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Ecología: caso de General Cepeda


Ecológica - Globalizacion, Trafico de Influencias y Desechos Industriales

Los residuos industriales en nuestro país: El caso de General Cepeda, Coahuila

Ana Silvia Arrocha Conteras

En los últimos años, el problema de la disposición adecuada de los residuos industriales ocupa un lugar importante en las preocupaciones de la sociedad y de las autoridades. El modelo de desarrollo que nos ofrece el actual gobierno afecta diariamente nuestros recursos naturales, provocando la contaminación del suelo, agua y aire y con beneficio a determinados sectores económicamente privilegiados de la población.

En cuanto a los residuos generados por la industria, se ha especulado mucho respecto de qué es peor: tenerlos en tiraderos clandestinos o al aire libre o mal dispuestos en los mismos patios de las fábricas, o tenerlos en confinamientos controlados. Sin embargo, la normatividad vigente ofrece una solución muy limitada. Como ejemplo, basta con analizar él articulo 151 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el cual establece que solo se confinaran aquellos residuos que no puedan ser técnica y económicamente sujetos de rehuso, reciclamiento o destrucción térmica o físico química. A contrario sensu, y aplicable al caso de General Cepeda, lo anterior nos permitirá concluir que se trata en realidad de un proyecto de confinamiento y no un centro integral para el manejo y aprovechamiento de residuos industriales.

En este punto radica lo limitada e ineficiente de la normatividad en la materia. Pero además, en un país como él nuestro en donde el estado de la técnica y la investigación no reciben un apoyo comprometido de los industriales vía programas de colaboración conjunta con nuestras universidades e instituciones de investigación, la tecnología que pretenden instalar los inversionistas en el campo de los residuos no es nacional. Tampoco, y por mucho, es la mas avanzada o amigable con el ambiente.

Aunado a lo anterior, la política nacional en materia de residuos industriales esta basada en la justificación de decisiones limitadas por el modelo económico vigente. Por ello es de suponer que económicamente es más viable confinar los residuos que adoptar una política que privilegie reducir la generación de residuos, el rehuso, el reciclaje y la inversión para la innovación tecnológica.

El Centro Integral para el Manejo y Aprovechamiento de Residuos Industriales (CIMARI) que se pretende instalar en el municipio de General Cepeda, es el mejor ejemplo para demostrar cómo una decisión económica por parte de la empresa promotora se trató de justificar a través de la realización de una serie de tramites que tenían como fin obtener una autorización para instalar un confinamiento.

En materia de procedimientos, la empresa presentó una solicitud para la instalación del citado CIMARI, el cual tiene como único fundamento un programa para la minimización y manejo integral de residuos industriales peligrosos en México 1996-2000. Por cierto, es bueno señalar que la empresa promotora del CIMARI, apoyó financieramente la impresión de dicho programa. Este hecho nos permite suponer que existen intereses ajenos al asunto estrictamente ambiental, detrás de la magnanimidad con la que citada empresa ha sido tratada por las autoridades federales. Resalta que dicho programa no tiene el carácter de ley, y solo obliga a las autoridades en materia de política pero no a los particulares. Y que, por una parte, la empresa promotora debió tomar en el sentido de constituir en teoría, la solución a la problemática de los residuos generados en Coahuila; y por otra, ajustar su proyecto a la normatividad federal, estatal y municipal vigente.

Existen algunos aspectos interesantes que la empresa incluye en los documentos presentados ante las autoridades. Primero, afirma que el CIMARI será operado con tecnología de punta. Sin embargo, limita la información que presenta en la Manifestación de Impacto Ambiental y en el estudio de riesgo: apenas menciona que se trata de plantas de tratamiento físicoquímico o biológico. Pero estamos frente a un confinamiento como los que funcionan en los Estados Unidos, no de un centro para el aprovechamiento de residuos. Si este fuera el caso se trataría de un centro de revalorización de residuos peligrosos los cuales utilizan tecnología de punta, calificada como amable, para ser utilizados como materia prima o la generación de energía a través de la reducción de los residuos.

Lo anterior se corrobora a través de la autorización otorgada en materia de impacto ambiental: el confinamiento de 260,000 toneladas al mes y que dejaría únicamente alrededor de 20,000 toneladas de los residuos para su reciclaje y la generación de energía.

Un verdadero CIMARI revaloriza alrededor del 85% de los residuos, mientras la empresa recuperará hasta un 60% de los mismos. Por otra parte, la inversión que planea realizar también nos da luces de que se trata de un confinamiento, pues estamos hablando de 10,000 millones de dólares los cuales se destinarán a la construcción de las celdas de confinamiento.

Por su parte, la SEMARNAP ha señalado que para procesar 150,000 toneladas anuales, un CIMARI requiere 120 millones de dólares de inversión. La inversión quizá alcance para establecer un confinamiento, pero no contaría con tecnología amigable al ambiente, como los que existen en Nuevo León y Sonora. Este último, como se sabe, hoy es objeto de cuestionamiento en dicha entidad y, según parece, deberá ser reubicado por constituir un peligro para los habitantes de Hermosillo.

En segundo termino, el proceso de toma de decisiones por la empresa también resulta irregular, quizá porque la misma normatividad todavía no esta ajustada a las modificaciones de la LGEEPA en materia de impacto ambiental, residuos peligrosos y normas oficiales mexicanas. Y porque no ofreció sobre la selección del sitio, diferentes alternativas que permitieran a las autoridades evaluar algunas opciones posibles.

Como consecuencia de tantas imprecisiones y lagunas, se ha generado una gran preocupación social respecto del proyecto, a lo que se agregó falta de información oportuna a la cual tuvieran acceso las comunidades vecinas al sitio seleccionado por la empresa para instalar su centro. Vale señalar que la normatividad aplicable para la instalación de un proyecto como el que nos ocupa se encuentra dispersa en diversos ordenamientos, que brevemente mencionamos enseguida:

En materia federal, la empresa promotora debió obtener, al menos, las siguientes autorizaciones: 1. Autorización en materia de impacto ambiental, la cual incluyera un dictamen en materia de riesgo. 2. Autorización para la instalación y operación de un sistema para la recolección, almacenamiento, transporte, rehuso, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos.

En el ámbito municipal, debió promover las solicitudes en materia de uso de suelo, construcción y funcionamiento, así como el permiso para la instalación y funcionamiento de un sistema de residuos sólidos no peligrosos, los cuales los otorga el Ayuntamiento de acuerdo con la Ley de Asentimientos Humanos del estado de Coahuila.

Y por ultimo, la empresa debió presentar a las autoridades estatales una manifestación de impacto ambiental de carácter local.

Pero Servicios Ambientales de Coahuila, S.A. de C.V., al no realizar los tramites en un orden lógico provocó diversas preocupaciones sociales: desde el potencial riesgo de contaminación de las aguas de la Presa el Tulillo, única fuente de abastecimiento de agua para las comunidades aledañas, hasta que el proyecto podría ser, en realidad, un pasivo ecológico para las generaciones futuras.

El que la vida útil del proyecto está planeada para 100 años, que la empresa haya ofrecido mantener unos monitores constante para vigilar los posibles derrames de residuos, sin otorgar una garantía efectiva para el correcto desempeño de sus labores, provoca rechazo de cualquier comunidad y no-solo la de General Cepeda. En ésta se estima que el proyecto tiene como fin el interés económico de la empresa para la obtención de pingües ganancias, en un municipio pobre y que necesita todo, menos un confinamiento de residuos peligrosos.

Este ejemplo muestra que existe falta de fundamentación técnica y jurídica del proyecto por parte de Servicios Ambientales de Coahuila, mientras que por parte de las autoridades ambientales y estatales ha habido lagunas graves en cuanto a la aplicación de la normatividad vigente. Algo que no debe permitirse en este o en cualquier otro proyecto para el manejo y tratamiento integral de residuos peligrosos.

Liceo Industrial

Concepción

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Curso: 3 Medio A

Fecha:10/04/02




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Enviado por:Iris
Idioma: castellano
País: Chile

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