Derecho


Derecho Romano


DERECHO ROMANO

El derecho romano es un conjunto formado por las disposiciones jurídicas y el sistema legal desarrollado en Roma desde la primera compilación de leyes, conocida como la Ley de las Doce Tablas, en el año 450 a.c., hasta la muerte de Justiniano I, soberano del imperio bizantino, en el año 565 d.c.

Antes de la Ley de las Doce Tablas, el derecho en Roma tenia un carácter religioso y su interpretación la realizaban sacerdotes que eran miembros de la clase patriarca.

Las protestas y agitaciones de la clase plebeya condujeron a que la ley consuetudinaria existente se escribiera añadiendo algunos principios que no formaban parte de la costumbre.

La Ley de las Doce Tablas, tras ser escrita, fue sometida a una asamblea popular y aceptada. Este Código contiene reglas simples, ajustadas a una comunidad agrícola, establece la igualdad ante la ley de los patricios y los plebeyos y fue erigido en la fuente de todo el Derecho público y privado romano.

El sistema legal instaurado por este Código y el conjunto de reglas que se desarrollaron a su alrededor era aplicado en exclusiva a los ciudadanos romanos y se conocía como el ius civile.

La expansión territorial por la cuenca mediterráneo obligo a los romanos a elaborar un sistema legal nuevo. Cada territorio tenia tus leyes aparte por lo que se necesitaban un cuerpo de leyes que rigieran tanto a los romanos como al resto.

Este nuevo sistema se desarrolló a partir de los edictos del pretor, que definía e interpretaba la ley para los casos particulares.

El pretor de los extranjeros administraba justicia en Roma, en todas las controversias donde alguna de las partes no era un ciudadano romano, y el pretor provincial establecía sus edictos en materias de interés comercial tras los edictos del pretor de los extranjeros de Roma.

Durante los últimos años de la República de Roma las reglas de este nuevo sistema solían aplicarse a los conflictos entre ciudadanos romanos. Este nuevo sistema legal se conocía como el ius gentium.

La ampliación de la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del Imperio romano hizo que la distinción entre ius civile y ius gentium quedara obsoleta y la ley de la ciudad, o ius civile de Roma, se convirtiera en la ley de todo el imperio.

Las diversidades provinciales fueron eliminadas por la legislación del Senado y del emperador y por la interpretación de los jurisconsultos.

El hito más importante en el desarrollo del sistema romano en este periodo es el Derecho, concedido por el primer emperador romano Augusto y sus sucesores a algunos eminentes juristas, de elaborar responsa, u opiniones, en los casos que se presentaban en un proceso ante los tribunales. Entre los más famosos juristas romanos de esta época estaban Gayo, Papiniano, Julio Paulo y Ulpiano. Los tres últimos citados desempeñaron el cargo de praefectus praetoria, similar a un ministro de justicia del Imperio romano.

En el siglo III d.C. los decretos promulgados por los emperadores fueron adquiriendo importancia en el sistema legal romano. La primera compilación de estas leyes imperiales, el Codex Theodosianus, fue publicado por Teodosio II, soberano del Imperio bizantino, en el 438 d.C.

Teodosio estudió la propuesta, que no llevó a cabo, de realizar una obra más ambiciosa, que incluyera un sumario oficial de la ley antigua como inicio de la literatura jurídica. Más tarde, Justiniano I nombró un comité de diez juristas, siendo el más famoso Triboniano, para hacer esta compilación. Los libros de leyes publicados por Justiniano eran conocidos como el Corpus Iuris Civilis y comprendían los siguientes: Instituciones (533), Digesta o Pandecta (533), Codex Constitutionum (528-529 y revisado en el 534) y Novellae (534-565).


Las Instituciones de Justiniano señalaban los elementos del Derecho romano y estaban basadas en las Instituciones de Gayo.

Al principio se destinaban a los estudiantes de leyes, pero al cabo de unos años se publicaron con fuerza de ley.

El Digesta o Pandecta, compuesto a partir de extractos de la literatura jurídica de cuatro siglos (entre el 30 a.C. y el 300 d.C.), era una colección de decisiones de los tribunales con comentarios de varias leyes.

El Novellae era una colección de las leyes promulgadas por Justiniano y sus sucesores. El Codex Constitutionum revisado era una compilación de la legislación imperial hasta el 534 d.C.

Los libros de leyes de Justiniano estuvieron en vigor en el Imperio bizantino hasta el final del siglo IX, momento en el que fueron condensados en un solo libro, escrito en griego, y conocido como Basílica.

Este código continuó en vigor, al menos en teoría, hasta la conquista de Constantinopla por el Imperio otomano en 1453. En la Europa occidental.

La principal fuente del Derecho romano entre los siglos VI y XI fue el Breviario de Alarico, realizado por el rey visigodo Alarico II en el 506 d.C.

En el siglo XI los libros de Justiniano eran estudiados y utilizados en Lombardía (sur de Francia y norte de Italia) y en Cataluña (España).

En Italia, las leyes de Justiniano se divulgaban en la Escuela de Derecho de Pavía.

A principios del siglo XII se emprendió un estudio más minucioso de estos textos en Bolonia. La difusión sistemática del Derecho romano se propagó desde Italia al resto de Europa a partir del siglo XII. Con el renacimiento del comercio en Europa y debido a la imposibilidad del Derecho medieval de satisfacer las necesidades de los cambios de las condiciones económicas y sociales, el Derecho romano se incorporó a los sistemas legales de muchos países de la Europa continental.




Descargar
Enviado por:Angela
Idioma: castellano
País: México

Te va a interesar