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Creación de una empresa

Idea. Negocios. Plan. Forma jurídica. Tramitación. Puesta en marcha. Registros. Fiscales



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CURSO: 2º E.S.O.

Trabajo realizado por:

INDICE

Página 2 .................................................................................... Paso 1 - Idea

Página 3 ................................................................ Paso 2 - Plan de empresa

Página de 4 a 5 ........................................................ Paso 3 - Forma jurídica

Página de 6 a 8 ............................................................ Paso 4 - Tramitación

Pagina 9 ....................................................................................... Bibliografía

PASO 1 - IDEA

Todo proyecto de empresa se desarrolla en torno a una idea, cómo surge esta idea puede variar según las circunstancias de cada persona y, además son muchos los factores que pueden llevar a una persona a inclinarse por un negocio concreto. Aunque, generalmente los factores que determinan la elección de la idea son:

  • Repetición de negocios nuevos que vemos que, por las circunstancias que sean, funcionan o nos atraen especialmente.

  • Una nueva oportunidad de negocio. Observamos una necesidad del mercado que o no está cubierta o se nos ocurre una forma mejor de satisfacerla.

  • interés por poner en práctica una serie de conocimientos adquiridos durante nuestra etapa de formación que pueden satisfacer una serie de necesidades que, aunque ya estén cubiertas en el mercado, creemos, que podemos satisfacerlas mejor, aunque exista competencia. Es una forma de realización profesional, etc.

  • PASO 2 - PLAN DE EMPRESA

    Es muy importante tener la IDEA clara, pero no es suficiente, hay que plasmarla de forma sistemática, clara y concisa.

    Esto se hace en el Plan de empresa, un documento de trabajo en el que se desarrolla la idea de negocio que se pretende poner en marcha. Esto, además de facilitar la labor propia del emprendedor, también sirve para presentar el proyecto a terceros para obtener ayudas financieras, financiación, etc.

    Se trata de un documento abierto y dinámico, que se actualiza a medida que avanza la idea y, debe atraer al lector.

    Como aspectos generales importantes destacan:

    La memoria no debe tener, habitualmente, más de 40-50 páginas si no queremos que el lector realice una lectura poco detallada de la misma.
    A la hora de redactarla hay que tener en cuenta el destinatario de la misma y la utilización que va a tener. La elaboración de la memoria debe ser una tarea creativa, y no sólo habrán de detallarse los datos objetivos del proyecto, sino que habrá que resaltar sus puntos fuertes, así como maquillar los débiles. La memoria es, en último término la herramienta de marketing que nos ayudará a vender el proyecto. En cuanto a las partes del Plan de empresa, no hay un modelo estándar que deba seguirse obligatoria y exhaustivamente, pero, a nivel general, deben aparecer una serie de datos:

    1. Datos generales de identificación de la empresa antecedentes del proyecto organización y medios humanos.


    2. Definición del producto o servicio. Definición del mercado, de los clientes y de las características de la competencia.

    3. La producción, que incluirá la política de aprovisionamiento que siga la empresa.

    4. Políticas comerciales. PLAN DE MARKETING

    5. Aspectos económicos financieros: plan de inversiones, de financiación, de amortización, previsión de ingresos, previsión de gastos, resumen de resultados y umbral de rentabilidad. PLAN DE VIABILIDAD ECONÓMICA.

    PASO 3 - FORMA JURIDICA

    EMPRESARIO INDIVIDUAL

    SOCIEDAD CIVIL

    COMUNIDAD DE BIENES

    SOCIEDAD LIMITADA

    SOCIEDAD ANÓNIMA

    SOCIEDAD LABORAL

    SOCIEDAD COOP. VALENCIANA

    SLNE

    PERSONALIDAD JURÍDICA

    La del titular del negocio.

    No tiene si los pactos son secretos.

    Propia si los pactos son públicos

    No tiene.

    Propia.

    Propia.

    Propia.

    Propia.

    Propia

    APORTACIONES SOCIALES

    Capital y Trabajo por el titular.

    Capital, bienes o trabajo.

    Capital, bienes o trabajo.

    Capital (mínimo 3.005'061 €)

    Capital (mínimo 60.101'21 €)

    Capital y Trabajo (mínimo 60.101'21 € en S.A.L.) (mínimo 3.005'061 € en S.L.L.)

    Capital y/o Trabajo (Ningún socio podrá tener más del 45% del capital en las de primer grado)

    Capital mínimo 3.012 € y Capital máximo de 120.202 €.

    DESEMBOLSO FUNCIONAL

    Ilimitado.

    Ilimitado.

    Ilimitado.

    Total capital aportado.

    Mínimo25% del capital.

    Mínimo 25% del capital en S.A.L.

    Total del capital aportado en S.L.L.)

    Mínimo 25% del capital, además  de 3.005'061 € que deberán estar totalmente suscritas y desembolsadas.

    Total

    NÚMERO DE SOCIOS

    El empresario titular.

    Mínimo 2.

    Mínimo 2.

    Mínimo 1.

    Mínimo 1.

    Mínimo 3.

    Mínimo 5, excepto en las cooperativas de trabajo asociado, que es de 3.

    Máximo 5 (solo personas físicas)

    DERECHOS DE LOS SOCIOS

    Control exclusivo del negocio por el titular.

    Participación, en proporción a su aportación, en la gestión de la sociedad y en las pérdidas o ganancias.

    Participan, en proporción a su aportación,  en la gestión de la sociedad y en las pérdidas o ganancias.

    Participación, en proporción a su aportación, en la gestión de la sociedad y en las pérdidas o ganancias.

    Participan en pérdidas y ganancias en proporción al capital aportado.

    Participan en pérdidas y ganancias en proporción al capital aportado.

    Participar en la actividad económica y social de la Cooperativa, con arreglo a los estatutos sociales.

    Participación, en proporción a su aportación, en la gestión de la sociedad y en las pérdidas o ganancias.

    TOMA DE ACUERDOS  SOCIALES

    Por el titular.

    Por mayoría.

    Por mayoría.

    Por mayoría.

    Por mayoría.

    Por mayoría.

    Por mayoría.

    Por mayoria

    RESPONSABILIDA D FRENTE A TERCEROS

    Personal del titular del negocio.

    Ilimitada.

    Ilimitada.

    Limitada a las aportaciones sociales.

    Limitada al patrimonio social.

    Limitada al patrimonio social en S.A.L. Limitada a las aportaciones sociales en S.L.L.

    Limitada al importe nominal de las aportaciones sociales, salvo que existan disposiciones estatutarias.

    Limitada a las aportaciones sociales

    NORMATIVA LEGAL REGULADORA

    Código de comercio reformado por la Ley 1971989 de 25 de julio.

    Código de comercio en materia mercantil. Código civil en materia de derechos y obligaciones.

    Código de comercio en materia mercantil. Código civil en materia de derechos y obligaciones.

    Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de  Responsabilidad Limitada.

    >Ley de sociedades Anónimas. R.D. 1564 /1989, de 22 de diciembre.

    Ley de Sociedades Laborales. Ley 4/1997, de 24 de marzo.

    Reguladas por el Decreto Legislativo 1/98, de 23 de junio del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativa Valenciana.

    Ley 7/2003 de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

    RÉGIMEN DE AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

    Régimen especial correspondiente. (Autónomos)

    Régimen especial correspondiente. (Autónomos)

    Régimen especial correspondiente. (Autónomos)

    Régimen general o Régimen de Autónomos.

    Régimen general o Régimen de Autónomos.

    Régimen general.

    Régimen general o régimen especial correspondiente.

    Régimen general o Régimen de Autónomos

    PASO 4 - Tramitación

    Hay dos tipos de trámites a seguir para la constitución y puesta en marcha de una empresa:


     - Trámites para la constitución y adopción de personalidad jurídica.
     - Trámites a seguir para la puesta en marcha de la empresa.

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    TRÁMITES PARA LA CONSTITUCIÓN Y ADOPCIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA

    TRÁMITE

    DESCRIPCIÓN

    Certificación negativa del nombre

    Consiste en la obtención de un certificado, en el Registro Mercantil Central, que acredite que no existe otra sociedad con el mismo nombre

    Otorgamiento de escritura pública y protocolización de los Estatutos sociales

    Los socios fundadores proceden a la firma de la escritura de constitución de la empresa en la Notaría.

    Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

    Este tributo grava: las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados

    Solicitud del Código de Identificación Fiscal

    Se trata de identificar la empresa a efectos fiscales

    Inscripción en el Registro mercantil

    Una vez tengamos la Escritura Pública de Constitución. Se ha de proceder a la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, a partir de ese momento la Sociedad adquiere plena capacidad jurídica.

    Si se trata de un Cooperativa: se inscribe en el Registro General de Cooperativas.

    Si se trata de una Sociedad Anónima Laboral: se inscribe en el Registro General de Sociedades Anónimas Laborales.

    Inscripción en el Registro Especial del Ministerio de Economía y Hacienda. dirección General de Política Financiera

    Las Sociedades de capital de riesgo, las de Garantía Recíproca y las Agrupaciones de interés Económico.

    TRÁMITES  A SEGUIR PARA LA PUESTA EN MARCHA DE LA EMPRESA

    TRÁMITE

    DESCRIPCIÓN

    LICENCIAS MUNICIPALES (Ayuntamiento)

    Licencia Municipal de Obras

    Necesaria para la realización de cualquier tipo de obras en locales, edificios, etc. dentro de un municipio.

    Licencia Municipal de Apertura

    Necesaria para todo empresario que desee iniciar cualquier actividad.

    REGISTROS

    Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria

    Inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles ( adquisición y trasmisión, constitución y cancelación de hipotecas..)

    Inscripción en el Registro Industrial

    Inscripción del establecimiento en el Registro Industrial y autorización de la puesta en marcha de la actividad industrial

    FISCALES

    Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas

    Tributo directo de carácter real cuyo hecho imponible está constituido por el ejercicio en territorio nacional de  actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se encuentren o no especificadas en las Tarifas del Impuesto

    Alta en el Censo

    Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad  que han de presentar a efectos fiscales los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades

    LABORALES

    Inscripción de la empresa en la Seguridad Social

    Obligatoria para todo empresario que vaya a efectuar contrataciones, como paso previo al inicio de sus actividades

    Alta en el Régimen especial de Autónomos de la Seguridad Social

    Se hará dentro de los 30 días naturales siguientes al alta en el IAE. Es el régimen obligatorio  para empresarios individuales y comunidades de bienes  y opcional para trabajadores de cooperativas

    Alta en el Régimen general de la Seguridad Social

    Es el régimen general para trabajadores por cuenta ajena.  La afiliación y el alta  serán previas al comienzo de la relación laboral

    Comunicación de alta en  la Seguridad Social

    Comunicación de alta de los trabajadores

    Comunicación de apertura del centro de trabajo

    Para empresas que inicien la apertura del centro del trabajo o reanuden su actividad

    LIBROS

    Adquisición y legalización de los libros oficiales

    Libros en los que se debe reflejar las distintas actividades empresariales

    Adquisición y legalización del libro de matrícula

    Libro en el que se inscribirán todos los trabajadores en el momento en que inicien la prestación de servicios. Se llevarán tantos libros de matrícula como centros haya.

    BIBLIOGRAFÍA

    Este trabajo se ha realizado conjuntamente con la información obtenida de Internet, el excelentísimo ayuntamiento de Cáceres, la biblioteca pública y la colaboración de algunos de nuestros familiares.



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