Biología, Botánica, Genética y Zoología


Clonación y ética


La clonación y la ética

CLON   

Individuo reproducido de una manera perfecta en el aspecto fisiológico y bioquímico a partir de una célula originaria. 


La intención
Consideremos inicialmente quién o quiénes son o pueden ser los responsables de la acción de clonar. El responsable de la acción de clonar es el técnico que la consuma, el científico de la reproducción que diseña, organiza y ejecuta los pasos para proveer el objetivo decidido: una persona concreta como principal responsable, y sus colaboradores como corresponsables de la acción moral.

Que los adultos que ceden sus células (la madre el ovocito, el padre la célula somática) también son responsables de la acción de clonar es obvio; lo son al identificarse su intención y su disponibilidad corporal con los objetivos propuestos. Pero, pese a tan poderosa implicación, ellos no son los ejecutores directos de la acción clonativa, y, por tanto, el grado de responsabilidad que les alcanza es menor. El agente principal es quien manipula con sus manos el genoma celular y su intención es clara: consiste en lo que hace, se identifica con el sentido del acto técnico que lleva a cabo.

Objetivos de la clonación
El argumento clínico: Combatir la esterilidad. La clonación debería ser vista como un proceder alternativo a las técnicas de reproducción asistida. Este sería el caso de la esterilidad del varón, de la futura madre. Esta, en vez de ser fecundada con esperma, podría ser sometida a clonación mediante la transferencia a su ovocito del material nuclear de una célula somática del padre.

El argumento eugenésico: Se trata aquí de evitar el riesgo de una enfermedad hereditaria, contenido en la recombinación sexual. Por ejemplo, evitar enfermedades graves ligadas al cromosoma X (la hemofilia, el síndrome del cromosoma X que proporciona subnormalidad a los varones, etc.). La clonación basada en los argumentos clínico y eugenésico es denominada por algunos como "clonación reproductiva", para distinguirla de la "no-reproductiva", limitada a la fase in vitro.

El argumento libertario: La elección del sexo del hijo por venir. Aquí falta el argumento eugenésico y el capricho de los padres por dominar el sexo de su futuro hijo. Si de una transferencia nuclear se trata, el sexo es el de la persona que proporciona el núcleo somático: varón si es varón, hembra si es hembra. Si de una mujer se trata, el problema aún se complicaría más: teóricamente una mujer podría concebir artificialmente de otra mujer. Quedaría abierta, así, la maternidad entre lesbianas.

Otro conjunto de objetivos se centra en el argumento científico o profesional, el cual tiene mucha importancia.

Por ejemplo, el argumento de la libertad de investigación. Como ha destacado Romeo Casabona "la libertad científica tiene como soporte irrenunciable la libertad de investigación, concebida como derecho a la creación y a la producción científicas, con el cual se atiende de forma primaria a los intereses del investigador, pero también a los colectivos de promover el progreso científico por los beneficios generales que pueden proporcionarse a la sociedad". Este criterio es interpretado por los partidarios de la libertad absoluta como que la ciencia o el progreso científico no deben someterse al juicio ético: la ciencia, según esta errónea perspectiva, se justifica a sí misma, va más allá de la ética.

Referente a lo económico, la clonación podría constituir una fuente de riqueza y atraer a algunos que sí se ven movidos por el dinero.

Algunos distinguen entre "clonación reproductiva" y "no-reproductiva". En el fondo existe el interés práctico de que la clonación sea legal, no tanto de cara a la reproducción, cuanto por interés de disponer de embriones clónicos que permitan investigar sobre células totipotentes o sobre individuos idénticos.

Por ultimo está la pretensión cientifica de la autoréplica, de la obtención de copias embrionales propias y su ulterior congelación hasta que su aplicación en el agente enfermo sea necesaria. Aquí el producto de la clonación -evolucionado hasta la condición de feto- vendría a ser instrumentado en beneficio de un supuesto agente moral como reserva de órganos. Pensemos en la utilización del tejido cerebral para el Parkinson del propio agente o en la necesidad de un hígado inmunitariamente homólogo para el tratamiento de un cirrótico terminal, cuya esposa, en un acto de amor infinito, le proporciona un feto-hijo-salvador de su padre.

Las consecuencias
Es obvio que las consecuencias o los efectos secundarios u objetivos que hemos detallado están presentes en la intención, igual en el médico como en el político, lo que confiere a la decisión de clonar de una gran responsabilidad.


La teórica resolución clínica de una esterilidad podría contar con el mayor acuerdo entre los efectos positivos. La teórica resolución de una gestación problemática (del tipo de la aludida hemofilia o de la evitación de un hijo subnormal en el caso del "síndrome del cromosoma frágil") podría constituir otro efecto de resultados gratificadores para el matrimonio con fertilidad conflictiva.

La clonación ha promovido a un gran debate intelectual y ético sobre el embrión y su estatuto ontológico. También sobre el concepto de persona. Pues bien, este debate puede contribuir poderosamente a una reflexión ética sobre el principio de la vida, que hasta este momento no ofrece un acuerdo universal satisfactorio.

La clonación y sus ulteriores investigaciones podrían abrir campos de conocimiento de la conducta humana hasta ahora desconocidos, como el alcance de la libertad humana en relación a la herencia biológica.

Para algunos la clonación de la excelencia, fundamentada en este argumento reviste una cierta consistencia ética, pues se trataría de una reverencia por la grandeza.

Una consecuencia positiva, para algunos, es la posibilidad de generar órganos, vísceras o tejidos a partir de células totipotentes desde embriones clonados. Se trataría de una utilidad terapéutica de gran ambición, a partir de la denominada "clonación no-reproductiva. El embrión moriría, pero sus vísceras podrían salvar personas.

Consecuencias negativas
Es de prever un alto costo en vidas embrionarias durante muchos años, décadas, antes de que pueda ser previsto un proceso de clonación "limpio", que no suponga este daño.

Se ha sugerido que las técnicas de clonación, por razón de la manipulación genética, podrían provocar un incremento de anomalías genéticas, de seres humanos defectuosos.

La expansión de la clonación podría conducir a riesgos más universales, que se experimentarían a largo plazo, consecuencia de la ruptura del fenómeno de la diversidad genética, que se estima una garantía, asegurada por la evolución como salvaguarda de la conservación de las especies vivas.

Hoy, sin duda, los pasos a favor de la legitimación de la clonación experimentan un amplio rechazo social e institucional.

Que la legalización y ulterior expansión de la clonación, de una cierta paternidad o maternidad "a la carta", pueda fomentar, a nivel privado, una mentalidad de consumo a nivel reproductivo.

La restricción a la libertad de investigación a los científicos de la clonación podría, según algunos, constituir un peligroso precedente para el mundo de las ciencias de la vida y del comportamiento humano.

El objeto de la acción moral: la clonación y su significado
El abordaje personalista de la ética asume la importancia de la intención del agente y de las consecuencias u objetivos inmediatos o lejanos de la acción juzgada, pero los considera insuficientes. La bioética personalista entiende que, además de la intención y las consecuencias, el juicio ético acerca de una acción concreta (en este caso, la clonación) no puede prescindir de esta interrogante: la acción que juzgamos ¿afecta negativamente a la dignidad de la persona? Es decir, ¿agrede en alguna medida al ser humano, a la persona concreta que es objeto de la acción clonativa del profesional de la Medicina? En otras palabras: al actuar sobre un ovocito y manipular su genoma, trasplantando a su núcleo material nuclear de una célula somática humana ¿se agrede la dignidad del embrión humano que emerge de esa acción, que llamamos clonación?

La pregunta incide en el núcleo esencial del dilema. Se trata de un planteamiento que no llega a el fondo de la cuestión, es decir la condición del embrión-clon, del zigoto-clon. Este planteamiento es racional y asume una convicción: que si el embrión humano es persona, exige tratamiento de persona y no puede ser objeto de "dominio" por parte de ningún otro hombre, antes bien debe ser respetado. La persona humana y su dignidad se configuran así como un bien universal e individual al mismo tiempo, que debe ser respetado siempre.

¿El embrión es una persona?
A nuestro juicio y desde el punto de vista de una filosofía realista, el embrión humano exige trato de persona. Hay quienes juzgan que los conceptos de "hombre" y "persona" son inseparables y que el intento de separación responde a una mera razón estratégica. Es persona todo ser de una especie cuyos miembros poseen la capacidad de alcanzar la autoconciencia y la racionalidad. Y esto en cualquiera circunstancia y en cualquier instante del tramo existencial. Es así que el embrión humano constituye el primer tramo de la existencia del hombre, que transcurre sin discontinuidad, luego el embrión participa de la misma esencia de hombre, no importan las apariencias sensibles, su tamaño, circunstancia o grado evolutivo. Si existe desde ese momento un nuevo ser humano, existirá, en consecuencia, desde el primer instante un sujeto humano, que permanecerá individual y específicamente inalterado a lo largo de toda su existencia. Y si existe un nuevo sujeto humano no puede menos que existir una nueva persona, que, en cuanto tal, exige el reconocimiento y el respeto de todos los derechos inherentes a su dignidad. Esto para la Medicina significa que, en cuanto persona, el zigoto debe ser concebido y tratado como si de cualquier otra persona o paciente se tratara.

Los aspectos éticos de la clonación
En el caso de la clonación, el análisis de la intención del agente y de sus objetivos solo haya consistencia ética en los argumentos clínico y eugenésico, es decir, en la denominada "clonación reproductiva". El resto de los argumentos carecen de consistencia ética.

El análisis ético de las consecuencias, fundamento de la denominada ética de la responsabilidad, lleva a considerar el conjunto de consecuencias "benefícienles" y a equilibrarlas con las consecuencias negativas o "maleficentes". Para ello se ha de saber que, desde la perspectiva personalista, es más consistente éticamente la evitación de un mal a una persona que la consecución de un bien. Esto permite destacar el valor ético negativo de una de las consecuencias de la clonación, la gran pérdida de vidas embrionarias. En suma, la consecuencia más relevante desde este punto de vista no es, pues, el rechazo social, sino su alto costo en embriones, suficiente para proyectar sobre la clonación una calificación ética muy grave.

Finalmente, no sólo es bueno aquello que es útil para la sociedad, es preciso también que el logro científico sea útil y bueno para el sujeto humano, para el clon producido. Él es fin en sí mismo para la felicidad de sus padres o el beneficio de la sociedad. Una injusticia objetiva producida sobre él invalidaría las ventajas que la clonación proporcionara a la sociedad. Aquí se trata de ver si llegar a la vida como clon representa un bien para el clon; si el embrión humano, persona con plenos derechos, es respetado en el mecanismo de la clonación; si la persona del clon es el fin último de la operación técnica y si sus intereses prevalecen sobre los de sus padres o sobre los de la sociedad.

La vida del embrión es minusvalorada en las técnicas de manipulación embrionaria; aparece a la lógica de práctica de nuestro tiempo como un costo obligado de la eficacia y de los logros científicos. No parece dudoso afirmar que, hoy por hoy, el costo en vidas embrionarias que son de prever en la clonación puede ser altísimo.

La clonación transforma el proyecto natural de individualidad, modifica el corazón de la identidad genética. Sin duda que se puede llevar a cabo, el dilema es si alcanza a la libertad humana el dominio radical sobre otros hombres hasta el punto de transformar su identidad personal; si al hombre asiste, en fin, el poder moral de dar legitimidad al nacimiento de un hombre nuevo, no natural, principio de un programa de hombre biogenético, que ya no sería el hombre de la evolución.

Este es realmente el núcleo del dilema. La libertad se eleva en el árbitro de la existencia, que decide, sin norma, sobre la vida y la muerte. Aquí pues el núcleo de nuestra elección moral: si el hombre como sujeto puede usar de su libertad hasta los linderos de lo éticamente permisible, o si, a la manera sartriana, la persona es mera libertad incondicionada y consecuentemente en posesión de un radical derecho a su ejercicio. La religión cristiana siempre ha rechazado este último supuesto último.

En suma, el objeto de la clonación, desde el punto de vista del respeto a la dignidad de la persona, lesiona gravemente en lo formal la integridad de la persona clon. Destruye su identidad genética y rompe así la identidad personal.
En la naturaleza la vida es fruto del amor de la pareja. Es un "bien" que perfecciona a los padres. El emergente del resultado del amor es un hijo aunque no se desee. De aquí el derecho psico-social a nacer en el seno de una familia natural y a tener unos padres que, además, sean padres biológicos. En la clonación la vida es una producción técnica.
En definitiva, el análisis de la ética de la clonación, a la luz de sus consecuencias y del objeto y significado de la acción moral, hace aflorar barreras insalvables de lo ético. La clonación prejuzga y constituye una intolerable manipulación de la persona representada por el embrión; pone en riesgo su vida y va contra sus intereses, y al que concibe más como un medio que como un fin en sí mismo




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Idioma: castellano
País: Venezuela

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