Derecho


Derecho Tributario argentino


Unidad VI

Elección de la fuente.

Fuente económica tributaria es el conjunto de bienes de los cuales se extrae la cantidad necesaria para satisfacer la obligación del contribuyente.

Las fuentes económicas de tributación pueden ser el capital, la renta.

Las fuentes ordinarias de tributación, que son aquellas a las cuales normalmente recurre el estado para atender a sus necesidades habituales, la única fuente admisible es la renta, que en general tiene la propiedad de ser reiterada anualmente.

En cambio el capital no puede ser tomado como fuente ordinaria, ya que si así sucediera iría disminuyendo paulatinamente, lo cual trae consecuencias perjudiciales para la economía nacional. La amputación del capital disminuye las inversiones y la producción, por lo cual es desaconsejable.

Modos de imposición.

Las características necesarias cualquiera sea la finalidad del impuesto son:

  • Su eficacia debe estar adecuada a la finalidad buscada;

  • Debe estar de acuerdo con las posibilidades económicas de quienes han de pagarlo.-

  • Es decir siempre se debe tener en cuenta la capacidad contributiva.

    Impuestos fijos: Son los que se establecen en una suma fija, cualquiera fuera la base imponible. Ej. patente fija por el ejercicio de algún comercio, industria oficio o profesión.

    Impuestos graduales: Son los que varían en relación a la base imponible.

    Impuestos proporcionales: Consiste en establecer el monto del impuesto con alícuotas constantes de la base imponible.

    Impuestos progresivos: Son aquellos que tienen alícuotas crecientes a medida que aumenta la base imponible.

    Progresividad

    La Corte Suprema de justicia admite la Progresividad y entiende que no lesiona la CN porque se funda en la base de la solidaridad social, ya que exige más a quienes más tienen. Tal interpretación ha servido entonces para justificar la aplicación de alícuotas progresivas. No pretende establecer una proporcionalidad rígida sino una proporcionalidad graduada con el objeto de lograr igualdad de sacrificios en los contribuyentes.

    La misma va aumentando cuando se incrementa el monto de la materia imponible, es decir a mayores montos sujetos a impuesto mayor es la alícuota aplicable.

    Piramidación: Efecto fiscal en el cual el impuesto incide en el precio final.

    Valor añadido


    Efecto traslación. No incide en la formación del precio final. Se gravan todos los Bs. y Ss. sin que haya problemas de doble imposición ni saltos de impuestos.

    Efecto hacia delante.-

    Requisitos de los sistemas.

    El sistema tributario está constituido por el conjunto de tributos vigentes en un país en determinado espacio.

    Para que exista un buen sistema tributario es necesario que los impuestos cumplan con estos requisitos:

    Claros: para que todos los entendamos.

    Estables: para que todos estemos tranquilos.

    Posibles: para que todos los podamos pagar.

    Eficaces: Se debe producir ingresos y estos deben guardar relación con los costos.

    O sea el impuesto debe guardar relación con lo que cuesta recaudarlo.

    Cuando se crea un impuesto, que sea de fácil recaudación.

    Eficiente: Deben ser económicamente posibles y viables.

    El costo de recaudarlo no debe ser elevado.

    Luis Gonzalo Omar Molina




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    Enviado por:Omar Molina
    Idioma: castellano
    País: Argentina

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