Educación y Pedagogía


Estructura organizativa de un colegio


ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL COLEGIO LA PAZ

En este apartado vamos a ver cual es la composición y funcionamiento de los diferentes órganos de gestión del colegio:

EL EQUIPO DIRECTIVO:

El Equipo Directivo es la estructura organizativa que posibilita la superación de la concepción individualizada de la función directiva. Existen razones que, en la actualidad, nos conducen a defender esta concepción de equipo para las funciones directivas. Entre ellas destacamos:

ð La progresiva complejidad de la función educativa y directiva y de la organización educativa.

ð La calidad de las decisiones compartidas por encima de las individuales.

ð El mejor grado de compromiso y de corresponsabilidad que supone asumir proyectos de forma colectiva.

El trabajo del Equipo Directivo debe hacer posible un equilibrio entre la repartición de espacios de gestión que son asumidos de forma autónoma y la responsabilidad de asumir una concepción integrada de la función directiva.

El Equipo Directivo es el ejecutor de las líneas de trabajo y de decisiones tomadas por el Consejo Escolar de Centro.

El Equipo Directivo está formado por:

ð Director/ a.

ð Jefe/ a de Estudios.

ð Secretario/ a.

Las funciones legales de este órgano colegiado son:

ð Elaborar la propuesta de Plan Anual.

ð Colaborar con el Jefe de Estudios en la confección del horario general del centro.

ð Recopilar propuestas de Claustro sobre actividades extraescolares.

ð Elaborar la memoria.

ð Colaborar con el Claustro y el Jefe de Estudios en el seguimiento de la programación del centro.

ð Recopilar propuestas del Claustro sobre criterios pedagógicos y utilización.

Facilitar la coordinación y la comunicación entre los órganos unipersonales, así como asesorar al Director.

ð También se podría especificar otras funciones propias del Equipo Directivo. Alguna de sus áreas de actuación van en la línea de articular y consolidar un proyecto y un clima favorable en los centros educativos.

Son las detalladas a continuación:

ðINFORMACIÓN: Crear canales de información y garantizar que circule en todas direcciones. Estos canales también deben incluir el centro y el entorno.

ð ANIMACIÓN: Favorecer un clima en el que sea posible la innovación, la participación de todos los sectores, de las instituciones cercanas a la escuela. Impulsar la formación del personal del centro.

ð COORDINACIÓN: Coordinar el conjunto de órganos del centro, realizar propuestas de temas a tratar, preparar las convocatorias, las órdenes del día, los materiales necesarios, ... Favorecen actividades de coordinación externa con otros centros, entre otros profesionales, etc.

ð PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN: Elabora planes de trabajo planificados y periodificados. Responsabilizarse de la elaboración de los documentos del centro: Proyecto Educativo de Centro, Proyecto Curricular, Planes Anuales, memorias, proyectos,...

ð ADMINISTRACIÓN: Elabora la propuesta de presupuesto y llevar a cabo su análisis y seguimiento. Controlar la disponibilidad de recursos globales del centro. Gestionar la burocracia del centro.

ð REPRESENTACIÓN: Ordenar la representación del centro.

ðDIRECCIÓN: Hacer cumplir las leyes vigentes. Ejercer de Jefe de Personal del centro. Hacer el seguimiento y ejecutar los acuerdos del Consejo Escolar de Centro y del Claustro de Profesores.

ð EVALUACIÓN: Establecer los mecanismos para que el conjunto de actividades del centro sean evaluadas. Planificar actividades de evaluación anuales. Proponer instrumentos de evaluación. Recopilar los resultados de evaluación para modificar los Planes de Centro.

El Equipo Directivo se reunirá, al menos, una vez al mes y siempre que lo requiera alguno de sus componentes.

La figura del Director:

Será elegido por el Consejo escolar y nombrado por el Director Provincial. Los candidatos serán maestros, funcionarios de carrera, con destino definitivo en el centro, un año de permanencia en el mismo, como mínimo y tres de docencia.

Los candidatos deberán presentar por escrito ante el consejo escolar, con una antelación mínima de quince días respecto a la fecha de la elección, su programa de dirección y sus méritos profesionales.

En ausencia de candidatos, la Dirección Provincial podrá nombrar, con carácter provisional, un Director por el período de un año. Dicha elección podrá recaer en un maestro del centro o de otro centro de educación infantil o primaria ubicado en el ámbito de esa Dirección Provincial.

Algunas funciones del Director son:

ð Planificación: El Proyecto Educativo y el Plan de centro, ofrecen el marco de planificación que debe efectuar el Equipo Directivo.

ð Organización: Distribución y definición de labores, asignación de responsabilidades entre los miembros de la comunidad educativa.

ð Coordinación: Armonización y sincronización de la actividad del conjunto de personas, con los planes y la asignación de recursos necesarios.

ð Ejecución: Tomar decisiones, dar instrucciones, realizar trabajos, aplicar recursos, solucionar problemas,etc.

ð Control: Evaluación de la eficacia del proceso educativo del centro.

Estas funciones directivas se concretan en una serie de competencias que debe llevar a cabo el Director:

ðRepresentar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

ð Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.

Dirigir y coordinar todas las actividades del centro de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias de Consejo Escolar.

ð Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

ð Gestionar los medios humanos y materiales del centro.

ð Convocar y presidir los actos y reuniones académicas.

ð Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto y ordenar los pagos.

ð Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.

ð Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los coordinadores de ciclo y a los tutores.

ð Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.

ð Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.

Elaborar con el equipo directivo la propuesta del Proyecto educativo del centro y la Programación general anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro.

ð Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica.

ð Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.

ð Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.

ð Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.

ð Proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.

ð Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.

ð Garantizar el derecho de reunión de profesores, alumnos, padres y personal de administración y servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

ð El Director del centro cesará en sus funciones al término de su mandato o al producirse algunas de las siguientes causas: renuncia motivada aceptada por el Director Provincial, destitución o revocación acordada por el Director provincial o falta de cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para el nombramiento.

El Jefe de Estudios:

El Jefe de Estudios ejerce unas funciones específicas en el campo de la coordinación y control de la actividad docente del centro educativo. Como miembro del Equipo Directivo también realiza labore de coordinación global.

Son competencias del Jefe de Estudios:

ðEjercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del lo personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

ð Sustituir al Director en caso de ausencia.

Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos y, además velar por su ejecución.

ð Elaborar, con los restantes miembros unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General Anual, así como por velar por su estricto cumplimiento.

ð Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.

ðCoordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro de acuerdo con el Plan de acción tutorial.

ð Coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas en el centro.

ð Organizar los actos académicos.

ðCoordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo escolar.

ð Coordinar e impulsar la participación de los alumnos del centro.

ð Organizar la atención y cuidado de los alumnos en actividades no lectivas.

ð Cualquier otra función que le sea encomendada por el Director en el ámbito de su competencia.

El Secretario:

Son competencias del Secretario:

ð Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.

ðActuar como Secretario de los órganos colegiados de gobierno, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.

ð Custodiar los libros y archivos del centro.

ð Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

ð Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.

ð Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y el material didáctico.

ðEjercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro.

ð Elaborar el anteproyecto de presupuesto.

ðOrdenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones de Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

ð Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del director.

ð Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencia.

LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA:

Estará integrada por el Director (que será su presidente), el Jefe de estudios, los coordinadores de ciclo y, en su caso, el maestro orientador del centro o un miembro del equipo para la orientación e intervención educativa que corresponde al centro. Actuará como secretario el profesor de menor edad.

Las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica son:

ð Establecer las directrices generales para la elaboración de los Proyectos curriculares de Etapa.

Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los Proyectos curriculares de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto educativo.

ð Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.

ð Proponer al Claustro los Proyectos curriculares de etapa para su aprobación.

ð Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.

ð Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos curriculares de etapa.

Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la Jefatura de estudios.

ð Proponer al Claustro de profesores el plan para evaluar el Proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evaluación del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

ð Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones quese lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesaria, como resultado de dichas evaluaciones.

EL CONSEJO ESCOLAR:

Es el órgano máximo de participación de la comunidad educativa en el centro educativo. Su composición y funciones vienen determinadas por la L.O.D.E. y R.D. 82/1996, de enero de 1996, (BOE de 20 de febrero de 1996) por el que se aprueba el Reglamento orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y Primaria.

El consejo escolar está compuesto por:

ð Director del Centro ( que será su presidente).

ð El Jefe de Estudios.

ð Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.

ð Cinco maestros elegidos por el Claustro.

ð Cinco representantes de los padres de alumnos.

ð El secretario del centro, que actuará de secretario del consejo, con voz, pero sin voto.

Las atribuciones del Consejo Escolar del centro son:

ðEstablecer las directrices para la elaboración del Proyecto educativo del centro, aprobarlo y evaluarlo una vez elaborado.

ð Elegir al Director y designar al equipo directivo por él propuesto.

Proponer la revocación del nombramiento del Director, previo acuerdo de sus miembros adoptado por mayoría de dos tercios.

ð Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción estricta a lo establecido en la LODE y disposiciones que la desarrollen.

ð Aprobar el reglamento de Régimen Interior.

ðResolver los conflictos e imponer las sanciones en materia de disciplina de alumnos, de acuerdo con las normas que regulen los derechos y deberes de los mismos.

ð Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.

Adoptar criterios para la elaboración de la Programación general del centro, así como aprobarla y evaluarla, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro.

ð Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de actividades escolares complementarias, comedores y colonias de verano.

ð Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.

ð Establecer las relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.

ð Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, así como vigilar su conservación.

ð Informar la memoria anual sobre las actividades y situación general del Centro.

Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las

evaluaciones.

ð Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.

Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.

ð La comisión pedagógica.

En el seno del Consejo Escolar existirá una Comisión Económica integrada por el Director, el Secretario, un maestro, un padre de alumno y el concejal o representante del Ayuntamiento miembro del consejo.

Se constituye en la primera reunión del Consejo. A cada representante le elige su sector correspondiente.

Informará al Consejo sobre cuantas materias de índole económica le encomiende el Consejo. Sus reuniones se realizarán, al menos, una vez al trimestre.

EL CLAUSTRO:

Es el órgano propio de participación del profesorado en la vida del centro. Tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. Está integrado por la totalidad de los maestros que prestan servicio en él.

Está presidido pop el Director. Se reunirá una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio de sus miembros. Es preceptiva, además, una sesión al principio del curso y otra al final. La asistencia al Claustro es obligatoria para todos sus componentes.

Competencias del Claustro:

ðElevar al Equipo Directivo propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del Instituto y de la Programación general anual.

ð Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos.

ðAprobar los aspectos docentes de la Programación general anual del centro e informar ésta antes se su presentación al consejo escolar.

ð Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación e innovación pedagógica.

ð Elaborar el Plan de formación del Profesorado del centro.

ð Elegir sus representantes en el Consejo escolar del centro y en el Consejo del centro de profesores.

ð Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos.

ð Aprobar los criterios pedagógicos para elaboración de los horarios de los alumnos.

ð Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.

ð Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros.

ð Analizar y valorar, trimestralmente, la marcha general y situación económica del centro.

Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones.

ð Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.

ðAnalizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.

LOS EQUIPOS DE CICLO:

Los Equipos de ciclo están constituidos por el conjunto de profesores que imparten la docencia en un ciclo determinado y actúan bajo la supervisión del Jefe de estudios y la coordinación de un miembro nombrado al efecto.

Son competencias del Equipo de ciclo:

ðFormular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración del Proyecto educativo y de la Programación general anual.

ð Formular propuestas a la CCP relativas a la elaboración de los Proyecto Curriculares de Etapa.

ð Mantener actualizada la metodología didáctica.

ð Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.

ðCada uno de los Equipos de ciclo estará dirigido por un coordinador. Los coordinadores de ciclo desempeñarán su cargo durante un curso académico y serán designados por el Director.

ðLos coordinadores de ciclo deberán ser maestros que impartan docencia en el ciclo y, preferentemente, con destino definitivo y horario completo en el centro.

Corresponde al coordinador de ciclo:

ðParticipar en la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa y elevar a la CCP las propuestas formuladas a este respecto por el Equipo de ciclo.

ð Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo.

ð Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el Proyecto Curricular de Etapa.

ðAquellas otra funciones que le encomiende el Jefe de estudios en área de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.

LOS TUTORES:

La tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente. Cada grupo tendrá un maestro"tutor que será designado por el Director, a propuesta del Jefe de Estudios.

Los tutores ejercen las siguientes funciones:

ðParticipar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la

coordinación del Jefe de Estudios. Para ello podrán contar con la colaboración del Equipo de orientación educativa y psicopedagógica.

ð Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales.

ð Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal de currículo.

ð Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

ð Orientación y asesorar a los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

ðColaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica en los términos que establezca la jefatura de estudios.

ð Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.

Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

ð Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.

Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

ð El Jefe de estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial.

Acerca de las tutorías debemos saber:

En los centros donde el número de maestros sea superior al de unidades, la tutoría de cada grupo de Ed. Infantil o de Ed. Primaria recaerá preferentemente en el maestro que tenga mayor horario semanal con dicho grupo, procurando que, de manera rotativa y en años sucesivos, todos los maestros puedan desempeñar esta función de tutoría.

Al Jefe de estudios, Secretario y Director se les adjudicará tutorías en último lugar, por este orden y sólo si es estrictamente necesario.

Durante el curso se celebrarán, al menos, tres reuniones con el conjunto de padres y una individual con cada uno de ellos.

El horario del profesor tutor incluirá una hora complementaria semanal para la atención a los padres. Esta hora de tutoría se consignará en los horarios individuales y se comunicará a padres y alumnos al comienzo del curso académico.

El Claustro de profesores coordinará las funciones de orientación y tutoría de los alumnos. Para facilitar esta tarea, el equipo de orientación educativa y psicopedagogía apoyará la labor de los tutores de acuerdo con el Plan de acción tutorial y en colaboración con el coordinador del ciclo, bajo la dirección del Jefe de estudios.

Éste convocará, al menos, tres reuniones de tutores durante el curso y cuantas otras sean necesarias para realizar adecuadamente esta función.

Aquellos maestros que no hayan sido nombrados tutores de un grupo ordinario de alumnos podrán ser propuestos por el Jefe de estudios para desempeñar otras tareas de coordinación necesarias para el buen funcionamiento del centro, como la coordinación de actividades deportivas, musicales, culturales, etc. En cada caso, el Jefe de estudios determinará las tareas específicas que habrán de realizar cada uno de estos maestros dentro del horario de permanencia en el centro, y las responsabilidades que deberán asumir.

En este apartado podemos añadir que los maestros especialistas en Ed. Física son los encargados de dirigir todo tipo de actividades deportivas que se desarrollan durante los ratos libres como son: liga de fútbol sala, liga de voleybol, liga de baloncesto, etc.

De igual manera los maestros especialistas en Ed. Musical se han encargado de crear un coro que, todas las Navidades desde hace dos años, realizan una magnífica actuación de villancicos navideños en la Iglesia del pueblo.

LOS PADRES:

En LA PAZ existe una Asociación de Padres y Madres de alumnos (A.M.P.A.)

Los padres deben:

ðInteresarse periódicamente por todos aquellos aspectos relacionados con la educación de sus hijos(comportamiento, actitud, evolución,...)

ð Mantener relaciones de convivencia participativa y democrática.

ð Concienciarse en su participación en todos los procesos electorales del centro.

Informarse sobre las características de los diversos ciclos educativos de sus hijos y que se impliquen en ellos.

ð Favorecer la comunicación y los encuentros con el centro y sus profesores, respetando el horario de visitas establecido.

ð Colaborar en la labor educativa del centro y de manera especial en las actividades complementarias y extraescolares.

ð Velar para que sus hijos cumplan las normas dictadas por sus profesores y las del centro, colaborando con el profesorado.

RECURSOS PERSONALES:

EQUIPO DOCENTE:

El equipo docente del C.P. LA PAZ está formado por 39 docentes, de los cuales 3 corresponden a Ed. Infantil y el resto a Ed. Primaria y a la ESO.

Las distintas especialidades que se ejercen en el colegio son: lenguas extranjeras, educación física y educación musical.

En el área de lenguas extranjeras encontramos 3 docentes especialistas para todo el centro. En el área de educación física hay 3 docentes y, en el área de educación musical encontramos un solo docente para todos los alumnos del colegio por lo que únicamente puede impartir una hora semanal por clase.

Además en el centro hay 2 profesoras que imparten docencia religiosa y que han sido nombradas por la Delegación Diocesana de Enseñanza Católica. Debemos señalar con respecto a esta materia que: los alumnos que no opten por la Clase de Religión serán atendidos, en primer lugar por su tutor en el supuesto de que a esa hora no imparta clases, en segundo lugar por cualquier profesor en hora de libre disposición en ese momento, si hubiera más de uno en esa circunstancia lo atenderá el más afín, y en tercer lugar y con el objeto de garantizar la libertad de elección del padre en materia religiosa, será el Jefe de estudios quien lo determine.

En cuanto a los profesores de apoyo podemos señalar que este centro cuenta con una pedagoga terapéutica y una logopeda. Esta última está a tiempo parcial compartida con el I.E.S.SABINO VERTELOT.

Para lograr la cooperación tutor"apoyo, se mantendrán reuniones periódicas en las que se abordarán los siguientes puntos:

ð Identificar los niños/ as con necesidades educativas especiales.

ð Elaboración de adaptación curriculares.

ð Orientaciones metodológicas y organizativas.

ð Elaboración del material específico.

ð Evaluación y promoción de los alumnos/ as.

En estas reuniones sería conveniente estuviese presente el Equipo Psicopedagógico, o en su caso el psicólogo orientador del centro.

La profesora de pedagogía terapéutica convocará, al menos, una reunión trimestral con cada ciclo, una cada 15 días con la orientadora del centro, con los tutores de los alumnos que apoya, además de las precisas para la colaboración de los DIAC y posterior seguimiento.

El personal laboral y de servicios del centro está compuesto por no docentes que son:

  • Portero, que depende del Ayuntamiento y debe:

ð Encender todos los días las calefacciones de los dos edificios.

ð Abrir los edificios 15 minutos antes de la entrada y cerrarlo a la salida.

ð No dejar pasar al centro personas ajenas siguiendo las normas de Dirección del centro.

ð Vigilar que no salgan alumnos del centro en horas lectivas.

ðMantener vigilancia y control en lugares en potencial riesgo manteniendo cerrada con llave sus

puertas (sala de calefacción, cuadro de luces,...)

ð Informar a la Dirección de cuantos asuntos estime convenientes y de las deficiencias detectadas.

ð Velar porque la limpieza de las limpiadoras sea correcta.

Recoger la correspondencia diaria y otros documentos que se le entreguen y entregarlos en el

despacho del Director o Secretario.

  • Sirven en el comedor y cocina dos empleados ligados contractualmente al MEC.

Estos empleados deben:

ðAcomodar sus horas de trabajo a las necesidades del comedor escolar y las determinará el Director del centro.

ð Respetarán y darán trato correcto a todos los usuarios del comedor escolar.

Impedirán el acceso a la cocina o comedor a toda la persona ajeno a éste y al centro a no ser que esté debidamente autorizado por la Dirección.

ð Las encargadas de la limpieza, una por edificio, dependen del Ayuntamiento.

FORMAS ORGANIZATIVAS:

El C.P. LA PAZ dispone de las siguientes unidades:

12 unidades en Ed. Primaria.

3 unidades en Ed. Infantil.

4 unidades de la ESO (1º,2º)

Estas 12 unidades existentes en la etapa de Ed. Primaria se dividen de la siguiente forma:

2 cursos de 1° nivel (1°A, 1°B)

2 cursos de 2° nivel (2°A, 2°B)

2 cursos de 3º nivel (3º A, 3ºB)




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Idioma: castellano
País: España

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