A L A D I
ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION
TRATADO DE MONTEVIDEO, 1980
Los GOBIERNOS de la República Argentina, de la República de Bolivia, de la República Federativa del Brasil, de la República de Colombia, de la República de Chile, de la República del Ecuador, de los Estados Unidos Mexicanos, de la República del Paraguay, de la República del Perú, de la República Oriental del Uruguay y de la República de Venezuela
ANIMADOS por el propósito de fortalecer los lazos de amistad y solidaridad entre sus pueblos.
PERSUADIDOS de que la integración económica regional constituye uno de los principales medios para que los paises de América Latina puedan acelerar su proceso de desarrollo económico y social a fin de asegurar un mejor nivel de vida para sus pueblos.
DECIDIDOS a renovar el proceso de integración latinoamericano y a establecer objetivos y mecanismos compatibles con la realidad de la región.
SEGUROS de que la continuación de dicho receso requiere aprovechar la experiencia positiva obtenido en la aplicación del Tratado de Montevideo del 18 de febrero de 1960.
CONSCIENTES de que es necesario asegurar un tratamiento especial para los paises de menor desarrollo económico relativo.
DISPUESTOS a impulsar el desarrollo de vínculos de solidaridad y cooperación con otros países y áreas de integración de América Latina, a fin de promover un proceso convergente que conduzca al establecimiento de un mercado común regional.
CONVENCIDOS de la necesidad de contribuir a la obtención de un nuevo esquema de cooperación horizontal entre paises en vías de desarrollo y sus áreas de integración, inspirado en los principios del derecho internacional en materia de desarrollo.
TENIENDO EN CUENTA la decisión adoptada por las Partes Contratantes del Acuerdo General de Aranceles y Comercio que permite concertar acuerdos regionales o generales entre paises en vías de desarrollo con el fin de reducir o eliminar mutuamente las trabas a su comercio recíproco.
CONVIENEN en suscribir el presente Tratado el cual sustituirá, conforme a las disposiciones en el mismo contenidas, al Tratado que instituye la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio.
CAPITULO I
OBJETIVOS, FUNCIONES Y PRINCIPIOS
ARTICULO 1 Por el Presente Tratado las Partes Contratantes prosiguen el proceso de integración encaminado a promover el desarrollo económico-social, armónico y equilibrado de la región y, para ese efecto instituyen la Asociación Latinoamericana de Integración (en adelante denominada "Asociación"), cuya sede es la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.
Dicho proceso tendrá como objetivo a largo plazo el establecimiento, en forma gradual y progresiva, de un mercado común latinoamericano.
ARTICULO 2 Las normas y mecanismos del presente Tratado y las que dentro de su marco establezcan los paises miembros, tendrán por objeto el desarrollo de las siguientes funciones básicas de la Asociación: la promoción y regulación del comercio recíproco, la complementación económica y el desarrollo de las acciones de cooperación económica que coadyuven a la ampliación de los mercados.
ARTICULO 3 En la aplicación del presente Tratado y en la evolución hacia su objetivo final, los paises miembros tomarán en cuenta los siguientes principios:
a) Pluralismo, sustentado en la voluntad de los paises miembros para su integración, por encima de la diversidad que en materia política y económica pudiera existir en la región;
b) Convergencia, que se traduce en la multilateralización progresiva de los acuerdos de alcance parcial, mediante negociaciones periódicas entre los paises miembros, en función del establecimiento del mercado común latinoamericano.
c) Flexibilidad, caracterizada por la capacidad para permitir la concertación de acuerdos de alcance parcial, regulada en forma compatible con la consecución progresiva de su convergencia y el fortalecimiento de los vínculos de integración;
d) Tratamientos diferenciales, establecidos en la forma que en cada caso se determine, tanto en los mecanismos de alcance regional como en los de alcance parcial, sobre la base de tres categorías de paises que se integrarán tomando en cuenta sus características económico-estructurales. Dichos tratamientos serán aplicados en una determinada magnitud a los países de desarrollo intermedio y de manera más favorable a los paises de menor desarrollo económico relativo; y
e) Múltiple, para posibilitar distintas formas de concertación entre los países miembros, en armonía con los objetivos y funciones del proceso de integración, utilizando todos los instrumentos que sean capaces de dinamizar y ampliar los mercados a nivel regional.
CAPITULO II
MECANISMOS
ARTICULO 4 Para el cumplimiento de las funciones básicas de la Asociación establecidas por el articulo 2 del presente Tratado, los países miembros establecen un área de preferencias económicas, compuesta por una preferencia arancelaria regional, por acuerdos de alcance regional y por acuerdos de alcance parcial.
Sección primera - Preferencia arancelaria regional
ARTICULO 5 Los acuerdos de alcance regional son aquellos en los que participan todos los países miembros.
Se celebrarán en el marco de los objetivos y disposidones del presente Tratado, y podrán referirse a las materias y comprender los instrumentos previstos para los acuerdos de alcance parcial establecidos en la sección tercera del presente capitulo.
Sección segunda - Acuerdos de alcance regional
ARTICULO 6 Los acuerdos de alcance regional son aquellos en los que participan todos los pauses miembros.
Se celebraría en el marco de los objetivos y disposiciones del presente Tratado, y podrán referirse a las materias y comprender los instrumentos previstos para los acuerdos de alcance parcial establecidos en la sección tercera del presente capitulo.
Sección tercera - Acuerdos de alcance parcial
ARTICULO 7 Los acuerdos de alcance parcial son aquellos en cuya celebración no participa la totalidad de los paises miembros, y propenderán a crear las condiciones necesarias para profundizar el proceso de integración regional mediante su progresiva multilateralización.
Los derechos y obligaciones que se establezcan en los acuerdos de alcance parcial regirán exclusivamente para los paises miembros que los suscriban o que a ellos adhieren.
ARTICULO 8 Los acuerdos de alcance parcial podrán ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del comercio o adoptar otras modalidades de conformidad con el articulo 14 del presente Tratado.
ARTICULO 9 Los acuerdos de alcance parcial se regirán por las siguientes normas generales:
a) Deberán estar abiertos a la adhesión, previa negociación, de los demás paises miembros;
b) Deberán contener clausulas que propicien la convergencia a fin de que sus beneficios alcancen a todos los paises miembros;
c) Podrán contener cláusulas que propicien la convergencia con otros países latinoamericanos, de conformidad con los mecanismos establecidos en el presente Tratado;
d) Contendrán tratamientos diferenciales en función de las tres categorías de paises reconocidas por el presente Tratado, cuyas formas da aplicación se determinarán en cada acuerdo, así como procedimientos de negociación para su revisión periódica a solicitud de cualquier país miembro que se considere perjudicado;
e) La desgravación podrá efectuarse para los mismos productos o subpartidas arancelarias y sobre la base de una rebaja porcentual respecto de los gravámenes aplicados a la importación originaria de los paises no participantes;
f) Deberán tener un plazo mínimo de un año de duración; y
g) Podrán contener, entre otras, normas especificas en materia de origen, cláusulas de salvaguardia, restricciones no arancelarias, retiro de concesiones, renegociación de concesiones, denuncia, coordinación y armonización de políticas. En el caso de que tales normas específicas no se hubieran adoptado, se tendrán en cuenta las disposiciones que establezcan los países miembros en las respectivas materias, con alcance general.
ARTICULO 10 Los acuerdos comerciales tienen por finalidad exclusiva la promoción del comercio entre los paises miembros, y se sujetarán a las normas especificas que se establezcan
ARTICULO 11 Los acuerdos de Complementación tienen como objetivas, entre otros, promover el máximo aprovechamiento de los factores de la producción, estimular la Complementación económica, asegurar condiciones equitativas de competencia, facilitar la concurrencia de los productos al mercado internacional e impulsar el desarrollo equilibrado y armónico de los países miembros.
Estos acuerdos se sujetarán a las normas específicas que se establezcan al efecto.
ARTICULO 12 Los acuerdos agropecuarios tienen por objeto fomentar y regular el comercio agropecuario intrarregional. Deben contemplar elementos de flexibilidad que tengan en cuenta con las características socio-económicas de la producción de los paises participantes. Estos acuerdos podrán estar referidos a productos específicos o a grupos de productos y podrán basarse en concesiones temporales, estacionales, por cupos o mixtas, o en contratos entre organismos estatales o paraestatales. Se sujetarán a las normas específicas que se establezcan al efecto.
ARTICULO 13 Los acuerdos de promoción del comercio estarán referidos a materias no arancelarias y tenderán a promover las corrientes de comercio intrarregionales. Se sujetarán a las normas específicas que se establezcan al efecto.
ARTICULO 14 Los paises miembros podrán establecer, mediante las reglamentaciones correspondientes, normas especificas para la concertación de otras modalidades de acuerdos de alcance parcial.
A ese efecto. tomarán en consideración, entre otras materias, la cooperación científica y tecnológica, la promoción del turismo y la preservación del medio ambiente.
CAPITULO III
SISTEMA DE APOYO A LOS PAISES DE MENOR DESARROLLO ECONOMICO RELATIVO
ARTICULO 15 Los paises miembros establecerán condiciones favorables para la participación de los países de menor desarrollo económico relativo en el procero de integración económica, basándose en los principios de la no reciprocidad y de la cooperación comunitaria.
ARTICULO 16 Con el propósito de asegurarles un tratamiento preferencial efectivo, los paises miembros establecerán la apertura de los mercados, así como concertarán programas y otras modalidades específicas de cooperación.
ARTICULO 17 Las acciones en favor de los países de menor desarrollo económico relativo se concertarán a través de acuerdos de alcance regional y acuerdos de alcance parcial.
A fin de asegurar la eficacia de tales acuerdos, los paises miembros deberán formalizar normas negociadas vinculadas con la presentación de las preferencias, la eliminación de las restricciones no arancelarias y la aplicación de cláusulas de salvaguardia en casos justificados.
Sección primera - Acuerdos de alcance regional
ARTICULO 18 Los paises miembros aprobarán sendas nóminas negociadas de productos preferentemente industriales, originarios de cada país de menor desarrollo económicos relativo, para los cuales se acordará sin reciprocidad, la eliminación total de gravámenes aduaneros y de más restricciones por parte de todos los demás paises de la Asociación
Las paises miembros establecerán los procedimientos necesarios para lograr la ampliación progresiva de las respectivas nóminas de apertura, pudiendo realizar las negociaciones correspondientes cuando lo estimen conveniente.
Asimismo, procurarán establecer mecanismos eficaces de compensación para los efectos negativas que incidan en el comercio intrarregional de los países de menor desarrollo económico relativo mediterráneos.
Sección segunda - Acuerdos de alcance parcial
ARTICULO 19 Los acuerdos de alcance parcial que negocien los paises de menor desarrollo económico relativo con los demás países miembros, se ajustarán, en lo que sea pertinente, a las disposiciones previstas en los artículo 8 y 9 del presente Tratado.
ARTICULO 20 A fin de promover una efectiva cooperación colectiva en favor de los paises de menor desarrollo económico relativo, los paises miembros negociarán con cada uno de ellos Programas Especiales de Cooperación.
ARTICULO 21 Los paises miembros podrán establecer programas y acciones de cooperación en las áreas de preinversión, financiamiento y tecnología, destinados fundamentalmente prestar apoyo a los paises de menor desarrollo económico relativo y entre ellos, especialmente a los países mediterráneos, para facilitar el aprovechamiento de las desgravaciones arancelarias.
ARTICULO 22 Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes, podrán establecerse, dentro de los tratamientos en favor de los paises de menor desarrollo económico relativo, acciones de cooperación colectiva y parcial, que contemplen mecanismos eficaces destinados a compensar la situación desventajosa que afrontan Bolivia y Paraguay por su mediterraneidad.
Siempre que en la preferencia arancelaria regional a que se refiere el articulo 5 del presente Tratado se adapten criterios de gradualidad en el tiempo, se procurarán preservar los márgenes otorgados en favor de los paises mediterráneos, mediante desgravaciones acumulativas.
Asismismo se procurarán establecer fórmulas de compensación tanto en la preferencia arancelaria regional, cuando ésta se profundice, como en los acuerdos de alcance regional y parcial.
ARTICULO 23 Los paises miembros procurarán otorgar facilidades para el establecimiento en sus territorios de zonas depósitos o puertos francos y otras facilidades administrativas de tránsito internacional, en favor de los paises mediterráneos.
CAPITULO IV
CONVERGENCIA Y COOPERACION CON OTROS PAlSES
Y AREAS DE INTEGRACION ECONOMICA DE AMERICA LATINA
ARTICULO 24 Los países miembros podrán establecer regímenes de asociación o de vinculación multilateral, que propicien la convergencia con otros paises y áreas de integración económica de América Latina, incluyendo la posibilidad de convenir con dichos paises o áreas el establecimiento de una preferencia arancelado latinoamericana.
Los países miembros reglamentarán oportunamente las características que deberán tener dichos regímenes.
ARTICULO 25 Asismismo, los paises miembros podrán concertar acuerdos de alcance parcial con otros países y áreas de integración económica de América Latina, de acuerdo con las diversas modalidades previstas en la sección tercera del capitulo II del presente Tratado, y en los términos de las respectivas disposiciones reglamentarias.
Sin perjuicio de lo anterior, estos acuerdos se sujetarán a las siguientes normas:
a) Las concesiones que otorguen los paises miembros participantes, no se harán extensivas a los demás, salvo a los países de menor desarrollo económico relativo;
b) Cuando un país miembro incluya productos ya negociados en acuerdos parciales con otros paises miembros, las concesiones que otorgue podrán ser superiores a las convenidas con aquellos, en cuyo caso se realizarán consultas con los paises miembros afectados con el fin de encontrar soluciones mutuamente satisfactorias, salvo que en los acuerdos parciales respectivos se hayan pactado clausulas de extensión automática o de renuncia a las preferencias incluidas en los acuerdos parciales a que se refiere el presente articulo; y
c) Deberán ser apreciados multilateralmente por los paises miembros en el seno del Comité a efectos de conocer el alcance de los acuerdos pactados y facilitar la participación de otros paises miembros en los mismos.
CAPITULO V
COOPERACION CON OTRAS AREAS DE INTEGRACION ECONOMICA
ARTICULO 26 Los paises miembros realizarán las acciones necesarias para establecer y desarrollar vinculos de solidaridad y cooperación con otras áreas de integración fuera de América Latina, mediante la participación de la Asociación en los programas que se realicen a nivel internacional en materia de cooperación horizontal, en ejecución de los principios normativos y compromisos asumidos en el contexto de la Declaración y Plan de Acción para la obtención de un Nuevo Orden Económico Internacional y de la Carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados.
El Comité dictará las medidas adecuadas para facilitar el cumplimiento de los objetivos señalados.
ARTICULO 27 Asimismo los países miembros podrán concertar acuerdos de alcance parcial con otros paises en desarrollo o respectivas áreas de integración económica fuera de América Latina, de acuerdo con las diversas modalidades previstas en la sección tercera del capitulo II del presente Tratado, y en los términos de las respectivas disposiciones reglamentarias.
Sin perjuicio de los anterior, estos acuerdos se sujetarán a las siguientes normas:
a) L as concesiones que otorguen los paises miembros participantes en ellos, no se harán extensivas a los demás, salvo a los países de menor desarrollo económico relativo;
b) Cuando se incluyan productos ya negociados con otros países miembros en acuerdos de alcance parcial, las concesiones que se otorguen no podrán ser superiores a las convenidas con aquellos, y si lo fueran se extenderán automáticamente a esos países; y
c) Deberá declararse su compatibilidad con los compromisos contraídos por los paises miembros en el marco del presente Tratado y de acuerdo con los literales a) y del presente artículo.
CAPITULO VI
ORGANIZACION INSTITUCIONAL
ARTICULO 28 Los órganos políticos de la Asociación son:
a) El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores (denominado en este Tratado "Consejo");
b) La Conferencia de Evaluación y Convergencia (denominada en este Tratado "Conferencia"); y
c) El Comité de Representantes (denominado en este Tratado "Comité").
ARTICULO 29 El órgano técnico de la Asociación es la Secretaría General (denominada en este Tratado "Secretaría").
ARTICULO 30 El Consejo es el órgano supremo de la Asociación y adoptará las decisiones que correspondan a la conducción política superior del proceso de integración económica.
El Consejo tendrá las siguientes atribuciones:
a) Dictar normas generales que tiendan al mejor cumplimiento de los objetivos de la Asociación, así como al desarrollo armónico del proceso de integración;
b) Examinar el resultado de las tareas cumplidas por la Asociación;
c) Adoptar medidas correctivas de alcance multilateral de acuerdo con las recomendaciones adoptadas por la Conferencia en los términos del articulo 33 literal a) del presente Tratado;
d) Establecer las directivas a las cuales deberán ajustar sus labores los restantes órganos de la Asociación;
e) Fijar las normas básicas que regulen las relaciones de la Asociación con otras asociaciones regionales, organismos o entidades internacionales;
f) Revisar y actualizar las normas básicas que regulen los acuerdos de convergencia y cooperación con otros países en desarrollo y las respectivas áreas de integración económica;
g) Tomar conocimiento de los asuntos que le hayan sido elevados por los otros órganos políticos y resolverlos;
h) Delegar en los restantes órganos políticos la facultad de tomar decisiones en materias especificas destinadas a permitir el mejor cumplimiento de los objetivos de la Asociación;
i) Aceptar la adhesión de nuevos países, miembros;
j) Acordar enmiendas y adiciones al Tratado en los términos del artículo 61;
k) Designar al Secretario General; y l) Establecer su propio Reglamento.
ARTICULO 31 El Consejo estará constituido por los Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros. Sin embargo, cuando en algunos de éstos la competencia de los asuntos de integración estuviera asignada a un Ministro o Secretario de Estado distinto al de Relaciones Exteriores, los países miembros podrán estar representados en el Consejo, con plenos poderes, por el Ministro o el Secretario respectivo.
ARTICULO 32 El Consejo sesionará y tomará decisiones con la presencia de la totalidad de los países miembros. El Consejo se reunirá por convocatoria del Comité.
ARTICULO 33 La Conferencia tendrá las siguientes atribuciones:
a) Examinar el funcionamiento del proceso de integración en todos sus aspectos, y la convergencia de los acuerdos de alcance parcial, a través de su multilateralización progresiva, así como recomendar al Consejo la adopción de medidas correctivas de alcance multilateral;
b) Promover acciones de mayor alcance en materia de integración económica,
c) Efectuar revisiones periódicas de la aplicación de los tratamientos diferenciales, que tengan en cuenta no sólo la evolución de la estructura económica de los países y consecuentemente su grado de desarrollo, sino también el aprovechamiento efectivo que hayan realizado los países beneficiarios del tratamiento diferencial aplicado, así como de los procedimientos que busquen el perfeccionamiento en la aplicación de dichos tratamientos;
d) Evalua los resultados del sistema de apoyo a los paises de menor desarrollo económico relativo y adaptar medidas para su aplicación más efectiva;
e) Realizar las negociaciones multilaterales para la fijación y profundización de la preferencia arancelaria regional;
f) Propiciar la negociación y concertación de acuerdos de alcance regional en los que participan todos los paises miembros y que se refieran a cualquier materia objeto del presente Tratado, conforme a lo dispuesto en el artículo 6;
g) Cumplir con las tareas que le encomiende el Consejo;
h) Encargar a la Secretaria los estudios que estime convenientes; e
i) Aprobar su propio Reglamento.
ARTICULO 34 La Conferencia estará integrada por Plenipotenciarios de los paises miembros.
La Conferencia se reunirá cada tres años en sesión ordinaria por convocatoria del Comité, y en las demás oportunidades en que éste la convoque en forma extraordinaria para tratar asuntos específicos de su competencia.
La Conferencia sesionará y tomará decisiones con la presencia de todos los paises, miembros.
ARTICULO 35 El Comité es el órgano permanente de la Asociación y tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:
a) Promover la concertación de acuerdos de alcance regional, en los términos del articulo 6 del presente Tratado y, con ese fin, convocar reuniones gubernamentales por lo menos anualmente, con el objeto de:
i) Dar continuidad a las actividades del nuevo proceso de integración;
ii) Evaluar y orientar el funcionamiento del proceso;
iii) Analizar y promover medidas para lograr mecanismos más avanzados de integración; y
iv) Emprender negociaciones sectoriales o multisectoriales con la participación de todos los paises miembros, para concertar acuerdos de alcance regional, referidos básicamente a desgravaciones arancelarias;
b) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Tratado y de todas sus normas complementarias;
c) Reglamenta el presente Tratado;
d) Cumplir con las tareas que le encomienden el Consejo y la Conferencia;
e) Aprobar el programa anual de trabajos de la Asociación y su presupuesto anual;
f) Fijar las contribuciones de los paises miembros al presupuesto de la Asociación;
g) Aprobar, a propuesta del Secretario General, la estructura de la Secretaria;
h) Convoca al Consejo y a la Conferencia;
i) Representar a la Asociación ante terceros países;
j) Encomendar estudios a la Secretaría;
k) Formular recomendaciones al Consejo y a la Conferencia;
l) Presentar informes al Consejo acerca de sus actividades;
m) Proponer fórmulas para resolver las cuestiones planteadas por los paises miembros, cuando fuera alegada la inobservancia de algunas de las normas o principios del presente Tratado;
n) Apreciar multilateralmente las acuerdos parciales que celebren los países miembros del articulo 25 del presente Tratado;
ñ) Declarar la compatibilidad de los acuerdos parciales que celebren los países miembros en los términos del articulo 27 del presente Tratado;
o) Crear órganos auxiliares;
p) Aprobar su propio Reglamento; y
q) Atender los asuntos de interés común que no sean de la competencia de los otros órganos de la Asociación.
ARTICULO 36 El Comité estará constituido por un Representante Permanente de cada país miembro con derecho a un voto. Cada Representante Permanente tendrá un Alterno.
ARTICULO 37 El Comité sesionará y adoptará resoluciones con la presencia de Representantes de dos tercios de los países miembros.
ARTICULO 38 La Secretaria será dirigida por un Secretario General y estará compuesta por personal técnico y administrativo.
El Secretario General ejercerá su cargo por un período de tres años y podrá ser reelegido por otro periodo igual.
El Secretario General se desempeñará en tal carácter con relación a todos los órganos políticos de la Asociación.
La Secretaria tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
a) Formular propuestas a los órganos de la Asociación que corresponda, a través del Comité, orientadas a la mejor consecución de los objetivos y al cumplimiento de las funciones de la Asociación;
b) Realizar los estudios necesarios para cumplir sus funciones técnicas y los que le fueren encomendados por el Consejo, la Conferencia y el Comité, y desarrollar las demás actividades previstas en el programa anual de trabajos;
c) Realizar estudios y gestiones encaminadas a proponer a los países miembros, a través de sus Representaciones Permanentes, la concertación de acuerdos previstos por el presente Tratado dentro de las orientaciones fijadas por el Consejo y la Conferencia;
d) Representar a la Asociación ante organismos y entidades internacionales de carácter económico con el objeto de tratar asuntos de interés común;
e) Administrar el patrimonio de la Asociación y representarla, a ese efecto, en actos y contratos de derecho público y privado;
f) Solicitar el asesoramiento técnico y la colaboración de personas y de organismos nacionales e internacionales;
g) Proponer al Comité la creación de órganos auxiliares;
h) Procesar y suministrar. en forma sistemática y actualizada, a los países miembros, las informaciones estadísticas y sobre regímenes de regulación del comercio exterior de los países miembros que faciliten la preparación y realización de negociaciones en los diversos mecanismos de la Asociación y el posterior aprovechamiento de las respectivas concesiones;
i) Analizar por iniciativa propia, para todos los países, o a pedido del Comité, el cumplimiento de los compromisos convenidos y evaluar las disposiciones legales de los paises miembros que alteren directa o indirectamente las concesiones pactadas;
j) Convocar las reuniones de los órganos auxiliares no gubernamentales u coordinar su funcionamiento;
k) Realizar evaluaciones periódicas de la marcha del proceso de integración y mantener un seguimiento permanente de las actividades emprendidas por la Asociación y de los compromisos de los acuerdos logrados en el marco de la misma;
l) Organizar y poner en funcionamiento una Unidad de Promoción Económica para los pauses de menor desarrollo económico relativo y realizar gestiones para la obtención de recursos técnicos y financieros así como estudios y proyectos para el cumplimiento del programa de promoción Elaborar, asimismo, un informe anual sobre el aprovechamiento efectuado del sistema de apoyo a los paises de menor desarrollo económico relativo;
m) Preparar el presupuesto de gastos de la Asociación, para su aprobación por el Comité, así como las ulteriores reformas que fueren necesarias;
n) Preparar y presentar al Comité los proyectos de programas anuales de trabajo;
ñ) Contratar, admitir y prescindir del personal técnico y administrativo, de acuerdo con las normas que reglamenten su estructura;
o) Cumplir con lo solicitado por cualquiera de los órganos políticos de la Asociación; y
p) Presentar anualmente al Comité un informe de los resultados de la aplicación del presente Tratado y de las disposiciones jurídicas que de él se deriven.
ARTICULO 39 El Secretario General será designado por el Consejo.
ARTICULO 40 En el desempeño de sus funciones el titular del órgano técnico, así como el personal técnico y administrativo, no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún Gobierno ni de entidades nacionales o internacionales Se abstendrán de cualquier actitud incompatible con su calidad de funcionarios internacionales.
ARTICULO 41 Los paises miembros se comprometen a respetar el carácter internacional de las funciones del Secretario General y del personal de la Secretaría o de sus expertos y cónsultores contratados, y a abstenerse de ejercer sobre ellos cualquier influencia en el desempeño de sus funciones.
ARTICULO 42 Se establecerán órganos auxiliares de consulta, asesoramiento y apoyo técnico. En particular, uno integrado por funcionarios responsables de la política de integración de los países miembros.
Se establecerán, asimismo, órganos auxiliares de carácter consultivo, integrados por representantes de los diversos sectores de la actividad económica de cada uno de los países miembros.
ARTICULO 43 El Consejo, la Conferencia y el Comité adoptarán sus decisiones con el voto afirmativo de dos tercios de los países miembros.
Se exceptúan de esta norma general las decisiones sobre las siguientes materias, las cuales se aprobarán con los dos tercios de votos afirmativos y sin que haya voto negativo:
a) Enmiendas o adiciones al presente Tratado;
b) Adopción de las decisiones que correspondan a la conducción política superior de proceso de integración;
c) Adopción de las decisiones que formalicen el resultado de las negociaciones multilaterales para la fijación y profundización de la preferencia regional;
d) Adopción de las decisiones encaminadas a multilateralizar a nivel regional los acuerdos de alcance parcial;
e) Aceptación de la adhesión de nuevos países miembros;
f) Reglamentación de las normas del Tratado;
g) Determinación de los porcentajes de contribuciones de los países miembros al presupuesto de la Asociación;
h) Adopción de medidas colectivas que surjan de las evaluaciones de la marcha del proceso de integración;
i) Autorización de un plazo menor de cinco años, respecto de obligaciones, en caso de denuncia del Tratado;
j) Adopción de las directivas a las cuales deberán ajustar sus labores los órganos de la Asociación; y
k) Fijación de las normas básicas que regulen las relaciones de la Asociación con otras asociaciones regionales, organismos o entidades internacionales.
La abstención no significará voto negativo. La ausencia en el momento de la votación se interpretará como abstención.
El Consejo podrá eliminar temas de esta lista de excepciones, con la aprobación de dos tercios de votos afirmativos y sin que haya voto negativo.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 44 Las ventajas, favores, franquicias, inmunidades y privilegios que los países miembros apliquen a productos originarios de o destinados a cualquier otro país miembro o no miembro, por decisiones o acuerdos que no estén previstos en el presente Tratado o en el Acuerdo de Cartagena, serán inmediata e incondicionalmente extendidos a los restantes paises miembros.
ARTICULO 45 Las ventajas, favores, franquicias, inmunidades y privilegios ya concedidos o que se concedieren en virtud de convenios entre países miembros o entre éstos y terceros países, a fin de facilitar el tráfico fronterizo, regirán exclusivamente para los paises que los suscriban o lo hayan suscripto.
ARTICULO 46 En materia de impuestos, tasas y otros gravámenes internos, los productos originarios del territorio de un país miembro gozarán en el territorio de los demás paises miembros de un tratamiento no menos favorable al que se aplique a productos similares nacionales.
Los paises miembros adoptarán las providencias que, de conformidad con sus respectivas Constituciones Nacionales, sean necesarias para dar cumplimiento a la disposición precedente.
ARTICULO 47 En caso de productos incluidos en la preferencia arancelaria regional o en acuerdos de alcance regional o parcial, que no sean producidos o no se produzcan en cantidades sustanciales en su territorio, cada país miembro tratará de evitar que los tributos u otras medidas internas que se apliquen deriven en la anulación o reducción de cualquier pa s miembro como resultado de las negociaciones respectivas.
Si un país miembro se considera perjudicado por las medidas mencionadas en el párrafo anterior, podrá recurrir al Comité con el fin de que se examine la situación planteada y se formulen las recomendaciones que corresponden.
ARTICULO 48 Los capitales procedentes de los países miembros de la Asociación gozarán en el territorio de los otros paises miembros de un tratamiento no menos favorable que aquel que se concede a los capitales provenientes de cualquier otro país no miembro, sin perjuicio de las previsiones de los acuerdos que pueden celebrar en esta materia los paises miembros en los términos del presente Tratado.
ARTICULO 49 Los países miembros podrán establecer normas complementarias de política comercial que regulen, entre otras materias, la aplicación de restricciones no arancelarias el régimen de origen, la adopción de cláusulas de salvaguardia, los régimenes de fomento a las exportaciones y el tráfico fronterizo.
ARTICULO 50 Ninguna disposición del presente Tratado será interpretada como impedimento para la adopción y el cumplimiento de medidas destinadas a la:
a) Protección de la moralidad pública;
b) Aplicación de leyes y reglamentos de seguridad;
c) Regulación de las importaciones o exportaciones de armas, municiones y otros materiales de guerra y, en circunstancias excepcionales' de todos los demás artículos militares;
d) Protección de la vida y la salud de las personas, los animales y los vegetales:
e) importación y exportación de oro y plata metálico;
f) Protección del patrimonio nacional de valor artístico, histórico o arqueológico; y
g) Exportación, utilización y consumo de materiales nucleares, productos radiactivos o cualquier otro material utilizable en el desarrollo o aprovechamiento de la energía nuclear.
ARTICULO 51 Los productos importados o exportados por un país miembro gozarán de libertad de tránsito dentro del territorio de los demás paises miembros y esteran sujetos exclusivamente al pago de bes tasas normalmente aplicado a las prestaciones de servicios
CAPITULO VIII
PERSONALIDAD JURIDICA, INMUNIDADES Y PRIVlLIGlOS
ARTICULO 52 La Asociación gozará de completa personalidad jurídica y especialmente de capacidad para:
a) Contratar;
b) Adquirir los bienes muebles e inmuebles pispen para la realización de sus objetivos y disponer de ellos;
c) Demandar en juicio; y
d) Conservar fondos en cualquier moneda y hacer las transferencias necesarias.
ARTICULO 53 Los Representantes y demás funcionarios diplomáticos de los paises miembros acreditados ante la Asociación, así como los funcionarios y asesores internacionales de la Asociación, gozarán en el territorio de los paises miembros de las inmunidades y privilegios diplomáticos y demás, necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Los paises miembros se comprometen a celebrar en el plazo más breve posible un acuerdo destinado a reglamentar lo dispuesto en el párrafo anterior, en el cual se definirán dichos privilegios e inmunidades.
La Asociación celebrará un acuerdo con el Gobierno de la República Oriental del Uruguay a efectos de precisar los privilegios e inmunidades de que gozarán dicha Asociación, sus órganos y sus funcionarios y asesores internacionales.
ARTICULO 54 La personalidad jurídica de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, establecida por el Tratado de Montevideo suscripto el 18 de febrero de 1960 continuará, para todos sus efectos, en la Asociación Latinoamericana de Integración. Por lo tanto desde el momento en que entre en vigencia el presente Tratado, los derechos y obligaciones de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio corresponderán a la Asociación Latinoamericana de Integración.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES FINALES
ARTICULO 55 El presente Tratado no podrá ser firmado con reservas ni éstas podrán ser recibidas en ocasión de su ratificación o adhesión.
ARTICULO 56 El presente Tratado será ratificado por los países signatarios en el más breve plazo posible.
ARTICULO 57 El presente Tratado entrará en vigor treinta días después del depósito del tercer instrumento de ratificación con relación a los tres primeros países que lo ratifiquen. Para los demás signatarios, entrará en vigor el trigésimo posterior al depósito del respectivo instrumento de ratificación, y en el orden en que fueran depositadas las ratificaciones.
Los instrumentos de ratificación serán depositados ante el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, el cual comunicará la fecha de depósito a los Gobiernos de los Estados que hayan firmado el presente Tratado y a los que en su caso hayan adherido.
El Gobierno de la República Oriental del Uruguay notificará al Gobierno de cada uno de los Estados signatarios la fecha de la entrada en vigor del presente Tratado.
ARTICULO 58 Después de su entrada en vigor el presente Tratado quedará abierto a la adhesión de aquellos paises latinoamericanos que así lo soliciten. La aceptación de la adhesión será adoptada por el Consejo.
El Tratado entrará en vigor para el país adherente treinta días después de la fecha de su admisión.
Los Paises adherentes deberán poner en vigencia en esa fecha los compromisos derivados de la preferencia arancelaria regional y de los acuerdos de alcance regional que se hubieran celebrado a la fecha de la adhesión.
ARTICULO 59 Las disposiciones del presente Tratado no afectarán los derechos y obligaciones resultantes de convenios suscriptor por cualquiera de los países signatarios con anterioridad a sus entrada en vigor.
ARTICULO 60 Las disposiciones del presente Tratado no afectarán los derechos y obliga. clones resultantes de convenios suscriptos por cualquiera de los paises signatarios entre su firma y el momento en que lo ratifique. Para los pauses que adhieren con posterioridad como miembros de la Asociación, las disposiciones de este articulo se refieren a los convenios suscriptos con anterioridad a su incorporación.
Cada país miembro tomará, sin embargo, las providencias necesarias para armonizar las disposiciones de los convenios vigentes con los objetivos del presente Tratado.
ARTICULO 61 Los países miembros podrán introducir enmiendas o adiciones al presente Tratado, las que deberán ser formalizadas en protocolos que entrarán en vigor cuando hayan sido ratificados por todos los paises miembros y depositados los respectivos instrumentos salvo que en aquellos se estableciere otro criterio.
ARTICULO 62 El presente Tratado tendrá duración indefinida.
ARTICULO 63 El país miembro que desee desligarse del presente Tratado deberá comunicar tal intención a los demás paises miembros en una de las sesiones del Comité, efectuando la entrega formal del documento de la denuncia ante dicho órgano un año después de realizada la referida comunicación. Formalizada la denuncia cesarán automáticamente, para el Gobierno denunciante, los derechos y obligaciones que correspondan a su condición de país miembro.
Sin perjuicio de lo anterior, los derechos y obligaciones emergentes de la preferencia arancelaria regional mantendrán su vigencia por cinco años más, salvo que en oportunidad de la denuncia los paises miembros acuerden lo contrario Este plazo se contará a partir de la fecha de la formalización de la denuncia.
En lo referente a los derechos y obligaciones emergentes de acuerdos de alcance regional y parcial, la situación del país miembro denunciante deberá ajustarse a las normas específicas que se hubieren fijado en cada acuerdo. de no existir estas previsiones se aplicara la disposición general del párrafo anterior del presente articulo.
ARTICULO 64 El presente Tratado se denominará Tratado de Montevideo 1980.
CAPITULO X
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTICULO 65 Hasta tanto todos los paises signatarios hubieran ratificado el presente Tratado, a partir de su entrada en vigor por la ratificación de los primeros tres, se aplicarán a los países signatarios que no lo hubieran hecho aún, tanto en sus relaciones recíprocas como en las relaciones con los paises signatarios ratificantes, las disposiciones de la estructura jurídica del Tratado de Montevideo de 18 de febrero de 1960, en los que corresponda y en Particular las resoluciones adoptadas en la Reunión del Consejo de Ministros de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio celebrada el 12 de agosto de 1980.
Estas disposiciones no se continuarán aplicando a las relaciones entre los países signatarios que hubieran ratificado el presente Tratado y los que aún no lo hubieren hecho, a partir de un año de su entrada en vigor.
ARTICULO 66 Los órganos de la Asociación Latinoarnericana de Libre Comercio, establecidos por el Tratado de Montevideo del 18 de febrero de 1960, dejaran de existir a partir de la entrada en vigor del presente l'ratado
ARTICULO 67 Los paises signatarios no ratificantes podrán participar en los órganos de la Asociación con voz y voto, si les fuera posible o fuese de su interés, hasta tanto se opere la ratificación o venza el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 65.
ARTICULO 68 A los paises signatarios que ratifiquen el presente Tratado después que éste haya entrado en vigor, les serán aplicables todas las disposiciones que hubieran aprobado hasta ese momento los órganos de la Asociación.
ARTICULO 69 Las resoluciones aprobadas por el Consejo de Ministros de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio en su Reunión del 12 de agosto de 1980 se incorporarán al ordenamiento jurídico del presente Tratado una vez que éste entre en vigor.
HECHO en la ciudad de Montevideo a los doce días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos. El Gobierno de la República Oriental del Uruguay será el depositario del presente Tratado y enviará copia debidamente autenticada del mismo a los Gobiernos de los demás países signatarios y adherentes.
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Lineamientos para un Nuevo
Proyecto Nacional Argentino *
Luis DALLANEGRA PEDRAZA **Introducción
La inserción de un país, debe observarse a) desde la perspectiva de los hechos: cómo está inserto, acorde con las características vigentes en el orden mundial; y b) desde la perspectiva de las aspiraciones: qué status desea alcanzar ese país en el concierto de las naciones.
Durante el siglo XIX y hasta el primer tercio del siglo XX, el mundo era "euro-céntrico". Por ello, países como Argentina, atlánticos, con capacidad de proveer a Europa, especialmente a Gran Bretaña de los productos agrícolas que necesitaban -ya que la población agrícola europea se había volcado masivamente del campo a la ciudad para trabajar en las fábricas que surgieron con motivo de la Revolución Industrial-, en virtud de la "percepción" de la élite dirigente de la época, que consideró que nuestro país no podía tener un desarrollo industrial protegido, como lo hizo, por ejemplo, EUA; adoptó una inserción racional dependiente de la esfera de influencia británica.
En el período posterior a la segunda guerra mundial, el mundo se dividió en dos bloques, comandados por EUA y la URSS en una pugna ideológica que duró toda la etapa bipolar hasta 1991. A países como Argentina no les quedaba otra alternativa que pertenecer al bloque occidental o pasarse al oriental.
A partir de los `70 y especialmente en los `80, el mundo comenzó a verificar cambios, especialmente en el "eje" económico, aunque el sistema internacional seguía girando alrededor de la pugna Este-Oeste por la imposición de una de las dos ideologías: capitalismo o comunismo.
A principios de los `90, el sistema internacional bipolar desapareció, ya que uno de los componentes, la URSS, se desintegró.
Se tejieron muchas historias acerca de la causa de la finalización del sistema bipolar; entre ellas, veleidades llenas de soberbia como la de Ronald Reagan, que declaró a la prensa internacional que él había ganado la guerra fría.
Más allá de estas historias, lo importante es que, mientras que en el siglo XIX el "motor" de la economía mundial fue Europa y el eje la revolución industrial; y en el siglo XX -especialmente post segunda guerra mundial-, el motor económico del bloque occidental fue EUA y el eje, especialmente la seguridad en el conflicto Este-Oeste; en los `90 y hacia el siglo XXI, el motor de la economía mundial, no cabe duda, es Asia. Por lo tanto, la élite gobernante de países como Argentina, deberían percibir esta nueva situación del mundo y su sistema, y prepararse para replantear su proyecto de país y de inserción mundial. No hacerlo, es relegar al país al subdesarrollo y la dependencia.
EL FENOMENO MUNDIAL DEL CAMBIO DE ORDEN
Desde 1985 -Cumbre de Reikjavik entre Reagan y Gorbachov- se vienen gestando cambios estructurales a nivel mundial, que se han ido acentuando con acontecimientos significativos como la caída del muro de Berlín en 1989 y la finalización del orden y del sistema bipolar, a partir de la "desintegración" de la URSS en 1991.
Estos hechos no ocurrieron por casualidad, ni de improviso, sino como resultado de la concentración y crecimiento emergente, en el "eje económico", desde la década de los `70, por parte de actores que no podían tener una actividad estratégico-militar, por motivos obvios, como Alemania y Japón; pero que con la declinación del sistema bipolar, aparecen como las potencias con más posibilidades, junto a un EUA -que ha dejado de tener el monopolio del poder en el contexto mundial-, que debe compartir su capacidad de "regenerar" el régimen y el orden mundial, con aquellos.
Fechas como 1985 -Cumbre de Rikjavick entre Reagan y Gorvachov-, 1989 -caída del Muro de Berlín-, 1991 -desintegración de la URSS-, no sólo son hitos históricos, sino también momentos en que se "descorre el velo" y de pronto se puede ver una realidad, antes oculta, pero que venía perfilando orientaciones al sistema mundial, estructuralmente diferentes a las que estamos acostumbrados a observar.
Estos acontecimientos, no son ni especulaciones filosóficas, ni temática para académicos. Constituyen el factor indicador de hacia donde va el mundo en su totalidad: políticamente, económicamente; financieramente; estratégicamente; comercialmente; socialmente; industrialmente; educativamente; científicamente; valorativamente; etc., etc.; tanto en el sector público, como en el privado.
El mundo de los últimos 50 años ha desaparecido y, de la misma manera que algunos Estados han desaparecido como la URSS y otros menores -dejado de existir o fragmentado en otros Estados-; también emergen nuevos actores cuya capacidad, puede llegar a "direccionar" el futuro orden mundial. No estamos hablando precisamente de EUA sino, en el nivel estatal, de Japón, China, Alemania -entre algunos otros- a la vez que, tenemos que comenzar a darnos cuenta de la importancia del rol de los actores "transnacionales", tanto a nivel mundial, cuanto en relación al futuro de nuestros paises.
A un mundo crecientemente interdependiente y transnacionalizado, se suma en estos tiempos que los paises y las regiones no pueden aislarse de los impactos producidos por los grandes cambios mundiales que se desarrollan a partir de la desintegración del viejo sistema y orden mundial, imperantes en los últimos 50 años y de las presiones y pugnas, por generar e imponer nuevas pautas de orden, a un sistema mundial que aún se está gestando en su nueva configuración.
El sistema internacional bipolar que reinó durante los últimos cincuenta años, giró alrededor de pautas vinculadas a la pugna ideológica y a la problemática de seguridad de las dos potencias polares conductoras de cada uno de los bloques: Estados Unidos y la Unión Soviética.
Requirió de Estados cerrados e intervencionistas que garantizaran fundamentalmente el valor más apreciado que era la seguridad. Actualmente el valor más apreciado es la "rentabilidad" lo que requiere -exige- una "minimización" del rol del Estado, en beneficio del sector privado, especialmente el transnacional. No estoy valorizando lo dicho, sino tan solo describiendo hechos imperantes, más allá de la voluntad y el deseo.
El sistema internacional que se está formando, tiende a girar alrededor de la competencia entre actores estatales y transnacionales en temas relacionados a las finanzas: como inversiones, pago de la deuda, capital especulativo; el comercio: control de mercados; producción de manufacturas y servicios; y por sobre todo, desarrollo científico y tecnológico.
Al haber un alto predominio de actores privados transnacionales terciando en la generación de reglas globales: empresas, organismos internacionales no gubernamentales, trading companies, etc.; en competencia con los Estados, la tendencia es a la minimización del rol de Estado, debiendo garantizar los sistemas políticos, -a diferencia de la seguridad como en los últimos cincuenta años-, el pago de la deuda, la desregulación de la economía, la seguridad jurídica al inversor; la apertura del mercado, etc..
Las tendencias que se observan en el marco internacional global, por ende, tienen un alto predominio de las temáticas financiera, comercial y de acción y reconversión de empresas; y desde ya, de adaptación del Estado a estas condiciones, minimizando su rol, pero garantizando que se realizará lo demandado por el sector privado.
Por ser el sector privado transnacional el que predomina en la generación e imposición de reglas por sobre los Estados, los temas sociales, al no ser rentables, quedan de lado.
PERFILES ACTUALES DEL MUNDO
Deberíamos saber que los paises de Asia oriental se están transformando en la próxima "locomotora" de la economía mundial por su dinamismo que contrasta frente al menguado ritmo de crecimiento de Europa y EUA. Esto no lo decimos nosotros, sino que consta en estudios hechos por el Banco Mundial (BM).
En un informe realizado en 1994, dice que el potencial para absorber inversiones y la tendencia a la apertura comercial de la región del Asia y el Pacífico, implicaría beneficios equivalentes a la mitad de lo que se conseguirá con la aplicación de lo acordado en la Ronda Uruguay del GATT. La región asiática importará hacia el 2000 la mitad del comercio global.
Según el Banco Mundial (BM), "el sistema de comercio mundial necesita una `locomotora' -análoga a lo que fue Europa en el siglo XIX, y EUA después de la 2da GM- para mantener su impulso hacia una apertura más grande". El este y el centro asiático, están en buena posición para satisfacer ese objetivo en vista de su rápido crecimiento económico.
En términos de poder adquisitivo, la región absorbe alrededor del 25% de la producción mundial. Sobre esa base, Japón y el Este de Asia y el centro asiático juntos poseerían un 40% del nuevo poder adquisitivo del mundo y absorberían entre un tercio y la mitad de las nuevas importaciones de aquí al 2000.
En ese lapso, Asia oriental importará el 33% de bienes y servicios, Europa el 24, EUA el 19; mientras que el resto del mundo importará el 24% restante.
Las exportaciones mundiales del Este de Asia aumentaron 30 veces desde 1960.
La fuerte tasa de ahorro e inversión (como porcentaje del PBI) que tiene la región asiática, duplica la que tiene América Latina. Sólo la zona económica constituida por China, Taiwan y Hong-Kong es actualmente el tercer importador mundial detrás de EUA y Alemania, con una tasa de crecimiento en su importación del 10% anual.
Pero además, mientras nosotros dejamos al azar de los acontecimientos mundiales nuestra propia problemática económica y social, en la Cumbre celebrada por la UNION EUROPEA (UE) en la ciudad de Essen (Alemania) en Diciembre de 1994 por ejemplo, se ocuparon de los problemas esenciales: aumentar la competitividad; disminuir el desempleo, y encontrar mecanismos de acercamiento a los vecinos de Europa del Este y del Sur (por el Magreb, Africa del Norte).
INSERCIÓN ACTUAL DE ARGENTINA EN EL MUNDO
En Argentina, pareciera no advertirse que se están gestando cambios profundos a nivel mundial, ni hacia donde se orientan los acontecimientos principales.
Argentina tiene como su "Norte" a EUA, y en un nivel similar, desde el punto de vista del comercio, no de las políticas, a Europa; mientras que casi no tiene relaciones con el Asia.
En el marco regional, su más importante socio es Brasil; aunque permanentemente se está planteando el interés en acercarse al NAFTA como alternativa deseable frente al MERCOSUR. Sus relaciones con Chile, se orientan más en el sentido de los vínculos de este país con el nuestro, sea en inversiones o en comercio, que del nuestro hacia el país trasandino.
Este tipo de relaciones parecieran ignorar las tendencias mundiales -si es que no se las ignora directamente- o tratarse de una política miope -o ambas cosas a la vez-.
El proyecto nacional rivadaviano y alberdiano, implementado por la generación del `80 ha tocado a su fin definitivo. Ya no puede ser ni sostenido ni recuparado. El mundo es otro, y debemos despertar a esa realidad, o quedar al margen.
En cambio, los argentinos -pueblo, dirigencia-, pareciera que vivimos en un "espejismo", en vez de sumergirnos en la realidad. Cuando el sistema bipolar ya no existe y el mundo ya no gira alrededor de la pugna ideológica comunismo vs. capitalismo, sino alrededor de la capacidad de controlar mercados, flujos financieros y desarrollo científico-tecnológico, la dirigencia argentina se vuelca hacia políticas de la guerra fría. Ejemplo de ello, es la creación de un Grupo de Trabajo Bilateral de carácter permanente entre Argentina y Estados Unidos, para definir la compra de armas y equipos bélicos de fabricación estadounidense y para analizar en conjunto temas específicos de Defensa, en el marco de una profundización de las relaciones militares entre ambos países.
Además, como parte de la reinserción internacional de Argentina, el canciller Guido Di Tella reafirmó el interés del gobierno por tener una "estrecha relación" con la OTAN (Organización del Tratado del Atlántico Norte). La intención es pasar del actual status de observadores ocasionales al de observadores permanentes. Argentina está peleando un lugar en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a la vez que ingresó al Régimen de Control de Tecnología Misilística y envía tropas a cada sitio del mundo señalado por la ONU.
Sería importante apresurarnos a tomar conciencia de cuáles son las verdaderas prioridades, y cuáles los acontecimientos relevantes a nivel mundial, para no quedar una vez más fuera de contexto, según las tendencias del orden mundial, como nos ocurrió luego de la primera guerra mundial, que quedamos "enganchados" con una "Europa en decadencia" mientras la nueva potencia emergente como poder rector del mundo occidental, era EUA.
EJES HISTORICOS Y ACTUALES
Dentro de las nuevas tendencias mundiales, debemos trazar ciertos ejes, que nos permitan tener en claro la nueva posición en la que se encuentra América Latina y la Argentina.
Por un lado, observamos a EUA tratando de "cooptar" al hemisferio para poder apuntalar su posición frente a competidores como la UE y los paises asiáticos; por el otro, el surgimiento de la APEC y la significación que tendrá para el orden mundial del futuro.
Entre medio, estamos nosotros, que aún no hemos comenzado a debatir nuestro proyecto de país, mal podemos definir nuestra inserción mundial.
El gobierno norteamericano, con la "Cumbre para las Américas" de Miami, trató de "reencontrar" su lugar como actor regional, a su "regreso" al marco hemisfértico, luego de perder la "exclusividad", como potencia planetaria, sobre el "control" de las relaciones mundiales, frente a actores como la UE y Japón y los Nic's asiáticos.
Esta "Cumbre" reflejó el relacionamiento histórico en el hemisferio: Mientras EUA acudió -como históricamente lo ha hecho- a una Cumbre con los paises del hemisferio, con una agenda donde lo más importante son sus intereses políticos: en los últimos 50 años, bajo el lema de la "seguridad" en la lucha contra el comunismo; ahora privilegia la "democracia" con condiciones; y los latinoamericanos, concurrieron -tal como históricamente lo han hecho- a hacer demandas económicas, y ver qué conseguían.
Por el otro lado, nos encontramos con que, el nuevo eje mundial, cuyo centro se encuentra en el Pacífico, está comenzando a configurase, a través del Foro para la Cooperación Económica entre paises del Asia y el Pacífico (APEC).
Entre los paises miembros de la APEC se observan dos orientaciones: 1) Aquellas naciones encabezadas por EUA y Canadá que buscan incorporar cláusulas políticas al acuerdo referidas a derechos humanos, protección del medio ambiente, fortalecimiento de la democracia (controlada), con el fin de poder manipulear políticamente el relacionamiento. 2) Los paises asiáticos, liderados por Japón, entre los que se destaca una visión circunscripta a la esfera económica.
Los paises que comprenden a la APEC disponen de un PBI equivalente al 60,7% del Producto Bruto Mundial; el 40% del comercio y el 37 % de la población, con 2200 millones de habitantes.
Colombia y Vietnam, manifestaron el interés de convertirse en observadores de la APEC. Perú que anteriormente había manifestado interés en ser miembro pleno, pidió que se le permita participar en los grupos de trabajo de pesca y turismo mientras dura la espera para su ingreso. Chile, México y Papua Nueva Guinea, fueron admitidos en la Cumbre celebrada en 1993 en Seattle (EUA), pero su ingreso se oficializó en la Cumbre de Indonesia de noviembre de 1994. Argentina no tiene ni siquiera observadores.
Estas son las novedades mundiales, que en Argentina parecieran no advertirse y, por lo tanto, no debatirse. Pero además, en nuestro país no se advierte la importancia creciente que Chile está alcanzando, ya que ahora ese país dejó de ser "transandino", mientras que nosotros pasamos a esa condición; al "desplazarse" el eje del poder mundial del Atlántico al Pacífico.
El presidente chileno Frei, en la Cumbre de la APEC en Indonesia, ya ofreció a Chile como "puente" comercial entre Asia y América del Sur.
Estos grandes cambios en la forma de relacionamiento y en los factores privilegiados para el relacionamiento, se ven reflejados en las nuevas "agendas" internacionales, y Argentina no los debe perder de vista.
LA TRIADA(1)
LA "APEC": HACIA LA CONFORMACIÓN DEL "NUEVO EJE DE PODER MUNDIAL"
Desde el Himalaya hasta los andes la APEC ("Foro para la Cooperación y el Desarrollo Económico entre los Paises de Asia y el Pacífico", por sus siglas en inglés)acordó crear la mayor ZLC del mundo.
Con el 60,7% del Producto Bruto Mundial, el 40% del intercambio comercial y el 37% de la población mundial, los miembros del Foro para la Cooperación Económica entre Países del Asia y el Pacífico (APEC), apuntan a convertirse en el motor del desarrollo del planeta.
Los paises de Asia oriental podrían ser la próxima "locomotora" de la economía mundial por su dinamismo que contrasta frente al menguado ritmo de crecimiento de Europa y EUA.
Un estudio del Banco Mundial (BM) confirma el potencial para absorber inversiones y anticipa que la apertura comercial de la región implicaría beneficios equivalentes a la mitad de lo que se conseguirá con la aplicación de lo acordado en la Ronda Uruguay del GATT.
La región asiática importará hacia el 2000 la mitad del comercio mundial, si reducen a la mitad los obstáculos que oponen actualmente, según el informe del BM.
Esta región, es hoy el principal mercado para las exportaciones norteamericanas, totalizando para 1993, 130 mil millones de dólares, mientras que los envíos a Europa fueron de 109 mil millones.
Se trata de un típico intercambio de materias primas por tecnología, pero aún así ha provocado un gigantesco déficit para EUA, al punto que el 70% de su desequilibrio comercial externo se concentra con Japón y China.
Según el BM, "el sistema de comercio mundial necesita una locomotora -análoga a lo que fue EUA y Europa después de la 2da GM- para mantener su impulso hacia una apertura más grande". El este de Asia está en buena posición para satisfacer ese objetivo en vista de su rápido crecimiento económico.
En términos de poder adquisitivo, la región absorbe alrededor del 25% de la producción mundial. Sobre esa base, el estudio proyecta que Japón y el Este de Asia juntos poseerían un 40% del nuevo poder adquisitivo del mundo y absorberían entre un tercio y la mitad de las nuevas importaciones de aquí al 2000.
La hipótesis más conservadora estima que en ese lapso, Asia oriental importará el 33% de bienes y servicios, Europa el 24, EUA el 19 y el resto del mundo otro 24.
La "porción" de las exportaciones mundiales que le corresponde al Este de Asia aumentó del 7% en la década de los 60 al 21% en la actualidad, elevándose a 850 mil millones de dólares implicando un aumento 30 veces en el período.
La óptica de los miembros de la APEC es:
1) Fortalecer el sistema comercial multilateral;
2) profundizar la liberalización del comercio y de las inversiones en la zona de Asia y Pacífico;
3) intensificar la cooperación para el desarrollo de la zona de Asia y Pacífico;
4) están de acuerdo en congelar toda medida destinada a agravar las barreras proteccionistas;
5) desean que el lanzamiento de la OMC (Organización Mundial del Comercio) tenga éxito y llaman a todos los paises de la APEC a trabajar para lograr la liberalización del comercio sobre una base multilateral;
6) subrayan su fuerte oposición a la creación de un bloque comercial que contradiga al libre intercambio a escala global.
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CUMBRE DE LAS AMÉRICAS (8 y 9 de Diciembre de 1994-Miami, EUA)
LOS LOGROS LATINOAMERICANOS AUSENTES - EUA CONSIGUIÓ LO SUYO
Como cierre de la Cumbre de las Américas (Diciembre de 1994), los 34 presidentes del continente suscribieron en Miami la declaración de principios y el plan de acción que fija el año 2005 como fecha tope para la puesta en marcha de la integración (?) de todo el hemisferio.
El hemisferio ya esta integrado desde hace mucho tiempo bajo el dominio de EUA. Negar eso, es no querer ver las realidades. Se presume que la integración -como sistema de alianza- es para maximizar las posibilidades frente a actores poderosos como EUA. El ejemplo de la CEE -hoy Unión Europea (UE)- es claro al respecto.
Las principales iniciativas acordadas son:
* El fortalecimiento de la democracia (controlada por EUA).
* La promoción y protección de los derechos humanos.
* La lucha contra la corrupción.
* La eliminación de la amenaza del terrorismo (no del terrorismo de Estado) nacional e internacional.
* El fomento de la confianza mutua (pero hacer la guerra cuando hay conflictos de límites). · Pareciera que continúa en pie la premisa que el enemigo no es el subdesarrollo, la corrupción, el monopolio o la dependencia, sino el vecino con el que se tiene un litigio limítrofe. Defender eso, pareciera que fortalece la soberanía y no estar subordinados económicamente o científico y tecnológicamente, e incluso en la educación y la cultura
* El libre comercio de las Américas (en tanto no moleste al proteccionismo norteamericano).
* Las telecomunicaciones y la infraestructura de la información (que evidentemente manejan empresas transnacionales como CNN, por ejemplo).
* La promoción de los valores culturales.
* La lucha contra el problema de las drogas ilícitas y delitos conexos.
* La cooperación en ciencia y tecnología (de "abajo" hacia "arriba", de "arriba" hacia "abajo", Ley de Patentes).
* El fortalecimiento del papel de la mujer en la sociedad.
* La alianza para la prevención de la contaminación .
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¿COINCIDENCIAS ENTRE NAFTA Y MERCOSUR?
Si uno observa la diferencia en cuanto al PBI entre NAFTA y MERCOSUR, advierte que este último apenas sobrepasa los 500 mil millones, mientras que el NAFTA alcanza a los 7,5 billones -millones de millones- de dólares.
No sólo hay una diferencia importante en cuanto a la capacidad, sino también en lo que hace a la "dirección" a la que se orienta cada uno de los procesos.
Los anuncios hechos en la "Cumbre de las Américas", han creado cierta tensión en lo que hace a los procesos de integración. Marcan dos caminos distintos para lograr la integración económica del hemisferio. El primero es el camino de la "convergencia" de los grupos subregionales, como MERCOSUR, NAFTA, CARICOM, Pacto Andino y MCCA; cuya disparidad y capacidad es bastante diversa además. El segundo es el de la incorporación de los paises al NAFTA uno a uno, con Chile primero en la fila.
El NAFTA sin Chile, representa el 89% del PBI hemisférico, mientras que los 30 paises que asistieron a la Cumbre y no están en el NAFTA, sólo representan el 11% del PBI del hemisferio. Los 4 paises del MERCOSUR se llevan 8%, quedando 3% para el resto. Como si esto fuera poco, más de los 2/3 de ese 8% le corresponden sólo al Brasil. Estos porcentajes marcan la profunda asimetría económica que existe entre el poderío económico de los paises integrantes del NAFTA (léase EUA) y del MERCOSUR.
Por su parte, para el Ministro de Hacienda chileno, Eduardo Aninat, la existencia de una unión aduanera en el MERCOSUR limita las posibilidades de Chile de acceder a este sistema de integración.
Para Bowman Cutter, del Consejo Económico Nacional de EUA, el ingreso del MERCOSUR al NAFTA es algo difícil, ya que aquél establecerá una unión aduanera obedeciendo a principios distintos que una zona de libre comercio, como es el NAFTA.
La Cumbre de Miami le ofreció a EUA lo que le interesa: comercio, empleos; un mercado en contínua expansión que en el 2000 será más importante para las exportaciones norteamericanas que Europa y que en el 2010 le comprará 100 mil millones de dólares anuales más que la UNIÓN EUROPEA (UE).
CUMBRE DE ESSEN (ALEMANIA)
CLAVES EN LA CUMBRE EUROPEA DE ESSEN
Competitividad, desempleo y acercamiento a los vecinos de Europa del Este y del Sur (por el Magreb, Norte de Africa), fueron los grandes temas de esta Cumbre celebrada entre los miembros de la UNIÓN EUROPEA (UE) en Essen, Alemania en Diciembre de 1994.
Mercados laborales más libres, flexibles y descentralizados; una formación profesional más perfeccionada y una reducción de los costos productivos, son los instrumentos que utilizará la Comisión para alcanzar su objetivo de reducir el desempleo en el año 2000 al 7% (actualmente el promedio sobrepasa el 14%); lo que supone la creación de unos 15 millones de puestos de trabajo nuevos.
También se aprobaron vastos proyectos supranacionales de infraestructura y un "plan de acción", para aumentar la competitividad del continente.
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DETERIORO EN EL PRIMER MUNDO
La desocupación y la decadencia de la clase media se han "globalizado" como la economía.
Se trate de paises industrializados o en desarrollo, con estructuras sociales y económicas diversas, las naciones están soportando por igual la incertidumbre acerca de hasta cuándo cada habitante tendrá empleo. Del mismo modo, la clase media mundial se encuentra en decadencia.
Disminuye el número de asalariados, crece el número de cuentapropistas y la clase media se empobrece.
El crecimiento del PBI, no garantiza la reducción de la desocupación ni favorece la generación de nuevo empleo.
En los últimos dos años la economía norteamericana creció un 6%, se crearon 2,5 millones de empleos y la desocupación disminuyó del 7 al 6%.
Sin embargo, el empleo aumentó a un ritmo menor que la economía, los salarios se mantuvieron estancados y los puestos de trabajo más remunerados y seguros son reemplazados por otros peor pagos y de tiempo parcial.
En Europa las tasas de desempleo promedian el 14% y continúan aumentando aún en años de crecimiento económico y, en los paises más afectados, amplias zonas y sectores sociales permanecen deprimidos sin perspectivas de recuperación.
El deterioro del trabajo se debe, en primer lugar, a las políticas destinadas a reducir costos laborales promovidas por diversas medidas de flexibilización; a los reemplazos de trabajadores por máquinas y al traslado de plantas hacia "paraísos" de mano de obra barata y legislación laboral poco exigente o donde se utiliza mano de obra presidiaria o en condiciones de servidumbre.
En EUA, pese a los casi tres años de crecimiento y de aumento de ganancias empresariales, las compañías mantienen sus planes de ajuste..
En Alemania -el país con mayor proporción de trabajadores industriales- más de la cuarta parte de los empleados pueden ser suprimidos en los próximos años.
En Japón -paraíso del empleo seguro- las grandes firmas están licenciando su personal de más edad y limitando la garantía del empleo por vida.
FIN DEL SISTEMA MONETARIO MULTIPLE
Entre las principales tendencias que se perfilan y que pueden constituir bases del futuro orden mundial; la monetaria muestra novedades importantes.
En primer lugar, una de las tendencias que se está evidenciando a nivel mundial, es que queda atrás el dominio de una sola moneda.
Los mercados financieros globales demandan cada vez menos dólares. Esto no es una situación coyuntural, sino una tendencia estructural.
El dólar ya no cumple con la función clásica de las monedas de reserva internacionales.
Uno de los requisitos históricos para que una moneda sea la divisa de reserva global es que el emisor reúna las características de acreedor internacional neto. EUA ya no reúne ese requisito -lo fue hasta la década de los `80 y gracias a un manejo más "feliz" de las tasas que el que actualmente hace-. Por ello, también la banca transnacional acreedora tiene tanto poder en las decisiones acerca de la orientación del flujo monetario mundial. Es la principal acreedora mundial.
EUA es hoy el mayor deudor mundial, con una deuda pública de 5 billones (millón de millones) de dólares. La difícil situación que sufre se transparenta en un informe de Alan Greenspan-presidente de la Reserva Federal (Banco Central)-, al Comité de Presupuesto del Senado en Washington, "la reciente debilidad del dólar muestra que los mercados financieros mundiales nos envían un mensaje: no están dispuestos a financiar por más tiempo nuestros desequilibrios fiscales".
El mundo, tiende a crear un sistema monetario múltiple, con un peso creciente del marco alemán y el yen japonés. No obstante, ni el yen ni el marco pueden ocupar el papel central del dólar en el sistema monetario mundial. El papel del dólar no es discutido, pero sí su importancia es decreciente en los mercados financieros mundiales.
Lo que ocurre con el dólar es una manifestación, en el campo financiero, de la situación de EUA en la estructura de poder mundial.
La fuerza de la globalización y la creciente complejidad del escenario mundial, son tales que EUA tiene hoy menos poder en términos de control de resultados de los acontecimientos, que durante la guerra fría. Desde ya, durante la guerra fría, el poder se medía en términos de capacidad militar, actualmente el poder se mide en términos de capacidad financiera y de control de mercados.
El dólar cae desde hace más de 10 años. EUA podría estar pagando el precio de 15 años de déficit comercial y presupuestario que han saturado al mundo de dólares.
Como moneda de reserva mundial, el dólar ha sido desde la 2da GM el papel de elección de los bancos centrales, las corporaciones, los inversores, los narcotraficantes y cualquiera que buscara un refugio relativamente estable.
Ahora, la moneda estadounidense ha bajado a un punto de no retorno, por lo menos en cuanto a su imagen entre los inversores internacionales.
La declinación del dólar es un síntoma del retiro de capitales. De la misma manera que los inversores asustados están retirando capitales de los mercados de América Latina, lo hacen de EUA.
El dinero se mueve con la velocidad que lo permite la informática. La actual interconexión electrónica de los mercados, determina que las inversiones pueden saltar fronteras mucho más fácilmente que hace 10 años.
"EFECTO TEQUILA" O CRISIS MONETARIA MUNDIAL
En segundo lugar, creer que la crisis de México es la causante de un desorden tan grande a nivel mundial, es tener una visión muy reducida del mundo. Más allá del "efecto tequila", la realidad mundial es mucho más compleja. Un ejemplo es la caída del dólar frente al yen y el marco y la imposibilidad de detenerla por parte de los bancos centrales del mundo industrializado.
La crisis financiera mundial se basa en que las operaciones en los mercados de valores y la ampliación del crédito en el mundo, a la vez que los problemas de la deuda, generaron una "estructura" financiera especulativa que permanentemente se contrae depreciando títulos y acciones pero que también periódicamente se vuelve a inflar, originando en el medio un cambio de mano de los títulos con perdedores y ganadores. El giro especulativo del capital es muy rápido y los bancos centrales del mundo no tienen cómo controlarlo.
La causa del predominio de este sistema especulativo por sobre la inversión productiva, la tiene el interés del acreedor privado transnacional, que busca rentabilidad rápida, frente a la demora e inseguridad de la inversión en un sistema productivo en rápida reconversión y que genera dividendos en muy largo plazo.
Las altas tasas que la Reserva Federal norteamericana utiliza, con el objeto de evitar una mayor inflación, atraen capitales que financian la expansión actual. Esos capitales salen de los mercados emergentes, que es donde se habían ubicado para encontrar una rentabilidad más elevada. Los japoneses retiran sus capitales de EUA porque desconfían de la expansión crediticia y de la solidez de algunos de sus bancos comprometidos con papeles latinoamericanos y los destinan a la inversión doméstica; mientras que retiran fondos de América Latina con el mismo fin.
EUA es el país más comprometido financieramente con América Latina; por lo que la desvalorización de los papeles en la región afecta directamente al dólar, ya comprometido por la acumulación de desequilibrios comerciales y presupuestarios todavía muy grandes.
Los inversores mundiales sospechan que la desvalorización del dólar no se detendrá tan rápido y temen por la solvencia de bancos y de títulos y acciones nominados en dólares.
Además, EUA es el centro del NAFTA, del que es miembro México, con una crisis financiera y cambiaria importante.
En tercer lugar, la tormenta monetaria, también sacude a Europa, a lo que hay que agregar la fuerza del marco sobre las otras divisas, lo que está debilitando la posibilidad de instaurar una moneda única en la Unión Europea (UE) para 1997.
Este proyecto prácticamente ha sido abandonado por los españoles y podrá decidirse por referéndum en Gran Bretaña, que aún esta viviendo los efectos de los 1500 millones de dólares de la quiebra de la Baring.
Si se miran con detalle estos acontecimientos, se comprobará que la crisis financiera no es un ave de paso, ni está circunscripta a un país.
ARGENTINA Y SUS PRIORIDADES
Las prioridades de Argentina, tienen que ver con una deuda que crece; con lograr mercados para un comercio bastante restringido -pese a los acuerdos del GATT-; con lograr inversiones, especialmente para movilizar al sector productivo; por resolver el creciente problema de desempleo y subempleo; por poner en funcionamiento la industria; por alcanzar un nivel científico y tecnológico mínimo y un desarrollo educativo, que por un lado, surja de y se dirija hacia la realidad, y por el otro. ponga en contacto a las instituciones educativas -públicas y privadas- con el Estado, el sector productivo, el sector científico y tecnológico, de forma tal que el país se mueva en el sentido de un proyecto propio, y no el que le propone el mundo con los avatares que vive; el desarrollo de políticas que no dejen al país al margen de las tendencias mundiales, o que se perjudique por las tendencias negativas; etc..
Por ello, deberíamos comenzar por intentar conectarnos -no con exclusividad- con el futuro "eje rector del mundo", que no está pasando precisamente por EUA, sino por la región del Asia y el Pacífico. Esto no debemos hacerlo sólos, sino desde el MERCOSUR -un MERCOSUR, que sea una "alianza maximizadora" de las posibilidades de desempeño, en un contexto mundial dinámico y complejo; no un proceso integrativo que sirva para la mera desgravación arancelaria en beneficio de un sector-, y tratando de relacionarnos, más allá de las viejas antinomias, con Chile, que ya ha sido cooptado por el NAFTA y que es miembro pleno de la APEC (Foro para la Cooperación Económica de Asia y el Pacífico), que controla cerca del 40% del comercio mundial y la mitad del PBI mundial.
La Argentina solo participa del 0,1% del comercio asiático. Acero y alimentos son los productos más demandados. Además, el comercio de Argentina tiene un importante déficit comercial con la región asiática detrás del que tiene con EUA.
La mayor parte de las importaciones argentinas (más del 50%) son de bienes de consumo. La Argentina exporta un total de mil millones de dólares al Asia.
BASES PARA UN NUEVO PROYECTO NACIONAL
La "geopolítica" mundial, como la nacional, están sufriendo variaciones significativas. Por un lado, el mundo deja de centrarse -como lo hizo durante centurias- en el "Atlántico", para volcarse hacia el "Pacífico".
Los vínculos globales ya no se fundan en relaciones Estado a Estado de manera exclusiva, sino que intervienen otros actores no estatales, supra y transnacionales. Pero también los relacionamientos se dan a través de la acción entre "conglomerados geoeconómicos" que tienden a cerrarse y a competir como tales entre sí. La "Tríada" pareciera que es la nueva "configuración polar" del mundo; momentáneamente, ya que el nuevo sistema internacional no está definitivamente cristalizado; es más, está aún lejos de esto. Primero debe gestarse el nuevo régimen internacional, y los principales actores no están aún en condiciones de generarlo, ni consensualmente ni pugnando entre sí. Para ello pasarán varios años.
Como consecuencia de lo dicho, también cambia la geopolítica al interior del Estado, ya que al desplazarse el eje de poder y relacionamiento hacia el "Pacífico" -este fenómeno no es nuevo; viene dándose ya desde la década de los `70-, cobran importancia las provincias que se encuentran cercanas a la cordillera, de norte a sur. El puerto de Buenos Aires pierde exclusividad y el "proyecto nacional" puesto en vigencia por la "generación del `80", centrado en la "pampa húmeda" y en el puerto de Buenos Aires, debe ser reemplazado por un proyecto totalizador tanto en su geografía, como en la utilización de sus recursos; en el que se privilegien las salidas por los pasos fronterizos cordilleranos y hacer de la Argentina total -no sólo la de la Pampa Húmeda- un país "bioceánico". Esto implica trazos camineros y ferroviarios que reviertan la red armada en el siglo XIX, en forma de "embudo" para sacar materia prima no industrializada por el puerto de Buenos Aires.
Demás está decir, que también cobran importancia estratégica, los Estados latinoamericanos que tienen salida directa al Pacífico. Países que debemos privilegiar en nuestro relacionamiento.
Debemos establecer puntos de conexión a través de los pasos fronterizos en la región andina, para salir al Pacífico cuanto antes; ya que el mundo dejó de ser "Atlántico". Hasta el gobierno norteamericano ha tomado conciencia de ello, a tal punto que se apresuró a asociarse, junto a Canadá y México a la APEC. Ya desde fines de la década de los `70, el centro del poder norteamericano -no hablo del centro administrativo- se desplazó hacia el Pacífico, a la región de California.
Japón está interesado en que Chile se "asocie" al MERCOSUR. Alemania está interesada en que se abran pasos hacia el Pacífico en la región del NOA. La Unión Europea (UE) se interesa en el MERCOSUR y en Chile y en las posibilidades de acceder a la región del Pacífico.
Los únicos en no tomar conciencia de lo que está pasando, pareciéramos ser los argentinos; especialmente su dirigencia.
El corredor bioceanico argentino-chileno que se habilitará para 1997, que unirá los puertos de Comodoro Rivadavia en Chubut y de Chacabuco en la Xma Región en Balmaceda (Chile), a través del paso Huemules; puede transformarse en una alternativa para el comercio hacia el Asia y América del Norte. La extensión es de 500 kilómetros. Las obras se encuentran muy avanzadas y sólo resta asfaltar 130 km en territorio argentino. Igualmente debe realzarse la importancia de los pasos que se encuentran en las zonas centro (Cuyo) y norte del país.
El nuevo proyecto, debe ser la resultante de un debate nacional comprometido y totalizador y no de la decisión de mentes iluminadas ni esclarecidas (?), ni de la implementación de los intereses exclusivos de los sectores poderosos, cualesquiera sean ellos. No sólo debe ser totalizador desde el punto de vista geográfico también lo debe ser desde el punto de vista de los recursos y los procesos y productos industriales, que podrán utilizarse y realizarse, si se favorece el desarrollo de la educación y la investigación científica y tecnológica.
Recordemos que para Alberdi, la Pampa Húmeda era el área geográfica en la que había que concentrar las inversiones, porque proveía de las riquezas. No había que "distraer" las inversiones en otras áreas geográficas. Además, la Constitución liberal de 1853, hoy vigente en su contenido dogmático, fue la resultante del triunfo a sangre y fuego de los sectores partidarios de la Pampa Húmeda y el puerto de Buenos Aires, frente a los proteccionistas e industrialistas.
La riqueza del mar argentino, cuya biomasa supera los 8 millones de toneladas anuales y que podría permitir una pesca, cuidando la ecología, de entre 1,5 y 2 millones de toneladas anuales, trayendo beneficios superiores a varias Pampas Húmedas juntas. Ni qué hablar de la lana, el petróleo, el uranio, los minerales que hay en el territorio y en el fondo marino, etc..
Un país que tiene los recursos naturales estratégicos y no estratégicos que tiene la Argentina, no puede continuar en la condición de subdesarrollo y dependencia en la que se encuentra, mientras que otros países, por ejemplo Japón, sin la dimensión territorial nuestra, sin los recursos naturales nuestros, ya que importa casi el 100%, alcanza el nivel de potencia mundial, aún desde la nada en la que se encontraba luego de firmar la rendición incondicional al finalizar la segunda guerra mundial. Esto muestra que nuestro subdesarrollo es mental, no de recursos. Es el resultado de la inoperancia y la falta de proyecto. Es la resultante de la falta de capacidad y de conducción de una dirigencia que no sabe otra cosa que encaramarse en el poder, pero que no lleva al país a ningún lado.
Democracia es el gobierno del pueblo, no el gobierno de las urnas. Sólo votar, no da democracia, ni desarrollo. El compromiso de la Nación con su destino y la permanente exigencia del pueblo a su dirigencia para que lleve a cabo sus objetivos, los que expresa a través del debate comprometido, permitirá que Argentina, algún día, logre el desarrollo y el bienestar que buscamos y alcance el nivel de un país relevante en el mundo. Para ello debemos madurar.
* Estre tratabajo fue originalmente publicado en "DEBATES", Vol. I, Ejemplar 3, Abril de 1995, Editor Luis DALLANEGRA PEDRAZA.*a*a
(1) Se le llama "Tríada" a los tres bloques conformados por la Comunidad Europea -liderada por Alemania- y el grupo de ex colonias ligados a los países de Europa Occidental a través de distintos tratados: Lomé, Yaundé y ACP; el NAFTA y su marco hemisférico, y los países Asiáticos, liderados por Japón, así como otros del Pacífico que actuarían en ese contexto, como Australia y Nueva Zelandia por ejemplo.(1)a(1)a
Esta página fue hecha por Luis DALLANEGRA PEDRAZA
** Dr. En Ciencia Política y Relaciones Internacionales (Univ. Nac. de Rosario, Argentina). Profesor Titular de Teoría de las Relaciones Internacionales, Política Exterior Argentina y Sistemas Políticos Latinoamericanos Comparados en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad del Salvador, Buenos Aires, Argentina. Investigador Científico del "Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas" (CONICET).**a**a
Si querés opinar o consultarme, escribime a: luisdallanegra@pinos.com
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MERCOSUR
ANTECENDENTES
El 28 de noviembre de 1979, las Partes Contratantes del GATT (General Agreement on Tariffs and Trade - Acuerdo General de Tarifas y Comercio}, adoptaron la decisión de otorgar un "trato diferenciado y más favorable, reciprocidad y mayor participación de los países en desarrollo", mediante la "cláusula de habilitación"; permitiendo otorgar preferencias arancelarias, y en las condiciones que pueden establecerse, preferencias no arancelarias, en concesiones otorgadas mutuamente por países en desarrollo en el marco de acuerdos comerciales "generales o regionales", de acuerdo con lo establecido en el apartado c) del párrafo 2 de la cláusula.
En virtud de esta cláusula de habilitación, ALADI se constituyó en área de integración "regional". Así lo indica la cláusula novena del preámbulo del Tratado de Montevideo 1980: "Teniendo en cuenta la decisión adoptada por las Partes Contratantes del Acuerdo General de Aranceles y Comercio que permite concertar acuerdos regionales o generales entre países en vías de desarrollo con el fin de reducir o eliminar mutuamente las trabas a su comercio recíproco".
La cláusula de habilitación es resultado de la Ronda Tokio y ubica el trato discriminatorio en favor de los países en desarrollo dentro del contexto del GATT, cuyo basamento es el principio de la cláusula de la nación más favorecida dispuesta en el artículo I del GATT.
La no reciprocidad permite que los países desarrollados confieran un tratamiento especial y diferenciado en favor de los países en desarrollo, mediante concesiones especiales o simplemente tomen nota de que un grupo regional de esos países ha decidido establecer un sistema de comercio preferencial; desviándose de la aplicación incondicional de la cláusula de más favor del GATT a fin de otorgar un tratamiento diferenciado y más favorable a los países en desarrollo.
LOS INICIOS DEL PROCESO DE INTEGRACION DEL MERCOSUR
En la década del 70 Uruguay profundizó su relacionamiento comercial con Brasil a través de el Protocolo de Expansión Comercial (PEC) y con Argentina a través del Convenio Argentino Uruguayo de Cooperación Económica (CAUCE). Estos Acuerdos deberán ser renegociados mediante un Protocolo Adicional, teniendo en cuenta lo acordado en la Decisión Nro. 7 de agosto de 1994 en lo relativo a:
-
Los productos que quedarán comprendidos
-
Las cuotas, cuando correspondan
-
Productos que dispondrán de un régimen de origen de hasta un 50 % no originario y el respectivo programa de convergencia lineal y automática a la norma general de origen MERCOSUR
-
Los productos a los que se aplicará el régimen de Admisión Temporaria y su programa de reducción lineal y automática hasta el año 2001.
Entre los años 1984 y 1989 Argentina y Brasil suscribieron veinticuatro protocolos bilaterales, en los que se regulaban diversas áreas.
Se puede decir que los antecedentes más inmediatos, datan del año 1985 con la Declaración de Foz de Iguazú, por la que se crea una Comisión Mixta de Alto Nivel para la integración entre Argentina y Brasil.
En 1990, Argentina y Brasil suscribieron y registraron en ALADI un Acuerdo de Complementación Económica, en el que sistematizaron y profundizaron los acuerdos comerciales bilaterales preexistentes. En ese mismo año, representantes de ambos países se reunieron con autoridades de Uruguay y Paraguay, ocasión en la cual estos últimos expresaron la firme disposición de sus países de incorporarse al proceso bilateral en curso. Se convino entonces, que era necesario suscribir un acuerdo creando un mercado común cuatripartito.
En 26 de marzo de 1991 se firma el Tratado de Asunción entre los cuatro países, que no debe considerarse como un tratado final constitutivo del Mercosur, sino como el instrumento de carácter internacional destinado a hacer posible su concreción.
El acuerdo queda abierto a la adhesión de los demás Estados miembros de la ALADI. Establece un programa de liberación comercial, la coordinación de políticas macroeconómicas y un arancel externo común, así como otros instrumentos de regulación del comercio.
ORGANIZACION INSTITUCIONAL, INSTRUMENTOS, MECANISMOS
El impulso politico dado al proceso de integración subregional por los gobiernos de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay, instaló al Mercosur en un lugar prioritario de las agendas politicas y económicas de los Estados Partes.
El Mercosur constituye un proceso complementario de los procesos de reforma estructural de la economía.
La conformación de un bloque subregional, en el marco de la A.L.A.D.I. (Asociación Latinoamericana de Integración, 1980), reemplazante de ALALC (Asociación Latinoamericana de Libre Comercio 1960-80), plantea lo que ha comenzado a denominarse un regionalismo abierto compatible con los principios de comercio libre que intenta establecer la Organización Mundial de Comercio (OMC).
En la Cumbre de Ouro Preto llevada a cabo en diciembre de 1994 los Estados Partes tomaron importantes decisiones estableciendo un Arancel Externo Común, la Estructura Institucional del Mercosur y otros temas que gravitarán en lo sucesivo sobre la totalidad de los actores económicos de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay.
Este documento se orienta a facilitar el conocimiento sobre el proceso subregional de integración tendiente a formar el Mercado Común del Sur (Mercosur).
1 ¿Por qué ALADI?
La Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) fue creada por el Tratado de Montevideo de 1980 sobre la base del patrimonio histórico de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC ).
Cabe recordar que el G.A.T.T. (General Agreement on Tariffs and Trade - Acuerdo General de Tarifas y Comercio) estableció la «cláusula de la nación más favorecida», mediante la cual las ventajas concedidas a un país debían extenderse a los demás firmantes del acuerdo. Sin embargo el mismo tratado en su art. 24 permitió, como excepción al sistema multilateral de comercio, la existencia de zonas de libre comercio. La creación de ALALC se basó en este elemento y en la propuesta de la CEPAL (Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas) situada en Santiago de Chile, acerca de la necesidad de que las economías latinoamericanas se utilizaran para su expansión, de un "mercado ampliado". En la creación de A.L.A.D.I. en 1980 se tuvieron especialmente en cuenta las modificaciones, efectuadas dos años antes, al art. 24 del G.A.T.T. producidas en la Ronda Tokio que permitían la formación de zonas de preferencia arancelaria.
| PAISES QUE INTEGRAN ALADI | | |
| Argentina Bolivia Colombia México Perú Venezuela | Brasil Chile Ecuador Paraguay Uruguay | |
La vieja ALALC, si bien habia logrado incrementar el comercio interregional entre los años 1960 y 1980, mostraba dificultades para su profundización a través de instrumentos netamente multilaterales. Es por ello que se buscaron la creación de instrumentos más flexibles.
La ALADI, cuya sede se encuentra en Montevideo, estableció como objetivo crear a largo plazo, en forma gradual y progresiva un Mercado Común Latinoamericano. A tal fin, a diferencia de su antecesora ALALC, posibilitó la existencia de Acuerdos de Alcance Parcial en "cuya celebración no participa la totalidad de los paises miembros, y propenderán a crear las condiciones necesarias para profundizar el proceso de integración regional mediante su progresiva multilateralización".
Los A.A.P. no fueron sin embargo el único instrumento establecido por el Tratado de Montevideo de 1980 que rescataba el llamado «patrimonio histórico de ALALC» a través de la creación de una zona de preferencia arancelaria entre los once Estados Parte.
Fue la creación de los Acuerdos de Alcance Parcial lo que posibilitó a los gobiernos de Argentina y Brasil comenzar, en el año 1985, el proceso de cooperación e integración regional, que se ampliaría y superpondria luego con el Mercosur.
De conformidad con los compromisos asumidos por los paises miembros del Mercado Común del Sur, el Tratado de Asunción fue protocolizado en ALADI como el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica n° 18. Por su parte los «Protocolos Adicionales» al tratado son protocolizados como protocolos adicionales al ACE n° 18.
| INSTRUMENTOS DE ALADI | | | | |
| Sistema de preferencia arancelariaregional (PAR) (art. 5 del T. de Montevideo) | Acuerdos de alcance regional (art. 6 del T. de Mont.) | Acuerdos de alcance parcial (AAP) (art. 7 del T. de Montevideo) Agropecuarios (art 8 del T de M ) De Promoción del Comercio Comerciales De Complementación Económica Otras Modalidades (art. 14 del Trat. de Mont.) | | |
De igual manera el Proceso de Cooperación e Integración Económica Argentino-Brasileño (PICAB) había sido protocolizado en ALADI como el ACE n° 14.
Cabe por último señalar que las relaciones del Mercosur con los restantes paises de ALADI han sido objeto de especial atención desde la firma del Tratado de Asunción. Para tener una idea de su significación es posible destacar que entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay y los restantes paises de ALADI existen firmados 19 Acuerdos de Alcance Parcial y 11 AAP de Complementación Económica.
La existencia de una Unión Aduanera entre los paises miembros del Mercosur planteó la necesidad de renegociar estos Acuerdos. Esta renegociación, que debían efectuarse de conformidad con la Resolución del Grupo Mercado Común 45/94 «entre el Mercosur como bloque y paises individuales o grupos de paises», se encuentra en la actualidad postergada y rigen en consecuencia los Acuerdos prorrogados.
2 La integración argentino - brasileña
A partir de la vigencia de regimenes democráticos en Argentina y Brasil comenzó una nueva etapa en las relaciones de las dos repúblicas que tuvo como fecha fundamental la firma de la «Declaración de Iguazú» el 30 de noviembre de 1985.
Ese día dio comienzo a un Proceso de Cooperación e Integración Económica basado en la firma de Protocolos a través de los cuales Argentina y Brasil acordaron reducciones arancelarias bilaterales por sectores.
El acuerdo argentino-brasileño planteaba la referenciación de dos modelos económicos para prepararlos a las nuevas condiciones de la economía y el comercio mundial.
Fue así que entre 1985 y 1990 se firmaron entre los dos paises 24 Protocolos, no todos de naturaleza comercial.
El 29 de noviembre de 1988 ambos paises firmaron «El Tratado de Integración, Cooperación y Desarrollo», en el que se definió la voluntad de crear un «espacio económico común».
Por su parte los Presidentes Carlos Menem (Argentina) y Fernando Collor de Melo (Brasil) suscribieron, el día 6 de julio de 1990 el «Acta de Buenos Aires» en la que definieron el objetivo de «Establecer un Mercado Común entre la República Argentina y la República Federativa de Brasil, el que deberá encontrarse definitivamente conformado el 31 de diciembre de 1994».
El anexo del «Acta de Buenos Aires» planteaba ya el cambio de metodologia de la integración, la que no se circunscribiria a la existencia de Protocolos. «La columna vertebral de este proceso... » establecía el anexo «... estará dada por rebajas arancelarias generalizadas, lineales y automáticas para llegar al 31 de diciembre de 1994 al arancel 0. . . ».
Tanto los plazos como la metodología del Acta de Buenos Aires, conformarían elementos esenciales del acuerdo que poco tiempo después celebrarían los gobiernos de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.
| Protocolos Argentino-Brasileños | | |
| N° 1 Bienes de Capital N° 2 Trigo N° 3 Complementación de Abastecimiento Alimentario N° 4 Expansión de comercio N° 5 Empresas Binacionales N° 6 Asuntos Financieros N° 7 Fondos de Inversiones N° 8 Energía N° 9 Biotecnología N° 10 Estudios Económicos N° 11 Información Inmediata y Asistencia Recíproca en caso de Acciones Nucleares y Emergencias Radiológicas | N° 12 Cooperación Aeronáutica N° 13 Siderúrgica N° 14 Transporte Terrestre N° 15 Transporte iviaritimo N° 16 Comunicaciones N° 17 Cooperación Nuclear N° 18 Cultural N° 19 Administración Pública N° 20 Moneda N° 21 Industria Automotriz N° 22 Industria de la Alimentación N° 23 Regional Fronterizo N° 24 Planeamiento Economico y Social | |
3 ¿Qué es el Mercosur?
El Mercosur es un acuerdo subregional de integración de carácter intergubernamental celebrado en el marco de ALADI, cuyo objetivo es la constitución de un Mercado Común y que en la actualidad ha alcanzado el grado de una unión aduanera imperfecta.
El Mercosur nace como consecuencia del Tratado de Asunción celebrado el 26 marzo de 1991. En ese acuerdo internacional, suscripto por los mandatarios de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay, no se creó un Mercado Común sino que se definió el objetivo de hacerlo.
Los Estados Partes establecieron plazos, mecanismos e instrumentos tendientes a su conformación. El tiempo necesario para la creación del Mercado Común del Sur, computable entre la firma del tratado y el 31 de diciembre de 1994, fue el denominado periodo de transición del Mercosur.
El Tratado de Asunción, reafirmó los compromisos del Acta de Integración Argentina-Brasileña de 1985 y expresó en sus considerandos que «la ampliación de las actuales dimensiones de los mercados nacionales, constituye la condición fundamental para acelerar los procesos de desarrollo económico con justicia social» que se habían planteado previamente en el Acuerdo firmado entre Alfonsín (Argentina) y Sarney (Brasil).
La conformación de un mercado subregional ampliado si bien tuvo en miras el incremento del comercio intraregional no dejó de poner énfasis en la integración productiva o el incremento de las inversiones derivadas de la multiplicación de los potenciales consumidores.
4 El Tratado de Asunción
El Tratado, técnicamente creó tres conjuntos de «elementos». En primer término definió el objetivo de crear un Mercado Común estableciendo para ello instrumentos y mecanismos adecuados a tal fin. En segundo lugar estableció una mecánica de administración y por último definió las relaciones con los demás paises miembros de ALADI.
4.1. Objetivos, mecanismos e instrumentos 4.1.a. Objetivos.
El capitulo 1ero del Tratado estableció como objetivo la creación de un Mercado Común. La propia norma se encargó de definir su alcance al expresar:
«Este Mercado Común implica:
La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los paises, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderias y de cualquier medida equivalente,
El establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una politica comercial común en relación a terceros Estados y la coordinación de posiciones en foros económico-comerciales regionales internacionales.
La coordinación de politicas macro-económitas y sectoriales entre los Estados Partes: de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que se acuerden, a fin de asegurar las condiciones adecuadas de competencia entre los Estados Parte;
El compromiso de los Estados Parte de armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración».
4.1.b. Mecanismos
El Tratado de Asunción definió los mecanismos a través de los cuales se regirían los paises contratantes durante el llamado «periodo de transición», es decir la etapa que transcurrió entre la firma del Tratado y su entrada en vigor el 31 de diciembre de 1994.
A tal fin se adoptaron los mecanismos que fueron detalladamente descriptos en los anexos del Tratado:
1. Un régimen General de Origen
2. Un sistema de Solución de Controversias
3. Un sistema de Cláusulas de Salvaguardia
4.1.c. Los Instrumentos
El Art. 5 del Tratado estableció como principales instrumentos para el logro del objetivo enunciado:
A. Un Programa de Liberación Comercial consistente en rebajas arancelarias progresivas, lineales y automáticas, acompañadas de la elimina ción de las restricciones no arancelarias o medidas de efectos equivalentes «para llegar al 31 de diciembre de 1994 con arancel 0, sin restricciones no arancelarias sobre la totalidad del universo arancelario».
| Elementos del Tratado de Asunción |
-
Objetivos, mecanismos e instrumentos -
Mecánica de Administración -
Disposiciones Relativas a las relaciones de otros paises de ALADI
|
Ello no obstante, en el anexo I (inc. 6° ) del Tratado, se acordó que quedarian exceptuados del Programa los productos incluidos en «Las Listas de Excepciones» presentadas por cada Estado Parte.
Estos productos exceptuados del régimen de liberación comercial son conocidos como «productos sensibles» sujetos a un periodo de reconvención.
B. La coordinación de políticas macroeconómicas realizadas gradualmente y en forma convergente con el programa de desgravación arancelaria.
Este instrumento de integración debía seguir adecuadamente el ritmo de desgravación arancelaria y evitar la existencia de «asimetrías» que afectaran a los sectores productivos.
C. La adopción de acuerdos sectoriales, con el fin de optimizar la utilización y movilidad de los factores de producción. Los acuerdos sectoriales constituyeron el principal instrumento del Proceso de Cooperación e Integración argentino-brasileño.
4.2. Mecánica de Administración
El Tratado de Asunción previó la definición de la Estructura Institucional definitiva con anterioridad al 31 de diciembre de 1994, fecha en que debía culminar el programa de desgravación arancelaria. Fue en virtud de este principio que los Estados Partes firmaron el 17 de diciembre de 1994 el Protocolo de Ouro Preto dando estructura institucional al Mercosur.
Durante el periodo de transición los organismos del Mercosur fueron:
4.2.a. El Consejo Mercado Común
Es el órgano superior del Mercosur, integrado por los Ministros de Economía y Relaciones Exteriores de los cuatro Estados Partes.
4.2.b. El Grupo Mercado Común
Es el órgano ejecutivo del Mercosur, integrado por representantes de Ios Ministerios de Relaciones Exteriores, Economía o sus equivalentes y Bancos Centrales.
El Anexo V del Tratado estableció a «efectos de la coordinación de las políticas macroeconómicas y sectoriales» la constitución de Subgrupos de Trabajo del Grupo Mercado Común.
4.3 Disposiciones referidas a la vinculación con otros paises de ALADI
4.3.a. Acuerdo con paises de ALADI
4.3.b. Principio de adhesión
| Lista de Excepciones de Productos |
-
Cantidad de Item ALADI -
República Argentina 394· -
República Federativa de Brasil 324 -
República de Paraguay 439· -
República Oriental del Uruguay 960
|
5 ¿Qué son los mecanismos del Tratado de Asunción?
El Tratado de Asunción como marco regulatorio básico creó distintos conjuntos de elementos. Uno de ellos fue la mecánica de administración, es decir los órganos del Mercosur cuya institucionalización definitiva definió el Protocolo de Ouro Preto en diciembre de 1994. Otro «conjunto de elementos» estuvo dado por los objetivos, instrumentos y mecanismos.
El articulo 3 del Tratado estableció durante el periodo de transición, como mecanismos tendientes a «facilitar la constitución del Mercado Común» un Régimen General de Origen, un Sistema de Solución de Controversias y Cláusulas de Salvaguardia, prescriptos en los anexos 11, lIl y IV del Tratado.
La dinámica posterior del proceso integracionista produjo a través de los Órganos del Mercosur avances y modificaciones a los «mecanismos» previstos originalmente en Asunción, los que serán descriptos en el punto 10.
5.1. Régimen General de origen
El origen de los productos en un mercado ampliado constituye un tema de extremada importancia y por lo tanto fue tempranamente objeto de un tratamiento particular. El Anexo II del Tratado de Asunción estableció las pautas a tener en cuenta para considerar un producto originario de un Estado Parte.
El Anexo sobre régimen de origen