Gestión del Transporte


Apuntes para obtención del permiso de Conducir clase C


TEMA 1: NORMAS DE CIRCULACION

  • DEFINICIONES

  • Automóvil: vehículo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de personas o cosas, de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin.

    Camión: automóvil con 4 ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no esta integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de 9 plazas, incluida la del conductor.

    Furgón / Furgoneta: automóvil con 4 ruedas, o más concebido y constituido para el transporte de mercancías, cuya cabina esta integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de 9 plazas, incluido la del conductor.

    Tractocamión: automóvil concebido y construido, para realizar, principalmente, el arrastre de un semiremolque.

    Vehículo Especial: es aquél, autopropulsado o remolcado, concebido y construido para realizar obras o servicios determinados y que, por características, está exceptuado de cumplir algunas condiciones técnicas exigidas reglamentariamente.

    Vehículo Articulado: automóvil constituido por un vehículo de motor, acoplado a un semiremolque.

    Tren de Carretera: automóvil constituido por un vehículo a motor, enganchado a un remolque.

    Conjunto de Vehículos: se trata de un tren de carretera o un vehículo articulado.

    Vehículo Adaptado: cualquier vehículo cuyas superestructuras fijas o móviles estén especialmente equipadas para el transporte de mercancías.

    Vehículo Mixto Adaptable: automóvil especialmente dispuesto para el transporte simultaneo o no de personas y mercancías, con un máximo de 9 plazas, incluida la del conductor.

  • OTRAS DEFINICIONES

  • TARA: la masa del vehículo, con su equipo fijo autorizado, sin personal de servicio, pasajeros ni la carga, y con su dotación completa de agua, combustible, lubricante, repuestos, herramientas y accesorios necesarios.

    Masa en Orden de Marcha: es el resultado de sumar a la tara estándar del conductor de 75kg, y para los autobuses y autocares, la masa del acompañante de 75kg si lo lleva.

    Masa en Carga: es la masa efectiva del vehículo y de su carga, incluida la masa del personal de servicio y de los remolques.

    Masa por Eje: la que gravita sobre el suelo, transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a ese eje.

    MMA: la masa máxima para la utilización de un vehículo de carga en circulación por la vías públicas. La técnicamente admisible será la masa máxima del vehículo basada en su construcción y específica por el fabricante.

    MMA por Eje: es la masa máxima de un eje o grupo de ejes con carga para la utilización en circulación por las vías públicas. La técnicamente admisible será la masa máxima por eje basada en su construcción y especificada por el fabricante.

    Carga Indivisible: la carga que, para su transporte por carretera, no puede dividirse en dos o más cargas sin coste o riesgo innecesario de daños y que, debido a sus dimensiones o masa.

    Suspensión Neumática: es la que al menos el 75% del efecto elástico se debe a un dispositivo neumático. La equivalente o neumática es el sistema de suspensión para ejes motor no dirigidos que cumple los requisitos reglamentarios.

    Dispositivos de elevación de eje: dispositivo permanente montado en el vehículo con el objeto de reducir o incrementar la carga sobre ellos, según las condiciones de carga.

    Eje Retráctil: eje sobre el cual puede variarse la carga sin que el eje esté levantado, mediante el dispositivo de elevación del eje.

    Grupo de Ejes: los ejes que forman parte de un bogie. En el caso de dos ejes, el grupo se denominará tándem y tándem triaxal en caso de tres ejes. Convencionalmente, se considerará que un solo eje es un grupo.

    Tonelada: Masa correspondiente a 1.000kg

  • CATEGORIAS DE LOS VEHÍCULOS

  • Existen 3 categorías, que son las siguientes:

  • N1: vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan por lo menos 4 ruedas con una masa máxima no superior a los 3500kg, incluidos los tractocamiones.

  • N2: vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan por lo menos 4 ruedas con una masa máxima superior a los 3.500kg y no superior a los 12.000kg, incluidos los tractocamiones.

  • N3: vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan por lo menos 4 ruedas con una masa máxima superior a los 12.000kg, incluidos los tractocamiones.

  • ORDENACION DEL TRAFICO

  • Cuando por razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, podrá ordenarse otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial de acceso a parte de la vía.

    Para evitar entorpecimientos a la circulación y garantizar la fluidez de la misma, se podrán imponer restricciones o limitaciones a determinados vehículos y para vías concretas, que serán obligatorias para los usuarios afectados.

    Se podrán establecer limitaciones a la circulación, temporales o permanentes en las vías públicas.

    Las restricciones serán publicadas, en todo caso, con una antelación de 8 días hábiles en el B.O.E. y, facultativamente en los diarios oficiales de las C.C.A.A.

    En casos de reconocida urgencia podrán concederse autorizaciones especiales de carácter permanente o temporal.

  • UTILIZACION DE LAS VIAS

  • Norma General

  • En las calzadas de doble sentido de circulación y dos carriles, separados o no por marcas viales, se circulará por el carril de la derecha.

    En calzadas con doble sentido de circulación y tres carriles, separados por marcas longitudinales discontinuas, se circulará por el carril de la derecha y, en ningún caso, por el situado más a la izquierda, utilizándose el carril central solo para efectuar adelantamiento y cambios de dirección a la izquierda.

  • Vías Fuera de Poblado

  • Normalmente se circulará por el carril más próximo al lado derecho, pudiéndose utilizar el resto, destinados a un mismo sentido, cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de no entorpecer la marcha de otro que siga.

    No obstante, cuando la calzada tenga 3 o más carriles en un mismo sentido de la marcha, los conductores:

  • Camiones y furgones con MMA, superior a 3500kg

  • Vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén

  • Conjunto de vehículos de más de 7 metros de longitud.

  • Circularán normalmente, por el carril situado a la derecha, pudiendo utilizar el inmediato cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezcan la marcha de otro vehículo que les siga.

  • Vías dentro de Poblado

  • Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos 2 carriles reservados al mismo sentido, el conductor podrá utilizar el carril que mejor le convenga para llegar a su destino.

    Velocidad Recomendada

  • Computo de Carriles

  • Para el cómputo de carriles, a efectos de su utilización en los términos antes expresados, no se tendrán en cuenta los reservados a determinados vehículos, cuyos carriles están debidamente señalizados con las señales reglamentarias.

  • UTILIZACIÓN DEL ARCEN

  • Deberán circular por el arcén de la derecha, si fuera transitable y suficiente, los camiones con MMA que no exceda los 3.500kg que por, razones de emergencia lo hagan anormalmente reducida, perturbando gravemente la circulación.

  • NORMAS COMUNES EN AUTOPISTAS Y AUTOVIAS

  • Si por emergencia se tuviera que inmovilizar el vehículo y fuera necesario pedir auxilio, se utilizará el poste de socorro más próximo; sin que ninguno de sus ocupantes pueda transitar por la calzada.

    El remolcaje de los vehículos averiados, se tiene que realizar con vehículos adaptados para este fin.

  • TIPOS DE CARRILES

  • Carriles reversibles (Generalmente en Poblado)

  • Los conductores que circulen por un carril reversible deberán llevar encendida al menos la luz de cruce, tanto de noche como de día.

  • Carriles de Utilización en Sentido Contrario al Habitual

  • La utilización de este tipo de carriles habilitados en sentido contrario al habitual, queda limitado únicamente a las motocicletas (sin sidecar), y a los turismos (sin remolque).

    También se podrán habilitar este tipo de carriles, cuando se realicen trabajos de obras en la calzada, pudiendo, en este caso circular todo los tipos de vehículos que estén autorizados para circular por esta vía.

    Los usuarios de este tipo de carriles, circularán siempre, al menos, con la luz de corto alcance (luz de posición) o la de cruce encendida, tanto de día como de noche, a una velocidad máxima de 80km/h y una mínima de 60km/h, y no podrán desplazarse lateralmente.

  • Carriles para Vehículos de Alta Ocupación (VAO)

  • La utilización de este tipo de carril, esta destinado a los vehículos como autocares, autobuses, etc.; esta prohibida la entrada de camiones, vehículos articulados, y conjuntos de vehículos.

  • Carriles Adicionales Circunstancias de Circulación

  • Generalmente se habilitan en carreteras convencionales. Cuando se aprovechan los arcenes para establecer un carril adicional de circulación, los vehículos que circulen por los arcenes y dicho carril adicional lo harán a una velocidad máxima de 80km/h y a una mínima de 60km/h; y deberán utilizar al menos la luces de cruce, tanto de día como de noche.

  • Carril de Aceleración y Deceleración

  • Carril de Aceleración: el conductor que tenga la intención de utilizarlo, deberá cerciorarse al principio de dicho carril, que pueda hacerlo sin peligro. A continuación, acelerará hasta alcanzar la velocidad adecuada al final del carril de aceleración para incorporarse a la circulación de la calzada.

    Carril de Deceleración: carril, que se utiliza para abandonar una autopista o autovía generalmente, los conductores deberán utilizar lo antes posible este carril, para poder abandonar la vía de circulación en cuestión.

  • VELOCIDADES MAXIMAS Y MINIMAS GENERICAS

  • Camiones

    Furgones

    Veh. Articulados

    Tractocamiones

    Automóviles con remolque

    Autopistas

    Autovías

    Carreteras

    Convencionales

    Resto Vías

    Fuera de Poblado

    Vías Urbanas

    Velocidad

    Máxima

    90 km/h

    80 km/h

    70 km/h

    50 km/h

    Velocidad

    Mínima

    60 km/h

    40 km/h

    35 km/h

    25 km/h

    * Este tipo de carreteras convencionales, tienen que contar con un arcén pavimentado de 1.50 metros o más de anchura, o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación

    Las velocidades genéricas máximas para vehículos que transporten mercancías peligrosas se reducirán en 10km/h.

    Vehículos y Conjuntos de vehículos Especiales: las velocidades máximas son las siguientes:

  • 25 km/h, aquellos vehículos que carezcan de señalización de frenado, llevan remolques o son motocultores.

  • 40 km/h, los restantes vehículos especiales, excepto cuando puedan desarrollar una velocidad superior a los 60km/h en llano con arreglo a sus características, en cuyo caso la velocidad máxima será de 70km/h.

  • Velocidad Máxima para vehículos en régimen de Transporte Especial, son las siguientes:

    a) Vehículo con autorización genérica 70km/h

    b) Vehículo con autorización específica 60km/h

    c) Vehículo con autorización excepcional 60km/h

    Cuando se realicen adelantamientos, nunca se podrán rebasar las velocidades máximas genéricas.

    La velocidad máxima en vías urbanas y travesías, será de 50 km/h; salvo para vehículos que transporten mercancías peligrosas, cuya velocidad máxima será de 40 km/h.

    Como caso excepcional, la velocidad máxima genérica en las autopistas y autovías, cuyos tramos discurran dentro de poblados, será de 80 km/h.

    Se considerarán velocidades mínimas, las siguientes velocidades:

    a) Autopistas y Autovías 60 km/h

    b) Resto de las vías La mitad de la velocidad

    máxima genérica.

    Cuando nos encontremos una señal de velocidad máxima, colocada en el mismo poste que una señal de peligro, dicha limitación de velocidad desaparecerá, una vez cuando hayamos pasado dicho peligro.

    Sobre las velocidades máximas genéricas prevalecen las velocidades que fijen:

  • A través de las correspondientes señales de limite de velocidad

  • A determinados conductores por sus circunstancias personales

  • A los conductores noveles (80 km/h)

  • A determinados vehículos por sus especiales características o por la naturaleza de su carga..

  • DISTANCIA O SEPARACION ENTRE VEHICULOS

  • Cuando se circule detrás de otro, deberá dejar un espacio que permita detenerse en caso de frenado brusco, sin colisionar con él, teniendo en cuenta, especialmente, la velocidad y las condiciones de adherencia.

    Los vehículos que tengan una MMA superior a 3.500kg y los conjuntos de vehículos que tengan más de 10 metros de longitud, deberán guardar un mínimo de 50 metros, en el caso que no tengamos la intención de no adelantar. Esto no se podrá aplicar en:

  • En poblado

  • Donde estuviere adelantar

  • Donde hubiere más de un carril para el mismo sentido

  • Cuando la circulación estuviere tan saturada que no permita el adelantamiento.

  • ADELANTAMIENTO

  • Cuando se adelante, fuera de poblado a peatones, animales, o a vehículos de dos ruedas, se deberá realizar dicha maniobra, ocupando parte o totalmente el carril contiguo de la calzada, y en todo caso la separación lateral no será inferior a 1,50 metros.

    Cuando se efectúe un adelantamiento a cualquier vehículo, no nombrado anteriormente, o que tenga lugar en poblado, el conductor del vehículo que va adelantar, tendrá que dejar un margen de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.

    En el caso que queramos adelantar a un vehículo pesado de grandes dimensiones, u obligado a respetar un limite de velocidad específico, y que no tenga la posibilidad de ceñirse por completo al borde derecho de la calzada; y este adelantamiento se pueda realizar sin peligro, el conductor del vehículo que va a ser adelantado, podrá indicarlo con el funcionamiento del intermitente derecho, o extendiendo el brazo horizontalmente.

    Los vehículos pesados, de grandes dimensiones, u obligados a respetar un límite de velocidad especifico, deberán aminorar la marcha o apartarse cuanto antes al arcén.

    Queda prohibido adelantar en:

  • Curvas, y cambios de rasante de visibilidad reducida

  • Detrás de otro vehículo que realiza otro adelantamiento, y que por sus dimensiones impida la visibilidad de la parte delantera de la vía.

  • Pasos de peatones,

  • Intersecciones con vías de ciclistas

  • Pasos a nivel y sus proximidades

  • Intersecciones, excepto:

  • Se trate de una plaza giratoria o glorieta

  • Cuando el adelantamiento se efectúe por la derecha

  • Cuando se circule por una calzada con prioridad

  • También está prohibido los adelantamientos, que se efectúen en Túneles y Pasos Inferiores, que solo tengan un carril por sentido.

  • CAMBIOS DE DIRECCION, DE SENTIDO Y MARCHA ATRÁS

  • Como norma general esta prohibido circular marcha atrás, excepto en casos que no sea posible marchar hacía adelante, ni cambiar de dirección o sentido de la marcha, y en las maniobras complementarias para estacionar.

    La distancia máxima para circular marcha atrás, para realizar la maniobra complementarias para el estacionamiento no superará los 15 metros.

  • INMOVILIZACIONES

  • 1.13.1Parada y Estacionamiento

    Cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible a su borde derecho, salvo en vías de único sentido, en las que también se podrá realizar en el lado izquierdo.

    El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se podrá regular por ordenanza municipal.

    Queda prohibido parar en:

  • En curvas y cambios de rasante con visibilidad reducida

  • En túneles

  • En las intersecciones y en sus proximidades cuando dificulten el giro a otros vehículos

  • En vías urbanas, si genera peligro por falta de visibilidad

  • En lugares donde impiden la visibilidad de la señalización

  • En autopistas y autovías

  • Queda prohibido estacionar en:

  • Donde está prohibida la parada

  • En zonas señalizadas para uso exclusivo de vehículos para personas de movilidad reducida

  • En doble fila

  • SEÑALES VERTICALES RELACIONADAS CON LA PARADA Y ESTACIONAMIENTO

    Prohibido estacionar y parar Prohibido estacionar Prohibido estacionar en Prohibido estacionar en

    días impares días pares

    Prohibido estacionar Prohibido estacionar Prohibido estacionar Prohibido estacionar

    en vados en paradas de Taxi en paradas de Bus en carril Bus

    1.13.2 Colocación del vehículo al parar o estacionar

    Cuando se trate de un vehículo de más de 3.500kg de MMA, y la parada o estacionamiento se realice en una sensible pendiente, su conductor deberá apagar el motor, colocar la primera velocidad (en caso ascendente) o la marcha atrás (en caso descendente); y además de dejarlo debidamente calzado, bien sea por medio de la colocación de calzos o bien apoyando las ruedas directrices en el bordillo de la acera.

    “Tener que calzar el vehículo, tal y como se indica más arriba, no implica que los calzos sean obligatorios para los vehículos. Los calzos no son obligatorios”.

    1.13.3 Apagado del Motor

    Todo conductor que se vea obligado a permanecer con su vehículo detenido en el interior de un túnel u otro lugar cerrado, por un periodo de tiempo superior a dos minutos, deberá apagar el motor del vehículo.

    También se tendrá que apagar el motor, en el momento del repostaje o carga de combustible, en el vehículo.

    1.13.4 Otras Inmovilizaciones

    Siempre que por cualquier emergencia, un vehículo quede inmovilizado en la calzada, o su carga haya caído sobre esta, el conductor o en la medida de lo posible los ocupantes del vehículo, procurarán colocar uno y otro en el lugar donde cause menor obstáculo.

    El conductor al bajarse del vehículo debe hacerlo por el lado derecho, con el chaleco reflectante puesto, antes de salir del vehículo y ocupar la calzada o en el arcén de las vías interurbanas.

    Se colocarán los dispositivos de señalización de peligro (triángulos reflectantes), como mínimo a 50 metros de distancia, de tal forma que sean visibles a 100 metros. En casos, de calzadas de sentido único, o demás de 3 carriles, se colocará un solo dispositivo en la parte posterior del vehículo. En caso de vías de doble sentido, se tendrá que colocar un dispositivo delante y otro detrás.

    1.13.5 Elementos de Protección

    Los conductores de automóviles destinados al transporte de mercancías deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas.

    1.13.6 Remolcaje de un vehículo averiado o accidentado

    Los vehículos de motor no podrán remolcar a otro vehículo de motor, salvo en el caso que éste se encuentre accidentado o averiado y no pueda ser arrastrado por otro específicamente destinado para este fin. Este supuesto arrastre solo se puede realizar hasta la localidad o lugar más próximo.

    Los vehículos específicamente destinados a remolcar a otros vehículos accidentados, averiados utilizarán una luz rotativa de color amarillo auto, cuando interrumpan u obstaculicen la circulación y únicamente para indicar la situación a los demás usuarios.

    1.13.7 Detención de un vehículo en Pasos a Nivel, Puente Móvil o Túnel

    Si por motivos de emergencia un conductor queda inmovilizado con su vehículo dentro de un túnel o paso inferior, deberá:

  • Apagar el motor del vehículo,

  • Conectar la señal de emergencia, y mantener la luces de posición

  • Si es posible dirigir el vehículo hacía la zona reservado para emergencias

  • Colocar correctamente los dispositivos de señalización de peligro (triángulos reflectantes)

  • Dirigirse al poste de SOS y solicitar ayuda

  • Tanto el conductor como los ocupantes del vehículo, lo abandonarán el vehículo, dirigiéndose a la zona de refugio o salida

  • Si se trata de una avería, que permite la marcha del vehículo, deberá continuar hasta la salida del túnel, i si ello no fuera posible, hasta la zona reservada para la emergencia.

  • En caso de incendio, el conductor apagará el motor del vehículo, dejará las llaves puestas, y las puertas abiertas. El conductor y ocupantes del vehículo deberán dirigirse a la salida o bien al refugio.

    Si por necesidades de la circulación, un vehículo queda inmovilizado en el interior de un túnel o paso inferior, el conductor y pasajeros del mismo no deben abandonar el vehículo. Dejarán encendidas las luces de posición y apagará el motor.

    Zona emergencia en túneles Señal de Túnel

  • PRIORIDADES DE PASO

  • 1.14.1 Tramos en Obras y Estrechamientos

    En los tramos de la vía en los que por su estrechez sea imposible o muy difícil el paso simultaneo de dos vehículos que circulen en sentido contrario, donde no haya señalización expresa, tendrá preferencia el primero que hubiere entrado en dicho tramo.

    En caso de duda, pasará el primero el vehículo con mayores dificultades de maniobra.

    Los conductores estarán obligados a seguir las instrucciones del personal destinado a la regulación del paso de vehículos.

    1.14.2 Paso por Puentes u Obras de Paso Señalizado

    Los vehículos que necesitan autorización especial para circular no podrán cruzarse en los puentes si el ancho de la calzada es inferior a 6 metros.

    Tiene preferencia de paso Tenemos preferencia de paso Tiene preferencia de paso

    los usuarios del carril contrario sobre los usuarios carril contrario los usuarios carril contrario

    1.14.3 Tramos de Gran Pendiente si señalización de prioridad

    En los tramos estrechos de gran pendiente (7% inclinación mínima), la preferencia de paso la tendrá el vehículo que circule en sentido ascendente, salvo si éste pudiera llegar a un apartadero establecido al efecto.

    1.14.4 Orden de Preferencia en Ausencia de Señalización

    El orden es el siguiente:

  • Vehículos Especiales y en régimen de Transporte Especial

  • Conjunto de vehículos (excepto turismos que arrastren remolques de 750kg MMA y autocaravanas).

  • Vehículos de Tracción Animal

  • Turismos que arrastren remolque de hasta 750kg de MMA y autocaravanas

  • Vehículos destinados al transporte colectivo de pasajeros

  • Camiones, Tractocamiones, y Furgones

  • Turismos y vehículos derivados del turismo

  • Vehículos especiales que no excedan de las masas o dimensiones establecidas por las normas reguladoras.

  • Vehículos de 3 ruedas

  • Motocicletas, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas

  • Cuando se trate de vehículos del mismo tipo o de supuestos no enumerados, la preferencia de paso será para el que tuviera que dar marcha atrás mayor distancia, y en caso de igualdad, del que tenga mayor anchura, longitud o masa máxima autoriza.

    1.14.5 Cruce de Paso a Nivel, Puentes Móviles y Túneles

    Los pasos a nivel, puentes móviles, túneles, y pasos inferiores, cuya longitud sea superior a 200 metros, estarán debidamente señalizados.

    En los túneles, o pasos inferiores el conductor deberá aplicar rigurosamente, todas las normas de circulación y deberá utilizar el alumbrado correspondiente.

    Cuando no se pretenda adelantar en los túneles, o pasos inferiores, en el caso que su vehículo sea superior a 3500kg de MMA, la distancia de seguridad que se deberá guardar con el vehículo que le precede será de al menos 150 metros o intervalo mínimo de 6 segundos

    En los túneles, y pasos inferiores con circulación en ambos sentido estará prohibido adelantar, excepto si existe más de un carril por sentido.

  • VEHICULOS Y TRANSPORTES ESPECIALES

  • Los vehículos especiales, solo pueden utilizar las vías, cuando el transporte especial que lleva este expresamente autorizado por las autoridades.

    No podrán circular vehículos especiales transportando alguna carga, salvo la específicamente destinada o prestar servicios de transporte especial, para la cual deberán proveerse de la oportuna autorización

    Los conductores de vehículos destinados a obras, utilizarán la señal luminosa V-2, cuando:

  • Interrumpan u obstaculicen la circulación, para indicar su situación a los demás usuarios de la vía.

  • Cuando trabajen en operaciones de limpieza, conservación y señalización. En el caso que la desarrollen en autopistas y autovías, la tendrán que utilizar desde su entrada hasta el lugar donde van a realizar sus trabajos.

  • Cuando circulen, tanto de día, como de noche, la velocidad máxima a la cual podrán circular es de 40km/h.

  • En caso de avería de esta señal, se deberá utilizar la luz de cruce junto con las luces emergencias (4 intermitentes).

    TEMA 2. MASAS Y DIMENSIONES

    2.1 PRESION SOBRE EL PAVIMENTO

    No se permite la circulación de vehículos con ruedas neumáticas o de elasticidad similar que ejerzan sobre el pavimento una presión superior a 9kg por cm2, de superficie bruta de apoyo.

    En ningún caso, la longitud, anchura y altura de los vehículos y su masa excederá de la señalada por las normas.

  • MASA POR EJE MAXIMA PERMITIDAS

  • Eje Simple:

    · Eje motor 11,5 toneladas

    · Eje no motor 10 toneladas

    Eje tándem: (conjunto de dos ruedas en un mismo eje)

    · Separación inferior a 1 metro 11,50 toneladas

    · Separación entre 1 metro hasta 1,30 m 16 toneladas

    · Separación superior 1,30m a 1,80 m 18 toneladas

    En el caso anterior si el eje motor va equipado con neumáticos dobles y suspensión neumática o equivalente, o cuando cada eje esté equipado con neumáticos dobles, y la masa máxima de cada eje no excede de las 9,5 toneladas será de 19 toneladas.

  • MASAS MAXIMAS AUTORIZADAS

  • Vehículos de motor:

    · De dos ejes 18 toneladas

    · De tres ejes 25 toneladas

    · De tres ejes con neumáticos dobles 26 toneladas

    en el eje motor, y la MMA de éste eje

    no exceda las 9,5 toneladas

    · De cuatro ejes 31 toneladas

    · De cuatro ejes con neumáticos dobles 32 toneladas

    en el eje motor, y la MMA de éste eje

    no exceda las 9,5 toneladas

    La masa soportada por el eje motor o los ejes motores tiene que ser como mínimo del 25% de la masa total en carga. Ni tampoco los vehículos de 4 ejes cuya MMA autorizada en toneladas sea superior a 5 veces la distancia entre los centros de los ejes externos del vehículo, no se les permitirá circular.

  • LONGITUD MAXIMA INCLUIDA LA CARGA

  • La longitud máxima de los vehículos de motor (incluida la carga); será de 12 metros, excepto los autobuses. En este apartado solo se incluyen los vehículos a motor, y se deja fuera a los conjuntos de vehículos

    Los vehículos o conjuntos de vehículos, que tengan una longitud superior a 12 metros, deberán llevar colocada en la parte posterior del vehículo o conjunto de vehículos una placa de fondo amarillo reflectante y borde rojo fluorescente (1300 mm de ancho x 250 mm de alto), colocada lo más centrada posible.

    Esta placa podrá ser sustituida por dos placas de características idénticas (650mm de ancho x 250 mm de alto), colocadas lo más cerca de los bordes del vehículo.

  • ANCHURA MAXIMA INCLUIDA LA CARGA

  • · Todos los vehículos en general 2,55 metros

    · Vehículos acondicionados (frigos) 2,60 metros

  • ALTURA MAXIMA INCLUIDA LA CARGA

  • · Para todos los vehículos en general 4,00 metros

  • DIAMETRO DE GIRO

  • Todo vehículo motor y todo conjunto de vehículos debe ser capaz de describir por ambos lados una trayectoria circular de 360º, dentro de un área de dos circunferencias concéntricas cuyos, radio exterior sea de 12,50 metros, y un radio interior sea de 5,30 metros.

  • CARGA EN LOS VEHICULOS

  • El conductor esta obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción.

    Se prohíbe cargar los vehículos o transportar en ellos personas, mercancías, o cosas de formas distintas a lo establecido.

    La carga de un vehículo no excederá de la MMA señalada, para el mismo, para sus ejes o para la vía por la que circula.

    La carga no debe comprometer la estabilidad del vehículo, o constituir un obstáculo para su paso por debajo de puentes, viaductos, etc.

    La carga debe repartirse sobre la superficie destinada a la misma, si se trata de un solo objeto pesado debe colocarse justo encima del eje trasero.

    La carga transportada en un vehículo no debe:

  • Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa

  • Comprometer la estabilidad del vehículo

  • Producir polvo, ruido u otras molestias

  • Ocultar los dispositivos de alumbrado o señalización

  • Las materias que produzcan polvo o que puedan caer se cubrirán total y eficazmente.

  • TRANSPORTE MERCANCIAS PERECEDERAS

  • Dichos transportes se realizarán en vehículos isotermos, refrigerantes, frigoríficos o caloríficos. Estos vehículos deberán estar identificados:

    IN: Isotermo Normal FN: Frigorífico Normal

    IR: Isotermo Reforzado FR: Frigorífico Reforzado

    RN: Refrigerado Normal CN: Calorífico Normal

    RR: Refrigerado Reforzado CR: Calorífico Reforzado

  • DIMENSIONES DE LA CARGA

  • Como norma general, la carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo.

    Como excepción y exclusivamente para el transporte de cargas indivisible:

  • Vehículos con una longitud superior a 5 metros: podrá sobresalir 2 metros por la parte anterior (delantera), y 3 metros posterior (trasera).

  • Vehículos con una longitud igual o inferior a 5 metros: podrá sobresalir por la parte anterior (delantera) y posterior (trasera), como máximo un tercio de su longitud.

  • El resto de vehículos que no están destinados al transporte de mercancías, podrá sobresalir la carga por la parte posterior un 10% si fuera divisible y un 15% si fuera indivisible.

    En el caso que la carga sobresaliera de la anchura del vehículo, solo podrá sobresalir en 0,40 metros por cada lateral, siempre sin sobrepasar los 2,55 metros de anchura.

  • SEÑALIZACIÓN DE LA CARGA

  • Cuando la carga sobresalga por detrás de los vehículos, se deberá señalizar mediante la placa V-20, consistente en una placa de 50x50 cm, con franjas rojas y blancas.

    Cuando se circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones ambientales que disminuyen sensiblemente la visibilidad, dicha placa deberá ir acompañada de una luz roja (cuando sobresalga por detrás), y una blanca (cuando sobresalga por delante).

  • AUTORIZACIONES COMPLEMENTARIAS DE CIRCULACION

  • Los vehículos que precisen una autorización complementaria para circular, deberán llevar en la parte posterior del vehículo, visible en todo momento, la señal V-4, que indica que no debe circular a velocidad superior, en km/h, a la cifra que figure en dicha autorización.

    La DGT, complementará la autorización complementaria, los datos relativos a la fecha, horarios, itinerarios y velocidad máxima. Y si fuera necesario, impondría la presencia del “vehículo piloto”.

    La velocidad máxima, para este tipo de transportes, será de 40 km/h, y deberán utilizar la luz rotativa, que sea visible a 100 metros.

  • OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA

  • Las operaciones de carga y descarga deberán llevarse a cabo fuera de la vía. Excepcionalmente si no hay más remedio se podrán realizarse en la vía, siempre y cuando no ocasione peligros ni perturbaciones graves del transito.

    Se deben respetar las disposiciones sobre paradas, y estacionamiento.

    Estas operaciones se realizarán por el lado del vehículo más próximo al borde de la calzada.

    La operaciones de carga y descarga de mercancías nocivas, molestas, insalubres o peligrosas, se deberán realizar, cumpliendo por las disposiciones especificas que las regulan.

  • DISPOSITIVO LIMITADOR DE VELOCIDAD

  • Los vehículos de motor destinados al transporte de mercancías con MMA superior a 3.500kg (categorías N2 y N3), solo podrán circular por la vía pública si tienen instalado un dispositivo de limitación de velocidad regulado de tal forma que no pueda exceder de los 90 km/h.

    Quedan exentos de su instalación:

  • Los que por su construcción no superen los 90 km/h

  • Vehículos que están destinados a ensayos científicos por carretera.

  • Vehículos utilizados para servicio público en áreas urbanas

  • Vehículos de las Fuerzas Armadas

  • Vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

  • Vehículos de Protección Civil y Bomberos

  • Vehículos de Otros Servicios de Urgencia

  • PLACAS DE MATRICULA

  • Las placas de matricula debes ser homologadas y conservar su poder retroreflectante; ser visibles, y legibles.

    Los camiones deben llevar dos placas, una delantera y otra trasera, en la parte central, que excepcionalmente se puede poner en lado derecho o izquierdo del vehículo.

  • DISPOSITIVO ANTIEMPOTRAMIENTO Y PROTECCION LATERAL

  • Todo vehículo de las categorías, M1 y N1 deben de llevar instalado un dispositivo de antiempotramiento, en su parte trasera.

    Quedan exentos:

  • Tractocamiones

  • Remolques destinados al tte de maderas sin debastar

  • Tractores, remolques y maquinaria agrícola

  • Los protectores Laterales de los vehículos, no podrán aumentar la anchura del vehículo, y no podrá adentrarse más de 12 cm respecto a la misma. Este dispositivo constará de un larguero o de varios, en cuyo caso, no se distanciarán más de 30 cm entre ellos.

  • ADORNOS SALIENTES

  • Los camiones no tendrán, ni en el interior ni el exterior, adornos u otros objetos con aristas salientes que presenten un riego para los ocupantes o para los demás usuarios de la vía pública.

  • ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN OPTICA

  • Luz de Posición y Luz de Gálibo

  • Las luces de posición se utilizan para indicar la presencia y anchura del vehículo.

    La luz de gálibo sirve para indicar su anchura total y como complemento para señalizar su volumen.

    Las luces de posición, en la parte delantera serán de color blanco, y en la parte trasera serán rojas.

    Deberán existir luces de posición lateral, en los vehículos que superen los 6 metros de longitud, y serán de color amarillo auto.

    Las luces de gálibo delanteras y traseras serán obligatorias para los vehículos que tengan una anchura superior a los 2,10 metros, y opcional, los que su longitud este comprendida entre los 1,80 metros y los 2,10 metros.

  • Luz de Cruce y Luz de Carretera

  • Los camiones deberán llevar dos luces de cruce y un numero par de luces de carretera, todas ellas de color blanco.

    Las luces de carretera se utilizará en vías fuera de poblado, evitando casos de deslumbramientos, y siempre que la visibilidad no sea adecuada con las luces de cruce.

  • Luz Antiniebla

  • La luz antiniebla delantera tiene como finalidad aumentar la iluminación de la vía en condiciones meteorológicas o ambientales adversas. La luz antiniebla trasera tiene la misión de hacer más visible el vehículo.

    Las luces antiniebla delanteras, serán opcionales, y de color blanco o amarillo selectivo. Y las luces antiniebla trasera, será obligatoria y de color rojo.

    La luz de antiniebla delantera se podrá utilizar simultáneamente con la luz de cruce o de carretera.

    La luz antiniebla trasera se deberá utilizar en condiciones de:

  • Niebla espesa

  • Lluvia intensa

  • Fuerte Nevada

  • Nubes de polvo o humo

  • Solo se podrán utilizar cuando lo estén las luces de carretera, las de cruce o antiniebla delanteras encendidas.

  • Otras Luces en los Camiones

  • Los camiones deberán llevar obligatoriamente:

  • Una o dos luces de marcha atrás

  • Un numero para mayor de dos intermitentes

  • Señal de emergencia

  • Luz trasera de la placa de matricula

  • Tercera luz de freno (opcional)

  • Catadióptricos

  • Están destinados a indicar la presencia del vehículo mediante la reflexión de una luz independiente de dicho vehículo.

    Los camiones, deberán llevar obligatoriamente:

  • Dos catadióptricos no triangulares detrás de color rojo

  • Un mínimo de dos catadióptricos de color amarillo auto, en los laterales

  • Dos catadióptricos de color blanco no triangules, en la parte delantera del vehículo (opcionales).

  • SEÑALES ACUSTICAS

  • Todo vehículo de motor, excepto motocultores conducidos a pie, estarán provistos de un aparato productor de señales acústicas que emita un sonido de forma continua, uniforme y de suficiente intensidad.

  • HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS

  • Los camiones de MMA superior a 3500kg solamente estarán obligados a llevar la siguiente dotación:

  • Un juego de lámparas de repuesto.

  • Un chaleco reflectante, reglamentario y homologado

  • Un equipo de extinción de incendios.

  • Un juego de 2 dispositivos portátiles de señalización de peligro (triángulos).

  • Según la MMA, de cada vehículo deberán llevar diferentes y número de extintores. La clasificación es la siguiente:

  • Entre + 3500kg MMA hasta 7000kg MMA: 1 Extintor clase 21A/133B

  • Entre +7000kg MMA hasta 20000kg MMA: 1 Extintor clase 34A/144B

  • De más 20000kg MMA: 2 extintores de clase 34A/144B

  • En el caso de que se trate de un conjunto de vehículos, se tendrá que sumar sus MMA, para saber el número y tipo de extintores que se necesitan llevar.

  • OTRAS SEÑALES DE CIRCULACION

  • CALZADA CON PRIORIDAD PROHIBICION ENTRADA PROHIBICION ENTRADA

    VEHICULOS TTE MERCANCIAS VEHICULOS TTE MERCANCIAS

    PELIGROSAS CONTAMINAN EL AGUA

    PROHIBICION ENTRADA LIMITACION MMA POR EJE LIMITACIÓN ENTRADA

    CAMIONES VEHICULOS POR LONGITUD

    LIMITACION ENTRADA PROHIBICION ADELANTAR TUNEL

    POR ANCHURA LOS CAMIONES

    ZONA FRENADO DE ZONA DE PAGO APARTADERO

    EMERGENCIA TELEPEAJE (VIA T) EN TUNEL

    AREA DE SERVICIO AYUDA EMERGENCIA TALLER

    ZONA RESIDENCIAL

    TEMA 3. SEGURIDAD VIAL

    3.1 PERMISOS DE CONDUCCION

    El permiso de conducción ha de llevarse consigo al conducir, ha de estar en vigor, y ha de corresponder al vehículo que se conduce.

    Permiso C1 Permiso C

    Edad Mínima 18 años Edad Mínima 21 años

    Vehículos excedan de 3500kg MMA Vehículos que excedan 3500kg MMA

    y que no sobrepasen los 7500kg, con con un máximo de 9 plazas (incl. Cond.)

    9 plazas (incluido conductor), y con puede llevar un enganchado remolque

    un remolque que no exceda 750kg que no exceda los 750kg

    Implica la concesión de los permiso Implica la concesión de los permisos

    B, y BTP B, BTP y C1.

    Para poder obtener el permiso de conducir de la clase C1 y C, será necesario superar:

  • Prueba de aptitud psicofísica

  • Pruebas de control de conocimiento (examen teórico)

  • Prueba de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado y en vías abiertas al tráfico (examen práctico)

  • 3.2 VIGENCIA DEL PERMISO DE CONDUCIR C1 Y C

    · 5 años hasta que su titular no sobrepase los 45 años de edad

    · 3 años hasta que su titular no sobrepase los 60 años de edad

    · 2 años cuando el titular haya sobrepasado los 60 años de edad

    Un permiso de conducir este caducado, se podrá renovar siempre y cuando no hayan pasado 4 años desde su fecha de caducidad.

    La conducción de vehículos a motor esta sujeta, en ocasiones a determinadas menciones, incidencias, restricciones y limitaciones que deben constar en el permiso de conducción de forma codificada. Las codificaciones se realizan mediante códigos numéricos.

    3.3 PERMISO Y LICENCIA DE CONDUCIR POR PUNTOS

    La vigencia del permiso de conducir también esta condicionada a que su titular no haya perdido la asignación total de los 12 puntos, con las excepciones siguientes:

  • Los titulares de permisos de conducir que tengan una antigüedad inferior a 3 años, contarán con un saldo inicial de 5 puntos

  • Los titulares que tras perder su asignación total de puntos, han obtenido nuevamente el permiso o la licencia de conducción, tendrán un saldo de 8 puntos. Tras haber transcurrido 2 años sin haber sido sancionado, con la pérdida de puntos, recuperarán el saldo inicial.

  • Aquellos titulares que mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados durante los tres primeros años, recibirán una bonificación de 2 puntos, y por los 3 años siguientes, recibirá 1 punto adicional; hasta llegar a un máximo de 15 puntos.

    3.4 INFRACCIONES QUE CONLLEVAN PERDIDA DE PUNTOS

    Infracciones que acarrean la pérdida de 6 puntos

    ·Conducir con una tasa de alcoholemia superior 0,50 mg/l (0,30 mg/l para conductores profesionales) en aire espirado (MG)

    · Conducir bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas, etc (MG)

    · Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia, i de sustancias estupefacientes, etc. (MG)

    · Sobrepasar en un 50% la velocidad máxima establecida, siempre que ello suponga al menos superar en 30km/h, dicho límite de velocidad. (MG)

    · Exceder en más de 50% los tiempos de conducción o la minoración del 50% de los descansos. (MG)

    Infracciones que acarrean la pérdida de 4 puntos

    · Conducir con una tasa de alcoholemia superior a 0,25 mg/l hasta los 0,50 mg/l (profesionales del 0,15 mg/l a 0,30 mg/l) en aire espirado. (MG)

    · Circular por autopistas o autovías, con vehículos con los que están prohibidos circular. (MG)

    · Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello. (MG)

    · Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar el 50% de la capacidad autorizada. (G)

    · Exceder en 40km/h el límite de velocidad establecido (MG)

    · Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías (MG)

    · Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas (G)

    · No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación. (G)

    Infracciones que acarrean la pérdida de 3 puntos

    · Exceder en más 30km/h el límite de velocidad establecido (G)

    · Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones establecidas (G).

    · Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad (G)

    Infracciones que acarrean la pérdida de 2 puntos

    · Exceder en más de 20km/h hasta los 30km/h, los límites de velocidad establecidos. (G)

    · Parar o estacionar en los carriles destinados a transporte público urbano (G)

    · Circular sin alumbrado, cuando sea necesario (G)

    · Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas (G)

    La responsabilidad de las infracciones recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción.

    La antigüedad, permanece en los posteriores permisos o licencias obtenidos a consecuencia de la total extinción de los puntos asignados a cada conductor.

    El titular podrá obtener de nuevo el permiso, superando las pruebas y acreditando los requisitos que se establecen reglamentariamente.

    La Administración competente, tendrá que notificar al titular del permiso de conducir la pérdida total o parcial del saldo de puntos.

    Los cursos de sensibilización y reeducación vial, tendrán una duración de 12 horas, para aquellas personas que hayan perdido parcialmente el saldo de puntos, y de 24 horas para aquellos que hayan perdido la totalidad del saldo de puntos.

    3.5 SEGURO DE SUBSIDIO PRIVACION TEMPORAL DEL PERMISO DE CONDUCIR

    Se admite que una entidad aseguradora, garantice el pago de un subsidio mensual en los casos de retirada del permiso de conducción.

    A efectos legales, se considera conductor profesional:

  • A todo conductor asalariado

  • Al conductor propietario dedicado al transporte de mercancías ajenas

  • Al propietario que transporte mercancías propias

  • Al comercial, viajante, etc.

  • 3.6 DOCUMENTACION DEL VEHICULO

    Para que un vehículo pueda circular por las vías públicas, debe poseer:

  • Permiso de Circulación y Tarjeta Inspección Técnica (ITV)

  • · Remolque hasta 750kg, solo su tarjeta de la ITV

    · Remolques con MMA superior a 750kg, Permiso de circulación + Tarjeta ITV

  • Certificado del Seguro Obligatorio en vigor (al corriente de pago)

  • Documentación relativa al Transporte (tarjeta de transporte)

  • 3.7 INSPECCIONES TECNICAS PERIODICAS

    La Tarjeta de Inspección Técnica (ITV), consta de:

  • Anverso: Registro de las inspecciones periódicas

  • Reverso: Certificado de las características técnicas del vehículo

  • Para poder superar las inspecciones técnicas, se deberá llevar la documentación original del vehículo. La frecuencia a la que se tiene que someter los vehículos de MMA superior a 3500kg destinados al transporte, es la siguiente:

  • Hasta los 10 años de antigüedad: la inspección será anual

  • Más de 10 años de antigüedad: la inspección será semestral

  • Los vehículos que hayan superado la Inspección Técnica, se le colocará en el lado derecho superior del parabrisas el distintivo V-19.

    En el caso que la Inspección Técnica, tenga un resultado “Desfavorable subsanable”, el titular tendrá un plazo de 2 meses para poder reparar los defectos detectados en la inspección. El vehículo en cuestión, no podrá circular hasta que no supere dicha inspección.

    Cuando el titular de camión, haya efectuado una Reforma de Importancia deberá regularizarla ante el órgano competente en materia de industria, previamente o no a su matriculación.

    3.8 INSPECCIONES TECNICAS EN CARRETERA

    Los agentes encargados de la vigilancia del tráfico, pueden realizar inspecciones técnicas en carretera, con el fin de mejorar la seguridad vial y el medio ambiente.

    A estos efectos, se entenderá por vehículo industrial:

  • Vehículos de motor, destinados al transporte de personas que tengan más de 8 asientos, además del asiento del conductor y sus remolques

  • Los vehículos de motor destinados al transporte de mercancías cuya MMA exceda de 3500kg y sus remolques

  • Los remolques y semirremolques cuya MMA exceda de los 3500kg

  • La Inspección Técnica en Carretera, puede constar de:

  • Inspección visual del estado de mantenimiento del vehículo industrial

  • Un control del informe de la Inspección Técnica

  • Una inspección para detectar deficiencias en el mantenimiento:

  • Dispositivo de frenado

  • Sistema de escape

  • Emisiones de gases

  • Sistema de dirección

  • Chasis

  • Tacógrafo

  • Dispositivo de Limitador de Velocidad

  • Fugas de carburante o lubricante

  • 3.9 FACTORES QUE INFLUYEN EN LAS APTITUDES PSICOLOGICAS DEL CONDUCTOR

    3.9.1 La Fatiga

    La fatiga supone un descenso en la capacidad del conductor, manifestándose en cansancio corporal y en la disminución de la concentración psíquica, de ahí que sea necesario descansar.

    La fatiga produce:

  • Agotamiento muscular

  • Lentitud y falta de precisión en los movimientos

  • Disminución de la atención y la vigilancia

  • Aumento del tiempo de reacción

  • Somnolencia

  • 3.9.2 La Somnolencia

    No dormir durante los períodos prolongados de conducción puede producir trastornos físicos y en consecuencia:

  • Disminución de la capacidad de reacción y de recepción

  • Alteraciones motrices en la percepción y en el comportamiento

  • Distracción

  • A veces la sensación de somnolencia aparece aun después de haber dormido, pudiendo contribuir a ello:

  • Las comidas copiosas con bebidas alcohólicas

  • La conducción continuada durante muchos kms

  • El silencio y la monotonía

  • 3.9.3 Sustancias Estupefacientes, Psicotrópicas, Estimulantes, u otras

    No podrán circular por las vías, aquellos conductores de vehículos o bicicletas que hayan ingerido sustancias estupefacientes, psicotrópicas, estimulantes u otras sustancias análogas.

    3.9.4 El Alcohol

    El alcohol es una droga psicodepresora de carácter sedante -hipnótico, que puede producir:

  • Un aumento del tiempo de reacción

  • Una reducción del ángulo del campo visual

  • Un falso estado de euforia, seguridad y confianza

  • La cantidad de alcohol en sangre, es la alcoholemia, y los gramos de alcohol por litro, es la tasa de alcoholemia.

    La tasa máxima de alcohol para el conductor de un camión de más de 3500kg de MMA, para transportes especiales y mercancías peligrosas, es de:

  • 0,30 gramos por litro de sangre

  • 0,15 miligramos por litro de aire espirado

  • Esta tasa, será la que afectará a los conductores durante los dos primeros años siguientes de la obtención del primer permiso de conducción.

    Los agentes que regulan la circulación, podrán someter a las pruebas de alcoholemia, a:

  • Cualquier usuario de la vía o conductor, implicado directamente como responsable de un accidente de circulación

  • Quienes conduzcan un vehículo con síntomas evidentes, de que conducen bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

  • Los conductores que sean denunciados por la infracción de las normas de circulación

  • Los conductores de vehículos que sean requeridos en los controles preventivos.

  • Las pruebas consistirán normalmente en la verificación del aire espirado, mediante un etilómetro.

    Si el conductor se negara a efectuar las pruebas o éstas resultarán positivas, el agente podrá inmovilizar el vehículo.

    3.9.5 El Tiempo de Reacción

    El tiempo de reacción es el tiempo que transcurre desde que el conductor percibe un estímulo hasta que responde al mismo, es decir desde que ve el obstáculo, hasta que toma la decisión de evitarlo.

    Los factores que pueden provocar que aumente el tiempo de reacción son:

  • La edad avanzada

  • La fatiga

  • El calor y el exceso de calefacción

  • Las comidas copiosas y pesadas

  • El alcohol, las drogas, o los medicamentos

  • La fiebre y otras enfermedades

  • 3.10 LOS ESPEJOS RETROVISORES

    CATEGORIA

    RETROVISORES

    RETROVISORES EXTERIORES

     

    INTERIORES

    RETROVISOR PRINCIPAL

    RETROVISOR GRAN ANGULAR

    RETROVISOR PROXIMIDAD

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    CLASE I

    CLASE II

    CLASE IV

    CLASE V

    N2

     

     

    1 OPCIONAL (2)

    1 OPCIONAL (1)

    MMA hasta 7,5t

     

    2 OBLIGATORIOS

    N2

    1 OPCIONAL

    (1 IZQUIERDA, 1 DERECHA)

     

     

    MMA superior 7,5t

     

     

    1 OBLIGATORIO

    1 OBLIGATORIO (1)

    N3

     

     

     

     

    (1) Los retrovisores de la clase V deben estar a más de 2 metros del suelo, en todas las posiciones de regulación.

    (2) Los vehículos que lleven un retrovisor obligatorio de la clase II que no sea convexo deberán llevar además obligatoriamente un retrovisor de la clase IV en el mismo lado

    3.11 EL ANGULO MUERTO

    El ángulo muerto, es la zona que no entra dentro del campo de visión del espejo retrovisor.

    Esto ocurre cuando el morro del vehículo que te adelante, se pone en paralelo con la parte trasera de tu vehículo.

    Lo podemos salvar, girando la cabeza como los motoristas, tanto a la izquierda como a la derecha.

    Tenemos que poner mucha atención, en las zonas no visibles alrededor del vehículo La colocación de distintivos que no impidan la correcta visión del conductor.

    3.12 PELIGROS DE LA VIA

    3.12.1 Conducción en Curvas

    · Frenar antes de entrar, reducir a una velocidad más corta, y a partir de la mitad de la curva acelerar ligeramente.

    · Contra más cerrada es la curva, mayor es la fuerza centrifuga.

    · El radio descrito por el remolque es menor que en el resto del vehículo

    · En caso de derrape, no hay que tocar ni el freno ni el embrague, y si acelerar ligeramente, para contrarestar la fuerza centrifuga.

    3.12.2 Conducción en Pendientes

    · Cuando circulemos por una pendiente ascedente, será necesario reducir a marchas más cortas.

    · Cuando circulemos por una pendiente descendentes, será necesario reducir a marchas más cortas, y así conseguiremos reducir la velocidad.

    3.12.3 Conducción en Lluvia

    · Disminuye la visibilidad y la adherencia

    · Hay que aumentar la distancia de seguridad

    · El “aquaplaning” se produce cuando el dibujo de la banda del neumático ya no puede drenar todo el agua que pisa la rueda. En caso de lluvia torrencial es mejor parar el vehículo. El exceso de velocidad puede ayudar a que se de este caso.

    3.12.4 El Viento

    · El viento supone un peligro, es al soplar de costado y aún más de forma racheada.

    · Estos peligros pueden suponer para el vehículo el desvío de su trayectoria e incluso el vuelco.

    · En tiempo seco, a veces se producen nubes de polvo que reducen sensiblemente la visibilidad, debiendo en tal caso utilizar el alumbrado correspondiente.

    3.13 LOS NEUMATICOS

    Los neumáticos de los camiones de más de 3500kg de MMA, no deben presentar una profundidad mínima obligatoria, pero deben estar en buen estado.

    El resculturado sólo esta permitido en los neumáticos que equipan vehículos con más de 3500kg de MMA, cuando vayan marcados con la palabra Regroovable o con el símbolo U.

    La comprobación de la presión de los neumáticos deberá realizarse con los neumáticos fríos.

    Los vehículos que vayan equipados con ruedas gemelas, sus neumáticos serán iguales y con la misma presión de inflado, no debiéndose montar en un mismo eje neumáticos de estructuras diferentes.

    3.14 RESISTENCIA AL AVANCE

    Las resistencias al avance del vehículo, por encima de lo normal pueden producirse por diversas causas:

  • Baja presión del inflado de los neumáticos

  • Exceso de carga

  • El viento

  • Subidas pronunciadas

  • En cuanto a la resistencia aerodinámica al avance producida por el viento, se puede remediar en parte utilizando un deflector (spoiler).

    La velocidad influye en la resistencia al avance, elevándola al cuadrado, es decir, doble velocidad, cuatro veces más de resistencia.

    3.15 LAS FUERZAS

    Los vehículos al circular están sometidos a un conjunto de fuerzas que determinan su trayectoria y su comportamiento para la multitud de acciones que realizamos constantemente durante la conducción.

    Al trazar una curva se genera una fuerza, aplicada en el suelo, denominada fuerza centrípeta (te absorbe). A esta fuerza hay otra denominada fuerza centrífuga (te expulsa).

    Para conseguir equilibrar estas fuerzas conviene acelerar durante todo el trazado de la curva para mantener una velocidad constante al circular por ella.

    3.16 LOS FRENOS

    Los camiones deben estar provistos de un sistema de frenado:

  • Freno de Servicio: es el que debe permitir controlar el movimiento del vehículo. Su acción debe ser moderable. (es el pedal de freno).

  • Freno de Socorro: es el que permite detener el vehículo en una distancia razonable en caso de fallo del freno de servicio.

  • Frenado de Estacionamiento: es el que permite mantener inmovilizado el vehículo. Su accionamiento es puramente mecánica. (es el freno de mano).

  • El “Fading” es un calentamiento continuado de los frenos, provocado por un uso continuo y prolongado de los frenos. Esto provoca que se calienten, y una pérdida de eficacia de los frenos.

    Independientemente de los dispositivos de frenado, anteriormente mencionados, se utilizan los ralentizadores (intarder/retarder), que permiten mantener una velocidad adecuada en pendientes.

    3.17 CINTURONES DE SEGURIDAD

    En los vehículos destinados al transporte de mercancías y en los vehículos mixtos, los asientos del conductor y de los pasajeros irán equipados con cinturones de seguridad. Deben utilizarlos tanto en vías urbanas e interurbanas.

    En poblado se exime de su utilización a los distribuidores de mercancías cuando realicen trabajos de carga y descarga.

    Esta prohibido circular con menores de 12 años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados. Excepcionalmente, si su estatura es igual o superior a 135cm.

    TEMA 4. REGLAMENTACION DE TRANSPORTES

    4.1 DEFINICIONES

    · ROTT: Reglamento de Ordenación de Transporte Terrestre

    · LOTT: Ley de Ordenación de Transporte Terrestre

    · Vehículo Ligero: Automóvil especialmente acondicionado para el transporte de mercancías, cuya MMA no exceda de 6 toneladas, o que sobrepasando dicha MMA, tenga una capacidad de carga no exceda de 3,5 toneladas.

    · Vehículo Pesado: Automóvil especialmente acondicionado para el transporte de mercancías, cuya MMA es superior a 6 toneladas y cuya capacidad de carga exceda de 3,5 toneladas.

    · Transportes de Cargas Fraccionadas: son aquellos transportes de mercancías que para poder realizarlos, es necesario realizar actividades previas o complementarias al transporte.

    · Transportes de Cargas Completas: son aquellos transportes de mercancías que para poder realizarlos, no requieren que se realicen otras intervenciones o actividades complementarias.

    · Antigüedad de los Vehículos: plazo del tiempo transcurrido desde la primera matriculación del vehículo, cualquiera que sea el país donde se haya matriculado el vehículo.

    4.2 TRANSPORTE PÚBLICO

    Los transportes públicos de mercancías, tendrán la consideración de discrecionales.

    Se pueden clasificar, según su ámbito de realización. Podrán ser interiores (origen y destino dentro del territorio español), e internacionales (son aquellos que parcialmente discurren fuera del territorio español).

    En razón a la especialidad y de su régimen jurídico se clasifican en ordinarios o especiales.

    Este tipo de transportes, tienen una retribución económica.

    4.3 TRANSPORTE PRIVADO PARTICULARES

    Son por cuenta propia para satisfacer las necesidades particulares del propietario o de sus allegados.

    No precisan contar con una autorización

    Este tipo de transportes, siempre se realizarán en vehículos ligeros

    4.4 TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO

    Son aquellos transportes, que satisfacen las necesidades de la propia empresa, aunque sea familiar, cooperativa, etc.

    Los vehículos deben ser propiedad de la empresa

    Las autorizaciones del transporte privado complementario, tendrán ámbito territorial nacional.

    4.5 AUTORIZACIONES TRANSPORTES DE PERSONAS

    Esta prohibido transportar personas en emplazamiento distinto al destinado. Pero no obstante, existe una excepción, en que las personas podrán viajar en el lugar destinado a la carga, previa autorización.

    Los vehículos autorizados a transportar simultáneamente personas y cargas, deberán estar provista de una protección adecuada. (mampara divisoria).

    Los vehículos de transporte de mercancía podrán llevar personas distintas del conductor cuando su transporte sea compatible con las características técnicas del vehículo estén autorizado por la administración.

    4.6 AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS

    Será necesario tener una Tarjeta de Transporte, para realizar transportes públicos o privados complementarios.

    Los vehículos especiales o transportes especiales, necesitará una autorización especial para poder circular.

    4.7 TARJETAS DE TRANSPORTES

    Existen 3 tipos de tarjetas de transportes:

  • Transporte Publico de Mercancías para vehículos Pesados (MDP)

  • Transporte Publico de mercancías para Vehículos Ligeros (MDL)

  • Transporte Privado Complementario de Mercancías (MPC)

  • El visado de las autorizaciones se realiza cada dos años:

  • Visado Tarjetas de Transporte Público: Años pares

  • Visado Tarjetas de Transporte Privado: Años impares

  • Quedan exentos de tener tarjetas de transportes:

  • Transportes Públicos: Vehículos de MMA hasta 2000kg

  • b) Transporte Privado: Vehículos de MMA hasta 3500kg

    Vehículos en recintos cerrados

  • Vehículos Oficiales

  • Vehículos que lleven unidos de forma permanente máquinas o instrumentos (grúas de elevación)

  • 4.8 TRANSPORTE INTERNACIONAL

    El Transporte Internacional de Mercancías por carretera, se regula fundamentalmente por el Convenio TIR. Exige el cumplimiento por los transportistas de un formulario llamado Cuaderno TIR.

    A partir de la entrada de España en la UE, el Régimen de Tránsito Comunitario para la circulación de mercancías en la UE, prevalece sobre el TIR.

    En el caso de que un transporte discurra entre territorio de la UE, y por un país extracomunitario. El transporte durante el territorio de la UE, se regirá por el Régimen de Tránsito Europeo y cuando discurra por el país extracomunitario, se regirá por el convenio TIR.

    TEMA 5: EL TACOGRAFO

    5.1 EL TACOGRAFO

    Podemos definir el tacógrafo como, un aparato de control, en el cual se registran los tiempos de conducción y descanso. Existen varios tipos:

  • Mecánicos (en desuso)

  • Electrónicos (aún generalizados)

  • Digitales (los más utilizados en la actualidad)

  • En los tacógrafos electrónicos, el número de vueltas del tacografo (factor K) se puede programar para ajustarse al de revoluciones por km en la caja de cambios (factor W), sin necesidad de caja correctora.

    El disco de diagrama, es un disco de un papel especial recubierto con una capa muy sensible, en el cual se graban los datos sin necesidad de tinta.

    En el Anverso del Disco de Diagrama: se realizan dos tipos de anotaciones:

  • Manuales: el conductor tiene que indicar su nombre, lugar de salida y llegada; día de inicio y día final; kms inicio y kms de final; los kms recorridos.

  • Automáticos: estos son los datos relativos al tiempo de conducción; descanso; de disponibilidad; y de trabajo. Estos registros los realiza el tacografo.

  • En el Reverso del Disco de Diagrama: se registran normalmente los cambios de de vehículo que realice el conductor (máximo de 3), y en algunos casos también se puede registrar las revoluciones del motor.

    El Disco de Diagrama tiene una duración máxima de 24 horas

    En caso de avería del tacografo o funcionamiento defectuosos del dispositivo, el empresario tendrá que repararlo en un taller autorizado. En el caso que se averíe fuera de la zona de la sede de la empresa titular del vehículo, ésta dispone de 7 días para proceder a repararlo.

    Durante ese período los conductores deben indicar los datos relativos a bloques de tiempo de conducción y descanso; de forma manual.

    Los símbolos de los tiempos en el tacografo son:

    CONDUCCIÓN TRABAJO DISPONIBILIDAD DESCANSO

    5.2 TACOGRAFO DIGITAL

    El tacografo digital, es un aparato destinado a ser instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera. Su finalidad es el registrar y almacenar de forma automática o semiautomática referente a los tiempos de conducción, descanso, disponibilidad y descanso; a más a más de datos referentes al vehículo.

    Existen varias tarjeta para el tacografo digital:

  • Tarjeta de Conductor (color blanco)

  • Tarjeta de Empresa (color amarillo)

  • Tarjeta de Control (color azul)

  • Tarjeta Centro de Ensayo (color rojo)

  • 5.3 TARJETA CONDUCTOR (TACOGRAFO DIGITAL)

    Se trata de una tarjeta asignada a un conductor, y es intransferible. Lo identifica y le permite almacenar datos sobre su actividad.

    Para que un conductor pueda obtener una tarjeta de tacografo digital, es necesario que tenga en vigor su permiso de conducir C1; C, D1 o D.

    Tiene una validez de 5 años.

    Se tendrá que solicitar su renovación 15 días antes de su fecha de caducidad. El conductor deberá entregar su antigua tarjeta, cuando le hagan entrega de la nueva tarjeta.

    En caso de que se tenga que modificar cualquier dato, tiene 1 mes de plazo para realizar dicho cambio. La administración tardará como máximo 15 días en entregarle la nueva tarjeta.

    En el caso que se tenga que solicitar la sustitución de la tarjeta (duplicado), por pérdida, robo, mal funcionamiento, se tendrá que comunicar dicho hecho a la administración en un plazo máximo de 7 días naturales. La Administración tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles para expedir la nueva tarjeta.

    Un conductor de otro país de la UE, podrá solicitar el canje de su tarjeta. El plazo máximo para que la Administración realice este tramite es de 15 días hábiles. La tarjeta tendrá 5 años de validez.

    5.4 TARJETA DE EMPRESA (TACOGRAFO DIGITAL)

    Esta tarjeta se le asigna al titular o arrendatario de vehículos provistos de tacografo digital. Identifica a la empresa y permite visualizar, transferir e imprimir la información relacionada con la actividad del vehículo.

    Como máximo una empresa, podrá solicitar como máximo 62 tarjetas.

    Tiene una validez de 5 años.

    La renovación de dichas tarjetas se tendrá que realizar en un plazo de 15 días de antelación a la fecha de caducidad.

    En caso que se tenga que realizar cualquier modificación de los datos, que aparecen; la empresa tendrá que comunicarlo como máximo 30 días después de la modificación. La Administración tendrá un plazo de 15 días hábiles para emitir la nueva tarjeta.

    En caso de que la empresa pierda, le roben, la tarjeta, o ésta no funcione correctamente, ésta tiene un plazo de 7 días naturales para solicitar una nueva, y la Administración tiene un plazo de 5 días hábiles para emitir la nueva tarjeta.

    En el caso de que se modifiquen los datos, o se emitan duplicados de las tarjetas; la tarjeta tendrá la misma fecha de validez, que tenía la tarjeta original.

    5.5 TARJETAS DE CENTRO DE ENSAYO

    Esta tarjeta se le asigna a los fabricantes e instaladores de tacografos digitales debidamente autorizados.

    Identifica al titular y permite probar, activar, calibrar y transferir datos al tacografo digital.

    La validez de esta tarjeta es de 1 año.

    La renovación de dichas tarjetas se tendrá que realizar en un plazo de 15 días de antelación a la fecha de caducidad.

    En caso que se tenga que realizar cualquier modificación de los datos, que aparecen; la empresa tendrá que comunicarlo como máximo 30 días después de la modificación. La Administración tendrá un plazo de 15 días hábiles para emitir la nueva tarjeta.

    En caso de que la empresa pierda, le roben, la tarjeta, o ésta no funcione correctamente, ésta tiene un plazo de 7 días naturales para solicitar una nueva, y la Administración tiene un plazo de 5 días hábiles para emitir la nueva tarjeta.

    En el caso de que se modifiquen los datos, o se emitan duplicados de las tarjetas; la tarjeta tendrá la misma fecha de validez, que tenía la tarjeta original

    5.6 TARJETAS DE CONTROL (TACOGRAFO DIGITAL)

    Se asigna al personal de la Inspección de Transportes por Carretera, u otros Órganos de Control; y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, encargados de la vigilancia y control del transporte por carretera.

    Esta tarjeta tiene una validez de 5 años.

    La renovación de dichas tarjetas se tendrá que realizar en un plazo de 15 días de antelación a la fecha de caducidad.

    En caso que se tenga que realizar cualquier modificación de los datos, que aparecen; la empresa tendrá que comunicarlo como máximo 30 días después de la modificación. La Administración tendrá un plazo de 15 días hábiles para emitir la nueva tarjeta.

    En caso de que la empresa pierda, le roben, la tarjeta, o ésta no funcione correctamente, ésta tiene un plazo de 7 días naturales para solicitar una nueva, y la Administración tiene un plazo de 5 días hábiles para emitir la nueva tarjeta.

    En el caso de que se modifiquen los datos, o se emitan duplicados de las tarjetas; la tarjeta tendrá la misma fecha de validez, que tenía la tarjeta original

    5.7 COMPATIBILIDAD TITULARIDAD TARJETAS TACOGRAFO DIGITAL

    El titular de una Tarjeta de Conductor, podrá ser titular de tarjetas de empresa (máximo 62 tarjetas).

    El titular de una Tarjeta de Empresa, podrá ser titular de una tarjeta de conductor (ejemplo: un autónomo).

    El titular de una Tarjeta de Centro de Ensayo, solo podrá ser titular de esta tarjeta.

    El titular de una Tarjeta de Control, solo podrá ser titular de esta tarjeta.

    5.8 LA CONSERVACION DATOS TACOGRAFO

    El Conductor, deberá llevar encima (conservar), el disco del día en curso, y los discos correspondientes a los últimos 28 días. Esto en el caso que se utilice un tacografo analógico.

    En el caso que el conductor utilice un tacografo digital, la tarjeta de conductor, ya almacena los datos correspondiente al día en cuestión y los últimos 30 días.

    Las empresas, tienen la obligación de conservar todos los discos de diagrama y los archivos descargados del tacografo digital; correspondiente a los últimos doce meses (1 año).

    5.9 LA DESCARGA DE DATOS TACOGRAFO DIGITAL

    La descarga de datos correspondiente al Tacografo Digital (Empresa), se realizará:

  • Cada 3 meses (como máximo, se puede acortar el plazo)

  • Antes de transferir el vehículo.

  • Cuando se detecte un mal funcionamiento del dispositivo.

  • Cuando sea requerido por la Autoridad Competente

  • La descarga de los datos de la Tarjeta Conductor, se deberá realizar:

  • Cada 31 días como máximo, para evitar la sobreescritura

  • Cuando el conductor abandone la empresa

  • Cuando se produzca la caducidad de la tarjeta

  • Antes de la devolución de la tarjeta al Órgano que la expide

  • 5.10 VEHICULOS OBLIGADOS A TENER INSTALADO EL TACOGRAFO

    Los vehículos que están obligados a tener instalado un tacografo son:

  • Los vehículos destinados al Transporte de Mercancías con una MMA, superior a 3500kg de MMA (incluido remolques o semiremolque).

  • Los vehículos destinados al Transporte de Viajeros, provistos de más de 9 plazas, incluida la plaza del conductor.

  • Existen algunas excepciones:

  • Vehículos destinados al tte de viajeros, en servicios regulares; cuyo recorrido no supere los 50 kms.

  • Los vehículos cuya velocidad máxima autorizada no supere los 40km/h

  • Los vehículos adquiridos o alquilados sin conductor, por las Fuerzas Armadas, Protección Civil, Bomberos, etc.

  • Los vehículos destinados a la ayuda humanitaria

  • Vehículos especializados en la reparación de averías, cuyo radio de acción sea de 100kms alrededor de su centro de explotación.

  • Los vehículos destinados a la realización de pruebas en carretera

  • Vehículos o conjuntos de vehículos con MMA no superior a 7500kg utilizados para el tte no comercial de mercancías.

  • Vehículos históricos comerciales para el tte no comercial de viajeros o mercancías.

  • 5.11 VEHICULOS QUE NO ES OBLIGATORIO LA INSTALACION DEL TACOGRAFO

    No es obligatoria la instalación, ni el uso del tacografo; tanto si van o no cargados, en los siguientes vehículos:

  • Vehículos Oficiales (recogidos en el art. 105 de la LOTT)

  • Vehículos destinados a envíos postales en un radio de 50km

  • Vehículos destinados en exclusiva al servicio de alcantarillado, inundaciones, etc.

  • Vehículos destinados a la eliminación de residuos urbanos en un radio de acción de 50km

  • Vehículos destinados al tte de mercancías privado complementario por empresas agrícolas, ganaderas, hortícola o forestales en un radio de acción de 50km

  • Vehículos destinados al tte de mercancías privado complementario realizado en tractores agrícolas o forestales en un radio de acción de 100km

  • Vehículos destinados al tte de animales vivos entre mercados locales, granjas y mataderos locales, cuando la distancia de origen y destino no supere los 50km

  • Vehículos destinados al tte privado complementario de material de circo y atracciones de feria.

  • Vehículos destinados al traslado de exposiciones móviles en vehículos acondicionados.

  • Vehículos destinados al tte de fondos u objetos de valor; debidamente acondicionados.

  • Los vehículos destinados al aprendizaje de conducción, obtención del permiso de conducir y CAP

  • Los vehículos destinados al tte de mercancías, si son propulsados por electricidad o gas natural, que no superen los 7500kg de MMA y su radio de acción no supere los 50km

  • Los vehículos destinados al tte privado complementario, transportando material o maquinaria usada por el conductor para poder ejercer su profesión. Que su MMA no supere los 7500kg, y su radio de acción no supere los 50km.

  • Los vehículos que desarrollen su servicio integramente en islas cuya superficie no supere los 1500 kms cuadrados de superficie y que no estén unidas a una península mediante túnel o puente.

  • 5.12 DEFINICIONES RELACIONADAS CON EL USO DEL TACOGRAFO

    · Conductor: es toda persona que conduzca un vehículo, como parte de sus obligaciones sea conducirlo.

    · Pausa: cualquier período que sirva exclusivamente para un reposo del conductor.

    · Otro trabajo: cualquier trabajo que realiza el conductor para el mismo u otro empresario.

    · Descanso: período ininterrumpido que permite disponer libremente del tiempo.

    · Período Descanso Diario: es aquel descanso que realiza el conductor diariamente. Se denominará descanso normal cuando sea de 11 horas, y reducido cuando sea de 9 horas.

    · Período Descanso Semanal: es aquel descanso que realiza el conductor, después de 5 o 6 días de trabajo. Se denomina normal cuando tenga una duración de 45 horas ininterrumpidas, y reducido cuando sea 24 horas ininterrumpidas.

    · Semana: es el período de tiempo entre las 00:00h del lunes y las 24:00h del domingo

    · Tiempo Diario de Conducción: es el tiempo que dura la actividad de la conducción registrada automáticamente o semiautomáticamente por una dispositivo de tacografo.

    · Tiempo Semanal de Conducción: es el tiempo acumulado de conducción durante una semana.

    · Conducción en Equipo: la situación en la que, durante cualquier período de conducción entre 2 períodos consecutivos de descanso (diario o semanal) haya al menos dos conductores.

    5.13 TRIPULACION DEL VEHICULO

    La edad mínima de los cobradores y de los ayudantes será 18 años cumplidos, aunque cada Estado miembro podrá reducirla a 16 años, si el transporte se efectúa en un radio de acción de 50kms alrededor del centro de explotación del vehículo, con fines de formación profesional, y respetando las disposiciones nacionales en materia de empleo.

    5.14 TIEMPO MAXIMO DE CONDUCCION Y PAUSAS DE DESCANSO

    Como norma general, el tiempo máximo de conducción ininterrumpida es de 4 horas y media.

    Después de conducir de forma ininterrumpida durante 4,30h, el conductor deberá tomar un descanso ininterrumpido de 45 minutos.

    45' descanso

    4,30h conducción ininterrumpida 4,30h conducción ininterrumpida

    Esta pausa de 45 minutos, el conductor la puede fraccionar, pero en este caso debe efectuar una pausa de al menos 15 minutos, seguida de una pausa de al menos 30 minutos.

    15' descanso 30' descanso

    1,30h conducción ininterrumpida 3h conducción ininterrumpida 4,30h conducción

    ininterrumpida

    El Tiempo Máximo de Conducción Diaria no puede exceder de 9 horas, salvo 2 veces a la semana que puede ampliarse a 10horas. Estas dos horas de más no hace falta recuperarlas.

    El Tiempo Máximo de Conducción Semanal, es de 56 horas, comprendido entre 6 días naturales (24horas) como máximo.

    El Tiempo Máximo de Conducción Bisemanal, (2 semanas consecutivas) no puede exceder de 90 horas.

    Estas 90 horas, se pueden repartir entre las 2 semanas consecutivas, siempre y cuando en una semana no se superen las 56 horas de conducción.

    5.15 TIEMPOS MINIMOS DE DESCANSO

    El Descanso Diario, el conductor cada 24 horas, deberá gozar de un tiempo de descanso de 11 horas consecutivas. El Descanso Diario, puede fraccionarse en dos bloques, el primer bloque de 3h y un segundo bloque de 9h.

    Descanso Diario Reducido, se produce cuando el conductor reduce su descanso diario de 11 horas a 9 horas. No se podrán tomar más de 3 Descansos Diarios Reducidos entre dos períodos de descanso semanal.

    El Descanso Semanal, se debe realizar, después de conducir como máximo 6 días consecutivos, y su duración será de 45 horas ininterrumpidas.

    El Descanso Semanal Reducido, se produce cuando el conductor, reduce de 45h ininterrumpidas, a 24h ininterrumpidas su descanso semanal. Estas 21h de descanso no realizadas, se tendrán que compensar, con un descanso equivalente con un descanso equivalente tomado de una sola vez antes de finalizar la tercera semana siguiente. (en lugar de tomar 45h de descanso, tendrá que realizar 66h)

    El Descanso Bisemanal, el conductor durante el transcurso de dos semanas consecutivas debe tomar:

  • 2 períodos de descanso semanal normal (45h)

  • 1 período de descanso semanal normal (45h) y un período de descanso semanal reducido (24h)

  • El Descanso Semanal en Conducción en Equipo, cada 30 horas cada conductor debe gozar de un descanso diario de al menos 9 horas consecutivas, dentro de un período de 30 horas.

    TEMA 6: MANTENIMIENTO MECANICO BASICO

    6.1 MOTOR

    Transforma la energía de un carburante en movimiento. Lo consigue en cuatro tiempos, pero solo obtiene la fuerza para conseguir movimiento cuando se produce la inflamación del combustible.

    6.1.1 Sistema de Refrigeración

    La misión del Sistema de Refrigeración es mantener el motor en una temperatura óptima, alcanzar esta temperatura en el menor tiempo posible y evitar que el motor se caliente en exceso.

    La temperatura y el calor producidos en el motor son absorbidos por el líquido refrigerante que se enfría en el radiador (ayudado por el ventilador o electroventilador), y vuelve de nuevo al motor impulsado por la bomba de refrigeración.

    Los vehículos llevan instalados en sus cuadros de instrumentos indicadores que advierten de cualquier anomalía de este sistema.

    Las operaciones de mantenimiento, más habituales son:

  • Comprobar el nivel del líquido refrigerante del motor en el vaso de expansión

  • Rellenar el Vaso de Expansión, con líquido refrigerante. Lo debemos realizar cuando el motor este frío, ya que si lo hacemos con el motor caliente, al abrir el vaso de expansión, puede salir el líquido refrigerante a presión, provocando quemaduras.

  • El Vaso de Expansión se tiene que rellenar con líquido refrigerante, tanto en verano como en invierno.

  • Comprobar el estado de la Correa de la Bomba de Refrigeración

  • Comprobar la resistencia a la congelación de líquido refrigerante.

  • Comprobar el estado de las canalizaciones y manguitos del sistema de refrigeración.

  • Comprobar la antigüedad de líquido refrigerante (se debe cambiar cuando la indique el fabricante o cada 2-3 años)

  • Revisar el filtro del líquido refrigerante

  • Observar el color del humo del tubo de escape

  • Si es de color blanco: junta de culata rota, y hay agua en la cámara de combustión

  • Si es de color azul: significa que hay un exceso de combustible en la cámara de combustión

  • Si es de color negro: significa que hay un exceso de aire en la cámara de combustión

  • Las averías y errores más comunes son:

  • Cuando el motor tarda en alcanzar su temperatura de funcionamiento, es posible que sea porque el termostato esté abierto.

  • Cuando el motor se calienta en exceso, puede ser debido a un funcionamiento incorrecto del termostato.

  • Si hay que rellenar el vaso de expansión muy frecuentemente, puede ser debido a fugas en el circuito.

  • El motor se calienta estando correcto el nivel del líquido refrigerante, puede ser debido a que la bomba de refrigeración no funciona correctamente.

  • No se aconseja llenar con agua del grifo el Sistema de Refrigeración, ya que las sales minerales del agua, al alcanzar altas temperatura, se transforman en sales agresivas con el metal del motor y las gomas del circuito del sistema.

    6.1.2 Los Carburantes

    Algunos carburantes, sometidos a presión, chispa, etc; reaccionan con el aire y producen una reacción exotérmica.

    Sistema de Inyección: elevan al máximo la presión de inyección para que la pulverización del gasóleo se mezcle y queme con mayor rapidez al tocar el aire caliente a presión que existe en la cámara de combustión.

    Motores Diesel: en su tiempo de admisión sólo reciben aire que una vez comprimido y caliente recibe el gasóleo a presión y se produce la combustión de la mezcla (no necesita chispa).

    Sistema de Distribución: se encarga de regular la entrada y salida de los gases que antes de salir al exterior pasan por el catalizador para reducir la emisión de gases contaminantes.

    Las operaciones de mantenimiento, más habituales son:

  • Temperatura de congelación: en países fríos existen gasóleos de invierno y verano.

  • Filtrado del gasóleo: es muy importante para el funcionamiento del motor diesel.

  • Eliminación de agua en el gasóleo: puede producir anomalías en el funcionamiento del motor llegando a pararse. Se deben limpiar regularmente, los decantadores del agua.

  • Purgado de aire en el gasóleo: la presencia de aire en el circuito de alimentación, provoca fallos en el funcionamiento del motor.

  • Es muy importante utilizar solo de gasóleo de automoción en los vehículos.

    Las averías más comunes son:

  • El motor no arranca pero si que arrastra el motor de arranque: la causa más probable es la existencia en el circuito.

  • Funcionamiento irregular del motor: probablemente hay existencia de aire en algún lugar del circuito.

  • El motor se calienta o detonaciones excesivas: probablemente existe aire en el combustible.

  • El motor arranca y luego se para: puede existir aire en los conductos de alimentación.

  • Consumo excesivo de carburante: puede perderse gasóleo por algún conducto o junta del circuito o por estar el filtro del aire muy sucio.

  • La mala disposición de los elementos aerodinámicos del vehículo, como son los deflectores o spoilers, provocan un consumo excesivo de carburante.


    La velocidad es un factor determinante en el consumo de carburante. A mayor velocidad, mayor consumo, y éste crece de manera excepcional.

    El filtro de aire se debe sustituir cuando el fabricante lo indique. En motores sobrealimentados (turbo), la aspiración de aire es mayor en cada succión de los pistones. Debe cuidarse el estado del filtro de aire que esta situado antes del compresor del intercooler.

    6.1.3 Los Aceites Lubricantes

    El aceite en el motor debe estar entre el mínimo y el máximo; y para comprobarlo existen indicadores en una varilla. Un motor con nivel de aceite bajo, puede dañar irreversiblemente o provocar una avería importante.

    El aceite, lubrica desde la parte alta del motor (culata) donde se alojan diversos elementos de la distribución, pasa a la parte central (pistones, cigüeñal, bielas, etc.) y llega hasta la parte baja del mismo.

    El aceite también desempeña un papel importante en la refrigeración del motor.

    La presión con la que se mueva dentro del circuito es un dato importante para asegurar la correcta lubricación del motor. Se mide con el manómetro.

    Los mantenimientos más habituales son:

  • Comprobar el nivel del motor periódicamente: el nivel se comprueba con el motor frío y en una superficie llana y horizontal.

  • Reponer el aceite si éste está bajo.

  • Observar el testigo luminoso del cuadro de mandos

  • Sustituir el filtro de aceite periódicamente: cuando lo indique el fabricante

  • Comprobar si hay manchas de aceite en el suelo

  • Sustituir el aceite del motor

  • Cambiar el aceite con el motor caliente para que sea menos viscoso y fluya mejor

  • Sustituir el filtro de aceite, cuando lo indique el fabricante

  • Utilizar el aceite que recomienda el fabricante

  • Un aceite viene definido por:

  • La viscosidad: 15W40, indica que es un aceite multigrado. Según las normas SAE; 15 de viscosidad es para invierno y 40 de viscosidad en caliente.

  • Indicativos de Calidad: adherencia, punto de congelación, punto de inflamación, etc.

  • API (Instituto Americano del Petróleo)

  • ACEA (Asociación Constructores Europeos de Automóviles)

  • El aceite se deberá destruir, cuando lo indique el fabricante.

    En los motores sobrealimentados por turbocomprensor, el aceite utilizado debe ser de mejores características e indicadas por el fabricante, y normalmente tendrá la misma viscosidad que el aceite del motor.

    La temperatura del aceite determina su grado de viscosidad. Por este motivo, para comprobar el nivel del mismo, es suficiente con parar el motor y dejar que transcurran unos minutos.

    Con 5 minutos transcurridos desde que se ha parado el motor, el aceite pasa de 110ºC a 50ºC, por lo que su viscosidad es muy pequeña y cae.

    Las averías más frecuentes:

  • Manómetro no marca presión: la ausencia de presión puede ser debida a la falta de aceite en el motor, o filtro obstruido o bomba de aceite defectuosa.

  • Manómetro marca presión insuficiente: por que el aceite tenga una viscosidad inferior a la indicada por el fabricante, que el aceite esté muy caliente o que exista una fuga.

  • Manómetro marca presión excesiva: temperatura del aceite fría

  • Manómetro marca presión irregular: el nivel del aceite en el cárter esta bajo.

  • El Motor consume aceite: puede ser debido a que lo está tirando, o bien el aceite entra en la cámara de combustión.

  • Aparición de Agua en el aceite: la junta de culata esta rota

  • Humo de color azul: esto es debido por un exceso de aceite en la cámara de combustión.

  • En los vehículos antiguos con distribución por cadena, es conveniente vigilar el aceite lubricante ya que éste también lubrica el movimiento de esta cadena y de su buen funcionamiento depende el conjunto de movimientos que sincroniza la distribución.

    6.2 LA TRANSMISION DEL MOVIMIENTO

    6.2.1 El Embrague y la Caja de Cambios

    Entre el motor y las ruedas se sitúa la caja de cambios que es la encargada de modificar la relación de transmisión entre el motor y las ruedas para adaptar la velocidad de éstas a las necesidades de la circulación:

  • Marchas cortas para esfuerzos con carga, cuestas arriba, etc

  • Marchas largas para llanear, mantener velocidades, de crucero, etc.

  • Salvo averías, no es necesario sustituir el aceite (valvulitas, es decir, de una alto grado de viscosidad SAE) que lubrica la caja de cambios ya que va sellada.

    Los mantenimientos más habituales son:

  • No se debe mantener el embrague a medio pisar (medio embrague)

  • En los embragues hidráulicos se debe comprobar el nivel del líquido hidráulico en un depósito situado, en muchos vehículos, próximo al pedal del embrague.

  • Comprobar el nivel y antigüedad del aceite lubricante de la caja de cambios en el taller.

  • Comprobar el estado del disco de embrague. Con el vehículo inmovilizado, poner el freno de estacionamiento e intentar poner el vehículo en movimiento.

  • Las averías más comunes:

  • El embrague patina:

  • El vehículo con una marcha metida, aumenta las revoluciones, pero no se mueve.

  • Al embragar suavemente, el vehículo da trompicones o saltos

  • El embrague chilla o trepida

  • El desembrague es incompleto y el embrague falla

  • Rigidez del pedal del embrague

  • Las velocidades entran pero no se mantienen

  • Las velocidades no entran o rascan

  • La caja de cambios automática falla, la transmisión de movimiento no es efectiva

  • Imposibilidad o dificultad de selección de marcha o de meter marcha atrás

  • Caja de cambios inefectiva

  • 6.2.2 GRUPO CONICO DIFERENCIAL Y TRANSMISIONES

    Es el mecanismo encargado de:

  • Desmultiplicar el giro que sale de la caja de cambios, de una manera constante, con el que llega a las ruedas

  • Transmitir el movimiento que sale de la caja de cambios a las ruedas

  • Los mantenimientos más habituales son:

  • La fijación a la carrocería de los distintos elementos que constituyen el conjunto de la transmisión: observar que no existe grietas.

  • La existencia de desalineación de las crucetas que recorren las transmisiones: mirar que no hayan recibido golpes, y que se encuentran en el lugar inicial.

  • El engrase de las juntas de transmisión: que estén engrasadas todas las juntas del sistema de transmisión.

  • Controlar el nivel de aceite del engrase del grupo cónico-diferencial

  • Existencia de elementos defectuosos, dificultades de funcionamiento en la transmisión o la existencia de ruidos anormales

  • Una forma de aumentar la capacidad de carga de los vehículos es disponer de ejes alzables (elevables). Normalmente su funcionamiento es automático, es decir, cuando se sobrepasa cierta cantidad de masa, todos los ejes disponibles transmiten y reparten el peso al suelo.

    6.2.3 CONTROL DIRECCIONAL DEL VEHICULO

    Es el conjunto de mecanismos que permite orientar las ruedas directrices. La mayor o menor maniobrabilidad de un vehículo depende, en gran medida, del ángulo de giro de las ruedas directrices.

    Los distintos engranajes de la dirección tienen la misión de desmultiplicar el giro realizado por el conductor en el volante, siendo el esfuerzo del conductor menor al mover las ruedas directrices.

    La columna de la dirección se monta en varios tramos, unidos por las juntas flexibles para que en caso de accidentes, se doblen por estas juntas y no se claven como una lanza en el conductor.

    Los mantenimientos más habituales son:

  • Si en línea recta el vehículo tiende a desplazarse hacia un lado: puede ser debido a una desigualdad en la presión del inflado del neumático o bien un desajuste en las costas de la dirección.

  • Si al frenar el vehículo se desvía hacia un lado: puede ser debido a una diferencia de la capacidad de frenada de las ruedas, o bien, de la desalineación de algunos de los ejes.

  • Cuesta mucho mover la dirección: presión de inflado insuficiente en las ruedas directrices o bien un excesivo peso sobre el eje directriz.

  • Existen ruidos al tomar una curva: puede ser debida a la rotura de la junta homocinética.

  • Comprobar los fuelles de la juntas homocinéticas: deben ser engrasadas dentro del guardapolvos que protege este engrase

  • Comprobar el estado de todas las juntas que componen la timonería

  • Si los neumáticos se desgastan anormalmente por los lados de la banda de rodamiento: la causa más probable es la pérdida de alguna de las cotas de dirección de las ruedas directrices

  • Si los neumáticos se desgastan anormalmente más por el centro, o bien, por los bordes de la banda de rodamiento: si la presión es insuficiente el desgaste se acentúa por los bordes, y si la presión es excesiva el desgaste se acentúa por el centro de la banda de rodamiento.

  • En caso de dar un golpe fuerte en el bordillo: se debe comprobar que el vehículo no se vaya hacía ningún lado.

  • Comprobar la correa de la bomba del sistema de dirección asistida

  • Si durante la conducción los neumáticos chillan al tomar las curvas: posiblemente tengamos una presión de inflado baja, o algún elemento hidráulico esté averiado.

  • Durante la conducción existen ruidos al retornar la dirección: sea debido a la falta de engrase, o bien holguras en las rotulas.

  • Durante la conducción la bomba es ruidosa: puede ser provocada por falta de líquido hidráulico o bien existe aire en las canalizaciones.

  • Durante la conducción y a determinadas velocidades la dirección vibra: será necesario equilibrar las ruedas

  • Al pasar resaltos elevados: el conductor debe acelerar cuando las ruedas delanteras estén próximas a alcanzar el resalto; así el amortiguador y el elemento elástico tienen más recorrido para absorber el bache.

  • Las averías más comunes son:

  • Dirección dura: es probable que haya líquido hidráulico o la existencia de aire en la canalizaciones.

  • Dirección dura sólo al girar hacia un lado: probablemente exista falta de estanquidad por desgaste de las juntas

  • La Dirección retorna lentamente: puede existir mal engrase de los elementos de la dirección, o bien, dificultad de giro de la barra de articulación, y en las uniones de la barra de acoplamiento.

  • Sensibilidad en el volante: puede ser debido a que la suspensión se encuentra en mal estado, o puede existir falta de líquido hidráulico o presión de aire en los circuitos.

  • Dirección inestable: suele ser causada a falta de avance en el pivote, o bien, a un equilibrado dfectuoso.

  • Avería en la Servodirección: en estas circunstancias el movimiento del volante se torna casi imposible, es prácticamente nulo.

  • 6.2.4 LOS FRENOS

    El sistema de frenado tiene la misión de reducir la velocidad, llegando, si fuera necesario a detener el vehículo en función de las necesidades de la conducción y el deseo del conductor.

    El conductor debe conocer como funcionan las distintas ayudas electrónicas aplicadas en la frenada y el control direccional.

    Los camiones dotados con servofreno, deben tener en cuenta que la ayuda a la frenada se obtiene por la depresión producida por el motor en el colector de admisión.

    Las operaciones de mantenimiento más habituales son:

  • Nivel de líquido de freno: debe estar situado entre el mínimo y máximo.

  • Sustitución periódica del líquido de freno: cuando lo indique el fabricante, o aproximadamente cada 2 o 3 años.

  • Comprobar el desgaste de las pastillas de freno o zapatas

  • Sustitución de elementos de fricción de los frenos pastillas / zapatos: cuando lo indique fabricante o bien cuando sea necesario

  • Comprobar el estado de tuberías y canalizaciones del circuito de frendado.

  • Comprobar el estado de eficacia de cada uno de los elementos frenantes

  • Observar la existencia de humo de color blanco azulado en el escape: es provocado por un exceso de aceite en la cámara de combustión.

  • Comprobar las conexiones de las tuberías de presión del sistema de frenado neumático: puede haber perdida de liquido por las juntas.

  • Comprobar el estado y tensión de la correa que acciona el compresor del sistema neumático de frenado: se debe observar la existencia de grietas o cortes.

  • Limpiar periódicamente, las aletas de refrigeración del compresor del sistema neumático de freno

  • Debemos comprobar el cartucho del sistema de secador de aire: debe sustituirse cuando lo indique el fabricante o cada 10.000kms o cada dos años.

  • Debemos purgar regularmente los depósitos de aire comprimido: son los calderones.

  • Comprobar la lectura del manómetro de indicación de la presión del circuito de frenado neumático

  • En vehículos más antiguos, se debe mantener el juego de aproximación entre los forros de zapatas y los tambores: en los vehículos actuales, se regulan automáticamente.

  • La correcta utilización de los frenos en caso de necesitar realizar una frenada de emergencia será determinante para reducir al máximo posible, la distancia de frenado.

    En caso de que el vehículo disponga de Sistema ABS, se pisa a fondo y cuando el vehículo esté próximo a la detención deberá pisar el pedal del embrague para permitir un óptimo funcionamiento del sistema.

    Bajar un puerto de montaña con el freno de servicio pisado calienta en exceso los elementos del sistema de frenado y dejan de ser efectivos, y se produce el Fading.

    Con el tiempo frío, es importante que el circuito neumático tenga un secador de aire que disponga de una anticongelante ya que la presencia de agua en el circuito reduce la capacidad de frenada y el deterioro de los sistema del circuito.

    Las averías más comunes son:

  • Tacto del pedal blando o esponjoso: existencia de aire en el circuito,

  • Los frenos tiemblan: posiblemente las pastillas o zapatas están desgastadas, y la pinza agarrotada.

  • La luz de aviso de la presión se mantiene encendida: en el sistema de circuito doble. Uno de ellos tiene una presión mayor que el otro.

  • Los frenos se calientan en exceso: significan que hay holgura entre los elementos frenantes y los elementos fijos.

  • Es necesario bombear el pedal: la causa más frecuente es la existencia de aire en las canalizaciones.

  • Vibraciones en el pedal de freno: significa que los tambores y zapatas están defectuosas.

  • Relantí irregular al frenar: avería del frenado por depresión

  • 6.2.5 LA SUSPENSION

    El sistema de suspensión tiene como misión mantener la estabilidad del vehículo y absorber las irregularidades del terreno.

    Está formado por:

  • Conjunto de elementos elásticos que absorben las irregularidades (muelles, ballestas, cojines de aire), etc.

  • Un conjunto de elementos encargados de reducir las oscilaciones de estos elementos elásticos para evitar que el vehículo rebote en exceso.

  • Un sistema para mantener la horizontabilidad al tomar una curva o pasar un resalto, etc. (barra estabilizadoras)

  • La suspensión neumática en los vehículos actuales, incluidos los de gran tonelaje, se utilizan para nivelar mucho mejor la carrocería y en todo momento, esta gestionada electrónicamente.

    Las operaciones de mantenimiento más habituales, son:

  • Comprobar la fijación de los elementos de la suspensión

  • Comprobar el envejecimiento de los elementos que constituyen la suspensión

  • Comprobar el estado de todas las canalizaciones que tenga el sistema de suspensión.

  • Comprobar el estado de lubricación de algunos puntos articulados de la suspensión.

  • Limpiar los fuelles que tienen los elementos de suspensión

  • Observar la horizontabilidad del vehículo

  • Pérdida de líquido en los amortiguadores

  • 6.2.6 LAS RUEDAS Y NEUMATICOS

    Las ruedas son el único elemento que se pone en contacto con el suelo.

    La banda de rodadura de los neumáticos hay practicadas unas ranuras, longitudinales y transversales, que tienen por misión facilitar la evacuación del agua y reducir la probabilidad de producción de aquaplanning.

    Las operaciones de mantenimiento más habituales son:

  • Observar si los neumáticos se desgastan anormalmente

  • Observar si los neumáticos se desgastan por el centro o por el borde de la banda de rodamiento.

  • Comprobar la existencia de piedras entre los flancos de los neumáticos gemelazos

  • Comprobar la presión de los neumáticos (siempre en frío).

  • Comprobar el estado y posicionamiento de las válvulas

  • Comprobar la alineación de los ejes

  • Observar los neumáticos recauchutados

  • Prestar atención a la existencia o no de vibraciones en el volante

  • Prestar atención a posibles pinchazos en los neumáticos

  • Prestar atención al índice de carga en los neumáticos

  • Los neumáticos que están pocos inflados, además de calentarse peligrosamente.

  • Es importante respetar las dimensiones y características que indica el fabricante para los neumáticos. Además de las dimensiones, debemos tener presente las inscripciones en los neumáticos. Por ejemplo:

    295/80 R 22,5 150/146M 2106

    · 295: Anchura de la sección en mm

    · 80: Relación altura / anchura. La altura del flanco es el 80% del ancho de la sección

    · R: Cubierta Radial

    · 22,5: Diámetro entre talones, medida en pulgadas

    · 150: Índice de carga con neumático sencillo

    · 150/146: Índice de carga con montaje simple o gemelo

    · M: Código de velocidad (130km/h)

    · 2106: Fabricación semana nº 21, año 2006

    La inscripción Regroovable en un neumático indica que puede ser reesculturado (regrabable), es decir, que cuando la profundidad de la banda de rodamiento sea inferior a la permitida puede volver a ser dibujado y permite su utilización durante mucho kms más en perfectas condiciones de seguridad.

    La utilización de neumáticos Tubeless (sin cámara), es mucha más segura porque en caso de pinchazo no pierden aire de su interior, es decir, no revientan, porque estos neumáticos se montan sin cámara y cuando pinchan van perdiendo aire poco a poco.

    Unos neumáticos lisos no proporcionan mayor agarre al pavimento aunque, aparentemente, tenga mayor superficie de contacto.

    Las averías más comunes son:

  • Desgaste localizado en un neumático: los planos provocados por una bloqueada de neumáticos en una frenada.

  • Cortes en los neumáticos

  • Desgaste anormal: posiblemente existe una diferencia de desarrollos, de presión o de la carga que lleva el vehículo.

  • Separación de la goma: presión insuficiente o sobrecarga, en los diferentes neumáticos gemelos.

  • Marcas de deterioro: cortes en los flancos interiores de neumáticos gemelados.

  • Pérdida de aire por la válvula: provocada por haber rodado sin aire, un cierto número de kms

  • Desgaste excesivo en el interior de la banda de rodamiento neumáticos delanteros: la causa más probable es la caída insuficiente de las ruedas.

  • Desgaste excesivo en el exterior de la banda de rodamiento de los neumáticos delanteros: causados probablemente caída excesiva de las ruedas.

  • 6.3 CONOCIMIENTO DEL VEHICULO

    6.3.1 Controles de Seguridad alrdedor del vehículo

  • Limpiar los cristales del vehículo

  • Limpiar la placa de matrícula

  • Comprobar el líquido refrigerante del radiador

  • Comprobar líquido “limpia” parabrisas

  • Comprobar el nivel del aceite del motor

  • Accionamiento del embrague

  • Comprobar líquido de servodirección

  • Comprobar que no hay pérdidas de aceite

  • Comprobar la presión del inflado neumáticos

  • Comprobar el estado (perfil) del neumático

  • Comprobar el apriete de las tuercas de las llantas

  • Comprobar el nivel de electrolitos de la batería

  • Comprobar el nivel de líquido de la bomba anticongelante

  • Evacuar el agua condensada de los depósitos de aire comprimido

  • Comprobar la fijación y los cierres de la carrocería, del toldo o las paredes de la caja de carga

  • Comprobar el funcionamiento del alumbrado del vehículo

  • Comprobar la presión del inflado y fijación de la rueda de recambio

  • Comprobar la estanquidad del freno de aire comprimido por la caída de presión

  • Revisar la cabina

  • Reglar los espejos retrovisores

  • Verificar la fijación y el seguro del enganche para el remolque

  • 6.3.2 Estiba de la Carga

    Además de respetar la MMA del vehículo (por eje y global), y que la carga transportada no ponga en peligro al conductor ni a ningún usuario de la vía, la carga debe estar estibada (distribuida y colocada) de una manera que no comprometa la seguridad de los usuarios de la vía.

    'Apuntes para obtencin del permiso de Conducir clase C'

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    6.3.3 Controles Periódicos

    Antes de Arrancar el Vehículo

  • Diariamente:

  • El bloqueo del cinturón

  • Cantoral el display del nivel de aceite del motor

  • Comprobar el sistema de iluminación

  • Comprobar el nivel de combustible

  • Comprobar el desconectador de la batería

  • Semanalmente:

  • Sistema lavaparabrisas/lavafaros

  • Neumáticos (presión)

  • Comprobación visual de pérdida de fluidos del motor

  • Comprobar las tuercas de la ruedas y sujeción del asiento

  • Nivel de aceite de la caja de cambios automática

  • Mensualmente:

  • Comprobar el nivel líquido hidráulico de la dirección y el sistema de embrague

  • Comprobar el nivel del sistema de lubricación centralizada

  • Comprobar el estado de las correas trapezoidales

  • Semestralmente:

  • Comprobar el nivel de electrolito y reponer nivel de agua destilada de la batería

  • Los bornes de la batería deberán estar bien apretados

  • Comprobar el nivel de líquido hidráulico de los distintos aparatos de trabajo

  • Comprobar el estado de las escobillas de los limpiaparabrisas

  • Comprobar el nivel del depósito de lavaparabrisas

  • Comprobar el nivel de aceite del dispositivo de basculación de la cabina del conductor

  • Después de arrancar el motor

  • Diariamente:

  • Comprobar la presión del aceite mediante el display

  • Comprobar la eficacia del sistema de frenado

  • Comprobar la eficacia de la suspensión neumática

  • Comprobar si hay holguras en la dirección

  • Comprobar el sistema de alumbrado al circular de noche

  • Semanalmente:

  • Sistema neumático: controlar visualmente el estado de los fuelles neumáticos

  • Nivel de aceite de la caja de cambios automática

  • Mensualmente:

  • Comprobar el funcionamiento y eficacia del Secador de Aire

  • Comprobar el estado de los fusibles

  • Controles adicionales correspondiente al invierno

  • Comprobar la viscosidad del aceite del motor en invierno (W)

  • Repostar un carburante que aguante temperaturas bajas

  • Comprobar que los neumáticos se ajustan a las condiciones climatológicas

  • Ir provistos de cadenas para la nieve (hay que ponerlas en las ruedas motrices)

  • 6.3.4 Sistema Electrónicos de Ayuda a la Conducción

    · ABS: es un sistema antibloqueo de frenos. Evita el bloqueo de las ruedas al frenar.

    · Air Bag: bolsa de aire. Elemento de seguridad pasiva que evita que el coductor y los ocupantes choquen con el volante, parabrisas, ventanillas, salpicadero, etc; en función de dónde estén situados estos elementos.

    · ASC + T: denominación que utiliza BMW para sus vehículos dotados de sistema de control de tracción, para conseguir la máxima motrocidad posible.

    · ASR: entre otros Mercedes Benz, utiliza estas siglas para denominar a sus controles de tracción.

    · BAS: es el sistema de frenada de emergencia desarrollado por Mercedes Benz.

    · CBC: es el sistema de control de frenada, creado por BMW

    · DBC: se trata del sistema de frenado de emergencia creado por BMW

    · ICCS: es el sistema de control de la velocidad de crucero

    · ICM: es el sistema de BMW encargada de regular las fuerzas que inciden en la dinámica longitudinal y transversal del chasis

    · Kick-Down: es el interruptor que hay en los coches automáticos al final del recorrido del acelerador.

    · MSR: sistema que impide un excesivo deslizamiento de las ruedas por la retención del motor.

    · PDC: es el sistema de ayuda al aparcamiento mediante sensores de proximidad

    · Pretensores: elementos de seguridad pasiva diseñados para tensar, mediante un dispositivo pirotécnico similar al que infla los airbag, y los cinturones de seguridad.

    · SBK: sistema de seguridad desarrollado por BMW y que consiste en la desconexión automática de un borne de la batería.

    · SSP: sistema creado por Renault, para disminuir las posibles cargas en el torsos de los pasajeros.

    · TCS: es una de las muchas denominaciones que reciben los controles de tracción.

    · WHIPS: es el sistema de protección contra latigazos cervicales de Volvo.

    Curso Obtención Permiso de Conducir “C”

    Centro: Aula Activa (Sabadell)

    Período: 12/01/09 a 06/03/09

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    Enviado por:Jordi Carnero Mellado
    Idioma: castellano
    País: España

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