Economía y Empresa


Determinación de descuentos previsionales según nueva Ley Laboral de Chile


INACAP

APOQUINDO

DETERMINACION DE DESCUENTOS PREVISIONALES SEGÚN

NUEVA LEY LABORAL

INTRODUCCION.

Durante el presente año el Gobierno de Chile, ha hecho Reformas a nuestra Constitución, especialmente en reformas en materia laboral, a partir de la presente investigación señalaré una serie de elementos que surgen a partir de las nuevas leyes laborales y trataremos de responder a las interrogantes que surgen al momento de pensar en la elección de una AFP o a algún tipo de sistema de salud ya sea por FONASA o ISAPRE.

Estas reformas han sido ampliamente difundidas y discutidas tanto a nivel empresarial, como en la opinión pública y presentan adherentes como detractores.

Trataremos de no abordar el tema AUGE, por ser un tema aún en discusión y sobre el cual todavía no se llega a consenso.

El presente tratara de abordar los siguientes temas desde un punto de vista legal y porcentual:

  • Reforma laboral

  • Imposiciones

  • Cotizaciones

Así mediante tablas y esquemas se señalará la importancia que tienen estas reformas para cada trabajador como nosotros.

De esta manera, invito al lector a proseguir en la lectura de la presente investigación, esperando que las dudas queden totalmente respondidas.

REFORMA DEL TRABAJO 19.579.

El Gobierno ha presentado al Parlamento diversos proyectos de ley, que conforman el conjunto de la iniciativa denominada Reforma Laboral.

En materia de salud, las grandes carencias y los mayores problemas están en el sector público, que atiende al 80% de la población. Hacia allá deben enfocarse los esfuerzos prioritarios del Gobierno. “Nos preocupa una reforma que se plantee con benevolencia para aproximarse a los graves problemas del sector público, y que se utilice una extrema dureza para tratar los del sector privado. Queremos hacer ver la inconveniencia, que acuerdos políticos que pretendan mantener y defender al sistema público y sus gremios, se traduzcan en una campaña constante contra el sector privado durante la tramitación de la reforma, que ponga en peligro su permanencia”

En su contexto, la reforma claramente aumenta las libertades del sector público de salud y restringe las del sector privado. Se favorece así el crecimiento del primero y se limita el del segundo.

La nueva Reforma Laboral del presente año contempla los siguiente puntos que comenzaron a regir las modificaciones al Código del Trabajo que permitirán:

  • Reducir la Jornada Laboral de 48 a 45 horas a partir de enero del 2005.

  • Establecer sanciones al despido como práctica antisindical.

  • Encarecer el reemplazo de trabajadores durante una huelga.

  • Elevar las indemnizaciones en casos de despidos injustificados corroborados por un juez.

  • Aumentar de 1 a 2 domingos al mes el descanso mínimo de los trabajadores del comercio.

  • Aumentar la dotación de la Dirección del Trabajo en 443 funcionarios.

  • Reconocer el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores temporeros.

  • Establecer la obligatoriedad de salas cunas para los hijos de trabajadoras temporeras.

  • Asegurar traslado, alimentación y alojamiento a los trabajadores temporeros por parte sus empleadores, cuando las faenas están lejos de su hogar.

  • Durante el 2001 se constituyó el Fondo de Contingencia, especialmente creado para combatir el desempleo, financiando más de 155.000 empleos con apoyo fiscal (CONAF, SENCE, FOSIS y Ministerios Interior, Obras Públicas y Vivienda).

  • Entrada en vigencia de la ley que crea el Seguro de Cesantía, que comenzó a operar en mayo del 2002.


Capacitación.

  • Se aprobó la ley 19.765 que modifica el Estatuto de Capacitación y Empleo, lo que beneficiará a cerca de 2 millones 200 mil trabajadores.

  • Durante el 2001 se capacitaron más de 700 mil trabajadores y para el presente año se espera elevar alcanzar una cifra de 900 mil personas beneficiadas. En el año 2000 se capacitó a 620 mil trabajadores (115 mil más que en 1999).

  • Entrega de certificados a más de 10 mil trabajadores cesantes para obtener su licencia de educación básica en el Programa de Nivelación de Competencias Laborales.

Previsión.

  • Se aprobó la disminución de los montos de cotización y el aumento de las pensiones para 115 mil jubilados INP a partir de julio de 2001.

  • A partir del año 2003 el montepío del cónyuge sobreviviente será entregado en su totalidad.

  • En operación sistema de recaudación de cotizaciones previsionales del INP vía INTERNET en www.inp.cl

  • Extensión de la tarjeta FONASA a todos los pensionados INP.

  • En reprogramación de deudas previsionales, se han firmado 26 mil 550 convenios (AFPs e INP).

  • Entrega del Bono de Invierno los años 2000 y 2001 a 596 mil pensionados y bono por una vez de diez mil pesos a beneficiarios de subsidio único familiar, pensiones asistenciales y de subsidio de cesantía, beneficiando a 835 mil 215 personas.

  • Exonerados políticos: entrega de 24.499 pensiones no contributivas, 13.710 reliquidaciones de pensiones y 17.960 bonos de reconocimiento adicionales.

  • Durante el año 2001, alrededor de 2.700 adultos mayores pensionados del INP aprendieron a leer y a escribir gracias al Programa de Lecto - escritura, que desarrolla el Instituto de Normalización Previsional.

  • A partir de diciembre de 2001 más de 800 mil pensionados INP recibieron un nuevo aumento de su pensión de acuerdo a la variación del IPC (2,6%). Estos pensionados y los beneficiarios de Pensiones Asistenciales (PASIS) recibieron además un Aguinaldo Navideño de $ 9.952.

  • Durante el 2002 todos los adultos mayores e incapacitados que cumplan con los requisitos y se encuentran en lista de espera recibirán una pensión asistencial

Junto a estas modificaciones se hicieron cambios en los valores de las cotizaciones previsionales los que afectaron las tasas de interés cobradas por AFP y sistemas de salud, para entrar en este tema responderemos algunas preguntas comunes acerca de las cotizaciones.

LAS COTIZACIONES.

La afiliación al Sistema de Pensiones genera derechos y obligaciones. Los derechos de los afiliados son los beneficios que obtienen del Sistema y su obligación es enterar las cotizaciones que corresponda.

¿QUÉ SON LAS COTIZACIONES DE UN TRABAJADOR?

La cotización puede definirse como la cantidad o cuota con que los afiliados deben aportar a los organismos de Seguridad Social, con el objeto de financiar y garantizar el cumplimiento de los beneficios que les corresponden. La cotización se basa en el concepto de Remuneración Imponible, para los dependientes, o de la Renta Imponible declarada para los independientes, siendo en el primer caso retenida por el empleador para cancelarla en las distintas instituciones de previsión. Por tanto, representa un porcentaje de la Remuneración o Renta Imponible que percibe el trabajador, con un límite máximo imponible de 60 UF.

¿CUÁLES SON LAS COTIZACIONES OBLIGATORIAS DE UN AFILIADO A UNA AFP?

Un 10% para su Cuenta de Capitalización Individual. Un porcentaje adicional, determinado por cada AFP, para su financiamiento, que incluye el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Este porcentaje es diferenciado para los trabajadores independientes o aquellos que no tienen derecho al Aporte Adicional. Todo cambio de estos porcentajes debe ser avisado con 90 días de anticipación. Y un 7% obligatorio para las prestaciones de salud, que se cancelan al FONASA o en la ISAPRE, según proceda.

Sobre lo anterior hay que agregar que los descuentos de cotizaciones de salud y toda clase de descuento en general no deben exceder el 15% del total imponible de un sueldo, tomando como tope un valor máximo imponible alrededor de la suma $ 970.000.

¿QUÉ SON LAS COTIZACIONES VOLUNTARIAS?

Corresponden a las cotizaciones que pueden realizar los afiliados por sobre la cotización obligatoria del 10%. Su fin es incrementar el saldo del afiliado para permitirle pensionarse antes u obtener una mejor pensión. Estas cotizaciones están exentas de impuesto hasta un tope de 50 UF, con lo que el afiliado obtiene un aporte directo a su ahorro, a través de una rebaja de impuestos. Además, si el afiliado puede obtener una pensión mayor o igual al 120% de la pensión estatal mínima garantizada por el estado y al 70% del promedio de sus remuneraciones imponibles en los últimos diez años, puede solicitar que se ajuste la pensión a dicho monto y retirar como Excedente de Libre Disposición el dinero sobrante.

NUEVAS TASAS DE INTERES EN BASE A REFORMA LABORAL.

De acuerdo a la nueva reforma laboral rigen a continuación los siguientes valores para las distintas AFP:

AFP

COTIZANTES DEPENDIENTES E INDEPENDIENTES

Depósitos de Cotizaciones Mensuales

Fija $

Porcentual %

CUPRUM

HABITAT

MAGISTER

PLANVITAL

PROVIDA

SANTA MARIA

SUMMA BANSANDER

0

790

690

1.000

390

695

690

12.49

12.09

12.55

12.55

12.25

12.29

12.33

NOTA:

  • Porcentaje a aplicar sobre el ingreso imponible.

CALCULO DEL COSTO PREVISIONAL.

COSTO PREVISIONAL = INGRESO IMPONIBLE x COMISION PORCENTUAL + COMISION FIJA

EJEMPLO: Para una persona con remuneración imponible de $ 200.000 mensuales, el costo previsional mensual en una AFP con cotización adicional de 3.00% y comisión fija de $ 245 sería de: $ 200.000 x 3.00% + $ 245= $ 6.245 al mes.

EJEMPLO DE VALORES PARA CADA NIVEL DE REMUNERACION.




Descargar

AFP

INGRESO IMPONIBLE

$ 105.500

$ 162.627

$ 243.940

$ 487.880

Enviado por:Veronica Diaz
Idioma: castellano
País: Chile

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