Derecho


Deontología jurídica


Introducción.

La responsabilidad del abogado es tan antigua como la profesión y era posible encontrar normas sobre ella en el Código de Justiniano o Las Ordenanzas Reales de Castilla.

En éstas se decía que "si por negligencia e ignorancia del abogado, que se pueda colegir de los actos del proceso, la parte a quien ayudare perdiere su derecho, tiene que pagar a su defendido por el daño que le causó, con costas, y en juicio breve" .

Pero hasta hace poco se discutía y se afirmaba que el abogado sólo sería responsable ética y no jurídicamente.

El tema está zanjado y, según Mosset Iturraspe, "los abandonos, los errores y los descuidos merecen ahora, además del reproche de conciencia y del juicio desfavorable de terceros, una sanción jurídica", agregando que entre las deficiencias de la administración de justicia está el propio desempeño profesional en cuanto "el desconocimiento del saber jurídico o la negligencia o imprudencia en su aplicación redundan en graves fallas en aquel servicio" ¹

La aplicación de las normas deontológicas es hoy día indispensable en el quehacer cotidiano del hombre, pero sobre todo en aquellas que desarrolla el jurista, que si bien ejerce una profesión humanista con altos valores éticos como la justicia, la equidad, la lealtad, la verdad y la seguridad jurídica, es común que de él se escuchen, de entre la vox populi, frases tan conocidas y lapidarias como: "Entre abogados te veas", "Dios libre a esta casa de abogados", "Ojalá nunca tenga que caer en manos de un abogado", "Mi abogado se vendió a la otra parte", "Abogángster", y muchas otras similares.

Es claro que las más de las veces estas expresiones son injustas, pues ciertos pseudoprofesionales del derecho, denominados con bien ganado sarcasmo "leguleyos", "picapleitos", "coyotes", "simuladores", "tinterillos", etc., se ostentan como abogados sin serlo y han desprestigiado tan noble actividad. Por las razones señaladas es importante fomentar y poner en práctica las normas deontológicas en cualquier ámbito social o del conocimiento en que nos desenvolvamos, de manera especial entre estudiantes y profesionales del derecho, a fin de que las mismas dejen de ser letra muerta y se conviertan en una exigencia, tal como lo demandan los tiempos y la sociedad actuales.²

¹http://www.colegioabogados.cl/revista/21/articulo4.htm

²http://www.libreriascevallos.com/paginas/novdic7.htm

Deontología Jurídica.

Deontología

En un sentido etimológico, Deontología hace referencia a la ciencia del deber o de los deberes:

        • Deon, deontos: significa obligación, deber.

        • Logía : expresa conocimiento, estudio.

Deontología, por tanto, es para Hébarre "el conjunto de reglas de carácter ético que una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar".

El concepto deontología fue acuñado por Jeremías Bentham en su obra “Deontología o ciencia de la moral”, en donde ofrece una visión de esa disciplina que no ha sido, sin embargo, compartida por todos los estudiosos del tema. Para Bentham, la deontología se aplica fundamentalmente al ámbito de la moral, es decir, a aquellas conductas del hombre que no forman parte de las hipótesis normativas del derecho vigente. Trata, pues, del espacio de la libertad del hombre sólo sujeto a la responsabilidad que le impone su conciencia. Asimismo, Bentham considera que la base de la deontología se debe sustentar en el principio de la utilidad, lo cual significa que los actos buenos o malos de los hombres sólo se explican en función de la felicidad o bienestar que puedan proporcionar

Se puede decir que mientras en Bentham la deontología se entiende a partir de sus fines (el mayor bienestar posible), para Kant la deontología es en sí misma una ciencia de los deberes o imperativos categóricos en la que no importan los fines, sino la intencionalidad del acto, independientemente de las consecuencias materiales de aquél. La base de la ética kantiana se encuentra en el siguiente principio básico: "Obra siempre de acuerdo con aquella máxima que al mismo tiempo puedes desear que se convierta en ley universal". Y eso quiere decir que una persona actuaría éticamente si está de acuerdo en que su regla de conducta debe ser aplicada por todo aquel que se llegara a encontrar en una circunstancia similar.

Por lo tanto nos encontramos ante dos teorías éticas:

1.- Algunas teorías éticas no se sirven de las consecuencias para determinar si un acto es bueno o malo. Estas teorías se conocen por teorías deontológicas o formalistas (deon: deber). En la ética deontológica, la cualidad intrínseca de un acto o su conformidad con una regla moral define si es bueno o malo. Por ejemplo, no mantener una promesa se puede considerar intrínsecamente malo.

2.- El no consecuencialísimo, formalismo o deontología define “correcto” como las distintas consideraciones intrínsecas de la acción, en gran parte independiente de las consecuencias. En otras palabras, la decisión depende de nuestra habilidad para mirar el futuro y no tomar ninguna decisión por la consecuencia de las acciones. Por lo tanto, considera los intereses y derechos de la persona (derechos humanos) como lo más importante y ve este propósito como un servicio a la justicia.

La deontología, formalismo o no consecuencialísimo centra como conceptos éticos lo correcto y lo incorrecto. La acción ética consiste en hacer el propio deber. Hacer el propio deber es lo correcto y lo bueno. Eludir el deber es incorrecto o malo. Lo correcto o incorrecto depende de la naturaleza de la acción en términos de su significado moral inherente, por ejemplo, el hacer una promesa.

Las teorías teleológicas

griego telos = fin, estiman que un acto es bueno o malo en función de las consecuencias que él produce.

El consecuencialísimo o teleología usualmente define “correcto” en términos de causar bien como las consecuencias de las acciones. Ello origina un cálculo de las acciones relevantes en la situación y elige una que tenga la máxima “ratio” de beneficio por encima del daño producido. El objeto y el propósito de esta teoría es la “utilidad”.

La ética utilitarista representa en la teleología la corriente más importante para los cuidados contemporáneos. Los utilitaristas afirman que un acto es bueno en cuanto proporciona mayor intensidad de placer o de bondad sobre un dolor.

Se definen correctas las acciones en cuanto tienden a producir felicidad. Por felicidad se entiende placer y ausencia de dolor; por infelicidad, dolor y privación de placer. La dificultad de esta teoría es cómo se puede mensurar en abstracto cualidades como placer y dolor.

El consecuencialísimo está establecido en el resultado final y, por lo tanto, en la estipulación de que el resultado final es la mayor felicidad; además, la felicidad se pone al alcance mediante una serie de acciones correctas.

Al analizar esta teoría, nos damos cuenta rápidamente que sus posiciones enfrentan la felicidad de unos versus la felicidad media de todo el mundo. Así, el utilitarismo puede concebirse como la prescripción de la injusticia.

Todas las acciones no pueden considerarse a la luz del bienestar general; las personas individuales deben tenerse en cuenta.

El más conocido defensor de la teoría no consecuencialista fue Immanuel Kant (1724-1804).

Vamos a introducirnos en la filosofía y en la persona de Kant, por la repercusión que sus teorías han tenido en el pensamiento de generaciones posteriores. Este filósofo nació en una ciudad al este de Prusia, venía de un hogar severamente cristiano, dato muy importante para toda su filosofía, fue también su propia religiosidad.

Kant partía a del punto de vista de que la diferencia entre el bien y el mal es algo verdaderamente real. Todos los seres humanos tenemos una “razón práctica”, es decir una capacidad de razonar que en cada momento nos dirá lo que es bueno y lo que es malo moralmente, por lo tanto la capacidad de distinguir entre el bien y el mal es innata como las demás cualidades de la razón. Y todos los hombres tenemos acceso a la misma ley moral universal.

Para llegar al bien supremo la razón práctica ha de postular tres principios que lo hagan posible:

¤ Primer postulado: la libertad. El mundo del fenómeno está regido por la necesidad, mientras que el mundo de la razón práctica esta regido por la libertad.

¤ Segundo postulado: la inmortalidad del alma. Llegar al bien supremo supone la santidad, perfecta conformidad entre la voluntad y la ley moral, lo que sólo es posible suponiendo la inmortalidad del alma.

¤ Tercer postulado: la existencia de Dios. Lograr el bien supremo requiere también llegar a la felicidad adecuada a la moralidad y para ello tenemos que postular la existencia de Dios como realidad en la que el bien supremo se cumple.

Estos tres postulados hacen posible la ampliación del conocimiento.

La noción del deber, que es central en la filosofía estoica, con Kant adquiere mayor ímpetu. Para Kant, el concepto del deber es una idea innata, las personas nacen conociendo cuáles son sus deberes, siendo el deber básico el cumplir con lo correcto. Además postula que cuando se actúa con una actitud correcta, es esta la que es decisiva para determinar si se trata o no de un acto moral, no son las consecuencias del acto las que son decisivas. Por ello también llamamos a la ética de Kant ética de intención.

La presencia de la ley y el deber en la voluntad se manifiestan a través de la experiencia de obligación que se plasma en los imperativos o mandatos que expresan el deber ser. Éstos imperativos son impositivos para voluntad, así que hay que obrar ateniéndose a ellos. El imperativo, así, representa el mandato objetivo que recibe la voluntad. Los imperativos categóricos mandan la acción en sí misma sin referencia a ningún fin.

Kant tiene un fuerte sentido del respeto por la persona y su capacidad de razonar y actuar moralmente, así describió las consideraciones para que una regla moral sea válida y las llamó imperativos categóricos:

1. - Ser aplicable al universo entero.

2. - Que todo el mundo la respete.

3. - Que los individuos sean tratados como un fin y no como un medio, eso quiere decir que no debemos utilizar a las demás personas con el fin de conseguir ventajas para uno mismo, ni tampoco tienes el derecho a usarte a ti mismo como un mero medio para conseguir algo.

Kant formuló la ley moral como un imperativo categórico, con lo cual quiso decir que la ley moral es “categórica”, es decir, valida en todas las situaciones. Además es un “imperativo”, es decir, es “preceptiva” o, en otras palabras completamente ineludible. Por eso la ética de Kant se suele denominar ética de obligación.

La norma deontológica sugiere que hay estándares para escoger, razonar y juzgar moralmente. Consisten en normas específicas, como el decir siempre la verdad. Son estas normas las que nos dictan cómo actuar en un dado. Kant dice que los imperativos categóricos son órdenes incondicionales, obligatorias y necesarias éticamente en cualquier circunstancia. No hay autoridad externa que indique qué hacer y tampoco hay que considerar las consecuencias. Con estos pensamientos, Kant se pone a establecer normas morales absolutas.

Vamos a ilustrar la teoría de Kant con un ejemplo: dos abogados con igual habilidad y reputación trabajan en un despacho jurídico. Una trabaja porque le gusta esa clase de trabajo; el otro porque siente que esto es lo que ella debería estar haciendo, aunque no le gusta el derecho; este abogado tiene adquirido un sentido cívico del deber. Kant, por lo tanto, juzgaría a ésta como virtuoso, y a el segundo como alguien que, aunque hacia las cosas bien hechas, no demostraba un valor moral en cuanto a su trabajo.

Pero se puede decir que se tiene solo en cuenta el hecho y no las consecuencias. Sin embargo, las decisiones morales siempre producirán consecuencias.

Problemas de las normas deontológicas:

El principal problema de las normas deontológicas es que, a veces, a través de ellas se genera conflictos y que uno debe decidir en función de normas decididas por otros anteriormente. Otro gran problema es la excepción de la norma.

Para un abogado es muy difícil separar la idea de deber y de obligación de las finalidades y propósitos, deseos y necesidades de una situación. La postura deontológica focaliza el significado moral de los valores en deber u obligaciones, guiados por normas y principios específicos sin considerar las consecuencias, y para el abogado es muy difícil justificar sus acciones sin tener en cuenta las consecuencias.³

Ética.

Se puede definir ética como: orientar acciones racionalmente durante toda la vida hacia bienes.

Analicemos ahora cada uno de estos elementos.

Orientar. Antiguamente la ética se caracterizaba por decir a las personas lo que tenían o no que hacer (ej.: no al aborto); hoy en día la ética no pretende solucionar sino ORIENTAR, ser una guía.

Acciones. La ética no pretende orientar el pensamiento, sino las acciones. No se preocupa por lo que se piensa sino por lo que se hace. No es un saber teórico, es un saber práctico; las cuestiones prácticas le incumben a todo el mundo.

Racionalmente. Se intenta utilizar la razón, se intenta orientar las acciones racionalmente; se tiene que razonar el porqué se actúa de una manera y no de otra. Las personas no sólo actúan sino que además tienen razones.

Durante toda la vida. La ética no se preocupa sólo de una acción puntual sino de acciones que duran toda la vida y de acciones que con el tiempo se hacen hábitos. Se trata de labrar actitudes. El hacer está vinculado también con el ser (“la manera de hacer es ser”); se trata de pasar del hacer al ser (ej.: no se trata de hacer una acción generosa, sino de ser generoso).

Hacia bienes. A la ética le preocupa una conducta hacia bienes, hacia el bien, hacia la madurez, hacia lo mejor, hacia lo excelso, hacia la autorrealización,... para perfeccionarse a uno mismo. ð

³ http://html.rincondelvago.com/deontologia-profesional_1.html

ð http://html.rincondelvago.com/deontologia-profesional.html

Deontología Jurídica

Significa "lo obligatorio, lo justo, lo adecuado". Es la rama de la filosofía jurídica que tiene como finalidad específica la determinación de cómo debe ser el derecho y cómo debe ser aplicado. La importancia practica de la deontología jurídica la pone de manifiesto Vanni, haciendo ver la relación que existe entre las formaciones sociales y la actividad psíquica de los hombres. ð

* Diferencias entre ética profesional y deontología.

ÉTICA PROFESIONAL

DEONTOLOGÍA

Orientada al bien, a lo bueno.

Orientada al deber (el deber debe estar en contacto con lo bueno).

No normativa.

Normas y códigos.

No exigible.

Exigible a los profesionales.

Propone motivaciones.

Exige actuaciones.

Conciencia individual predominantemente.

Aprobada por un colectivo de profesionales.

Amplitud: se preocupa por los máximos.

Mínimos obligatorios establecidos.

Parte de la ética aplicada.

Se ubica entre la moral y el Derecho.

ð

La Deontología, además, tiene algunas consecuencias de carácter sancionador.

Para Desantes Deontología jurídica es el "conjunto sistemático de normas mínimas que un grupo de abogados establece y que refleja una concepción ética común o mayoritaria de sus miembros ¨ .

Con frecuencia se suele afirmar que los códigos deontológicos son innecesarios, ya que, en todo caso, los valores primordiales de la sociedad se encuentran a salvo, en virtud de que están jurídicamente protegidos en la legislación penal. Tal afirmación debe calificarse de errónea porque confunde los fines y propósitos de ambos cuerpos normativos. Entre el Código Penal y el Código Deontológico subsisten diferencias de fondo y forma.

ð Historia del Derecho,http://www.conocimientosweb.net/portal/term2154.html

ð http://html.rincondelvago.com/deontologia-profesional.html

"Las exigencias de una legislación penal son mínimas porque deben conciliar los intereses de la mayor parte o de la totalidad de una comunidad; en cambio, las exigencias de la ley moral son de fondo porque tocan la naturaleza del hombre y sus obligaciones consigo mismo y con los demás. ²

² http://www.mexicanadecomunicacion.com.mx/Tables/FMB/librosenlinea/codigos/etica.html

Conclusión.

"Deontología o ciencia de la moral" valora las conductas por su utilidad.

Pero como la humanidad, desde que se desprendió del instinto como desencadenante exclusivo de conductas, necesita inexorablemente algún tipo de moral para regir sus comportamientos (es decir sus conductas en relación con los demás), también ha moralizado esta última palabra que inventó su autor para que fuera lo más amoral posible.

Por consiguiente, cuando alguien clama por la deontología, clama por la moralidad. Esta es una muestra más de que la realidad no se transforma por el simple procedimiento de cambiarle el nombre. Nos hemos quedado con la palabra inventada por Bentham, igual que nos quedamos antes con la palabra "ética", con lo que tenemos un nuevo sinónimo de "moral".

A veces, un sistema afirma qué es correcto y qué incorrecto, y no puede aceptar ninguna otra cosa. La dificultad radica entonces en que no hay sitio para excepciones o para la libertad individual. Ninguna de las dos teorías (consecuencialísimo y no consecuencialísimo) es, por lo tanto, verdaderamente satisfactoria, pero ambas señalan principios éticos convencionales.

De entre los filósofos contemporáneos cabe señalar a Frankena, Firth y Rawls, con sus respectivas teorías éticas, que intentan responder a los problemas no resueltos por la deontología

Su concepto básico es que obrar "de acuerdo a la ética" se corresponde con obrar de acuerdo a un código definido de antemano. Un apartamiento de una norma previamente definida, en general por escrito, constituye una actitud o un comportamiento no-ético.

Bibliografía.

http://www.colegioabogados.cl/revista/21/articulo4.htm

http://www.libreriascevallos.com/paginas/novdic7.htm

http://html.rincondelvago.com/deontologia-profesional_1.html

http://html.rincondelvago.com/deontologia-profesional.html

ð Historia del Derecho,http://www.conocimientosweb.net/portal/term2154.html

ð http://html.rincondelvago.com/deontologia-profesional.html

² http://www.mexicanadecomunicacion.com.mx/Tables/FMB/librosenlinea/codigos/etica.html




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Enviado por:Angelica Jazmin Hernandez Marin
Idioma: castellano
País: México

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