Formas de pago internacional
Economía. Crédito documentario o carta de crédito. Cobranza de exportación. Orden de pago o transferencia. Cheques. Giro bancario

- Formas de pago internacional
Ficha resumen del documento - Formas de pago internacional
Versión PDF - Formas de pago internacional
Versión para descargar
FORMAS DE PAGO INTERNACIONALES

|
| Su finalidad es facilitar el comercio externo e interno, eliminando la desconfianza que pudiera existir entre compradores y vendedores.
|
| ¿Por qué es más segura la Carta de Crédito para el exportador? Debido a que este instrumento de pago es más oneroso que la Cobranza o la Transferencia, los importadores prefieren estos últimos antes de efectuar la apertura de Carta de Crédito. COBRANZA DE EXPORTACIÓN Su operatoria es más simple que la de Carta de Crédito, ya que el exportador se presenta en un banco de plaza con: *Los documentos de embarque y * Gestiona la apertura de una Cobranza. Los bancos intervinientes no tienen la obligación de respaldar el pago ya que su responsabilidad se limita a enviar los documentos, recibir el importe de la operación (procedimiento a cargo del banco del exportador), entregar los documentos y girar el dinero pagado por el importador (procedimiento a cargo del banco del importador). El costo de la Cobranza es inferior al de la carta de crédito y su operatoria es mas ágil. Si el importador no hace efectivo el pago de la operación, el exportador no puede reclamar al banco, dado que éste es sólo un intermediario. La Cobranza Documentaria es utilizada cuando existe una relación comercial de confianza entre el exportador y el importador.
|
|
| ORDEN DE PAGO O TRANSFERENCIA
Es barata y ágil. El importador efectúa el pago mediante giro o transferencia a favor del exportador, y este al recibir el importe embarca la mercadería y le envía los documentos de embarque. (para el caso de operaciones con pago anticipado) La operatoria puede hacerse con pago diferido, siendo que en este caso, el exportador embarca la mercadería y el importador efectúa el pago en el vencimiento pactado. Este procedimiento no tiene ningún aval bancario. Cheques
|
|
Crédito Documentario o Carta de Crédito
Es un instrumento de pago, sujeto a regulaciones internacionales, mediante el cual un banco (Banco Emisor) obrando por solicitud y de conformidad con las instrucciones de un cliente (ordenante) debe hacer un pago a un tercero (beneficiario) contra la entrega de los documentos exigidos, que muestren el embarque de mercancías o entrega de servicios pactados, de acuerdo, a los términos y condiciones del propio crédito.
Es un compromiso escrito asumido por un banco de efectuar el pago al vendedor a su solicitud y de acuerdo con las instrucciones del comprador hasta la suma de dinero indicada, dentro de determinado tiempo y contra entrega de los documentos indicados. Llamado también “Crédito Comercial”, “Crédito Documentario”, y en algunas ocasiones simplemente crédito.
Se caracteriza por ser un contrato vinculante para el banco en el que es precisamente tener a favor del cliente una disponibilidad determinada para emitir las cartas de crédito aprobadas en el contrato, siendo el objeto mismo del contrato la existencia de la disponibilidad de crédito a favor del cliente y no propiamente la carta de crédito.





