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Discriminación

1- CONCEPTO DE DISCRIMINACIÓN

Llámase así a toda persona o cosa la cual se le da trato de inferioridad o se la diferencia de la sociedad.

2- Formas de discriminación

Una de las formas mas vistas de discriminación es el racismo de las personas en razón de su raza, religión, sexo, cultura, etc. Las teorías racistas parten de la base de que existen diferencias entre los seres humanos en razón de su pertenencia a un determinado grupo racial, religioso, etc. Esas diferencias sirven para justificar un tratamiento distinto de las personas en función del color de su piel, del culto que profesan o de otros motivos, que variaran según cual sea el lugar donde se practique la discriminación. Generalmente esta teoría se ha aplicado sobre grupos minoritarios, trazando una raya entre “buenos” y ”malos”, desconociendo los derechos estos últimos.

Últimamente la mayor causa de discriminación fue la del aspecto físico o mental : obesidad, trastornos mentales(ej.: niños con síndrome de “down” ) , por el color de piel (negros, blancos, etc.)

Otra forma es la discriminación étnica, a cual se refiere a la discriminación por nacionalidad o raza .Ej.: en la Argentina se discrimina a los extranjeros. Por ej.: a los bolivianos, paraguayos, brasileños, etc.

La obesidad fue la mayor causa de discriminacion en 1995

3- ¿ Que hace la Constitución con respecto a la discriminación?

En la Constitución se menciona repetidas veces la prohibición de discriminar a los ciudadanos y no ciudadanos de un país por causas tales como todos los anteriores tipos de discriminación .

La Constitución ampara a los discriminados con los siguientes artículos:

Art.14: todos los habitantes de la nación gozan de los siguientes derechos : de trabajar y ejercer toda industria licita; de peticionar a las autoridades; de entrar y salir libremente del/al país; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de asociarse con fines útiles; enseñar y aprender; de profesar libremente su culto y de utilizar libremente su propiedad.

Art.14 bis: que se refiere a las condiciones dignas de trabajo.

Art.15: en la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución.

Art. 16: la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre : no hay títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley y admisibles en los empleos. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas publicas.

Art. 18: ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo, ni juzgado por comisiones especiales. Nadie puede ser obligado a declarar contra si mismo; ni arrestado en virtud de orden escrita de autoridad competente. El domicilio es inviolable como la correspondencia y los papeles privados.

Art. 19: las acciones privadas de los hombres que no ofendan al orden y a la moral publica, ni perjudiquen a un tercero están solo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados.

Art. 20: los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar en los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes.

Considerando que la declaración universal de derechos humanos proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en la misma, sin distinción alguna en particular por motivos de raza, color u origen nacional, todos los hombres son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la misma contra toda discriminación y contra toda incitación a la discriminación. Las O.N.U. han condensado el colonialismo y todas las practicas de segregación y discriminación que lo acompañan, cualquiera que sea su forma y donde quiera que existan, y la declaración sobre la concesión de independencia a los países y pueblos coloniales, el 14 de diciembre de 1960 (resolución 1514(XV) de la asamblea gral.), ha firmado y solamente proclamado la necesidad de ponerle fin rápida e incondicionalmente.

Considerando que la declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, afirma solemnemente la necesidad de eliminar rápidamente en todas las partes del mundo la discriminación racial en todas sus formas y manifestaciones y de asegurar la comprensión y el respeto de la dignidad de la persona humana.

Convencidos de que toda doctrina de superioridad basada en la diferenciación racial es científicamente falsa, moralmente condenable y socialmente injusta y peligrosa, y de que nada en la teoría o en la practica permite justificar la discriminación racial.




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Enviado por:Hernan Perelmiter
Idioma: castellano
País: España

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