distintos cargos de la organización.

    Para Amézquita y asociados, la evaluación del desempeño es un elemento indispensable en el buen funcionamiento de la empresa, dado que se prestan servicios hacia firmas del sector financiero y del sector real; la evaluación se realiza cada 40 horas o cada vez que termina una labor asignada o trabajo, se realiza un informe y la persona lo lee y lo aprueba con una firma. además existe un formato de evaluación en el que se especifica que su propósito es obtener los suficientes detalles sobre el rendimiento y comportamiento de lo trabajadores de la firma, se hace la salvedad de que se puede calificar en base al conocimiento del personal asignado al trabajo y en base a la categoría actual del mismo.

    El informe debe discutirse con el auditor evaluado, no sin reconocer el trabajo bien hecho y aportando sugerencias constructivas en las áreas que requieran mejoramiento.

    Los aspectos contenidos en el informe son los siguientes:

    • Naturaleza de la asignación y trabajo realizado.

    • Evaluación del trabajo

    • Cualidades profesionales

    • Cualidades personales

    • Comentarios adicionales

    Con cada aspecto evaluado y además teniendo en cuenta factores como la habilidad profesional, desarrollo de los papeles del trabajo, efectiva administración de la asignación y una vez diligenciado el formato y los informes, se procede a discutir dicha evaluación.

    Hay que notar, que en la empresa analizada, no se realiza autoevaluación.

    Todos los niveles en el interior de la organización se evalúan unos a otros teniendo en cuenta el nivel jerárquico y asignaciones, aspecto que permite hacer mas objetiva la evaluación.

    También se debe anotar que otro factor dentro de la evaluación del desempeño la constituyen las empresas o clientes, quienes de alguna manera hacen conocer sus conceptos y sugerencias a la empresa respecto al empleado que realiza algún trabajo para ellos, con el fin de exaltar su función o por el contrario expresar su solicitud de cambio dada por la inconformidad en algún aspecto.

    Dado que las personas no permanecen en el edificio de la compañía o en un puesto de trabajo fijo, este es un buen mecanismo para poder formarse algunos criterios del rendimiento y desempeño personal de cada empleado.

    Otros aspecto que se debe resaltar es el hecho de que las evaluaciones del desempeño son uno de los criterios que tiene la organización en el momento de otorgar beneficios tales como ascensos o aumentos salariales para aquellas personas que demuestran merecerlos en virtud a la función que han realizado.

    ANÁLISIS : Consideramos importante que para cada uno de los aspectos antes mencionados la firma poco a poco ha ido estableciendo ciertos criterios propios y por ejemplo ha desarrollado algún tipo de formatos que de alguna manera buscan facilitar la labor de realizar una entrevista o realizar un seguimiento.

    VALORACIÓN DEL TRABAJO EN LA EMPRESA

     

    El sistema de valoración de la empresa no es muy complejo, púes es el producto de los distintos trabajos realizados por la compañía. Los trabajos que ellos desempeñan son básicamente de auditorias externas, revisorías fiscales, y/o consultorías; a sus distintos clientes, los cuales piden algunos de estos servicios a Amézquita & Cía.; en el momento de ser confirmado el cliente, se organiza un grupo de trabajo, el cual es conformado por un Gerente del proyecto, quien programa y organiza el trabajo ; también se cuenta con un supervisor, quien es el que coordina, controla y "chequea" la gestión desempeñada, en las instalaciones del cliente ; y por último por un grupo de auditores, quienes desarrollan, bajo el mando de los dos primeros, todo el trabajo. Este grupo es designado por el Gerente del proyecto, quien a su vez es escogido por la Junta de Socios, quien es la parte más importante (en cuanto a jerarquización) de la empresa.

    ANÁLISIS: En realidad la empresa, no posee un grado de jerarquización contundente, sino una distribución del trabajo, por el cual se responsabilizan los distintos trabajadores del grupo, según su organización y respectivas cargas laborales. En nuestro concepto, el objeto social de la empresa, no permite una mayor organización de manera más estructurada del personal, y consideramos, que la distribución actual es óptima y facilita la búsqueda de la calidad en el trabajo.

    ESTRUCTURA SALARIAL

     

    En cuanto a los salarios fijados en la empresa Amézquita & Cía., no hay mucho que decir. La Compañía no posee políticas definidas para la fijación de salario, como muestra de ello, observamos que en una misma categoría los salarios oscilan al rededor de un salario base, y así para las distintas categorías presentadas en la Firma.

    Como principales criterios para la fijación individual de un salario se tienen en cuenta los siguientes aspectos (todos igualmente importantes): Experiencia, desempeño en los trabajos realizados, formación - idiomas, sistemas, postgrados, pregrados - , rango dentro de cada categoría y antigüedad en la empresa.

    Para apreciar un poco mejor la jerarquización de salarios en Amézquita & Cía., podemos observar la siguiente escala de salarios:

    T I P O D E

    T R A B A J A D O R

     

    NOMBRE

    CATEGORÍA (No. de empleados)

    SALARIO

     

    A (1)

    $6'000.000 (integral)

    SOCIOS

    B (1)

    $5'000.000 (integral)

     

    C (2)

    $4'000.000 (integral)

    GERENTES DE

    A (6)

    $2'400.000 (integral)

    AUDITORIA

    B (5)

    $1'700.000

     

    C (4)

    $1'400.000

    SUPERVISORES

    A (3)

    $1'200.000

    DE AUDITORIA

    B (5)

    $1'050.000

     

    C (7)

    $900.000

    ASISTENTES DE

    A (11)

    $770.000

    AUDITORIA

    B (9)

    $680.000

     

    C (33)

    $600.000

    GERENTE ACTIVO

    1

    $1'350.000

    ABOGADOS

    Comerciales (1)

    $2´400.000 (integral)

     

    Tributarios (1)

    $2´400.000 (integral)

    DIRECTOR PERSONAL

    1

    $2´400.000

    CONTADOR

    1

    $1'000.000

    ASISTENTE CONTADOR

    1

    $600.000

    ASISTENTE DE ADMÓN.

    1

    $800.000

    SECRETARIAS

    4

    $500.000

    ARCHIVO

    1

    $400.000

    SERVICIOS GENERALES

    4

    $350.000

    ANALISIS: Aunque no se tienen unas políticas definidas para la fijación de los salarios, consideramos que la estructura de los mismos, es óptima, y remunera a cada trabajador de manera equitativa, según su desarrollo laboral, sus capacidades, experiencia y antigüedad en la empresa.

    ESTÍMULOS

    Aunque este punto no se contemplaba en la guía de la investigación, deseamos incluirlos, pues consideramos que es un factor importante en el desarrollo del personal y en el compromiso con la empresa.

    Como principales estímulos se reconocen los que son otorgados a aquellos trabajadores con cierto nivel de antigüedad (5, 10 y 15 años), además de la celebración de fechas especiales a lo largo del año, como Navidad, Año nuevo, se realiza un brindis en Semana Santa, día de la secretaria, día de los niños, celebración del cumpleaños de los socios, despedida de trabajadores que renuncian a su cargo para desempeñarse en otra entidad, etc.

    ANALISIS: En nuestro concepto todas estas celebraciones a nivel grupal, son fantásticas para alentar al trabajador a comprometerse cada día más con su desempeño y con su empresa, y no recomendaríamos los estímulos individuales, pues podrían aumentar la eficiencia del personal basándose en un ambiente de competitividad y celos profesionales, que afectarían el desarrollo de la empresa y el clima laboral. Al contrario, respaldamos el reconocimiento a la antigüedad en la empresa, pues lleva al empleado a fijarse un reto consigo mismo.


    CONCLUSIONES

    Hoy en día se hace necesario que entendamos la importancia de cada uno de los procesos y registros establecidos en el área de recursos humanos, ya que mundialmente las economías han dado un giro significativo sobre sus áreas de interés, encontrándonos ante un entorno de constantes cambios y de alta competitividad, donde el proceso de globalización y apertura de mercados amenaza de forma arrastrante nuestros intereses nacionales. 



    En este proceso de globalización en que vivimos nos urge apelar al manejo efectivo y eficaz de nuestros sistemas organizacionales y de la administración de Personal. 

    La Administración Personal o de recursos humanos busca compenetrar el recurso humano con el proceso productivo de la empresa, haciendo que éste último sea más eficaz como resultado de la selección y contratación de los mejores talentos disponibles en función del ejercicio de una excelente labor de estos. Así como también la maximización de la calidad del proceso productivo depende de igual modo de la capacitación de los elementos humanos para hacer más valederos sus conocimientos.

    El departamento de Administración de personal de una empresa busca que las estrategias y políticas que usa cada departamento sean las más adecuadas, y en todo caso funge como asesoría y consultaría de cada departamento. Este es un departamento que une de la manera más eficiente los Recursos Humanos.

    DOCUMENTOS CONSULTADOS

    • http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/rrhh/analisisrrhhempauditoria.htm

    • http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/L0515_99.HTM#1

    • http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/L0515_99.HTM#1

    • www.dnp.gov.co/archivos/documentos/PRAP_PPS_Normatividad/Ley_489_de_1998.pdf

    • http://www.sena.edu.co/Portal/Direcci%C3%B3n+Jur%C3%ADdica/Normas

    • http://www.sena.edu.co/Portal/Direcci%C3%B3n+Jur%C3%ADdica/Normas/

    • http://juriscol.banrep.gov.co

    • http://unpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/clad0051505.pdf.

    • http://www.cideiber.com/infopaises/Colombia/Colombia-08.html

    • http://www.ilustrados.com/publicaciones/EpyAFyyVVZSPyTWjrM.php#superior

    • PLAN NACIONAL DE DESARROLLO: " Cambio para construir la Paz" Cáp. 1 - 3 El contexto, política Macroeconómica.

    • Informe trimestral, Banco de la República: Marzo de 1999, Marzo 2000. En www.banrep.gov.co.

    • "LA DESCENTRALIZACIÓN EN COLOMBIA", nuevos desafíos, documento elaborado por el Banco Interamericano de Desarrollo, en www.iabd.com.

    • http://www.ecopetrol.com.co/contenido.aspx?catID=236&conID=37481

    • http://www.lared.com.co/NoticiasLaborales/2006Mayo8.htm

    • http://www.portafolio.com.co/port_secc_online/porta_econ_online/2006-09-08/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR_PORTA-3264226.html

    • http://aporrea.org/dameverbo.php?docid=70375

    • http://www.aciem.org/bancoconocimiento/E/Estudiodesalarios/Estudio%20Salarios-ACRIP%202006.pdf

    Gestión De Recursos Humanos En Colombia




    Descargar
    Enviado por:Yelitza
    Idioma: castellano
    País: Venezuela

    Te va a interesar