Integración Social


Centros de educación especial


Tema 21: Centros de educación especial, CO, CEE, CAMP, Proyecto Horizon y Administración pública y deficiencia mental.

I. CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Normativa legal

  • Ley General de Educación de 1970: pretenden ser centros diferenciados para los minusválidos

  • LISMI de 1982: educación especial para minusválidos que no puedan integrarse en centros ordinarios

  • LOGSE de 1990: atención a minusválidos dentro del sistema ordinario (término “n.e.e.” )

Actualmente no se plantea una educación diferente o separada sino la misma para todos pero con un modelo organizativo dividido en centros ordinarios y específicos para alumnos que no podrían ser atendidos en los ordinarios.

Para posibilitar la integración se podrán realizar adaptaciones curriculares y se priorizarán los objetivos de comunicación, autonomía personal, socialización, etc.

Concepto

Centros educativos, dependientes del Mº de Educación, donde se escolarizan alumnos con n.e.e. asociadas a severa discapacidad (hasta los 20 años) que incluyen servicios y medidas no generalizables en el sistema ordinario.

Objetivos

  • Pleno desarrollo de la personalidad

  • Adquirir hábitos de trabajo y capacitación profesional

  • Adaptar métodos y actividades a las características de los alumnos

  • Tratamientos educativos para la integración de alumnos con n.e.e. a nivel familiar, laboral y social

Tipos

  • Monovalente: alumnos con el mismo tipo de necesidad (ciegos)

  • Polivalente: alumnos con n.e.e. de diferente tipo

  • Internado: atención de todo el día

  • Externado: atención una parte del día

Estructura

  • Educación básica obligatoria: trabajan áreas equivalentes a educación infantil y primaria adaptadas con contenidos como lenguaje, plástica, matemáticas, educación física y hábitos para la vida diaria.

  • Formación profesional complementaria: aprendizaje de HH laborales mínimas a través de talleres ocupacionales durante 2 ó 3 años.

Organización de recursos humanos

Órganos

colegiados

Consejo escolar (director, jefe de estudios, profesores, AMPA, administración, servicios y Ayto): elaborar el proyecto educativo, admisión de alumnos, resolver conflictos y aprobar el presupuesto.

Claustro de profesores: para planificar, coordinar, decidir e informar sobre aspectos docentes.

Órganos

unipersonales

Área directiva: director, jefe de estudios y secretario

Área diagnóstica o clínica: médico, ATS, psicólogo, pedagogo y trabajador social

Área pedagógica: profesores, educadores, maestros de taller, cuidadores, fisioterapeuta

Área de servicios: limpieza, cocina, administración. transporte

Proporción profesional/ alumno o Ratio

  • 1 pedagogo o psicólogo cada 15- 20 alumnos con déficits de personalidad o autonomía (2 en centros con + de 160)

  • 1 maestro cada 8- 12 alumnos motóricos, 9- 12 sensoriales o DM y 6- 8 con emocionales o caracteriales.

  • 1 fisoterapeuta cada 15 con deficiencia motórica y por cada 70 con DM.

  • 1 logopeda cada 20- 25 motóricos, 30- 35 con DM y 15- 20 con deficiencia auditiva.

  • 1 trabajador social por centro.

  • 1 cuidador cada 15 con deficiencia motórica o emocional.

RD de ordenación de la educación para alumnos con n.e.e. de 28 de abril de 1995

Los centros específicos deben completar sus funciones y acciones, flexibilizar sus formas organizativas, así como optimizar recursos y esfuerzos en colaboración con los centros ordinarios. Esta colaboración supondría una verdadera respuesta de calidad para los alumnos con n.e.e. e implicaría:

    • Reorientar y ampliar las funciones

    • Favorecer el intercambio de experiencias

    • Flexibilizar los cambios de modalidad educativa

    • Compartir alumnos y recursos

    • Contar con apoyo de la Administración

    • Establecer un marco legal que determine la coordinación

II CENTROS OCUPACIONALES (CO)

Normativa legal

  • LISMI: antes sólo se daba asistencia médica pero con esta ley se plantea la integración laboral o escolar surgiendo los C.O. (primero del Inserso y luego de la CAM).

  • RD 2274/85 de 4 de diciembre que regulan los C.O.

Concepto

Servicio social para el desarrollo personal de los minusválidos con la finalidad de habilitación profesional, desarrollo personal e integración social de estas personas. No tendrán, en ningún caso, carácter de centros de trabajo.

Según el Inserso son establecimientos sin fin lucrativo con tratamientos especializados para habilitación personal y social de minusválidos que no pueden integrarse en un CEE o empresa. Disponen de entre 100 y 120 plazas.

Principios

  • Tener en cuenta su vínculo con los C.E.E.

  • Buscar el medio o lugar que más favorezca a la integración

  • Reducir el proteccionismo y aumentar la autonomía personal

  • Emplear los recursos de la comunidad

  • Buscar autonomía individual: económica, participación, toma de decisiones e integración laboral

  • Normalizar la vida: independencia, pisos tutelados

  • Estar alejados de la masificación e institucionalización

Objetivos

  • Facilitar la integración laboral y social

  • Facilitar el desarrollo personal

  • Orientar hacia el uso de recursos comunitarios

  • Facilitar el acceso a servicios especializados

  • Buscar colaboración de empresas e instituciones

  • Ofrecer tratamientos específicos de terapia ocupacional y habilitación profesional

Usuarios

Minusválidos físicos o psíquicos , calificados como tales por los Equipos Multiprofesionales, en edad laboral que no padezcan enfermedad infectocontagiosa o requieran una atención continuada.

Derechos

Deberes

  • Beneficiarse de la programación (formación laboral y ocupacional)

  • Recibir SS de habitación

  • Participar en la organización de actividades

  • Percibir participación económica

  • Tomar parte en las actividades

  • Someterse a revisiones periódicas

  • Observar las normas establecidas

Tipos

  • Orientados a los CEE: aprenden un oficio y se capacitan para acceder a una empresa o CEE

  • Propiamente dichos: aprenden tareas productivas de bajo rendimiento

  • De terapia ocupacional: aprenden tareas simples, hábitos elementales

Programas

Ocupacional- laboral

En el CO se produce, luego se comecializa y los productores participan en los resultados de la venta .

Los usuarios realizan un trabajo productivo, no necesariamente rentable, aumentando progresivamente su rendimiento. Para ello es necesario elegir bien la actividad y el puesto de trabajo así como aprender adecuadamente la tarea. Son elementos fundamentales para este aprendizaje: el impulso, los estímulos, la respuesta y el refuerzo o recompensa.

Comercializar los productos tiene un efecto terapéutico ya que provoca mayor ilusión por la tarea y se puede hacer por venta directa o indirecta o para autoconsumo.

Apoyo personal y social

Para conseguir un desarrollo armónico e integral del discapacitado es fundamental en su relación directa:

  • Organización interna: tener actitud equilibrada (ni proteccionista ni autoritaria), establecer criterios uniformes, no excederse en el control y mantener ambiente normalizado (coeducación, ritmo normal, etc.)

  • Desarrollo de la participación: metodología activa, toma de decisiones, AVD (autocuidado, autonomía en casa y en la ciudad), ocio y tiempo libre, vida en comunidad, etc.

Estructura

  • Ärea de dirección: asignar tareas, planificar, coordinar, asistencia técnica, informar, negociar y relación con familias

  • Área de administración: contabilidad, relación con proveedores, coordinación administrativa

  • Área de comercialización: control de producción, relación con empresas, contabilidad (gastos e ingresos)

  • Área ocupacional: programar, hacer prácticas, aumentar la calidad de los productos, lograr conductas laborales, aumentar la autonomía personal y destreza en el manejo de útiles, desarrollar valores

  • Área de tto psicológico: colaboración en el PIA, seguimiento y aplicación del PIA, evaluación y revisión

  • Área social y grupal: apoyo social y familiar, fichero de recursos, relación con otros organismos, programación de actividades de integración, concienciación de la comunidad

  • Área de atención médica: prevención, asistencia y rehabilitación

  • Área de habilitación y reciclaje cultural: adquisición de hábitos y conocimientos de autonomía, promoción de capacidades e incorporación a la vida social

Personal

Director/ administrador/ jefe coordinación/ administrativos/ trabajador social/ psicólogo/ médico/ monitor/ maestro de taller/ educador/ terapeuta ocupacional/ pedagogo/ mantenimiento

III CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO (CEE)

Normativa legal

  • LISMI

  • Estatuto de los trabajadores

  • RD 2273/85 de 4 de diciembre que regulan los C.E.E.

  • RD 1368/65 de 17 de julio modificado por el RD 427/99 de 12 de marzo

Concepto

Son empresas que proporcionan a los trabajadores minusválidos la realización de un trabajo productivo y remunerado adecuado a sus características que pueda facilitar su integración en el mercado ordinario.

Este trabajo se acompaña de la prestación de servicios de ajuste social y personal.

Características

  • Estructura organizativa semejante a la empresa ordinaria pero con SS de rehabilitación, habilitación, terapéuticos, de integración social, culturales y deportivos.

  • Carácter público o privado

  • Con ánimo de lucro o no

  • Creadas por la Adm. Pública o por entidades privadas

  • Se exige calificación e inscripción en el registro de centros cumpliendo los requisitos de: acreditación del titular, justificante de viabilidad, contratos escritos de los trabajadores minusválidos y titulaciones adecuadas del personal

Usuarios

Minusválidos físicos, psíquicos o sensoriales reconocidos con una disminución en su capacidad de trabajo del 33 %

Financiación

  • Aportación de titulares o de terceros

  • Reparto de beneficios

  • Ayudas para el fomento del empleo que se solicitan al INEM y deben ser justificadas debidamente con una memoria de la actividad del centro

Relación laboral en CEE

Los trabajadores deben tener minusvalía del 33% con disminución de la capacidad de trabajo, estar inscritos en el INEM y ser comprobada su adecuación previamente por el equipo multiprofesional. Tienen iguales derechos que cualquier trabajador

Para formalizar el contrato el titular solicita trabajadores al INEM. Debe ser un contrato escrito pudiendo pactarse periodo de prueba o contrato a bajo rendimiento y se debe informar sobre el plan de formación

La jornada máxima es de 8 horas semanales y no pueden hacer horas extra y el contrato puede ser ampliable hasta 6 años.

El trabajador puede faltar previo aviso para asistencia médica u orientación profesional teniendo remuneración si no pasa de 10 días

Se produce la extinción del contrato por: falta de aptitud o de adaptación o faltas de asistencia (25% en 2 meses o 30% en 4 meses dentro de un año).

Comparación entre C.O. y C.E.E.

Diferencias

Semejanzas

CEE

CO

La producción debe tener salida

La plantilla deben formarla minusválidos

Deben prestar SS de ajuste personal y social

Opción de integración laboral

Finalidad: trabajo productivo

Asegura un salario

Depende del INEM

No hay opción de integración laboral

Finalidad: habilitación profesional

Propone compensación económica

Depende de las CC.AA.

IV. CENTROS DE ATENCIÓN A MINUSVÁLIDOS PROFUNDOS (CAMP)

Normativa legal

  • LISMI (Art. 56)

  • RD 556/89 de 19 de mayo sobre accesibilidad de edificios

Concepto

Institución dedicada a la asistencia y desarrollo integral de personas con DM grave. Ofrece SS de asistencia básica (residencia, manutención, cuidados y ayudas asistenciales) y SS para su desarrollo integral (asistencia social, psicológica, médica, habilitación y pretallares). Tienen capacidad para 120 plazas en régimen de internado y 20 de media pensión.

Requisitos para los usuarios

  • Minusvalía psíquica profunda o severa o media con deficiencias graves asociadas

  • Mayor de 6 años

  • Sin enfermedad infectocontagiosa o trastorno mental grave

  • Graves dificultades de atención en la familia

Objetivos

  • Asistencia básica para tareas diarias

  • Desarrollo del potencial evolutivo individual lo más posible en sus diferentes aspectos

Estructura

  • Área de dirección y administración: director, JATA, administrativos, auxiliares de control

  • Área de SS de atención: trabajador social, psicólogo, médico, educadores (ETAR)

  • Área de residencia: auxiliares, técnicos auxiliares, cocina, auxiliares domésticos

  • Área de SS de apoyo: conductor, mantenimiento

El ratio de la plantilla es de 1/1 (un trabajador por cada usuario)

Funciones del educador

Se ocupa de la aplicación, seguimiento y evaluación de las medidas asistenciales y recuperadoras realizando tareas de psicomotricidad, desarrollo del lenguaje, expresión corporal y habilitación personal y social.

También participa en la elaboración del plan general de actividades y los planes individuales en coordinación con el equipo multiprofesional

La habilitación pretende

  • Mejorar las capacidades

  • Crear hábitos de autonomía personal

  • Desarrollar el lenguaje

  • Mejorar la socialización

  • Entrenamiento ocupacional

Relación con familias

Para conseguir una integración de los padres o familiares en la institución hay que procurar que exista contacto frecuente con su familiar, que apoyen a los profesionales y que se refuercen las relaciones con la comunidad donde se encuentra.

Para conseguir esta integración se puede establecer la participación de los familiares en la política general del centro, a través de asociaciones y crear un programa de orientación familiar.

V. PROGRAMA HORIZON

En 1990 la CE crea tres iniciativas para promocionar el empleo y dotar de una dimensión comunitaria a las acciones de formación en colectivos con menos posibilidades; entre ellas se encuentra el Programa Horizon dirigido a discapacitados y desfavorecidos. Este programa está cofinanciado por el FSE y a nivel nacional por el IMSERSO.

Posteriormente también han surgido otros programas para minusválidos como: Helios (Mº Educación), Europrogramas de cooperación con ONGs, Handynet (CEAPAT), Tide (investigación) o programas de acción social.

Objetivos

Su finalidad es facilitar la integración económica, profesional y social de personas con minusvalías graves o con dificultades específicas de integración. Para ello se establecen dos objetivos generales:

  • Mejorar el acceso al mercado laboral de los minusválidos

  • Hacer frente a las situaciones de exclusión social y lograr la integración de los más desfavorecidos.

Medidas que pueden optar a las ayudas del FSE en relación con los minusválidos

  • Formación profesional

  • Ayuda a PYMES y cooperativas

  • Adaptación de arquitectura y eliminación de barreras

  • Difusión de experiencias y tecnologías para la integración

  • Equipos de fisioterapia y ergoterapia

  • Creación de redes de información

  • Intercambio de experiencias

Líneas de actuación

El Programa Operativo Español aprueba los distintos proyectos presentados para la iniciativa Horizon de las tres administraciones o de ONGs. Estos proyectos tienen las siguientes líneas de actuación:

  • Acciones para promoción de formación y empleo (diagnóstico, medias y planes de actuación)

  • Estudios para conocer recursos y necesidades (difusión, orientación y asesoramiento)

  • Proyectos innovadores de FP y fomento del empleo

  • Formación de formadores (métodos, intercambio de experiencias)

  • Investigación y formación de nuevas tecnologías

  • Eliminación de barreras arquitectónicas

VI. ATENCIÓN AL MINUSVÁLIDO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Adm. Central

Mº de educación: creación de centros de ed. especial, atención a n.e.e. e integración escolar

Mº de trabajo (INEM): legislación, CEE, proyectos Horizon

IMSERSO: centros base, CRMF, CAMF

Adm. autonómica

Centros de atención: CAMP. CO

Legislación: Ley de SS.SS. y Ley de promoción de supresión de barreras arquitectónicas

Adm. Local

Ley reguladora de bases de régimen local de 1985

Servicio de información, valoración y orientación (SIVO)

Ayuda a domicilio

Necesidad educativa especial: es la dificultad, transitoria o permanente, de un alumno que por sus características precisa recursos diferentes que no pueden ser prestados en condiciones ordinarias de escolaridad.

La normativa que regula los centros específicos es el RD que establece el Reglamento Orgánico de Escuelas de Infantil y Primaria de 26/01/1996

Regulada por Orden 18/09/1990

Ver OM 13/11/84 para CAMF y OM 7/09/82 para CRMF

Normalmente son DM medios o moderados, aunque pueden ser ligeros o severos con actitudes ocupacionales y sin trastornos asociados

No se regula en el RD 2274/85 pero si se establece que debe haber un desarrollo normativo al respecto

Hasta 12.000 € para proyectos innovadores y reducción en la cuota de la S. social por mantenimiento de puestos de trabajo

Como es una relación de carácter especial se regula en el RD 1368/65 de 17 de julio que se modificó después con el RD 427/99 de 12 de marzo

No puede ser contrato a domicilio ni de formación

El tiempo máximo para la enseñanza podrá alcanzar los 2/3

Actualmente integrado en EQUAL, iniciativa comunitaria dirigida a promover nuevas prácticas de lucha contra la discriminación y desigualdad en el mercado de trabajo




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Enviado por:Javiki
Idioma: castellano
País: España

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